¿Está cubierta la navegación en solitario?
Respuesta breve
Navegar solo implica necesariamente periodos sin guardia y sin vigía. Ese es justo el punto, y la mayoría de los condicionados no lo aborda.
Quien navega solo acaba durmiendo. No es descuido, es la naturaleza de la cosa, y aun así es donde el navegante solitario tropieza en los condicionados. Una guardia no cubierta puede leerse como incumplimiento del deber de diligencia, y un vigía no apostado como incumplimiento del reglamento de abordajes.
El mercado lo trata de forma dispar y rara vez expresa. Casi nadie impone tripulación mínima ni número mínimo de guardias cubiertas. Un operador grande sí excluye la navegación en solitario de más de 24 horas seguidas en sus zonas de ultramar contratadas aparte, y varios condicionados lo gestionan mediante cláusulas generales de diligencia cuya aplicación en un siniestro es imprevisible. El efecto es el mismo: usted no sabe de antemano a qué atenerse.
Nosotros lo decimos expresamente: la navegación en solitario está cubierta, igual que los descansos de quien gobierna y los periodos sin guardia cubierta y sin vigía. No hay tripulación mínima ni número mínimo de guardias, en todas las modalidades y sin módulo adicional. Si este punto le importa, pida a cada operador que se lo ponga por escrito. Un condicionado que calla no ha resuelto la cuestión, la ha aplazado.
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta con más frecuencia
¿Vale también para travesías largas de noche?
Sí. El compromiso no se vincula a una duración, ni a 24 ni a 48 horas.
¿Tengo que acreditar mi experiencia?
Para el ámbito mundial sí: acreditación de la titulación exigida y de las millas navegadas, ambas por escrito antes de la aceptación.
Temas relacionados
¿Le queda alguna duda?
Le atendemos en español y decidimos nosotros mismos sobre su siniestro. Sin intermediarios y sin esperar a que conteste una compañía extranjera.