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Seguro Cajamar Hogar Modular
CMH-1.23
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ÍNDICE 2
Claúsula Informativa 3 Artículo 1º · Objeto del seguro 23
Artículo 2º · Ámbito territorial 24
Cuadro Resumen de Garantías 6 Artículo 3º · Bienes asegurables 26
Artículo 4º · Riesgos que pueden ser cubiertos por la Compañía 33
Preliminar 11 Artículo 5º · Riesgos y Daños que no cubre la Compañía 99
Artículo 6º · Valoración 103
Definiciones 12 Artículo 7º · Actualización Automática de Sumas Aseguradas 108
Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de
Compensación de Seguros 110
Personas intervinientes 20
Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro 116
Artículos 22
¿Qué hacer en caso de siniestro? 124
Teléfonos y direcciones de correo 129
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Claúsula
Informativa
3
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CLÁUSULA INFORMATIVA
La presente información tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido Órgano Administrativo de Control de la Entidad Aseguradora
en los artículos 96.1 Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad del Estado
y 122 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, por el que se Español, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones,
aprueba su Reglamento de desarrollo, relativos al deber general de el control de la actividad aseguradora y la protección de la libertad de los
información al Tomador del Seguro y al Asegurado por parte del Asegurador. Asegurados para decidir la contratación de los seguros y el mantenimiento
del equilibrio contractual en los contratos de seguros ya celebrados.
Denominación y Domicilio Social de la Entidad Aseguradora
Instancias de reclamación y procedimiento a seguir ante
Entidad Aseguradora: CAJAMAR SEGUROS GENERALES SOCIEDAD posibles controversias
ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante podrá ser
identificada como CAJAMAR SEGUROS GENERALES), con domicilio Cajamar Seguros Generales pone a disposición de los Asegurados un
social en Almería, Calle Ciudad Financiera, 1, 04131 Almería, España. Servicio de Atención al Cliente. Podrán presentar reclamaciones el Tomador
Inscrita en el Registro Mercantil de Almería, Tomo 1290, Libro 0, Folio 78, del seguro, los Asegurados, los Beneficiarios, Terceros perjudicados o
Hoja AL-31395 y CIF A04653556. causahabientes de cualesquiera de los anteriores. La reclamación deberá
formalizarse por escrito, y en la misma deben consignarse sus datos
A todos los efectos de este Contrato, especialmente para la práctica de personales, firma, domicilio, el número de póliza o de siniestro, y los
las comunicaciones y notificaciones que le sean hechas, el domicilio hechos que motivan su presentación. Caso que la reclamación se presente
designado por Cajamar Seguros Generales es su Oficina Central sita en por medio de Representante, será necesario adjuntar en hoja aparte la
Plaza de Manuel Gómez-Moreno nº 5, 28020, Madrid, España. documentación acreditativa de la representación.
4
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El escrito deberá dirigirse a la siguiente dirección: Todo ello sin perjuicio del derecho de los Asegurados de recurrir a la tutela
de los jueces y tribunales competentes.
Servicio de Atención al Cliente de Cajamar Seguros Generales Plaza de
Manuel Gómez-Moreno nº 5, 28020, Madrid, España. Legislación aplicable al Contrato de Seguro
cajamarsegurosgenerales@cajamarsegurosgenerales.es
Este Contrato de Seguro se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de Octubre, de
El Servicio de Atención al Cliente, que funciona de forma autónoma e Contrato de Seguro (que no tendrá carácter imperativo en caso de que, de
independiente, acusará recibo de la reclamación y deberá resolver, de forma conformidad con el art. 11 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
motivada, en el plazo máximo de dos meses en aplicación de lo establecido supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras el presente contrato
en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema se considere como un seguro de grandes riesgos), por la citada Ley
Financiero y en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo que regula los 20/2015, por el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, por el que
departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de se aprueba el Reglamento de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las
las entidades financieras. entidades aseguradoras y reaseguradoras, por la normativa que desarrolle,
modifique o complemente dichas normas y por lo dispuesto en las
Las decisiones del Servicio de Atención al Cliente tendrán fuerza vinculante Condiciones del Contrato, en todos sus anexos, suplementos y apéndices,
para la Entidad Aseguradora. y en la solicitud de seguro y en el cuestionario de evaluación del riesgo
suscrito por el Tomador, el cual constituye un documento fundamental para
Transcurrido el plazo de 2 meses desde la fecha de presentación de la que el Asegurador haya prestado su consentimiento para contratar y para
reclamación sin que haya sido resuelta por el Servicio de Atención al fijar las condiciones de la póliza.
Cliente de la Compañía, o cuando éste haya desestimado la petición, los
interesados podrán presentar su reclamación ante el Servicio de Reclama-
ciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a través
de su página web o en sus oficinas cuya dirección es:
Pº de la Castellana, 44 · 28046 Madrid
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Cuadro Resumen
de Garantías
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CUADRO RESUMEN DE GARANTÍAS
HOGAR COMPLET HOGAR ÉLITE PLUS
GARANTÍAS CTE CDO CAPITAL CTE CDO CAPITAL
Incendio 100% 100% - 100% 100% -
Explosión e implosión 100% 100% - 100% 100% -
Efectos secundarios 100% 100% - 100% 100% -
Humo 100% 100% - 100% 100% -
INCENDIO Y ASIMILADOS
Caída de rayo 100% 100% - 100% 100% -
Gastos de extinción de incendios 100% 100% - 100% 100% -
Lluvia, viento pedrisco o nieve 100% 100% - 100% 100% -
Goteras 100% 100% - 100% 100% -
DAÑOS NATURALES
Daños por helada 100% 100% - 100% 100% -
Inundación 100% 100% - 100% 100% -
Escapes de agua 100% 100% - 100% 100% -
Localización de avería con escape de agua 100% - - 100% - -
Reparación de las conducciones del agua 100% - - 100% - -
Trabajos para el desatasco sin daños - - 300 € - - 400 €
DAÑOS POR AGUA
Exceso del consumo del agua - - 300/1.000 € - - 300/1.000 €
Derrame de líquidos 100% 100% - 100% 100% -
Desembarre 10% 10% - 10% 10% -
Localización / reparación sin daños - - 150 € - - 250 €
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HOGAR COMPLET HOGAR ÉLITE PLUS
GARANTÍAS CTE CDO CAPITAL CTE CDO CAPITAL
Daños eléctricos - - 3.000 € 100% 100% -
Daños por calor - - 3.000 € 100% 100% -
Alimentos refrigerados o congelados - - 300 € - - 300 €
Apertura puerta y/o reposición llaves /
- - 600 € - - 600 €
cerraduras
Reposición de documentos - - 300 € - - 300 €
Cobertura en Viajes:
- - 3.000 € - - 3.000 €
Límite Total
• Sublímite Joyas - - 1.200 € - - 1.200 €
• Sublímite Objetos de Valor - - 2.400 € - - 2.400 €
OTROS DAÑOS
A LOS BIENES • Sublímite Dinero en Efectivo - - 300 € - - 300 €
Daños causados por el inquilino - - 3.000 € - - 3.000 €
Actos de vandalismo o malintencionados 100% 100% - 100% 100% -
Impacto 100% 100% - 100% 100% -
Medidas de la Autoridad 100% 100% - 100% 100% -
Medidas de salvamento 100% 100% - 100% 100% -
Desescombro 100% 100% - 100% 100% -
Desperfectos por Robo 100% 100% - 100% 100% -
Robo de Mobiliario 100% 100% - 100% 100% -
Robo de joyas y objetos de valor 100% 100% - 100% 100% -
Robo en maletero - - 1.500 € - - 1.500 €
Robo de dinero en efectivo - - 300 € - - 600 €
ROBO Hurto en el hogar - - 3.000 € - - 3.000 €
Atraco fuera del hogar:
- - 1.500 € - - 1.500 €
Límite Total
• Sublímite Dinero en efectivo - - 300 € - - 600 €
• Sublímite Asistencia sanitaria - - 150 € - - 150 €
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HOGAR COMPLET HOGAR ÉLITE PLUS
GARANTÍAS CTE CDO CAPITAL CTE CDO CAPITAL
Alquiler de una vivienda provisional - 3.000/12.000 € - - 3.000/12.000 € -
Pérdida de alquileres por siniestro 3.000/12.000 € - - 3.000/12.000 € - -
PERDIDAS ECONÓMICAS
Uso fraudulento de tarjetas de crédito - - 300 € - - 300 €
Rotura - - 3.000 € - - 3.000 €
ROTURA
Daños Estéticos - - 2.000 € - - 4.000 €
DAÑOS ESTÉTICOS
Asistencia al Hogar INCLUIDO INCLUIDO
Gastos de hotel - - 3.000 € - - 3.000 €
ASISTENCIA
Inhabilitación de la cocina - - 1.125 € - - 1.125 €
Bricohogar INCLUIDO INCLUIDO
BRICOHOGAR
Servicio de Orientación Médica INCLUIDO INCLUIDO
SERV. ORIENTACIÓN MÉDICA
Segunda Opinión Médica INCLUIDO INCLUIDO
SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA
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HOGAR COMPLET HOGAR ÉLITE PLUS
GARANTÍAS CTE CDO CAPITAL CTE CDO CAPITAL
Asistencia Informática y Tecnológica INCLUIDO INCLUIDO
• Recuperación de datos - - 2.000 € - - 2.000 €
• Defensa del Consumidor - - 3.000 € - - 3.000 €
• Reclamación de daños - - 6.000 € - - 6.000 €
• Defensa penal - - 6.000 € - - 6.000 €
ASIST. INFORM.Y
TECNOLÓGICA • Protección datos carácter personal - - 300 € - - 300 €
• Uso fraudulento cuentas /
- - 1.000 € - - 1.000 €
tarjetas por internet
RC. Extracontractual - - 300.000 € - - 300.000 €
Ampliación RC Extracontractual Opcional - - - - - 300.000 €
Fianzas - - 150.000 € - - 200.000 €
RESPONSABILIDAD CIVIL
Reclamación de Daños - - 30.000 € - - 10% S.A. RC
Defensa Jurídica - - 6.000 € COBERTURAS ÉLITE 6.000 €
DEFENSA JURÍDICA
Accidentes Corporales - 100 % - - 100 % -
ACCIDENTES CORPORALES
Avería de Electrodomésticos - - 300 € - - 300 €
AVERÍA ELECTROD.
Todo Riesgo Accidental - - - 100 % 100 % -
TODO RIESGO ACCIDENTAL
Recuperación de la Vivienda Ocupada SEGÚN CONDICIONES PARTICULARES
RECUPERACIÓN DE
LA VIVIENDA OCUPADA
Mascotas y Plantas - - - INCUIDO
SERVICIO DE MASCOTAS
Y PLANTAS
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Preliminar
Toda mención que se efectúe en la Póliza a una denominación concreta remitirá ésta a la
definición que se haga en el lugar oportuno de las Condiciones Generales del Contrato de
Seguro o de las presentes Condiciones Generales, significando siempre lo mismo.
11
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Definiciones
12
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DEFINICIONES
En esta Póliza se entiende por: Chalet
Adosado Vivienda unifamiliar aislada o sin colindantes, que no comparte ninguna
pared con otras edificaciones (a excepción de muros, setos o vallas).
Vivienda unifamiliar que comparte alguna pared (no muro, seto o valla)
con otra edificación. Compensación de capitales
Alarma Si en el momento de la ocurrencia del siniestro existiese un exceso
de suma asegurada en una o varias partidas aseguradas a valor total,
Alarma conectada a Central Receptora de Empresa de Seguridad. tal exceso podrá aplicarse a las otras partidas aseguradas a valor total
que resultasen insuficientemente aseguradas mientras que la prima
Ático resultante del nuevo reparto de sumas aseguradas no exceda de la
satisfecha en la anualidad en curso.
Vivienda situada en las últimas plantas de un edificio, retranqueada
respecto a la alineación vertical de la fachada. Cristal antirrobo
Caja de caudales Conjunto compuesto por 3 lunas de entre 4 y 6 milímetros de espesor
cada una, unidas por láminas de butiral de polivinilo o de resina plástica.
Caja de seguridad destinada a la conservación y protección de bienes
de especial valor que se encuentra anclada a la pared o empotrada en Daño material
la misma, o cuyo peso excede de 500 kg. estando en planta baja o de
100 kg. encontrándose en una planta elevada. Destrucción, deterioro o desaparición de una cosa. Para los árboles,
plantas y animales se entiende daño material únicamente la destrucción
o deterioro ocasionado a los mismos.
13
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Daño personal Se consideran servicios domésticos: trabajos de limpieza, asistencia
a las personas, jardinería, mantenimiento y otros análogos en los
Lesión corporal o muerte causados a personas físicas. supuestos en que se desarrollen en el contexto del hogar.
Dependencias anexas Estancia
Garajes, pabellones, bodegas, trasteros y similares que estén Cada una de las dependencias (completamente techadas) en que se
específicamente aislados y cerrados para uso privativo, que dan servicio divide la vivienda asegurada y que su comunicación con otras se realiza
y complementan a la vivienda principal asegurada en esta póliza. Deben por huecos del tamaño de puertas, abiertos en los muros o paredes,
declararse expresamente en póliza para considerarse aseguradas. existan o no puertas de separación.
Despoblado Franquicia
Situación de edificio que no forma parte de un Núcleo urbano o urba- Cantidad expresamente pactada en las Condiciones Particulares de la
nización asimilable a núcleo urbano, según quedan definidos en este Póliza que va a cargo del Asegurado y que se deducirá de la indemni-
mismo apartado. zación que corresponda en cada siniestro, una vez aplicadas, en cada
caso, las condiciones de la póliza, como límites, sublímites, primer
Empleado doméstico riesgo, infraseguro y/o regla de equidad.
La persona física dedicada a servicios exclusivamente domésticos para Fecha de Efecto
uno o varios miembros de la unidad familiar, siempre que estos servicios
sean prestados en la vivienda asegurada a cambio de remuneración, y Fecha de inicio de vigencia del contrato de seguro.
se encuentre de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar
de la Seguridad Social.
14
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Índice Base Límite de indemnización
El que corresponde al último Índice de Precios al Consumo publicado Prestación máxima, expresamente pactada en estas Condiciones
por el Instituto Nacional de Estadística, u Organismo que le sustituya, Generales o en las Condiciones Particulares de la Póliza, que está
en la fecha de emisión de la Póliza y que se consigna en la misma como obligada a pagar la Compañía por siniestro que afecte a un determinado
coeficiente de revalorización. Riesgo, Garantía y/o cobertura.
Índice de Vencimiento Llave
El último Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Instrumento que sirve para abrir o cerrar una cerradura; se consideran
Nacional de Estadística, u Organismo que le sustituya, con anterioridad llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, y los mandos o instrumen-
a la emisión del recibo correspondiente a cada vencimiento anual de tos de apertura a distancia.
la Póliza.
Núcleo urbano o urbanización asimilable a núcleo urbano
Infraseguro
Situación de conjunto de edificios, pertenecientes a diferentes
Se produce cuando la suma asegurada es inferior al valor que debería propietarios, que se encuentran en una misma zona urbanizada,
tener en base al interés asegurado (ver Artículo 6 Valoración). entendiéndose como tal aquélla que dispone de todos y cada uno de
los servicios siguientes: alumbrado público, suministro público de
Jardines agua potable, alcantarillado público y cobertura telefónica (móvil o fija).
Terrazas, jardines y porches, siempre que se encuentren situados en la
misma finca que la vivienda asegurada, y estén debidamente cercados
o vallados para uso exclusivo de la vivienda.
15
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Perros Potencialmente Peligrosos a efectos de este seguro Póliza
Los que pertenezcan a las siguientes razas y cruces con ellas: Es el documento que contiene las condiciones reguladoras del Contrato
de Seguro. Forman parte integrante de la Póliza las Condiciones
Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Generales, las Condiciones Particulares, la Solicitud, si la hubiere, y
Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu, Doberman, todos aquellos suplementos o apéndices que se emitan con posteriori-
Bull Terrier, American Pitbull Terrier, Presa Canario, Presa Mallorquín (Ca dad y la complementen.
de Bou), Mastín Napolitano, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet y Bullmastiff.
Prima
Los de cualquier otra raza o cruce de razas recogidas en la normativa
aplicable en la comunidad autónoma del domicilio del asegurado. Precio del seguro. El recibo incluirá, además, los impuestos, tributos y
recargos que sean legalmente repercutibles.
Los que, aun perteneciendo a otras razas o cruce de razas distintas a las
anteriores, sean considerados peligrosos por la autoridad competente Primer riesgo
debido a sus características y/o antecedentes de agresiones.
Modalidad de aseguramiento que consiste en asegurar un valor
Piso en alto determinado hasta el cual queda cubierto el interés asegurado,
independientemente de su valor total.
