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Corredor de seguros / Seguro de defensa jurídica para empresas / Archivo de condiciones

IRIS GLOBAL Defensa Jurídica PYMES Completo: el condicionado completo

Defensa jurídica completa para pymes que amplía la básica con protección de datos, contratos laborales como demandado, Inspección de Trabajo y defensa fiscal en vía económico-administrativa; límite de 6.000 euros por evento.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a IRIS GLOBAL en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza IRIS GLOBAL Defensa Jurídica PYMES Completo de IRIS GLOBAL (Seguro de defensa jurídica para empresas) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a IRIS GLOBAL y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 70 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Límite por siniestrosí, hasta 6.000 €„La cuantía máxima garantizada para los gastos que implique la defensa jurídica del Asegurado, incluyendo las Fianzas Judiciales, a prestar por cada evento cubierto por esta garantía, se establece en 6.000 euros“5, página 10
Límite anual para todos los siniestrosno regulado
Anticipo de fianza penalsí, hasta 6.000 €„Constitución de fianzas en los procedimientos penales.“5 e), página 10
Franquicia por siniestrono regulado
Franquicia variable o porcentual (parte de los costes, importe mínimo)no regulado
Sin franquicia en asesoramiento, mediación o acuerdo tempranono regulado
Ámbito territorial para la actividad empresarialsí„se garantizan los eventos asegurados producidos en territorio español que sean competencia de Juzgados y Tribunales españoles.“4, página 9
Garantía de cobertura mínima según condicionado modelono regulado

Carencias y causas anteriores

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Carencia general desde el iniciosí„En los derechos relativos a materia contractual y administrativa, el plazo de carencia será de tres meses a contar desde la fecha en que entró en vigor la garantía.“7, página 11
Carencia en materia laboralno regulado
Carencia en contratos de la empresasí„En los derechos relativos a materia contractual y administrativa, el plazo de carencia será de tres meses“7, página 11
Carencia en materia tributariano regulado
Carencia en locales y inmuebles del negociono regulado
Sin carencia en daños, penal, infracciones y tráficosí„En los derechos relativos a materia contractual y administrativa, el plazo de carencia será de tres meses“7, página 11
Cómputo de la póliza anterior en la carenciano regulado
Renuncia a la objeción de causa anteriorno regulado

Coberturas para la empresa

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Reclamación de daños de la empresasí„reclamando, judicial o extrajudicialmente, los daños de origen no contractual ocasionados por un tercero y que haya sufrido tanto en su persona como en los bienes asegurados.“3.2, página 5
Defensa laboral como empleadorsí„Comprende la defensa de los intereses del Asegurado como demandado, en relación directa con un conflicto laboral, de carácter individual“3.14, página 9
Empleados asegurados en su trabajo para la empresano regulado
Seguridad social ante tribunalesno regulado
Seguridad social ya en vía administrativasí„Comprende la defensa de los intereses del Asegurado en relación con los procedimientos que se incoen por la inspección de Trabajo y de la Seguridad Social“3.15, página 9
Defensa tributaria ante tribunalesno„como obligado tributario, hasta agotar la vía“3.16, página 9
Defensa tributaria ya en vía de recursosí„Comprende la defensa de los intereses del Asegurado como obligado tributario, hasta agotar la vía económico- administrativa“3.16, página 9
Defensa administrativa (licencias, permisos)sí„Comprende la defensa del Asegurado en los procedimientos que se le sigan por la Administración, por infracciones a la normativa sobre aperturas, horarios, higiene, ruidos, actividades molestas y otros.“3.9, página 7
Defensa penal de titulares y empleados (delitos imprudentes)sí„contra el Asegurado por delitos o faltas de imprudencia, en su condición de titular del establecimiento asegurado.“3.7, página 7
Defensa penal especial (dolo, delitos económicos, medioambientales, fiscales)no„contra el Asegurado por delitos o faltas de imprudencia“3.7, página 7
Infracciones administrativas de la empresasí„El Asegurado responderá directamente del importe de las multas o sanciones que definitivamente le imponga la autoridad“3.9, página 8
Protección de datos (RGPD)sí„Comprende la defensa del Asegurado en los procedimientos que se le sigan por la Agencia Española de Protección de Datos“3.10, página 8
Procedimientos disciplinarios y colegialesno regulado
Asesoramiento jurídicosí„todas su consultas, dudas o problemas sobre cualquier materia jurídica referida a la actividad del asegurado“3.1, página 5

Módulos opcionales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contratos de la empresa (clientes, proveedores, servicios)sí„Comprende la reclamación por incumplimiento de los siguientes contratos de arrendamiento de servicios, que afecten a la actividad asegurada“3.4, página 6
Límite propio en contratos de la empresasí, hasta 6.000 €„se establece en 6.000 euros, con una cuantía mínima litigiosa de 180 euros.“5, página 10
