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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil para perros y caballos / Archivo de condiciones

Reale Mascotas: el condicionado completo

Seguro de responsabilidad civil del propietario del perro sin límite de edad, con defensa jurídica, fianzas, defensa penal y reclamación de daños, válido en España y con Pack Mascotas opcional; suma asegurada según Condiciones Particulares.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Mediante esta orden de domiciliación autorizo a Reale a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. Reale me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a Reale en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza Reale Mascotas de Reale (Seguro de responsabilidad civil para perros y caballos) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a Reale y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 60 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada única para daños personales, materiales y perjuicios económicossegún las condiciones particulares
Perjuicios económicos puros (sin daño personal o material previo)no regulado
Límite máximo por anualidad de seguro para todos los siniestrosno regulado
Franquicia por siniestrono regulado
Personas aseguradas además del tomador (cónyuge o pareja, hijos y demás convivientes como titulares o paseadores del perro)no regulado
Ámbito territorial (país de residencia, Europa, todo el mundo)sí„La cobertura otorgada por la presente póliza es territorio nacional pudiéndose ampliar dicho ámbito.“¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Estancias temporales en el extranjero con el perro: duración máxima y países incluidosno regulado
Cobertura automática de nuevos riesgos (por ejemplo, un perro más) hasta su comunicaciónno regulado
Garantía de coberturas anteriores: se mantienen las condiciones mejores de la póliza previano regulado
Garantía de mejor cobertura: se aplican las condiciones más favorables de otra aseguradorano regulado
Actualización automática: las mejoras futuras de las condiciones se aplican sin sobreprima a las pólizas vigentesno regulado
Exención de prima por desempleo, incapacidad laboral o fallecimiento del tomadorno regulado

Perros asegurados

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Varios perros en una misma póliza y descuento a partir del segundono regulado
Cachorros de camadas propias incluidos sin sobreprima, hasta qué edadno regulado
Razas catalogadas como peligrosas asegurables (perros potencialmente peligrosos, PPP)sí„Tipo de perro: de compañía no peligroso, peligroso o de vigilancia y guardia.“4. Información básica previa, página 1
Perros que ya han mordido o han sido declarados peligrosos por la autoridadno regulado
Edad mínima y máxima del perro al contratarsí„Esta garantía no tiene límite de edad en la contratación.“6.1, página 2
Perros en acogida de protectoras y perros a pruebano regulado
Perros de asistencia, perros guía y otros perros de apoyo a personas con discapacidadno regulado
Perros de terapia y de visita (colegios, residencias, consultas)no regulado
Perros de rescate y búsqueda en servicio y en formaciónno regulado
Perros de caza en cacerías y en adiestramiento cinegéticono„Perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Perros de defensa, trabajo de protección y adiestramiento de mordidano„Utilizados en actividades profesionales, entornos laborales o de vigilancia.“¿Qué no está asegurado?, página 1

Cuidadores y familiares

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Responsabilidad de cuidadores no profesionales (amigos, vecinos, familiares) incluidano regulado
Cuidadores profesionales, paseadores y residencias caninasno regulado
Daños personales al propio cuidador (el perro muerde a quien lo cuida)no regulado
Reclamaciones entre familiares y asegurados (daños personales dentro de la familia)no regulado
Paseo del perro por menores y responsabilidad por deber de vigilanciano regulado

Daños causados por el perro

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Mordeduras a personas, con daño moral y gastos de curaciónsí, hasta la suma asegurada„Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito“6.1, página 2
Daños a animales de terceros (por ejemplo, en una pelea entre perros)sí, hasta la suma asegurada„Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito“6.1, página 2
Gastos veterinarios de animales ajenos heridossí, hasta la suma asegurada„Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito“6.1, página 2
Monta no deseada (gastos derivados para la perra de un tercero)no regulado
Monta acordada (daños durante el cruce pactado)no regulado
Daños en campos, prados y cultivosno regulado
Accidentes de tráfico causados por el perro (daños a vehículos y personas)sí, hasta la suma asegurada„Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito“6.1, página 2
Daños del perro en vehículos prestados o alquilados (coches, autocaravanas, barcos)no regulado
Daños medioambientales según la Ley de Responsabilidad Medioambiental (especies protegidas, aguas)no regulado

Bienes alquilados y prestados

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda alquilada (puertas, suelos, paredes)no regulado
Daños a habitaciones de hotel y su mobiliario durante viajesno regulado
Daños a apartamentos y casas vacacionales, incluido el mobiliariono regulado
Daños a bienes muebles alquilados, prestados o en leasingno regulado
Daños graduales por arañazos, mordisqueo u orinano regulado

Adiestramiento, deporte y uso

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Escuela canina y adiestramiento (también curso obligatorio de formación del tenedor)no regulado
Deporte canino, agility, competiciones, exposiciones y pruebasno regulado
Incumplimiento de la obligación de llevar correa (el siniestro sigue cubierto)no regulado
Incumplimiento de la obligación de bozal (el siniestro sigue cubierto)no regulado
Uso profesional o comercial del perro (por ejemplo, perro guardián, perro de oficina)no„Utilizados en actividades profesionales, entornos laborales o de vigilancia.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Cría de perros (aficionada y profesional)no„Propiedad, tenencia y/o crianza de perros que no reúnan los requisitos legales para ello.“¿Qué no está asegurado?, página 1

Protección y defensa

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Insolvencia del causante: indemnización si el dueño de otro perro no puede pagar el daño sufrido por el aseguradono regulado
Defensa frente a reclamaciones infundadas (defensa jurídica pasiva), con costas judiciales y de abogadosí„La dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aun cuando las reclamaciones fueran infundadas.“6.2.3, página 3
Gastos de defensa en procedimientos penales o sancionadores tras un incidente con el perrosí, hasta la suma asegurada„La defensa y representación en procesos criminales contra el Asegurado que tengan su causa en el ejercicio del riesgo cubierto por esta póliza, previo consentimiento del defendido.“6.2.4, página 3

