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¿Qué cubre un seguro de accidentes en España?

En resumen

Lo esencial son dos capitales: el de fallecimiento por accidente y el de invalidez permanente. La indemnización por invalidez se calcula con el capital asegurado multiplicado por el porcentaje del baremo de la póliza. Con 120.000 euros de capital y un 60 por ciento de baremo, usted recibe 72.000 euros. El resto son coberturas opcionales y solo algunas valen su prima.

¿Qué cubre un seguro de accidentes en España?

Cuánto cuesta

Primas anuales publicadas para seguros de accidentes personales en España, datos de 2026.

EjemploOrientación
Póliza básica, fallecimiento e invalidez con 30.000 euros de capitaldesde unos 37 euros al año, unos 5,20 euros al mes
Cobertura media con gastos médicosunos 80 a 150 euros al año
Póliza completa con hospitalización y asistenciaunos 150 a 300 euros al año
Póliza profesional o internacional con doble capital en tráficomás de 300 euros al año
Cobertura deportiva incluidaunos 250 a 400 euros al año
Capitales mínimos recomendados30.000 euros de fallecimiento y 60.000 euros de invalidez
Indemnización con 120.000 euros de capital y un 60 por ciento de baremo72.000 euros de una vez

Valores orientativos, septiembre de 2026, tomados de guías de precios publicadas. Los porcentajes del baremo son los habituales del mercado y cambian según la compañía; los importes del ejemplo son valor orientativo de la práctica. La prima depende de la edad, la profesión, los deportes y el capital; nosotros pedimos la oferta concreta.

Ejemplo de cálculo

Caída en bicicleta, la mano derecha queda sin función

Un accidente de fin de semana. Tras un año la secuela se estabiliza y el médico la valora con el baremo de la póliza. Así se convierte en una cifra.

Capital asegurado de invalidez permanente120.000 euros
Porcentaje del baremo por pérdida funcional de una mano60 por ciento
Indemnización por invalidez permanente parcial72.000 euros
Asistencia sanitaria y rehabilitaciónademás, según factura y hasta el límite pactado
Prima anual de una póliza con estas coberturasunos 150 a 300 euros al año

Con un capital de 60.000 euros, el mismo accidente dejaría solo 36.000 euros. El capital asegurado pesa mucho más que cualquier cobertura opcional.

El núcleo: capital de invalidez permanente

La palabra accidentes no dice nada sobre lo que se paga. La asistencia médica corriente la cubre la sanidad pública o su seguro de salud. El seguro de accidentes paga porque después del accidente queda algo permanente, o porque el accidente causa el fallecimiento. La cuenta es siempre la misma: el capital asegurado multiplicado por el porcentaje que la póliza asigna a esa pérdida.

Ese porcentaje viene del baremo, una tabla que su compañía incluye en las condiciones. En los baremos habituales, la pérdida total de un brazo o de una mano se valora en torno al 60 por ciento, la pérdida completa de movilidad del hombro en torno al 25 y la del codo o la muñeca en torno al 20. La invalidez permanente absoluta, por ejemplo la pérdida de los dos brazos o la ceguera total, se valora al 100 por ciento. Las cifras cambian de una compañía a otra, así que pida el baremo antes de firmar y compárelo, no solo la prima.

Las coberturas una por una

Cada póliza es un paquete. Solo se ve lo que hay dentro cuando se revisan las coberturas de una en una. La tabla indica qué paga cada una y a quién le compensa.

Regla práctica: lo que paga un importe grande tras un accidente grave está bien invertido. Lo que paga importes pequeños por hechos pequeños es un ahorro caro con recargo de seguro.

CoberturaQué pagaA quién le compensa
Invalidez permanentecapital asegurado multiplicado por el porcentaje del baremoa todos, es el núcleo de la póliza
Fallecimiento por accidentecapital para los beneficiariosa quien tiene familia o hipoteca a su cargo
Doble capital en accidente de circulaciónduplica el capital si el accidente ocurre en tráficoa quien conduce mucho, y suele costar poco
Asistencia sanitaria y gastos médicostratamiento en clínica concertada, farmacia, prótesissinceramente útil, sobre todo en odontología y rehabilitación
Incapacidad temporal, subsidio diarioun importe por día de bajaautónomos con cotización baja, para un asalariado casi nunca
Hospitalización, indemnización diariaun importe por día de ingresopoco rentable, el importe total queda pequeño
Rehabilitación y fisioterapiasesiones más allá de lo que cubre la sanidad públicarazonable, acorta la recuperación
Gastos de sepelioun importe fijo para el entierroprescindible si ya hay capital de fallecimiento suficiente
Asistencia en viaje y repatriacióntraslado, búsqueda y rescate en el extranjeroa quien viaja, navega o hace montaña
Asistencia domiciliariaayuda en casa, compra y organización de cuidadosa jubilados y a quien vive solo, a menudo lo más valioso
Cobertura deportivaamplía el seguro a deportes de riesgo excluidos de seriesolo si practica esos deportes, encarece bastante

Qué coberturas solo encarecen la prima

La indemnización diaria por hospitalización suena bien y paga poco. A 20 euros por día, dos semanas de ingreso dejan unos 280 euros, y usted paga prima todos los años por eso. Si necesita cubrir la pérdida de ingresos, la incapacidad temporal con subsidio diario es la vía correcta, y en España tiene sentido sobre todo para autónomos.