Recobro de facturas impagadassí„El número máximo de reclamaciones por anualidad será de 10 en vía amistosa, de las que 5 podrán reclamarse en vía judicial, siempre que su importe alcance el mínimo litigioso de 180 euros.“3.12, página 8
Locales e inmuebles del negocio (alquiler, propiedad)sí„Comprende la defensa y reclamación de sus intereses como Asegurado, en relación con los conflictos derivados del contrato de alquiler del local de negocio, salvo si es demandado por falta de pago del alquiler.“3.3 b), página 6
Defensa de vehículos de la empresano„Los relacionados con vehículos a motor y sus remolques, de los que sean titulares los Asegurados de esta póliza.“12 b), página 12
Cobertura privada y de tráfico del titular y su familiano„Los que se produzcan en el ámbito de la vida particular del Asegurado“12 c), página 12
Defensa frente a reclamaciones contractualesno regulado
Reputación online y derechos de imagenno regulado
Propiedad intelectual, marcas y competenciano„Los litigios sobre cuestiones de propiedad intelectual e industrial o de sociedades“12 f), página 13
Concursos de clientes o proveedoresno regulado

Costes y servicios

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Mediación a cargo de la aseguradorano regulado
Asistencia jurídica telefónicasí„El Asegurado tendrá a su disposición, sin necesidad de pedir cita previa, un equipo especializado de Abogados ejercientes en distintas disciplinas jurídicas que atenderán telefónicamente“3.1, página 5
Revisión de contratos y condiciones por abogadosí„El Asegurador pondrá a disposición del Asegurado un Abogado que se ocupará de la revisión y redacción de escritos y contratos con contenido jurídico“3.8, página 7
Gastos de peritossí, hasta 600 €„siendo a cargo del Asegurador los gastos y honorarios de dicha peritación hasta un límite de 600 euros por anualidad de seguro.“6, página 10
Traductores e intérpretesno regulado
Ejecución (número de solicitudes cubiertas)no regulado
Costes del acuerdo sin reducción por resultadono regulado
Honorarios por encima de la tarifa legalno„Las normas orientativas de honorarios serán consideradas como límite máximo de la obligación del Asegurador.“9, página 11
Libre elección de abogadosí„El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle“8, página 11
Límite de honorarios en libre elecciónsí, hasta 3.000 €„En los límites descritos, la parte correspondiente a honorarios y gastos de Letrado no podrá superar el 50%.“5, página 10
Dictamen vinculante del abogadono regulado

Empresa y personas aseguradas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Personas aseguradas (titular, socios, administradores, familiares que trabajan)no regulado
Límite por número de empleados o facturaciónno regulado
Otros centros y sucursalesno regulado
Modalidad para autónomos o empresas sin empleadosno regulado
Cobertura para nuevos negociosno regulado
Actividades excluidas o restringidassí„y los originados por canteras, explotaciones mineras e instalaciones fabriles.“12 a), página 12

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contratos excluidos de la cobertura básicano regulado
Exclusión derecho societariosí„Los litigios sobre cuestiones de propiedad intelectual e industrial o de sociedades“12 f), página 13
Exclusión patentes, marcas y competenciasí„Los litigios sobre cuestiones de propiedad intelectual e industrial“12 f), página 13
Exclusión riesgo de construcciónsí„Los que tengan su origen o estén relacionados con el proyecto, construcción, transformación o derribo del inmueble o instalaciones donde se halle ubicado el establecimiento“12 a), página 12
Exclusión de la defensa frente a reclamaciones de dañossí„Comprende la defensa de la Responsabilidad Civil del Asegurado, siempre que no cuente con un seguro de Responsabilidad Civil“3.11, página 8
Exclusión de siniestros dolososno regulado
Exclusión de cárteles y fraude fiscalno regulado

Contrato y obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cuantía mínima litigiosasí, hasta 180 €„con una cuantía mínima litigiosa de 180 euros.“5, página 10
Rescisión de la aseguradora tras siniestrosno regulado
Cobertura posterior al cese o fallecimientosí„Los riesgos asegurados que se declaren después de transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o anulación de este contrato.“12 h), página 13
Deber de comunicar cambios de plantilla, facturación o actividadsí„La variación de las circunstancias declaradas debe ser comunicada al Asegurador.“Art. preliminar 2, página 4
Duración y preavisosí„Este seguro se entenderá prorrogado por un nuevo período de un año, y así sucesivamente salvo oposición por cualquiera de las partes“13, página 13
Defensa jurídica como contrato independiente o sección separada (art. 76c LCS)sí„PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA“Portada, página 1

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
IRIS GLOBAL Soluciones de Protección, Seguros y Reaseguros, S.A. (am Text prüfen)
Distribución
a través de corredores

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: IRIS GLOBAL Póliza de defensa jurídica Pymes Completo, Condiciones Generales
