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Levantada la medida cautelar sobre «seguros de yates»; sigue la apelación

Quien usa la palabra seguro en su nombre comercial tiene que estar autorizado. Es la comprobación más sencilla que puede hacer un comprador.

22 de enero de 2026DerechoNAMMERT Assekuradeur GmbH

El 15 de enero de 2026 el Tribunal Regional de Düsseldorf dictó una medida cautelar que prohibía a un competidor seguir usando el reclamo «Yachtversicherungen», seguros de yates en alemán (asunto 34 O 5/26). La base es el artículo 6 de la ley alemana de supervisión de seguros: las palabras seguro y asegurador están reservadas a las entidades autorizadas para operar como aseguradoras. Los mediadores solo pueden usarlas con una aclaración.

La parte contraria recurrió el 22 de enero de 2026. Desde entonces la medida cautelar ha sido levantada, y el reclamo no está prohibido a día de hoy. Hemos apelado; el asunto está ante el Tribunal Regional Superior de Düsseldorf, sin fecha de vista y con resultado abierto (a 23 de septiembre de 2026).

La regla de fondo no es una peculiaridad alemana. En todo el Espacio Económico Europeo hace falta autorización para asumir riesgos, y el nombre comercial va detrás de la autorización. En España la concede y supervisa la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y los mediadores figuran en su propio registro. Lo que cambia entre países es la redacción de la norma, no el principio.

Para quien contrata, de ahí sale una pregunta que conviene hacer antes que cualquier otra: la sociedad que aparece en el contrato asume el riesgo, media, o actúa con poderes de una aseguradora. La respuesta tiene que estar en la información previa, junto con el nombre del supervisor.

Nosotros lo tomamos como motivo para revisarnos, no para celebrar. Repasamos toda nuestra presencia, web, documentación contractual, información al consumidor y notas a pie, y retiramos cualquier uso que quedara de la palabra alemana para asegurador de embarcaciones. Somos agencia de suscripción: diseñamos conceptos de cobertura y tramitamos siniestros, pero no somos el portador del riesgo. Hoy los contratos se median a través del corredor de seguros Norman Nammert. La aceptación del riesgo la decide el asegurador; los siniestros los tramitamos nosotros.

Curso del caso: medida cautelar el 15 de enero de 2026, recurso el 22 de enero, sigue abierto

Preguntas frecuentes

¿La resolución se aplica en España?

No. Fue una medida cautelar de un tribunal alemán entre las partes de ese asunto, y ya está levantada. La distinción entre entidad autorizada y mediador existe igualmente en España.

¿Cómo sé quién asume el riesgo de mi póliza?

Las condiciones particulares y la información previa deben nombrar a la entidad aseguradora. Si un documento solo menciona una marca, pida el nombre de la entidad por escrito antes de firmar.

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