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Formulario de copropiedad

Copropiedad: quién lleva el contrato

Dos páginas A4 para el barco con varios propietarios. La página 1 recoge la embarcación, el contrato, los propietarios con sus participaciones y el poder de la persona apoderada; la página 2 regula quién cobra, la cuenta bancaria, la franquicia y los gastos, y lleva las firmas. Rellénela antes de contratar, no después del primer siniestro.

Comunicar un siniestro Contacto

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Solo se imprime la hoja, sin la navegación ni el pie de página. Ayuda de trabajo sin valor vinculante y sin asesoramiento jurídico. Es la traducción de un modelo redactado conforme al derecho alemán; en caso de litigio rige la versión alemana. Para las relaciones internas entre los propietarios conviene además un contrato propio.

Copropiedad: quién lleva el contrato

Poder para una sola persona apoderada, y quién cobra en caso de siniestro

NAMMERTNAMMERT

Acordar antes de contratar · Página 1 de 2

+49 3375 29 12 77 · nammert.com

01Embarcación y contrato

Nombre del barco, matrícula

Tipo, año de construcción, eslora

Número de casco y de motor

Amarre

Número de póliza (si la hay)

Suma asegurada

02Los propietarios y sus participaciones

Apellidos, nombreDomicilioTeléfonoParticipaciónTítulo náutico (clase, n.º)

Todos los propietarios son tomadores del seguro. Las participaciones determinan el reparto de la indemnización, no la cobertura, que va referida a la embarcación.

03Poder

Los propietarios arriba indicados apoderan a la siguiente persona para actuar en nombre de la copropiedad ante NAMMERT y ante la aseguradora. El poder es válido hasta su revocación por escrito por cualquiera de los propietarios.

Persona apoderada

Teléfono, correo electrónico

El poder rige desde

El poder comprende (marque lo que proceda)

Solicitar y formalizar el contrato Modificar el contrato (suma, zona, tarifa) Pagar la prima y firmar el mandato SEPA Rescindir el contrato Comunicar siniestros y hacer declaraciones Autorizar las reparaciones tras un siniestro Cobrar las indemnizaciones Recibir la correspondencia y los documentos

Excluido del poder

¿A partir de qué importe hace falta unanimidad?

Copropiedad: quién lleva el contrato

Cobro de la indemnización, franquicia y firmas

NAMMERTNAMMERT

Página 2 de 2

04Cobro de la indemnización y cuenta bancaria

La indemnización se paga a (nombre)

IBAN

Una cuenta común de la copropiedad La cuenta de la persona apoderada Reparto entre todos según participaciones El banco como acreedor con garantía

Banco financiador, si lo hay

¿Exige certificado para el acreedor?

El punto en el que fallan las copropiedades

El problema no es el siniestro, sino la pregunta que viene después: quién decide la reparación, quién cobra el dinero, quién asume la franquicia. Sin un poder acordado de antemano, cada declaración necesita el consentimiento de todos, y mientras falte, la tramitación se detiene. Fije por eso también a partir de qué importe deben decidir todos y cómo se reparte la franquicia.

05Franquicia y gastos

La franquicia la asume

La prima la asume

Caja / fondo de reserva a cargo de

A quién avisar si se vende una participación

El acuerdo termina / se revisa el

Conviene saberlo

Un barco en copropiedad lo aseguramos igual que un barco de un solo propietario: la cobertura va referida a la embarcación y queda cubierta toda persona autorizada a gobernarla con el título exigido. Comuníquenos cada cambio de propietario: quien no figura en el contrato tampoco tiene derecho a reclamar si hay discusión. Al vender una participación cambia el tomador, no el riesgo, por eso la modificación no cuesta nada.

Lugar, fecha · Firma propietario 1

Firma propietario 2

Firma propietario 3

Firma propietario 4

Firma propietario 5

Firma de la persona apoderada

NAMMERT Assekuradeur GmbH, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen (Alemania) · +49 3375 29 12 77 · info@nammert.com. Ayuda de trabajo sin valor vinculante y sin asesoramiento jurídico. Traducción de un modelo redactado conforme al derecho alemán; en caso de litigio rige la versión alemana publicada en nammert.com. Para las relaciones internas entre los propietarios conviene además un contrato propio.