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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil particular y familiar / Archivo de condiciones

A.M.A. A.M.A. Seguro de Hogar: el condicionado completo

Multirriesgo de Hogar de A.M.A., solo documentado por el IPID: la RC derivada de la vivienda, privada y familiar es cobertura básica, con ámbito España; el condicionado general no está disponible.

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¿Quién debe quedar asegurado?
Franquicia

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Condicionado

Revisión punto por punto

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada para daños personales y materialessegún las condiciones particulares„Responsabilidad civil derivada de la vivienda, privada y familiar.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Perjuicios económicosno regulado
Límite anual por anualidadno regulado
Franquicia generalno regulado
Personas aseguradas (pareja, hijos, límites de edad)no regulado
Hijos solteros: hasta cuándo están cubiertosno regulado
Ámbito territorial y estancias en el extranjerosí„¿Dónde estoy cubierto? España“IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Garantía frente al condicionado modelo GDVno regulado
Garantía de actualización de condicionesno regulado
Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condicionesno regulado
Cobertura automática de nuevos riesgosno regulado

Personas y hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños causados por menores sin capacidad de culpano regulado
Daños por adultos sin capacidad (demencia)no regulado
Personal doméstico, au pair, cuidadoresno regulado
Familiares dependientes en el hogarno regulado
Voluntariadono regulado
Daños por favores o ayudas de cortesíano regulado
Reclamaciones entre aseguradosno regulado

Bienes ajenos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda alquiladano regulado
Daños a bienes muebles alquilados (apartamento, hotel)no regulado
Bienes prestados, alquilados o arrendadosno„Daños a bienes de terceras personas, que se encuentren en“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Pérdida de llaves privadasno regulado
Pérdida de llaves profesionales y sistemas de cierreno regulado
Daños graduales y aguas residualesno regulado
Intercambio de datos y uso de internetno regulado
Daños de carga y descargano regulado
Daños a bienes del empleador o compañerosno regulado

Ocio, vehículos y animales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vehículos a motor: excepciones a la exclusiónno regulado
Uso de vehículos ajenosno regulado
Embarcaciones propias (vela, potencia)no regulado
Uso ocasional de embarcaciones ajenasno regulado
Aeromodelos y dronesno regulado
Bicicletas eléctricas y patinetesno regulado
Mascotas domésticas y animales pequeñosno regulado
Cuidado de perros y caballos ajenosno regulado
Deporte, competiciones, armas, cazano regulado

Vivienda y propiedad

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vivienda propia habitada por el aseguradosí„Responsabilidad civil derivada de la vivienda, privada y familiar.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Segunda residencia o vivienda vacacionalno regulado
Alquiler de habitaciones o apartamento anexono regulado
Terrenos sin edificarno regulado
Riesgo como promotor de obrasno regulado
Placas solares y bateríasno regulado
Contaminación de aguas por depósitos de gasóleono regulado
Daños medioambientales según la leyno„Daños producidos por contaminación, polución o corrosión.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Deber de mantener accesos seguros (nieve, hielo)no regulado

Protección propia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cobertura por impago del causanteno regulado
Gastos jurídicos para reclamar al causanteno regulado
Protección de víctimas de delitos violentosno regulado
Indemnización a valor nuevo o realno regulado
Actividades secundarias (límite de facturación)no regulado„responsabilidad civil de explotación de pequeñas consultas o“IPID, coberturas complementarias, página 1
Responsabilidad de funcionariosno regulado

Contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Culpa grave y obligaciones del aseguradono regulado
Duración y rescisiónsí„La duración del contrato es anual y se renovará anualmente de forma automática, salvo que Usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida al Asegurador con un mes de antelación“IPID, ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2
Cláusula de revisión de primano regulado
Exclusiones poco habitualesno regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: A.M.A. Seguro de Hogar (Multirriesgo de Hogar), Documento de información (IPID)
[Seite 1] SEGURO DE HOGAR Seguro de Hogar Documento de Información sobre el producto de seguro Documento de información sobre el producto de seguro A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, inscrita en el Registro público de aseguradoras A.M.A. y Agrupación mutual Aseguradora, inscrita en el registro público de aseguradoras y reaseguradoras bajo clave M0328 reaseguradoras bajo clave M0328 Producto: Multirriesgo de Hogar Producto: Multirriesgo de Hogar Este es un documento normalizado que proporciona, de forma resumida, la descripción básica de las principales garantías de este seguro y las principales exclusiones, así como otros aspectos destacados del mismo. La información precontractual y contractual completa, relativa al producto, y a la que quedarán sujetas las partes en caso de realizarse la contratación, se facilita en otros documentos. El presente documento carece de valor contractual. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Se trata de un seguro que le permite proteger su vivienda ante múltiples riesgos que puedan ocasionar daños materiales, tanto al propio inmueble como a los bienes contenidos en éste. También cubre la responsabilidad civil por daños o lesiones ocasionados a otras personas o sus bienes, derivada de la propiedad o uso de la vivienda. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Usted tendrá contratadas las siguientes coberturas básicas: Usted no estará asegurado si se produce alguno de los hechos que se incorporan en el contrato, entre los que podemos destacar, los Incendio, explosión, rayo, gastos de salvamento, desescombro siguientes: y/o extinción. Daños en instalaciones eléctricas por la electricidad y/o rayos. En todas las coberturas: Daños o pérdidas en mobiliario, ropas o enseres con motivo de un desplazamiento (viajes, turismo etc..) producidos en hoteles, Pérdidas o daños causadas por la mala fe del asegurado, dolo o residencias o apartamentos en los que se esté alojado. culpa grave del mismo. Daños por agua: Escapes accidentales, desbordamientos, filtraciones, omisión de cierre de llaves o grifos de agua, entre Daños producidos por defectos de fabricación, instalación o otras. productos defectuosos, en general. Daños estéticos al continente y daños consecuencia de actos vandálicos o malintencionados. Daños por defectos de la construcción. Daños materiales producidos por accidentes externos o agentes externos, tales como; impacto de vehículos, lluvia, viento, nieve, Daños a bienes de terceras personas, que se encuentren en granizo, entre otras causas. depósito o custodia. Daños por accidentes domésticos y daños en aparatos eléctricos o electrónicos. Daños producidos por la falta de mantenimiento o conservación o Robo y hurto. por la no realización de las reparaciones indispensables para el Robo o atraco fuera de la vivienda asegurada. perfecto estado de conservación de los objetos asegurados. Rotura de cristales, mármoles, granitos y similares y vitrocerámica. Daños que se produzcan como consecuencia de trabajos de Daños materiales producidos por humo. reparación o reforma en la vivienda asegurada. Desalojo forzoso. Reposición de documentos públicos. Daños debidos a reacción o radiación nuclear o contaminación Responsabilidad civil derivada de la vivienda, privada y familiar. radiactiva. Protección jurídica, incluyendo reclamación de daños y asistencia jurídica, defensa jurídica y reclamaciones. Daños producidos por contaminación, polución o corrosión. Adicionalmente, Usted podrá contratar las siguientes coberturas complementarias: • Daños a jardines, ampliación de la responsabilidad civil, ampliación de daños en aparatos eléctricos/electrónicos, accidentes del personal doméstico, accidentes personales de la familia, ¿Existen restricciones en lo que responsabilidad civil de explotación de pequeñas consultas o despachos en la vivienda. respecta a la cobertura? Usted no podrá presentar una solicitud de indemnización si se Usted tendrá adicionalmente los siguientes Servicios: encuentra en alguna de las situaciones que se incorporan en el • Asistencia informática incluyendo manitas tecnológico. contrato, entre las que podemos destacar, las siguientes: • Asistencia al hogar: servicios de reparación y/o averías, reformas, cerrajería urgente entre otros. Aquellas viviendas que no reúnan las características definidas para • Servicio de manitas y ayuda en el hogar. las viviendas asegurables establecidas en las normas de contratación y/o en la documentación contractual entregada al cliente. El capital asegurado será aquel que se determine en el Contrato de Seguro para cada una de las garantías que Usted elija contratar. Los capitales máximos y