Saltar al contenido

Corredor de seguros / Preguntas de seguros / RC particular

¿Paga el seguro de responsabilidad civil si causo un daño a propósito?

En resumen

Para usted, no. Si causa un daño a propósito, el seguro de responsabilidad civil no le cubre: el artículo 19 de la Ley de Contrato de Seguro excluye la mala fe del asegurado. Pero en España la víctima puede reclamar directamente a la aseguradora (artículo 76), que a veces debe pagarle y después le reclama a usted lo pagado. El daño termina siempre en su bolsillo.

¿Paga el seguro de responsabilidad civil si causo un daño a propósito?

Cuánto cuesta

Primas publicadas en España para la responsabilidad civil y el seguro de hogar, datos de 2026:

EjemploOrientación
RC particular o familiar independiente, capital de 150.000 a 300.000 eurosdesde unos 45 euros al año
Seguro de hogar con RC, piso de 71 m² en Madrid, gama básicadesde unos 123 a 136 euros al año
Seguro de hogar con RC, gama mediadesde unos 154 a 256 euros al año
Seguro de hogar con RC, gama altadesde unos 254 a 392 euros al año

Valores orientativos, octubre de 2026, de guías publicadas.

Los importes del ejemplo son valor orientativo de la práctica.

Nosotros pedimos la oferta concreta.

Ejemplo de cálculo

Valencia: rayar a propósito la moto de un vecino

Tras una discusión, usted raya el depósito y el carenado de la moto de un vecino. El vecino reclama a su aseguradora de hogar con RC.

Pintura y carenadounos 800 a 1.500 euros
Cobertura para ustedninguna, por mala fe
Si la aseguradora paga al vecinopuede repetir contra usted por el importe completo
Si el daño hubiera sido un descuidola RC pagaría, según su póliza

Usted acaba pagando entre 800 y 1.500 euros, directamente o devolviéndolos a la aseguradora.

Qué dice la ley española

El artículo 19 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro obliga al asegurador a pagar, salvo que el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado. El artículo 73 define el seguro de responsabilidad civil: cubre el riesgo de que usted deba indemnizar a un tercero.

Frente al perjudicado, usted responde siempre. Según el artículo 1902 del Código Civil, quien por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a repararlo. Con más razón si lo hizo a propósito.

Su conducta¿Le cubre la RC a usted?
Descuido puntual, vaso volcadosí
Negligencia grave, vela encendida sin vigilarsí, salvo exclusión expresa de su póliza
Daño causado a propósitono
Daño a propósito, la víctima reclama a la aseguradorala aseguradora puede tener que pagar a la víctima y luego le reclama a usted

La acción directa: por qué la víctima puede cobrar

El artículo 76 permite al perjudicado reclamar directamente a la aseguradora del causante. Esa acción es inmune a las excepciones que la aseguradora tenga contra el asegurado, y la ley reserva a la aseguradora el derecho a repetir contra el asegurado cuando el daño se deba a su conducta dolosa.

El Tribunal Supremo, en sentencia de 17 de abril de 2015, aplicó esta regla en un seguro de responsabilidad civil: la aseguradora no podía oponer el dolo del asegurado a la víctima, debía indemnizarla y podía después reclamar al asegurado. Así la aseguradora soporta el riesgo de que el causante no tenga dinero, no la víctima.

Qué significa para usted

Que la víctima cobre de la aseguradora no le libera. Si la aseguradora paga por un daño doloso, puede repetir contra usted y reclamarle todo lo abonado.

En la práctica, el seguro solo adelanta el dinero. Para la víctima es una ventaja: no depende de que usted tenga fondos. Para usted no cambia nada.

Si la víctima sufre lesiones

La Ley 35/1995 establece ayudas públicas para las víctimas directas e indirectas de delitos dolosos y violentos con resultado de muerte, lesiones corporales graves o daños graves en la salud física o mental. Para daños en cosas no está pensada, salvo supuestos especiales de violencia sexual o contra las mujeres.

Cuándo no necesita nada más

No existe ninguna póliza ni garantía que cubra los daños causados a propósito. No pague por ello. Lo importante es que su RC familiar tenga un capital suficiente, cubra a todos los que viven en casa y no excluya la negligencia grave.

Paso a paso

  1. Comunique el siniestro a su aseguradora aunque le acusen de haber actuado a propósito.
  2. Describa los hechos con objetividad, sin hacer suposiciones sobre su intención.
  3. No reconozca culpa ni prometa pagos al perjudicado.
  4. Si la aseguradora rechaza el siniestro por dolo, pida la razón por escrito.
  5. Busque asesoramiento jurídico si la reclamación es alta o hay un procedimiento penal.

Lista de control

  • Capital de RC suficiente en su póliza
  • Todos los convivientes incluidos
  • Negligencia grave no excluida
  • Siniestro comunicado aunque haya acusación de dolo
  • Asesoramiento jurídico si hay vía penal

Errores frecuentes

  • Pensar que, si la aseguradora paga a la víctima, el asunto está cerrado para usted
  • Decir en caliente que lo hizo a propósito cuando no es cierto
  • Confundir negligencia grave con dolo y no comunicar el siniestro
  • Como víctima, reclamar solo al causante y olvidar la acción directa

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Cubre la RC la negligencia grave?

Por ley, solo se excluye la mala fe del asegurado.

Revise de todos modos las exclusiones de su póliza.

¿Puede la víctima reclamar a mi aseguradora?

Sí.

El artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro le da acción directa contra la aseguradora.

¿Me puede reclamar la aseguradora lo que pagó?

Sí, si el daño se debió a su conducta dolosa.

La ley le reconoce el derecho a repetir contra usted.

¿Qué pasa si mi hijo menor rompe algo a propósito?

Depende de su póliza y del caso.

Muchas pólizas de RC familiar cubren a los hijos solo cuando no hay intencionalidad.

Consulte las condiciones.

¿Hay ayudas públicas para la víctima?

La Ley 35/1995 prevé ayudas para víctimas de delitos dolosos y violentos con muerte,

lesiones graves o daños graves en la salud.

Si causo un daño a propósito, ¿quién paga al final?

Usted.

Aunque la aseguradora indemnice a la víctima por la acción directa,

puede reclamarle después todo lo pagado.

¿Puedo asegurar los daños intencionados?

No.

Ninguna póliza cubre los daños causados a propósito.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

Pedir presupuesto: RC particular

Comparamos aseguradoras y le enviamos una propuesta.

Sin coste; nos paga la aseguradora.

1¿Para quién?
2¿Qué seguros?

Puede elegir varios. Para cada uno aparecen los datos que una aseguradora necesita para calcular.

Particulares

Empresas

3Datos

Seguro de responsabilidad civil particular y familiar

Por ejemplo seguro de hogar actual, perro, vivienda de alquiler, empleada de hogar

4Su póliza actual
5¿Cómo le contactamos?

Preguntas relacionadas

Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.

Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

Opera en España en libre prestación de servicios.

NAMMERT Assekuradeur GmbH es una empresa distinta.

No media su contrato.

Información previa (en alemán) · Actualizado

¿Le ha servido?