Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)
Mostrar el texto completo: ARAG Empresa, Condiciones Generales
[Seite 1]
Conozca su seguro
ARAG Empresa
[Seite 2]
Guía
Condiciones
práctica de
Generales
su seguro
Condiciones generales
El presente contrato de seguro se rige
por lo convenido en estas Condiciones
Generales y en las Particulares de la
póliza, de conformidad con lo estable-
cido en la Ley 50/1980, de 8 de octu-
bre, de Contrato de Seguro, y en la Ley
20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras.
2
[Seite 3]
Condiciones Generales
Definiciones que interesa conocer
Asegurador
ARAG SE, Sucursal en España
Tomador del seguro
La persona física o jurídica que con el
Asegurador suscribe este contrato, con
las obligaciones y derechos derivados del
mismo
Asegurado
La persona física o jurídica titular del interés
asegurado que, en defecto del Tomador,
asume las obligaciones derivadas del
contrato.
Póliza
El documento contractual que contiene
las Condiciones Reguladoras del Seguro,
formado por estas Condiciones Generales,
por las Condiciones Particulares que
individualizan el riesgo y por los suplementos
o apéndices que se emitan al contrato para
completarlo o modificarlo.
Prima
El precio del seguro.
3
[Seite 4]
Condiciones Generales
Índice
Condiciones Generales
1. ¿A quién se asegura por esta póliza? 14 Reclamación en contratos de servicios
2. ¿Cuál es el objeto del seguro? 15. Reclamación en contratos de
suministros
3. ¿Qué garantiza el seguro?
16. Defensa del empresario ante la
inspección de trabajo
Garantías: 17. Defensa del empresario en contratos
laborales
4. Asistencia jurídica telefónica
18. Reclamación de prestaciones sociales
5. Defensa en cuestiones administrativas del autónomo
6. Reclamación de daños 19. Defensa laboral del autónomo
económicamente dependiente
7. Extensión de la reclamación de daños.
Prestación común a los artículos 6 y 7: 20. Gastos de peritaje
Evaluación médica de accidentados. 21. Reclamación extrajudicial de facturas
impagadas
8. Defensa de otros seguros
22. ¿Qué alcance tiene el seguro?
9. Defensa de la responsabilidad penal
23. ¿Cuáles son los límites del seguro?
10. Extensión de la defensa penal.
Prestaciones comunes a los artículos 9 y 24. ¿Qué pagos no están cubiertos?
10: Asistencia al detenido y constitución 25. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué
de fianzas.
se debe informar sobre el riesgo?
11. Defensa suplementaria de la
responsabilidad civil 26. ¿Cuándo se abonan las primas?
12. Defensa de derechos sobre el local 27. ¿Qué debe entenderse por siniestro?
13. Reclamación en contratos sobre 28. ¿Cuándo se entenderá producido un
bienes muebles siniestro?
4
[Seite 5]
Condiciones Generales
29. ¿Existe plazo de carencia? 43. Quejas y reclamaciones
30. ¿Qué siniestros no están cubiertos? Acceso a la red de despachos de
abogados
31. ¿Cuándo y cómo debe declararse el
siniestro?
32. ¿Cómo se tramita el siniestro?
33. ¿Qué hacer en caso de
desavenencia sobre la tramitación?
34. ¿Cómo se efectúa la elección de
abogado y procurador?
35. ¿Cuál es el límite para el pago de
honorarios profesionales?
36. ¿Puede el asegurado aceptar
transacciones?
37. ¿Cuál es la extensión territorial del
seguro?
38. ¿Cuál es la duración del seguro?
39. ¿Cómo se solucionan los conflictos
entre las partes?
40. ¿Existe subrogación?
41. ¿Cómo se efectúan las
comunicaciones entre las partes?
42. ¿Cuándo prescriben las acciones
derivadas del seguro?
5
[Seite 6]
Condiciones Generales
Condiciones generales
1. ¿A quién se asegura por esta póliza? prendido dentro del ámbito de aplicación de
la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en
1. Son asegurados: La persona física (autó- asuntos civiles y mercantiles.
nomo) o la persona jurídica (empresa) titular de
la actividad empresarial descrita en las Condi- También puede ser objeto del seguro la presta-
ciones Particulares de la póliza, y en su caso, ción de determinados servicios o el pago de los
sus socios mercantiles, sus familiares y la per- mismos, relacionados con las coberturas de la
sona o personas en las que delegue la dirección póliza.
de la empresa, durante el ejercicio de la activi-
dad propia de la misma.
3. ¿Qué garantiza el seguro?
Cuando el titular de la empresa sea una Socie-
En esta póliza, ARAG garantiza la defensa jurí-
dad o Asociación, serán asimismo asegurados
dica de los intereses del Asegurado (empresa o
los miembros de su Consejo de Administración
autónomo), en el ámbito de la actividad emp-
o Junta Rectora.
resarial descrita en sus Condiciones Particula-
res El local o locales destinados a la actividad
2. Excepcionalmente y para las garantías en
empresarial quedarán incluidos en las cober-
que expresamente se señale, tendrán también
turas contratadas, siempre que se designen
la consideración de asegurados los asalaria-
expresamente en las Condiciones Particulares
dos de la empresa o autónomo amparado por
del presente contrato de seguro.
la póliza, cuyo número se indica en las Con-
diciones Particulares, mientras desempeñen su
Las garantías de posible contratación se rela-
trabajo.
cionan en los artículos siguientes y las efecti-
vamente contratadas se indicarán en las Con-
diciones Particulares de la póliza.
2. ¿Cuál es el objeto del seguro?