Vivienda situada en edificio con más de una vivienda y con ventanas
y balcones a más de tres metros del nivel del suelo, no siendo ático. Regla de equidad
Planta baja Cuando las circunstancias del riesgo sean distintas de las conocidas
por la Compañía, por inexactitud en las declaraciones del Tomador o
Vivienda situada en edificio con más de una vivienda y con ventanas o por agravación posterior del riesgo sin comunicación a la Compañía,
balcones a menos de tres metros del nivel del suelo. la indemnización se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre
16
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la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido Suma Asegurada
la verdadera entidad del riesgo (Artículo 10 de la Ley de Contrato
de Seguro). Valor atribuido por el Tomador del Seguro o Asegurado a cada una
de las partidas asegurables cubiertas por la Póliza, que figura en las
Regla proporcional Condiciones Particulares de la misma, y cuyo importe es la cantidad
máxima que está obligada a pagar la Compañía en caso de siniestro
Si en el momento de la ocurrencia del siniestro la suma asegurada que afecte a esa partida.
es inferior al valor del interés asegurado, la Compañía indemnizará el
daño causado en la misma proporción en la que aquélla cubre el interés Tercero
asegurado (Artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro).
Cualquier persona física o jurídica distinta de:
Riesgo
1. El Tomador del Seguro y el Asegurado.
Posibilidad de ocurrencia de un acontecimiento fortuito capaz de
producir daños. También representa la agrupación, bajo una única 2. El cónyuge de hecho o de derecho, ascendientes, descendientes
denominación o título, de un determinado número de Garantías. y colaterales hasta de segundo grado del Tomador del Seguro y
del Asegurado.
Siniestro
3. Los integrantes de la Unidad familiar.
Todo daño causado por un hecho súbito, accidental e imprevisto,
dentro del periodo de vigencia de la póliza, cuyas consecuencias 4. El arrendatario (inquilino) o cualquier persona que de forma
estén total o parcialmente cubiertas por la misma. temporal o permanente habite la vivienda asegurada (mientras
dure la estancia).
5. Cualquier persona que, de forma habitual o permanente, esté a su
servicio, ya sea realizado por cuenta propia o ajena.
17
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Unidad de siniestro de depreciaciones por uso, estado de conservación o cualquier otra
circunstancia concomitante.
Se considerará que constituye un sólo y único siniestro el
acontecimiento o serie de acontecimientos dañosos debidos a una Valor Real
misma causa original, salvo que entre las varias causas iguales no
haya relación alguna de dependencia. Se entiende por tal el valor de reposición a nuevo, según se ha definido
en el punto anterior, deducción hecha de las depreciaciones por uso,
Unidad familiar estado de conservación o cualquier otra circunstancia.
Conjunto de personas unidas por vínculo de parentesco con el Valor total
Asegurado, o inscritas como pareja de hecho de éste en registro
público, que conviven en la vivienda asegurada un mínimo de tres Modalidad de aseguramiento que exige que la suma asegurada para
meses al año. Cualquier discrepancia sobre convivencia se resolverá una partida asegurable corresponda a la totalidad del interés asegurado
acudiendo al padrón municipal. correspondiente a la misma. En el caso de que aquélla fuera inferior, el
Asegurado será considerado como propio asegurador por la diferencia
Urbanización no asimilable a núcleo urbano y como tal, en caso de siniestro, participará en las pérdidas o daños en
la misma proporción.
Situación de conjunto de edificios, pertenecientes a diferentes propietarios,
situados en una urbanización que no reúne las características fijadas en Vehículo de movilidad personal
la definición de Núcleo urbano o urbanización asimilable.
Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado
Valor de Reposición a Nuevo exclusivamente por motor eléctrico que pueden proporcionar una
velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo
Modalidad de aseguramiento que consiste en asegurar un bien por la pueden estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de
cantidad que exigiría la adquisición de uno nuevo igual, o de análogas sistema de autoequilibrado.
características si ya no existiera uno igual en el mercado, sin aplicación
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Se excluyen de esta definición los vehículos sin sistema de autoequi-
librado y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los
vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos con
una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC, así como aquellos
incluidos dentro del ámbito del Reglamento (UE) nº168/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013.
Vivienda habitual
Vivienda en la que se reside al menos 184 días al año.
Vivienda secundaria habitada
Vivienda en la que se reside menos de 184 días al año.
Vivienda secundaria deshabitada
Vivienda en la que no se reside nunca. Si la vivienda no dispone de
suministros básicos contratados (agua, luz) o mobiliario y enseres
necesarios para la pernoctación, se entenderá, en todo caso, deshabitada.
Vivienda cedida en alquiler
Vivienda arrendada a terceros por periodos continuados de duración
mínima 184 días, existiendo contrato legal de arrendamiento.
19
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Personas intervinientes
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PERSONAS INTERVINIENTES
En esta Póliza se entiende por:
Tomador del seguro Beneficiario
La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, La persona física o jurídica que resulta titular del derecho a la
suscribe la póliza, y al que corresponden las obligaciones que del indemnización.
mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas
por el Asegurado. Compañía o Asegurador
Asegurado Cajamar Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros, quien
asume la cobertura de los riesgos objeto de este Contrato.
Persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en
defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato de
seguro. Tiene también la consideración de asegurado cualquier persona
que forme parte de su unidad familiar, como se define en esta póliza. En
caso que el Asegurado sea inquilino se consideran igualmente como
asegurados el resto de inquilinos mencionados en el contrato de arren-
damiento. Todo lo anterior sin perjuicio de lo que pueda establecerse
de forma específica dentro de cada garantía de la póliza.
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Artículos
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Artículo 1º · Objeto del seguro
1. La Compañía queda obligada a reparar el daño, a la reposición del bien 4. Los riesgos y daños que no cubre la Compañía, además de los
o al pago de las indemnizaciones y prestaciones correspondientes por excluidos en los Riesgos y Garantías de estas Condiciones Generales
el daño material que el Asegurado sufra con ocasión de un siniestro o en las Condiciones Particulares de la Póliza, vienen determi-
objeto de cobertura por la presente póliza, y a desembolsar a terceros las nados en el artículo 5º de las presentes Condiciones Generales.
indemnizaciones y prestaciones que correspondan, según lo dispuesto
por la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980 de 8 de octubre) y en la 5. Los criterios de valoración de los bienes asegurados, tasación de
Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de los daños habidos y evaluación de la indemnización se regulan en el
las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, que se extracta en las artículo 6º de estas Condiciones Generales.
Condiciones Generales y Condiciones Particulares de este contrato.
6. Las condiciones de revalorización automática de las sumas aseguradas,
2. Los Riesgos y Garantías de la presente Póliza surten efecto en así como su ámbito de aplicación, y las condiciones de modificación
el ámbito territorial indicado en el artículo 2º de las presentes anual de la prima en función del Sistema de Tarificación Posterior
Condiciones Generales. vienen determinadas por el artículo 7º de estas Condiciones Generales.
3. Los Bienes y Riesgos asegurados pueden ser, a solicitud del Tomador, 7. La cobertura de los riesgos extraordinarios y catastróficos sobre
uno o varios de los descritos en los artículos 3° y 4°, respectiva- las personas y las cosas, descritos en el artículo 8º de estas
mente, de las presentes Condiciones Generales, determinándose su Condiciones Generales, viene asumida por el Consorcio de Compen-
cobertura o exclusión en las Condiciones Particulares de la Póliza. sación de Seguros.
De tal modo, la cobertura de la presente póliza se hace extensiva
únicamente a los Riesgos y Garantías incluidos expresamente en las 8. El límite máximo con cobertura para un mismo siniestro para la suma
Condiciones Particulares de la Póliza. de Daños y Gastos no podrá exceder nunca del 100 % de Continente,
Contenido y Responsabilidad Civil según proceda.
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Artículo 2º · Ámbito territorial
24
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Artículo 2º · Ámbito territorial
Los Riesgos y Garantías de la presente Póliza surten efecto en el ámbito de la vivienda asegurada, de sus dependencias anexas y sus jardines, con excepción de
aquellas partidas asegurables y coberturas cuyo ámbito territorial de cobertura se indica a continuación:
1. Las coberturas contratadas sobre los Vehículos en 6. Defensa Jurídica, cuyo ámbito se extiende a los eventos
reposo, cuyo ámbito se extiende a la plaza de aparcamiento asegurados producidos dentro del territorio español que sean
propiedad del Asegurado, o en régimen de arrendamiento, ya sea competencia de los tribunales o de la administración española.
situada en la Comunidad de Propietarios donde se encuentra la
vivienda asegurada, o ya sea en distinta Comunidad de Propietarios El pago de las indemnizaciones se efectuará en España y en
perteneciente al mismo municipio de la vivienda asegurada. euros.
2. Atraco fuera del hogar y Viajes, cuyo ámbito comprende todo
el mundo, fuera de la vivienda asegurada, de sus dependencias Cláusula de Exclusión y Limitación de Sanciones:
anexas y sus jardines.
El Asegurado conoce y acepta que el Asegurador quedará
3. Robo en el maletero, cuyo ámbito comprende todo el mundo liberado de cualquier responsabilidad y/u obligación por daños,
a partir de una distancia superior a veinte kilómetros de la siniestros, costes o gastos relacionados con este contrato de
vivienda asegurada. seguro, cuando la provisión de estas prestaciones expongan al
Asegurador a cualquier tipo de sanción, prohibición o restricción
4. Uso fraudulento de cheques y tarjetas de crédito, cuyo basada en resoluciones de las Naciones Unidas o regulaciones,
ámbito se extiende a todo el mundo. leyes, sanciones económicas o de comercio impuestas por la
Unión Europea, Reino Unido o Estados Unidos.
5. Responsabilidad Civil, cuyo ámbito de cobertura se concreta
a las responsabilidades derivadas de los daños causados a
terceros en territorio de los países de la Unión Europea y Andorra
y reclamados ante sus Tribunales.
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Artículo 3º · Bienes asegurables
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Artículo 3º · Bienes asegurables
Siempre que se pacte una Suma Asegurada, sin perjuicio de las exclusiones y limitaciones establecidas para cada Riesgo y Garantía,
quedarán garantizados los bienes correspondientes a las partidas asegurables siguientes:
1. Continente
A valor total:
c. Las pinturas, parquet, moquetas, papeles pintados, entelados,
maderas, persianas y toldos, mamparas de baño u otros elementos
a. Las unidades de construcción, tales como cimientos, estructura, de decoración incorporados de forma permanente a la
paredes, techos, suelos, cubiertas, puertas, ventanas, sanitarios, de vivienda o a sus dependencias anexas, así como los armarios
la propia vivienda y de sus dependencias anexas. empotradosen obra.
b. Las instalaciones fijas, tales como el agua, gas, electricidad, d. Los cristales, claraboyas y lucernarios que se hallen colocados
telefonía, hasta su conexión con las redes de servicio público o de la de forma fija en el edificio.
Comunidad, ascensores y montacargas, instalaciones de calefacción y
refrigeración, las antenas de radio y televisión, placas de energía solar, e. Los muros, cercas, vallas y demás elementos independientes de
farolas, mástiles, así como los aparatos y elementos fijos necesarios cerramiento o contención de tierras de la finca.
para el funcionamiento de dichas instalaciones, tales como calderas,
calentadores, acumuladores, radiadores, bombas de calor, aparatos de f. Los caminos y otras superficies asfaltadas, embaldosadas o
aire acondicionado y ventiladores colocados de forma fija en el edificio. empedradas, que formen parte integrante del edificio y se utilicen para
acceder al mismo.
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Artículo 3º · Bienes asegurables
g. Las piscinas, estanques, pozos y sus equipos correspon- 2. Contenido Total
dientes, como depuradoras, bombas de agua y similares.
h. Los frontones, pistas de tenis y otras instalaciones deportivas fijas. Suma de los elementos asegurados bajo los epígrafes de Mobiliario,
Joyas, Objetos de valor y Vehículos en reposo, que deben ser propiedad
i. Los árboles y las plantas, los equipos fijos de riego, invernaderos, del Asegurado o miembros de su Unidad Familiar.
farolas, mástiles, estatuas, fuentes, surtidores, barbacoas de obra
y otros elementos fijos similares situados en el exterior, Las Joyas y Objetos de Valor no se aseguran en Dependencias
jardines, terrazas, porches y/o patios. Estos bienes se cubren Anexas.
únicamente para las coberturas de Incendio y asimilados.
Mobiliario:
j. En general, todos aquellos bienes que no puedan separarse del
edificio sin quebrantamiento o menoscabo del mismo. a. Los muebles de la propia vivienda y de sus dependencias
anexas, incluyendo muebles fijos, tales como los de cocina.
k. La alarma, porteros electrónicos y demás instalaciones
de protección. b. El ajuar doméstico.
En el caso de propiedad en régimen horizontal, los elementos comunes c. El ajuar personal.
quedarán comprendidos de acuerdo con el coeficiente de copropiedad
que corresponda a la vivienda asegurada. d. Los electrodomésticos, incluyendo estufas, aparatos de aire
acondicionado y ventiladores no colocados de forma fija en el
A primer riesgo: edificio, aparatos de imagen y sonido, ordenadores personales
y otros equipos electrónicos.
Conjunto formado por los mismos elementos que el Continente a Valor total.
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Artículo 3º · Bienes asegurables
e. Los víveres y provisiones; en el caso de vivienda rural o casa de i. Los animales domésticos; en el caso de vivienda rural o casa de
labranza, se incluyen el forraje, grano y pienso, cuando no se destinen labranza, los animales de granja, cuando no constituyan el objeto de
ni empleen para una explotación agrícola o ganadera. una explotación ganadera. Estos bienes se cubren únicamente para
las coberturas de Incendio y Asimilados y siempre que su propiedad
f. Los cristales, espejos, objetos de adorno y resto de elementos de sea acreditada documentalmente.
decoración no fijos.
j. Los muebles y otros bienes depositados en jardines,
g. Los bienes de uso o carácter profesional quedan incluidos terrazas, porches y/o patios, propios de jardinería
dentro del concepto de mobiliario hasta el 20% de la suma asegurada, (mesas, sillas, tumbonas, sombrillas, corta césped, barbacoas,
siempre que en la vivienda o estancia no se ejerza la actividad etc.), se cubrirán hasta el límite del 10% de la suma asegurada
profesional correspondiente. para la partida de Mobiliario con un máximo de 3.000 euros,
sin perjuicio de las exclusiones y limitaciones establecidas
h. Las herramientas y materiales precisos para reparaciones para cada garantía y únicamente para las garantías de Incendios
domésticas, bricolaje y jardinería; en el caso de vivienda y Asimilados. Quedarán excluidos, en todo caso las joyas,
rural o casa de labranza, los aperos y útiles para la agricultura o electrodomésticos, equipos de visión, sonido fotografía, bisutería,
ganadería, cuando no se destinen ni empleen para una explotación pieles, objetos personales, material de la construcción y leña y en
agrícola o ganadera, con excepción de los tractores, asegurables general, aquellos objetos que estando en los jardines, terrazas,
como Vehículos en reposo, y quedando excluido el resto de la porches y/o patios, deban estar por su naturaleza y/o destino en
maquinaria agrícola autopropulsada, que debe ser objeto de un lugar diferente.
aseguramiento en póliza aparte.
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Artículo 3º · Bienes asegurables
k. Patines, sillas de ruedas u otros vehículos de personas Las joyas cuyo valor unitario superen los 6.000 Euros, deberán estar
discapacitadas (autopropulsadas o no) que no precisen de un seguro expresamente detalladas en Condiciones Particulares, no quedando
obligatorio para la circulación de vehículos a motor y similares, cubiertas aquellas que no estén expresamente declaradas.
excepto cuando tengan consideración de vehículos en reposo.
Joyas (en caja fuerte):
l. Bicicletas y sus accesorios, en exceso de otros seguros que
pudieran poseer y hasta un máximo de 1.500 € a primer riesgo Que comprende todos aquellos objetos que sirvan de adorno y uso para las
por siniestro y año, sin perjuicio de las exclusiones y limitaciones personas y en cuya composición intervenga oro, platino, piedras preciosas
establecidas para cada riesgo y garantía. o perlas en cualquier proporción sobre la totalidad del objeto, mientras se
hallen en el interior de una caja fuerte activada y las llaves de la misma se
Quedan excluidas de la partida asegurable de mobiliario las joyas, encuentren bajo la custodia personal del Asegurado o de otro miembro de la
los objetos de valor y los vehículos en reposo que se incluyen en Unidad familiar. Tendrán consideración de joyas las monedas de oro.
las partidas asegurables correspondientes.
Las joyas cuyo valor unitario superen los 6.000 Euros, deberán estar
Joyas (fuera de caja fuerte): expresamente detalladas en Condiciones Particulares, no quedando
cubiertas aquellas que no estén expresamente declaradas.