Contrato y obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cumple el seguro obligatorio según la Ley 7/2023 de bienestar animal y la normativa de perros potencialmente peligrosossí„(a excepción del presente seguro obligatorio para perros regulado en base a normativa en vigor)“¿Qué no está asegurado?, página 1
Certificado de seguro para el ayuntamiento o la administraciónno regulado
Obligación de registrar al perro, identificarlo con microchip e inscribirlo en el registrono„Propiedad, tenencia y/o crianza de perros que no reúnan los requisitos legales para ello.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Obligación de test de carácter o certificado de aptitud del tenedorno regulado
Obligación de licencia administrativa para perros potencialmente peligrosos (licencia PPP)no regulado
Obligaciones en caso de siniestro (plazo de comunicación, no reconocer responsabilidad sin consentimiento)sí„Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Fallecimiento, cesión o cambio del perro (fin del contrato o sustitución)no regulado
Duración y rescisión (plazo de preaviso, rescisión en cualquier momento, tras siniestro)sí„El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación.“¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Exclusiones especiales (por ejemplo, dolo, ciertas razas, peleas de perros, daños a bienes propios)no„Los animales utilizados en actividades específicas.“¿Qué no está asegurado?, página 1

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Reale Mascotas, Documento de información (IPID), RC General (133)
[Seite 1] REALE SEGUROS SEGURO REALE MASCOTAS REALE GROUP T OGET H ER M O R E DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: Póliza Responsabilidad Civil General (133) El presente documento contiene informacion general previa resumida sobre el producto de seguro. La informacion precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitara al cliente en otros documentos. Si desea mas informacion, puede consultarla en nuestra pagina www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Este seguro se ofrece como una solución para proteger al asegurado contra el nacimiento de una deuda que pueda gravar su patrimonio, al tener que indemnizar el daño causado a un tercero por actos u omisiones de los que sea responsable, o relativos a personas de las cuales deba responder. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: Garantía Básica y de Contratación Obligatoria Los animales utilizados en actividades específicas. ResponsabilidadCivil Básica Utilizados en actividades profesionales, entornos laborales o de Contratación opcional: vigilancia. Pack Mascotas: Perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. Gastos veterinarios por Accidente Otras responsabilidadesque deban ser objeto de cobertura por un Robo o Extravio Seguro Obligatorio (a excepción del presente seguro obligatorio para Servicios de información; Servicios de asesoramiento; Servicios perros regulado en base a normativa en vigor) y la Responsabilidad veterinarios etc Civil derivada del uso y circulación de vehículos a motor. Propiedad, tenencia y/o crianza de perros que no reúnan los requisitos legales para ello. Respecto al Pack Mascotas se excluyen los animales que no tengan 3 meses cumplidos, los que hubieran cumplido 9 años y los animales destinados a la caza o cualquier tipo de deporte. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Las principales restricciones son: ! Pack Mascotas (plazos de carencia): Gastos veterinarios por accidente, robo o extravío: 15 días. ¿Dónde estoy cubierto? La cobertura otorgada por la presente póliza es territorio nacional pudiéndose ampliar dicho ámbito. ¿Cuáles son mis obligaciones? Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. Firma del contrato. Pago del precio del seguro. Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El contrato se perfecciona mediante su firma. El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE GROUP REALE SEGUROS SEGURO REALE MASCOTAS
Mostrar el texto completo: Reale Mascotas, Nota informativa
[Seite 1] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS NOTA INFORMATIVA PREVIA A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL REALE MASCOTAS 1. DATOS DE LA ENTIDAD ASEGURADORA REALE SEGUROS GENERALES S.A. con domicilio social en C/ Príncipe de Vergara, 125 28002 Madrid, desarrolla su actividad aseguradora en España con clave de autorización C0613, correspondiendo el control de su actividad a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. 2. NOMBRE DEL PRODUCTO REALE MASCOTAS 3. TIPO DE SEGURO 3.1 MODALIDAD DE SEGURO Responsabilidad Civil. 3.2 OBJETO DEL SEGURO REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 La presente póliza garantiza al Asegurado, dentro de los límites de la ley y de acuerdo con las definiciones, límites y condiciones del contrato, el pago de las indemnizaciones pecuniarias de las que el mismo pudiera resultar civilmente responsable por daños personales, materiales y perjuicios consecutivos ocasionados a terceros, así como los costes y gastos judiciales y extrajudiciales, siempre que la dirección jurídica frente a la reclamación sea asumida por el Asegurador, y la constitución de fianzas para garantizar las resultas civiles de dichos procedimientos, por hechos derivados del riesgo descrito en la presente póliza. 4. INFORMACIÓN BÁSICA PREVIA A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO La suscripción del riesgo exige que la información previa y mínima facilitada por el Tomador del seguro contemple: • Nombre del Tomador del Seguro • NIF/NIE • Domicilio • Fecha de nacimiento Además, también es necesario declarar información que describa el perro que se quiere asegurar: • Tipo de perro: de compañía no peligroso, peligroso o de vigilancia y guardia. • Raza: se ofrece una lista completa para seleccionar la raza del perro. • Sexo: macho o hembra. • Fecha de nacimiento Declaraciones sobre el riesgo La base para valorar el riesgo y determinar la suscripción del seguro, la asunción por parte del Asegurador de las obligaciones para él derivadas del contrato y la fijación de la prima se fundamenta en la información que el Tomador del Seguro/Asegurado facilita al Asegurador, para realizar el proyecto y/o la solicitud, por lo que la misma deberá ser veraz. PÁGINA 1 DE 8 [Seite 2] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 5. INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN 5.1. PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES En cumplimiento de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, Reale Seguros Generales, S.A., dispone de un Servicio de Atención al Cliente, sito en la Calle Príncipe de Vergara 125 (28002 Madrid) y cuya dirección de correo electrónico es