Garantías:
Por el presente Contrato de Seguro ARAG se
obliga dentro de los límites establecidos en la 4. Asistencia jurídica telefónica
Ley y en el contrato, a prestar al Asegurado los
servicios de asistencia extrajudicial y a hacerse ARAG pondrá a disposición del Asegurado
cargo de los gastos en que pueda incurrir el un abogado para que le informe telefónica-
mismo, como consecuencia de su intervención mente, en prevención de posibles litigios, sobre
en un procedimiento judicial, administrativo o el alcance de los derechos que le asistan y la
arbitral, derivados de la cobertura del seguro. mejor forma de defenderlos, en el ámbito de su
Asimismo y dentro de los límites establecidos actividad empresarial o autónoma y en rela-
en el contrato, ARAG también se hará cargo de ción con las garantías de este seguro.
los gastos en que puedan incurrir los Asegu-
rados como consecuencia de su intervención Queda excluida, en cualquier caso, la consulta
en un procedimiento de mediación, siempre sobre temas fiscales y cuestiones societarias.
que dicho procedimiento derive de un hecho
garantizado en la póliza y se encuentre com- Esta información jurídica se prestará a través
6
[Seite 7]
Condiciones Generales
del número de teléfono que, a tal efecto, se ductos, propios de la actividad empresarial o
facilitará al Asegurado. autónoma;
- perjuicios causados por la sustracción dolosa
de los bienes muebles antes indicados o del
5. Defensa en cuestiones administra- dinero existente en el local, incluso en el supu-
tivas esto de infidelidad de sus empleados;
- perjuicios patrimoniales, incluida la pérdida
de beneficios, que deriven de los daños corpo-
ARAG garantiza la defensa del Asegurado en los rales o materiales antes indicados.
procedimientos instados por la administración
pública en relación con su actividad empresa- No incluye esta garantía la reclamación de
rial o autónoma y el local o locales destinados los daños que sean consecuencia del incum-
a tal actividad. Quedan expresamente exclui- plimiento de una relación contractual especí-
das las cuestiones laborales y fiscales. fica entre el Asegurado y el responsable de los
mismos, sin perjuicio de otras expresas garan-
La defensa garantizada comprenderá siempre tías contractuales.
la vía administrativa. Incluirá también la vía
contencioso-administrativa, cuando el litigio En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán
sea por cuantía no inferior a 600 euros o conll- ejercitar la reclamación sus familiares, herede-
eve el cierre del local, o el cese de la actividad ros o beneficiarios.
empresarial o autónoma.
7. Extensión de la reclamación de
El Asegurado responderá directamente del
importe de la sanción que, definitivamente, se daños
le imponga, sin que recaiga sobre el Asegura-
dor responsabilidad alguna por tal concepto. ARAG garantiza la reclamación al tercero res-
ponsable identificable, tanto por vía amistosa
como judicial, de las indemnizaciones corre-
6. Reclamación de daños spondientes a los asalariados de la empresa
o autónomo amparado por el seguro, por los
ARAG garantiza la reclamación al tercero res- daños corporales que se les causen, por impru-
ponsable identificable, tanto por vía amistosa dencia o dolosamente, en el desempeñode su
como judicial, de las indemnizaciones corre- trabajo.
spondientes al Asegurado, por los daños y per-
juicios que se le causen, por imprudencia o do La garantía incluye la reclamación de los per-
losamente, en el ejercicio de la actividad emp- juicios patrimoniales que, en su caso, pudieran
resarial o autónoma y que a continuación se corresponder a la empresa o autónomo asegu-
relacionan: rado, derivados de los daños corporales causa-
dos a sus asalariados.
- daños corporales a su persona;
- daños materiales al local o locales destinados En caso de fallecimiento del trabajador, podrán
a la actividad descrita en la póliza; ejercitar la reclamación sus familiares, herede-
- daños materiales a los bienes muebles de su ros o beneficiarios.
propiedad, tales como mobiliario, maquina-
ria, equipos electrónicos o informáticos, útiles, Prestación común a los Artículos 6 y 7: Evalua-
género, mercancías, materias primas y pro- ción médica de accidentados.
7
[Seite 8]
Condiciones Generales
En los supuestos de daños corporales previs- ARAG garantiza la defensa de la responsabilidad
tos en los anteriores Artículos 6 y 7, y siem- penal del Asegurado, en los procesos que se le
pre que fueran precisos más de treinta días sigan por hechos producidos en el ámbito de la
para la curación de las lesiones sufridas por actividad empresarial o autónoma descrita en
el Asegurado, ARAG efectuará, a través de su la póliza.
equipo médico especializado, el seguimiento y
oportuno informe, tanto de la evaluación de las Quedan excluidos los hechos voluntariamente
lesiones, como de las posibles secuelas que se causados por el Asegurado o aquellos en que
pudieran producir, en defensa de los intereses concurra dolo o culpa grave por parte de este,
jurídicos del Asegurado. según sentencia judicial firme.
8. Defensa de otros seguros 10. Extensión de la defensa penal
1. ARAG garantiza la defensa y reclamación de ARAG garantiza la defensa de la responsabili-
los intereses del Asegurado en relación con el dad penal de los asalariados de la empresa o
incumplimiento contractual de otras Asegura- autónomo amparado por el seguro, en los pro-
doras privadas y del Consorcio de Compensa- cesos que se les sigan por hechos producidos
ción de Seguros, al objeto de hacer efectivos en el desempeño de su trabajo.
los derechos que en general se deriven de las
pólizas de seguro en vigor durante el tiempo de Quedan excluidos los hechos voluntariamente
validez del presente contrato, que tenga con- causados por el Asegurado o aquellos en que
certadas o de las que sea beneficiario en el concurra dolo o culpa grave por parte de este,
ámbito de la actividad empresarial o autónoma según sentencia judicial firme.
declarada.
Prestaciones comunes a los Artículos 9 y 10:
El incumplimiento contractual garantizado se Asistencia al detenido y constitución de fianzas.
produce no sólo por la actuación expresa de la a) Si se produjera la detención del Asegurado
Aseguradora, sino también por la omisión tácita por cualquier hecho garantizado en los ante-
de su obligación de reparar el daño o indemni- riores artículos 9 y 10, ARAG pondrá a su dis-
zar su valor, en el plazo máximo de tres meses posición un abogado a fin de que le asista e
desde la producción del siniestro. En este último informe de sus derechos.
supuesto ARAG garantiza también la reclama-
ción, previa justificación documental por el b) ARAG constituirá, en los mismos supuestos y
Asegurado de haber declarado el siniestro den- hasta el límite expresado en las Condiciones
tro de plazo y haber reclamado, de forma feha- Particulares, la fianza que en el procedimiento
ciente y sin resultado satisfactorio, sus daños. penal se exija al Asegurado, para:
- obtener su libertad provisional.
