¿Qué cambia para el grado I de dependencia en 2026 y 2027?
En resumen
¿Qué cambia para el grado I de dependencia en 2026 y 2027? Con la Ley 4/2026, publicada en el BOE el 3 de octubre, el grado I se asimila a un 33 % de discapacidad, salvo en materia fiscal. El nivel mínimo que paga el Estado por persona sube de 76 a 90 euros al mes, pero va a la comunidad autónoma, no a usted. La ayuda por cuidados en familia sigue en 180 euros como máximo.
Cuantías de referencia del Estado y precios de residencia, según el BOE, el ministerio y estudios de mercado.
Ejemplo
Orientación
Cuidados en el entorno familiar, grado I
hasta 180 euros al mes
Prestación vinculada al servicio, grado I
hasta 313,50 euros al mes
Nivel mínimo estatal por persona, grado I
90 euros al mes desde julio de 2026, antes 76
Plaza en residencia privada, media 2026
unos 2.153 euros al mes
Las cuantías pueden variar según la comunidad autónoma y sus ingresos.
Para 2027 no hay importes nuevos publicados.
Estado: 14 de octubre de 2026.
Ejemplo de cálculo
Madre con grado I, cuidada por su hija en casa
Así queda la situación de una persona con grado I que recibe la prestación por cuidados en el entorno familiar.
Prestación por cuidados en familia, grado I
hasta 180 euros al mes
Subida del nivel mínimo estatal
14 euros al mes, los recibe la comunidad
Equivalencia de discapacidad
33 %, sin efectos fiscales
La prestación de la madre no sube de forma automática. Lo que gana es la equivalencia al 33 %, útil para otros derechos de discapacidad que no sean fiscales.
Qué es el grado I de dependencia
El grado I, dependencia moderada, se reconoce hoy con 25 a 49 puntos en el baremo oficial. Significa que necesita ayuda al menos una vez al día para actividades básicas, como asearse o vestirse. La Ley 4/2026 prevé un baremo nuevo en el plazo de un año.
Las noticias alemanas sobre recortes al grado 1 de dependencia en 2027 se refieren al seguro de dependencia alemán. En España rige la Ley 39/2006 y esos recortes no le afectan.
Lo que cambia con la Ley 4/2026
La Ley 4/2026 modifica la ley de dependencia y la ley de discapacidad. Quien tenga reconocido el grado I de dependencia se considera persona con un 33 % de discapacidad a los efectos de esa ley. Los grados II y III equivalen a un 65 %.
Ojo: la equivalencia del grado I no sirve en el ámbito tributario, así que no le da por sí sola las ventajas del IRPF por discapacidad. Tampoco supone que le envíen un certificado de discapacidad sin pedirlo. La ley además suprime el régimen general de incompatibilidades entre prestaciones de dependencia, dentro de las intensidades de cada grado.
Aspecto del grado I
Antes
Con la reforma de 2026
Equivalencia con discapacidad
ninguna, valoración aparte
33 %, salvo en materia fiscal
Nivel mínimo pagado por el Estado
76 euros al mes
90 euros al mes desde julio de 2026
Cuidados en el entorno familiar
hasta 180 euros al mes
sin cambio de cuantía
Prestación vinculada al servicio
hasta 313,50 euros al mes
sin cambio de cuantía
Compatibilidad de prestaciones
régimen de incompatibilidades
suprimido dentro de las intensidades del grado
Los 90 euros no van a su cuenta
El Gobierno aprobó en junio de 2026 un real decreto-ley que sube el nivel mínimo de protección del grado I de 76 a 90 euros al mes. Es el dinero que el Estado transfiere a la comunidad autónoma por cada persona con grado I.
Si su prestación del grado I sube o no depende de lo que decida su comunidad. Pregunte en los servicios sociales antes de contar con más dinero.
Qué se sabe de 2027
Para 2027 el Gobierno prevé 7.239 millones de euros de aportación estatal y el objetivo de financiar la mitad del gasto en dependencia. El ministerio ha pedido a las comunidades reducir a la mitad las listas de espera en 2027.
No hay, a fecha de hoy, una nueva cuantía publicada para el grado I en 2027. Compruebe en el BOE y en su comunidad si se fijan importes nuevos a comienzos de año.
El grado I y un seguro de dependencia privado
Muchos seguros de dependencia privados solo pagan en dependencia severa o gran dependencia, es decir en grado II o III. El grado I no siempre está cubierto, y la ventaja fiscal del seguro solo existe si cubre los grados severo o gran dependencia.
Si ya tiene una póliza, mire en las condiciones desde qué grado paga y si se basa en la resolución oficial de su comunidad o en una valoración propia de la aseguradora.
Paso a paso
Busque la resolución de su grado de dependencia y su fecha.
Pregunte en servicios sociales si su comunidad sube las cuantías del grado I.
Infórmese de qué derechos le da la equivalencia al 33 % de discapacidad.
Si su situación ha empeorado, pida una revisión de grado.
Revise desde qué grado paga su seguro de dependencia, si lo tiene.
Lista de control
Resolución del grado I localizada
Consulta hecha en servicios sociales de su comunidad
Claro que la equivalencia al 33 % no sirve para el IRPF
Póliza de dependencia revisada
Errores frecuentes
Creer que los 90 euros se ingresan en su cuenta
Aplicar en España las noticias alemanas sobre el grado 1
Usar la equivalencia al 33 % para pedir ventajas fiscales
No pedir revisión de grado cuando la necesidad aumenta
Preguntas y respuestas
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rige la Ley 4/2026?
Se publicó en el BOE el 3 de octubre de 2026 y entra en vigor a los veinte días de su publicación.
¿Tendré automáticamente un certificado de discapacidad del 33 %?
La ley le considera persona con un 33 % de discapacidad,
pero no prevé que se le expida un certificado de forma automática.
¿Puedo desgravar en el IRPF por la equivalencia?
No.
La ley excluye expresamente el ámbito tributario.
¿Cuánto cobro en grado I si me cuida un familiar?
Como máximo 180 euros al mes, según su comunidad y sus ingresos.
¿Cambia algo en 2027 para el grado I?
Hay más financiación estatal prevista, pero no una cuantía nueva publicada para el grado I.