Que comprende todos aquellos objetos que sirvan de adorno y uso para las
personas y en cuya composición intervenga oro, platino, piedras preciosas o Objetos de valor:
perlas en cualquier proporción sobre la totalidad del objeto, cuando no se hallen
en el interior de una caja fuerte activada o cuyas llaves no se encuentren bajo Engloba los bienes que se detallan a continuación siempre y cuando su valor
la custodia personal del Asegurado o de otro miembro de la Unidad familiar. unitario, individual o del conjunto de objetos que constituyen naturalmente un
Tendrán consideración de joyas las monedas de oro. juego, sea igual o superior a 3.000 Euros. Comprende los bienes siguientes:
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Artículo 3º · Bienes asegurables
a. Objetos de plata. Quedan excluidos de la partida asegurable de Objetos de Valor,
las Joyas, que se deben incluir en las partidas asegurables
b. Artículos de piel. correspondientes.
c. Obras de arte, entendiendo por tales las pinturas, dibujos y obras Los Objetos de valor, si su valor unitario o del conjunto de objetos
gráficas, incluidos los marcos, esculturas, cerámicas, porcelanas, que constituyen naturalmente un juego superan los 6.000 euros,
cristalerías y otros objetos con valor específico reconocido en el deberán estar expresamente detallados en Condiciones Particulares.
Mercado del arte.
Vehículos en reposo:
d. Colecciones filatélicas y numismáticas no en oro.
Que incluye los vehículos que se detallan a continuación mientras se hallen
e. Alfombras y tapices artesanales.
en reposo en el garaje de la vivienda unifamiliar asegurada o de Comunidad de
Propietarios perteneciente al mismo municipio de la vivienda asegurada,
f. Antigüedades, entendiendo por tales objetos de edad superior
ya sea el garaje propiedad o arrendado por el asegurado:
a 100 años.
a. Los vehículos tipo turismo, comercial (furgonetas y furgones)
g. Instrumentos musicales, armas.
y mixto (turismo y comercial).
h. Relojes.
b. Las motocicletas, ciclomotores, vehículos autopropulsados
i. Artículos deportivos (bicicletas, esquís, palos de golf, etc). de personas discapacitadas.
c. Las caravanas, autocaravanas y remolques de menos
de 750 kg.
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Artículo 3º · Bienes asegurables
d. Las embarcaciones de recreo.
e. Las aeronaves.
f. En el caso de vivienda rural o casa de labranza, los tractores,
cuando no se destinen ni empleen para una explotación
agrícola o ganadera, quedando excluido el resto de maquinaria
agrícola autopropulsada, que debe ser objeto de aseguramiento
en póliza aparte.
Los Vehículos en reposo, siempre que estén expresamente detallados en
las Condiciones Particulares, se cubren únicamente para las coberturas
de Incendio, Explosión e Implosión, Caída del rayo, Efectos secundarios
y Robo.
En cualquier caso, todas las coberturas se entenderán en exceso de
cualquier otro seguro de los vehículos.
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Artículo 4º · Riesgos que pueden ser cubiertos por la Compañía a solicitud del Tomador
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Garantía Primera · Incendio y asimilados
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito Quedan excluidos los daños y desperfectos que sufran las
en la Póliza, como consecuencia directa de: instalaciones eléctricas, los aparatos eléctricos o electrónicos y
sus accesorios derivados de alteraciones de la corriente eléctrica
Incendio con cobertura por una garantía específica.
Entendiendo por tal la combustión y el abrasamiento con llama, capaz Efectos secundarios
de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser
quemados en el lugar o momento en que se produce. Entendiendo por tal la acción de humos, vapores, polvo, carbonilla y
cualquier otra consecuencia similar derivada de un siniestro de Incendio,
Quedan excluidos los daños y desperfectos que sufran las Explosión e implosión o Caída del rayo cubierto por la Póliza.
instalaciones eléctricas, los aparatos eléctricos o electrónicos y
sus accesorios por causa inherente a su propio funcionamiento. Humo
Explosión e Implosión Entendiendo por tal el producido por incendios originados en el exterior de
la vivienda asegurada y por fugas repentinas y anormales que se originen
Entendiendo por tal la acción súbita y violenta de la presión o de la depresión en hogares de combustión o sistemas de calefacción o de cocción de la
del gas o de los vapores. vivienda asegurada o de sus colindantes, siempre que se encuentren
conectados a chimeneas por medio de conducciones adecuadas.
Caída del rayo
Gastos de intervención del servicio de Bomberos
Entendiendo por tal el impacto directo y/o la onda expansiva causada por
la descarga eléctrica violenta producida por una perturbación en el campo A causa de un siniestro amparado por esta garantía de Incendio y Asimilados.
eléctrico de la atmósfera.
Límite de indemnización: Hasta el 100% de la Suma Asegurada para
cada partida asegurada.
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Garantía Segunda · Daños naturales
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito Quedan excluidos:
en la Póliza, como consecuencia directa de:
a) Los daños ocasionados a los bienes asegurados por filtraciones
Lluvia, viento, pedrisco o nieve en paredes, tejados, azoteas, terrazas y techos, así como la
reparación de las mismas, cualquiera que sea la causa, y los
Siempre que, en cuanto a la lluvia, se registre una precipitación superior producidos cuando las puertas, ventanas u otras aberturas hayan
a 40 litros por metro cuadrado y hora, en cuanto al viento, se registren quedado sin cerrar o cuyo cierre permita el paso del agua al interior
velocidades superiores a 80 kilómetros por hora y, en cuanto a la caída de de la vivienda.
pedrisco o nieve, cualquiera que sea su intensidad.
b) Los daños ocasionados por la acumulación o desplazamiento
Si no fuese posible obtener datos que permitiesen conocer la velocidad del del agua de lluvia sobre la superficie de las terrazas.
viento o las precipitaciones de lluvia habidas, se entenderá que superan
tales mediciones si, habiéndose producido éstas de forma anormal, c) Los daños producidos por heladas, frío, hielo, olas o mareas,
tanto por la época en que hayan ocurrido como por su intensidad, tales incluso cuando estos fenómenos hayan sido causados por el
fenómenos han destruido o dañado otros edificios de buena construcción, viento, la nieve o la combinación de ambos fenómenos.
en la misma población o zona geográfica, de forma similar a como lo han
sido los bienes asegurados.
Daños por helada
A los efectos de esta cobertura, se consideran daños directos en los bienes
asegurados también los producidos por la caída de árboles, postes, farolas Entendiendo por tal los daños materiales que sufran los bienes asegurados,
u otras instalaciones fijas de su propiedad o de terceras personas, como en el lugar descrito en la Póliza, como consecuencia de la rotura de
consecuencia de los fenómenos atmosféricos descritos conducciones de agua, aún cuando no se produzcan daños por agua.
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Garantía Segunda · Daños naturales
Quedan excluidos: Límite de indemnización: Hasta el 100% de la Suma Asegurada para
cada partida asegurada.
a) Los escapes y desbordamientos debidos al mal estado notorio
de las instalaciones vistas que se hallen al cuidado del Asegurado.
b) La reparación de grifos, llaves de paso, depósitos y aparatos,
tales como calderas, calentadores, acumuladores, termos,
radiadores, cisternas, lavadoras y similares.
Goteras
Entendiendo por tales las filtraciones de agua a través de tejados,
fachadas, azoteas y terrazas del inmueble donde se encuentra ubicada la
vivienda asegurada a consecuencia de la lluvia, el pedrisco o la nieve,
independientemente de su intensidad.
Quedan excluidas:
a) La reparación de la causa de las goteras o filtraciones.
b) Las goteras por manifiesta falta de mantenimiento.
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Garantía Tercera · Daños por agua
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito b) Los daños ocasionados a los bienes asegurados por filtraciones
en la Póliza, como consecuencia directa de: en paredes, tejados, azoteas, terrazas y techos, salvo que tengan
su origen en un siniestro amparado por esta cobertura. Así como
Inundación la reparación de las mismas, y los producidos cuando las puertas,
ventanas u otras aberturas hayan quedado sin cerrar o cuyo cierre
Entendiendo por tal la acumulación o desplazamiento del agua sobre la defectuoso permita el paso del agua al interior de la vivienda.
superficie del suelo exterior a consecuencia de:
c) Los daños producidos por el desbordamiento o rotura de presas
• Rotura, desbordamiento o avería de alcantarillado, colectores, red pública o diques de contención.
de traída de aguas, y otros cauces subterráneos construidos por el hombre.
• Desbordamiento o desviación accidental del curso normal de lagos sin Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
salida natural, canales, acequias y otros cursos o cauces en superficie Suma Asegurada para cada partida asegurada.
construidos por el hombre.
• Acumulación o desplazamiento de agua de lluvia sobre la superficie de
terrazas cuando se registre una precipitación de intensidad superior a Desembarre
40 litros por metro cuadrado y hora o se produzca acumulación de
nieve o granizo. Y extracción de Iodos a consecuencia de una inundación.
Quedan excluidos:
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 10% de la
a) Los daños producidos a los bienes que formen parte del Contenido Suma Asegurada para cada partida asegurada.
situados al aire libre o contenidos en el interior de construcciones
abiertas, aún cuando se hallen protegidos por materiales flexibles
(lonas, plásticos, construcciones hinchables o similares).
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Garantía Tercera · Daños por agua
Escapes de agua Localización de la avería
Que tengan su origen en reventón, rotura, desbordamiento o atasco Causante de un siniestro amparado por la cobertura de escapes de agua.
accidental y repentino de las conducciones de distribución o bajada, de
canales y conductos de recogida y/o evacuación de aguas pluviales o
residuales, de instalaciones automáticas de extinción de incendios, de Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100 % de la
grifos y llaves de paso, depósitos fijos y aparatos, siempre que formen parte Suma Asegurada para Continente.
de la vivienda asegurada o de sus colindantes y se encuentren conectados
con la red de tuberías, así como los que se produzcan por omisión en el
cierre de grifos y llaves de paso. Reparación de las conducciones de agua
De igual modo, se garantizan los daños ocasionados por filtraciones de Del Continente asegurado causantes de daños cubiertos por la garantía
origen no meteorológico, excluyendo la reparación de la causa que las Escapes de agua.
haya originado.
Quedan excluidas:
Quedan excluidos:
a) La reparación de grifos, llaves de paso, depósitos y aparatos,
a) Los daños ocasionados a los bienes asegurados por filtraciones tales como calderas, calentadores, acumuladores, termos,
en paredes y techos, así como la reparación de los mismos, salvo radiadores, cisternas, lavadoras y similares.
que tengan su origen en un siniestro amparado por esta cobertura.
b) La reparación de conducciones que se hallen a la vista y que se
b) Los daños que tengan su origen en depósitos subterráneos, encuentren en mal estado notorio.
fosas sépticas o arquetas.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
Suma Asegurada para Continente.
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Garantía Tercera · Daños por agua
Trabajos para el desatasco sin daños Gastos necesarios para la localización y reparación
De las conducciones de evacuación de aguas para evitar un posible siniestro De conducciones de agua del Continente asegurado, cuando no se hayan
amparado por la cobertura de Escapes de Agua. producido daños cubiertos por la garantía Escapes de Agua.
Son de aplicación las exclusiones del apartado Reparación de las
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta 300 € por siniestro
conducciones de agua.
y anualidad. 400 € para la modalidad Élite Plus.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta 150 € a primer
Exceso de consumo de agua riesgo por siniestro. 250 € para la modalidad Élite Plus.
Entendiendo como tal la diferencia entre el importe de la factura del
suministrador de agua correspondiente al periodo en que se sitúa la fecha de Derrames de líquidos
ocurrencia del siniestro y el promedio de las tres últimas facturas anteriores.
Entendiendo por tales los derrames de líquidos, distintos del agua, que
tengan su origen en reventón, rotura o desbordamiento accidental y
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta 1.000 € por repentino de depósitos que formen parte de la vivienda asegurada o de
siniestro y anualidad, 300 € cuando no se hayan producido daños sus colindantes.
cubiertos por la garantía Escapes de Agua.
Límite de indemnización para el total de la Garantía de
Daños por Agua: Hasta el 100 % de la Suma Asegurada para cada
partida Asegurada.
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[Seite 40]
Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer Riesgo. Hasta el 100%
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito a Primer Riesgo de cada Suma Asegurada en la modalidad Élite Plus.
en la Póliza, con ocasión de:
Si el aparato eléctrico tuviera una antigüedad superior a 5 años la indem-
nización, se limitará siempre al Valor Real.
Daños Eléctricos
Que sufran las instalaciones (asegurando Continente) y aparatos eléctricos Daños por calor
(asegurando Contenido) de la vivienda asegurada como consecuencia de
cortocircuitos, sobretensiones de la red, formación de arcos voltaicos,
inducción por caída de rayo u otros fenómenos eléctricos similares. Que sufran los bienes asegurados, en la vivienda asegurada, que formen
parte del Contenido asegurado como consecuencia de la acción accidental
Quedan excluidos: y repentina de una fuente de calor sobre objetos cercanos a ella.
a) Los daños cubiertos por la garantía del instalador, fabricante Quedan excluidos:
o proveedor.
a) Los daños que sufran los objetos en contacto directo con la
b) Los daños que tengan su origen en operaciones de mantenimiento fuente de calor.
o fallos de manejo.
b) Los daños que sufran los Objetos de valor.
c) Los daños sufridos por pantallas, tubos, válvulas, bombillas y
aparatos de alumbrado. c) Los daños ocasionados por “accidentes de fumador”.
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer riesgo. Hasta el 100%
a Primer Riesgo de cada Suma Asegurada en la modalidad Élite Plus.
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Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer Riesgo. Hasta el 100%
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito a Primer Riesgo de cada Suma Asegurada en la modalidad Élite Plus.
en la Póliza, con ocasión de:
Si el aparato eléctrico tuviera una antigüedad superior a 5 años la indem-
nización, se limitará siempre al Valor Real.
Daños Eléctricos
Que sufran las instalaciones (asegurando Continente) y aparatos eléctricos Daños por calor
(asegurando Contenido) de la vivienda asegurada como consecuencia de
cortocircuitos, sobretensiones de la red, formación de arcos voltaicos,
inducción por caída de rayo u otros fenómenos eléctricos similares. Que sufran los bienes asegurados, en la vivienda asegurada, que formen
parte del Contenido asegurado como consecuencia de la acción accidental
Quedan excluidos: y repentina de una fuente de calor sobre objetos cercanos a ella.
a) Los daños cubiertos por la garantía del instalador, fabricante Quedan excluidos:
o proveedor.
a) Los daños que sufran los objetos en contacto directo con la
b) Los daños que tengan su origen en operaciones de mantenimiento fuente de calor.
o fallos de manejo.
b) Los daños que sufran los Objetos de valor.
c) Los daños sufridos por pantallas, tubos, válvulas, bombillas y
aparatos de alumbrado. c) Los daños ocasionados por “accidentes de fumador”.
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer riesgo. Hasta el 100%
a Primer Riesgo de cada Suma Asegurada en la modalidad Élite Plus.
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Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Alimentos refrigerados o congelados Apertura de puerta y/o reposición de las
llaves y cerraduras
Que cubre la inutilización para el consumo de los alimentos depositados
en frigoríficos o congeladores que formen parte del Mobiliario asegurado De las puertas de acceso a la vivienda asegurada, por otras de similares
como consecuencia de la avería del aparato o de la red eléctrica o de fallos características, en caso de pérdida, extravío, hurto o robo de las llaves,
en el suministro público de electricidad. efectuado tanto dentro como fuera de la vivienda, o inutilización de la cerradura
por cualquier causa que impida la apertura o cierre de la misma, excepto por
robo o su intento con cobertura por la Garantía Específica de Desperfectos
Límite de indemnización: Hasta 300 € a Primer riesgo.
por Robo. La Compañía sólo se hará cargo del coste de sustitución de la parte
de la cerradura que considere necesaria sustituir.
Límite de indemnización: Hasta 600 € a Primer riesgo.
Reposición de documentos
Tales como Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Permiso
de Conducir, así como títulos, valores y sus correspondientes pólizas Actos de vandalismo o malintencionados
o documentos acreditativos de propiedad, que hayan sufrido daños
materiales, a causa de un siniestro amparado por la Póliza, en grado tal que
resultasen invalidados. Entendiendo por tales, los actos que, con ánimo de destrucción, sean
cometidos intencionadamente por terceros sobre los bienes asegurados.
Límite de indemnización: Hasta 300 € a Primer riesgo.
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Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Quedan excluidos:
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
a) Los daños causados por los inquilinos u ocupantes, legales o Suma Asegurada para cada partida asegurada.
ilegales, de la vivienda asegurada.
b) Los daños ocasionados por pintadas, inscripciones, pegado
de carteles y hechos análogos en elementos exteriores del Medidas de salvamento
Continente asegurado.
c) Los daños causados por omisión de los Asegurados de la aplicación Entendiendo por tales el intento de poner a salvo los bienes asegurados de
de las medidas de seguridad declaradas en Condiciones Particulares. un siniestro amparado por esta póliza.
d) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
Suma Asegurada para cada partida asegurada.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
Suma Asegurada para cada partida asegurada.
Desescombro
Medidas de la Autoridad
Y traslado de los restos de los bienes asegurados que hayan resultado
destruidos por el siniestro hasta el vertedero más próximo.