Los gastos de sepelio son el segundo añadido discutible: si el capital de fallecimiento es suficiente, ya está cubierto. Y para un hijo, un capital de fallecimiento alto no cambia la situación de la familia y cuesta dinero que rinde más en el capital de invalidez. En cambio, la asistencia en viaje con búsqueda y rescate y la asistencia sanitaria pagan facturas reales y sí merecen estar.

Los plazos que deciden si le pagan

El rechazo más frecuente no tiene que ver con el accidente sino con el calendario. Comunique el siniestro en cuanto ocurra, dentro del plazo que fije su póliza, y conserve los informes médicos desde el primer día. Sin parte médico inicial es muy difícil demostrar después que la secuela viene de aquel accidente.

La invalidez permanente solo se puede valorar cuando las lesiones se estabilizan, y eso puede tardar meses. Muchas condiciones fijan un plazo máximo desde el accidente para que la secuela quede consolidada y se declare. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro regula el deber de comunicar el siniestro y el pago de la indemnización, pero los plazos concretos y el baremo son los de su contrato, así que léalos con la póliza delante.

PasoCuándoQué conviene hacer
Comunicar el accidente a la compañíade inmediato, en el plazo que fije la pólizapor escrito y con el primer informe médico adjunto
Reunir la documentación médicadesde el primer día y durante todo el tratamientoinformes, pruebas y facturas, todo a su nombre
Valorar la secuela con el baremocuando las lesiones estén estabilizadaspida por escrito el porcentaje aplicado y con qué baremo
Revisar la oferta de indemnizaciónantes de firmar cualquier reciboun recibo firmado como finiquito cierra la reclamación

Dónde están los límites

Se paga solo si la causa es un accidente: un hecho súbito, externo y ajeno a su voluntad. Un infarto, un ictus o una hernia discal al levantar peso no lo son en general. Por eso este seguro no sustituye a un seguro de salud ni a la protección de la Seguridad Social, y quien quiera cubrir la pérdida de ingresos por enfermedad necesita otro producto.

Segundo límite: las exclusiones. Deportes de riesgo, conducir sin permiso, el consumo de alcohol o drogas y las lesiones preexistentes salen de la cobertura en casi todas las pólizas. A partir de los 55 años las compañías aplican recargos y algunas fijan una edad máxima de contratación. Revise esas tres páginas antes de comparar precios.

Paso a paso

  1. Fije el capital de invalidez pensando en su hipoteca y en sus ingresos, no en la prima.
  2. Pida el baremo por escrito y compárelo entre ofertas, no solo los precios.
  3. Añada asistencia sanitaria y rehabilitación, son las coberturas que pagan facturas.
  4. Incluya la incapacidad temporal solo si es autónomo con cotización baja.
  5. Lea las exclusiones de deportes y las condiciones por edad antes de firmar.

Lista de control

  • Capital de invalidez de al menos 60.000 euros
  • Capital de fallecimiento de al menos 30.000 euros
  • Baremo de la póliza leído y comparado
  • Asistencia sanitaria y rehabilitación incluidas
  • Asistencia en viaje con búsqueda y rescate si viaja o hace montaña
  • Exclusiones por deportes revisadas con su afición real
  • Sin duplicar coberturas que ya tiene en otra póliza

Errores frecuentes

  • Elegir capital bajo y añadir indemnizaciones diarias por hospitalización
  • Firmar sin leer el baremo y descubrir el porcentaje cuando ya hay secuela
  • No comunicar el accidente a tiempo o no guardar el primer informe médico
  • Firmar el recibo de indemnización como finiquito sin revisar el cálculo

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Paga el seguro de accidentes mis gastos médicos?

Solo si contrata la cobertura de asistencia sanitaria o de gastos médicos. La cobertura básica paga capitales por fallecimiento e invalidez, no el tratamiento.

¿Qué es el baremo?

La tabla de la póliza que asigna un porcentaje a cada pérdida o secuela. Ese porcentaje multiplicado por el capital asegurado da la indemnización, y cambia de una compañía a otra.

¿Cubre la enfermedad?

No. Solo paga cuando la causa es un accidente. Un infarto o un ictus no suelen considerarse accidente, aunque algunas pólizas los añaden como cobertura aparte.

¿Qué diferencia hay con la invalidez de la Seguridad Social?

La Seguridad Social reconoce grados de incapacidad con sus propias reglas y paga una pensión. El seguro de accidentes paga un capital según su baremo, y las dos cosas son compatibles.

¿Merece la pena la indemnización diaria por hospitalización?

Casi nunca. A 20 euros por día, dos semanas de ingreso dejan unos 280 euros, y ese dinero rinde mucho más dentro del capital de invalidez.

¿Cubre los accidentes practicando deporte?

El deporte aficionado normal sí, los deportes de riesgo suelen estar excluidos. Ampliarlos cuesta entre unos 250 y 400 euros al año.

¿Hasta qué edad se puede contratar?

Depende de la compañía. A partir de los 55 años se aplican recargos y muchas fijan una edad máxima de contratación y otra de vencimiento del contrato.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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