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¿Qué cubre un seguro de defensa jurídica?

En resumen

La defensa jurídica no es un producto único, sino un conjunto de módulos. Los habituales son reclamación de daños, defensa penal por imprudencia, derecho laboral, arrendamiento, consumo y fiscal; herencias y familia suelen quedar solo en asesoramiento. Antes de contratar una póliza aparte, mire su seguro de hogar y el del coche: casi todos ya incluyen una defensa jurídica con límite.

¿Qué cubre un seguro de defensa jurídica?

Cuánto cuesta

Primas anuales y costes publicados para España, datos de 2026.

EjemploOrientación
Defensa jurídica básica o familiar, póliza independienteunos 50 a 150 euros al año
Póliza completa con límites altosunos 150 a 350 euros al año
Ofertas de entrada publicadas para particularesdesde unos 74 a 86 euros al año
Defensa jurídica incluida en el seguro de hogarlímite de unos 4.000 a 6.000 euros por siniestro
Procurador según arancel oficialunos 150 a 450 euros
Perito judicialdesde unos 500 euros
Juicio civil corriente, coste total habitualunos 400 a 3.000 euros, de media unos 900

Valores orientativos, septiembre de 2026, tomados de ejemplos publicados. El reparto de la prima por módulos en la tabla, los importes del cálculo de ejemplo, el mínimo litigioso y la carencia de tres meses son valor orientativo de la práctica. Las tasas judiciales no se aplican a personas físicas. Su prima depende de los módulos y de los límites; nosotros pedimos la oferta concreta.

Ejemplo de cálculo

Pareja en una capital, piso de alquiler, un coche, los dos asalariados

Así se compone la prima si contratan los bloques por separado.

Reclamación de daños y defensa penal, ya en hogar y coche0 euros adicionales
Derecho laboral para los dosunos 60 a 130 euros
Arrendamiento como inquilinosunos 40 a 80 euros
Consumo y contratosunos 30 a 70 euros
Fiscal y propietario, descartados a propósito0 euros

En total unos 130 a 280 euros al año. Un juicio civil corriente cuesta unos 900 euros de media, así que un solo pleito ya compensa varios años de prima.

Los módulos y lo que cuestan

En España la defensa jurídica se vende por bloques. Cada bloque cubre un tipo de conflicto, y lo que no figura en las condiciones no se paga. Si solo tiene la reclamación de daños y discute con su empresa, no tiene cobertura.

La ley obliga a que la defensa jurídica se identifique como un apartado propio con su prima diferenciada, aunque viaje dentro de otra póliza. Así puede usted ver cuánto paga por ella. Los importes de la tabla son valor orientativo de la práctica, porque las compañías publican casi siempre precios de paquete.

MóduloCasos típicosParte de la prima al añoA quién le conviene
Reclamación de dañosreclamar a quien le ha causado un daño: obra, vehículo, vecinosuele ir incluido en hogar y cochea todo el mundo, es la base
Defensa penal por imprudenciaacusación por un accidente o un descuido, sin intenciónunos 20 a 50 eurosconductores, deportistas, propietarios de perro
Derecho laboraldespido, salarios impagados, sanción disciplinariaunos 40 a 90 eurostrabajadores por cuenta ajena
Arrendamiento como inquilinofianza, obras, subida de renta, desahuciounos 40 a 80 eurosquien vive de alquiler
Arrendamiento como propietarioimpago de renta, ocupación, desahuciobastante más, sube con cada viviendasolo quien alquila un piso
Consumo y contratosteléfono, luz, banco, compras, viajesunos 30 a 70 eurosa casi cualquier hogar
Fiscalrecurso ante el tribunal económico administrativo y la vía judicialsuele ir en el paquete altoautónomos, propietarios, inversores
Herencias y familiauna consulta sobre testamento, custodia o alimentospoco, casi siempre incluidofamilias, pero solo para la consulta

Lo que ya tiene en el hogar y en el coche

Casi todas las pólizas de hogar llevan defensa jurídica, pero con un alcance muy distinto de una compañía a otra. Los límites publicados van de unos 4.000 euros por siniestro a unos 6.000, con un tope anual cercano a 18.000 euros. Suele incluir asesoramiento telefónico, reclamación de daños, defensa frente al arrendador y, en algunas pólizas, los trámites por ocupación ilegal.

Casi siempre existe un mínimo litigioso: por debajo de unos 300 euros de cuantía, la compañía no pleitea. Y el seguro del coche cubre la reclamación al contrario y la defensa en juicio por el accidente, no sus conflictos laborales ni de vivienda. Revise primero esas dos pólizas: a veces con ampliar límites basta y no hace falta una póliza nueva.

