¿Cómo se asegura una avioneta privada en España?
Una avioneta privada en España se asegura como mínimo con la responsabilidad civil frente a t …
Corredor de seguros / Preguntas de seguros
En resumen
En España el seguro de daños a terceros y el de pasajeros son obligatorios para las aeronaves según el artículo 127 de la Ley 48/1960, también para un ultraligero (ULM). Por debajo de 500 kg el mínimo europeo es de 750.000 derechos especiales de giro. Como referencia, una tarifa colectiva alemana cobra de 119 a 202 euros al año por terceros y de 357 a 476 euros con pasajeros.
Valores de referencia de una tarifa colectiva alemana publicada y de un ejemplo alemán de seguro de casco. Para España conviene pedir oferta.
| Ejemplo | Orientación |
|---|---|
| Daños a terceros, tres ejes, 1,5 a 5 millones de euros | unos 119 a 202 euros al año |
| Terceros y pasajeros juntos, 3 a 6 millones de euros | unos 357 a 476 euros al año |
| Casco, capital de 50.000 euros, franquicia de 2.000 euros | desde unos 607 euros al año |
| Accidentes por plaza, 20.000 euros | 71,40 euros por plaza y año |
Valores de octubre de 2026 tomados de fuentes alemanas;
las primas de la asociación son para socios y la página no indica la fecha de los precios.
Que las primas en España estén en un orden de magnitud parecido es un valor orientativo de la
práctica.
Ejemplo de cálculo
El propietario vuela con pasajero a menudo y quiere asegurar también la aeronave. Cálculo con los valores de referencia.
| Terceros y pasajeros, 3 millones de euros | unos 357 euros |
| Casco, franquicia de 2.000 euros | desde unos 607 euros |
| Accidentes para dos plazas | unos 143 euros |
En total desde unos 1.100 euros al año como orden de magnitud. La oferta en España puede variar.
La Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea declara obligatorios el seguro de pasajeros y el de daños causados a terceros. Además rige en toda la Unión el Reglamento (CE) 785/2004, que fija importes mínimos según el peso máximo al despegue.
Para aeronaves de menos de 500 kg, como la mayoría de los ultraligeros, el mínimo frente a terceros es de 750.000 derechos especiales de giro por siniestro. Los derechos especiales de giro son una unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional. Para pasajeros el reglamento exige 250.000 por pasajero, aunque en vuelos no comerciales con aeronaves de hasta 2.700 kg cada Estado puede fijar un mínimo menor, nunca inferior a 100.000.
En España apenas se publican primas de seguros para ultraligeros. Como orientación sirve una tarifa colectiva publicada por una asociación alemana de ultraligeros para sus socios. Las ofertas en España pueden ser distintas.
Para el casco, un proveedor alemán publica este ejemplo: ultraligero asegurado por 50.000 euros, un piloto, franquicia de 2.000 euros por siniestro parcial, desde 607 euros al año con el impuesto alemán incluido.
| Cobertura | Prima anual en la tarifa colectiva alemana |
|---|---|
| Daños a terceros, tres ejes, 1,5 millones de euros | 119,00 euros |
| Daños a terceros, tres ejes, 5 millones de euros | 202,30 euros |
| Terceros y pasajeros juntos, 3 millones de euros | 357,00 euros |
| Terceros y pasajeros juntos, 6 millones de euros | 476,00 euros |
| Accidentes por plaza, 20.000 euros | 71,40 euros por plaza |
El seguro de casco paga los daños de su propio ultraligero, por ejemplo tras un aterrizaje duro o un daño en tierra. Es voluntario, pero si financia la aeronave el banco suele exigirlo. La prima depende del valor, del modelo, de la experiencia de los pilotos y de la franquicia.
El seguro de accidentes por plaza paga una cantidad fija a los ocupantes. Si usted ya tiene un seguro de accidentes, compruebe si excluye el vuelo en ultraligero.
Norman Nammert actúa como corredor de seguros y puede comparar ofertas de responsabilidad civil, casco y accidentes para un ultraligero. La comisión la paga la aseguradora, para usted es gratuito.
Preguntas y respuestas
Sí.
La Ley 48/1960 hace obligatorios el seguro de pasajeros y el de daños a terceros.
El casco es voluntario.
No hay tarifas públicas españolas fiables.
Como referencia, una tarifa colectiva alemana cobra de 119 a 202 euros al año por terceros y de
357 a 476 euros con pasajeros.
Por debajo de 500 kg, 750.000 derechos especiales de giro frente a terceros según el Reglamento
785/2004,
y para pasajeros 250.000 por pasajero, con posible rebaja a 100.000 en vuelos no comerciales.
No.
Pero si financia el ultraligero, el banco suele pedirlo.
Depende de las condiciones.
Muchas pólizas tratan los deportes aéreos aparte; revise las exclusiones.
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Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.
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