serviciodeatencionydefensa.clientes@reale.es. La misión de dicho Servicio es la de atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de usuario de los servicios de REALE, siempre que tales quejas y reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos del sector asegurador. Las quejas o reclamaciones podrán presentarse personalmente en cualquiera de las oficinas de REALE abiertas al público. Así mismo dispondrán de un teléfono de información gratuito, 900 211 021. A tal efecto existen formularios de queja o reclamación a disposición de los clientes en todas las oficinas de REALE. También pueden presentarse mediante correo dirigido al Servicio de Atención y Defensa del Cliente de REALE, a la dirección señalada, utilizando los mismos modelos indicados anteriormente, o a través de correo electrónico, debiendo ajustarse, para este último supuesto, a las exigencias previstas en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. El Servicio de Atención y Defensa del Cliente deberá resolver la Queja o Reclamación en el plazo previsto en el reglamento. En caso de no estar conforme con la resolución emitida por el Servicio de Atención y Defensa del Cliente, su reclamación REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 puede ser tramitada, en segunda instancia, por el Defensor del Cliente, Cl. Velázquez, nº 80, 1º D, CP. 28001 MADRID, Tlf. 913104043, Fax 913084991, e-mail reclamaciones@da-defensor.org o ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, órgano adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sita en el Paseo de la Castellana, 44 - 28046 Madrid, https://www.dgsfp.mineco.es o bien puede formular demanda ante los Juzgados de la jurisdicción civil. Se informa que la Entidad no está adherida a ninguna junta arbitral de consumo. 5.2. JURISDICCION APLICABLE El contrato quedará sometido a la legislación española, siendo el juez competente para conocer las acciones derivadas del contrato de seguro el del domicilio del asegurado. En el caso de que el Asegurado resida en el extranjero, deberá designar un domicilio en España. 6. DESCRIPCIÓN DE LAS GARANTÍAS 6.1 GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL BÁSICA Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito y debidamente identificado en las Condiciones Particulares. Esta garantía no tiene límite de edad en la contratación. 6.2 GASTOS DE DEFENSA Y FIANZAS Siempre que la reclamación obedezca a hechos derivados del riesgo especificado en la misma, y con el límite, en todo caso, de la Suma Asegurada indicada en las Condiciones Particulares quedan cubiertos por la póliza: 6.2.1 La constitución de las fianzas judiciales exigidas al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil por hechos derivados del riesgo especificado en la póliza. PÁGINA 2 DE 8 [Seite 3] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 6.2.2 El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, siempre que el Asegurador asuma la dirección jurídica frente a la reclamación, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer el Asegurador, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la responsabilidad del Asegurado en el siniestro. Si el Asegurado designa su propia defensa, serán de su cuenta los gastos judiciales que se originen. 6.2.3. La dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aun cuando las reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por el Asegurador, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. 6.2.4. La defensa y representación en procesos criminales contra el Asegurado que tengan su causa en el ejercicio del riesgo cubierto por esta póliza, previo consentimiento del defendido. Si el Asegurado designa su propia defensa, serán de su cuenta los gastos judiciales que se originen. Cuando en la parte civil se haya llegado a un acuerdo amistoso, será potestad del Asegurador la prestación de la defensa del Asegurado en la parte criminal y está sujeta al consentimiento previo del defendido. 6.2.5. Sea cual fuere el fallo o resultado del proceso judicial, la Entidad Aseguradora se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieran contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el Asegurador estima improcedente el recurso, notificará su decisión al Asegurado, quedando éste en libertad para REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 interponerlo por su cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador si el recurso prosperase anulando o reduciendo el importe de la indemnización a cargo del Asegurador, con el límite en todo caso de dicha reducción. 6.2.6. Cuando quien reclame esté también asegurado con la misma Entidad Aseguradora o exista algún otro posible conflicto de intereses, ésta comunicará inmediatamente al Asegurado la existencia de estas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. El Asegurado, en este caso, podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el Asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, la Entidad Aseguradora quedará obligada a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.011 euros. (Art. 74 LCS). 6.2.7. No responderá el Asegurador del pago de multas o sanciones ni de las consecuencias de su impago. 6.3 RECLAMACIÓN DE DAÑOS Esta cobertura comprende la defensa de los intereses del asegurado, reclamando los daños y perjuicios de origen no contractual al tercero responsable identificable, que haya sufrido tanto en su persona como en la mascota asegurada descrita en las Condiciones Particulares. No queda amparada la reclamación de daños cuando éstos hayan sido indemnizados en virtud de cualquier seguro concertado para los mismos riesgos. 6.4 PACK MASCOTAS (de contratación opcional) Daños a animales: Cubre, para animales de especie canina o felina, de edad superior a 3 meses e inferior a 9 años, vacunados e identificados, propiedad del asegurado (excluidos animales destinados a caza o deporte): • Gastos veterinarios por Accidente, incluidos los de exploración, intervención quirúrgica, curas y estancia en clínica, o sacrificio necesario del animal. • En caso de Robo o extravío: gastos de inserción de anuncios en prensa o radio local, para la búsqueda de la mascota, y gastos de retirada del animal de refugios o albergues públicos en el caso de que sea localizado. PÁGINA 3 DE 8 [Seite 4] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS • Gastos de Sacrificio y de eliminación del cadáver por enfermedad, cuando sea necesario para evitar un sufrimiento irreversible del animal. • Gastos de Estancia en residencia canina o felina, cuando sea debida a hospitalización de su propietario por accidente o enfermedad (incluidos los de recogida y transporte). Acceso a Servicios variados como: • Información: en materias como clubes de mascota, adiestramiento, cuidadores a domicilio, peluquerías, criadores, concursos u otros eventos, tiendas especializadas, trámites para traslados… • Asesoramiento telefónico: sobre adquisición, adopción, trámites con la Administración, consultas de orientación veterinaria o legales. • Servicios veterinarios: acceso a veterinarios de urgencias 24 h, hospitalización, a consultas veterinarias, segunda opinión veterinaria, reservas de hora, consejos veterinarios sobre determinados tratamientos. • Guarderías de animales. • Recogida y transporte de mascotas. • Comida a domicilio. • Búsqueda de animales robados o extraviados. • Gestión entierro e incineración de la mascota. