¿Quién paga la barrera anticontaminación?
Respuesta breve
Cuando una embarcación se hunde con el depósito lleno, lo primero es cercar la mancha. Ese coste cae entre dos sillas, y conviene saber de qué cláusula sale antes de necesitarlo.
Si una embarcación se va al fondo en el amarre con el depósito lleno, la secuencia es casi siempre la misma: alguien avisa, la instalación saca una barrera flotante y se cierra el cerco alrededor del casco antes de que nadie piense en la grúa. En España ese aviso no es optativo. Un vertido, o el riesgo de vertido, se comunica a la Capitanía Marítima y a la propia instalación, y el coste de la barrera y de los absorbentes empieza a correr desde ese mismo momento, mucho antes de que se haya abierto ningún expediente.
El problema es de dónde sale ese dinero, y ahí el mercado no habla con una sola voz. Buena parte de los condicionados de casco enumeran la reflotación, la retirada y la destrucción de la embarcación, y a continuación excluyen de forma expresa los daños al medio ambiente, al agua y a la fauna. Otros guardan silencio, y entonces queda sólo el camino de los gastos de aminoración del daño, que no es lo mismo que una prestación comprometida por escrito. La parte de responsabilidad civil, por su lado, está pensada para reclamaciones de terceros: entra en juego cuando alguien te reclama, no cuando tú decides prevenir.
De ahí salen dos costumbres útiles. La primera: llamar al asegurador antes de contratar nada, porque una medida acordada de antemano está en mejor posición que una factura que aparece después, y porque el perito querrá ver la embarcación tal como quedó. La segunda: preguntar por escrito, antes de firmar, de qué cláusula concreta sale el cerco alrededor del barco propio. Una respuesta del tipo "eso lo lleva la responsabilidad civil" se queda corta, y se descubre justo el día en que el amarre huele a gasóil.
Para recordar
El casco
suele enumerar la retirada y excluir el medio ambiente
La responsabilidad civil
mira a terceros, no a tu propia precaución
El cerco alrededor del barco propio cae justo en medio. Pregunta de dónde sale antes de necesitarlo.
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta con más frecuencia
¿No basta con la responsabilidad civil?
Esa parte del contrato está pensada para reclamaciones de terceros, por ejemplo la factura que te pase el puerto. Una medida preventiva que tomas por tu cuenta no encaja ahí sin más, y conviene aclararlo antes.
¿Qué hago en el momento del hundimiento?
Avisar a la Capitanía Marítima y a la instalación, llamar al asegurador antes de contratar la barrera y no mover la embarcación hasta que el perito la haya visto o lo autorice.
¿Qué conviene preguntar antes de firmar?
De qué cláusula concreta sale el cerco del barco propio y qué gastos de aminoración del daño se reconocen. Pedirlo por escrito cuesta un correo y ahorra una discusión larga.
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