[Seite 1] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA PYMES COMPLETO Instrucciones en caso de siniestro, Condiciones Generales y Condiciones Particulares o Especiales ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. [Seite 2] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO Póliza de defensa jurídica Nº Este documento contiene: - Instrucciones en caso de siniestro - Nota Informativa - Condiciones Generales - Condiciones Particulares o especiales IMPORTANTE: Las copias para IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U deben estar en poder de la Aseguradora lo más rápidamente posible, y en todo caso, antes de la fecha de efecto del contrato. INSTRUCCIONES EN CASO DE SINIESTRO Llame siempre, lo antes posible, a la Central de Asistencia de IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U., a los teléfonos: Tlf. 91 572 44 15 (si llama desde España). Tlf. 34-91 572 44 15 (si es desde el extranjero). Ante cualquier problema cubierto por la Póliza y como primera medida, póngase en contacto con IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. Para cualquier consulta posterior a la primera llamada de IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. por favor indique el número de expediente que se le facilitó. NOTA INFORMATIVA Esta Nota Informativa está redactada de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación Supervisión y Solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento de desarrollo. I) Información relativa a la entidad aseguradora 1 - Denominación social, forma jurídica y domicilio social: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. Sede Social y Dirección General: Calle Julián Camarillo, 36, 28037 Madrid. Capital Suscrito y totalmente desembolsado: 2.103.680 €, Inscrita en el R.M. de Madrid, inscripción 9a, hoja M 68.782, folio 60, tomo 4141, libro 0, sección 8a. C.I.F.: A-78562246. Clave D.G.S.F.P.: C - 627. Página 2 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 3] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 2 - Estado miembro del domicilio de la entidad y autoridad a quien corresponde el control. La Entidad se encuentra domiciliada en España, siendo el órgano de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. II) Información relativa al contrato 3 - Legislación aplicable al contrato. El presente contrato se encuentra sometido a la Ley de Contrato de Seguro 50/1980, de 8 de octubre (BOE del 17 de octubre), y sucesivas modificaciones. 4 - Diferentes instancias de reclamación. Si el asegurado desea solicitar cualquier tipo de información puede dirigirse a: - Domicilio Social del Asegurador - Mediador del Seguro - Central de Asistencia del Asegurador Para eventuales discrepancias o reclamaciones, el Asegurado deberá dirigirse al Servicio de Atención al cliente de la Compañía y posteriormente podrá dirigirse a: - Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), organismo dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, Paseo de la Castellana, 44 - 28046 Madrid. - Organizaciones de Consumidores y Usuarios de cada Comunidad Autónoma. - Oficinas Municipales de Información al Consumidor de los respectivos Ayuntamientos. - Juntas Arbitrales de Consumo. Página 3 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 4] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO Condiciones Generales ARTÍCULO PRELIMINAR.- BASES DEL CONTRATO 1. La presente póliza ha sido contratada sobre la base de declaraciones formuladas por el Tomador del seguro en la solicitud que le ha sido sometida y que motivan la aceptación del riesgo por parte del Asegurador, con la asunción, por su parte, de las obligaciones derivadas del contrato a cambio de la prima correspondiente. 2. El Tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al Asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el Asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él. La variación de las circunstancias declaradas debe ser comunicada al Asegurador. 3. La solicitud y el cuestionario cumplimentados por el Tomador del seguro, así como la proposición del Asegurador en su caso y, esta póliza, constituyen un todo unitario fundamental del seguro, que solo alcanza, dentro de los límites pactados, a los bienes y riesgos especificados en la misma. 4. Si el contenido de la póliza difiere de la proposición del seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador del seguro podrá reclamar a la Entidad Aseguradora, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. 1.Definiciones Asegurado: La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro, y que, en defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato. Asegurador: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. que asume el riesgo contractualmente pactado. Siniestro: El hecho cuyas consecuencias dañosas estén cubiertas por la póliza. El conjunto de daños derivados de una misma causa original constituye un solo siniestro. Suma asegurada: La cantidad fijada en las condiciones de la póliza para cada una de las garantías aseguradas y que representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el Asegurador en cada siniestro. Página 4 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 5] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO Tercero o tercera persona: Será cualquier persona física o jurídica distinta de: a) El Tomador del seguro, el Asegurado o los socios de los mismos. b) Las personas que convivan con las enunciadas en la letra anterior. c) Los directivos, asalariados y personas que, de hecho o de derecho, dependan de las personas enunciadas en la letra a) mientras actúen en el ámbito de dicha relación de dependencia. Tomador del seguro: La persona física o jurídica que juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado. 2.Objeto de la garantía Mediante la presente garantía queda cubierta la protección de los intereses del Asegurado, en el ámbito de la actividad comercial descrita en las Condiciones Particulares, en relación con el ejercicio de los derechos que se indican seguidamente y con el contenido que se concreta en la descripción de cada uno de los riesgos asegurados. 