¿Qué seguro paga la suplantación de identidad en internet?
¿Qué seguro paga la suplantación de identidad en internet? Sobre todo un ciberseguro para par …
Corredor de seguros / Preguntas de seguros
En resumen
¿Qué seguro ayuda contra el ciberacoso y la difamación en internet? Sobre todo un ciberseguro con defensa jurídica, desde unos 27 a 65 euros al año, con límites de unos 2.000 a 6.000 euros. Paga abogado y ayuda a borrar contenidos. El acoso reiterado por cualquier medio es delito en el artículo 172 ter del Código Penal, y el Canal prioritario de la AEPD retira contenidos sexuales o violentos.
Cuotas y límites de seguros relacionados en España.
| Ejemplo | Orientación |
|---|---|
| Ciberseguro básico de protección digital | unos 27 a 63 euros al año |
| Ciberseguro con defensa jurídica, límite anual de 2.000 euros | desde unos 45 euros al año |
| Defensa jurídica básica para particulares | unos 50 a 150 euros al año |
Valores orientativos, octubre de 2026,
de comparativas publicadas y de la hoja de información de un producto de protección digital.
Que muchas pólizas de hogar incluyan defensa jurídica y los honorarios del ejemplo son valor
orientativo de la práctica; nosotros pedimos la oferta concreta.
Ejemplo de cálculo
Un antiguo empleado difunde en un grupo de 1.500 personas que una comerciante vende productos caducados. Ella reclama el cese y la rectificación.
| Abogado y procurador para la demanda | unos 1.500 a 3.000 euros |
| Cobertura del ciberseguro | hasta 4.000 euros |
| Cuota anual | unos 60 euros |
Con la póliza paga solo la cuota mientras no supere el límite. Valores orientativos de la práctica.
Las pólizas de protección digital combinan asistencia técnica, defensa jurídica y servicios de borrado de información. Con defensa jurídica pagan abogado y costas hasta el límite, a menudo de 2.000 a 6.000 euros.
Un seguro de defensa jurídica general puede ayudar, pero revise si cubre la reclamación por vulneración del honor o la intimidad. Muchas pólizas de hogar incluyen una defensa jurídica limitada.
| Seguro | Ayuda contra el ciberacoso | Límite |
|---|---|---|
| Ciberseguro con defensa jurídica | abogado, costas, borrado | límite de 2.000 a 6.000 euros |
| Ciberseguro básico | asistencia y borrado | sin abogado en juicio |
| Defensa jurídica general | según garantías | revisar honor e intimidad |
| Responsabilidad civil | solo si le reclaman a usted | no ayuda a la víctima |
El artículo 172 ter castiga a quien acose de forma insistente y reiterada, también contactando por cualquier medio de comunicación, con prisión de tres meses a dos años o multa. Difundir sin permiso imágenes íntimas obtenidas con consentimiento es delito según el artículo 197.7.
Las injurias graves hechas con publicidad se castigan con multa. La denuncia es gratuita, pero no borra nada ni le paga daños; para eso está la vía civil de la Ley Orgánica 1/1982.
Guarde pruebas con capturas que muestren fecha, dirección y perfil antes de denunciar. Después pida la retirada en la propia plataforma.
Si circulan fotos o vídeos de contenido sexual o violento, puede pedir su retirada urgente en el Canal prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos.
Si apenas usa redes sociales, no necesita una protección específica. Para un caso aislado puede salir más barato pagar una consulta a un abogado.
Un caso ya iniciado no se puede asegurar. Revise también las carencias: algunas pólizas aplican tres meses para reclamaciones.
Preguntas y respuestas
Sí, el acoso reiterado por cualquier medio está en el artículo 172 ter del Código Penal.
Por la vía civil de la Ley Orgánica 1/1982 puede reclamar el cese y la indemnización,
incluido el daño moral.
Una vía de la AEPD para pedir la retirada urgente de fotos,
vídeos o audios sexuales o violentos difundidos sin permiso.
No.
Ofrece el servicio, pero no puede garantizar que el contenido desaparezca.
Si la póliza incluye a la familia, sí.
Compruebe la defensa para menores.
NAMMERT corredor de seguros
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Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.
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