Todo sobre este seguro: Seguro de viaje
¿Necesito seguro de viaje si tengo la Tarjeta Sanitaria Europea?
Corredor de seguros / Preguntas de seguros / Seguro de viaje
En resumen
¿Qué informe médico necesito para el seguro de cancelación? Un informe con diagnóstico, fecha de inicio de la enfermedad, tratamiento y la indicación de que no puede viajar, firmado y sellado por el médico. El parte de baja laboral no suele bastar. En la sanidad pública puede pedirlo en su centro de salud; en la privada, la consulta cuesta unos 17 a 55 euros.
Costes del informe médico y del seguro de cancelación en España, datos publicados.
| Ejemplo | Orientación |
|---|---|
| Consulta privada de medicina general en ciudades españolas | unos 17 a 55 euros |
| Primera consulta privada de psiquiatría | unos 90 a 180 euros |
| Certificado en la sanidad pública | 0 euros cuando una norma lo declara gratuito |
| Seguro de cancelación de un viaje, sobre el precio del viaje | entre el 3 y el 8 por ciento |
Valores orientativos, octubre de 2026, tomados de precios publicados para España.
Lo que cobra cada médico o clínica puede variar.
Las causas cubiertas y los documentos exigidos figuran en las condiciones de su póliza; nosotros pedimos la oferta concreta.
Ejemplo de cálculo
La médica de familia de su centro de salud en Zaragoza hace el diagnóstico y emite el informe con la contraindicación para viajar el mismo día. Usted cancela esa tarde y la agencia cobra el 50 por ciento.
| Precio del viaje | 2.400 euros |
| Gastos de anulación, 50 por ciento | 1.200 euros |
| Franquicia de la póliza | 0 euros |
| Informe en la sanidad pública | 0 euros |
| Reembolso | 1.200 euros |
Con informe completo y cancelación inmediata recupera los 1.200 euros. Con una póliza con franquicia del 20 por ciento serían 960 euros. Cálculo con valores orientativos.
El parte de baja acredita que usted no puede trabajar. La aseguradora de cancelación necesita saber otra cosa: si sufre una enfermedad grave e imprevista y si por ella no puede viajar en las fechas reservadas. Para eso pide un informe con diagnóstico, inicio de la enfermedad y la recomendación médica de no viajar.
Muchas pólizas definen la enfermedad grave con requisitos propios, por ejemplo que exija reposo o que impida hacer el viaje. Lea esa definición antes de ir al médico y llévela impresa.
| Causa de cancelación | Justificante que se suele pedir |
|---|---|
| Enfermedad grave del asegurado | informe médico con diagnóstico, fechas y contraindicación para viajar |
| Accidente | informe de urgencias o del médico con fecha del accidente |
| Enfermedad psíquica | informe de un psiquiatra, en muchas pólizas con hospitalización |
| Enfermedad grave de un familiar | informe médico del familiar y prueba del parentesco |
| Complicaciones del embarazo | informe del ginecólogo con fecha y diagnóstico |
| Fallecimiento de un familiar | certificado de defunción, sin informe médico |
El informe debe recoger el diagnóstico, cuándo aparecieron los síntomas y cuándo empezó el tratamiento, si hubo ingreso hospitalario, cuánto se espera que dure la enfermedad y la fecha desde la que no puede viajar. Debe llevar fecha, firma, número de colegiado y sello del centro.
Si padece una enfermedad previa, muchas pólizas solo pagan si hubo un empeoramiento imprevisto. Pida al médico que lo haga constar de forma expresa.
La Ley 41/2002 de autonomía del paciente reconoce el derecho a obtener certificados sobre su estado de salud, gratuitos cuando así lo establezca una norma. En su centro de salud puede pedir el informe clínico; si no se lo emiten a tiempo, una consulta privada de medicina general cuesta unos 17 a 55 euros.
Para trastornos psíquicos, muchas pólizas exigen informe de un psiquiatra y a veces ingreso hospitalario. Una primera consulta privada de psiquiatría cuesta unos 90 a 180 euros, por eso conviene saber antes qué exige su póliza.
Cancele el viaje en cuanto sepa que no puede viajar y pida el informe ese mismo día. Si espera, los gastos de anulación suben y la aseguradora puede pagar solo lo que habría costado cancelar a tiempo. La Ley 50/1980 de contrato de seguro obliga a comunicar el siniestro en siete días, salvo que la póliza dé más plazo.
La aseguradora puede pedir más documentación o que la vea su propio médico. No necesita informe médico cuando la causa no es una enfermedad, por ejemplo un despido o daños graves en su vivienda; ahí valen la carta de despido o el informe de los bomberos.
Preguntas y respuestas
Normalmente no. La aseguradora necesita diagnóstico, fechas y que el médico indique que no puede viajar.
En la sanidad pública suele ser gratuito. En la privada paga la consulta, unos 17 a 55 euros en medicina general.
Para enfermedades psíquicas muchas pólizas exigen psiquiatra. Para lo demás suele bastar el médico que le trata.
Puede enviarlo después, pero la consulta debe ser de la fecha de la cancelación. Un informe muy posterior suele rechazarse.
Necesita el informe médico del familiar y un documento que pruebe el parentesco, como el libro de familia.
La ley fija siete días desde que conoce el siniestro, salvo que la póliza le dé más tiempo.
NAMMERT corredor de seguros
Comparamos aseguradoras y le enviamos una propuesta. Sin coste; nos paga la aseguradora.
Gracias, hemos recibido su solicitud.
Le contestamos en un día laborable. Si es urgente: +49 3375 29 12 77.
Todo sobre este seguro: Seguro de viaje
¿Necesito seguro de viaje si tengo la Tarjeta Sanitaria Europea?
¿Cuándo paga el seguro de cancelación de viaje?
El seguro de cancelación paga los gastos de anulación cuando usted no puede viajar por una ca …
¿Cuándo no paga el seguro de cancelación de viaje?
No paga si la causa ya existía o era previsible al contratar, si no es grave o si la póliza l …
¿Cubre el seguro de viaje las enfermedades preexistentes?
La mayoría de pólizas excluyen las enfermedades preexistentes. Algunas cubren solo la primera …
¿Hasta cuándo puedo contratar un seguro de cancelación?
Lo mejor es contratarlo el mismo día de la reserva y como máximo dentro de los siete días sig …
NAMMERT Assekuradeur GmbH, con sede en Alemania, corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO.
Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37; opera en España en libre prestación de servicios.
En seguros de embarcaciones y yates actuamos como agencia de suscripción, no como corredor.
Información previa (en alemán) · Actualizado
¿Le ha servido?