3.Riesgos Asegurados 3.1.) Asistencia Jurídica Telefónica El Asegurado tendrá a su disposición, sin necesidad de pedir cita previa, un equipo especializado de Abogados ejercientes en distintas disciplinas jurídicas que atenderán telefónicamente, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 21:00 horas y los sábados de 9:00 a 14:00 horas, excepto los días festivos señalados como de ámbito nacional, todas su consultas, dudas o problemas sobre cualquier materia jurídica referida a la actividad del asegurado, y que se describen a continuación. Se exceptúan las que versen sobre la aplicación de Derecho extranjero. El servicio de asistencia jurídica se circunscribe a Ia orientación telefónica respecto de la cuestión planteada, sin que proceda la emisión de dictamen por escrito. 3.2.) Reclamación de daños Comprende la defensa de los intereses del Asegurado, reclamando, judicial o extrajudicialmente, los daños de origen no contractual ocasionados por un tercero y que haya sufrido tanto en su persona como en los bienes asegurados. Página 5 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 6] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 3.3.) Protección de derechos relativos al establecimiento o industria: a) Como inquilino, propietario o usufructuario del Continente: Comprende la defensa y reclamación de sus intereses como Asegurado, en relación con: - La reclamación por daños de origen no contractual causados por un tercero al local. - Las reclamaciones a sus inmediatos vecinos por incumplimiento de normas legales, en relación con emanaciones de humos y gases. - La reclamación de daños de origen no contractual causados por terceros a los bienes muebles ubicados en el local y propiedad del asegurado. b) Como inquilino del Continente: Comprende la defensa y reclamación de sus intereses como Asegurado, en relación con los conflictos derivados del contrato de alquiler del local de negocio, salvo si es demandado por falta de pago del alquiler. c) Como propietario o usufructuario del Continente: Comprende la defensa y reclamación de sus intereses como Asegurado, en relación con: - Los conflictos con sus inmediatos vecinos por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes, medianerías o plantaciones. - La defensa de su responsabilidad penal en procesos seguidos por imprudencia, impericia o negligencia, como miembro de la junta de copropietarios del edificio en que se halle el Continente asegurado. - La defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios por acuerdos lesivos de la misma, siempre que estuviese al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas. 3.4.) Contratos de servicios: Comprende la reclamación por incumplimiento de los siguientes contratos de arrendamiento de servicios, que afecten a la actividad asegurada, y de los que el Asegurado sea titular y destinatario final: • Servicios profesionales. • Servicio de mantenimiento de bienes muebles. • Servicio de viajes y hostelería. • Servicios privados de vigilancia y seguridad. • Servicios de limpieza. • Servicios de mudanza. • Servicio de traductores jurados. • Servicio de informática. Página 6 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 7] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 3.5.) Contratos de suministros: Esta garantía comprende la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados al Asegurado, en relación con la actividad garantizada por incumplimiento de los contratos de suministro de agua, gas, electricidad o similares. 3.6.) Contratos sobre productos: Esta garantía comprende la reclamación de los daños y perjuicios sufridos por el Asegurado a causa del incumplimiento por los proveedores, intermediarios y transportistas de las obligaciones pactadas en relación con los productos a que se refiere la actividad asegurada. 3.7.) Defensa de la responsabilidad penal: Comprende la defensa de los intereses del Asegurado en aquellos procedimientos seguidos ante el orden jurisdiccional penal, contra el Asegurado por delitos o faltas de imprudencia, en su condición de titular del establecimiento asegurado. 3.8.) Redacción y revisión de escritos: El Asegurador pondrá a disposición del Asegurado un Abogado que se ocupará de la revisión y redacción de escritos y contratos con contenido jurídico, tales como: - Escritos relacionados con Derecho Laboral; - Reclamaciones a la Comunidad de Propietarios; - Reclamaciones a empresas, clientes, proveedores o entidades financieras; relativas a consumo; - Contratos mercantiles; - Reclamaciones o recursos por sanciones administrativas, excepto las derivadas de tráfico de vehículos a motor, y aquellas en vía económico-administrativa ni la contencioso-administrativa. Una vez revisado o redactado el escrito o contrato, el Asegurador hará llegar el mismo al Asegurado. Este servicio no incluye el envío al destinatario ni su presentación. Tampoco la cumplimentación de impresos de ningún tipo. El servicio deberá solicitarse con una antelación mínima de cuatro días laborables. Se establece un número máximo anual de revisión o redacción de cinco escritos. 