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¿Qué informe médico necesito para el seguro de cancelación?

En resumen

¿Qué informe médico necesito para el seguro de cancelación? Un informe con diagnóstico, fecha de inicio de la enfermedad, tratamiento y la indicación de que no puede viajar, firmado y sellado por el médico. El parte de baja laboral no suele bastar. En la sanidad pública puede pedirlo en su centro de salud; en la privada, la consulta cuesta unos 17 a 55 euros.

¿Qué informe médico necesito para el seguro de cancelación?

Cuánto cuesta

Costes del informe médico y del seguro de cancelación en España, datos publicados.

EjemploOrientación
Consulta privada de medicina general en ciudades españolasunos 17 a 55 euros
Primera consulta privada de psiquiatríaunos 90 a 180 euros
Certificado en la sanidad pública0 euros cuando una norma lo declara gratuito
Seguro de cancelación de un viaje, sobre el precio del viajeentre el 3 y el 8 por ciento

Valores orientativos, octubre de 2026, tomados de precios publicados para España.

Lo que cobra cada médico o clínica puede variar.

Las causas cubiertas y los documentos exigidos figuran en las condiciones de su póliza; nosotros pedimos la oferta concreta.

Ejemplo de cálculo

Viaje organizado para dos personas, 2.400 euros, neumonía doce días antes de salir

La médica de familia de su centro de salud en Zaragoza hace el diagnóstico y emite el informe con la contraindicación para viajar el mismo día. Usted cancela esa tarde y la agencia cobra el 50 por ciento.

Precio del viaje2.400 euros
Gastos de anulación, 50 por ciento1.200 euros
Franquicia de la póliza0 euros
Informe en la sanidad pública0 euros
Reembolso1.200 euros

Con informe completo y cancelación inmediata recupera los 1.200 euros. Con una póliza con franquicia del 20 por ciento serían 960 euros. Cálculo con valores orientativos.

Por qué el parte de baja no basta

El parte de baja acredita que usted no puede trabajar. La aseguradora de cancelación necesita saber otra cosa: si sufre una enfermedad grave e imprevista y si por ella no puede viajar en las fechas reservadas. Para eso pide un informe con diagnóstico, inicio de la enfermedad y la recomendación médica de no viajar.

Muchas pólizas definen la enfermedad grave con requisitos propios, por ejemplo que exija reposo o que impida hacer el viaje. Lea esa definición antes de ir al médico y llévela impresa.

Causa de cancelaciónJustificante que se suele pedir
Enfermedad grave del aseguradoinforme médico con diagnóstico, fechas y contraindicación para viajar
Accidenteinforme de urgencias o del médico con fecha del accidente
Enfermedad psíquicainforme de un psiquiatra, en muchas pólizas con hospitalización
Enfermedad grave de un familiarinforme médico del familiar y prueba del parentesco
Complicaciones del embarazoinforme del ginecólogo con fecha y diagnóstico
Fallecimiento de un familiarcertificado de defunción, sin informe médico

Qué debe incluir el informe

El informe debe recoger el diagnóstico, cuándo aparecieron los síntomas y cuándo empezó el tratamiento, si hubo ingreso hospitalario, cuánto se espera que dure la enfermedad y la fecha desde la que no puede viajar. Debe llevar fecha, firma, número de colegiado y sello del centro.

Si padece una enfermedad previa, muchas pólizas solo pagan si hubo un empeoramiento imprevisto. Pida al médico que lo haga constar de forma expresa.

Sanidad pública, privada y especialistas

La Ley 41/2002 de autonomía del paciente reconoce el derecho a obtener certificados sobre su estado de salud, gratuitos cuando así lo establezca una norma. En su centro de salud puede pedir el informe clínico; si no se lo emiten a tiempo, una consulta privada de medicina general cuesta unos 17 a 55 euros.

Para trastornos psíquicos, muchas pólizas exigen informe de un psiquiatra y a veces ingreso hospitalario. Una primera consulta privada de psiquiatría cuesta unos 90 a 180 euros, por eso conviene saber antes qué exige su póliza.

Plazos y comprobaciones

Cancele el viaje en cuanto sepa que no puede viajar y pida el informe ese mismo día. Si espera, los gastos de anulación suben y la aseguradora puede pagar solo lo que habría costado cancelar a tiempo. La Ley 50/1980 de contrato de seguro obliga a comunicar el siniestro en siete días, salvo que la póliza dé más plazo.

La aseguradora puede pedir más documentación o que la vea su propio médico. No necesita informe médico cuando la causa no es una enfermedad, por ejemplo un despido o daños graves en su vivienda; ahí valen la carta de despido o el informe de los bomberos.

Paso a paso

  1. Lea en su póliza cómo define la enfermedad grave y qué documentos pide.
  2. Pida al médico un informe con diagnóstico, fechas y contraindicación para viajar.
  3. En caso de trastorno psíquico, pida cita con un psiquiatra cuanto antes.
  4. Cancele el viaje enseguida y avise a la aseguradora en siete días como máximo.
  5. Envíe informe, factura de anulación, reserva y póliza.

Lista de control

  • Definición de enfermedad grave de la póliza revisada
  • Diagnóstico, fechas y tratamiento en el informe
  • Contraindicación para viajar escrita de forma expresa
  • Firma, número de colegiado y sello
  • Informe emitido el día de la cancelación o antes
  • Siniestro comunicado en plazo

Errores frecuentes

  • Enviar solo el parte de baja
  • Cancelar primero y pedir el informe semanas después
  • Presentar un informe del médico de cabecera cuando la póliza exige psiquiatra
  • Ocultar una enfermedad previa que aparece en el informe

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Sirve el parte de baja para el seguro de cancelación?

Normalmente no. La aseguradora necesita diagnóstico, fechas y que el médico indique que no puede viajar.

¿Tengo que pagar el informe médico?

En la sanidad pública suele ser gratuito. En la privada paga la consulta, unos 17 a 55 euros en medicina general.

¿Necesito un especialista?

Para enfermedades psíquicas muchas pólizas exigen psiquiatra. Para lo demás suele bastar el médico que le trata.

¿Puedo enviar el informe más tarde?

Puede enviarlo después, pero la consulta debe ser de la fecha de la cancelación. Un informe muy posterior suele rechazarse.

¿Y si el enfermo es un familiar?

Necesita el informe médico del familiar y un documento que pruebe el parentesco, como el libro de familia.

¿En qué plazo debo avisar a la aseguradora?

La ley fija siete días desde que conoce el siniestro, salvo que la póliza le dé más tiempo.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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