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Corredor de seguros / Seguro de defensa jurídica para empresas / Archivo de condiciones

ARAG Empresa: el condicionado completo

Seguro de defensa jurídica autónomo para empresas y autónomos con asistencia telefónica, defensa administrativa, reclamación de daños, defensa penal, local, contratos de bienes muebles, servicios y suministros, defensa laboral como demandado y reclamación extrajudicial de facturas; límites en las Condiciones Particulares.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Mediante esta orden de domiciliación autorizo a ARAG a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. ARAG me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a ARAG en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza ARAG Empresa (defensa jurídica para empresas y autónomos) de ARAG (Seguro de defensa jurídica para empresas) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a ARAG y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 70 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Límite por siniestrosegún las condiciones particulares„ARAG asumirá los gastos descritos dentro de los límites y hasta la cifra máxima contratada para cada siniestro“Art. 23, página 13
Límite anual para todos los siniestrosno regulado
Anticipo de fianza penalsí„la fianza que en el procedimiento penal se exija al Asegurado, para: obtener su libertad provisional.“Art. 9 y 10 b), página 8
Franquicia por siniestrono regulado
Franquicia variable o porcentual (parte de los costes, importe mínimo)no regulado
Sin franquicia en asesoramiento, mediación o acuerdo tempranono regulado
Ámbito territorial para la actividad empresarialsí„Las garantías del seguro serán de aplicación a los siniestros producidos en territorio español, salvo que en las Condiciones Particulares de la póliza se pacte diferente extensión.“Art. 37, página 19
Garantía de cobertura mínima según condicionado modelono regulado

Carencias y causas anteriores

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Carencia general desde el iniciosí„para los supuestos contractuales y administrativos, existe un plazo de carencia de tres meses a contar desde la fecha de efecto de la garantía“Art. 29, página 15
Carencia en materia laboralno regulado
Carencia en contratos de la empresasí„para los supuestos contractuales y administrativos, existe un plazo de carencia de tres meses“Art. 29, página 15
Carencia en materia tributariano regulado
Carencia en locales y inmuebles del negociosí„para los supuestos contractuales y administrativos, existe un plazo de carencia de tres meses“Art. 29, página 15
Sin carencia en daños, penal, infracciones y tráficosí„En este seguro y para los supuestos contractuales y administrativos, existe un plazo de carencia“Art. 29, página 15
Cómputo de la póliza anterior en la carenciasí„No se aplicará la carencia cuando la póliza se emita en sustitución de otro seguro ARAG, que hubiera garantizado el siniestro.“Art. 29, página 15
Renuncia a la objeción de causa anteriorno„Los hechos cuyo origen o primera manifestación se haya producido antes de la fecha de efecto del seguro“Art. 30.10, página 16

Coberturas para la empresa

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Reclamación de daños de la empresasí„ARAG garantiza la reclamación al tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes al Asegurado“Art. 6, página 7
Defensa laboral como empleadorsí„ARAG garantiza la defensa como demandado del titular de la empresa o del autónomo amparado por el seguro, en relación directa con un conflicto laboral, de carácter individual“Art. 17, página 11
Empleados asegurados en su trabajo para la empresasí„tendrán también la consideración de asegurados los asalariados de la empresa o autónomo amparado por la póliza“Art. 1.2, página 6
Seguridad social ante tribunalessí„ARAG garantiza en favor del autónomo amparado por el seguro la reclamación de prestaciones sociales en litigios relacionados con el Instituto Nacional de la Seguridad Social“Art. 18.1, página 12
Seguridad social ya en vía administrativasí„con inclusión de la previa vía administrativa, en los litigios promovidos por sus asalariados en relación con el Instituto Nacional de la Seguridad Social“Art. 17, página 12
Defensa tributaria ante tribunalesno„Quedan expresamente excluidas las cuestiones laborales y fiscales.“Art. 5, página 7
Defensa tributaria ya en vía de recursono„Quedan expresamente excluidas las cuestiones laborales y fiscales.“Art. 5, página 7
Defensa administrativa (licencias, permisos)sí„ARAG garantiza la defensa del Asegurado en los procedimientos instados por la administración pública en relación con su actividad empresarial o autónoma“Art. 5, página 7
Defensa penal de titulares y empleados (delitos imprudentes)sí„ARAG garantiza la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado, en los procesos que se le sigan por hechos producidos en el ámbito de la actividad empresarial o autónoma“Art. 9, página 8
Defensa penal especial (dolo, delitos económicos, medioambientales, fiscales)no„Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de este, según sentencia judicial firme.“Art. 9, página 8
Infracciones administrativas de la empresasí„El Asegurado responderá directamente del importe de la sanción que, definitivamente, se le imponga“Art. 5, página 7
Protección de datos (RGPD)no regulado
Procedimientos disciplinarios y colegialesno regulado
Asesoramiento jurídicosí„ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado para que le informe telefónicamente, en prevención de posibles litigios“Art. 4, página 6

Módulos opcionales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contratos de la empresa (clientes, proveedores, servicios)sí„ARAG garantiza la reclamación por incumplimiento de los siguientes contratos sobre bienes muebles“Art. 13, página 10
Límite propio en contratos de la empresasí„que el importe reclamado exceda de 600 euros“Art. 15, página 11
Recobro de facturas impagadassí„ARAG garantiza la reclamación, en vía extrajudicial, de aquellas facturas impagadas de las que resulte acreedor el Asegurado“Art. 21, página 12
Locales e inmuebles del negocio (alquiler, propiedad)sí„ARAG garantiza la defensa de los derechos del Asegurado en relación con el local o locales, situados en territorio español y destinados a la actividad empresarial o autónoma declarada.“Art. 12, página 9
Defensa de vehículos de la empresano„Los siniestros relacionados con aeronaves, con embarcaciones o con vehículos a motor y sus remolques, aunque sean de uso comercial o industrial“Art. 30.6, página 16
Cobertura privada y de tráfico del titular y su familiano„Los hechos que se produzcan en el ámbito de la vida particular del Asegurado“Art. 30.4, página 16
Defensa frente a reclamaciones contractualesno regulado
Reputación online y derechos de imagenno regulado
Propiedad intelectual, marcas y competenciano„Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial, de derecho de sociedades“Art. 30.8, página 16
Concursos de clientes o proveedoresno regulado

Costes y servicios

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Mediación a cargo de la aseguradorasí„Los gastos derivados del procedimiento de mediación cubierto“Art. 22.2, página 13
Asistencia jurídica telefónicasí„ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado para que le informe telefónicamente“Art. 4, página 6
Revisión de contratos y condiciones por abogadono regulado
Gastos de peritossí„Los honorarios y gastos de peritos necesarios.“Art. 22.6, página 13
Traductores e intérpretesno regulado
Ejecución (número de solicitudes cubiertas)no regulado
Costes del acuerdo sin reducción por resultadono regulado
Honorarios por encima de la tarifa legalno„Las normas orientativas de honorarios serán consideradas como límite máximo de la obligación del Asegurador.“Art. 35, página 18
Libre elección de abogadosí„El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle“Art. 34, página 17
Límite de honorarios en libre elecciónsí„ARAG reintegrará al Asegurado los honorarios devengados por el profesional que libremente haya elegido, con el límite establecido en las Condiciones Particulares“Art. 35, página 18
Dictamen vinculante del abogadono regulado

Empresa y personas aseguradas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Personas aseguradas (titular, socios, administradores, familiares que trabajan)sí„sus socios mercantiles, sus familiares y la persona o personas en las que delegue la dirección de la empresa“Art. 1.1, página 6