Entendiendo por tales aquellas que la Autoridad o Servicios Públicos, tales
como Policía, Bomberos, Protección Civil, hayan adoptado para limitar las
consecuencias de un siniestro amparado por la póliza.
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Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la Viajes
Suma Asegurada para cada partida asegurada.
Entendiendo por tal la cobertura de los mismos eventos amparados por las
Garantías Primera Incendio y asimilados, Segunda Daños naturales, Tercera
Impacto Daños por Agua y el apartado Robo de la Garantía Quinta Robo y asimilados,
con aplicación de sus exclusiones, sobre los bienes asegurados que formen
parte del Contenido asegurado y se hallen en posesión del Asegurado o de
Que incluye: los integrantes de la Unidad familiar cuando éstos se encuentren fuera de la
vivienda asegurada con motivo de un viaje de carácter privado que implique
• El choque de vehículos terrestres o de las mercancías por ellos transportadas. pernoctar fuera del domicilio habitual, siempre que los daños ocurran:
• Aludes de nieve y desprendimientos de rocas. • En el interior del medio de transporte público utilizado por el Asegurado
durante el traslado.
• Las ondas sónicas producidas por astronaves o aeronaves.
• En el interior de hoteles, establecimientos similares u otras viviendas
• La caída de astronaves, aeronaves o partes u objetos de ellas desprendidas. durante la estancia.
Quedan excluidos los daños causados por vehículos que sean • Durante el transporte en régimen de equipaje facturado, así como
propiedad o estén en poder, bajo control o responsabilidad en consignas.
del Asegurado, de los integrantes de la Unidad familiar o de
sus empleados.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
Suma Asegurada para cada partida asegurada.
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Garantía Cuarta · Otros daños a los bienes
Quedan excluidos: formalizado por escrito y en el momento de la contratación de la garantía el
inquilino se encuentre al corriente del pago de las rentas.
a) El robo de motores, aparejos y accesorios no fijos de los vehículos,
así como de los bienes que pudieran albergarse en su interior. Quedan excluidos:
b) El robo de Joyas y dinero en efectivo, excepto cuando se
encuentren en otras viviendas o en cajas de caudales cerradas de a) Desgaste derivado del uso y antigüedad.
hoteles o establecimientos similares.
b) Reparaciones y trabajos de mantenimiento.
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer riesgo, en exceso c) Daños por obras realizadas o encargadas por el inquilino.
de otros seguros que puedan existir, con los sublímites de indemni-
zación siguientes: d) Suciedad y gastos de limpieza.
- Para joyas: hasta 1.200 € a primer riesgo
e) Pintadas.
- Para objetos de valor: hasta 2.400 € a primer riesgo.
- Para dinero en efectivo: hasta 300 € a Primer riesgo.
f) Daños causados por negligencia o mal uso, tanto extracontrac‑
tual como contractual.
Daños producidos por el inquilino
Franquicia: En cada siniestro a cargo de esta garantía será deducido
en concepto de franquicia, el importe de una mensualidad de arrenda‑
Cubre los daños producidos en el continente y/o contenido propiedad del miento, con un mínimo de 600 €.
asegurado por actos vandálicos o malintencionados de los inquilinos que
ocupan la vivienda en régimen de alquiler, siempre que exista contrato Límite de indemnización: Hasta el 100% de la Suma Asegurada propia
a primer riesgo.
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Garantía Quinta · Robo y asimilados
Los daños materiales que sufran los bienes asegurados, en el lugar descrito • Inutilización de sistemas específicos de alarma.
en la Póliza, con ocasión de:
Quedan excluidos:
Robo
a) El robo en el que se haya accedido por puertas o ventanas que
Entendiendo por tal el apoderamiento de bienes asegurados, realizado no estén efectivamente protegidas con todas las protecciones
en el riesgo asegurado por terceros, empleando fuerza en las cosas para declaradas en Condiciones Particulares.
acceder al lugar donde éstas se encuentren o violencia o intimidación en las
personas, siempre que las puertas o ventanas por las que se haya accedido b) El robo de motores, aparejos y accesorios no fijos de los
estuvieran efectivamente protegidas con todas las protecciones declaradas vehículos en reposo, así como de los bienes que pudieran
en Condiciones Particulares. albergarse en su interior.
A efectos de la presente cobertura, se entiende exclusivamente que existe robo c) El robo de Joyas, Objetos de valor y dinero en efectivo cuando
con fuerza en las cosas cuando concurre alguna de las circunstancias siguientes: se encuentren en dependencias anexas a la vivienda.
• Escalamiento de diferencias de nivel superiores a tres metros. d) El robo de Joyas fuera de caja de caudales y dentro de caja
si ésta no se encontraba activada y de dinero en efectivo cuando
• Rompimiento de pared, techo, suelo o fractura de puerta o ventana. la vivienda asegurada permaneciese deshabitada durante más de
treinta días consecutivos. A este efecto, se considera que existe
• Uso de llaves falsas, considerando como tales: deshabitación cuando no se pernocta en la vivienda asegurada.
- Las ganzúas u otros instrumentos análogos.
- Las llaves legítimas obtenidas por un medio que constituya e) El hurto y la simple pérdida o extravío o cualquier otra sustracción
infracción penal. ilegítima no definida en la presente cobertura.
- Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para
abrir la cerradura violentada. f) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía.
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Garantía Quinta · Robo y asimilados
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la Suma asegurados, realizado en la vivienda asegurada por terceros sin la voluntad
Asegurada para cada partida asegurada, con el sublímite de indemnización de su propietario, no empleando fuerza en las cosas ni violencia o
para dinero en efectivo, establecido en el Cuadro Resumen de Garantías y intimidación en las personas.
según las definiciones en el artículo Bienes Asegurables.
Quedan excluidos:
Desperfectos por Robo a) El hurto de bienes que formen parte del Contenido situados al
aire libre o contenidos en el interior de construcciones abiertas,
Entendiendo por tales los daños que, con ocasión de un robo cubierto por aún cuando se hallen protegidos por materiales flexibles (lonas,
la Póliza o su intento, se hayan causado a los bienes asegurados, tanto para plásticos, construcciones hinchables o similares).
penetrar en el interior de la vivienda, como para abrir los muebles, cajas de
caudales u otros objetos cerrados y sellados donde estuviesen guardados b) El hurto de motores, aparejos y accesorios no fijos de los
los bienes objeto de sustracción. vehículos en reposo, así como de los bienes que pudieran
albergarse en su interior.
Quedan excluidos los siniestros que no sean denunciados a la
Autoridad de Policía. c) El hurto de Joyas, Objetos de valor y dinero en efectivo.
d) El hurto en dependencias anexas a la vivienda.
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de la
Suma Asegurada para cada partida asegurada. e) La simple pérdida o extravío.
f) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía.
Hurto en el hogar
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer riesgo.
Entendiendo por tal el apoderamiento con ánimo de lucro de bienes
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Garantía Quinta · Robo y asimilados
Atraco fuera del Hogar Robo en el maletero
Entendiendo por tal el apoderamiento con ánimo de lucro de bienes asegurados Entendiendo por tal el robo de bienes asegurados que formen parte de la partida
que formen parte del Contenido asegurado y se hallen en posesión del Asegurado de Mobiliario y se encuentren en el interior del maletero de un vehículo tipo
o de los integrantes de la Unidad familiar, realizado fuera de la vivienda turismo, siempre que su contenido no sea visible desde el exterior, cuando el
asegurada por terceros, empleando violencia o intimidación en las personas. vehículo se encuentre situado a una distancia superior a veinte kilómetros de la
Si sufren lesiones durante el atraco, quedarán cubiertas como Asistencia vivienda asegurada, con motivo de un viaje que implique pernoctar, al Asegurado
Sanitaria: la asistencia médica urgente, el traslado en ambulancia y los y/o a los integrantes de la Unidad familiar, fuera del domicilio habitual.
gastos de farmacia.
Quedan excluidos:
Quedan excluidos:
a) El robo de accesorios no fijos de los vehículos.
a) El robo de motores, aparejos y accesorios no fijos de los vehículos,
así como de los bienes que pudieran albergarse en su interior. b) El robo de dinero, Objetos de valor y Joyas.
b) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía. c) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía.
c) Gastos por apertura y /o reposición de las llaves y cerraduras de d) El robo de bienes situados en el maletero, una vez se haya llegado
puertas de acceso de la vivienda asegurada con cobertura por la al punto de destino final o intermedio (hotel, vivienda o similar)
garantía específica Apertura de puertas. donde se vaya a pernoctar.
Límite de indemnización: Hasta 1.500 € a Primer riesgo, con los Límite de indemnización: Hasta 1.500 € a Primer riesgo.
siguientes sublímites:
- Para dinero en efectivo, según lo dispuesto en Condiciones Particulares,
- Para Asistencia sanitaria, hasta 150 €. 48
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Garantía Sexta · Pérdidas económicas
Las pérdidas económicas sufridas por el Asegurado o los integrantes de la Uso fraudulento de cheques y tarjetas de crédito
Unidad familiar con ocasión de:
Que hayan sido objeto de robo por terceros, efectuado tanto dentro como
Alquiler de una vivienda provisional fuera de la vivienda. Esta cobertura se concreta al período comprendido en
las 48 horas anteriores a la comunicación del suceso a la entidad bancaria
De características similares a la asegurada cuando resulte imposible su o emisora correspondiente.
habitabilidad, durante la reparación de los daños y, como máximo,
por un período de un año a contar desde la fecha de declaración del El régimen de responsabilidad de las operaciones de pago no autorizadas
siniestro, sin tener en cuenta demoras debidas a la actuación del Asegurado se encuentra regulado en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto
y deduciéndose, si procede, el importe del alquiler correspondiente a la Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
vivienda siniestrada. La consideración y el plazo de inhabitabilidad de la urgentes en materia financiera.
vivienda será determinado por el perito designado por la Compañía.
Quedan excluidos:
Límite de indemnización: Según Condiciones Particulares a Primer riesgo.
a) Las pérdidas económicas que sean cubiertas por la propia entidad
bancaria o emisora por ser responsabilidad de éstas en virtud del
Pérdida de alquileres régimen de responsabilidades que se establecen en el artículo 41 y
siguientes del Real Decreto Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de
Es decir, los alquileres dejados de percibir por el Asegurado propietario de
servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
la vivienda asegurada, mientras dure la reparación de los daños y, como
máximo, por un período de seis meses, cuando ésta se encuentre
b) El hurto y la simple pérdida o extravío de los cheques.
arrendada a un tercero en el día del siniestro, y los arrendatarios de la vivienda
se vean obligados a desalojarla temporalmente y el contrato de arrenda‑
c) Siniestros que no sean denunciados a la Autoridad de Policía.
miento quede legalmente en suspenso.
Límite de indemnización: Según Condiciones Particulares a Primer riesgo. Límite de indemnización: Hasta 300 € a Primer riesgo.
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Garantía Séptima · Rotura
Por esta garantía se cubren los daños materiales directos que, por su Quedan excluidos:
resquebrajamiento o fragmentación por causa accidental, se ocasionen a
los bienes asegurados siguientes: a) Los daños que sufran los recipientes, peceras y acuarios,
ceniceros, botellas, cristalerías, vajillas y menaje en general, las
• Cristales y espejos, o placas de metacrilato u otros materiales sustitutivos lámparas, neones y bombillas de cualquier clase, los cristales de
del cristal, así como la reparación y/o sustitución de marcos de puertas, pantallas de cristal líquido, o similares, de los aparatos de imagen y/o
vitrinas y mamparas necesarios para la correcta recolocación del objeto sonido y de los electrodomésticos (a excepción de la vitrocerámica),
dañado. los ordenadores, dispositivos móviles, los objetos de adorno y los
objetos de mano.
• Placas vítricas de vitrocerámica para cocción.
b) Los daños que sufran las placas de mármol, granito u otra piedra
• Objetos sanitarios. natural o artificial colocadas en suelos, paredes, techos o en el
exterior de la vivienda asegurada.
• Encimeras de mármol, granito u otra piedra natural o artificial.
c) Los daños causados por ralladuras, arañazos, raspaduras,
• Grandes macetas y jardineras, siempre que, como mínimo, midan 50 cm
grietas, desconchados u otras causas que originen simples
en su parte más ancha.
deterioros de la superficie o defectos estéticos.
• Cristales de placas solares.
Límite de indemnización: Hasta 3.000 € a Primer riesgo.
Asimismo, se cubren los gastos que, a causa de un siniestro amparado
por esta Garantía, deba realizar el Asegurado por el traslado, colocación, Para bienes que formen parte del mobiliario se cubrirá siempre
rotulación y montaje de los bienes que reemplacen a los siniestrados, así y cuando se asegure mobiliario y estén debidamente instalados.
como por el desescombro y traslado de los restos de estos últimos hasta el
vertedero más próximo. Para bienes que formen parte del Continente se cubrirá siempre y
cuando se asegure el Continente y estén debidamente instalados.
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Garantía Octava · Daños estéticos
Por esta garantía se cubren los gastos que se haya visto obligado a realizar Quedan excluidos:
el Asegurado para la restauración de la armonía estética inicial de los
elementos interiores y normalmente vistos de la vivienda asegurada cuando a) La restauración de la armonía estética cuando esta resulte dañada
estos resulten dañados como consecuencia de un siniestro amparado por por un siniestro con cobertura por la garantía de Gastos necesarios
las Garantías de Incendios y asimilados, Daños naturales, Daños por Agua, para la localización y reparación de conducciones sin causar daños
Otros Daños a los Bienes, Robo o Rotura, y no sea posible su reparación o por la garantía de Trabajos para el desatasco cuando no se hayan
o reposición por otros sin menoscabar la armonía estética en el momento producido daños por agua.
anterior a la ocurrencia del siniestro de los mismos, por no existir elementos
de igual diseño y/o color en el mercado. b) La restauración de la armonía estética inicial en caso de que,
una vez realizada la localización, se determine que los daños
La restauración se concreta a los elementos que formen parte de la misma carecen de cobertura.
unidad constructiva que los dañados por el siniestro y a la estancia en la
que se encuentren. Para ello, se utilizarán materiales de características y
calidades similares a los originales. Límite de indemnización: Para bienes pertenecientes a las partidas que
están contratadas de continente y de contenido, hasta 2.000 € a primer riesgo
Se entiende por estancia, cada una de las dependencias (completamente en modalidad Complet y 4.000 € a primer riesgo en modalidad Élite Plus.
techadas) en que se divide la vivienda asegurada y que su comunicación
con otras se realiza por huecos del tamaño de puertas, abiertos en los muros
o paredes, existan o no puertas de separación.
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Garantía Novena · Asistencia en el hogar
La Compañía asume la prestación de los servicios siguientes: quedarían garantizados los gastos de restaurante y lavandería, por un
periodo máximo de 15 días, con límite de 75 € diarios y 1.125
Envío de profesionales € por siniestro.
En caso de daños materiales como consecuencia de un siniestro amparado Gastos de mudanza y guardamuebles
por las Garantías de Incendios y asimilados, Daños naturales, Daños por
Agua, Otros Daños a los Bienes, Robo o Rotura, la Compañía organizará En caso de inhabitabilidad de la vivienda como consecuencia de un siniestro
el envío urgente de los profesionales necesarios para la reparación de los de daños materiales de los descritos en el apartado Envío de Profesionales
daños producidos o su contención hasta la intervención del Perito. de esta garantía, la Compañía organizará y tomará a su cargo los gastos
de mudanza del mobiliario y enseres que designe el Asegurado hasta la
Inhabilitación de la vivienda vivienda provisional, dentro del municipio de residencia del mismo.
• Gastos de hotel Si las circunstancias así lo exigieran, la Compañía se hará cargo también de
los gastos inherentes al traslado y depósito de dichos muebles o enseres
Cuando la vivienda resultara inhabitable como consecuencia del siniestro
en un guardamuebles, sito en el mismo municipio y, como máximo,
de de los descritos en el apartado Envío de Profesionales de esta garantía,
durante un período de seis meses.
la Compañía tomará a su cargo los costes de habitación del Asegurado
y de los integrantes de la Unidad familiar en un hotel cercano a su
Vigilancia de la vivienda
domicilio, mientras dure la reparación de los daños o se consiga alquilar
una vivienda similar a la anterior y, como máximo, durante 10 días
En caso de que, a consecuencia del siniestro de daños materiales de los
y con un límite de indemnización de 300 Euros, por día, para el
descritos en el apartado Envío de Profesionales de esta garantía, la vivienda
conjunto de la unidad familiar.
fuera fácilmente accesible desde el exterior, la Compañía se encargará de
• Inhabilitación de la cocina la organización y coste del servicio de un vigilante jurado hasta que las
medidas de protección existentes en la vivienda se restablezcan a criterio
Si como consecuencia de un siniestro garantizado por la póliza se del perito de la Compañía en un nivel suficiente y con un máximo de
produjeran daños en la cocina que motivaran su inutilización total,
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Garantía Novena · Asistencia del hogar
72 horas efectivas de un guardia jurado en el interior de la vivienda. Transmisión de mensajes urgentes
En el supuesto de que la Compañía estime necesario un vigilante de seguridad
y el Asegurado no permita la presencia del mismo en el interior de la La Compañía, a petición del Asegurado, se encargará de transmitir a sus
vivienda, la Compañía no se hará cargo de los gastos de vigilancia. familiares cualquier mensaje urgente cuya necesidad venga determinada por
un siniestro cubierto por la Póliza.
