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Lancha cubierta con lona en un amarre, fueraborda asegurado y cabos bien hechos firmes

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¿Qué deberes tiene el armador ante la aseguradora?

Respuesta breve

La póliza impone deberes al armador: comunicar el siniestro en siete días, denunciar robos y actos vandálicos, aminorar las consecuencias y dejar que el perito vea el daño antes de reparar. Incumplirlos puede reducir la indemnización.

Calcular la prima Al seguro de embarcaciones

Toda póliza de embarcación contiene deberes del tomador. No son exclusiones, pero su incumplimiento puede tener un efecto parecido. Antes del siniestro cuentan el uso declarado, la zona de navegación, un amarre adecuado, el mantenimiento y la protección contra el robo del fueraborda y del remolque. Después del siniestro llegan los deberes que más se olvidan con los nervios del momento, y por eso conviene conocerlos antes de necesitarlos.

La Ley de Contrato de Seguro fija dos deberes básicos tras un siniestro. El tomador debe comunicarlo a la aseguradora en un plazo máximo de siete días desde que lo conoce, salvo que la póliza fije uno más amplio (artículo 16); si no lo hace, la aseguradora puede reclamar los daños que le cause el retraso. Además debe emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro (artículo 17). A esto se suman las condiciones de cada póliza: denuncia ante la Guardia Civil o la policía en caso de robo, aviso al puerto y esperar al perito antes de reparar.

Cómo hacerlo: lleve a bordo una tarjeta con el contacto de siniestros, el teléfono de la policía de la zona y la oficina del puerto. Fotografíe el daño antes de mover nada, tome solo las medidas urgentes para proteger el barco y no encargue la reparación hasta que la aseguradora lo autorice o el perito lo haya visto. Si presta el barco a familiares o amigos, deles la misma tarjeta, porque los deberes suelen alcanzar a quien lo utiliza.

Para recordar

7 días

plazo legal para comunicar el siniestro

Aminorar

medidas urgentes, reparación después

Comunicar, denunciar, proteger el barco y esperar al perito.

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta con más frecuencia

¿En qué plazo hay que comunicar un siniestro?

La ley fija un máximo de siete días desde que se conoce, salvo que la póliza dé un plazo mayor. Cuanto antes, mejor.

¿Puedo reparar el barco enseguida tras un siniestro?

Solo las medidas urgentes para evitar más daños. La reparación debe esperar a la autorización de la aseguradora o a la visita del perito.

¿Los deberes valen también si un amigo usa mi barco?

Normalmente sí, alcanzan a quien usa el barco con su permiso. Explíqueselos antes de que salga.

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