Velocidad, ola y multas: qué está realmente en juego
Respuesta breve
La velocidad máxima no la fija ningún contrato de seguro, la fija la autoridad del puerto. La multa acompaña a quien lleva el timón, y lo caro empieza cuando la velocidad contribuye al daño.
La velocidad a la que puedes navegar no está en ningún contrato de seguro. La fijan el reglamento de la propia instalación, las normas de la Capitanía Marítima y, en muchos tramos de costa, el canal balizado de entrada y salida y la franja reservada al baño. Dentro del puerto y cerca de la playa el límite es siempre mucho más bajo que fuera, y hay zonas donde lo prohibido no es la velocidad sino la ola. Quien se sacó el PER o el PNB ya estudió esas zonas; el problema es que se olvidan a los dos veranos.
Una multa es una sanción personal. Recae sobre quien llevaba el timón, no sobre la embarcación, y no es la clase de daño que un contrato de seguro esté pensado para absorber. Lo que sí cambia de un contrato a otro es el lado jurídico del asunto: si se contempla la asistencia en un procedimiento sancionador o penal relacionado con el uso de la embarcación, si hay asesoramiento jurídico por teléfono y si esa parte del clausulado sigue valiendo fuera de aguas españolas. Conviene preguntarlo por escrito antes de la temporada y no cuando llega el requerimiento.
El caso caro es otro. Mientras no pasa nada, correr cuesta una multa. En cuanto ocurre algo navegando por encima del límite, la discusión deja de ser administrativa y pasa a ser sobre cómo se causó el daño, que es el terreno donde se decide la responsabilidad civil y cualquier discrepancia con un asegurador. Lo mismo vale para la ola: los barcos que dan un tirón en las amarras al pasar, el pantalán que aguanta el golpe, la neumática que se llena de agua. La ola es tuya, y la primera pregunta después siempre es a qué velocidad ibas.
Para recordar
La multa
acompaña a quien lleva el timón
La ola
acompaña al barco, y con ella la responsabilidad
Una tiene un importe fijo. La otra decide quién paga el pantalán.
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta con más frecuencia
¿Quién fija el límite de velocidad en el puerto?
El reglamento de la propia instalación y las normas de la Capitanía Marítima de la zona. La cifra cambia de un puerto a otro, y el cartel de la bocana es la versión que cuenta.
¿Se puede asegurar el pago de una multa?
No. Una sanción es personal, acompaña a quien llevaba el timón y no es un daño a la embarcación. Lo que sí se puede revisar en un contrato es la asistencia jurídica en el procedimiento.
¿Respondo por la ola que deja mi barco?
Sí. Los daños que tu ola cause a otras embarcaciones, al pantalán o a una neumática son responsabilidad civil, y la velocidad que llevabas es lo primero que se pregunta.
¿Y si además de la infracción hay daños?
Entonces ya no se habla de la sanción, sino de cómo se causó el daño. Ahí empiezan las discusiones sobre culpa grave, y esa respuesta pesa mucho más que el importe de la multa.
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