Sustitución de televisión y/o vídeo
Servicio de envío de profesionales, información y conexión
Cuando, a consecuencia del siniestro de daños materiales de los descritos
en el apartado Envío de Profesionales de esta garantía, se produjera la desa- La Compañía, a petición del Asegurado, enviará a su domicilio, le informará
parición, destrucción o inutilización de los aparatos de televisión y/o vídeo, o pondrá en contacto con él, a los profesionales dedicados a las activi‑
y éstos quedaran sin posibilidad de reparación inmediata, la Compañía dades siguientes:
proveerá y tomará a su cargo la sustitución del aparato o aparatos sinies-
trados por otro u otros de similares características hasta su reposición o • Albañiles • Electricistas • Parquetistas
reparación y, como máximo, durante un período de quince días. • Alquiler TV / vídeo • Electrodomésticos • Persianeros
• Antenistas • Enmoquetadores • Pintores
Retorno anticipado por siniestro grave • Barnizadores • Escayolistas • Porteros automáticos
• Carpintería metálica • Fontaneros • Reparación TV /vídeo
En caso de que el Asegurado deba interrumpir un viaje por la ocurrencia • Carpinteros • Jardineros • Tapiceros
de un siniestro grave de los descritos en el apartado Envío de Profesiona- • Cerrajeros • Limpia cristales • Vigilantes
les de esta garantía, la Compañía asumirá el coste de su retorno urgente al • Cristaleros • Mensajeros
domicilio habitual desde el lugar donde se encuentre. • Deshollinadores • Mudanzas
A tal efecto, la Compañía indemnizará el coste de un billete de tren o de avión, Para este servicio, el coste de los honorarios, tanto de mano de obra
o dos billetes como máximo (en clase turista o similar), en caso de que el como de materiales, desplazamiento o cualquier otro que pudiera
Asegurado se halle acompañado por otro integrante de la Unidad familiar. producirse, será por cuenta del Asegurado, asumiendo la Compañía
únicamente la gestión de búsqueda y/o envío del profesional.
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Garantía Novena · Asistencia del hogar
Los trabajos o reparaciones efectuadas por los profesionales facilitados por Utilización y prestación de los servicios
la Compañía están garantizados por un período de tres meses, a contar
desde la finalización de cada trabajo. Será condición indispensable para que la Compañía asuma la
prestación de los servicios, que el Asegurado solicite los mismos
Luces de emergencia a través del número de teléfono facilitado a tal fin en Cláusula
Particular de la Póliza, indicando la información siguiente:
La Compañía, a petición del Asegurado, enviará al domicilio asegurado
con la mayor prontitud posible, un profesional que realice reparación de - Nombre del Asegurado
urgencia en caso de avería en la instalación eléctrica de la vivienda como - Número de la Póliza
consecuencia de falta de fluido eléctrico. - Situación del riesgo (domicilio)
- Teléfono de contacto
Quedan cubiertos tanto los gastos de desplazamiento como los de mano - Causa del siniestro, daños ocasionados y/o servicio/s solicitado/s
de obra hasta un máximo de 3 horas, siempre que sea realizado el
servicio por un profesional enviado por la propia Compañía. El Asegurado puede solicitar la intervención de la Compañía durante
las 24 horas del día, incluidos domingos y festivos.
Será por cuenta del asegurado los materiales que fueran
necesarios para la reparación. Los servicios de carácter urgente se prestarán con la máxima inmedia-
tez posible. Los restantes servicios solicitados se atenderán en días y
La reparación se efectuará siempre que el estado de la instalación lo permita. horas laborables.
No forman parte de la instalación los aparatos de iluminación, los enchufes
o interruptores, los aparatos de calefacción, ni en general cualquier aparato En todo caso, la Compañía no es responsable de los retrasos o incum-
que funcione por suministro eléctrico. plimientos que sean debidos a causa de fuerza mayor.
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Garantía Décima · Asistencia bricohogar
El servicio incluye hasta dos servicios por anualidad de seguro de • Cambiar bisagras en puertas pequeñas de muebles de cocina, baño y
hasta cuatro horas de mano de obra cada uno, con desplazamiento auxiliares de madera.
al hogar del asegurado.
• Montar muebles en kit.
Esta cobertura consiste en el envío de un profesional para realizar los • Encolar sillas, mesas y camas de madera.
siguientes trabajos: • Colocar o cambiar embellecedores de enchufes e interruptores, bombillas,
tubos de neón, fluorescentes y cebadores.
Mantenimiento o reparación de su vivienda:
• Instalar lámparas, apliques o plafones, siempre y cuando no haya que
• Colgar cortinas, cuadros, tendederos, accesorios de cuarto de baño, modificar cableado.
espejos, percheros y barras de armarios. • Ajustar mecanismos de cisterna, grifos sueltos y cambiar zapatas, si
• Colocar baldas y estanterías. las llevaran.
• Tapar pequeños agujeros en pared no alicatada producidos por taladro. • Purgar radiadores.
• Instalar soportes de ducha de teléfono y su conexión, y termo-fluidos que • Sellar con silicona juntas de bañera, ducha, lavabo y fregadero.
no requieran modificación eléctrica.
No cubre:
• Poner pletinas de terminación: embellecedores de suelo (tapajuntas en la
unión de dos suelos diferentes) y protectores de esquina de pared. - Materiales necesarios.
• Poner burletes de aislamiento en ventanas y fijar cristales con silicona. - Instalación de halógenos, lámparas, apliques o plafones
• Arreglar o aislar persianas enrollables sin mecanismo automático o cable necesitando realizar nuevo punto de luz.
(cambio de cinta o lamas) y no ocultas en cajón exterior. - Cambio de enchufes, clavijas e interruptores teniendo que
• Cambiar o instalar en puertas interiores de madera tiradores, picaportes, manipular cableado eléctrico, así como instalación de enchufes
manillas, muelles y pequeños pestillos. de vitrocerámica.
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Garantía Décima · Asistencia bricohogar
- Reparaciones de persianas (incluye cambio de cinta o lamas) Servicios de Asistencia tecnológica:
con mecanismo de cuerda, manivela o eléctrica, empotradas en
cajón exterior, así como persianas metálicas. • Instalación de Accesorios: TV, TDT, DVD, Sonido o complementarios.
- Instalación de zócalos. • Sustitución y/o reparación de tomas de TV, telefonillos de porteros, cables
- Instalación o cambio de cristales. de interconexionado.
- Tapar calas y dar lechadas. • Reparación de las Instalaciones Interiores: Antenas de TV y TDT, Antenas
Parabólicas, Porteros Automáticos, Video Porteros, Sonido, CCTV
- Reparación de cerraduras de puertas, de acceso al domicilio
o interiores, así como cualquier otro trabajo relacionado con • Sincronización y ajuste de los TV, Videograbadores, TDT, Satélite.
puertas de acceso al domicilio. • Fijación de elementos a paredes.
- Eliminar rozamientos en ventanas o puertas. • Distribución de señales a TV secundarios ( DVD, Digital+, VCR, Imagenio)
- Cepillado de puertas. • Ajuste de moduladores, amplificadores y reemisores de señal en viviendas.
- Limpieza de filtros y desagües de cualquier tipo de electrodo‑ • Asesoramiento Técnico y Tecnológico en Imagen, sonido y Satélite.
méstico (incluido aire acondicionado).
- Soldaduras metálicas. No cubre:
- Cualquier reparación de tubería de agua, cubierta o no por - Las reparaciones por fenómenos atmosféricos.
garantías de la presente póliza.
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Garantía Undécima · Servicio de Orientación Médica
La Compañía garantiza la prestación del Servicio de Orientación Médica Quedan excluidos los gastos ocasionados como consecuencia
telefónica durante las 24 horas del día, todos los días del año, que atenderá de asistencias sanitarias, médicas, quirúrgicas u hospitalarias. A
y dará respuesta en relación con cualquier tipo de solicitud de información título enunciativo y no limitativo, se excluyen los gastos derivados
médica formulada telefónicamente. de médico a domicilio, enfermera a domicilio, ambulancias (salvo
lo dispuesto en el apartado de Servicio de Traslado en Ambulancia)
Coberturas de la Garantía: y centros de urgencias médicas, médicos o centros hospitalarios
de cualquier tipo que resultasen utilizados por los asegurados de
• Acceso directo a través de una línea telefónica a un equipo médico ésta a través del Servicio de Orientación Médica.
formado por profesionales médicos debidamente acreditados de acuerdo
a la legislación vigente.
Utilización y prestación de los servicios
• Apoyo y orientación a los asegurados en la toma de decisiones respecto
de su salud, incluyendo: Tendrán la condición de usuarios de este servicio, el Asegurado, su Unidad
familiar y cualquier otra persona, siempre que convivan habitualmente
- Información médica referente a enfermedades, tratamientos y prevención
en el domicilio asegurado.
de la salud.
- Información acerca de interacciones y utilización de medicamentos. Será condición indispensable para que la Compañía garantice la
- Asesoramiento en la preparación de la realización de pruebas diagnósticas. prestación de los servicios contemplados expresamente en esta
- Asesoramiento en la comprensión de informes de laboratorio, Garantía, que el usuario solicite los mismos a través del número de
terminología médica, evaluación de informes y diagnósticos. teléfono facilitado a tal fin en las Cláusulas Particulares de la Póliza,
- Asesoramiento respecto al centro y el tipo de especialista más indicado indicando la información siguiente:
para la resolución de su problema de salud.
- Nombre del Asegurado
- Servicio de remisión a la vivienda de cualquier medicamento que le haya
- Número de la Póliza
recetado su médico al Asegurado, cuando a éste le resulte imposible
- Situación del riesgo (domicilio)
desplazarse a por él o sea urgente la administración del mismo.
- Teléfono de contacto
- Información sobre los programas de vacunación y asesoramiento en
- Causa del siniestro, daños ocasionados y/o servicio/s solicitado/s
caso de viaje al extranjero.
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Garantía Duodécima · Segunda Opinión Médica
Por el servicio de Segunda Opinión Médica se entenderá la obtención por • Envío de toda la documentación diagnóstica al especialista o especialistas
parte del usuario ante cualquier diagnóstico de una enfermedad grave de un seleccionados para emitir el informe de Segunda Opinión.
informe de evaluación del caso por parte de expertos del máximo prestigio
internacional sin necesidad de desplazamiento y en un breve plazo de tiempo. • Edición y revisión del informe de segunda opinión que incluye: resumen
del caso, motivo de la consulta, informe de los médicos expertos
Para la utilización del servicio de Segunda Opinión Médica el usuario seleccionados y currículum de cada uno de los especialistas que
deberá aportar su historial médico y el correspondiente primer diagnóstico intervienen en el proceso de Segunda Opinión.
efectuado por los médicos que le hayan atendido.
• Envío del Informe de Segunda Opinión Médica al domicilio del usuario.
Coberturas de la Garantía:
• Apoyo continuado del Consultor Médico Interno anterior y posterior a la
Este servicio incluye: recepción del Informe de Segunda Opinión Médica.
• Acceso a la opinión de reconocidos expertos médicos en todo el mundo.
La red internacional de expertos médicos y centros hospitalarios Además, en caso de que un paciente decida desplazarse a otra provincia o
establecida por Advance Medical permite identificar a los más reconocidos al extranjero para algún tratamiento, le ofrecemos los siguientes servicios
especialistas médicos internacionales para cualquier caso sometido a de apoyo:
nuestra consideración, independientemente del lugar u hospital donde
trabajen. - Selección de Expertos y Centros Hospitalarios.
- Asesoramiento en caso de traslado del paciente.
• Acceso a un Consultor Médico Interno que aconsejará al paciente y a su - Ayuda en la gestión de citas con médicos y en los trámites de admisión
familia, en la correcta cumplimentación del formulario de solicitud, las en hospitales internacionales.
pruebas a adjuntar, la formulación de las preguntas a realizar al experto, - Obtención de presupuestos, costes estimados de hospitalización y
e incluso facilitará la recopilación de dicha información. posibles descuentos.
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Garantía Decimotercera · Servicio de Traslado en Ambulancia
Coberturas de la Garantía:
La Compañía, indemnizará al asegurado el coste que le haya supuesto el
traslado en ambulancia desde su domicilio al hospital más próximo o
adecuado, en un radio máximo de 50 km, para el caso de un accidente o
enfermedad urgente sufrido por el Asegurado o persona que conviva con el
mismo en la vivienda asegurada.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Asistencia informática remota 3. Actualización de versiones y Service Pack para el software soportado,
siempre que el Asegurado disponga de la licencia pertinente o la
• Objeto del servicio actualización sea gratuita.
4. Configuración de los sistemas operativos y aplicaciones soportadas.
Este servicio permite al Asegurado ponerse en contacto, mediante teléfono 5. Asesoramiento sobre requisitos hardware y software para las
o Chat en Internet, con un técnico cualificado con el fin de disponer de aplicaciones soportadas.
soporte en la utilización de un ordenador personal (de sobremesa o portátil), 6. Instalación y configuración de periféricos tales como impresoras,
en el ámbito objeto de la presente póliza de seguro. escáneres, etc.
Entre otros, se prestará asistencia sobre los siguientes temas: Para la realización de estas actividades en muchas ocasiones será
necesario el CD-ROM con el software original del dispositivo.
1. Hardware.
2. Software. Si el Asegurado no dispone del mismo, los técnicos buscarán y descargarán
3. Internet. el software de Internet siempre que sea posible y que el Asegurado disponga
4. Multimedia y otros. de la licencia pertinente.
5. Sistemas operativos y navegadores.
El Asegurado deberá, previamente a la toma de control remoto del equipo,
• Alcance del servicio realizar copias de seguridad de los datos, software u otros ficheros
almacenados en los discos de su ordenador u otros soportes.
Los servicios incluidos son:
El Asegurador prestará a domicilio los servicios especificados en el apartado
1. Ayuda en el manejo de las aplicaciones, herramientas y comuni- anterior a petición del Asegurado.
caciones soportadas.
2. Instalación y desinstalación de las aplicaciones soportadas.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Todos los costes, como el desplazamiento, los materiales o Para poderse prestar este servicio será condición necesaria que el manual
la mano de obra, de este servicio serán a cargo exclusivo del de utilización del dispositivo tecnológico sobre el que se solicita asistencia,
Asegurado. se encuentre disponible en Internet y en castellano.
Este servicio de carácter nacional está supeditado a la disponibilidad • Límite en la utilización del servicio
local de técnicos informáticos. El servicio se prestará 24 horas al
día los 365 días del año. No existirá límite en la utilización del servicio por lo que el Asegurado podrá
solicitar durante la anualidad todas las asistencias que estime necesarias
• Límite en la utilización del servicio para cada uno de los dispositivos objeto de la presente garantía. El servicio
se prestará 24 horas al día los 365 días del año.
El número máximo de ordenadores a los que se prestará el servicio es de
cuatro por cada póliza contratada. No existirá límite en la utilización del Quedan excluidas las asistencias para equipos ajenos al ámbito de
servicio por lo que el Asegurado podrá solicitar durante la anualidad todas cobertura de la presente póliza, así como servidores.
las asistencias que estime necesarias para cada uno de los ordenadores.
Este servicio no incluye el soporte a aplicaciones desarrolladas
Asistencia tecnológica en el Hogar específicamente para productos MS Office (Outlook, Word,
Excel, Access, PowerPoint) u otro software de gestión específico
Este servicio permite al Asegurado ponerse en contacto, mediante teléfono (Contaplus,...).
o chat en Internet, con un técnico cualificado con el fin de disponer de
soporte general en la utilización de dispositivos tecnológicos, en el ámbito Copia de seguridad online
objeto de la presente póliza de seguro. Entre otros, se prestará asistencia
sobre los siguientes tipos de dispositivos: • Objeto del servicio
TDT, DVD, Blu-Ray, Cámara digital, Video digital, Marco de Este servicio permite al Asegurado ponerse en contacto con un experto
fotos digital, Teléfono móvil. informático con el fin de disponer del servicio de copia de seguridad on line.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
• Alcance del servicio El Asegurador declina cualquier responsabilidad sobre el tipo de
información almacenada en la copia de seguridad así como de la
Los servicios incluidos son: pérdida de información por mal uso en el manejo de la aplicación por
parte del Asegurado y por causas ajenas al control del Asegurador.
