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¿Paga el seguro de responsabilidad civil de empresa si hubo culpa grave?

En resumen

Sí, el seguro de responsabilidad civil de empresa paga aunque hubo culpa grave. La Ley 50/1980 solo libera a la aseguradora cuando el siniestro se causó de mala fe, y frente a la víctima ni siquiera entonces: paga y después repite contra el asegurado si hubo dolo. Lo que no se asegura es el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. Una oficina paga unos 120 a 250 euros al año.

¿Paga el seguro de responsabilidad civil de empresa si hubo culpa grave?

Cuánto cuesta

Primas anuales orientativas publicadas para el seguro de responsabilidad civil de empresa en España, 2026. La culpa grave no encarece la prima.

EjemploOrientación
Autónomo sin local, capital 300.000 eurosunos 80 a 120 euros al año
Oficina o consultoría, capital 600.000 eurosunos 120 a 250 euros al año
Taller o industria, capital 1.200.000 eurosunos 250 a 500 euros al año
Construcción, capital 1.200.000 eurosunos 300 a 800 euros al año

Valores orientativos, octubre de 2026, tomados de tablas publicadas.

Los textos legales se han comprobado.

La redacción habitual de las exclusiones por incumplimiento consciente de normas,

el sublímite de la RC patronal y los importes del ejemplo son valores orientativos de la práctica.

Su prima depende de la actividad, la facturación y las coberturas;

nosotros pedimos la oferta concreta.

Ejemplo de cálculo

Empresa de instalaciones en Valencia, arqueta abierta en la acera

Un operario deja una arqueta abierta y sin señalizar al terminar la jornada. Una vecina cae y se fractura el tobillo. El juzgado considera que hubo culpa grave, pero no intención de causar daño.

Indemnización por lesiones y días de baja de la vecinaunos 25.000 euros (valor orientativo de la práctica)
Reducción por culpa graveninguna
Franquicia de la pólizala pactada, por ejemplo 300 euros (valor orientativo de la práctica)
Prima anual de la empresaunos 250 a 500 euros

La aseguradora paga la indemnización hasta el capital asegurado. La empresa solo asume la franquicia.

Qué dice la Ley de Contrato de Seguro

El artículo 19 de la Ley 50/1980 obliga a la aseguradora a pagar salvo que el siniestro se haya causado por mala fe del asegurado. La culpa grave, por grande que sea el descuido, no es mala fe. Por eso el seguro de responsabilidad civil de empresa responde también cuando un empleado dejó una zanja sin señalizar o un técnico olvidó cerrar una llave de paso.

El artículo 76 añade una protección para la víctima: puede reclamar directamente a la aseguradora, y esta no puede oponerle las excepciones que tenga contra su cliente. Si el daño se debió a conducta dolosa del asegurado, la aseguradora paga a la víctima y luego le reclama a él lo pagado.

Dónde termina la culpa grave en la póliza

Muchas pólizas de responsabilidad civil de empresa excluyen además los daños causados por el incumplimiento consciente de normas legales o de seguridad. No basta con un error grave: la exclusión apunta a quien sabía que incumplía y siguió adelante. Lea cómo está redactada en su póliza, porque las fórmulas varían bastante entre aseguradoras.

Tampoco cubre ninguna póliza las multas y sanciones administrativas, ni el coste de rehacer un trabajo mal hecho. Eso no tiene que ver con la culpa grave, sino con lo que es o no es responsabilidad civil.

Situación en la empresa¿Paga el seguro?
Descuido leve, por ejemplo una escalera mal colocadasí
Culpa grave, por ejemplo una obra sin vallarsí
Incumplimiento consciente de normas de seguridadsegún la póliza, a menudo excluido
Daño causado a propósitono para el asegurado, sí frente a la víctima con repetición
Multa de la Inspección de Trabajono
Recargo de prestaciones tras un accidente laboralno, la ley prohíbe asegurarlo

Accidentes de trabajo: lo que nunca cubre el seguro

Si un trabajador se lesiona porque faltaban medidas de seguridad, las prestaciones de la Seguridad Social se incrementan entre un 30 y un 50 por ciento. Ese recargo lo paga directamente el empresario infractor y, según el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social, no puede ser objeto de seguro alguno; cualquier pacto para cubrirlo es nulo.