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 6.5 MI TELEVETERINARIA (de contratación opcional) 6.5.1 MI TELEVETERINARIA BÁSICO Mi Televeterinaria básico es un servicio que permite consultar con veterinarios de forma remota, mediante videollamada o chat, disponible de lunes a viernes de 10:00 a 22:00 h. Ofrece orientación profesional, recomendaciones personalizadas y seguimiento de la salud de perros o gatos, sin necesidad de desplazarse a una clínica. Incluye atención veterinaria completa y personalizada, adaptada a las necesidades de la mascota: • Chat o video consulta: conexión con un veterinario en menos de 2 minutos, con consultas ilimitadas. • Horario del servicio: de lunes a viernes, de 10:00 a 22:00 h. • Receta veterinaria electrónica: obtención de la medicación necesaria (en cumplimiento con el RD 666/23). • Subir fotografías, vídeos, documentos, resultados o radiografías: que permitan al veterinario revisar el detalle de cada caso. Ventajas: • Consultas ilimitadas: se puede usar el servicio tantas veces como se necesite. • Atención inmediata: hablar con un veterinario en menos de 2 minutos. • Asesoramiento profesional: los veterinarios ofrecen orientación sobre diversos temas como síntomas, cuidados preventivos, nutrición y comportamiento de las mascotas. • Comodidad y flexibilidad: resolver dudas o problemas menores sin salir de casa, ahorrando tiempo y desplazamientos. • Acceso sin límites: conectar con veterinarios cualificados, sin importar la ubicación. PÁGINA 4 DE 8 [Seite 5] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS Ámbito de prestación del servicio • El servicio está limitado de lunes a viernes laborables, de 10:00 a 22:00 h. • Es válido únicamente para una mascota: perro o gato. 6.5.2 MI TELEVETERINARIA PREMIUM Mi Televeterinaria Premium es un servicio que permite consultar con veterinarios de forma remota, mediante videollamada, chat, WhatsApp o llamada telefónica, disponible todos los días del año, las 24 horas. Ofrece orientación profesional, recomendaciones personalizadas y seguimiento de la salud de perros o gatos, sin necesidad de desplazarse a una clínica. Incluye atención veterinaria completa y personalizada, adaptada a las necesidades de la mascota: • Chat o video consulta disponible: 9:00 a 22:00, de lunes a viernes laborables. • Servicio de Urgencias 24 horas: teléfono de urgencias 24 horas (incluidos fines de semana y festivos), atendido por veterinarios a fin de que asesoren y orienten exclusivamente en caso de una posible urgencia. • Receta veterinaria electrónica: obtención de la medicación necesaria (en cumplimiento con el RD 666/23). • Subir fotografías, vídeos, documentos, resultados o radiografías: que permitan al veterinario revisar el detalle de cada caso. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 Ventajas: • Consultas ilimitadas: se puede usar el servicio tantas veces como se necesite. • Servicio de urgencias 24 horas: para atender cualquier consulta por parte de los veterinarios. • Asesoramiento profesional: los veterinarios ofrecen orientación sobre diversos temas como síntomas, cuidados preventivos, nutrición y comportamiento de las mascotas. • Comodidad y flexibilidad: resuelve dudas o problemas menores sin salir de casa, ahorrando tiempo y desplazamientos. • Acceso sin límites: conectar con veterinarios cualificados, sin importar la ubicación. Ámbito de prestación del servicio • El teléfono de urgencias está disponible las 24 horas del día. • El servicio de chat o video consulta está disponible de lunes a viernes laborables, de 9:00 a 22:00. • Es válido únicamente para una mascota: perro o gato. 7. EL SINIESTRO 7.1 PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DEL SINIESTRO Se comunicará a Reale a la mayor brevedad posible por medio de teléfono o en las oficinas de Reale, facilitando toda clase de información sobre los hechos ocurridos y las consecuencias producidas. En caso de siniestros de robo o extravío, deben denunciarse los hechos ante la Autoridad Competente con indicación del nombre del Asegurador (REALE) y enviar el original de la denuncia a la Compañía. Existen coberturas con tramitación especial, como son las relativas a los diversos servicios prestados, que se solicitarán PÁGINA 5 DE 8 [Seite 6] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS directamente en los teléfonos u otros medios (chat, correo electrónico) habilitados al efecto; el procedimiento se detalla, para cada servicio, en las Condiciones generales de la póliza. 7.2 CONCURRENCIA DE SEGUROS En el caso de que el asegurado disponga de dos o más contratos cubriendo la misma garantía afectada por el siniestro, suscritos con distintas entidades aseguradoras, deberá comunicar a cada una la existencia de las restantes pólizas, con indicación del nombre de las respectivas entidades aseguradoras, por cuanto corresponderá a cada entidad indemnizarle el daño producido en la proporción a la propia suma asegurada (art.32 Ley de Contrato de Seguro). 7.3 LIQUIDACIÓN DEL SINIESTRO AL ASEGURADO Declarado el siniestro y finalizadas las investigaciones y peritaciones necesarias para determinar la existencia de cobertura y la valoración del daño, la entidad, en el menor plazo de tiempo posible, indemnizará los daños garantizados en la póliza suscrita. En cualquier caso, la entidad, dentro de los 40 días siguientes a la declaración del siniestro, efectuará el pago del importe mínimo conocido, debiéndose efectuar la prestación total en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la declaración del siniestro, excepto causa justificada no imputable a la entidad. En caso de incumplimiento, ésta abonará al asegurado los intereses de demora correspondientes sobre la indemnización (arts. 18, 19 y 20 de la Ley de Contrato de Seguro). La entidad comunicará al asegurado, por el medio acordado entre ambos, el importe de la indemnización. En el caso de que ésta se haya visto reducida, deberá explicar de forma clara al asegurado los motivos que sustentan su decisión. Con REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 independencia de poder iniciar una reclamación a las instancias mencionadas en el punto 9, el asegurado podrá designar un perito según lo establecido en el art. 38 de la Ley de Contrato de Seguro. 