1. La instalación del programa de copia de seguridad por un técnico
cualificado en una sesión remota. Recuperación de datos
2. La configuración del programa para la realización automática de la copia.
3. El asesoramiento en los ficheros para incluir en la copia de seguridad. El Asegurador prestará una cobertura de Recuperación de Datos para
4. Recomendación en la creación del usuario y la contraseña que aquellos dispositivos de almacenamiento de datos, propiedad del
permitirá el acceso al servicio y a la información guardada en la copia Asegurado, que sufran bien una avería lógica o avería física y que impidan
de seguridad on-line. el acceso a la información contenida en el soporte dañado mediante el uso
5. El tamaño máximo predeterminado de la copia de seguridad on-line del Sistema Operativo.
es de 2Gb.
Para poder llevar a cabo la prestación de la garantía, es preciso disponer
• Exención de responsabilidad físicamente del soporte de almacenamiento de información dañado y de la
autorización expresa del Asegurado para acceder al contenido del mismo.
El Asegurador, una vez programada la copia on-line, no tiene acceso a la
información salvaguardada, ni a las claves de acceso. Es responsabilidad No se garantiza resultado alguno como consecuencia de la
del usuario conservar las claves de acceso para poder acceder al servicio. prestación de esta garantía ni se indemnizará o compensará en
forma alguna en caso de no lograrse la recuperación total o parcial
Sólo se podrá disponer de una copia de seguridad por póliza de la información contenida en el soporte.
durante el tiempo de vigencia de la póliza.
Asimismo se advierte que el intento de recuperación de los
En caso de rescisión de la presente póliza se procederá al borrado datos puede causar daños mayores en el soporte o dispositivo e
de los ficheros almacenados por el Asegurador. incluso su completa destrucción o pérdida definitiva de los datos
contenidos en el mismo.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
La viabilidad de la recuperación disminuye en casos de: • Condiciones de la garantía
- Manipulación por personal no profesional. La garantía de Recuperación de Datos se prestará sobre los soportes de
- Incendios. almacenamiento de datos, utilizados en los equipos de procesamiento
- Pérdida de pistas (sobreescrituras de configuración interna informático propiedad del Asegurado y que formen parte del Contenido de
del disco). la presente póliza.
- Sobreescrituras de información (por ejemplo formateo
y reinstalación). • Las causas que generan el derecho a utilizar esta garantía son:
- Impactos.
1. Daños externos como accidentes, daños por robo, daños por agua,
El Asegurador y las entidades que éste contrate para la realización de caídas, incendio, etc.
los trabajos de recuperación, bajo ningún concepto, serán considerados 2. Errores humanos.
responsables por cualquier daño directo o indirecto de ningún tipo, que 3. Virus informáticos.
pudiera resultar de la utilización por parte del Asegurado de los datos 4. Problemas de Software.
recuperados, ni de cualquier reclamación que pudiera efectuarse por 5. Problemas de Hardware.
terceros en relación con la titularidad de los bienes y derechos sobre los
soportes y/o los datos objeto de la garantía. • El servicio incluye:
Asimismo, el Asegurador y el Asegurado acuerdan considerar como 1. Atención telefónica al Asegurado.
estrictamente confidencial cualquier información, datos, métodos y 2. Evaluación y diagnóstico del soporte dañado.
documentación de la que puedan tener conocimiento como consecuencia 3. Recuperación de los datos si ésta resulta posible.
de la utilización de la presente garantía. 4. Nuevo soporte, siempre que esto resulte posible, de iguales o superiores
características al soporte dañado si éste no resulta reutilizable o DVD
(dependiendo del soporte y del volumen de los datos a recuperar).
5. Transporte del soporte con la información recuperada desde el
laboratorio hasta el domicilio Asegurado en la póliza.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
• Tramitación de siniestros 5. Con el propósito de cubrir cualquier posible extravío durante el envío del
soporte de entrega, se grabará y guardará en lugar seguro una copia de
El Asegurador prestará la garantía de Recuperación de Datos solicitando seguridad de la información recuperada. Una vez transcurridos quince
la asistencia en el teléfono indicado en Condiciones Particulares. días desde la fecha de envío al Asegurado del soporte de entrega, se
El procedimiento que se seguirá para la prestación de la garantía será destruirá definitivamente dicha copia de seguridad.
el siguiente:
Suma asegurada: La Recuperación de Datos estará limitada a un
1. El Asegurador recogerá, mediante una empresa de mensajería, el soporte máximo de dos siniestros por anualidad de póliza y con un límite de
dañado, incluyendo, si los tuviera, los discos especiales de arranque, 2.000 € por póliza y año.
las contraseñas para acceder al sistema, a los directorios y a los
programas necesarios para ejecutar los ficheros que se necesite recuperar.
Exclusiones
2. El Asegurador se exime de toda responsabilidad sobre la pérdida o
daños que el soporte pueda sufrir durante el envío o transporte, hasta a) Quedan excluidos los ficheros y dispositivos ajenos al ámbito
o desde cualquiera de las instalaciones, así como por la pérdida de de cobertura de la presente póliza y, en todo caso, se excluyen del
beneficios o cualquier consecuencia derivada de ello. servicio los sistemas de almacenamiento complejos (grupos de
volúmenes físicos), los servidores de aplicaciones, las cintas de
3. Una vez recibido el soporte dañado, se procederá a su inmediato back-up y los servidores web.
análisis y diagnóstico con el fin de iniciar el proceso de recuperación
de los datos contenidos en el mismo. b) No están incluidas en esta garantía, las reconfiguraciones o
reinstalaciones de los soportes.
4. Una vez concluido el proceso de recuperación de los datos del soporte
dañado, el Asegurador enviará al Asegurado la información recuperada en c) No se garantizan las averías o pérdida de datos del dispositivo
un soporte nuevo sin cargo para el Asegurado. Los gastos de transporte de soporte entregado, salvo las incluidas en la garantía ofrecida
originados por el envío del soporte correrán a cargo del Asegurador. por el fabricante.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
d) Quedan excluidas las recuperaciones sobre soportes de Entre otras, podrán consultarse las siguientes materias:
almacenamiento que hayan sido manipulados previamente a la
entrega al Asegurador para su recuperación. - Consumo: derechos del consumidor, reclamación al proveedor de
bienes o servicios, arbitraje de consumo, organismos administrativos.
e) Cuando la recuperación resulta imposible como en los casos - Protección de datos: legislación aplicable, derechos de acceso,
de desaparición del soporte, de daños con ácidos o productos cancelación y rectificación, denuncias, sanciones.
similares, en los casos de sobreescritura del soporte o el conocido - Penal: delitos, faltas, juicios rápidos, procedimiento judicial,
como “Head-Crash” (pérdida de la película magnética). denuncia, querella.
f) Está excluida la recuperación de originales de películas, CD, Adicionalmente, se prestará, las 24 horas del día, ayuda legal en caso de
juegos y otras aplicaciones. que se produzca una situación objetiva de urgencia en un tema relacionado
con la presente póliza de seguro como, por ejemplo, uso fraudulento de
g) Quedan excluidos los dispositivos de uso profesional. tarjetas, privación de libertad, intento de fraude o suplantación de identidad.
Estos servicios se prestarán verbal y telefónicamente,
Asesoramiento jurídico telefónico excluyéndose la redacción de informes o dictámenes.
El Asegurador dará respuesta a cualquier consulta de carácter jurídico o El Asegurado tendrá acceso, en condiciones especiales, a los servicios de
legal planteada por el Asegurado referente a la utilización de Internet y un despacho de abogados colaborador de la red nacional de despachos de
al comercio digital y circunscrita a la legislación española. El horario de abogados del Asegurador consistentes en:
consulta será de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes. Existirá un plazo
máximo de respuesta de 24 horas (excepto festivos y fines de semana) y 1. Una primera consulta presencial, previa solicitud, de carácter gratuito
ésta será siempre telefónica. en uno de los despachos de la red de abogados del Asegurador.
2. Una bonificación sobre los honorarios profesionales correspondientes.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Defensa del consumidor Reclamación de daños
Este servicio supone la defensa prejudicial y, en su caso, judicial, por El Asegurador garantiza, dentro de los límites establecidos en la póliza, los
abogados colegiados, de los derechos del Asegurado como consumidor en gastos necesarios para la reclamación al tercero identificado y responsable,
relación con: amistosa o judicialmente, de los daños y perjuicios directamente causados
por dicho tercero, mediante operaciones realizadas en Internet, con motivo
1. La compra y utilización de equipos informáticos. de alguno de los supuestos siguientes:
2. La compra y utilización de programas informáticos.
3. La contratación y utilización de líneas de conexión a Internet. 1. Suplantación de identidad mediante la obtención de claves personales
4. La compra de bienes y servicios en Internet. de acceso a páginas web (“phising”).
2. Introducción en el equipo informático de aplicaciones maliciosas
Se incluyen los servicios necesarios para la adecuada defensa en (virus, troyanos, etc.).
Derecho mediante gestiones telefónicas y elaboración de escritos ante la 3. Obtención mediante aplicaciones maliciosas de las claves personales
Administración. de acceso a páginas web (“pharming”).
4. Otros fraudes similares que supongan daños y perjuicios cuantificables
• Ámbito geográfico y sufridos por la realización de operaciones en Internet.
El ámbito geográfico de esta garantía es mundial. Los siniestros que se • Ámbito geográfico
produzcan fuera del territorio nacional español se prestarán mediante la
modalidad de reembolso. El ámbito geográfico de esta garantía es mundial. Los siniestros que se
produzcan fuera del territorio nacional español se prestarán mediante la
Suma asegurada: La suma asegurada para esta garantía será de 3.000 € modalidad de reembolso.
por siniestro y anualidad de seguro.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Cuando la mencionada sentencia declare que los hechos enjuiciados son
Suma asegurada: La suma asegurada para esta garantía será de 6.000 € constitutivos de infracción dolosa, los gastos de defensa serán a cargo del
por anualidad de seguro. propio Asegurado así como las costas judiciales. El Asegurador se reserva
el derecho a reclamar de la persona defendida el importe de los gastos
anticipados para su defensa, quedando el Asegurado obligado a su reintegro.
Defensa penal por la utilización de Internet
• Ámbito geográfico
Esta garantía comprende los gastos de Defensa Penal del Asegurado en
los procesos que se sigan contra el mismo por hechos derivados de la El ámbito geográfico de esta garantía es mundial.
utilización de Internet así como la constitución de fianzas criminales en
estos supuestos que pueda decretar la autoridad judicial.
Suma asegurada: La suma asegurada para esta garantía será de 6.000 €
El Asegurador facilitará un abogado para asistir al Asegurado en caso de
por siniestro y anualidad de seguro. Los siniestros que se produzcan fuera del
privación de libertad por un motivo amparado por la garantía “Defensa
territorio nacional español se prestarán mediante la modalidad de reembolso.
penal por la utilización de Internet” mientras permanezca en dependencias
policiales y hasta que sea trasladado al juez competente.
También se incluye la asistencia al Asegurado en la toma de declaración, Protección jurídica de datos de carácter personal
ante la autoridad judicial competente, en las diligencias previas.
Esta garantía permite al Asegurado realizar cuantas consultas estime
El Asegurador prestará al Asegurado los servicios de asistencia judicial y necesarias sobre la legislación española de protección de datos de carácter
adelantará los gastos de defensa penal durante la instrucción, juicio oral y, personal así como la elaboración, a requerimiento del Asegurado, de los
en su caso, recursos frente a las acciones penales que se sigan en su contra. siguientes documentos:
Cuando la sentencia sea absolutoria o se sobresea el procedimiento, los
gastos de defensa serán siempre a cargo del Asegurador, hasta la suma
asegurada pactada en el contrato.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
1. Escritos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de 3. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así
carácter personal destinados a aquellas personas físicas o jurídicas a como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la
quién el Asegurado quiera hacer la solicitud. defensa de los intereses del Asegurado.
4. Los honorarios y gastos de peritos, designados o autorizados por el
2. Escrito de denuncia ante la Agencia de Protección de Datos informando Asegurador, cuando sean necesarios.
de aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan dirigido por Internet 5. La constitución de fianzas penales hasta un máximo de 6.000 Euros por
o correo electrónico, incumpliendo esta normativa, al Asegurado. siniestro y año.
• Elección de abogado y procurador
Suma asegurada: La suma asegurada para esta garantía será de 300 €
por anualidad de seguro.
El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente al procurador y abogado
que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento.
Condiciones comunes a las garantías En el supuesto de que el abogado elegido no resida en el partido
de Defensa Jurídica judicial donde haya de sustanciarse el procedimiento base de la
prestación garantizada, serán a cargo del Asegurado los gastos y
• Gastos garantizados honorarios o desplazamientos que dicho profesional incluya en su
minuta.
La presente Póliza garantiza el pago de los siguientes gastos, salvo que en
la garantía correspondiente se especifique lo contrario: El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de abogado y
procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las
1. Los honorarios y gastos del abogado. partes del contrato. El abogado y procurador designados por el Asegurado
2. Los derechos y suplidos del procurador, cuando sea preceptiva no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador.
su intervención. Antes de su nombramiento, el Asegurado comunicará al Asegurador el
nombre del abogado y procurador elegido.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Los honorarios máximos aplicables serán los fijados como Exclusiones
orientativos por el Colegio Profesional correspondiente hasta el
límite cuantitativo establecido en estas Condiciones Generales. Quedan excluidos con carácter general aquellos gastos que no
hayan sido comunicados previamente al Asegurador y aquellos para
Los derechos del procurador, cuando su intervención sea preceptiva, serán los que no se hubiera obtenido la correspondiente autorización.
abonados conforme al arancel o baremo.
En ningún caso estarán cubiertos por esta póliza los siguientes
• Resolución de conflictos supuestos:
En caso de producirse un conflicto de intereses entre las partes, el Asegurador a) El cumplimiento de las obligaciones impuestas al Asegurado
comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir por sentencia o resolución administrativa.
sobre la designación del abogado o procurador que estime conveniente
para la defensa de sus intereses. b) El pago de multas y la indemnización de gastos originados
El Asegurador proporcionará al Asegurado cuanta información sea solicitada por sanciones impuestas al Asegurado por las autoridades
acerca del estado de los procedimientos en los que aquel sea parte, así administrativas o judiciales, los tributos de los que fuera sujeto
como justificación de la presentación de los correspondientes escritos. La pasivo y los gastos que procedan por acumulación o reconvención
documentación gestionada por el Asegurador quedará archivada durante el cuando se refieran a materias no comprendidas en esta garantía.
plazo legal máximo de prescripción.
c) Los siniestros causados por mala fe del Asegurado.
El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia
que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre el contrato de seguro. d) Los actos dolosos del Tomador y el Asegurado.
La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la
cuestión disputada. e) Hechos producidos antes de la entrada en vigor de la póliza.
f) La condena en costas.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Uso fraudulento y acceso a cuentas bancarias y En caso de notificación por parte del Asegurado de la utilización indebida en
anulación de tarjetas Internet de sus tarjetas bancarias y no bancarias, el Asegurador procederá
a la cancelación de las mismas ante los emisores de éstas. El servicio se
Se dará cobertura a las pérdidas económicas que se deriven del uso prestará las 24 horas del día, los 365 días del año.
fraudulento de tarjetas de crédito o débito o del acceso a cuentas bancarias
cuyo titular sea el Asegurado cuando concurran todas las siguientes • Ámbito geográfico
circunstancias:
El ámbito geográfico de esta garantía es mundial.
1. El uso fraudulento sea realizado por terceros.
2. La operación fraudulenta sea realizada por Internet.
Suma asegurada: La suma asegurada para esta garantía será de 1.000 €
3. El uso fraudulento sea realizado en cualquier momento hasta las 48 horas
por siniestro y año.
a la notificación de uso fraudulento de las claves, robo, expoliación o
extravío a la entidad emisora o de la notificación a la entidad financiera
del acceso a las cuentas bancarias.
4. Sea presentada denuncia ante las autoridades policiales. Gestión del suministro de acceso a Internet
5. Se justifiquen los movimientos indebidos mediante los correspondientes
extractos. El Asegurado puede solicitar los trámites necesarios para darse de alta,
baja o realizar modificaciones en el contrato con el proveedor del acceso
En el caso de pérdidas económicas por uso fraudulento de tarjetas, no a Internet. El Asegurador realizará las gestiones telefónicas que sean
tendrán cobertura las pérdidas económicas que sean cubiertas por la propia necesarias así como el envío de documentos y escritos.
entidad bancaria o emisora por ser responsabilidad de éstas en virtud
del régimen de responsabilidades que se establecen en el artículo 41 y El Asegurador no garantiza resultado alguno como consecuencia de estas
siguientes del Real Decreto Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios gestiones ni se hace responsable de los retrasos, ausencias de respuesta,
de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. penalizaciones, cargos en cuenta o cualquier otro perjuicio que causen al
Asegurado los proveedores del servicio de acceso a Internet.
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Garantía Decimocuarta · Asistencia Informática y Tecnológica
Descargas de software Electricidad de emergencia
El Asegurado podrá solicitar la descarga e instalación de programas Este servicio tiene por objeto facilitar en el domicilio del beneficiario, un
informáticos seleccionados por el Asegurador por su utilidad para un profesional electricista para atender las averías e incidencias relacionadas
correcto funcionamiento de los ordenadores personales objeto del presente con el suministro eléctrico que impidan la utilización de los equipos
contrato de seguro. informáticos objeto del presente contrato de seguro.