2. Incluye la presente cobertura el pago de los - avalar su presentación al acto del juicio.
honorarios por los peritajes contradictorios pre- - responder del pago de las costas judiciales,
vistos en dichas pólizas de seguro, en la parte con exclusión de indemnizaciones y multas.
que en ellas se fije a cargo del Asegurado.
11. Defensa suplementaria de la
9. Defensa de la responsabilidad penal responsabilidad civil
8
[Seite 9]
Condiciones Generales
1. Siempre que no exista Seguro de Respon- fauna, por emisiones generadas por sus insta-
sabilidad Civil o existiendo no surtaefecto laciones o locales o por el desarrollo de la acti-
por encontrarse en situación de descubierto, vidad empresarial o autónoma, siempre que:
rechace o insolvencia de su Aseguradora, o por - los daños causados sean consecuencia de un
ser la cuantía de la reclamación inferior a la hecho único, súbito e imprevisto y no de una
franquicia establecida en la póliza, de ocasio- acción continuada en el tiempo.
narse daños a terceros por imprudencia, impe-
ricia o negligencia en el ejercicio de la activi- - las aguas residuales de la empresa sean con-
dad empresarial o autónoma declarada, ARAG venientemente evacuadas mediante instalación
garantiza la defensa del Asegurado (empresa o depuradora debidamente autorizada.
autónomo) y en su caso, también de sus repre-
sentantes legales y asalariados, frente al ter- - el Asegurado disponga de licencia de activi-
cero perjudicado por el siniestro, derivada de: dad o ambiental si estuviese legalmente obli-
a) La responsabilidad civil de explotación, gado a ello.
entendiendo por tal la exigible al Asegurado o
a sus empleados por los daños causados a ter- Se excluye expresamente de la cobertura del
ceros en el desarrollo de su actividad, por los presente apartado d) la defensa del Asegu-
objetos y maquinaria que utilicen en su come- rado por los daños causados por la radiación
tido y por el local o locales destinados a la acti- o contaminación radiactiva de cualquier tipo.
vidad empresarial o autónoma. 2. La garantía se extiende a la defensa del Ase-
gurado, ante la reclamación contra el mismo
b) La responsabilidad civil de productos o ser- por parte de la Aseguradora de Responsabili-
vicios, entendiendo por tal la exi gible al Ase- dad Civil, en ejercicio de su derecho de repeti-
gurado o a sus empleados por los daños cau- ción, de las indemnizaciones pagadas al perju-
sados a clientes o terceros, por los productos o dicado o a sus herederos.
servicios propios de la actividad empresarial o
autónoma, una vez entregados o prestados. En los supuestos en que exista obligación legal
de asegurar la responsabilidad civil, sólo se
Se excluye de la cobertura del presente apar- prestará esta garantía si el Asegurado acre-
tado b) la defensa del Asegurado por los dita disponer de seguro obligatorio en vigor.
daños causados por los productos o servicios
entregados o prestados antes del efecto del
seguro y los que no se manifiesten en el plazo 12. Defensa de derechos sobre el local
de un año a contar desde su fecha de entrega
o ejecución. ARAG garantiza la defensa de los derechos del
Asegurado en relación con el local o locales,
c) La responsabilidad civil patronal, enten- situados en territorio español y destinados a la
diendo por tal la exigible al Asegurado por los actividad empresarial o autónoma declarada.
daños corporales sufridos por sus empleados 1. Como propietario, usufructuario o arrendata-
en el desempeño del trabajo. rio del local, la garantía comprende:
d) La responsabilidad civil por contaminación, - La defensa y reclamación de sus intereses en
entendiendo por tal la exigible al asegurado o los conflictos con sus vecinos, situados a dis-
a sus empleados por los daños causados a ter- tancia no superior a 100 metros, por infracción
ceros, por la contaminación o perturbación del de normas legales relativas a emanaciones de
aire, de las aguas, del suelo o de la flora y la humos o gases, higiene, ruidos persistentes y
9
[Seite 10]
Condiciones Generales
actividades molestas, nocivas o peligrosas. desarrollo de la actividad empresarial o autó-
- La reclamación por incumplimiento de los noma descrita en las Condiciones Particulares
contratos de servicios de obras, reparación, de la póliza y cuyo destino final sea la empresa
conservación o mantenimiento del local y de o autónomo amparado por la misma, su local o
sus instalaciones fijas, siempre que el pago de locales o bien la realización de la propia activi-
tales servicios corresponda íntegramente al dad declarada:
Asegurado.
- Contratos de compra a proveedores de mobi-
2. Como propietario o usufructuario: liario, maquinaria, equipos electrónicos o infor-
- La defensa y reclamación de sus intereses en máticos, útiles, género, mercancías, materias
los conflictos con sus vecinos, situados a dis- primas y productos, propios de la actividad
tancia no superior a 100 metros, por cuestio- empresarial o autónoma.
nes de servidumbres de paso, luces, vistas, dis-
tancias, lindes y medianerías. - Contratos de arrendamiento de mobiliario, úti-
les, maquinaria y equipos electrónicos o infor-
- La defensa y reclamación de sus intereses máticos, derivados de la actividad empresarial
frente a la comunidad de propietarios del o autónoma, siempre que tal arrendamiento de
inmueble en que se halle el local, siempre que bienes muebles no constituya esencialmente
esté al corriente de pago de las cuotas legal- la propia actividad de la empresa objeto del
mente acordadas. seguro.