capitales mínimos obligatorios y/o las Esta información se facilitará en la documentación contractual que cuantías económicas límite que figuren en las Condiciones le facilite el Asegurador. Generales y/o Particulares. Las restricciones y limitaciones de cada cobertura contratada especificadas en las Condiciones Generales y/o Particulares. El periodo de cobertura y carencias para cada una de las garantías contratadas se ajustará a lo establecido en el Contrato de Seguro. Sólo estarán garantizadas aquellas coberturas complementarias que se incluyan en las Condiciones Particulares. [Seite 2] Seguro de Hogar SEGURO DE HOGAR Documento de Documento de información sobre el producto de seguro Información sobre el producto de seguro A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, inscrita en el Registro público de aseguradoras A.M.A. y Agrupación mutual Aseguradora, reaseguradoras bajo clave M0328 inscrita en el registro público de aseguradoras y reaseguradoras bajo clave M0328 Producto: Multirriesgo de Hogar Producto: Multirriesgo de Hogar ¿Dónde estoy cubierto? España ¿Cuáles son mis obligaciones? Obligaciones al comienzo del contrato: • El pago de la prima del seguro. • Responder el cuestionario al que le someterá la Aseguradora. • Devolver firmadas las Condiciones Particulares. Obligaciones durante la vigencia del contrato: • Comunicar al Asegurador: - La agravación o variación del riesgo sobre el bien o bienes asegurados. - La existencia de otro contrato de seguro que cubra los mismos riesgos asegurados. - La transmisión del bien asegurado en la forma y plazo establecido en las Condiciones Generales. - Cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento y que pueda estar relacionada con el siniestro. • En ningún caso negociar, admitir ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al siniestro. • Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias de un posible siniestro, cooperando en el salvamento de personas o bienes. Obligaciones en caso de solicitud de indemnización: • La ocurrencia del siniestro en el plazo máximo de 7 días desde que tuvo conocimiento de éste, excepto si se ha pactado un plazo más amplio en las condiciones particulares o especiales de contratación. La comunicación de siniestro y la solicitud de los servicios deben ser solicitados por escrito. • Facilitar a la Aseguradora informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. • Aportar la documentación e información requerida por el Asegurador para determinar y realizar el pago de la indemnización que se establezca en las Condiciones Generales y/o Particulares. • Si ocurre un siniestro en el que se hayan dañado cosas u objetos, comunicar por escrito la relación de objetos existentes en el momento del siniestro y la de los salvados, indicando su valor y estimación de daños. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? Tras la contratación, el recibo del seguro se domiciliará en la cuenta bancaria que Usted nos indique o cualquier otro medio según se indique en las condiciones particulares de contratación. El pago es anual, pudiéndose fraccionar con los recargos que pudieran corresponder si así se establece en las condiciones particulares de la póliza. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El contrato comienza y finaliza en las horas y fechas establecidas en las Condiciones Particulares. La duración del contrato es anual y se renovará anualmente de forma automática, salvo que Usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida al Asegurador con un mes de antelación a la fecha de finalización establecida en sus Condiciones Particulares, así como en caso de que la entidad Aseguradora se oponga a su prórroga, comunicándoselo a usted con, al menos, dos meses de antelación a la conclusión del periodo en curso. Si Usted solicitase la resolución del contrato antes de su vencimiento, no tendrá derecho al reintegro de la prima. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Para la no renovación del contrato, prevista en el apartado anterior, Usted podrá ponerse en contacto con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, Mutua de seguros a prima fija, mediante comunicación escrita a la dirección de nuestro domicilio social sito en Vía de los Poblados nº 3, Parque empresarial Cristalia, Edificio 4, Madrid 28033 o en cualquiera de sus oficinas abiertas al público. En caso de contratación a distancia, Usted podrá resolver unilateralmente el contrato de seguro dentro de los catorce días siguientes a la entrega de la documentación precontractual y contractual de acuerdo con la legislación aplicable, poniéndose en contacto con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, Mutua de seguros a prima fija, tal y como se ha descrito anteriormente.

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Qué póliza le encaja depende de cosas que ningún comparador conoce: hijos, perro, barco, dron, un piso alquilado. Escríbanos y comparamos por usted, sin coste.

Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.

Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

Opera en España en libre prestación de servicios.

NAMMERT Assekuradeur GmbH es una empresa distinta.

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Información previa (en alemán)