El Asegurado podrá descargar todos los programas que considere oportunos Todos los costes, excepto el desplazamiento y la primera hora de
de un catálogo previamente definido por el Asegurador. mano de obra, serán a cargo del Asegurado.
Tanto la descarga como la licencia del programa serán gratuitas. Se considerará esta contingencia como urgente por lo que se
prestará el servicio en un plazo máximo de tres horas.
El servicio se prestará las 24 horas del día, los 365 días del año.
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Garantía Decimoquinta · Responsabilidad Civil
• Objeto de la Garantía
En los términos y condiciones establecidos en esta Garantía, la Compañía 3. Responsabilidad Civil Inmobiliaria, como propietario de la
toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse vivienda asegurada y siempre que se asegure el Continente, en virtud de
para el Asegurado y, en su caso, los miembros de la Unidad familiar por lo dispuesto en los artículos 1907 y 1908 del Código Civil. Así mismo,
los daños materiales o personales, así como por las pérdidas económicas se incluye la responsabilidad civil que pueda corresponder al Asegurado
consecuencia directa de los mismos, causados involuntariamente a terceros en su condición de copropietario de la comunidad como consecuencia
en virtud de las responsabilidades siguientes: de los daños causados por los elementos comunes del edificio,
y de acuerdo con el coeficiente de copropiedad que corresponda a la
1. Responsabilidad Civil Privada Familiar, como consecuencia vivienda asegurada. En los casos en que el Asegurado sea el Arrendatario
directa del desarrollo de la vida privada del Asegurado y demás miembros de la vivienda se equipara a este con el propietario a efectos de la
de la Unidad familiar, en virtud de la responsabilidad civil extracon‑ Responsabilidad Civil Inmobiliaria, siempre que se asegure el
tractual definida en los artículos 1902, 1903 y 1910 del Código Civil. Continente.
La responsabilidad civil Privada Familiar resulta aplicable cuando las 4. Responsabilidad Civil como Propietario de Animales
acciones u omisiones de las que ésta deriva sean provocadas por los Domésticos, que vivan en la vivienda asegurada y cuya titularidad
miembros de la unidad familiar siempre que no se produzcan en un corresponda al Asegurado o a otro miembro de la Unidad familiar,
riesgo que pudiera estar asegurado por otra póliza. siempre que cumplan las disposiciones dadas por la Administración
para la misma, en virtud de lo dispuesto en el articulo 1905 del Código
2. Responsabilidad Civil de los Empleados del Hogar, como Civil y siempre que se asegure Mobiliario.
consecuencia de los actos del personal empleado del hogar en el
ejercicio de sus funciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo En el caso de perros de raza no consideradas peligrosas a efectos de
1903 del Código Civil. este seguro, se considera objeto de cobertura su RC.
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Garantía Decimoquinta · Responsabilidad Civil
En caso de perros de raza consideradas peligrosas a efectos de este • Prestaciones de la Compañía
seguro no se considera objeto de cobertura su RC, salvo mención
expresa en Clausula de Condiciones Particulares. Dentro siempre del Límite de indemnización fijado para esta Garantía,
correrán por cuenta de la Compañía:
5. Responsabilidad Civil como Arrendatario frente al Propietario
de la Vivienda Asegurada, por los daños materiales sufridos por 1. El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemni-
ésta como consecuencia de un siniestro de Incendio o Explosión e zaciones a que diera lugar la responsabilidad civil extracontractual del
implosión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1563 del Código Asegurado y/o los miembros de la Unidad familiar.
Civil, en los casos en que el asegurado sea el Arrendatario.
2. La constitución de las fianzas judiciales exigidas por Jueces y Tribunales
6. Responsabilidad Civil como Arrendador, por la responsabi- para garantizar la responsabilidad civil o penal y, en su caso, la libertad
lidad civil subsidiaria que ocasione los inquilinos a terceros en calidad provisional del Asegurado y/o los miembros de la Unidad familiar. Para la
de ocupante de la vivienda asegurada, y siempre que esté en vigor el prestación de fianzas en causas criminales se establece un sublímite de
contrato de arrendamiento en los casos en que el asegurado sea el indemnización de 150.000 Euros para la modalidad Complet y
Arrendador. un sublímite de indemnización de 200.000 Euros para la
modalidad Élite Plus.
Límite de indemnización para el conjunto de las coberturas de
esta Garantía: 3. El pago de honorarios de los Abogados, Procuradores y Técnicos
designados por la Compañía, así como de los gastos derivados de las
Hasta el 100% de la Suma Asegurada propia por siniestro y anualidad, gestiones realizadas para el esclarecimiento del siniestro y las costas
con un sublímite de indemnización por víctima de 150.000 Euros, judiciales devengadas, con exclusión del pago de multas o sanciones y
que constituye la cantidad máxima a satisfacer por la Compañía por cada de las consecuencias de su impago.
una de las víctimas de un siniestro, hasta el límite indicado anteriormente.
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Garantía Decimoquinta · Responsabilidad Civil
Las prestaciones del seguro conjuntamente por indemnización de daños Exclusiones generales de esta Garantía
y por costos accesorios de un siniestro no podrán superar el límite de
indemnización fijado para esta Garantía, hayan sido formuladas las demandas a) Por daños derivados de la explotación de una industria o negocio,
de indemnización contra el Asegurado y/u otro u otros miembros de la Unidad del ejercicio de un oficio, profesión o servicio retribuido o no, de
familiar, sean cuales fueren las coberturas afectadas por el eventual siniestro y un cargo o actividad en asociación de cualquier tipo, aún cuando
con independencia del número de reclamantes o reclamaciones formuladas. sean honoríficos.
Bajo el concepto de costos accesorios se engloban los derivados de
informes de peritos, de la defensa judicial y extrajudicial y de la constitución b) Por daños sufridos por los bienes de terceros que, por cualquier
de fianzas, no considerándose los gastos generales de personal y motivo (depósito, uso, manipulación, custodia, transporte u
administrativos de la Compañía. otro), se hallen en poder del Asegurado o de personas de quien
éste sea responsable, salvo lo dispuesto por la cobertura de
• Vigencia temporal de la Garantía Responsabilidad Civil como Arrendatario frente al Propietario de
la Vivienda Asegurada.
Quedan cubiertos por esta Garantía los siniestros que se produzcan durante
la vigencia de la Póliza. c) Que deba ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio,
En caso de siniestro constituido por una serie de acontecimientos dañosos salvo indicación expresa de su no exclusión en las condiciones
debidos a una misma causa original, se considerará como fecha de ocurrencia particulares y salvo lo indicado en el apartado Responsabilidad
del siniestro el momento en que el primero de dichos acontecimientos Civil de propietario de Animales Domésticos en lo relativo a los
haya tenido lugar, con independencia de la fecha de ocurrencia real de los perros de razas no potencialmente peligrosas a efectos de este
restantes. seguro.
Respecto de los daños producidos como consecuencia de siniestros d) Derivada del uso y circulación de vehículos a motor y de los
ocurridos durante el período de vigencia de la Póliza y no conocidos por el elementos remolcados o incorporados a los mismos.
Asegurado al término del mismo, la Compañía otorga cobertura hasta doce
meses después de concluido el seguro. e) Los daños a terceros derivados del uso de VPM (vehículos de
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Garantía Decimoquinta · Responsabilidad Civil
movilidad personal) quedarán excluidos si se incumple la legalidad vivienda asegurada o en el edificio cuando los mismos no tengan la
vigente en el lugar de los hechos. consideración de obra menor o su presupuesto supere la cantidad
de 60.000 Euros.
f) Derivada de daños causados por cualquier artefacto, nave o
aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea o acuática. m) De daños causados como consecuencia de cualquier acción
persistente que, por sus características y circunstancias, hubiera
g) Los siniestros derivados de la participación en delitos del podido ser evitada o reducida.
tomador/asegurado o miembros de la unidad familiar.
n) Cualquier tipo de pérdida económica que no sea consecuencia
h) Derivada de la participación en competiciones deportivas oficiales. directa de un daño material o personal previo.
i) Por daños originados por la tenencia y uso privado de armas ñ) La responsabilidad civil Privada Familiar no será aplicable
blancas, punzantes y de fuego interviniendo en pruebas o cuando las acciones u omisiones de las que ésta deriva sean
competiciones deportivas. No obstante, quedan incluidos los provocadas por los miembros de la unidad familiar cuando los
daños causados por disparo fortuito de armas de fuego poseídas daños se produzcan en un riesgo que pudiera estar asegurado por
lícitamente. otra póliza.
j) Derivada de la práctica de la caza o pesca. • Tramitación del siniestro
k) Por transmisión de enfermedades infecciosas y del Síndrome de La Compañía tomará la dirección de todas las gestiones relacionadas con el
Inmunodeficiencia Adquirida (S.I.D.A.). siniestro, actuando en nombre del Asegurado para tratar con los perjudicados
o sus derechohabientes, debiendo el Asegurado prestar su colaboración.
l) Derivada de trabajos de construcción, reforma y reparación en la
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Garantía Decimoquinta · Responsabilidad Civil
• Defensa del Asegurado Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y la Compañía
motivado por tener que sustentar ésta en el siniestro intereses contrarios
Corresponde a la Compañía el examen y calificación técnico-legal de las a la defensa del Asegurado, la Compañía lo pondrá en conocimiento del
reclamaciones formuladas al Asegurado. Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter
urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá
En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por la Compañía o
por la Póliza, la Compañía asumirá la dirección jurídica frente a la confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, la Compañía
reclamación del perjudicado, salvo pacto expreso en contrario, designando quedará obligada a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta un
los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en límite del cinco por ciento de la Suma Asegurada para esta Garantía.
las actuaciones judiciales civiles y penales que se le sigan en reclamación
de responsabilidades civiles cubiertas por esta Póliza, y ello aún cuando • Reclamación de daños
dichas reclamaciones fuesen infundadas o se pretendiera involucrar al
Asegurado en hechos que, afectándole directa o indirectamente, tengan su Como complemento a las prestaciones anteriores, la Compañía garantiza la
exclusivo origen en un acto de una tercera persona. reclamación amistosa y judicial de los daños materiales sufridos por la vivienda
asegurada, siempre que no tengan origen contractual y fuesen causados por
El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, terceros con imprudencia, en los mismos supuestos de responsabilidad civil
comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que cubiertos por los apartados precedentes de esta Garantía.
fuesen precisos.
Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, la Compañía Límite de indemnización para esta cobertura: Hasta el 10% de la
se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren Suma Asegurada para la Garantía Decimoquinta (Responsabilidad Civil).
contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
De conformidad con el apartado 17 del anexo de la Ley 20/2015, de 14 de circunscrita al Derecho español. El servicio se prestará de 9 a 21 horas y
julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras de lunes a viernes. El plazo máximo de respuesta será de 24 horas (excepto
y reaseguradoras, la gestión de los Siniestros de Seguro de Defensa Jurídica festivos y fines de semana) y ésta será siempre telefónica, sin redacción de
queda confiada a la Sociedad especializada que se indica en las Cláusulas informes o dictámenes.
Particulares de la Póliza.
• Acceso a la Red de Despachos de Abogado
Coberturas
El Asegurador prestará al Asegurado la primera consulta gratuita en el
La Compañía asume la prestación de las coberturas siguientes, según se despacho colaborador más cercano a su domicilio. En caso de necesitar los
trate de la modalidad Complet o Élite Plus: servicios de un letrado se le aplicará una tarifa bonificada.
Garantías comunes a Defensa Complet y y Defensa Élite Plus: • Defensa del consumidor
El Asegurador prestará al Asegurado la defensa prejudicial de sus
• Servicio de ayuda legal 24 horas derechos como consumidor mediante gestiones telefónicas y elaboración y
presentación de escritos o realización de gestiones ante la Administración.
El Asegurador prestará al Asegurado ayuda legal, que estará circunscrita a
la existencia objetiva de una situación de urgencia como, por ejemplo, • Gestión de sanciones administrativas relacionadas con la
control de alcoholemia, accidente de tráfico, robo o privación de libertad. vivienda
Este servicio se prestará verbal y telefónicamente, excluyéndose la redacción
de informes o dictámenes. El Asegurador prestará al Asegurado la defensa ante sanciones que le
impongan como particular, por presuntas infracciones administrativas
• Asesoramiento jurídico telefónico relacionadas con la vivienda asegurada en esta póliza y utilizada como
residencia habitual o secundaria. La prestación incluye la redacción,
El Asegurador prestará al Asegurado la respuesta a cualquier consulta de presentación de los escritos de descargo y recursos que procedan en vía
carácter jurídico o legal relacionada con su hogar y su vida personal y administrativa, quedando excluida la vía contencioso-administrativa.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
• Otros gastos jurídicos: Impugnación del valor catastral de 2. Las reclamaciones a sus inmediatos vecinos por incumplimiento de
la vivienda normas legales en relación con emanaciones de humos o gases.
3. La defensa de su responsabilidad penal en procesos seguidos por
El Asegurador prestará al Asegurado los servicios de redacción y
imprudencia, impericia o negligencia, con motivo de residir en la vivienda.
presentación de los recursos en vía administrativa para la impugnación del
valor catastral asignado a la vivienda asegurada en esta póliza y utilizada 4. La reclamación por incumplimiento de los contratos de servicios de
como residencia habitual o secundaria, siempre que la notificación de la reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda, cuando
valoración catastral se produzca durante la vigencia de la póliza. Queda el pago de tales servicios le corresponda íntegramente y haya sido
excluida la vía contencioso-administrativa. satisfecho por el Asegurado.
5. La reclamación de la obligación de reparar el origen de los daños
• Reclamación de daños y perjuicios: derechos relativos a causados por un tercero cuando exista riesgo de que se vuelvan a
la persona producir si éste no pone los medios oportunos para evitarlo.
El Asegurador prestará al Asegurado el servicio de reclamación por daños 6. Los conflictos con sus inmediatos vecinos por cuestiones de
corporales y/o materiales que sean causados por terceros a este o a los servidumbre de paso, luces, vistas, distancias, lindes, medianerías o
miembros de la unidad familiar. plantaciones, cuando el Asegurado sea el propietario o usufructuario.
7. La defensa de su responsabilidad penal como miembro de la junta de
• Derechos relativos al inmueble (vivienda asegurada) copropietarios del edificio en que se halle la vivienda asegurada.
8. La defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de
El Asegurador prestará al Asegurado la protección de sus intereses en
propietarios, siempre que estuviese al corriente de pago de las cuotas
relación con la vivienda designada en las Condiciones Particulares como
legalmente acordadas.
domicilio de riesgo en los siguientes supuestos:
9. Los conflictos derivados del contrato de alquiler, cuando el Asegurado
1. La reclamación por daños, de origen no contractual, causados por sea el inquilino de la vivienda, excepto si es demandado por falta de
terceros a la vivienda y a las cosas muebles de su propiedad que se pago del alquiler.
encuentren en la misma.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
• Reclamación por incumplimiento de contratos de servicios y • Defensa del derecho fiscal: Defensa del contribuyente
suministros
El Asegurador prestará al Asegurado el servicio de interposición de los recursos
El Asegurador prestará al Asegurado el servicio de reclamación por pertinentes ante la Administración correspondiente para la defensa de sus
incumplimiento de los siguientes contratos de arrendamiento de servicios y intereses en las reclamaciones directamente relacionadas con la declaración
suministros que afecten a su vida particular y de los que este sea titular de los impuestos de la renta de las personas físicas y del patrimonio.
y destinatario final:
• Defensa Penal
1. Servicios de profesionales titulados.
2. Servicios médicos y hospitalarios. El Asegurador prestará al Asegurado el servicio de defensa penal por faltas
3. Servicios de viajes, turísticos y de hostelería. y delitos de imprudencia, impericia o negligencia en el ámbito de su vida
4. Servicios de enseñanza y de transporte escolar. privada y familiar.
5. Servicios de limpieza y de mudanzas.
6. Suministros de agua, gas, electricidad o teléfono. • Acceso a la red de gestorías administrativas
• Reclamación por incumplimiento de contratos de cosas muebles El Asegurado podrá disfrutar de condiciones económicas especiales en la
red de gestorías administrativas colaboradoras del Asegurador.
El Asegurador prestará al Asegurado el servicio de reclamación en litigios
sobre incumplimiento de contratos que tengan por objeto cosas muebles, • Reclamación de alquileres por falta de pago del inquilino
en los que este sea parte, tales como los de compraventa, depósito,
permuta, pignoración y otros análogos. Se entenderán por cosas muebles Por esta garantía el Asegurador asumirá los intereses del Asegurado, defendiendo
exclusivamente los objetos de decoración y mobiliarios (salvo antigüedades), o reclamando sus derechos, en vía judicial, en los conflictos que surjan
aparatos electrodomésticos, efectos personales y alimentos, siempre que entre arrendador y arrendatario directamente relacionados con el Contrato de
tales bienes sean de su propiedad y los utilice para su uso personal. Los Arrendamiento en vigor de alguna de las viviendas descritas en las Condiciones
animales de compañía quedan asimilados a las cosas muebles. Particulares y regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
Quedan garantizados los juicios de desahucio por falta de pago, a partir c) Reclamaciones que tengan su origen o estén relacionadas con
del cuarto mes de impago o por obras no consentidas cuando el Asegurado el proyecto, construcción, transformación o derribo del inmueble
sea demandante. o instalaciones donde se halle ubicado el inmueble, así como los
relacionados con canteras, explotaciones mineras e instalaciones
• Extensión territorial fabriles.
