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Prima impagada: cuándo el seguro de la embarcación deja de cubrir
Un recibo devuelto tras cambiar de banco, un aviso que llega a un correo antiguo: con la prima, lo primero es saber si es la primera o una siguiente.
18 de octubre de 20267 min de lecturaNAMMERT Assekuradeur GmbH
Una prima impagada no deja sin efecto el seguro de la embarcación de un día para otro, pero puede dejar de cubrir justo cuando ocurre el siniestro, y cuándo pasa depende de qué prima falta. En España lo regula el artículo 15 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, y las condiciones de cada póliza lo desarrollan en el apartado sobre el pago de la prima, que casi nadie lee. La ley distingue con claridad entre la primera prima y las siguientes. Da igual que se trate de un velero en invernada en seco, una lancha amarrada en Baleares o una moto de agua sobre su remolque: el pago no depende del tipo de embarcación.
Si la primera prima no se paga por culpa del tomador, el asegurador puede resolver el contrato o reclamar el pago, y si el siniestro ocurre antes de pagarla queda liberado de su obligación, salvo pacto en contrario. Por eso conviene mirar en las condiciones cuándo vence exactamente la primera prima, si en caso de pago fraccionado solo cuenta la primera fracción y si se prevén gastos de gestión cuando el contrato se resuelve. En muchos contratos alemanes, que también aseguran embarcaciones con amarre en España, la regla es parecida, pero el asegurador solo queda liberado si avisó de esta consecuencia por escrito o de forma destacada en la póliza.
Con las primas siguientes el camino es más largo, y aquí muchos armadores calculan mal el riesgo. Según la ley española, la cobertura queda suspendida un mes después del día de vencimiento de la prima impagada. Si el asegurador no reclama el pago en los seis meses siguientes al vencimiento, el contrato se entiende extinguido. Si el contrato no se ha resuelto ni extinguido, la cobertura vuelve a tener efecto a las veinticuatro horas del día en que se paga. Un temporal en el amarre durante ese mes de suspensión queda, por tanto, a cargo del armador, tanto los daños en el casco como la responsabilidad frente al barco vecino o el puerto.
Las condiciones de contratos sujetos a la ley alemana siguen otro esquema, y conviene conocerlo si la póliza viene de allí. El asegurador tiene que enviar un requerimiento por escrito, también por correo electrónico, con un plazo de pago de al menos dos semanas, indicando por separado las cantidades, intereses y gastos y las consecuencias del impago. Si el siniestro ocurre después de ese plazo y la prima sigue pendiente, el asegurador queda liberado y puede rescindir el contrato. Si se paga dentro del mes siguiente a la rescisión, esta queda sin efecto, pero el siniestro ocurrido entre el fin del plazo y el pago sigue sin cobertura.
La mayoría de los huecos no nacen de la falta de dinero, sino de la domiciliación. Si se ha pactado un adeudo SEPA, la cuenta debe tener saldo el día del vencimiento. Cuando el recibo se devuelve sin culpa del tomador, por ejemplo por un error del banco, muchas condiciones consideran el pago a tiempo si se hace sin demora tras el requerimiento. Si los cobros fallan repetidamente por causa del tomador, el asegurador puede cancelar el mandato y exigir transferencias, y repercutir las comisiones bancarias de la devolución. El caso típico es el cambio de banco en otoño: la cuenta antigua está cerrada y el mandato sigue apuntando a ella.
En la práctica, una prima impagada no es un siniestro, pero convierte cualquier siniestro en una pregunta que ya no tiene nada que ver con la embarcación. En un contrato nuevo, por ejemplo tras comprar un barco, el margen es corto porque la primera prima vence enseguida. En un contrato en curso, el plazo de suspensión o el requerimiento protegen solo a quien se entera a tiempo. Por eso conviene comunicar enseguida un nuevo número de cuenta, una nueva dirección postal o un nuevo correo electrónico, y revisar en las condiciones qué plazos se aplican a su póliza concreta.
Para repasar
Preguntas frecuentes
¿Me quedo sin cobertura si me devuelven un recibo una vez?
No necesariamente. Según la ley española, con las primas siguientes la cobertura se suspende un mes después del vencimiento. Si la devolución no fue culpa suya, muchas condiciones consideran el pago a tiempo si paga sin demora tras el requerimiento.
¿Cuándo vuelve la cobertura si pago con retraso?
Si el contrato no se ha resuelto ni extinguido, la ley española dice que la cobertura vuelve a tener efecto a las veinticuatro horas del día en que se paga la prima. Lo ocurrido durante la suspensión no queda cubierto.
¿Afecta también a un barco en invernada en seco?
Sí. Las reglas de pago no dependen de la temporada ni de dónde esté la embarcación. Un incendio en la nave o un robo en el varadero cae en el mismo hueco que un accidente en el agua si la prima sigue sin pagar.
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