3.9.) Defensa en cuestiones administrativas: Comprende la defensa del Asegurado en los procedimientos que se le sigan por la Administración, por infracciones a la normativa sobre aperturas, horarios, higiene, ruidos, actividades molestas y otros. La defensa cubierta por esta garantía se refiere exclusivamente al procedimiento administrativo y, por tanto, no comprende la vía contencioso-administrativa. El Asegurado responderá directamente del importe de las multas o sanciones que definitivamente le imponga la autoridad, sin que sobre el Asegurador recaiga ninguna responsabilidad por este concepto. Página 7 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 8] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 3.10.) Defensa Jurídica en procedimientos sobre Protección de Datos: Comprende la defensa del Asegurado en los procedimientos que se le sigan por la Agencia Española de Protección de Datos, como consecuencia de una presunta vulneración de las normas relativas a la protección de Datos de Carácter Personal, en el ejercicio de la actividad asegurada. Asimismo, se garantiza la defensa de los intereses del Asegurado, reclamando, judicial o extrajudicialmente, los daños ocasionados por un tercero como Encargado de tratamiento, y que hayan derivado en un procedimiento de la Agencia Española de Protección de Datos para el Asegurado. La defensa cubierta por esta garantía comprende el procedimiento administrativo y la vía contencioso- administrativa derivada del procedimiento sancionador. El Asegurado responderá directamente del importe de las multas o sanciones que definitivamente le imponga la autoridad, sin que sobre el Asegurador recaiga ninguna responsabilidad por este concepto. La Aseguradora no garantiza en ningún caso las reclamaciones derivadas de actos intencionados, maliciosos o ilegales realizados por el Asegurado o derivados del incumplimiento deliberado de la Ley. 3.11.) Defensa suplementaria de la Responsabilidad Civil: Comprende la defensa de la Responsabilidad Civil del Asegurado, siempre que no cuente con un seguro de Responsabilidad Civil, o que teniéndolo, este se encuentre en situación de descubierto, rechace o insolvencia de la Aseguradora, o por ser la cuantía de la reclamación inferior a la franquicia. En estos casos, habiéndose ocasionado daños a terceros por impudencia, impericia o negligencia en el ejercicio de la actividad declarada, la aseguradora se ocupará de la defensa del Asegurado o de la de sus representantes legales y asalariados, frente al tercero perjudicado, derivada de la Responsabilidad Civil de Explotación o de Productos y Servicios. En los casos en que existiera obligación legal de asegurar la Responsabilidad Civil, sólo se prestará esta garantía si el Asegurado acredita contar con el seguro obligatorio en vigor. 3.12.) Reclamación de facturas impagadas: Comprende la reclamación amistosa y/o judicial a los deudores del Asegurado del pago de las facturas impagadas relativas al negocio o industria asegurada. El número máximo de reclamaciones por anualidad será de 10 en vía amistosa, de las que 5 podrán reclamarse en vía judicial, siempre que su importe alcance el mínimo litigioso de 180 euros. 3.13.) Reclamación en Contratos de Seguros: Esta garantía comprende la defensa y reclamación de los intereses del Asegurado en relación con el incumplimiento contractual de otras Compañías Aseguradoras, ante los Servicios de Atención al Cliente de las mismas, los Tribunales Arbitrales de Consumo y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en pólizas de seguro contratadas por el Asegurado o de las que éste sea beneficiario en al ámbito de la actividad profesional del negocio asegurado, siempre que dicho incumplimiento sea imputable a la Aseguradora. Quedan incluidas las reclamaciones del Asegurado frente al Consorcio de Compensación de Seguros. Página 8 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 9] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 3.14.) Contratos laborales: Comprende la defensa de los intereses del Asegurado como demandado, en relación directa con un conflicto laboral, de carácter individual, promovido por alguno de sus asalariados, que deba sustanciarse necesariamente ante los Organismos de Conciliación, Juzgados de lo Social, Tribunales Superiores de Justicia o Tribunal Supremo. 3.15.) Defensa ante la Inspección de Trabajo: Comprende la defensa de los intereses del Asegurado en relación con los procedimientos que se incoen por la inspección de Trabajo y de la Seguridad Social relativos al negocio o industria asegurada. 3.16.) Defensa fiscal: Comprende la defensa de los intereses del Asegurado como obligado tributario, hasta agotar la vía económico- administrativa, en los procedimientos tributarios iniciados por la Administración como consecuencia de la actividad desarrollada en el negocio o industria asegurada y descrita en las condiciones particulares en relación con los siguientes impuestos: • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). • Impuesto sobre Sociedades. • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI o contribución urbana). • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal). Asimismo, el Asegurador se encargará de reclamaciones del Asegurado frente al Consorcio de Compensación de Seguros. 