- La defensa de su responsabilidad penal en los - Contratos de depósito de mobiliario, maqui-
procesos que se le sigan como miembro de la naria, equipos electrónicos o informáticos, úti-
junta de copropietarios del inmueble en que se les, género, mercancías, materias primas y pro-
halle el local. ductos, propios de la actividad empresarial o
autónoma, siempre que tal arrendamiento de
3. Como arrendatario: bienes muebles no constituya esencialmente
- La defensa y reclamación de sus intereses en la propia actividad de la empresa amparada
los conflictos derivados del contrato de arren- por el seguro.
damiento del local. No quedan cubiertos los
juicios de desahucio por falta de pago. No incluye la presente garantía los contratos
sobre vehículos a motor, aunque sean de uso
Quedan excluidos de todas las coberturas comercial o industrial.
de este artículo, los hechos voluntariamente
causados por el Asegurado o aquellos en que
concurra dolo o culpa grave por parte de este, 14. Reclamación en contratos de ser-
según sentencia judicial firme. vicios
ARAG garantiza la reclamación por incumpli-
13. Reclamación en contratos sobre miento de los siguientes contratos de arrenda-
bienes muebles miento de servicios, concertados por el Asegu-
rado en el desarrollo de la actividad empresarial
ARAG garantiza la reclamación por incumpli- o autónoma descrita en las Condiciones Parti-
miento de los siguientes contratos sobre bienes culares de la póliza y cuyo destino final sea la
muebles, concertados por el Asegurado en el empresa o autónomo amparado por la misma,
10
[Seite 11]
Condiciones Generales
su local o locales o bien estén destinados a la zación de la propia actividad declarada, siem-
realización de la propia actividad declarada: pre que el importe reclamado exceda de 600
- Servicios de reparación y mantenimiento de euros porsiniestro.
bienes muebles, incluida la maquinaria y equi-
pos electrónicos o informáticos y de sus pro-
gramas operativos. 16. Defensa del empresario ante la
inspección de trabajo
Servicios de profesionales titulados. No incluye
la anterior definición los servicios de industria- ARAG garantiza la defensa del Asegurado en
les, tales como fontaneros, electricistas, car- los procedimientos instados por la Inspección
pinteros, pintores y otras actividades similares de Trabajo y Seguridad Social, por supuestas
de tipo industrial. infracciones de la normativa legal aplicable a
la empresa o autónomo y a la actividad ampa-
- Servicios médicos y hospitalarios, cuyo desti- rada por el seguro, en materia de condiciones
natario sea el Asegurado o sus asalariados. de trabajo, empleo, seguridad social y seguri-
- Servicios de viajes y de hostelería. dad y salud en el trabajo.
- Servicios privados de vigilancia y seguridad.
- Servicios de limpieza, lavandería y tintorería. La defensa garantizada comprenderá siem-
- Servicios de transportes, mudanzas y mensa- pre la vía administrativa. Incluirá también la
jería. vía judicial, cuando el litigio sea por cuantía
no inferior a 600 euros o conlleve el cierre del
Los anteriores contratos de arrendamiento de local o el cese de la actividad empresarial o
servicios quedarán garantizados siempre que autónoma.
no constituyan esencialmente la propia activi-
dad de la empresa objeto del seguro. El Asegurado responderá directamente del
importe de la sanción que, definitivamente, se
No incluye la presente garantía los contratos le imponga, sin que recaiga sobre el Asegura-
sobre vehículos a motor, aunque sean de uso dor responsabilidad alguna por tal concepto.
comercial o industrial. Tampoco incluye esta
garantía los contratos de suministros, tales
como agua, gas, electricidad o teléfono,a los
17. Defensa del empresario en contra-
que se refiere el siguiente artículo 15.
tos laborales
15. Reclamación en contratos de sumi- ARAG garantiza la defensa como demandado
del titular de la empresa o del autónomo ampa-
nistros rado por el seguro, en relación directa con un
conflicto laboral, de carácter individual, pro-
ARAG garantiza la reclamación por incumpli- movido por alguno de sus asalariados, debi-
miento de los contratos de suministros de agua, damente inscrito en el régimen general de la
gas, electricidad y teléfono, concertados por Seguridad Social, que deba sustanciarse ante
el Asegurado en el desarrollo de la actividad los organismos de conciliación y la jurisdicción
empresarial o autónoma descrita en las Condi- social.
ciones Particulares de la póliza y cuyo destino
final sea la empresa o autónomo amparado Queda incluida la defensa del titular de la
por la misma, su local o locales o bien la reali- empresa o del autónomo asegurado ante la
11
[Seite 12]
Condiciones Generales
jurisdicción social, con inclusión de la previa les comerciales e industriales y de oficinas y
vía administrativa, en los litigios promovidos despachos abiertos al público y los profesio-
por sus asalariados en relación con el Instituto nales que ejerzan su profesión conjuntamente
Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y con otros en régimen societario o bajo cual-
Mutualidades de Previsión Social. quier otra forma jurídica admitida en derecho
no tendrán en ningún caso la consideración
No comprende esta garantía la defensa del de trabajadores autónomos económicamente
Asegurado en los procedimientos instados por dependientes, tal como se establece en la ley
la Inspección de Trabajo, a los que se refiere el citada en el párrafo anterior.
anterior artículo 16.
20. Gastos de peritaje
18. Reclamación de prestaciones
sociales del autónomo Cuando a consecuencia de un hecho produ-
cido durante la vigente anualidad de seguro,
1. ARAG garantiza en favor del autónomo ampa- que afecte a los bienes muebles propiedad del
rado por el seguro la reclamación de presta- Asegurado o bien a los inmuebles destinados
ciones sociales en litigios relacionados con el a la actividad empresarial o autónoma garan-
Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mon- tizada, se produzcan daños cuyo valor presu-
tepíos y Mutualidades de Previsión Social. puestado exceda de 300 euros, el Asegurado
podrá solicitar a ARAG la designa de un perito
2. Particularmente se garantiza al autónomo para que efectúe la valoración pericial de los
asegurado la reclamación ante el Instituto daños, siendo a cargo del Asegurador los gas-
Nacional de la Seguridad Social, de los dere- tos y honorarios de la peritación hasta el límite
chos derivados de la pensión de jubilación, viu- cuantitativo establecido en las Condiciones
dedad o invalidez que pudiera corresponderle. Particulares de la póliza.
