¿Cobertura por riesgos nombrados o a todo riesgo?
Respuesta breve
Una póliza de casco por riesgos nombrados paga lo que aparece en la lista. Una de todo riesgo paga lo que no está excluido. La diferencia se nota el día que la causa del daño no está clara.
En el seguro de casco conviven dos maneras de escribir la cobertura, y la diferencia no es comercial sino jurídica. La modalidad de riesgos nombrados enumera lo que queda cubierto: incendio, explosión, temporal, rayo, robo de la embarcación completa, daños durante la invernada. Si el hecho no figura en esa lista, no hay indemnización, por razonable que parezca el siniestro. La modalidad de todo riesgo invierte la lógica: cubre cualquier daño accidental salvo lo que las condiciones excluyan expresamente.
Ese giro cambia quién tiene que demostrar qué, y ahí está el verdadero valor de la distinción. Con riesgos nombrados, el propietario debe encajar su siniestro en alguna de las causas listadas. Con todo riesgo, es la aseguradora la que debe señalar la exclusión que aplica. Cuando el barco aparece con agua dentro y nadie sabe por qué, esa diferencia decide el expediente. Los daños propios habituales, varada, golpe contra un pantalán o un objeto flotante, vandalismo y robo de piezas, suelen quedar fuera de una lista corta.
Al comparar dos ofertas, mire primero el encabezado del artículo de casco y busque la palabra que define el sistema, luego lea entera la lista de exclusiones, que en la modalidad de todo riesgo es el documento importante. Compruebe además cómo se valora el barco, con valor convenido o con valor de mercado en el momento del siniestro, y qué franquicia se aplica a cada tipo de daño. Dos pólizas con precio parecido pueden responder de forma muy distinta ante la misma varada en la ría.
Para recordar
Lista
es la póliza por riesgos nombrados: paga lo enumerado
Exclusiones
es la de todo riesgo: paga lo no excluido
Si la causa del daño queda sin aclarar, con la lista el problema es suyo y con las exclusiones no.
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta con más frecuencia
¿Qué significa todo riesgo en náutica?
Que se cubre cualquier daño accidental al barco salvo lo excluido expresamente en las condiciones. Por eso la lista de exclusiones es la parte que hay que leer con calma.
¿Quién debe probar la causa del daño?
Con riesgos nombrados, el propietario debe demostrar que el hecho está en la lista. Con todo riesgo, la aseguradora debe demostrar que se aplica una exclusión.
¿El robo del fueraborda entra en la lista corta?
Muchas veces no. El robo de la embarcación completa suele figurar, el de piezas y equipos va aparte. Compruebe en qué artículo cae su motor antes de la temporada.
¿Y si el barco pasa el invierno en seco?
La invernada y el transporte suelen tratarse en artículos propios. Léalos antes de sacar el barco del agua, no después del temporal que levantó la lona.
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