4.Extensión territorial En materia de derechos relativos al comercio u oficina, se garantizan los eventos asegurados producidos en territorio español que sean competencia de Juzgados y Tribunales españoles. Página 9 de 5 ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. [Seite 10] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 5.Gastos jurídicos garantizados La cuantía máxima garantizada para los gastos que implique la defensa jurídica del Asegurado, incluyendo las Fianzas Judiciales, a prestar por cada evento cubierto por esta garantía, se establece en 6.000 euros, con una cuantía mínima litigiosa de 180 euros. Estos gastos podrán consistir en: a) Tasas, derechos y costas judiciales. b) Honorarios de Letrado cuando su participación sea preceptiva. c) Derechos y suplidos de procurador cuando su participación sea preceptiva. d) Gastos notariales de otorgamiento de poderes para pleitos, actas, requerimientos y demás actuaciones para la defensa del interés del Asegurado. e) Constitución de fianzas en los procedimientos penales. No estarán cubiertos por esta garantía las indemnizaciones, multas o sanciones económicas a que fuere condenado el Asegurado, los tributos de los que fuera sujeto pasivo y los gastos que procedan por acumulación o reconvención cuando se refieran a materias no comprendidas en esta garantía. En los límites descritos, la parte correspondiente a honorarios y gastos de Letrado no podrá superar el 50%. Se entenderán incluidos en este límite los posibles gastos de Letrado derivados de la condena en costas. En el caso de que un mismo siniestro estuviese amparado por varias garantías, el límite total de gasto por todas las prestaciones será de 6.000 euros. 6.Gastos de peritaje Cuando como consecuencia de un siniestro que afecte a los bienes muebles e inmuebles propiedad del asegurado, se produzcan daños cuyo valor supere los 300 euros, el Asegurado podrá solicitar a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. que designe un perito para que realice la valoración pericial de los daños, siendo a cargo del Asegurador los gastos y honorarios de dicha peritación hasta un límite de 600 euros por anualidad de seguro. El número máximo de peritajes garantizados por la presente cobertura, será de dos en cada anualidad de seguro. No se incluyen en esta garantía los peritajes efectuados a los vehículos a motor y sus remolques, embarcaciones o aeronaves propiedad del Asegurado. Página 10 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 11] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 7.Plazos de Carencia El plazo de carencia es el tiempo en que, vigente la garantía, si se produce un siniestro, éste no queda garantizado. En los derechos relativos a materia contractual y administrativa, el plazo de carencia será de tres meses a contar desde la fecha en que entró en vigor la garantía. No habrá cobertura si en el momento de formalizar esta garantía o durante el plazo de carencia, se rescinde por alguna de las partes el contrato origen de litigio o se solicita su resolución, anulación o modificación. 8.Elección de abogado y procurador El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento relacionado con las coberturas de esta garantía, pero en el supuesto de que el Abogado elegido no resida en el partido judicial donde haya de sustanciarse el procedimiento base de la prestación garantizada, serán a cargo del Asegurado los gastos y honorarios por desplazamientos que dicho profesional incluya en su minuta. Antes de proceder a su nombramiento, el Asegurado comunicará al Asegurador el nombre del Abogado y Procurador elegidos. El Asegurador podrá recusar justificadamente al profesional designado y, de subsistir la controversia, se someterá al arbitraje legalmente previsto. El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. El Abogado y Procurador designados por el Asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador. 9.Pago de honorarios El Asegurador satisfará los honorarios del Abogado que actúe en defensa del Asegurado, con sujeción a las normas fijadas a tal efecto por el Consejo General de la Abogacía Española y, de no existir estas normas, se estará a lo dispuesto por las de los respectivos Colegios. Las normas orientativas de honorarios serán consideradas como límite máximo de la obligación del Asegurador. Las discrepancias sobre la interpretación de dichas normas serán sometidas a la Comisión competente del Colegio de Abogados correspondiente. Los derechos del Procurador, cuando su intervención sea preceptiva, serán abonados conforme a arancel o baremo. Página 11 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 12] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 10.Conflicto de intereses En caso de conflicto de intereses o de desavenencia sobre el modo de tratar una cuestión litigiosa, el Asegurador deberá informar inmediatamente al Asegurado de la facultad que le compete de ejercer los derechos del artículo correspondiente a la libre elección de Abogado y Procurador y del artículo correspondiente a la solución de conflictos entre las partes. 