El número máximo de peritajes garantizados
19. Defensa laboral del autónomo eco- por la presente cobertura, será de tres en
cada anualidad de seguro.
nómicamente dependiente
En ningún caso comprenderá esta garantía los
Cuando el autónomo amparado por el seguro peritajes efectuados a los vehículos a motor y
sea económicamente dependiente, en virtud sus remolques, embarcaciones o aeronaves
de lo dispuesto en la Ley 20/2007, de 11 de propiedad del Asegurado, aunque sean de uso
julio, del Estatuto del trabajo autónomo, ARAG comercial o industrial.
garantiza expresamente la defensa o reclama-
ción de sus intereses en los conflictos indivi-
duales de trabajo con la empresa con la que 21. Reclamación extrajudicial de fac-
desarrolle de forma habitual, personal, directa
y predominante su actividad autónoma y cuyo turas impagadas
conocimiento corresponda a los organismos de
conciliación y la jurisdicción social. ARAG garantiza la reclamación, en vía extraju-
dicial, de aquellas facturas impagadas de las
Los titulares de establecimientos o loca- que resulte acreedor el Asegurado y que se
12
[Seite 13]
Condiciones Generales
hayan devengado en el ámbito de su actividad la defensa de los intereses del Asegurado.
empresarial o autónoma. 6. Los honorarios y gastos de peritos necesa-
Queda expresamente excluida de esta garan- rios.
tía la reclamación de facturas en vía judicial. 7. Los honorarios y gastos de dictámenes téc-
Para tener derecho a esta prestación, la recla- nico-actuariales, cuando sean necesarios para
mación a efectuar deberá reunir los siguientes reclamar una indemnización.
requisitos: 8. Los honorarios y gastos derivados de la tra-
mitación de declaración judicial o notarial de
- Que la operación mercantil origen de la fac- herederos, cuando sea requisito imprescindible
tura impagada se haya celebrado en fecha para la indemnización de los beneficiarios, en
posterior a la entrada en vigor de esta garantía caso de fallecimiento del Asegurado a conse-
y una vez transcurrido el plazo de carencia. cuencia de un siniestro cubierto por este con-
- Que el impago se encuentre documentado, trato.
vencido y no prescrito, y que sea de importe 9. Cualquier otra prestación garantizada expre-
igual o superior a 300 euros. samente por la póliza.
Asimismo, se garantiza la constitución, en los
- Que el impago proceda de una operación de procesos penales amparados por la póliza, de
lícito comercio. las fianzas exigidas al Asegurado, para:
- Que el deudor no haya sido declarado insol- 1. Obtener su libertad provisional.
vente según declaración judicial. 2. Avalar su presentación al acto del juicio.
3. Responder del pago de las costas judiciales,
Plazo de carencia: Se establece en la presente con exclusión de indemnizaciones y multas.
garantía un plazo de carencia de un mes a
contar desde la fecha de efecto de la misma.
23. ¿Cuáles son los límites del seguro?
La cobertura de esta garantía queda limitada
a la reclamación extrajudicial de un máximo ARAG asumirá los gastos descritos dentro de
de hasta 6 facturas impagadas por anualidad los límites y hasta la cifra máxima contratada
de seguro, no acumulables. para cada siniestro, que se determinan en
estas Condiciones Generales y en las Particu-
lares de la póliza.
22. ¿Qué alcance tiene el seguro?
Tratándose de hechos que tengan una misma
ARAG garantiza los gastos siguientes: causa serán considerados, a los efectos del
1. Las tasas, derechos y costas judiciales deri- seguro, como un siniestro único.
vadas de la tramitación de los procedimientos
cubiertos. El Asegurador estará obligado al pago de
2. Los gastos derivados del procedimiento de la prestación, salvo en el supuesto de que el
mediación cubierto siniestro haya sido causado por mala fe del
3. Los honorarios y gastos de abogado. Asegurado.
4. Los derechos y suplidos de procurador,
cuando su intervención sea preceptiva. En caso de que en un procedimiento de media-
5. Los gastos notariales y de otorgamiento ción no se llegue a un acuerdo entre las par-
de poderes para pleitos, así como las actas, tes y, debido a ello, el Asegurado acuda a un
requerimientos y demás actos necesarios para procedimiento judicial, los gastos de los profe-
13
[Seite 14]
Condiciones Generales
sionales que hayan intervenido en el procedi- Los datos que el Tomador haya facilitado en la
miento de mediación se deducirán del límite de solicitud del seguro constituyen la base de este
gastos previsto en las Condiciones Generales contrato.
y Particulares de este seguro para el resto de
procedimientos cubiertos. Si el contenido de la presente póliza difiere de la
solicitud del seguro o de las cláusulas acorda-
En las garantías que supongan el pago de das, el Tomador podrá reclamar al Asegurador
una cantidad líquida en dinero, el Asegurador en el plazo de un mes a contar desde la entrega
está obligado a satisfacer la indemnización al de la póliza, para que subsane la divergencia
término de las investigaciones y peritaciones existente. Transcurrido este plazo sin efectuarse
necesarias para establecer la existencia del la reclamación, se estará a lo dispuesto en la
siniestro. En cualquier supuesto, el Asegura- póliza.
dor abonará, dentro de los 40 días a partir de
la recepción de la declaración del siniestro, el El Tomador del seguro tiene el deber de declarar
importe mínimo de lo que pueda deber, según a ARAG, antes de la formalización del contrato y
las circunstancias por él conocidas. Si en el de acuerdo con el cuestionario que se le faci-
plazo de tres meses desde la producción del lite, todas las circunstancias por él conocidas
siniestro, el Asegurador no hubiere realizado que puedan influir en la valoración del riesgo.
dicha indemnización por causa no justificada Quedará exonerado de tal deber si el Asegura-
o que le fuere imputable, la indemnización se dor no le somete a cuestionario o cuando, aun
incrementará en un porcentaje equivalente sometiéndoselo, se trate de circunstancias que
al interés legal del dinero vigente en dicho puedan influir en la valoración del riesgo y que
momento, incrementado a su vez en un 50%. no estén comprendidas en él.