Límite por número de empleados o facturaciónsí„cuyo número se indica en las Condiciones Particulares“Art. 1.2, página 6
Otros centros y sucursalessí„El local o locales destinados a la actividad empresarial quedarán incluidos en las coberturas contratadas, siempre que se designen expresamente en las Condiciones Particulares“Art. 3, página 6
Modalidad para autónomos o empresas sin empleadossí„La persona física (autónomo) o la persona jurídica (empresa) titular de la actividad empresarial“Art. 1.1, página 6
Cobertura para nuevos negociosno regulado
Actividades excluidas o restringidasno regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contratos excluidos de la cobertura básicasí„Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación contractual distinta de las expresamente garantizadas en esta póliza.“Art. 30.7, página 16
Exclusión derecho societariosí„Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial, de derecho de sociedades“Art. 30.8, página 16
Exclusión patentes, marcas y competenciasí„Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial“Art. 30.8, página 16
Exclusión riesgo de construcciónsí„relacionados con la transformación de un local amparado por el seguro o bien con el proyecto, construcción o derribo del inmueble en que el local se halle situado.“Art. 30.5, página 16
Exclusión de la defensa frente a reclamaciones de dañossí„Siempre que no exista Seguro de ... o existiendo no surtaefecto por encontrarse en situación de descubierto“Art. 11.1, página 9
Exclusión de siniestros dolosossí„Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.“Art. 30.3, página 16
Exclusión de cárteles y fraude fiscalsí„Quedan expresamente excluidas las cuestiones laborales y fiscales.“Art. 5, página 7

Contrato y obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cuantía mínima litigiosasí, hasta 600 €„Incluirá también la vía contencioso-administrativa, cuando el litigio sea por cuantía no inferior a 600 euros“Art. 5, página 7
Rescisión de la aseguradora tras siniestrosno regulado
Cobertura posterior al cese o fallecimientosí„aquellos que se declaren después de transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o extinción de las garantías contratadas.“Art. 30.10, página 16
Deber de comunicar cambios de plantilla, facturación o actividadsí„Durante la vigencia del contrato, el Asegurado debe comunicar al Asegurador, tan pronto como le sea posible, la alteración de los factores y las circunstancias declaradas en el cuestionario“Art. 25, página 14
Duración y preavisosí„A su vencimiento, el seguro se entenderá prorrogado por un nuevo período de un año y así sucesivamente.“Art. 38, página 19
Defensa jurídica como contrato independiente o sección separada (art. 76c LCS)sí„Seguro de Defensa Jurídica“IPID, página 1

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
ARAG SE, Sucursal en España
Distribución
corredores y directo

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: ARAG Empresa, Condiciones Generales
[Seite 1] Conozca su seguro ARAG Empresa [Seite 2] Guía Condiciones práctica de Generales su seguro Condiciones generales El presente contrato de seguro se rige por lo convenido en estas Condiciones Generales y en las Particulares de la póliza, de conformidad con lo estable- cido en la Ley 50/1980, de 8 de octu- bre, de Contrato de Seguro, y en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. 2 [Seite 3] Condiciones Generales Definiciones que interesa conocer Asegurador ARAG SE, Sucursal en España Tomador del seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, con las obligaciones y derechos derivados del mismo Asegurado La persona física o jurídica titular del interés asegurado que, en defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato. Póliza El documento contractual que contiene las Condiciones Reguladoras del Seguro, formado por estas Condiciones Generales, por las Condiciones Particulares que individualizan el riesgo y por los suplementos o apéndices que se emitan al contrato para completarlo o modificarlo. Prima El precio del seguro. 3 [Seite 4] Condiciones Generales Índice Condiciones Generales 1. ¿A quién se asegura por esta póliza? 14 Reclamación en contratos de servicios 2. ¿Cuál es el objeto del seguro? 15. Reclamación en contratos de suministros 3. ¿Qué garantiza el seguro? 16. Defensa del empresario ante la inspección de trabajo Garantías: 17. Defensa del empresario en contratos laborales 4. Asistencia jurídica telefónica 18. Reclamación de prestaciones sociales 5. Defensa en cuestiones administrativas del autónomo 6. Reclamación de daños 19. Defensa laboral del autónomo económicamente dependiente 7. Extensión de la reclamación de daños. Prestación común a los artículos 6 y 7: 20. Gastos de peritaje Evaluación médica de accidentados. 21. Reclamación extrajudicial de facturas impagadas 8. Defensa de otros seguros 22. ¿Qué alcance tiene el seguro? 9. Defensa de la responsabilidad penal 23. ¿Cuáles son los límites del seguro? 10. Extensión de la defensa penal. Prestaciones comunes a los artículos 9 y 24. ¿Qué pagos no están cubiertos? 10: Asistencia al detenido y constitución 25. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué de fianzas. se debe informar sobre el riesgo? 11. Defensa suplementaria de la responsabilidad civil 26. ¿Cuándo se abonan las primas? 12. Defensa de derechos sobre el local 27. ¿Qué debe entenderse por siniestro? 13. Reclamación en contratos sobre 28. ¿Cuándo se entenderá producido un bienes muebles siniestro? 4 [Seite 5] Condiciones Generales 29. ¿Existe plazo de carencia? 43. Quejas y reclamaciones 30. ¿Qué siniestros no están cubiertos? Acceso a la red de despachos de abogados 31. ¿Cuándo y cómo debe declararse el siniestro? 32. ¿Cómo se tramita el siniestro? 33. ¿Qué hacer en caso de desavenencia sobre la tramitación? 34. ¿Cómo se efectúa la elección de abogado y procurador? 35. ¿Cuál es el límite para el pago de honorarios profesionales? 36. ¿Puede el asegurado aceptar transacciones? 37. ¿Cuál es la extensión territorial del seguro? 38. ¿Cuál es la duración del seguro? 39. ¿Cómo se solucionan los conflictos entre las partes? 40. ¿Existe subrogación? 41. ¿Cómo se efectúan las comunicaciones entre las partes? 42. ¿Cuándo prescriben las acciones derivadas del seguro? 5 [Seite 6] Condiciones Generales Condiciones generales 1. ¿A quién se asegura por esta póliza? prendido dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en 1. Son asegurados: La persona física (autó- asuntos civiles y mercantiles. nomo) o la persona jurídica (empresa) titular de la actividad empresarial descrita en las Condi- También puede ser objeto del seguro la presta- ciones Particulares de la póliza, y en su caso, ción de determinados servicios o el pago de los sus socios mercantiles, sus familiares y la per- mismos, relacionados con las coberturas de la sona o personas en las que delegue la dirección póliza. de la empresa, durante el ejercicio de la activi- dad propia de la misma. 3. ¿Qué garantiza el seguro? Cuando el titular de la empresa sea una Socie- En esta póliza, ARAG garantiza la defensa jurí- dad o Asociación, serán asimismo asegurados dica de los intereses del Asegurado (empresa o los miembros de su Consejo de Administración autónomo), en el ámbito de la actividad emp- o Junta Rectora. resarial descrita en sus Condiciones Particula- res El local o locales destinados a la actividad 2. Excepcionalmente y para las garantías en empresarial quedarán incluidos en las cober- que expresamente se señale, tendrán también turas contratadas, siempre que se designen la consideración de asegurados los asalaria- expresamente en las Condiciones Particulares dos de la empresa o autónomo amparado por del presente contrato de seguro. la póliza, cuyo número se indica en las Con- diciones Particulares, mientras desempeñen su Las garantías de posible contratación se rela- trabajo. cionan en los artículos siguientes y las efecti- vamente contratadas se indicarán en las Con- diciones Particulares de la póliza. 