11.Solución de conflicto entre las partes El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre esta garantía. La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada. 12.Definición de siniestro o evento A los efectos de la presente garantía, se entiende por siniestro o evento, todo hecho o acontecimiento imprevisto que cause lesión en los intereses del Asegurado o modifique su situación jurídica. En las infracciones penales o administrativas, se considerará producido el siniestro o evento asegurado en el momento en que se haya realizado o se pretenda que se realizó el hecho punible. En los supuestos de reclamación por culpa no contractual, se producirá el siniestro evento en el momento mismo en que el daño haya sido causado. En los litigios sobre materia contractual o sobre derechos relativos al local asegurado, se considerará producido el evento en el momento en que el Asegurado, el contrario o tercero iniciaron, o se pretende que iniciaron, la infracción de las normas contractuales o la lesión de los derechos garantizados. SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO QUEDAN CUBIERTOS: a) Los que tengan su origen o estén relacionados con el proyecto, construcción, transformación o derribo del inmueble o instalaciones donde se halle ubicado el establecimiento, y los originados por canteras, explotaciones mineras e instalaciones fabriles. b) Los relacionados con vehículos a motor y sus remolques, de los que sean titulares los Asegurados de esta póliza. c) Los que se produzcan en el ámbito de la vida particular del Asegurado o se deriven de cualquier actividad ajena a la asegurada. Página 12 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 13] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO d) Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los Asegurados en esta póliza, salvo la garantía relativa a los contratos laborales, o por cualquiera de éstos contra el Asegurador de la misma. e) Los relacionados con las cosas consideradas muebles en el Artículo 336 del Código Civil, es decir, rentas o pensiones, contratos sobre servicios públicos y cédulas y títulos representativos de préstamos hipotecarios. f) Los litigios sobre cuestiones de propiedad intelectual e industrial o de sociedades, así como los procedimientos judiciales en materia de urbanismo, concentración parcelaria, expropiación o que dimanen de contratos sobre cesión de derechos a favor del Asegurado. g) La defensa en los procedimientos dirigidos contra el Asegurado por morosidad en el pago de las deudas. h) Los riesgos asegurados que se declaren después de transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o anulación de este contrato. La prima correspondiente a este Seguro de Defensa Jurídica es la indicada en las Condiciones Particulares. 13.Duración del seguro El presente Contrato de Seguro entrará en vigor el día y hora señalados en las Condiciones Particulares, siempre que se haya abonado la prima correspondiente, y finalizará un año después. Este seguro se entenderá prorrogado por un nuevo período de un año, y así sucesivamente salvo oposición por cualquiera de las partes, comunicada mediante notificación por escrito a la otra parte realizada con 1 mes de antelación al vencimiento de la póliza por parte del Tomador, y 2 meses por parte del Asegurador. 14.Protección de datos Usted consiente expresamente que los datos de carácter personal recogidos ahora o en el futuro sean incluidos en los ficheros cuyo responsable es IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. El tratamiento de tales datos tiene por finalidad facilitar el establecimiento y desarrollo de las relaciones contractuales que le vinculan con la Compañía. Se ruega comunique a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U., cualquier variación que pueda producirse en los datos. Usted consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales facilitados a la Compañía como consecuencia de la solicitud de asistencia motivada por un siniestro. Estos datos podrán ser tratados con la finalidad de gestionar la prestación de asistencia requerida, así como para determinar el pago de los gastos producidos y que hayan sido asumidos por el interesado o, en su caso, el pago de indemnizaciones. Página 13 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 14] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO Usted consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales propios, de las personas físicas distintas del tomador incluidas en la póliza, y de terceros, a fin de prestar la asistencia de las garantías de la póliza, incluso se trate de datos de categoría especial o sensibles que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física, exclusivamente si resulta necesario para realizar las actividades propias del contrato. Los datos facilitados serán susceptibles de comunicación a otras Entidades Aseguradoras u organismos públicos o privados relacionados con el sector Asegurador, con fines estadísticos, de lucha contra el fraude o a efectos del coaseguro o reaseguro del riesgo. La prestación del consentimiento a dicho tratamiento resulta imprescindible para la formalización de la relación contractual, no siendo posible sin el mismo. Asimismo, usted autoriza a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. el tratamiento de sus datos a fin de remitirle información incluso por vía electrónica, sobre los productos o servicios comercializados por la Compañía, empresas de su Grupo o de productos