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¿Cómo comunico un fallecimiento a la aseguradora de vida?

En resumen

Comunique el fallecimiento a la aseguradora de vida por teléfono o por escrito en los siete días siguientes a conocerlo, salvo que la póliza dé más plazo, según el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro. Si no sabe si había seguro, pida el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento al Ministerio de Justicia; cuesta unos 3,86 euros.

¿Cómo comunico un fallecimiento a la aseguradora de vida?

Cuánto cuesta

Plazos y costes publicados para comunicar un fallecimiento en España, datos de 2026.

EjemploOrientación
Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimientounos 3,86 euros de tasa
Plazo para comunicar el fallecimiento7 días, salvo plazo mayor en la póliza
Pago del mínimo debidodentro de 40 días desde la declaración
Disponibilidad de los datos en el Registro5 años desde la defunción

Datos de la Ley 50/1980, del Ministerio de Justicia y de guías publicadas, octubre de 2026.

Ejemplo de cálculo

Primera comunicación por correo electrónico

Así puede ser el primer mensaje a la aseguradora antes de tener todos los documentos.

AsuntoFallecimiento del asegurado, póliza 1234567
TextoLes comunico el fallecimiento de Carmen López, nacida el 2 de marzo de 1960, fallecida el 10 de octubre de 2026.
Sobre ustedSoy su hijo y figuro como beneficiario, teléfono y dirección
PeticiónLes ruego que me indiquen los documentos necesarios y confirmen la recepción.

Con este mensaje el fallecimiento queda comunicado dentro de plazo. La documentación se entrega después.

Quién debe comunicarlo y en qué plazo

El artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro obliga al tomador, al asegurado o al beneficiario a comunicar el siniestro en un plazo máximo de siete días desde que lo conocen, salvo que la póliza fije un plazo más amplio. En un seguro de vida, el siniestro es el fallecimiento.

Si se avisa tarde, la aseguradora puede reclamar los daños y perjuicios que le cause el retraso, pero el capital no se pierde por eso. Y si la compañía se enteró del fallecimiento por otro medio, no puede reclamar nada.

Cómo hacer la primera comunicación

Basta una llamada, un correo electrónico o el formulario de siniestros de la compañía. Indique nombre y fecha de nacimiento de la persona fallecida, fecha del fallecimiento, número de póliza si lo tiene, su nombre, su relación con el fallecido y cómo localizarle. Pida que le confirmen la recepción por escrito.

No espere a tener todos los papeles. La aseguradora le enviará después la lista de documentos que necesita.

DocumentoDónde se obtiene
Certificado literal de defunciónRegistro Civil
Certificado médico con la causa de la muertemédico o centro sanitario
Póliza o número de pólizadocumentación del fallecido o la compañía
Certificado de últimas voluntades y testamento o declaración de herederossolo si los beneficiarios son los herederos
DNI y cuenta bancaria del beneficiarioel propio beneficiario

Cómo saber si había un seguro de vida

Si no sabe con qué compañía tenía seguro la persona fallecida, pida el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento al Ministerio de Justicia. Indica los contratos vigentes en los que figuraba como asegurada y con qué entidad, tanto de vida como de accidentes con cobertura de muerte, individuales o colectivos.

Los datos están disponibles durante cinco años desde la defunción. No aparecen, entre otros, los seguros en los que tomador y beneficiario son la misma persona.

Qué pasa después de comunicarlo

La aseguradora debe pagar al terminar las comprobaciones necesarias. Dentro de los 40 días desde que recibe la declaración del siniestro, tiene que abonar al menos el importe mínimo que pueda deber según lo que ya conoce. Si se retrasa sin causa justificada, debe intereses de demora.

Cuando la póliza nombra a una persona concreta, el capital se le paga a ella directamente. Si los beneficiarios son los herederos, primero hay que acreditar quiénes son.

Cuándo no debe preocuparse

Avisar al octavo o al décimo día no hace perder el seguro. Lo importante es comunicarlo cuanto antes y entregar la documentación completa. Con beneficiario nombrado y causa de muerte clara, el trámite suele ser sencillo.

Paso a paso

  1. Busque la póliza o el nombre de la compañía.
  2. Si no lo encuentra, pida el certificado del Registro de seguros de fallecimiento.
  3. Comunique el fallecimiento por escrito y guarde el justificante.
  4. Pida el certificado de defunción en el Registro Civil.
  5. Reúna el certificado médico y su DNI.
  6. Si los beneficiarios son los herederos, prepare la declaración de herederos o el testamento.

Lista de control

  • Comunicación enviada dentro de los siete días
  • Justificante de envío guardado
  • Certificado de defunción solicitado
  • Cuenta bancaria del beneficiario indicada

Errores frecuentes

  • Esperar a tener todos los papeles para avisar
  • No pedir el certificado del Registro y perder seguros desconocidos
  • Comunicar solo por teléfono sin dejar constancia

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si aviso después de siete días?

No pierde el capital.

La aseguradora solo puede reclamar los perjuicios que le cause el retraso.

¿Puedo comunicarlo por teléfono?

Sí, pero confírmelo después por escrito para tener constancia.

¿Cómo sé si el fallecido tenía seguro de vida?

Con el certificado del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento del

Ministerio de Justicia.

¿Necesito la declaración de herederos?

Solo si la póliza designa a los herederos o no nombra a nadie concreto.

Fuentes

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