2. ¿Cuál es el objeto del seguro? Garantías: Por el presente Contrato de Seguro ARAG se obliga dentro de los límites establecidos en la 4. Asistencia jurídica telefónica Ley y en el contrato, a prestar al Asegurado los servicios de asistencia extrajudicial y a hacerse ARAG pondrá a disposición del Asegurado cargo de los gastos en que pueda incurrir el un abogado para que le informe telefónica- mismo, como consecuencia de su intervención mente, en prevención de posibles litigios, sobre en un procedimiento judicial, administrativo o el alcance de los derechos que le asistan y la arbitral, derivados de la cobertura del seguro. mejor forma de defenderlos, en el ámbito de su Asimismo y dentro de los límites establecidos actividad empresarial o autónoma y en rela- en el contrato, ARAG también se hará cargo de ción con las garantías de este seguro. los gastos en que puedan incurrir los Asegu- rados como consecuencia de su intervención Queda excluida, en cualquier caso, la consulta en un procedimiento de mediación, siempre sobre temas fiscales y cuestiones societarias. que dicho procedimiento derive de un hecho garantizado en la póliza y se encuentre com- Esta información jurídica se prestará a través 6 [Seite 7] Condiciones Generales del número de teléfono que, a tal efecto, se ductos, propios de la actividad empresarial o facilitará al Asegurado. autónoma; - perjuicios causados por la sustracción dolosa de los bienes muebles antes indicados o del 5. Defensa en cuestiones administra- dinero existente en el local, incluso en el supu- tivas esto de infidelidad de sus empleados; - perjuicios patrimoniales, incluida la pérdida de beneficios, que deriven de los daños corpo- ARAG garantiza la defensa del Asegurado en los rales o materiales antes indicados. procedimientos instados por la administración pública en relación con su actividad empresa- No incluye esta garantía la reclamación de rial o autónoma y el local o locales destinados los daños que sean consecuencia del incum- a tal actividad. Quedan expresamente exclui- plimiento de una relación contractual especí- das las cuestiones laborales y fiscales. fica entre el Asegurado y el responsable de los mismos, sin perjuicio de otras expresas garan- La defensa garantizada comprenderá siempre tías contractuales. la vía administrativa. Incluirá también la vía contencioso-administrativa, cuando el litigio En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán sea por cuantía no inferior a 600 euros o conll- ejercitar la reclamación sus familiares, herede- eve el cierre del local, o el cese de la actividad ros o beneficiarios. empresarial o autónoma. 7. Extensión de la reclamación de El Asegurado responderá directamente del importe de la sanción que, definitivamente, se daños le imponga, sin que recaiga sobre el Asegura- dor responsabilidad alguna por tal concepto. ARAG garantiza la reclamación al tercero res- ponsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones corre- 6. Reclamación de daños spondientes a los asalariados de la empresa o autónomo amparado por el seguro, por los ARAG garantiza la reclamación al tercero res- daños corporales que se les causen, por impru- ponsable identificable, tanto por vía amistosa dencia o dolosamente, en el desempeñode su como judicial, de las indemnizaciones corre- trabajo. spondientes al Asegurado, por los daños y per- juicios que se le causen, por imprudencia o do La garantía incluye la reclamación de los per- losamente, en el ejercicio de la actividad emp- juicios patrimoniales que, en su caso, pudieran resarial o autónoma y que a continuación se corresponder a la empresa o autónomo asegu- relacionan: rado, derivados de los daños corporales causa- dos a sus asalariados. - daños corporales a su persona; - daños materiales al local o locales destinados En caso de fallecimiento del trabajador, podrán a la actividad descrita en la póliza; ejercitar la reclamación sus familiares, herede- - daños materiales a los bienes muebles de su ros o beneficiarios. propiedad, tales como mobiliario, maquina- ria, equipos electrónicos o informáticos, útiles, Prestación común a los Artículos 6 y 7: Evalua- género, mercancías, materias primas y pro- ción médica de accidentados. 7 [Seite 8] Condiciones Generales En los supuestos de daños corporales previs- ARAG garantiza la defensa de la responsabilidad tos en los anteriores Artículos 6 y 7, y siem- penal del Asegurado, en los procesos que se le pre que fueran precisos más de treinta días sigan por hechos producidos en el ámbito de la para la curación de las lesiones sufridas por actividad empresarial o autónoma descrita en el Asegurado, ARAG efectuará, a través de su la póliza. equipo médico especializado, el seguimiento y oportuno informe, tanto de la evaluación de las Quedan excluidos los hechos voluntariamente lesiones, como de las posibles secuelas que se causados por el Asegurado o aquellos en que pudieran producir, en defensa de los intereses concurra dolo o culpa grave por parte de este, jurídicos del Asegurado. según sentencia judicial firme. 8. Defensa de otros seguros 10. Extensión de la defensa penal 1. ARAG garantiza la defensa y reclamación de ARAG garantiza la defensa de la responsabili- los intereses del Asegurado en relación con el dad penal de los asalariados de la empresa o incumplimiento contractual de otras Asegura- autónomo amparado por el seguro, en los pro- doras privadas y del Consorcio de Compensa- cesos que se les sigan por hechos producidos ción de Seguros, al objeto de hacer efectivos en el desempeño de su trabajo. los derechos que en general se deriven de las pólizas de seguro en vigor durante el tiempo de Quedan excluidos los hechos voluntariamente validez del presente contrato, que tenga con- causados por el Asegurado o aquellos en que certadas o de las que sea beneficiario en el concurra dolo o culpa grave por parte de este, ámbito de la actividad empresarial o autónoma según sentencia judicial firme. declarada. Prestaciones comunes a los Artículos 9 y 10: El incumplimiento contractual garantizado se Asistencia al detenido y constitución de fianzas. produce no sólo por la actuación expresa de la a) Si se produjera la detención del Asegurado Aseguradora, sino también por la omisión tácita por cualquier hecho garantizado en los ante- de su obligación de reparar el daño o indemni- riores artículos 9 y 10, ARAG pondrá a su dis- zar su valor, en el plazo máximo de tres meses posición un abogado a fin de que le asista e desde la producción del siniestro. En este último informe de sus derechos. supuesto ARAG garantiza también la reclama- ción, previa justificación documental por el b) ARAG constituirá, en los mismos supuestos y Asegurado de haber declarado el siniestro den- hasta el límite expresado en las Condiciones tro de plazo y haber reclamado, de forma feha- Particulares, la fianza que en el procedimiento ciente y sin resultado satisfactorio, sus daños. penal se exija al Asegurado, para: - obtener su libertad provisional. 2. Incluye la presente cobertura el pago de los - avalar su presentación al acto del juicio. honorarios por los peritajes contradictorios pre- - responder del pago de las costas judiciales, vistos en dichas pólizas de seguro, en la parte con exclusión de indemnizaciones y multas. que en ellas se fije a cargo del Asegurado. 11. Defensa suplementaria de la 9. Defensa de la responsabilidad penal responsabilidad civil 8 [Seite 9] Condiciones Generales 1. Siempre que no exista Seguro de Respon- fauna, por emisiones generadas por sus insta- sabilidad Civil o existiendo no surtaefecto laciones o locales o por el desarrollo de la acti- por encontrarse en situación de descubierto, vidad empresarial o autónoma, siempre que: rechace o insolvencia de su Aseguradora, o por - los daños causados sean consecuencia de un ser la cuantía de la reclamación inferior a la hecho único, súbito e imprevisto y no de una franquicia establecida en la póliza, de ocasio- acción continuada en el tiempo. narse daños a terceros por imprudencia, impe- ricia o negligencia en el ejercicio de la activi- - las aguas residuales de la empresa sean con- dad empresarial o autónoma declarada, ARAG venientemente evacuadas mediante instalación garantiza la defensa del Asegurado (empresa o depuradora debidamente autorizada. autónomo) y en su caso, también de sus repre- sentantes legales y asalariados, frente al ter- - el Asegurado disponga de licencia de activi- cero perjudicado por el siniestro, derivada de: dad o ambiental si estuviese legalmente obli- a) La responsabilidad civil de explotación, gado a ello. entendiendo por tal la exigible al Asegurado o a sus empleados por los daños causados a ter- Se excluye expresamente de la cobertura del ceros en el desarrollo de su actividad, por los presente apartado d) la defensa del Asegu- objetos y maquinaria que utilicen en su come- rado por los daños causados por la radiación tido y por el local o locales destinados a la acti- o contaminación radiactiva de cualquier tipo. vidad empresarial o autónoma. 