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¿Quién responde por los daños al pantalán?

Respuesta breve

Una racha al entrar, una marcha de más, y el puerto pasa la factura. Como el amarre está cedido, el daño no encaja sin más en la definición de daños a terceros: depende de una línea concreta del condicionado.

Calcular la prima Al seguro de embarcaciones

La mayoría de los daños no ocurren en alta mar, sino en los últimos veinte metros. Una racha al entrar en la bocana, una marcha de más, una inversora que no agarra, y el pantalán se lleva la peor parte: un dedo desplazado, un noray arrancado, una pasarela torcida. El puerto repara y pasa la factura al titular del amarre, porque ese amarre lo tiene usted cedido o arrendado, y esa relación contractual es justamente lo que complica el asunto.

El punto técnico se llama daños a bienes arrendados o bajo custodia. Muchas pólizas de responsabilidad civil se construyen sobre la idea del daño a un tercero, y lo que uno tiene alquilado o cedido para su uso no encaja del todo en esa definición. Por eso conviene mirar si el condicionado menciona expresamente los daños al amarre, al pantalán y a las instalaciones portuarias, y con qué sublímite, que casi nunca coincide con la suma principal. También merece una lectura el contrato de amarre, porque muchos puertos exigen un seguro de responsabilidad civil con una suma mínima y describen ahí quién responde de qué.

Dos situaciones vecinas se confunden con esta. La primera es el daño al barco de al lado, que es un caso clásico de responsabilidad civil y suele estar dentro: ahí la discusión gira sobre la suma, no sobre si entra. La segunda es la inversa, el daño al propio barco causado por una instalación en mal estado, un noray suelto, un dedo con tablones podridos, una defensa de pantalán que falta. Ahí responde el puerto, y lo que decide el asunto son las fotografías del estado de la instalación tomadas antes de que nadie repare nada, junto con el aviso por escrito en la oficina del puerto deportivo el mismo día.

Para recordar

Un error de maniobra

puede llevarse tres tramos de pantalán

Una línea del condicionado

decide quién los paga

El amarre no es un bien ajeno cualquiera: está cedido, y eso cambia el apartado que lo trata.

Un pantalán de madera con tres tramos destrozados junto a una embarcación

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta con más frecuencia

¿No lo cubre el seguro de responsabilidad civil familiar?

Por regla general no, cuando el daño guarda relación con la embarcación. Las pólizas familiares suelen excluir o limitar mucho las embarcaciones, y para eso existe la responsabilidad civil de embarcaciones de recreo.

El pantalán ya estaba en mal estado. ¿Aun así respondo?

No necesariamente. Si la instalación estaba deteriorada, el puerto tiene su propio deber de mantenerla en condiciones seguras. Por eso las fotos del estado de la instalación valen tanto como las del daño.

¿Qué hay que hacer en la primera hora?

Fotografiar en las dos direcciones antes de que se retire nada, avisar por escrito en la oficina del puerto ese mismo día y pedir copia del parte. Un aviso verbal no deja rastro cuando la factura llega semanas después.

¿Dónde se mira si el amarre está incluido?

En el condicionado, buscando daños a bienes arrendados, cedidos o bajo custodia, y su sublímite. Y en el contrato de amarre, que suele fijar la suma mínima de responsabilidad civil que el puerto exige.

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