
¿Mi seguro de hogar ya incluye la responsabilidad civil?
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En España, el corredor de seguros es el mediador que no está vinculado a ninguna aseguradora y debe asesorar de forma independiente, basándose en un análisis objetivo del mercado. Compara, recomienda y le acompaña cuando tiene un siniestro. Normalmente cobra una comisión de la aseguradora que ya va incluida en la prima.
La pregunta que casi todo el mundo hace primero
Depende de pocos datos: código postal, edad, profesión, siniestros anteriores, capitales asegurados y franquicia. Con ellos se pueden comparar ofertas de forma justa. Pero la prima más baja rara vez es la más barata cuando llega el siniestro, si la póliza excluye justo lo que le ha pasado o el capital no alcanza. Por eso un corredor pregunta primero qué necesita usted y después calcula.
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Un agente vende los productos de una aseguradora o de un grupo. El corredor está obligado a analizar un número suficiente de ofertas del mercado y a explicarle por qué recomienda una y no otra.
Es habitual pagar dos veces la misma cobertura, por ejemplo una responsabilidad civil suelta cuando el seguro de hogar ya la incluye, y tener a la vez huecos en lo importante. Le decimos qué sobra y qué falta.
Le ayudamos a declarar el siniestro en plazo, a reunir la documentación y a revisar la indemnización. Si la aseguradora paga menos de lo que corresponde, reclamamos.
Controlamos las fechas de vencimiento, comunicamos la oposición a la prórroga a tiempo y nos aseguramos de que no quede ningún día sin cobertura.
Primero asegure lo que podría arruinarle: la responsabilidad frente a terceros, su capacidad de ingresos y, si es propietario, la vivienda. Lo que pueda reponer con sus ahorros no necesita póliza. Nuestra guía por situaciones vitales le muestra el orden.
Lo que dicen las condiciones generales, particulares y especiales, no el folleto. Fíjese en las exclusiones, los límites por garantía, las franquicias y los periodos de carencia. Las cláusulas limitativas de derechos solo valen si usted las ha firmado expresamente.
Si el siniestro está cubierto y usted ha cumplido sus deberes, sí. Los conflictos suelen empezar en tres puntos: datos inexactos en el cuestionario, comunicación tardía del siniestro y exclusiones que nadie leyó. Las tres cosas se evitan al contratar.
Por lo general, no. La comisión del corredor la paga la aseguradora y va incluida en la prima. Si un corredor cobra honorarios, debe informarle antes por escrito, y usted decide.
Los seguros de hogar, coche y la mayoría de ramos se renuevan cada año. Para que no se prorroguen, basta con comunicarlo por escrito con al menos un mes de antelación al vencimiento (art. 22 de la Ley de Contrato de Seguro). Nosotros vigilamos esa fecha y no damos de baja nada hasta que la nueva póliza esté en vigor.
Nos cuenta qué quiere asegurar a través del formulario de cada ramo, por teléfono o por correo. Con pocos datos basta para empezar.
Vemos qué pasaría realmente en caso de siniestro y revisamos las pólizas que ya tiene, incluidas las que le vendieron con la hipoteca o la cuenta.
Pedimos propuestas a varias aseguradoras y se las presentamos con las diferencias de cobertura, no solo con el precio.
Usted elige. Tramitamos la solicitud, revisamos la póliza emitida y gestionamos la baja de la anterior en la fecha correcta.
Seguimos siendo su interlocutor, ajustamos las coberturas cuando cambia su vida y le acompañamos en cada siniestro hasta el pago.
La forma habitual es la comisión: la aseguradora remunera al corredor con una parte de la prima que usted pagaría igualmente. No recibe ninguna factura aparte y, para la misma póliza, el precio no cambia por contratarla a través de un corredor.
La normativa de distribución de seguros, aprobada por el Real Decreto-ley 3/2020, permite también que el corredor cobre honorarios al cliente, siempre que lo informe de antemano. En cualquier caso debe comunicarle, antes de contratar, la naturaleza de su remuneración.
Esa independencia es lo que distingue al corredor del agente: su obligación legal es ofrecerle la cobertura que, según su criterio profesional, mejor se adapte a sus necesidades, tras un análisis objetivo.
Algunas aseguradoras solo venden directamente o a través de su red de agentes y oficinas bancarias. Esas pólizas no las podemos mediar, pero se las mencionamos cuando le interesan para que vea el mercado completo.
No somos abogados ni asesores fiscales. Le explicamos las condiciones y defendemos sus intereses ante la aseguradora, pero un pleito o la fiscalidad de un plan de pensiones corresponden a esos profesionales.
No garantizamos un precio antes de tener la oferta de la aseguradora, y es ella quien decide si acepta el riesgo, sobre todo cuando hay cuestionario de salud.
En los seguros de embarcaciones y yates no actuamos como corredor sino como suscriptor por cuenta de las aseguradoras (Assekuradeur): emitimos y tramitamos esas pólizas en su nombre. Es otro papel, y por eso lo decimos claramente.
Lo que la gente quiere saber primero, respondido en pocas líneas.
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Preguntas y respuestas
El agente, exclusivo o vinculado, distribuye los productos de una o varias aseguradoras con las que tiene contrato y actúa por cuenta de ellas. El corredor no tiene vínculos que le resten independencia y debe asesorar con un análisis objetivo y personalizado del mercado.
Normalmente no. Los bancos suelen actuar como operador de banca-seguros, que es una forma de agente. Venden sobre todo los productos de la aseguradora de su grupo.
Sí. El corredor responde de los daños que cause por incumplir sus obligaciones profesionales y debe tener un seguro de responsabilidad civil profesional o una garantía equivalente para poder ejercer.
En el registro administrativo de distribuidores de seguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para mediadores de otros países de la UE, además, en el registro de su país de origen.
No. Puede nombrar al corredor como mediador de sus pólizas actuales mediante una carta de nombramiento. La póliza sigue igual, con la misma prima y las mismas coberturas.
Para la misma póliza, no. La comisión ya está incluida en la prima. Algunas aseguradoras tienen productos solo para venta directa por internet; se los mencionamos para comparar.
Sí. Primero ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la aseguradora, después ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros. Nosotros preparamos la reclamación con usted.
Cuando quiera. Basta con nombrar a otro mediador. Sus pólizas continúan sin cambios.
No. En embarcaciones y yates somos suscriptores especializados; como corredor trabajamos todos los ramos habituales para particulares y empresas, desde el hogar hasta los planes de pensiones de empleo.
Elija los ramos, indique los datos que pide la aseguradora y reciba la comparación.
¿Barco o yate? Ahí no somos corredores, sino agencia de suscripción, con pólizas propias y gestión de siniestros propia.
Seguro de embarcacionesNAMMERT Assekuradeur GmbH, con sede en Alemania, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 de la Ley alemana de Comercio (GewO), registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37, que opera en España en régimen de libre prestación de servicios. En seguros de embarcaciones y yates actuamos como agencia de suscripción, no como corredor. Información previa (en alemán)