2. La garantía se extiende a la defensa del Ase- gurado, ante la reclamación contra el mismo b) La responsabilidad civil de productos o ser- por parte de la Aseguradora de Responsabili- vicios, entendiendo por tal la exi gible al Ase- dad Civil, en ejercicio de su derecho de repeti- gurado o a sus empleados por los daños cau- ción, de las indemnizaciones pagadas al perju- sados a clientes o terceros, por los productos o dicado o a sus herederos. servicios propios de la actividad empresarial o autónoma, una vez entregados o prestados. En los supuestos en que exista obligación legal de asegurar la responsabilidad civil, sólo se Se excluye de la cobertura del presente apar- prestará esta garantía si el Asegurado acre- tado b) la defensa del Asegurado por los dita disponer de seguro obligatorio en vigor. daños causados por los productos o servicios entregados o prestados antes del efecto del seguro y los que no se manifiesten en el plazo 12. Defensa de derechos sobre el local de un año a contar desde su fecha de entrega o ejecución. ARAG garantiza la defensa de los derechos del Asegurado en relación con el local o locales, c) La responsabilidad civil patronal, enten- situados en territorio español y destinados a la diendo por tal la exigible al Asegurado por los actividad empresarial o autónoma declarada. daños corporales sufridos por sus empleados 1. Como propietario, usufructuario o arrendata- en el desempeño del trabajo. rio del local, la garantía comprende: d) La responsabilidad civil por contaminación, - La defensa y reclamación de sus intereses en entendiendo por tal la exigible al asegurado o los conflictos con sus vecinos, situados a dis- a sus empleados por los daños causados a ter- tancia no superior a 100 metros, por infracción ceros, por la contaminación o perturbación del de normas legales relativas a emanaciones de aire, de las aguas, del suelo o de la flora y la humos o gases, higiene, ruidos persistentes y 9 [Seite 10] Condiciones Generales actividades molestas, nocivas o peligrosas. desarrollo de la actividad empresarial o autó- - La reclamación por incumplimiento de los noma descrita en las Condiciones Particulares contratos de servicios de obras, reparación, de la póliza y cuyo destino final sea la empresa conservación o mantenimiento del local y de o autónomo amparado por la misma, su local o sus instalaciones fijas, siempre que el pago de locales o bien la realización de la propia activi- tales servicios corresponda íntegramente al dad declarada: Asegurado. - Contratos de compra a proveedores de mobi- 2. Como propietario o usufructuario: liario, maquinaria, equipos electrónicos o infor- - La defensa y reclamación de sus intereses en máticos, útiles, género, mercancías, materias los conflictos con sus vecinos, situados a dis- primas y productos, propios de la actividad tancia no superior a 100 metros, por cuestio- empresarial o autónoma. nes de servidumbres de paso, luces, vistas, dis- tancias, lindes y medianerías. - Contratos de arrendamiento de mobiliario, úti- les, maquinaria y equipos electrónicos o infor- - La defensa y reclamación de sus intereses máticos, derivados de la actividad empresarial frente a la comunidad de propietarios del o autónoma, siempre que tal arrendamiento de inmueble en que se halle el local, siempre que bienes muebles no constituya esencialmente esté al corriente de pago de las cuotas legal- la propia actividad de la empresa objeto del mente acordadas. seguro. - La defensa de su responsabilidad penal en los - Contratos de depósito de mobiliario, maqui- procesos que se le sigan como miembro de la naria, equipos electrónicos o informáticos, úti- junta de copropietarios del inmueble en que se les, género, mercancías, materias primas y pro- halle el local. ductos, propios de la actividad empresarial o autónoma, siempre que tal arrendamiento de 3. Como arrendatario: bienes muebles no constituya esencialmente - La defensa y reclamación de sus intereses en la propia actividad de la empresa amparada los conflictos derivados del contrato de arren- por el seguro. damiento del local. No quedan cubiertos los juicios de desahucio por falta de pago. No incluye la presente garantía los contratos sobre vehículos a motor, aunque sean de uso Quedan excluidos de todas las coberturas comercial o industrial. de este artículo, los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de este, 14. Reclamación en contratos de ser- según sentencia judicial firme. vicios ARAG garantiza la reclamación por incumpli- 13. Reclamación en contratos sobre miento de los siguientes contratos de arrenda- bienes muebles miento de servicios, concertados por el Asegu- rado en el desarrollo de la actividad empresarial ARAG garantiza la reclamación por incumpli- o autónoma descrita en las Condiciones Parti- miento de los siguientes contratos sobre bienes culares de la póliza y cuyo destino final sea la muebles, concertados por el Asegurado en el empresa o autónomo amparado por la misma, 10 [Seite 11] Condiciones Generales su local o locales o bien estén destinados a la zación de la propia actividad declarada, siem- realización de la propia actividad declarada: pre que el importe reclamado exceda de 600 - Servicios de reparación y mantenimiento de euros porsiniestro. bienes muebles, incluida la maquinaria y equi- pos electrónicos o informáticos y de sus pro- gramas operativos. 16. Defensa del empresario ante la inspección de trabajo Servicios de profesionales titulados. No incluye la anterior definición los servicios de industria- ARAG garantiza la defensa del Asegurado en les, tales como fontaneros, electricistas, car- los procedimientos instados por la Inspección pinteros, pintores y otras actividades similares de Trabajo y Seguridad Social, por supuestas de tipo industrial. infracciones de la normativa legal aplicable a la empresa o autónomo y a la actividad ampa- - Servicios médicos y hospitalarios, cuyo desti- rada por el seguro, en materia de condiciones natario sea el Asegurado o sus asalariados. de trabajo, empleo, seguridad social y seguri- - Servicios de viajes y de hostelería. dad y salud en el trabajo. - Servicios privados de vigilancia y seguridad. - Servicios de limpieza, lavandería y tintorería. La defensa garantizada comprenderá siem- - Servicios de transportes, mudanzas y mensa- pre la vía administrativa. Incluirá también la jería. vía judicial, cuando el litigio sea por cuantía no inferior a 600 euros o conlleve el cierre del Los anteriores contratos de arrendamiento de local o el cese de la actividad empresarial o servicios quedarán garantizados siempre que autónoma. no constituyan esencialmente la propia activi- dad de la empresa objeto del seguro. El Asegurado responderá directamente del importe de la sanción que, definitivamente, se No incluye la presente garantía los contratos le imponga, sin que recaiga sobre el Asegura- sobre vehículos a motor, aunque sean de uso dor responsabilidad alguna por tal concepto. comercial o industrial. Tampoco incluye esta garantía los contratos de suministros, tales como agua, gas, electricidad o teléfono,a los 17. Defensa del empresario en contra- que se refiere el siguiente artículo 15. tos laborales 15. Reclamación en contratos de sumi- ARAG garantiza la defensa como demandado del titular de la empresa o del autónomo ampa- nistros rado por el seguro, en relación directa con un conflicto laboral, de carácter individual, pro- ARAG garantiza la reclamación por incumpli- movido por alguno de sus asalariados, debi- miento de los contratos de suministros de agua, damente inscrito en el régimen general de la gas, electricidad y teléfono, concertados por Seguridad Social, que deba sustanciarse ante el Asegurado en el desarrollo de la actividad los organismos de conciliación y la jurisdicción empresarial o autónoma descrita en las Condi- social. ciones Particulares de la póliza y cuyo destino final sea la empresa o autónomo amparado Queda incluida la defensa del titular de la por la misma, su local o locales o bien la reali- empresa o del autónomo asegurado ante la 11 [Seite 12] Condiciones Generales jurisdicción social, con inclusión de la previa les comerciales e industriales y de oficinas y vía administrativa, en los litigios promovidos despachos abiertos al público y los profesio- por sus asalariados en relación con el Instituto nales que ejerzan su profesión conjuntamente Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y con otros en régimen societario o bajo cual- Mutualidades de Previsión Social. quier otra forma jurídica admitida en derecho no tendrán en ningún caso la consideración No comprende esta garantía la defensa del de trabajadores autónomos económicamente Asegurado en los procedimientos instados por dependientes, tal como se establece en la ley la Inspección de Trabajo, a los que se refiere el citada en el párrafo anterior. anterior artículo 16. 