7.4 RECHAZO DEL SINIESTRO AL ASEGURADO En caso de rechazo del siniestro por la entidad, ésta comunicará al asegurado por el medio acordado entre ambos, los motivos y bases legales de su decisión, en un plazo no superior a tres meses desde la declaración del siniestro. La respuesta de la entidad deberá contener las referencias necesarias para que el asegurado pueda comprobar que la resolución adoptada se ajusta al contrato firmado por ambas partes, en el caso de no estar conforme con dicha resolución el Asegurado podrá designar un perito según lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Contrato de Seguro. 8. CONTRATACIÓN A DISTANCIA ¿PUEDO DESISTIR EL CONTRATO? En el caso de contratos celebrado mediante el uso exclusivo de técnicas de comunicación a distancia, el tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física o jurídica que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia respecto a las coberturas voluntarias, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Para hacerlo, deberá comunicárselo a REALE por un medio que permita dejar constancia de la notificación, sin que sea necesario indicar motivo alguno. Desde la recepción por parte de Reale de dicha notificación cesará la cobertura del riesgo por parte de REALE que, antes de 30 días, procederá a la devolución de la prima no consumida. El derecho de desistimiento no será de aplicación para seguros obligatorios ni para aquellas coberturas señaladas en el artículo 10 de la Ley 22/2007. 9. LEGISLACIÓN APLICABLE • Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. • Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, así como su reglamento de desarrollo. PÁGINA 6 DE 8 [Seite 7] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS • Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de Distribución de Seguros. • Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos personales (RGPD) y la normativa nacional, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. • Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros. • Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales En caso de comercialización a distancia: • Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Así como cualquier otra norma que durante la vigencia de la póliza pudiera ser aplicable, así como por lo convenido en las Condiciones Generales y Particulares. 10. INFORME SOBRE LA SITUACIÓN FINANCIERA Y DE SOLVENCIA El cliente puede consultar la información sobre la situación financiera y de solvencia a través de nuestra página web en https://www.reale.es/es/quienes-somos/la-compania/informacion-economica REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 PÁGINA 7 DE 8 [Seite 8] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 11. POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS A continuación, la información básica y esencial que debes conocer sobre el tratamiento que hacemos en Reale sobre tus datos. Te recomendamos visites nuestra página web y leas nuestra Política completa para conocer en detalle cómo trataremos tus datos. Si tienes alguna consulta, escríbenos a dpo@reale.es y trataremos de resolver todas tus dudas. RESPONSABLE REALE SEGUROS GENERALES, S.A. (RSG) o REALE VIDA Y PENSIONES, S.A. DE SEGUROS (RV), según el producto sobre el que hayas solicitado precio o finalmente hayas decidido contratar. FINALIDAD Y Los datos que nos has facilitado serán utilizados por RSG o RV, según corresponda, para: LEGITIMACIÓN (1) la gestión del proyecto, solicitud o tarificación del seguro solicitado, así como la formalización y gestión del seguro si lo decides contratar. Legitimación: ejecución del contrato. (2) la comunicación de los datos a otras aseguradoras o reaseguradoras, así como al corredor de seguros que haya intermediado la póliza. Legitimación: ejecución del contrato. (3) el cumplimiento de nuestras obligaciones legales como aseguradora, principalmente para la selección del riesgo que se desea asegurar, o la prevención de blanqueo de capitales para RV, entre otras. Legitimación: obligación legal. (4) la prevención del fraude, impagos y suplantación de identidad (incluyendo la elaboración de perfiles); Legitimación: interés legítimo. (5) la elaboración de estudios estadísticos y desarrollo de nuevos productos y servicios previo proceso de anonimización de tus datos. Legitimación: interés legítimo. (6) la realización de actividades de fidelización y encuestas de opinión. Legitimación: interés legítimo. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 Con carácter conjunto entre RSG y RV como corresponsables para: (7) gestionar centralizadamente tus datos y proporcionarte un servicio más inmediato y completo en todas nuestras sucursales. Legitimación: interés legítimo. (8) enviarte comunicaciones comerciales de productos propios y similares a los previamente contratados, por cualquier medio mientras seas cliente (incluye la elaboración de perfiles "básicos"). Si tu seguro ha sido intermediado por un Corredor o un Operador de Banca Seguros sólo trataremos tus datos para esta finalidad si previamente tu Corredor de seguros/ Operador nos autoriza para cada acción. Legitimación: interés legítimo. DESTINATARIOS • A otras entidades del Grupo Reale para el cumplimiento de nuestras obligaciones legales y la gestión centralizada del servicio. • A entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos. • A entidades y organismos, públicos o privados, que intervengan en la gestión del contrato de seguro, aseguradoras y reaseguradoras, intervinientes en la gestión de la póliza que actúan como encargados, así como fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, reguladores u órganos gubernamentales. • Al corredor o correduría de seguro que haya intermediado tu póliza. • A ficheros comunes de solvencia relativos al cumplimiento e incumplimiento de obligaciones dinerarias. • A ficheros comunes para la prevención del fraude y detección, según corresponda por el seguro suscrito. • Al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). DERECHOS Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y, en su caso, oposición al tratamiento, así como revocar tu consentimiento en cualquier momento, dirigiéndote a tu Aseguradora o a cualquiera de los corresponsables en relación con los tratamientos realizados conjuntamente, a través del correo protecciondedatos@reale.es. INFORMACIÓN Te recomendamos consultes información completa y detallada sobre el tratamiento de tus datos en ADICIONAL www.reale.es/es/politica-de-privacidad, escaneando el código QR o poniéndote en contacto con nosotros en el 900 101 480 para que te la remitamos por el medio que prefieras. Nos comunicaremos contigo a través de cualquier medio (incluyendo Whatsapp) cuando sea necesario para alguna de las finalidades descritas anteriormente. Si no quieres recibir comunicaciones por algún medio en concreto, ponte en contacto con nosotros para registrar tus preferencias. PÁGINA 8 DE 8
