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Cubierta lateral de un velero junto a un pantalán de madera mojado, un cabo suelto en la cornamusa, una defensa aplastada y una franja de agua oscura

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Herido al atracar: qué revisar en su seguro de accidentes

Respuesta breve

Hacerse daño al atracar, al saltar al pantalán o con la mano entre el casco y el pilote, suele ser un accidente en el sentido del seguro de accidentes. Lo que pague depende de la póliza, sobre todo de si quedan secuelas, y de cumplir sus plazos.

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La mayoría de las lesiones a bordo no ocurren navegando, sino al atracar. Se salta al pantalán mojado con el cabo y se resbala, una mano queda atrapada entre el casco y el pilote, un dedo en la cornamusa, o la espalda cede al acercar el barco. Quien resulta herido se pregunta enseguida qué hará su seguro de accidentes. La Ley de Contrato de Seguro define en su artículo 100 el accidente como la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Una caída sobre el pantalán o una mano aplastada encajan normalmente en esa definición.

Lo importante es cómo está construida la póliza. Un seguro de accidentes suele pagar una cantidad fija por invalidez permanente según un baremo que figura en las condiciones, no los gastos de tratamiento. Una lesión que cura sin secuelas puede no dar derecho a nada, salvo que la póliza incluya también prestaciones como una indemnización diaria por hospitalización o por incapacidad temporal. Un tirón al cobrar un cabo no tiene causa externa, y las pólizas difieren sobre si cuentan esas lesiones; los problemas de espalda y de disco se excluyen a menudo. Las condiciones fijan además plazos en los que la invalidez debe manifestarse, ser confirmada por un médico y reclamarse.

Tras una lesión, acuda enseguida al médico, también en el extranjero, y pida que se documenten la lesión y cómo ocurrió. Comuníquelo cuanto antes a la aseguradora y apunte los plazos de sus condiciones. Si otra persona causó el accidente, por ejemplo un patrón con una mala maniobra, puede caber además una reclamación de responsabilidad civil; hay una página aparte sobre ello. La prevención hace más que cualquier póliza: pasar en vez de saltar cuando el barco ya está parado, no meter las manos entre casco y pantalán y llevar calzado antideslizante en cubierta.

Para recordar

Cura sin secuelas

solo con prestaciones extra

Secuelas

cantidad fija según baremo

Apunte los plazos de su póliza, o ni el mejor seguro le ayudará.

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta con más frecuencia

¿Es un accidente caerse al saltar al pantalán?

Normalmente sí. El golpe contra el pantalán es una causa violenta, súbita y externa, como exige la definición legal.

¿Paga el seguro de accidentes si la lesión se cura?

Solo si la póliza incluye prestaciones como indemnización por hospitalización o incapacidad temporal. La principal es por invalidez permanente.

¿Y un tirón al acercar el barco?

Depende de la póliza, porque un tirón no tiene causa externa. Los problemas de espalda y de disco se excluyen a menudo.

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¿Le ha servido?

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