Todo sobre este seguro: Riesgos extraordinarios
¿Qué necesito para que el Consorcio me pague tras una inundación?
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En resumen
En España no se contrata aparte: las inundaciones extraordinarias las paga el Consorcio de Compensación de Seguros a cualquiera que tenga un seguro de hogar en vigor, sin franquicia en viviendas y con un recargo del 0,07 por mil. El problema real es que una aseguradora rechace la póliza de hogar. Pida oferta a otras, porque sin póliza tampoco hay Consorcio.
Recargo oficial del Consorcio y precios publicados del seguro de hogar en España, 2026.
| Ejemplo | Orientación |
|---|---|
| Recargo del Consorcio, vivienda con 150.000 euros asegurados | unos 10,50 euros al año |
| Recargo del Consorcio, chalet con 300.000 euros asegurados | unos 21 euros al año |
| Seguro de hogar básico | unos 100 a 150 euros al año |
| Seguro de hogar completo, media nacional | unos 265 euros al año |
El recargo del 0,07 por mil procede de la tarifa oficial vigente en 2026; al recibo se añaden impuestos y otros recargos pequeños. Los precios del seguro de hogar son valores de septiembre de 2026. El coste de una válvula antirretorno del ejemplo es valor orientativo de la práctica; nosotros pedimos la oferta concreta.
Ejemplo de cálculo
La aseguradora de una casa en planta baja en la Comunidad Valenciana, con un siniestro por agua anterior, comunica que no renovará la póliza de hogar.
| Válvula antirretorno instalada | unos 300 a 800 euros |
| Dossier con fotos, planos y factura | sin coste |
| Nueva póliza de hogar con otra compañía | unos 250 a 350 euros al año |
| Recargo del Consorcio incluido, 180.000 euros | unos 12,60 euros al año |
Con la nueva póliza en vigor sin interrupción, una riada de 60.000 euros la paga el Consorcio sin franquicia, siempre que el capital asegurado sea correcto.
En España no existe un seguro de inundación que se pueda rechazar por separado. Cada póliza de hogar lleva un recargo obligatorio a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, y el Consorcio paga los daños por inundación extraordinaria, terremoto o tempestad ciclónica atípica.
El Consorcio no elige a quién cubre: si su póliza está en vigor y pagada, cubre su vivienda, esté donde esté. Por eso la pregunta útil no es qué hacer si le rechazan la inundación, sino qué hacer si le rechazan o encarecen mucho el seguro de hogar.
| Situación | Qué pasa |
|---|---|
| Tiene seguro de hogar en vigor | el Consorcio cubre la inundación extraordinaria |
| La aseguradora no renueva su póliza | busque otra antes del vencimiento, sin hueco |
| Ninguna póliza de hogar | sin cobertura del Consorcio |
| Daño por lluvia ordinaria o goteras | lo decide su póliza, no el Consorcio |
| Capital declarado por debajo del valor | el Consorcio paga en proporción |
Tras las inundaciones de los últimos años, algunas aseguradoras revisan con más cuidado las viviendas en zonas inundables, suben primas o no renuevan. Un rechazo de una compañía no obliga a las demás.
Consulte la zona de su vivienda en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables y prepare un dossier: fotos, planos, año de las instalaciones, siniestros anteriores y medidas como válvulas antirretorno o barreras. Con esos datos, un corredor puede pedir oferta a varias compañías a la vez.
Muchos rechazos no son del Consorcio sino de la aseguradora, porque el daño se considera lluvia ordinaria o filtración. Pida el rechazo por escrito con el motivo, aporte datos meteorológicos oficiales y, si no está de acuerdo con la valoración, puede encargar su propio perito a su cargo.
Si la aseguradora mantiene el rechazo, reclame primero a su servicio de atención al cliente y, si no le da la razón, al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El Consorcio no paga la lluvia que cae directamente ni las goteras, y en viviendas no aplica franquicia, pero sí la regla proporcional si el capital es bajo. En una zona que se inunda con frecuencia, la prima del seguro de hogar puede subir bastante.
Aun así, casi siempre compensa más pagar esa prima que quedarse fuera del sistema: sin póliza, una sola riada puede costarle la casa entera.
Preguntas y respuestas
No, si tiene una póliza de hogar en vigor y pagada. El Consorcio cubre los riesgos extraordinarios de todas esas pólizas.
Sí, cada compañía decide qué riesgos acepta. Pida oferta a otras antes de que venza su póliza.
En viviendas, no para los daños que paga el Consorcio. En comercios e industrias se descuenta un 7 por ciento.
No el Consorcio. Depende de su póliza de hogar, que suele cubrir la lluvia con ciertos límites.
Pida el motivo por escrito, reclame al servicio de atención al cliente y, si no se resuelve, a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Un 0,07 por mil del capital asegurado al año. Con 150.000 euros son unos 10,50 euros.
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