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[Seite 1] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS NOTA INFORMATIVA PREVIA A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL REALE MASCOTAS 1. DATOS DE LA ENTIDAD ASEGURADORA REALE SEGUROS GENERALES S.A. con domicilio social en C/ Príncipe de Vergara, 125 28002 Madrid, desarrolla su actividad aseguradora en España con clave de autorización C0613, correspondiendo el control de su actividad a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. 2. NOMBRE DEL PRODUCTO REALE MASCOTAS 3. TIPO DE SEGURO 3.1 MODALIDAD DE SEGURO Responsabilidad Civil. 3.2 OBJETO DEL SEGURO REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 La presente póliza garantiza al Asegurado, dentro de los límites de la ley y de acuerdo con las definiciones, límites y condiciones del contrato, el pago de las indemnizaciones pecuniarias de las que el mismo pudiera resultar civilmente responsable por daños personales, materiales y perjuicios consecutivos ocasionados a terceros, así como los costes y gastos judiciales y extrajudiciales, siempre que la dirección jurídica frente a la reclamación sea asumida por el Asegurador, y la constitución de fianzas para garantizar las resultas civiles de dichos procedimientos, por hechos derivados del riesgo descrito en la presente póliza. 4. INFORMACIÓN BÁSICA PREVIA A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO La suscripción del riesgo exige que la información previa y mínima facilitada por el Tomador del seguro contemple: • Nombre del Tomador del Seguro • NIF/NIE • Domicilio • Fecha de nacimiento Además, también es necesario declarar información que describa el perro que se quiere asegurar: • Tipo de perro: de compañía no peligroso, peligroso o de vigilancia y guardia. • Raza: se ofrece una lista completa para seleccionar la raza del perro. • Sexo: macho o hembra. • Fecha de nacimiento Declaraciones sobre el riesgo La base para valorar el riesgo y determinar la suscripción del seguro, la asunción por parte del Asegurador de las obligaciones para él derivadas del contrato y la fijación de la prima se fundamenta en la información que el Tomador del Seguro/Asegurado facilita al Asegurador, para realizar el proyecto y/o la solicitud, por lo que la misma deberá ser veraz. PÁGINA 1 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid [Seite 2] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 5. INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN 5.1. PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES En cumplimiento de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, Reale Seguros Generales, S.A., dispone de un Servicio de Atención al Cliente, sito en la Calle Príncipe de Vergara 125 (28002 Madrid) y cuya dirección de correo electrónico es serviciodeatencionydefensa.clientes@reale.es. La misión de dicho Servicio es la de atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de usuario de los servicios de REALE, siempre que tales quejas y reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos del sector asegurador. Las quejas o reclamaciones podrán presentarse personalmente en cualquiera de las oficinas de REALE abiertas al público. Así mismo dispondrán de un teléfono de información gratuito, 900 211 021. A tal efecto existen formularios de queja o reclamación a disposición de los clientes en todas las oficinas de REALE. También pueden presentarse mediante correo dirigido al Servicio de Atención y Defensa del Cliente de REALE, a la dirección señalada, utilizando los mismos modelos indicados anteriormente, o a través de correo electrónico, debiendo ajustarse, para este último supuesto, a las exigencias previstas en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. El Servicio de Atención y Defensa del Cliente deberá resolver la Queja o Reclamación en el plazo previsto en el reglamento. En caso de no estar conforme con la resolución emitida por el Servicio de Atención y Defensa del Cliente, su reclamación REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 puede ser tramitada, en segunda instancia, por el Defensor del Cliente, Cl. Velázquez, nº 80, 1º D, CP. 28001 MADRID, Tlf. 913104043, Fax 913084991, e-mail reclamaciones@da-defensor.org o ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, órgano adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sita en el Paseo de la Castellana, 44 - 28046 Madrid, https://www.dgsfp.mineco.es o bien puede formular demanda ante los Juzgados de la jurisdicción civil. Se informa que la Entidad no está adherida a ninguna junta arbitral de consumo. 5.2. JURISDICCION APLICABLE El contrato quedará sometido a la legislación española, siendo el juez competente para conocer las acciones derivadas del contrato de seguro el del domicilio del asegurado. En el caso de que el Asegurado resida en el extranjero, deberá designar un domicilio en España. 6. DESCRIPCIÓN DE LAS GARANTÍAS 6.1 GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL BÁSICA Con esta garantía se cubren las reclamaciones por Responsabilidad Civil extracontractual imputable al Asegurado por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia del perro/gato descrito y debidamente identificado en las Condiciones Particulares. Esta garantía no tiene límite de edad en la contratación. 6.2 GASTOS DE DEFENSA Y FIANZAS Siempre que la reclamación obedezca a hechos derivados del riesgo especificado en la misma, y con el límite, en todo caso, de la Suma Asegurada indicada en las Condiciones Particulares quedan cubiertos por la póliza: 6.2.1 La constitución de las fianzas judiciales exigidas al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil por hechos derivados del riesgo especificado en la póliza. PÁGINA 2 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid [Seite 3] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 6.2.2 El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, siempre que el Asegurador asuma la dirección jurídica frente a la reclamación, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer el Asegurador, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la responsabilidad del Asegurado en el siniestro. Si el Asegurado designa su propia defensa, serán de su cuenta los gastos judiciales que se originen. 6.2.3. La dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aun cuando las reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por el Asegurador, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. 