20. Gastos de peritaje 18. Reclamación de prestaciones sociales del autónomo Cuando a consecuencia de un hecho produ- cido durante la vigente anualidad de seguro, 1. ARAG garantiza en favor del autónomo ampa- que afecte a los bienes muebles propiedad del rado por el seguro la reclamación de presta- Asegurado o bien a los inmuebles destinados ciones sociales en litigios relacionados con el a la actividad empresarial o autónoma garan- Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mon- tizada, se produzcan daños cuyo valor presu- tepíos y Mutualidades de Previsión Social. puestado exceda de 300 euros, el Asegurado podrá solicitar a ARAG la designa de un perito 2. Particularmente se garantiza al autónomo para que efectúe la valoración pericial de los asegurado la reclamación ante el Instituto daños, siendo a cargo del Asegurador los gas- Nacional de la Seguridad Social, de los dere- tos y honorarios de la peritación hasta el límite chos derivados de la pensión de jubilación, viu- cuantitativo establecido en las Condiciones dedad o invalidez que pudiera corresponderle. Particulares de la póliza. El número máximo de peritajes garantizados 19. Defensa laboral del autónomo eco- por la presente cobertura, será de tres en cada anualidad de seguro. nómicamente dependiente En ningún caso comprenderá esta garantía los Cuando el autónomo amparado por el seguro peritajes efectuados a los vehículos a motor y sea económicamente dependiente, en virtud sus remolques, embarcaciones o aeronaves de lo dispuesto en la Ley 20/2007, de 11 de propiedad del Asegurado, aunque sean de uso julio, del Estatuto del trabajo autónomo, ARAG comercial o industrial. garantiza expresamente la defensa o reclama- ción de sus intereses en los conflictos indivi- duales de trabajo con la empresa con la que 21. Reclamación extrajudicial de fac- desarrolle de forma habitual, personal, directa y predominante su actividad autónoma y cuyo turas impagadas conocimiento corresponda a los organismos de conciliación y la jurisdicción social. ARAG garantiza la reclamación, en vía extraju- dicial, de aquellas facturas impagadas de las Los titulares de establecimientos o loca- que resulte acreedor el Asegurado y que se 12 [Seite 13] Condiciones Generales hayan devengado en el ámbito de su actividad la defensa de los intereses del Asegurado. empresarial o autónoma. 6. Los honorarios y gastos de peritos necesa- Queda expresamente excluida de esta garan- rios. tía la reclamación de facturas en vía judicial. 7. Los honorarios y gastos de dictámenes téc- Para tener derecho a esta prestación, la recla- nico-actuariales, cuando sean necesarios para mación a efectuar deberá reunir los siguientes reclamar una indemnización. requisitos: 8. Los honorarios y gastos derivados de la tra- mitación de declaración judicial o notarial de - Que la operación mercantil origen de la fac- herederos, cuando sea requisito imprescindible tura impagada se haya celebrado en fecha para la indemnización de los beneficiarios, en posterior a la entrada en vigor de esta garantía caso de fallecimiento del Asegurado a conse- y una vez transcurrido el plazo de carencia. cuencia de un siniestro cubierto por este con- - Que el impago se encuentre documentado, trato. vencido y no prescrito, y que sea de importe 9. Cualquier otra prestación garantizada expre- igual o superior a 300 euros. samente por la póliza. Asimismo, se garantiza la constitución, en los - Que el impago proceda de una operación de procesos penales amparados por la póliza, de lícito comercio. las fianzas exigidas al Asegurado, para: - Que el deudor no haya sido declarado insol- 1. Obtener su libertad provisional. vente según declaración judicial. 2. Avalar su presentación al acto del juicio. 3. Responder del pago de las costas judiciales, Plazo de carencia: Se establece en la presente con exclusión de indemnizaciones y multas. garantía un plazo de carencia de un mes a contar desde la fecha de efecto de la misma. 23. ¿Cuáles son los límites del seguro? La cobertura de esta garantía queda limitada a la reclamación extrajudicial de un máximo ARAG asumirá los gastos descritos dentro de de hasta 6 facturas impagadas por anualidad los límites y hasta la cifra máxima contratada de seguro, no acumulables. para cada siniestro, que se determinan en estas Condiciones Generales y en las Particu- lares de la póliza. 22. ¿Qué alcance tiene el seguro? Tratándose de hechos que tengan una misma ARAG garantiza los gastos siguientes: causa serán considerados, a los efectos del 1. Las tasas, derechos y costas judiciales deri- seguro, como un siniestro único. vadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos. El Asegurador estará obligado al pago de 2. Los gastos derivados del procedimiento de la prestación, salvo en el supuesto de que el mediación cubierto siniestro haya sido causado por mala fe del 3. Los honorarios y gastos de abogado. Asegurado. 4. Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva. En caso de que en un procedimiento de media- 5. Los gastos notariales y de otorgamiento ción no se llegue a un acuerdo entre las par- de poderes para pleitos, así como las actas, tes y, debido a ello, el Asegurado acuda a un requerimientos y demás actos necesarios para procedimiento judicial, los gastos de los profe- 13 [Seite 14] Condiciones Generales sionales que hayan intervenido en el procedi- Los datos que el Tomador haya facilitado en la miento de mediación se deducirán del límite de solicitud del seguro constituyen la base de este gastos previsto en las Condiciones Generales contrato. y Particulares de este seguro para el resto de procedimientos cubiertos. Si el contenido de la presente póliza difiere de la solicitud del seguro o de las cláusulas acorda- En las garantías que supongan el pago de das, el Tomador podrá reclamar al Asegurador una cantidad líquida en dinero, el Asegurador en el plazo de un mes a contar desde la entrega está obligado a satisfacer la indemnización al de la póliza, para que subsane la divergencia término de las investigaciones y peritaciones existente. Transcurrido este plazo sin efectuarse necesarias para establecer la existencia del la reclamación, se estará a lo dispuesto en la siniestro. En cualquier supuesto, el Asegura- póliza. dor abonará, dentro de los 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el El Tomador del seguro tiene el deber de declarar importe mínimo de lo que pueda deber, según a ARAG, antes de la formalización del contrato y las circunstancias por él conocidas. Si en el de acuerdo con el cuestionario que se le faci- plazo de tres meses desde la producción del lite, todas las circunstancias por él conocidas siniestro, el Asegurador no hubiere realizado que puedan influir en la valoración del riesgo. dicha indemnización por causa no justificada Quedará exonerado de tal deber si el Asegura- o que le fuere imputable, la indemnización se dor no le somete a cuestionario o cuando, aun incrementará en un porcentaje equivalente sometiéndoselo, se trate de circunstancias que al interés legal del dinero vigente en dicho puedan influir en la valoración del riesgo y que momento, incrementado a su vez en un 50%. no estén comprendidas en él. 24. ¿Qué pagos no están cubiertos? El Asegurador podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes, a contar desde el momento La póliza no cubre: en que conozca la reserva o inexactitud de la 1. Las indemnizaciones y sus intereses, así declaración del Tomador. como las multas o sanciones que pudieran imponerse al Asegurado. Durante la vigencia del contrato, el Asegurado debe comunicar al Asegurador, tan pronto 2. Los impuestos u otros pagos de carácter como le sea posible, la alteración de los facto- fiscal dimanantes de la presentación de docu- res y las circunstancias declaradas en el cues- mentos públicos o privados ante los Organis- tionario al que se hace mención en este artículo mos oficiales. que agraven el riesgo y sean de tal naturale za que si hubieran sido conocidas por el Asegu- 3. Los gastos que procedan de una acumula- rador en el momento de la perfección del con- ción o reconvención judicial, cuando se refie- trato, no lo habría concluido o lo habría hecho ran a materias no comprendidas en las cober- en condiciones más gravosas. turas garantizadas. Conocida una agravación del riesgo, ARAG puede proponer, en el plazo de dos meses, la 25. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué modificación del contrato u optar por su resci- sión en el plazo de un mes. se debe informar sobre el riesgo? 14 [Seite 15] Condiciones Generales Si se produce una disminución del riesgo, el defensas penales y administrativas, se enten- Tomador tiene derecho, a partir de la siguiente derá producido el siniestro en el momento en anualidad, a la reducción del importe de la que se haya realizado o se pretenda que se ha prima en la proporción correspondiente. realizado el hecho punible o sancionable. En las reclamaciones por culpa no contractual, 26. ¿Cuándo se abonan las primas? en el momento mismo en que el daño ha sido causado. El Tomador del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la perfección Por último, en litigios sobre materia contractual, del contrato. Las sucesivas primas deberán en el momento en que se inició o se pretende hacerse efectivas a sus vencimientos. Salvo que se inició, el incumplimiento de las normas pacto en contra, el abono de la prima se efec- contractuales. tuará en el domicilio del Tomador del seguro. En caso de impago de la primera prima, no comenzarán los efectos de la cobertura y el 29. ¿Existe plazo de carencia? Asegurador podrá resolver el contrato o exigir su pago. El impago de las anualidades suce- Definamos, en primer lugar, qué es un plazo de sivas producirá, una vez transcurrido un mes carencia: es el tiempo en que, con posteriori- desde su vencimiento, la suspensión de las dad a la fecha de efecto de una garantía, si se garantías de la póliza. En todo caso, la cober- produce un siniestro no está garantizado. tura tomará efecto a las 24 horas del día en que el Tomador pague la prima. En este seguro y para los supuestos con- tractuales y administrativos, existe un plazo El Asegurador puede reclamar el pago de la de carencia de tres meses a contar desde la prima pendiente en el plazo de seis meses, a fecha de efecto de la garantía, excepto para contar desde la fecha de su vencimiento. Trans- la cobertura del Artículo 21 de las Condicio- currido dicho plazo sin producirse la reclama- nes Generales de la póliza sobre reclamación ción, la póliza queda anulada desde la fecha extrajudicial de facturas impagadas, en la que del vencimiento. el plazo de carencia será de un mes. No se aplicará la carencia cuando la póliza se 27. ¿Qué debe entenderse por siniestro? emita en sustitución de otro seguro ARAG, que hubiera garantizado el siniestro. Se entiende por siniestro todo hecho o acon- tecimiento imprevisto, que cause lesión en los intereses del Asegurado o modifique su situa- 30. ¿Qué siniestros no están cubiertos? ción jurídica, producido estando en vigor la póliza. Con independencia de las exclusiones especí- ficas de cada garantía, se establecen en este seguro las siguientes exclusiones generales: 28. ¿Cuándo se entenderá producido un siniestro? 1. Cualquier clase de actuaciones que deri- ven, en forma directa o indirecta, de hechos Depende del caso de que se trate. Así: En las producidos por energía nuclear, alteraciones genéticas, radiaciones radiactivas, catástro- 15 [Seite 16] Condiciones Generales fes naturales, acciones bélicas, disturbios y 9. Las reclamaciones que puedan formularse actos terroristas. entre sí los Asegurados en esta póliza, salvo lo previsto en las garantías del artículo 11 cuando 2. Los litigios que se deriven o tengan su ori- cubre la defensa de la responsabilidad civil gen en huelgas, cierres patronales, conflictos patronal y del artículo 17 relativo a la defensa colectivos de trabajo o regulaciones de emp- del empresario en contratos laborales, y la leo. reclamación del Asegurado contra el Asegu- rador en este contrato. 3. Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo 10. Los hechos cuyo origen o primera mani- o culpa grave por parte de éste, según senten- festación se haya producido antes de la fecha cia judicial firme. de efecto del seguro y aquellos que se decla- 4. Los hechos que se produzcan en el ámbito ren después de transcurrir dos años desde la de la vida particular del Asegurado o deriven fecha de rescisión o extinción de las garantías de cualquier actividad distinta a la empresa- contratadas. rial o autónoma amparada por la póliza. 5. Los siniestros que tengan su origen o estén 31. ¿Cuándo y cómo debe declararse relacionados con la transformación de un el siniestro? local amparado por el seguro o bien con el proyecto, construcción o derribo del inmueble El Tomador del seguro o el Asegurado deberán en que el local se halle situado. comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días 6. Los siniestros relacionados con aeronaves, de haberlo conocido, salvo que se haya fijado con embarcaciones o con vehículos a motor en la póliza un plazo más amplio. En caso de y sus remolques, aunque sean de uso comer- incumplimiento, el Asegurador podrá reclamar cial o industrial, siempre que dichos medios los daños y perjuicios causados por la falta de de transporte sean propiedad del Asegurado declaración. o estén bajo su responsabilidad, aunque sea ocasionalmente. Este efecto no se producirá si se prueba que el Asegurador ha tenido conocimiento del sinies- 7. Los conflictos derivados del incumplimiento tro por otro medio. de cualquier obligación contractual distinta de las expresamente garantizadas en esta póliza. El Tomador del seguro o el Asegurado deberá, además, dar al Asegurador toda clase de infor- 8. Los litigios sobre propiedad intelectual o maciones sobre las circunstancias y consecu- industrial, de derecho de sociedades y sobre encias del siniestro. cuestiones financieras y bancarias, o relacio- nados con las cosas consideradas muebles En caso de violación de este deber, la pérdida en el artículo 336 del Código Civil, es decir, del derecho a la indemnización sólo se produ- rentas o pensiones, contratos sobre servicios cirá en el supuesto de que hubiese concurrido públicos y cédulas o títulos representativos de dolo o culpa grave. préstamos hipotecarios, así como los proce- dimientos judiciales en materia de urbanismo, concentración parcelaria y expropiación. 32. ¿Cómo se tramita el siniestro? 16 [Seite 17] Condiciones Generales Una vez declarado y aceptado el siniestro, ARAG ARAG se hará cargo de todos los gastos y hono- prestará las garantías y asumirá los gastos cor- rarios debidamente acreditados derivados de respondientes, de acuerdo con la naturaleza y la prestación de las coberturas contratadas, circunstancias del siniestro. hasta el límite cuantitativo establecido en las Condiciones Particulares del seguro, con suje- En cumplimiento de las coberturas contratadas ción, en todo caso, a los límites previstos en el en la póliza, siempre que fuera posible el Ase- artículo 35 para el pago de honorarios profe- gurador llevará a cabo la gestión de un arreglo sionales. transaccional en vía amistosa o extrajudicial que reconozca las pretensiones o derechos Ningún miembro del personal de ARAG que se del Asegurado. La reclamación por dicha vía ocupe de la gestión de siniestros de Defensa amistosa o extrajudicial corresponderá exclu- Jurídica, realizará actividades parecidas en sivamente al Asegurador. otros ramos o en otras entidades que operen en ramos distintos del de Vida. Si la vía amistosa o extrajudicial no ofreciese resultado positivo aceptable por el Asegurado, de conformidad con las expresas coberturas 33. ¿Qué hacer en caso de desavenen- contratadas se procederá a la tramitación por cia sobre la tramitación? vía judicial, siempre que lo solicite el interes- ado y no sea temeraria su pretensión, de una Cuando el Asegurador, por considerar que de las dos formas siguientes: no existen posibilidades razonables de éxito, estime que no procede la iniciación de un a) A partir del momento en que el Asegurado pleito o la tramitación de un recurso, deberá se vea afectado por cualquier procedimiento comunicarlo al Asegurado. judicial, administrativo o arbitral, podrá ejerci- tar el derecho a la libre elección de profesio- En caso de desavenencia, podrán las partes nales que le representen y defiendan en el cor- acogerse al arbitraje previsto en el artículo 39 respondiente litigio, acordando con los mismos de estas Condiciones Generales. las circunstancias de su actuación profesional e informando de todo ello al Asegurador. El Asegurado tendrá derecho, dentro de los límites de la cobertura concertada, al reem- b) En el supuesto de que el Asegurado no ejer- bolso de los gastos habidos en los pleitos y citara su derecho a la libre elección de profe- recursos