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Préstamo para fianza penal

Término del seguro náutico, ámbito: Responsabilidad civil

Tras un abordaje en aguas extranjeras, la autoridad portuaria o el juzgado pueden retener la embarcación y exigir una fianza antes de liberarla y de dejar salir al patrón del país. La cuantía la fija la ley local, no el armador, y se paga en el acto. El préstamo para fianza penal es el dinero que una aseguradora adelanta con ese fin. Sigue siendo una deuda y se devuelve cuando termina el procedimiento o cuando un tercero reembolsa la cantidad.

Qué comprobar: Dos preguntas para su condicionado: ¿se adelanta la fianza en el extranjero y hasta qué importe, limitado al valor de la embarcación o a un tope anual? ¿Y en qué condiciones se devuelve el dinero, sin intereses o con intereses si vence el plazo de reintegro?

Más términos

Una explicación general con nuestras palabras.

Lo que vale en su caso lo fijan solo las condiciones de su propia póliza.

Amigos cantan con una guitarra en un barco pontón bajo una guirnalda de luces

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