6.2.4. La defensa y representación en procesos criminales contra el Asegurado que tengan su causa en el ejercicio del riesgo cubierto por esta póliza, previo consentimiento del defendido. Si el Asegurado designa su propia defensa, serán de su cuenta los gastos judiciales que se originen. Cuando en la parte civil se haya llegado a un acuerdo amistoso, será potestad del Asegurador la prestación de la defensa del Asegurado en la parte criminal y está sujeta al consentimiento previo del defendido. 6.2.5. Sea cual fuere el fallo o resultado del proceso judicial, la Entidad Aseguradora se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieran contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el Asegurador estima improcedente el recurso, notificará su decisión al Asegurado, quedando éste en libertad para REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 interponerlo por su cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador si el recurso prosperase anulando o reduciendo el importe de la indemnización a cargo del Asegurador, con el límite en todo caso de dicha reducción. 6.2.6. Cuando quien reclame esté también asegurado con la misma Entidad Aseguradora o exista algún otro posible conflicto de intereses, ésta comunicará inmediatamente al Asegurado la existencia de estas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. El Asegurado, en este caso, podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el Asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, la Entidad Aseguradora quedará obligada a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.011 euros. (Art. 74 LCS). 6.2.7. No responderá el Asegurador del pago de multas o sanciones ni de las consecuencias de su impago. 6.3 PACK MASCOTAS (de contratación opcional) Daños a animales: Cubre, para animales de especie canina o felina, de edad superior a 3 meses e inferior a 9 años, vacunados e identificados, propiedad del asegurado (excluidos animales destinados a caza o deporte): • Gastos veterinarios por Accidente, incluidos los de exploración, intervención quirúrgica, curas y estancia en clínica, o sacrificio necesario del animal. • En caso de Robo o extravío: gastos de inserción de anuncios en prensa o radio local, para la búsqueda de la mascota, y gastos de retirada del animal de refugios o albergues públicos en el caso de que sea localizado. • Gastos de Sacrificio y de eliminación del cadáver por enfermedad, cuando sea necesario para evitar un sufrimiento irreversible del animal. • Gastos de Estancia en residencia canina o felina, cuando sea debida a hospitalización de su propietario por accidente o enfermedad (incluidos los de recogida y transporte). PÁGINA 3 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid [Seite 4] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS Acceso a Servicios variados como: • Información: en materias como clubes de mascota, adiestramiento, cuidadores a domicilio, peluquerías, criadores, concursos u otros eventos, tiendas especializadas, trámites para traslados… • Asesoramiento telefónico: sobre adquisición, adopción, trámites con la Administración, consultas de orientación veterinaria o legales. • Servicios veterinarios: acceso a veterinarios de urgencias 24 h, hospitalización, a consultas veterinarias, segunda opinión veterinaria, reservas de hora, consejos veterinarios sobre determinados tratamientos. • Guarderías de animales. • Recogida y transporte de mascotas. • Comida a domicilio. • Búsqueda de animales robados o extraviados. • Gestión entierro e incineración de la mascota. 7. EL SINIESTRO 7.1 PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DEL SINIESTRO Se comunicará a Reale a la mayor brevedad posible por medio de teléfono o en las oficinas de Reale, facilitando toda REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 clase de información sobre los hechos ocurridos y las consecuencias producidas. En caso de siniestros de robo o extravío, deben denunciarse los hechos ante la Autoridad Competente con indicación del nombre del Asegurador (REALE) y enviar el original de la denuncia a la Compañía. Existen coberturas con tramitación especial, como son las relativas a los diversos servicios prestados, que se solicitarán directamente en los teléfonos u otros medios (chat, correo electrónico) habilitados al efecto; el procedimiento se detalla, para cada servicio, en las Condiciones generales de la póliza. 7.2 CONCURRENCIA DE SEGUROS En el caso de que el asegurado disponga de dos o más contratos cubriendo la misma garantía afectada por el siniestro, suscritos con distintas entidades aseguradoras, deberá comunicar a cada una la existencia de las restantes pólizas, con indicación del nombre de las respectivas entidades aseguradoras, por cuanto corresponderá a cada entidad indemnizarle el daño producido en la proporción a la propia suma asegurada (art.32 Ley de Contrato de Seguro). 7.3 LIQUIDACIÓN DEL SINIESTRO AL ASEGURADO Declarado el siniestro y finalizadas las investigaciones y peritaciones necesarias para determinar la existencia de cobertura y la valoración del daño, la entidad, en el menor plazo de tiempo posible, indemnizará los daños garantizados en la póliza suscrita. En cualquier caso, la entidad, dentro de los 40 días siguientes a la declaración del siniestro, efectuará el pago del importe mínimo conocido, debiéndose efectuar la prestación total en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la declaración del siniestro, excepto causa justificada no imputable a la entidad. En caso de incumplimiento, ésta abonará al asegurado los intereses de demora correspondientes sobre la indemnización (arts. 18, 19 y 20 de la Ley de Contrato de Seguro). La entidad comunicará al asegurado, por el medio acordado entre ambos, el importe de la indemnización. En el caso de que ésta se haya visto reducida, deberá explicar de forma clara al asegurado los motivos que sustentan su decisión. Con independencia de poder iniciar una reclamación a las instancias mencionadas en el punto 9, el asegurado podrá designar un perito según lo establecido en el art. 38 de la Ley de Contrato de Seguro. PÁGINA 4 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid [Seite 5] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 7.4 RECHAZO DEL SINIESTRO AL ASEGURADO En caso de rechazo del siniestro por la entidad, ésta comunicará al asegurado por el medio acordado entre ambos, los motivos y bases legales de su decisión, en un plazo no superior a tres meses desde la declaración del siniestro. La respuesta de la entidad deberá contener las referencias necesarias para que el asegurado pueda comprobar que la resolución adoptada se ajusta al contrato firmado por ambas partes, en el caso de no estar conforme con dicha resolución el Asegurado podrá designar un perito según lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Contrato de Seguro. 