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Puesto de gobierno de un catamarán de chárter en una cala turquesa, listo para recibir a los clientes

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Patrón profesional: ¿qué responsabilidad civil necesita quien patronea por dinero?

Respuesta breve

Quien patronea por dinero, ya sea en chárter, en traslados de barcos o como instructor de una escuela náutica, necesita una responsabilidad civil profesional propia. La del patrón privado está pensada para la navegación de recreo.

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Muchos navegantes con experiencia acaban convirtiendo su afición en un ingreso. Patronean barcos de chárter en Baleares o en la Costa Brava, trasladan yates del astillero al nuevo armador o dan clases en una escuela náutica. Con la primera factura cambia algo esencial: usted deja de ser un amigo al timón y pasa a ser un profesional que presta un servicio. Los clientes, el armador y la empresa de chárter esperan esa diligencia, y si algo sale mal, su actuación se juzgará con ese criterio.

La responsabilidad civil del patrón que tienen muchos navegantes está pensada para la navegación privada, y el trabajo remunerado suele quedar excluido de forma expresa. Una póliza profesional para patrones es un contrato distinto. Al comparar ofertas, revise el límite de indemnización, si se incluyen los daños al barco que usted gobierna, los perjuicios económicos, el ámbito de navegación y si los traslados, la enseñanza y las salidas de un día cuentan como actividad asegurada. Pregunte también cómo se tratan las reclamaciones de tripulantes y clientes.

La titulación pesa tanto como el seguro. En España, gobernar por dinero una embarcación de recreo con clientes exige una titulación profesional, como la de patrón profesional de embarcaciones de recreo, y no basta el PER; en otros países rigen normas propias, así que consulte antes de aceptar un encargo fuera. Si tiene dudas, la Capitanía Marítima le orienta. Deje por escrito quién le contrata, quién es el armador, quién ha asegurado el barco y cuál es su papel a bordo: en un siniestro eso decide qué póliza responde primero.

Para recordar

Navegación privada

responsabilidad civil del patrón

Trabajo remunerado

póliza profesional propia

Con la primera factura llega el momento de un contrato profesional.

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta con más frecuencia

¿Me sirve la responsabilidad civil del patrón privado si cobro por patronear?

Por lo general no. Está pensada para la navegación de recreo y la mayoría de las pólizas excluye el trabajo remunerado. Un patrón profesional necesita una póliza de responsabilidad civil profesional propia.

¿Qué debe incluir una póliza para un patrón profesional?

Revise el límite de indemnización, los daños al barco que gobierna, los perjuicios económicos, las reclamaciones de tripulantes y clientes, el ámbito de navegación y si los traslados y la enseñanza cuentan como actividad asegurada.

¿Qué titulación necesito para patronear por dinero?

En España, una titulación profesional como la de patrón profesional de embarcaciones de recreo; el PER no basta para trabajar con clientes. En otros países consulte la norma local, y muchas empresas de chárter piden además el justificante de la póliza.

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