tramitados en discrepancia con el sionales y el trámite del procedimiento exigiera Asegurador, o incluso con el arbitraje, cuando, su intervención,ARAG los designará en su lugar, por su propia cuenta, haya obtenido un resul- siempre de conformidad con el Asegurado. tado más beneficioso. Si el Asegurado decidiese acudir a la media- ción prevista en la Ley 5/2012, de 6 de julio, 34. ¿Cómo se efectúa la elección de de mediación en asuntos civiles y mercantiles como método alternativo para la resolución del abogado y procurador? conflicto que le afecta, deberá comunicarlo a ARAG con anterioridad a la realización de la El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente solicitud de inicio. el procurador y abogado que hayan de repre- sentarle y defenderle, a partir del momento en que se vea afectado por cualquier procedi- 17 [Seite 18] Condiciones Generales miento judicial, administrativo o arbitral ampa- por el Consejo General de la Abogacía Espa- rado por la cobertura de este seguro. ñola y de no existir estas normas se estará a lo dispuesto por las de los respectivos cole- Antes de proceder a su nombramiento, el gios. Las normas orientativas de honorarios Asegurado comunicará a ARAG el nombre del serán consideradas como límite máximo de la abogado y procurador elegidos. obligación del Asegurador. Las discrepancias sobre la interpretación de dichas normas serán Si el abogado o procurador elegido por el Ase- sometidas a la comisión competente del Cole- gurado no reside en el partido judicial donde gio de Abogados correspondiente. haya de sustanciarse el procedimiento, serán a cargo del Asegurado los gastos y honora- En el supuesto de que el siniestro se haya tra- rios por los desplazamientos que el profesional mitado de acuerdo con lo establecido en el incluya en su minuta. apartado a) del artículo 32, ARAG reintegrará al Asegurado los honorarios devengados por el El abogado y procurador designados por el profesional que libremente haya elegido, con el Asegurado, gozarán de la más amplia libertad límite establecido en las Condiciones Particula- en la dirección técnica de los asuntos enco- res de esta póliza, y siempre con sujeción a las mendados, sin estar sujetos, en ningún caso, normas colegiales referidas en el párrafo ante- a las instrucciones del Asegurador, el cual no rior cuando se trate de honorarios de abogado. responde de la actuación de tales profesionales ni del resultado del asunto o procedimiento. Si, por elección del Asegurado, interviniera en el siniestro más de un abogado, el Asegurador Cuando deban intervenir con carácter urgente satisfará como máximo los honorarios equiva- abogado o procurador antes de la comunica- lentes a la intervención de uno sólo de ellos, ción del siniestro, ARAG satisfará igualmente los para la completa defensa de los intereses del honorarios y gastos derivados de su actuación. Asegurado, y ello sujeto siempre a las normas En caso de conflicto de intereses entre las partes de honorarios citadas anteriormente. del contrato, ARAG informará inmediatamente al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir Cuando el profesional haya sido designado sobre la designación del abogado y procurador por el Asegurador de conformidad con el Ase- que estime conveniente para la defensa de sus gurado, de acuerdo con lo establecido en el intereses, conforme a la libertad de elección apartado b) del artículo 32, ARAG asumirá los reconocida en este artículo. honorarios derivados de su actuación, satisfa- ciéndolos directamente al profesional, sin cargo alguno para el Asegurado. 35. ¿Cuál es el límite para el pago de honorarios profesionales? Los derechos del procurador, cuando su inter- vención sea preceptiva, serán abonados con- Sin perjuicio del límite cuantitativo de la póliza forme arancel o baremo. que se establece en el artículo 23 de estas Con- diciones Generales, ARAG satisfará los honora- rios del abogado que haya intervenido en un 36. ¿Puede el asegurado aceptar procedimiento judicial, administrativo o arbitral transacciones? en el que se haya visto afectado el Asegurado, con sujeción a las normas fijadas a tal efecto El Asegurado puede transigir los asuntos en 18 [Seite 19] Condiciones Generales trámite, pero si ello produce obligaciones o entre las partes? pagos a cargo del Asegurador, ambos debe- rán actuar siempre y previamente de común El Asegurado tendrá derecho a someter a arbi- acuerdo. traje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre el presente con- trato de seguro. 37. ¿Cuál es la extensión territorial del seguro? La designación de árbitros no podráhacerse antes de que surja la cuestióndisputada. Si Las garantías del seguro serán de aplicación a cualquiera de las partes decidiese ejercitar sus los siniestros producidos en territorio español, acciones ante los organismos jurisdiccionales, salvo que en las Condiciones Particulares de deberá acudirse al juez del domicilio del Ase- la póliza se pacte diferente extensión. gurado, único competente por imperativo legal. En el caso de que el Asegurado resida en el Andorra y Gibraltar se asimilarán a España a extranjero deberá designar un domicilio en los efectos de las garantías contratadas. España. 38. ¿Cuál es la duración del seguro? 40. ¿Existe subrogación? El seguro entra en vigor en el día y hora indica- ARAG se subroga automáticamente en los dere- dos en las Condiciones Particulares de la póliza, chos y acciones que correspondan al Asegu- siempre y cuando se haya satisfecho la prima rado contra terceras personas, a consecuencia correspondiente, y terminará a la misma hora del hecho que originó la prestación garanti- del día en que se cumpla el tiempo estipulado. zada, para intentar recuperar el importe de los A su vencimiento, el seguro se entenderá pror- pagos efectuados. rogado por un nuevo período de un año y así sucesivamente. 41. ¿Cómo se efectúan las comunica- Las partes pueden oponerse a la prórroga del ciones entre las partes? contrato de seguro mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo Las comunicaciones a ARAG se realizarán en la de, al menos, un mes de anticipación a la con- dirección del Asegurador, sucursal o agente clusión del período del seguro en curso cuando autorizado por aquél. quien se oponga a la prórroga sea el Tomador, y de dos meses cuando sea el Asegurador. Las comunicaciones al Tomador del seguro o Asegurado se realizarán en el domicilio que El asegurador deberá comunicar al Tomador, al conste en la póliza. El Tomador deberá notificar menos con dos meses de antelación a la con- cualquier cambio de domicilio que se produzca. clusión del período en curso, cualquier modifi- cación del contrato de seguro. 42. ¿Cuándo prescriben las acciones 39. ¿Cómo se solucionan los conflictos derivadas del seguro? 19 [Seite 20] Condiciones Generales Las acciones derivadas de este contrato de seguro prescriben en el plazo de dos años, a Para poder beneficiarse de estas ventajas, los contar desde el momento en que pudieron ejer- interesados se pueden dirigir al número de telé- citarse. fono 934 857 345, gestionado por ALS (CIF: B64507171). 43. Quejas y reclamaciones ARAG S.E., Sucursal en España dispone de un Departamento de Atención al Cliente (c/ Roger de Flor, 16, 08018 - Barcelona, e-mail: dac@ ARAG.es, web: www. ARAG.es) para atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus asegurados les presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconoci- dos, que serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de un mes desde su presentación. En caso de disconformidad con la resolución adoptada por el Departamento de Atención al Cliente, o si ha transcurrido el plazo de un mes sin haber obtenido respuesta, el reclamante podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046 - Madrid, Teléfonos: 902 19 11 11 o 952 24 99 82, web: www.dgsfp.mineco.es) Acceso a la red de despachos de abogados. En supuestos no garantizados por este contrato y que requieran de la intervención profesional de un abogado, se pondrá al alcance del usua- rio del servicio, que así lo requiera, la posibili- dad de acceder a los abogados de la red ARAG, en condiciones ventajosas de contratación. En estos casos, serán íntegramente a cargo del usuario del servicio tanto los honorarios de abogado y de cualquier otro profesional inter- viniente, como cualquier otro gasto derivado de las actuaciones que se lleven a cabo. 20 [Seite 21] Mod. 02237 (0219) ARAG SE, Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775, Folio 116, Sección 8, Hoja M-658809, Inscripción 2. NIF W0049001A.
