Saltar al contenido

Inicio / Glosario / Subsidiariedad

Subsidiariedad

Término del seguro náutico, ámbito: Contrato

Una cobertura es subsidiaria cuando solo actúa en la medida en que ningún otro seguro pague. Suena inofensivo, pero cambia el orden: primero el otro contrato tiene que examinar el caso y rechazarlo, y eso lleva tiempo. Es frecuente en los seguros para patrones y para arrendatarios de chárter, que a menudo solo entran en juego cuando el seguro del propietario no responde.

Qué comprobar: Compruebe si alguna cobertura de su póliza o de su seguro de chárter es subsidiaria y, en ese caso, qué otro seguro debe pagar primero y cuánto puede tardar esa decisión.

Más términos

Una explicación general con nuestras palabras.

Lo que vale en su caso lo fijan solo las condiciones de su propia póliza.

Cuatro amigos brindan riendo en la bañera de un velero en el puerto a la hora azul

¿Listo para soltar amarras?

Su barco. Su mar. Nosotros a su lado.

La prima en un minuto y una persona al otro lado del teléfono.

O llámenos ahora: +49 3375 29 12 77