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Vender la embarcación: por qué el casco puede seguir y la responsabilidad civil no

Al final de la temporada muchas embarcaciones cambian de manos. El contrato de compraventa recoge casi todo, salvo qué pasa con el seguro, y eso está en dos cláusulas muy diferentes.

18 de septiembre de 20267 min de lecturaNAMMERT Assekuradeur GmbH

Cuando acaba el verano, en Baleares, en la costa levantina o en Canarias muchas embarcaciones cambian de dueño. El vendedor no quiere pagar otro invierno de amarre, el comprador busca una lancha o un velero a buen precio. En el contrato de compraventa figuran el número de casco, el motor, el inventario y el precio, y después toca el cambio de titularidad ante la Capitanía Marítima. Lo que casi nunca figura es qué pasa con el seguro. Y la respuesta puede ser muy distinta para el casco y para la responsabilidad civil.

Empiece por el seguro de casco. Muchas pólizas tienen una cláusula sobre la venta o transmisión del objeto asegurado, y merece una lectura atenta. En Alemania, el artículo 95 de la ley del contrato de seguro (VVG) establece que el comprador entra en el contrato existente en lugar del vendedor en el momento en que se transmite la propiedad, y las condiciones de casco alemanas suelen repetirlo. Otras pólizas terminan sin más con la venta. Las preguntas son siempre las mismas: si el contrato pasa al comprador, desde cuándo exactamente y qué se considera ese momento. Si depende de la propiedad, no cuentan ni la firma, ni la prueba en el agua, ni la señal.

Si el casco pasa al comprador, conviene mirar los detalles. Según la regla alemana, vendedor y comprador responden juntos de la prima del periodo en curso. Las dos partes suelen poder salir: la aseguradora puede rescindir frente al comprador dentro de un plazo desde que conoce la venta, y el comprador puede darlo de baja con efecto inmediato o al final del periodo, también dentro de un plazo. Busque quién paga la prima si alguien rescinde. Para el comprador significa tener durante un tiempo un contrato que no ha elegido, con la suma asegurada, la franquicia y la zona de navegación del anterior propietario.

Después está la obligación de comunicar la venta. Las condiciones que siguen la regla alemana exigen comunicarla sin demora y por escrito, y puede hacerlo el vendedor o el comprador. Si nadie lo hace, la aseguradora puede quedar liberada de pagar un siniestro, pero normalmente solo en condiciones estrictas: el siniestro ocurre más de un mes después de cuando debía haberse comunicado la venta, y la aseguradora demuestra que no habría asegurado al comprador. Compruebe qué dice su póliza. Un correo con copia del contrato de compraventa el mismo día de la entrega evita la discusión.

Con la responsabilidad civil suele ser al revés. Muchas condiciones establecen que el contrato termina automáticamente con la venta de la embarcación asegurada. La prima se liquida entonces en proporción hasta que la aseguradora recibe la comunicación, el saldo se devuelve al vendedor y puede pedirse prueba de la venta. En España hay además un seguro obligatorio de responsabilidad civil para embarcaciones de recreo (Real Decreto 607/1999). Para el comprador, esto es lo decisivo: desde que es propietario navega sin responsabilidad civil si no ha contratado la suya. En el traslado al nuevo puerto, al botar en otra rampa o al atracar por primera vez, un daño a terceros no lo responde el seguro de casco.

Para el vendedor, el orden es sencillo: fecha y hora de la entrega en el contrato, comunicación por escrito a la aseguradora, copia del contrato adjunta. Para quien compra una lancha con remolque, una moto de agua o un yate de segunda mano, el casco transmitido es como mucho un puente. Se basa en los datos de otro, puede terminar con poco preaviso y no trae responsabilidad civil. Lo prudente es contratar responsabilidad civil y casco para que empiecen en el momento de la transmisión de la propiedad, y decidir dentro del plazo si se da de baja el contrato anterior. Antes de entregar las llaves, las dos partes deberían saber qué cláusulas de la póliza regulan la venta.

Para repasar

Buscar en las condiciones de casco la cláusula sobre venta o transmisión Comprobar si el contrato de responsabilidad civil termina automáticamente con la venta Anotar en el contrato de compraventa la fecha y hora de la entrega Comunicar la venta por escrito y sin demora, con copia del contrato Como comprador, contratar la responsabilidad civil obligatoria antes de la entrega Revisar suma asegurada, franquicia y zona de navegación de un casco transmitido Tramitar el cambio de titularidad ante la Capitanía Marítima

Preguntas frecuentes

¿El seguro de la embarcación pasa al comprador?

Depende de las condiciones y de la ley aplicable. Según la ley alemana, el casco suele pasar al comprador con la propiedad, mientras que muchas pólizas de responsabilidad civil terminan automáticamente con la venta. Lea la cláusula de venta de cada póliza.

¿Qué pasa si nadie comunica la venta a la aseguradora?

En condiciones basadas en la regla alemana, la aseguradora puede rechazar un siniestro ocurrido más de un mes después de cuando debía comunicarse la venta, si demuestra que no habría asegurado al comprador. Un aviso escrito el día de la entrega lo evita.

¿Puede el comprador quedarse sin más con el seguro de casco?

A veces, mientras ninguna de las partes lo rescinda. Aun así, la aseguradora puede rescindir dentro de un plazo, y el contrato lleva los datos del anterior propietario. Un contrato propio desde la entrega es la opción segura.

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