Mostrar el texto completo: ARAG Empresa P.J., Documento de información (IPID)
[Seite 1] Hoja de información de producto de seguros Seguro de Defensa Jurídica ARAG SE, Sucursal en España (DGSFP E0210) Producto: ARAG Empresa P.J. Esta hoja de información es una breve descripción del seguro, por lo que no está completa. La información precontractual y contractual completa se facilitará en otros documentos tales como la solicitud de seguro o las condiciones generales y particulares de la póliza.. Para estar completamente informado, lea atentamente todos los documentos que se le faciliten. ¿En qué consiste este tipo de seguro? En prestar al asegurado los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial y en hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el mismo, como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial, administrativo, arbitral o de mediación, derivados de la cobertura del seguro. Los honorarios de profesionales intervinientes ¿Qué se asegura? (abogados, peritos, procuradores). Gastos notariales y de otorgamiento de poderes. Los principales supuestos asegurables son: Constitución de fianzas. Garantías básicas: Asistencia jurídica telefónica. ¿Qué no está asegurado? Defensa en cuestiones administrativas. Reclamación de daños. Las indemnizaciones y sus intereses, las multas Defensa de otros seguros. y las sanciones que se le impongan al asegurado. Defensa de la responsabilidad penal. Los impuestos y otros pagos de carácter fiscal. Defensa suplementaria de la responsabilidad civil. Los gastos procedentes de una acumulación o Defensa de derechos sobre el local. reconvención judicial referida a materias no Reclamación en contratos sobre bienes muebles. comprendidas en las garantías del seguro. Reclamación en contratos de servicios. Reclamación en contratos de suministros. Defensa ante la Inspección de Trabajo. ¿Existen restricciones en lo que Defensa en contratos laborales. respecta a la cobertura? Reclamación de prestaciones sociales del Autónomo. Defensa laboral del autónomo económicamente Las principales restricciones son las siguientes: dependiente. Carencia (Período en el que todavía no se puede disfru- Reclamación extrajudicial de facturas impagadas. tar de la cobertura): • 3 meses en supuestos contractuales y administrativos. Garantía Opcional: • 1 mes reclamación de facturas impagadas. Gastos de peritaje. Mínimo Litigioso (Cantidad mínima para presentar demanda judicial. Se ampara el contencioso adminis- ¿Cuál es la suma asegurada? trativo si la cuantía litigiosa no es inferior a 600 euros o conlleva el cierre del local, o el cese de la actividad. Seguro de Defensa Jurídica (DGSFP E0210) Las sumas aseguradas para las garantías contratadas Los litigios que se deriven o tengan su origen en huelgas, se detallan en el correspondiente condicionado general y cierres patronales, conflictos colectivos de trabajo o particular de la poliza. regulaciones de empleo. Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado ¿Qué costes asumimos? o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme. Los principales costes que se asumen: Los siniestros que tengan su origen o estén relacionados Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas con la transformación de un local amparado por el de la tramitación de los procedimientos cubiertos. seguro o bien con el proyecto, construcción o derribo del [Seite 2] inmueble en que el local se halle situado. Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los Los siniestros relacionados con aeronaves, Asegurados en esta póliza, salvo lo previsto expresa- embarcaciones o vehículos a motor y sus remolques, mente y la reclamación del Asegurado contra el Asegu- aunque sean de uso comercial o industrial, siempre rador en este contrato. que dichos medios de transporte sean propiedad del Los hechos cuyo origen o primera manifestación se haya Asegurado o estén bajo su responsabilidad, aunque sea producido antes de la fecha de efecto del seguro y aquel ocasionalmente. los que se declaren después de transcurrir dos años Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial, de desde la fecha de rescisión o extinción de las garantías derecho de sociedades y sobre cuestiones financieras y contratadas. bancarias, o relacionados con las cosas consideradas muebles en el artículo 336 del Código Civil, así como los procedimientos judiciales en materia de urbanismo, concentración parcelaria y expropiación. ¿Dónde estoy cubierto? Las garantías del seguro serán de aplicación a los siniestros producidos en territorio español, salvo que en las Condiciones Particulares de la póliza se pacte diferente extensión. Andorra y Gibraltar se asimilarán a España a los efectos de las garantías contratadas. ¿Cuáles son mis obligaciones? Las obligaciones del asegurado son las siguientes: • Pagar la prima en las condiciones estipuladas en la póliza. • Declarar a ARAG, antes de la formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, de acuerdo al cuestionario que se le someta. • Comunicar durante la vigencia del contrato a ARAG la alteración de las circunstancias declaradas en el cuestionario que agraven el riesgo. • Comunicar a ARAG la ocurrencia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio. • Dar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro y emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo. ¿Cuándo y cómo tengo que hacer mis pagos? El contratante del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la formalización del contrato. Las sucesivas primas deberán hacerse efectivas según lo indicado en las cláusulas particulares en los correspondientes vencimientos. En función del acuerdo con la compañía, el pago de la prima podrá ser anual o fraccionado y (podrá) realizarse mediante domiciliación bancaria, por transferencia o por tarjeta. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? La duración temporal de la cobertura del seguro es la indicada en las Condiciones Particulares. Seguro de Defensa Jurídica (DGSFP E0210) ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Si en las Condiciones Generales se establece que el contrato se renueva cada año, usted podrá oponerse comuni- cándonoslo por escrito al menos un mes antes de la fecha de renovación. Caso especial: Si usted ha contratado su seguro a distancia, puede anularlo durante los primeros 14 días enviándonos una comunicación escrita. Sin embargo, no podrá anularlo si es un seguro de viaje o equipaje y dura menos de un mes o si es cualquier otro tipo de seguro y dura menos de 14 días.