24. ¿Qué pagos no están cubiertos? El Asegurador podrá rescindir el contrato en el
plazo de un mes, a contar desde el momento
La póliza no cubre: en que conozca la reserva o inexactitud de la
1. Las indemnizaciones y sus intereses, así declaración del Tomador.
como las multas o sanciones que pudieran
imponerse al Asegurado. Durante la vigencia del contrato, el Asegurado
debe comunicar al Asegurador, tan pronto
2. Los impuestos u otros pagos de carácter como le sea posible, la alteración de los facto-
fiscal dimanantes de la presentación de docu- res y las circunstancias declaradas en el cues-
mentos públicos o privados ante los Organis- tionario al que se hace mención en este artículo
mos oficiales. que agraven el riesgo y sean de tal naturale za
que si hubieran sido conocidas por el Asegu-
3. Los gastos que procedan de una acumula- rador en el momento de la perfección del con-
ción o reconvención judicial, cuando se refie- trato, no lo habría concluido o lo habría hecho
ran a materias no comprendidas en las cober- en condiciones más gravosas.
turas garantizadas.
Conocida una agravación del riesgo, ARAG
puede proponer, en el plazo de dos meses, la
25. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué modificación del contrato u optar por su resci-
sión en el plazo de un mes.
se debe informar sobre el riesgo?
14
[Seite 15]
Condiciones Generales
Si se produce una disminución del riesgo, el defensas penales y administrativas, se enten-
Tomador tiene derecho, a partir de la siguiente derá producido el siniestro en el momento en
anualidad, a la reducción del importe de la que se haya realizado o se pretenda que se ha
prima en la proporción correspondiente. realizado el hecho punible o sancionable.
En las reclamaciones por culpa no contractual,
26. ¿Cuándo se abonan las primas? en el momento mismo en que el daño ha sido
causado.
El Tomador del seguro está obligado al pago
de la prima en el momento de la perfección Por último, en litigios sobre materia contractual,
del contrato. Las sucesivas primas deberán en el momento en que se inició o se pretende
hacerse efectivas a sus vencimientos. Salvo que se inició, el incumplimiento de las normas
pacto en contra, el abono de la prima se efec- contractuales.
tuará en el domicilio del Tomador del seguro.
En caso de impago de la primera prima, no
comenzarán los efectos de la cobertura y el 29. ¿Existe plazo de carencia?
Asegurador podrá resolver el contrato o exigir
su pago. El impago de las anualidades suce- Definamos, en primer lugar, qué es un plazo de
sivas producirá, una vez transcurrido un mes carencia: es el tiempo en que, con posteriori-
desde su vencimiento, la suspensión de las dad a la fecha de efecto de una garantía, si se
garantías de la póliza. En todo caso, la cober- produce un siniestro no está garantizado.
tura tomará efecto a las 24 horas del día en
que el Tomador pague la prima. En este seguro y para los supuestos con-
tractuales y administrativos, existe un plazo
El Asegurador puede reclamar el pago de la de carencia de tres meses a contar desde la
prima pendiente en el plazo de seis meses, a fecha de efecto de la garantía, excepto para
contar desde la fecha de su vencimiento. Trans- la cobertura del Artículo 21 de las Condicio-
currido dicho plazo sin producirse la reclama- nes Generales de la póliza sobre reclamación
ción, la póliza queda anulada desde la fecha extrajudicial de facturas impagadas, en la que
del vencimiento. el plazo de carencia será de un mes.
No se aplicará la carencia cuando la póliza se
27. ¿Qué debe entenderse por siniestro? emita en sustitución de otro seguro ARAG, que
hubiera garantizado el siniestro.
Se entiende por siniestro todo hecho o acon-
tecimiento imprevisto, que cause lesión en los
intereses del Asegurado o modifique su situa- 30. ¿Qué siniestros no están cubiertos?
ción jurídica, producido estando en vigor la
póliza. Con independencia de las exclusiones especí-
ficas de cada garantía, se establecen en este
seguro las siguientes exclusiones generales:
28. ¿Cuándo se entenderá producido
un siniestro? 1. Cualquier clase de actuaciones que deri-
ven, en forma directa o indirecta, de hechos
Depende del caso de que se trate. Así: En las producidos por energía nuclear, alteraciones
genéticas, radiaciones radiactivas, catástro-
15
[Seite 16]
Condiciones Generales
fes naturales, acciones bélicas, disturbios y 9. Las reclamaciones que puedan formularse
actos terroristas. entre sí los Asegurados en esta póliza, salvo lo
previsto en las garantías del artículo 11 cuando
2. Los litigios que se deriven o tengan su ori- cubre la defensa de la responsabilidad civil
gen en huelgas, cierres patronales, conflictos patronal y del artículo 17 relativo a la defensa
colectivos de trabajo o regulaciones de emp- del empresario en contratos laborales, y la
leo. reclamación del Asegurado contra el Asegu-
rador en este contrato.
3. Los hechos voluntariamente causados por
el Asegurado o aquellos en que concurra dolo 10. Los hechos cuyo origen o primera mani-
o culpa grave por parte de éste, según senten- festación se haya producido antes de la fecha
cia judicial firme. de efecto del seguro y aquellos que se decla-
4. Los hechos que se produzcan en el ámbito ren después de transcurrir dos años desde la
de la vida particular del Asegurado o deriven fecha de rescisión o extinción de las garantías
de cualquier actividad distinta a la empresa- contratadas.
rial o autónoma amparada por la póliza.