La indemnización civil por el mismo accidente sí puede cubrirse con la responsabilidad civil patronal, un bloque que conviene incluir en la póliza de empresa en cuanto tenga personal. Compruebe el sublímite por víctima, que en pólizas sencillas suele ser bajo.

Cuándo su propia conducta le cuesta la cobertura

Además de la culpa en el siniestro, cuenta lo que usted haga después. El artículo 16 de la Ley 50/1980 le obliga a comunicar el siniestro en siete días y a informar a la aseguradora de sus circunstancias. Si comunica tarde, la aseguradora puede reclamarle los perjuicios del retraso. Y aquí la culpa grave sí pesa: quien incumple el deber de informar con dolo o culpa grave pierde el derecho a la indemnización.

Las actividades que no figuran en la póliza tampoco están cubiertas, por muy cuidadoso que sea. Antes de ofrecer un servicio nuevo, comuníquelo.

Paso a paso

  1. Revisar en la póliza la descripción de la actividad y compararla con lo que hace realmente.
  2. Leer cómo está redactada la exclusión por incumplimiento de normas.
  3. Incluir la responsabilidad civil patronal en cuanto tenga trabajadores.
  4. Mantener al día la prevención de riesgos laborales, porque el recargo no se asegura.
  5. Comunicar cada siniestro dentro de los siete días.

Lista de control

  • Ninguna cláusula que limite la cobertura por culpa grave
  • Responsabilidad civil patronal incluida con sublímite suficiente por víctima
  • Exclusión por incumplimiento de normas limitada a conductas conscientes
  • Todas las actividades descritas en la póliza
  • Capital asegurado acorde con el riesgo de su sector

Errores frecuentes

  • Creer que el seguro cubre el recargo de prestaciones
  • No declarar un siniestro por pensar que la culpa grave lo deja sin cobertura
  • Contratar una póliza sin responsabilidad civil patronal teniendo empleados
  • Prometer a la víctima un pago antes de hablar con la aseguradora

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Qué es la culpa grave?

Una falta de diligencia muy marcada, no tomar las precauciones más elementales.

Los tribunales la valoran caso por caso.

¿Puede la aseguradora reclamarme lo pagado por culpa grave?

No.

La repetición contra el asegurado que prevé la ley se refiere a la conducta dolosa,

no a la culpa grave.

¿Cubre el seguro las sanciones de la Inspección de Trabajo?

No.

Las multas no son indemnizaciones y no se aseguran.

¿Y si el culpable fue un empleado?

La empresa responde por sus dependientes y el seguro de empresa cubre esa responsabilidad.

La culpa grave del empleado no deja a la empresa sin cobertura.

¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil de empresa?

En general no, salvo en actividades con normativa propia.

Muchos clientes y ayuntamientos lo exigen igualmente.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

Pedir presupuesto: RC de empresa

Comparamos aseguradoras y le enviamos una propuesta.

Sin coste; nos paga la aseguradora.

1¿Para quién?
2¿Qué seguros?

Puede elegir varios. Para cada uno aparecen los datos que una aseguradora necesita para calcular.

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3Datos

Seguro de responsabilidad civil de empresa

Por ejemplo instalaciones de fontanería, bar con terraza, tienda online de muebles

Por ejemplo trabajos en casa del cliente, productos propios, exportación,

licencia de actividad que exige seguro

4Su póliza actual
5¿Cómo le contactamos?

Preguntas relacionadas

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Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

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Información previa (en alemán) · Actualizado

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