comercializados por terceras empresas del sector Asegurador, pudiendo determinar perfiles de consumo para ello, así como realizar encuestas de satisfacción. Del mismo modo, usted autoriza a la Compañía para que ceda sus datos con la misma finalidad y por los mismos medios, a las empresas de su Grupo y empresas relacionadas con el sector Asegurador. En caso de incluirse en esta solicitud datos de personas físicas distintas del tomador del seguro, éste deberá informar previamente a tales personas de los extremos señalados en los párrafos anteriores. Asimismo le recordamos que mediante la formalización de la solicitud de seguro, debió garantizarnos que ha obtenido el consentimiento de éstas y de sus representantes en caso de que se trate de menores. Usted podrá ejercitar sus derechos de acceso a los datos personales, su rectificación o supresión, su limitación de tratamiento, a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos y de retirada de su consentimiento ante la Entidad Aseguradora, dirigiendo sus comunicaciones a la siguiente dirección: RESPONSABLE DE PROTECCIÓN DE DATOS IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. Calle Ribera del Loira, 4 - 6 28042 MADRID (ESPAÑA) proteccion.datos@irisglobal.es 15.Colaboración del asegurado El Asegurado se obliga expresamente a prestar la colaboración debida en orden a otorgar la representación correspondiente y facilitar la dirección jurídica para la consecución de las prestaciones aseguradas. No se dará cobertura a pretensiones que se consideren temerarias desde el punto de vista jurídico. Asimismo, y en los supuestos en que sea necesario, el Asegurado hará llegar al Asegurador el texto íntegro de la resolución a recurrir por fax, carta certificada o personalmente, siendo imprescindible indicar la fecha en que se haya recibido la notificación y un teléfono de contacto en caso de necesitar información adicional. Página 14 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 15] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO 16.Jurisdicción Las Partes, para el conocimiento de las acciones derivadas del Contrato de Seguro, se someten a la jurisdicción de los tribunales del domicilio del asegurado. En Madrid, por duplicado ejemplar, en la fecha que figura en las Condiciones Particulares . EL TOMADOR EL ASEGURADOR Sergio Real Campos Página 15 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 16] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA Nº CONDICIONES PARTICULARES • PYMES COMPLETO Tomador NIF Domicilio Localidad C.P. Forma de pago Prima neta total CCS IPS Prima total Mediador Código Efecto Vencimiento Días Ramo 17 Defensa jurídica La cuantía máxima garantizada para los gastos que implique la defensa jurídica del Asegurado y el nivel máximo de las fianzas judiciales civiles y penales a prestar por cada evento será de 6.000 euros, fijándose una cuantía mínima litigiosa de 180 euros, salvo para aquellas garantías en las que expresamente se indique una cuantía diferente. No estarán cubiertas por esta garantía las indemnizaciones, multas o sanciones económicas a que fuere condenado el Asegurado, los tributos de los que fuera sujeto pasivo y los gastos que procedan por acumulación o reconvención cuando se refieran a materias no comprendidas en esta garantía. En los límites descritos, la parte correspondiente a honorarios y gastos de Letrado no podrá superar el 50%. En el caso de que un mismo siniestro estuviese amparado por varias garantías, el límite total de gasto por todas las prestaciones será de 6.000 euros. Cuando como consecuencia de un siniestro que afecte a los bienes muebles e inmuebles propiedad del asegurado, se produzcan daños cuyo valor supere los 300 euros, el Asegurado podrá solicitar a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. que designe un perito para que realice la valoración pericial de los daños, siendo a cargo del Asegurador los gastos y honorarios de dicha peritación hasta un límite de 600 euros por anualidad de seguro. Página 16 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 17] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO El número máximo de peritajes garantizados por la presente cobertura, será de dos en cada anualidad de seguro. A los efectos de obtener cualquiera de las prestaciones previstas en la Póliza, el Asegurado deberá contactar telefónicamente con la Central de Asistencia en el horario establecido por el Asegurador, al teléfono 915724415 si llama desde España, ó 34 – 915724415 si lo hace desde el extranjero. El Tomador reconoce haber recibido previamente a la firma del Contrato, toda la información relativa a la legislación aplicable al mismo, instancias de reclamación frente al Asegurador y nacionalidad y domicilio social de éste, comprometiéndose expresamente a informar al Asegurado de tales extremos. El Tomador acepta las antecedentes Condiciones Particulares y, expresamente, en cuanto modifican o limitan las Garantías que se señalan en las Condiciones Generales, cuyo ejemplar recibe en éste acto, y firma en señal de conformidad. En Madrid, a de de EL TOMADOR EL ASEGURADOR Sergio Real Campos Página 17 de ENTIDAD ASEGURADORA: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S.A.U. 5 [Seite 18] PÓLIZA DE DEFENSA JURÍDICA: PYMES COMPLETO Iris Global Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros, S .A .U. www.irisglobal.es