5. Los siniestros que tengan su origen o estén 31. ¿Cuándo y cómo debe declararse
relacionados con la transformación de un el siniestro?
local amparado por el seguro o bien con el
proyecto, construcción o derribo del inmueble El Tomador del seguro o el Asegurado deberán
en que el local se halle situado. comunicar al Asegurador el acaecimiento del
siniestro dentro del plazo máximo de siete días
6. Los siniestros relacionados con aeronaves, de haberlo conocido, salvo que se haya fijado
con embarcaciones o con vehículos a motor en la póliza un plazo más amplio. En caso de
y sus remolques, aunque sean de uso comer- incumplimiento, el Asegurador podrá reclamar
cial o industrial, siempre que dichos medios los daños y perjuicios causados por la falta de
de transporte sean propiedad del Asegurado declaración.
o estén bajo su responsabilidad, aunque sea
ocasionalmente. Este efecto no se producirá si se prueba que el
Asegurador ha tenido conocimiento del sinies-
7. Los conflictos derivados del incumplimiento tro por otro medio.
de cualquier obligación contractual distinta de
las expresamente garantizadas en esta póliza. El Tomador del seguro o el Asegurado deberá,
además, dar al Asegurador toda clase de infor-
8. Los litigios sobre propiedad intelectual o maciones sobre las circunstancias y consecu-
industrial, de derecho de sociedades y sobre encias del siniestro.
cuestiones financieras y bancarias, o relacio-
nados con las cosas consideradas muebles En caso de violación de este deber, la pérdida
en el artículo 336 del Código Civil, es decir, del derecho a la indemnización sólo se produ-
rentas o pensiones, contratos sobre servicios cirá en el supuesto de que hubiese concurrido
públicos y cédulas o títulos representativos de dolo o culpa grave.
préstamos hipotecarios, así como los proce-
dimientos judiciales en materia de urbanismo,
concentración parcelaria y expropiación. 32. ¿Cómo se tramita el siniestro?
16
[Seite 17]
Condiciones Generales
Una vez declarado y aceptado el siniestro, ARAG ARAG se hará cargo de todos los gastos y hono-
prestará las garantías y asumirá los gastos cor- rarios debidamente acreditados derivados de
respondientes, de acuerdo con la naturaleza y la prestación de las coberturas contratadas,
circunstancias del siniestro. hasta el límite cuantitativo establecido en las
Condiciones Particulares del seguro, con suje-
En cumplimiento de las coberturas contratadas ción, en todo caso, a los límites previstos en el
en la póliza, siempre que fuera posible el Ase- artículo 35 para el pago de honorarios profe-
gurador llevará a cabo la gestión de un arreglo sionales.
transaccional en vía amistosa o extrajudicial
que reconozca las pretensiones o derechos Ningún miembro del personal de ARAG que se
del Asegurado. La reclamación por dicha vía ocupe de la gestión de siniestros de Defensa
amistosa o extrajudicial corresponderá exclu- Jurídica, realizará actividades parecidas en
sivamente al Asegurador. otros ramos o en otras entidades que operen en
ramos distintos del de Vida.
Si la vía amistosa o extrajudicial no ofreciese
resultado positivo aceptable por el Asegurado,
de conformidad con las expresas coberturas 33. ¿Qué hacer en caso de desavenen-
contratadas se procederá a la tramitación por cia sobre la tramitación?
vía judicial, siempre que lo solicite el interes-
ado y no sea temeraria su pretensión, de una Cuando el Asegurador, por considerar que
de las dos formas siguientes: no existen posibilidades razonables de éxito,
estime que no procede la iniciación de un
a) A partir del momento en que el Asegurado pleito o la tramitación de un recurso, deberá
se vea afectado por cualquier procedimiento comunicarlo al Asegurado.
judicial, administrativo o arbitral, podrá ejerci-
tar el derecho a la libre elección de profesio- En caso de desavenencia, podrán las partes
nales que le representen y defiendan en el cor- acogerse al arbitraje previsto en el artículo 39
respondiente litigio, acordando con los mismos de estas Condiciones Generales.
las circunstancias de su actuación profesional
e informando de todo ello al Asegurador. El Asegurado tendrá derecho, dentro de los
límites de la cobertura concertada, al reem-
b) En el supuesto de que el Asegurado no ejer- bolso de los gastos habidos en los pleitos y
citara su derecho a la libre elección de profe- recursos tramitados en discrepancia con el
sionales y el trámite del procedimiento exigiera Asegurador, o incluso con el arbitraje, cuando,
su intervención,ARAG los designará en su lugar, por su propia cuenta, haya obtenido un resul-
siempre de conformidad con el Asegurado. tado más beneficioso.
Si el Asegurado decidiese acudir a la media-
ción prevista en la Ley 5/2012, de 6 de julio,
34. ¿Cómo se efectúa la elección de
de mediación en asuntos civiles y mercantiles
como método alternativo para la resolución del abogado y procurador?
conflicto que le afecta, deberá comunicarlo a
ARAG con anterioridad a la realización de la El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente
solicitud de inicio. el procurador y abogado que hayan de repre-
sentarle y defenderle, a partir del momento en
que se vea afectado por cualquier procedi-
17
[Seite 18]
Condiciones Generales
miento judicial, administrativo o arbitral ampa- por el Consejo General de la Abogacía Espa-
rado por la cobertura de este seguro. ñola y de no existir estas normas se estará a
lo dispuesto por las de los respectivos cole-
Antes de proceder a su nombramiento, el gios. Las normas orientativas de honorarios
Asegurado comunicará a ARAG el nombre del serán consideradas como límite máximo de la
abogado y procurador elegidos. obligación del Asegurador. Las discrepancias
sobre la interpretación de dichas normas serán
Si el abogado o procurador elegido por el Ase- sometidas a la comisión competente del Cole-
gurado no reside en el partido judicial donde gio de Abogados correspondiente.
haya de sustanciarse el procedimiento, serán
a cargo del Asegurado los gastos y honora- En el supuesto de que el siniestro se haya tra-
rios por los desplazamientos que el profesional mitado de acuerdo con lo establecido en el
incluya en su minuta. apartado a) del artículo 32, ARAG reintegrará
al Asegurado los honorarios devengados por el
El abogado y procurador designados por el profesional que libremente haya elegido, con el
Asegurado, gozarán de la más amplia libertad límite establecido en las Condiciones Particula-
en la dirección técnica de los asuntos enco- res de esta póliza, y siempre con sujeción a las
mendados, sin estar sujetos, en ningún caso, normas colegiales referidas en el párrafo ante-
a las instrucciones del Asegurador, el cual no rior cuando se trate de honorarios de abogado.
responde de la actuación de tales profesionales
ni del resultado del asunto o procedimiento. Si, por elección del Asegurado, interviniera en
el siniestro más de un abogado, el Asegurador
Cuando deban intervenir con carácter urgente satisfará como máximo los honorarios equiva-
abogado o procurador antes de la comunica- lentes a la intervención de uno sólo de ellos,
ción del siniestro, ARAG satisfará igualmente los para la completa defensa de los intereses del
honorarios y gastos derivados de su actuación. Asegurado, y ello sujeto siempre a las normas
En caso de conflicto de intereses entre las partes de honorarios citadas anteriormente.
del contrato, ARAG informará inmediatamente
al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir Cuando el profesional haya sido designado
sobre la designación del abogado y procurador por el Asegurador de conformidad con el Ase-
que estime conveniente para la defensa de sus gurado, de acuerdo con lo establecido en el
intereses, conforme a la libertad de elección apartado b) del artículo 32, ARAG asumirá los
reconocida en este artículo. honorarios derivados de su actuación, satisfa-
ciéndolos directamente al profesional, sin cargo
alguno para el Asegurado.