Qué gastos paga la póliza

Se pagan los honorarios del abogado, los derechos del procurador según arancel oficial, los peritos, los testigos, las notificaciones y las costas de la parte contraria si usted pierde. Muchas pólizas cubren también la mediación, que desde la última reforma procesal se ha vuelto un paso casi obligado antes del juicio.

El límite es doble: la suma contratada por siniestro y una tabla de honorarios que la compañía aplica cuando usted elige abogado propio. Si su abogado cobra por encima, la diferencia la paga usted. Y por ley nunca se pagan las multas ni las sanciones, ni el importe que se discute en el pleito.

Carencia y cuándo empieza la cobertura

En muchos módulos hay una carencia de unos tres meses, sobre todo en laboral, arrendamiento, contratos y fiscal. La reclamación de daños y la defensa penal suelen funcionar desde el primer día.

Lo que decide no es la fecha de la carta del abogado, sino cuándo se produjo el hecho: si el incumplimiento es anterior a la póliza o cae dentro de la carencia, no hay cobertura. Guarde las fechas de los primeros correos y avisos, porque ahí se juega casi siempre la discusión con la compañía.

Qué módulos no necesita casi nadie

Si no alquila ninguna vivienda, el módulo de propietario no le sirve. Si es asalariado con una declaración sencilla, el módulo fiscal casi nunca se usa. El de protección de datos aparece en los folletos y rara vez llega a juicio.

Herencias y familia son solo asesoramiento en la práctica totalidad del mercado: ni el divorcio ni el pleito por la herencia entran. Quien contrata pensando en eso paga por algo que no va a cobrar. Díganos su situación y contratamos solo los bloques que usted va a usar.

Paso a paso

  1. Saque la póliza de hogar y la del coche y busque el apartado de defensa jurídica con su límite.
  2. Apunte dónde puede surgir conflicto: trabajo, vivienda, vehículo, contratos, Hacienda.
  3. Elija solo los módulos que encajen con esa lista y descarte el resto sin miedo.
  4. Compare el límite por siniestro, la carencia y la tabla de honorarios, no solo el precio.
  5. Pida ofertas con los mismos módulos y que le envíen las condiciones generales completas.

Lista de control

  • Reclamación de daños cubierta, es la base de todo
  • Derecho laboral incluido si trabaja por cuenta ajena
  • Arrendamiento como inquilino, no como propietario, si vive de alquiler
  • Límite por siniestro suficiente, al menos unos 6.000 euros
  • Libre elección de abogado recogida en la póliza, con su tabla de honorarios
  • Mínimo litigioso comprobado, para saber desde qué cuantía pleitean

Errores frecuentes

  • Contratar una póliza nueva sin mirar la defensa jurídica que ya tiene en hogar y coche
  • Creer que el módulo de arrendamiento sirve tanto de inquilino como de propietario
  • Contar con la cobertura para un divorcio o un pleito de herencia, cuando solo hay asesoramiento
  • Contratar con el conflicto ya empezado y chocar con la carencia y con la fecha del hecho

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir mi propio abogado?

Sí. El artículo 76 d de la Ley 50/1980 se lo garantiza en cualquier procedimiento. La compañía paga hasta el límite de su tabla de honorarios, y el exceso lo paga usted.

¿Cubre las multas de tráfico?

El importe de la multa nunca, porque la ley lo excluye. Sí puede cubrir la defensa y el recurso frente a la sanción, según lo que diga su póliza.

¿Cubre un despido?

Solo si tiene el módulo laboral y ha pasado la carencia. Muchas pólizas de hogar no lo llevan, así que conviene comprobarlo antes de necesitarlo.

¿Qué es el mínimo litigioso?

La cuantía mínima a partir de la cual la compañía acude a juicio, a menudo unos 300 euros. Por debajo suele quedarse en el asesoramiento.

¿Paga las costas si pierdo el juicio?

En general sí, dentro del límite contratado por siniestro. Lo que nunca paga es la cantidad que se discutía en el pleito.

¿Sirve para pleitear contra mi propia aseguradora?

Casi nunca. La mayoría de las condiciones lo excluyen, y los tribunales han admitido esa exclusión. Para eso queda la reclamación ante la propia entidad y la vía administrativa.

¿Hay tasas judiciales que pagar?

Para personas físicas no se aplican. Los gastos reales son abogado, procurador y, si hace falta, perito.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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