8. CONTRATACIÓN A DISTANCIA ¿PUEDO DESISTIR EL CONTRATO? En el caso de contratos celebrado mediante el uso exclusivo de técnicas de comunicación a distancia, el tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física o jurídica que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia respecto a las coberturas voluntarias, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Para hacerlo, deberá comunicárselo a REALE por un medio que permita dejar constancia de la notificación, sin que sea necesario indicar motivo alguno. Desde la recepción por parte de Reale de dicha notificación cesará la cobertura del riesgo por parte de REALE que, antes de 30 días, procederá a la devolución de la prima no consumida. El derecho de desistimiento no será de aplicación para seguros obligatorios ni para aquellas coberturas señaladas en el artículo 10 de la Ley 22/2007. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 9. LEGISLACIÓN APLICABLE • Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. • Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, así como su reglamento de desarrollo. • Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de Distribución de Seguros. • Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos personales (RGPD) y la normativa nacional, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. • Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros. • Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales En caso de comercialización a distancia: • Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Así como cualquier otra norma que durante la vigencia de la póliza pudiera ser aplicable, así como por lo convenido en las Condiciones Generales y Particulares. 10. INFORME SOBRE LA SITUACIÓN FINANCIERA Y DE SOLVENCIA El cliente puede consultar la información sobre la situación financiera y de solvencia a través de nuestra página web en https://www.reale.es/es/quienes-somos/la-compania/informacion-economica PÁGINA 5 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid [Seite 6] REALE SEGUROS • NOTA INFORMATIVA REALE MASCOTAS 11. POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS A continuación, la información básica y esencial que debes conocer sobre el tratamiento que hacemos en Reale sobre tus datos. Te recomendamos visites nuestra página web y leas nuestra Política completa para conocer en detalle cómo trataremos tus datos. Si tienes alguna consulta, escríbenos a dpo@reale.es y trataremos de resolver todas tus dudas. RESPONSABLE REALE SEGUROS GENERALES, S.A. (RSG) o REALE VIDA Y PENSIONES, S.A. DE SEGUROS (RV), según el producto sobre el que hayas solicitado precio o finalmente hayas decidido contratar. FINALIDAD Y Los datos que nos has facilitado serán utilizados por RSG o RV, según corresponda, para: LEGITIMACIÓN (1) la gestión del proyecto, solicitud o tarificación del seguro solicitado, así como la formalización y gestión del seguro si lo decides contratar. Legitimación: ejecución del contrato. (2) la comunicación de los datos a otras aseguradoras o reaseguradoras, así como al corredor de seguros que haya intermediado la póliza. Legitimación: ejecución del contrato. (3) el cumplimiento de nuestras obligaciones legales como aseguradora, principalmente para la selección del riesgo que se desea asegurar, o la prevención de blanqueo de capitales para RV, entre otras. Legitimación: obligación legal. (4) la prevención del fraude, impagos y suplantación de identidad (incluyendo la elaboración de perfiles); Legitimación: interés legítimo. (5) la elaboración de estudios estadísticos y desarrollo de nuevos productos y servicios previo proceso de anonimización de tus datos. Legitimación: interés legítimo. (6) la realización de actividades de fidelización y encuestas de opinión. Legitimación: interés legítimo. Con carácter conjunto entre RSG y RV como corresponsables para: REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293 (7) gestionar centralizadamente tus datos y proporcionarte un servicio más inmediato y completo en todas nuestras sucursales. Legitimación: interés legítimo. (8) enviarte comunicaciones comerciales de productos propios y similares a los previamente contratados, por cualquier medio mientras seas cliente (incluye la elaboración de perfiles "básicos"). Si tu seguro ha sido intermediado por un Corredor o un Operador de Banca Seguros sólo trataremos tus datos para esta finalidad si previamente tu Corredor de seguros/ Operador nos autoriza para cada acción. Legitimación: interés legítimo. DESTINATARIOS • A otras entidades del Grupo Reale para el cumplimiento de nuestras obligaciones legales y la gestión centralizada del servicio. • A entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos. • A entidades y organismos, públicos o privados, que intervengan en la gestión del contrato de seguro, aseguradoras y reaseguradoras, intervinientes en la gestión de la póliza que actúan como encargados, así como fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, reguladores u órganos gubernamentales. • Al corredor o correduría de seguro que haya intermediado tu póliza. • A ficheros comunes de solvencia relativos al cumplimiento e incumplimiento de obligaciones dinerarias. • A ficheros comunes para la prevención del fraude y detección, según corresponda por el seguro suscrito. • Al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). DERECHOS Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y, en su caso, oposición al tratamiento, así como revocar tu consentimiento en cualquier momento, dirigiéndote a tu Aseguradora o a cualquiera de los corresponsables en relación con los tratamientos realizados conjuntamente, a través del correo protecciondedatos@reale.es. INFORMACIÓN Te recomendamos consultes información completa y detallada sobre el tratamiento de tus datos en ADICIONAL www.reale.es/es/politica-de-privacidad, escaneando el código QR o poniéndote en contacto con nosotros en el 900 101 480 para que te la remitamos por el medio que prefieras. Nos comunicaremos contigo a través de cualquier medio (incluyendo Whatsapp) cuando sea necesario para alguna de las finalidades descritas anteriormente. Si no quieres recibir comunicaciones por algún medio en concreto, ponte en contacto con nosotros para registrar tus preferencias. PÁGINA 6 DE 6 Reale Seguros C/Príncipe de Vergara 125 • 28002 • Madrid

Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.

Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

Opera en España en libre prestación de servicios.

NAMMERT Assekuradeur GmbH es una empresa distinta.

No media su contrato.

Información previa (en alemán)