35. ¿Cuál es el límite para el pago de
honorarios profesionales? Los derechos del procurador, cuando su inter-
vención sea preceptiva, serán abonados con-
Sin perjuicio del límite cuantitativo de la póliza forme arancel o baremo.
que se establece en el artículo 23 de estas Con-
diciones Generales, ARAG satisfará los honora-
rios del abogado que haya intervenido en un 36. ¿Puede el asegurado aceptar
procedimiento judicial, administrativo o arbitral transacciones?
en el que se haya visto afectado el Asegurado,
con sujeción a las normas fijadas a tal efecto El Asegurado puede transigir los asuntos en
18
[Seite 19]
Condiciones Generales
trámite, pero si ello produce obligaciones o entre las partes?
pagos a cargo del Asegurador, ambos debe-
rán actuar siempre y previamente de común El Asegurado tendrá derecho a someter a arbi-
acuerdo. traje cualquier diferencia que pueda surgir
entre él y el Asegurador sobre el presente con-
trato de seguro.
37. ¿Cuál es la extensión territorial del
seguro? La designación de árbitros no podráhacerse
antes de que surja la cuestióndisputada. Si
Las garantías del seguro serán de aplicación a cualquiera de las partes decidiese ejercitar sus
los siniestros producidos en territorio español, acciones ante los organismos jurisdiccionales,
salvo que en las Condiciones Particulares de deberá acudirse al juez del domicilio del Ase-
la póliza se pacte diferente extensión. gurado, único competente por imperativo legal.
En el caso de que el Asegurado resida en el
Andorra y Gibraltar se asimilarán a España a extranjero deberá designar un domicilio en
los efectos de las garantías contratadas. España.
38. ¿Cuál es la duración del seguro? 40. ¿Existe subrogación?
El seguro entra en vigor en el día y hora indica- ARAG se subroga automáticamente en los dere-
dos en las Condiciones Particulares de la póliza, chos y acciones que correspondan al Asegu-
siempre y cuando se haya satisfecho la prima rado contra terceras personas, a consecuencia
correspondiente, y terminará a la misma hora del hecho que originó la prestación garanti-
del día en que se cumpla el tiempo estipulado. zada, para intentar recuperar el importe de los
A su vencimiento, el seguro se entenderá pror- pagos efectuados.
rogado por un nuevo período de un año y así
sucesivamente.
41. ¿Cómo se efectúan las comunica-
Las partes pueden oponerse a la prórroga del ciones entre las partes?
contrato de seguro mediante una notificación
escrita a la otra parte, efectuada con un plazo Las comunicaciones a ARAG se realizarán en la
de, al menos, un mes de anticipación a la con- dirección del Asegurador, sucursal o agente
clusión del período del seguro en curso cuando autorizado por aquél.
quien se oponga a la prórroga sea el Tomador,
y de dos meses cuando sea el Asegurador. Las comunicaciones al Tomador del seguro
o Asegurado se realizarán en el domicilio que
El asegurador deberá comunicar al Tomador, al conste en la póliza. El Tomador deberá notificar
menos con dos meses de antelación a la con- cualquier cambio de domicilio que se produzca.
clusión del período en curso, cualquier modifi-
cación del contrato de seguro.
42. ¿Cuándo prescriben las acciones
39. ¿Cómo se solucionan los conflictos derivadas del seguro?
19
[Seite 20]
Condiciones Generales
Las acciones derivadas de este contrato de
seguro prescriben en el plazo de dos años, a Para poder beneficiarse de estas ventajas, los
contar desde el momento en que pudieron ejer- interesados se pueden dirigir al número de telé-
citarse. fono 934 857 345, gestionado por ALS (CIF:
B64507171).
43. Quejas y reclamaciones
ARAG S.E., Sucursal en España dispone de un
Departamento de Atención al Cliente (c/ Roger
de Flor, 16, 08018 - Barcelona, e-mail: dac@
ARAG.es, web: www. ARAG.es) para atender y
resolver las quejas y reclamaciones que sus
asegurados les presenten, relacionadas con
sus intereses y derechos legalmente reconoci-
dos, que serán atendidas y resueltas en el plazo
máximo de un mes desde su presentación.
En caso de disconformidad con la resolución
adoptada por el Departamento de Atención al
Cliente, o si ha transcurrido el plazo de un mes
sin haber obtenido respuesta, el reclamante
podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de
la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046
- Madrid, Teléfonos: 902 19 11 11 o 952 24 99 82,
web: www.dgsfp.mineco.es)
Acceso a la red de despachos de
abogados.
En supuestos no garantizados por este contrato
y que requieran de la intervención profesional
de un abogado, se pondrá al alcance del usua-
rio del servicio, que así lo requiera, la posibili-
dad de acceder a los abogados de la red ARAG,
en condiciones ventajosas de contratación.
En estos casos, serán íntegramente a cargo
del usuario del servicio tanto los honorarios de
abogado y de cualquier otro profesional inter-
viniente, como cualquier otro gasto derivado de
las actuaciones que se lleven a cabo.
20
[Seite 21]
Mod. 02237 (0219) ARAG SE, Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775,
Folio 116, Sección 8, Hoja M-658809, Inscripción 2. NIF W0049001A.