Chárter en España: ¿qué titulación pide la base?
Respuesta breve
Para alquilar un barco de recreo en España hace falta una titulación válida, española o de su país de nacionalidad o residencia en el Espacio Económico Europeo, desde el 1 de octubre de 2026 también para las lanchas pequeñas. Qué barco le entregan lo decide la base.
Baleares, la Costa Brava, la Costa del Sol o las Canarias: muchos patrones con PER alquilan cada verano un velero o una lancha en su propia costa. Las titulaciones náuticas de recreo están reguladas en el Real Decreto 875/2014. Además de las españolas, una disposición de esa norma permite alquilar embarcaciones de recreo españolas a quien tenga un título válido de su país de nacionalidad o de residencia, si ese país pertenece al Espacio Económico Europeo o figura en un anexo del real decreto. Por eso en una misma tripulación puede gobernar tanto quien tiene un PER como un alemán o un holandés con su título.
Hasta ahora, las lanchas de alquiler de hasta cinco metros de eslora y 15 CV podían gobernarse sin titulación, de día y a no más de dos millas del punto de salida. Tras la modificación del Real Decreto 1188/2025, desde el 1 de octubre de 2026 esa excepción vale solo para el uso privado, y quien alquila necesita titulación también para la embarcación pequeña. Para un barco de chárter siempre hizo falta. Ahí la base comprueba que las atribuciones del título, en eslora y distancia a la costa, cubren el barco y la ruta: con un PNB no se alquila la mayoría de los veleros de chárter. Muchas bases piden además experiencia, por ejemplo millas navegadas, y es frecuente que al menos una persona a bordo tenga el título de operador de radio para el VHF.
Pida a la base que le confirme por escrito que su titulación sirve para el barco que reserva, sobre todo si piensa en una eslora mayor o en cruzar entre islas. En un control en el agua le pedirán los papeles del barco, su título y la lista de tripulantes, así que téngalos a mano. En Baleares está prohibido fondear sobre las praderas de posidonia, y la documentación de la base indica dónde. Y de los daños que cause a terceros con el barco alquilado responde usted personalmente, así que conviene revisar su propia cobertura de responsabilidad antes de zarpar, aunque ninguna norma lo exija.
Para recordar
Su titulación
española o de un país del Espacio Económico Europeo
La base
decide para qué barco alcanza
Pida por escrito, antes de reservar, que la base confirme que su título sirve para ese barco.
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta con más frecuencia
¿Me vale el PER para alquilar un velero en España?
Depende de si las atribuciones de su PER cubren la eslora del barco y la zona de navegación. La base lo comprueba antes de la entrega. Pida la confirmación por escrito antes de reservar.
¿Puede gobernar el barco un tripulante extranjero con su título?
Sí, si tiene un título válido de su país de nacionalidad o residencia y ese país está en el Espacio Económico Europeo o en el anexo del real decreto. La base decide para qué barco lo acepta.
¿Se puede alquilar una lancha sin titulación?
Desde el 1 de octubre de 2026, no. La excepción para lanchas de hasta cinco metros y 15 CV queda solo para el uso privado, y una embarcación de alquiler necesita titulación.
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