En materia de derechos relativos a la vivienda, reclamaciones sobre cosas d) Reclamaciones contra el Asegurado por la no realización de las
muebles, servicio doméstico y derecho fiscal, se garantizan los eventos obras necesarias de conservación del inmueble objeto del seguro.
producidos en territorio español que sean competencia de Juzgados
y Tribunales españoles. Para las demás prestaciones se considerarán e) Los litigios sobre cuestiones de propiedad intelectual o
cubiertos los eventos o siniestros sobrevenidos en Andorra y países industrial, así como los procedimientos judiciales en materia de
del Espacio Económico Europeo que sean competencia de Juzgados y urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o que dimanen
Tribunales ordinarios de estos países. de contratos sobre cesión de derechos a favor del Asegurado.
• Exclusiones f) Reclamaciones que puedan formularse entre sí los Asegurados
en esta póliza o por cualesquiera de éstos contra el Asegurador.
a) Hechos anteriores a la vigencia de la póliza y los que, aún
pudiendo haber tenido cobertura, sean declarados después de g) Reclamaciones a personas sin responsabilidad legal que se
transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o anulación de hallen de forma permanente o temporal bajo control o vigilancia
este contrato, salvo en materia fiscal, en la que el plazo será de del Asegurado o de las personas que convivan con este.
cinco años.
h) Reclamaciones a propietarios de cosas o animales que por
b) La defensa por actos dolosos o la mala fe por parte del Asegurado. cualquier razón se hallen en poder o bajo la responsabilidad del
Asegurado o de la de personas de las que este deba responder.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
i) Los relacionados con el uso y circulación de vehículos a motor,
sus remolques y de embarcaciones náuticas, salvo cuando el ñ) Los impuestos y otros pagos de carácter fiscal, dimanantes
Asegurado actúe como peatón u ocupante de un vehículo que no de la presentación de documentos públicos o privados ante los
sea de su propiedad ni esté bajo su control. organismos oficiales.
j) Las reclamaciones a inquilinos por arrendamientos de temporada o • Objeto y alcance
de duración inferior a un año sin cláusula de renovación, subarrenda‑
mientos y arrendamientos comerciales o rústicos. La protección de sus intereses legales a través de gestiones amistosas
y procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales por un hecho
k) Las reclamaciones por impagos de alquileres legitimados por cubierto en la garantía o modalidad que figure contratada en las condiciones
disposición de algún tipo de autoridad competente, o causados por particulares de su póliza.
inhabitabilidad o problemas estructurales del inmueble.
Hasta el límite de 6.000 € por siniestro, se incluyen los siguientes gastos:
l) El cumplimiento de las obligaciones que le sean impuestas al
- Los honorarios y gastos del abogado.
Asegurado por sentencia o resolución administrativa.
- Los derechos y suplidos del procurador, cuando sea preceptiva
su intervención.
m) Los gastos originados por una acumulación o reconvención
- Las tasas, derechos y costas derivados de la tramitación de los
judicial, cuando se refieran a materias no garantizadas por la
procedimientos garantizados.
presente póliza.
- Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así
como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la
n) El pago de multas y la indemnización de cualquier gasto
defensa de los intereses del Asegurado.
originado por sanciones impuestas al Asegurado por las
- Los honorarios y gastos de peritos, cuando sean necesarios.
autoridades administrativas o judiciales.
- Las fianzas exigidas, en procedimientos penales, para obtener la libertad
provisional, avalar la presentación a juicio y responder del pago de costas.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
Tratándose de varias actuaciones o intervenciones que tengan En los litigios sobre materia contractual, se considerará producido el efecto
la misma causa y sean producidos en un mismo tiempo, serán en el momento en que usted, el contrario o tercero iniciaron o se pretenda
considerados como un siniestro único y, por consiguiente, se que iniciaron la infracción de las normas contractuales.
pagará en conjunto la cifra máxima contratada correspondiente a En las cuestiones de derecho fiscal se entenderá producido el evento en el
un sólo caso. momento de la declaración del impuesto o, en su caso, en la fecha en que
debía haberse efectuado.
• Cuantía mínima litigiosa para todas las coberturas
• Libre elección de abogado y procurador
Se establece una cuantía mínima litigiosa para la vía judicial de
300€. El Asegurado tendrá derecho, por su propia iniciativa, a elegir libremente
abogado y procurador que hayan de defenderle y representarle en cualquier
• Siniestro clase de procedimiento.
Asimismo, en los casos en que se presente conflicto de intereses entre
A los efectos de las garantías de Defensa jurídica, se entiende por siniestro Asegurado y Asegurador, este último le comunicará al primero tal
o evento todo hecho o acontecimiento imprevisto que cause lesión en sus circunstancia, a fin de que pueda decidir sobre la designación del abogado
intereses o que modifique su situación jurídica. o procurador que estime conveniente para la defensa de sus intereses.
En las infracciones penales, se considerará producido el siniestro o evento El abogado y procurador designados por el Asegurado en ningún caso
objeto de seguro en el momento en que se haya realizado o se pretenda que estarán sujetos a las instrucciones del Asegurador. Antes de proceder al libre
se ha realizado, el hecho punible. nombramiento de abogado y procurador, deberá comunicar al Asegurador el
En los supuestos de reclamación por culpa no contractual, se producirá el nombre de los profesionales elegidos. El Asegurador se reserva el derecho
siniestro o evento en el momento mismo que el daño ha sido causado. de recusar por causa justificada al profesional designado. De no existir
acuerdo y persistir la controversia, ambas partes se someterán al arbitraje
legalmente previsto.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
Los honorarios máximos cubiertos por esta garantía serán los fijados como En los derechos relativos a materia contractual y administrativa, el
orientativos por las normas del Colegio profesional correspondiente y sin plazo de carencia será de tres meses a contar de la fecha en que
que el conjunto de gastos sobrepase el límite de cobertura por siniestro. entró en vigor el Seguro.
Las discrepancias sobre la interpretación de dichas normas serán sometidas No habrá cobertura si al momento de formalizar esta Garantía o durante
a la Comisión competente del propio Colegio. el plazo de carencia, se rescinde por alguna de las partes el contrato
origen de litigio o se solicita su resolución, anulación o modificación.
En ningún caso el Asegurador se hará cargo de honorarios y gastos como
consecuencia de desplazamientos por no residir los profesionales elegidos
por el Asegurado en el mismo partido judicial donde haya de sustanciarse Utilización y prestación de los servicios
el procedimiento base de la prestación garantizada.
Será condición indispensable para que la Compañía asuma la prestación
• Concurrencia de seguros de los servicios que el Asegurado solicite los mismos a través del
número de teléfono facilitado a tal fin en las Cláusulas Particulares de la
En caso de existir más de un seguro que ampare cualquiera de las coberturas Póliza, indicando la información siguiente:
incluidas en el presente contrato, los aseguradores contribuirán al pago de
la indemnización en proporción a la propia suma asegurada, sin que pueda - Nombre del Asegurado
superarse la cuantía del daño. Dentro de este límite, el Asegurado puede - Número de la Póliza
pedir a cada asegurador la indemnización debida, según el respectivo - Situación del riesgo (domicilio)
contrato de seguro. - Teléfono de contacto
- Causa del siniestro
• Plazo de carencia - Servicio/s solicitado/s
El plazo de carencia es el tiempo en que, estando vigente la Póliza Los servicios solicitados se atenderán en horas y días laborables, de
y esta Garantía, si se produce un siniestro, no está cubierto. 9 a 20 horas.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
8. Tramitación de las pensiones de viudedad y orfandad y otros trámites en
Garantías específicas de la Defensa Élite Plus
el Instituto Nacional de Seguridad Social (baja, auxilio por defunción,
altas del cónyuge y de otros beneficiarios).
• Asesoramiento en sucesiones: Gestión integral del proceso sucesorio 9. Tramitación de la carta de pago.
10. Trámite de la liquidación del impuesto de sucesiones y demás obliga-
En caso de fallecimiento de un Asegurado, el Asegurador se encargará de ciones fiscales.
la gestión integral del proceso sucesorio, lo que incluye los siguientes 11. Gestión de las inscripciones registrales necesarias.
servicios:
Todos los servicios anteriores, salvo los indicados en los puntos 1 y 2,
1. Asesoramiento jurídico al Asegurado sobre el otorgamiento de
se prestarán también a los beneficiarios. En caso de producirse un conflicto
testamento.
de intereses entre los beneficiarios, el servicio se limitará al asesoramiento
2. Servicio permanente de asistencia jurídica telefónica en materia
telefónico de carácter general a todos ellos.
sucesoria.
3. Diseño, redacción, elaboración y, en su caso, intervención en el acto
Los costes que quedan garantizamos dentro del servicio son los honorarios
de la firma notarial.
de abogados y gestores administrativos, tasas por la obtención de certi-
4. Atención personalizada a los beneficiarios.
ficados y gastos de desplazamiento y mensajería. En ningún caso estará
5. Obtención de todos los certificados necesarios en el Registro Civil
cubierto el pago de honorarios de Notaría y Registro de la Propiedad.
(defunción, nacimiento, matrimonio o convivencia, fe de vida), Registro
de Actos de Últimas Voluntades y Registro de Contratos de seguro con
• Asesoramiento en gestoría administrativa
Cobertura de Fallecimiento.
6. Anotación del fallecimiento en el Libro de Familia.
El servicio incluye el asesoramiento telefónico sobre gestoría administrativa
7. Asesoramiento en la tramitación sucesoria no litigiosa:
en todas sus especialidades:
- Copia del último testamento.
- Declaración de herederos abintestato. 1. Escrituras. 3. Caza y Pesca. 5. Transportes.
- Apertura del testamento. 2. Hipotecas. 4. Tráfico.
- Determinación del caudal hereditario.
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- Adjudicación y partición de la herencia.
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Garantía Decimosexta · Defensa jurídica
• Defensa de contratos laborales garantía sólo se prestará en la modalidad de libre elección de abogado y
procurador, no pudiendo superar los gastos asumidos para ambos el límite
El Asegurador asumirá la defensa del Asegurado por los derechos laborales de esta póliza.
en conflictos individuales de trabajo y la reclamación contra la empresa
privada u organismo público donde preste sus servicios, por incumplimiento • Asesoramiento Fiscal telefónico
de las normas contractuales, y que deban sustanciarse necesariamente ante
los organismos oficiales de mediación y conciliación y los juzgados y Por esta garantía se dará respuesta a cualquier consulta de carácter fiscal
tribunales de lo social. Cuando no sea competente la jurisdicción laboral, la referente a su ámbito personal y circunscrito a la legislación española.
defensa de los derechos de los funcionarios públicos se limitará al trámite El servicio se prestará de 9 a 21 horas y de lunes a viernes. El plazo máximo
de instrucción del expediente administrativo y posteriores recursos que de respuesta será de 24 horas (excepto festivos y fines de semana) y esta
deban ser resueltos por la Autoridad administrativa. será siempre telefónica, sin redacción de informes o dictámenes.
• Incumplimiento de obligaciones en casos de separación o divorcio Entre otras, el Asegurado podrá realizar consultas sobre las siguientes materias:
1. Ley general tributaria.
Se garantiza la reclamación, tanto por vía extrajudicial como judicial, al 2. Procedimientos tributarios y sanciones.
cónyuge o pareja de hecho, por el incumplimiento de las siguientes 3. Información fiscal general y sobre novedades legislativas en materia fiscal.
obligaciones establecidas en sentencias ejecutables recaídas en 4. Calendario del contribuyente en el ámbito de los Impuestos Estatales.
procedimientos familiares civiles, siempre que la demanda de separación, 5. Información sobre exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales y
divorcio, nulidad u otro procedimiento de pareja se haya presentado con liquidaciones de impuestos sobre Sociedades, Renta, Patrimonio e IVA.
anterioridad a la fecha de efecto de esta póliza: 6. Declaración de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
7. Información general relativa a impuestos sobre: Actividades Económicas
1. Pago de prestaciones de alimentos.
(IAE), Bienes Inmuebles (IBI), Renta de Personas Físicas (IRPF), Renta
2. Abono de pensiones compensatorias.
de No Residentes (INR), Patrimonio (IP), Sociedades (IS), Sucesiones y
3. Guarda, custodia y régimen de visitas.
Donaciones (ISD), Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos
4. Cualquier otro derecho reconocido en la sentencia.
Documentados (AJD), Valor Añadido (IVA), Vehículos de Tracción
En caso de resultar ambos cónyuges asegurados por esta póliza, esta Mecánica (IVTM).
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Garantía Decimoséptima · Accidentes corporales
Se entiende por accidente corporal toda lesión corporal que derive de una Las prestaciones de Fallecimiento y las de Invalidez Permanente Absoluta
causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. son excluyentes.
Por la presente póliza se garantiza la indemnización por Fallecimiento o En caso de fallecimiento deberán presentarse los documentos necesarios
Invalidez Permanente Absoluta por accidentes ocurridos en el interior que permitan conocer todas las circunstancias del accidente, así como los
de la vivienda o a una distancia inferior a 250 metros de la misma. imprescindibles para conocer la identidad de los beneficiarios.
Se entiende por Invalidez Permanente Absoluta la situación del trabajador Para obtener el pago de la prestación por Invalidez Permanente Absoluta,
que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de deberá presentar certificado médico que indique la fecha de origen, causas,
haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o evolución y secuelas del accidente y Resolución de invalidez absoluta y
funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente permanente de la Seguridad Social junto al dictamen propuesta en el que
definitivas, y que imposibilitan para la realización de cualquier tipo de consta el cuadro clínico residual.
actividad profesional.
Las personas aseguradas para esta garantía son (siempre que su edad sea
inferior a 65 años): el asegurado titular de la póliza, su cónyuge o pareja
Límite de indemnización de esta cobertura: El 100% de la Suma
de hecho, siempre que en este último caso se acredite convivencia estable
Asegurada para contenido por siniestro y anualidad.
en el mismo domicilio; y los hijos que convivan en el mismo domicilio
del asegurado.
Dado que según la legislación los menores de catorce años y los
incapacitados no son asegurables para el caso de muerte, si se
produce el fallecimiento se pagarán exclusivamente los gastos
derivados del sepelio.
Especificaciones de la garantía de accidentes corporales
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Garantía Decimoioctava · Avería de electrodomésticos
Se entiende por Avería de electrodomésticos todo daño material del aparato Si el coste de la reparación del electrodoméstico superase el Valor Venal
asegurado, causado por una avería mecánica interna, es decir, aquella del aparato o la suma asegurada por anualidad del seguro de esta garantía,
que ocurre a consecuencia de la incapacidad de una pieza garantizada se procederá a la reparación siempre y cuando el Asegurado se haga cargo
de funcionar de acuerdo con las especificaciones del fabricante, como del exceso de coste.
consecuencia de un fallo mecánico o eléctrico, y siempre que el fallo de la
pieza tenga su origen en la propia condición de la pieza y no por la acción Se entiende por Valor Venal el resultante de depreciar el Valor de Reposición
o inacción de una pieza no cubierta. a Nuevo según se indica en el apartado 6.1.8 del Artículo 6º – Valoración
del presente documento.
Quedan cubiertos por esta garantía, como aparatos asegurados, los
siguientes electrodomésticos: Para establecer la antigüedad del aparato, el Tomador o Asegurado deberá
presentar justificante de compra. Si no fuera posible, el Servicio de
- Gama blanca: frigoríficos, combis, congeladores, vinotecas, Asistencia Técnica determinará la edad aproximada en base al modelo y
lavadoras, secadoras, lavavajillas, cocinas eléctricas, vitrocerámicas especificación técnica del aparato.
eléctricas, hornos eléctricos, campanas extractoras.
La garantía contempla exclusivamente la reparación del aparato
- Línea marrón: televisores de plasma, LCD, LED y 3D. otorgada por los servicios concertados de la Aseguradora, no la
reparación realizada por cuenta del Asegurado, ni la indemnización
Esta garantía será de aplicación en todo el territorio español. económica a este o la reposición del electrodoméstico.
En caso de siniestro, el Asegurador se hará cargo de los gastos necesarios Exclusiones
para la reparación de las averías internas de funcionamiento (coste de la
mano de obra del técnico, coste de desplazamiento del técnico y/o transporte a) Averías de electrodomésticos cuya reparación sea imposible de
del bien garantizado, coste de reparación de la pieza averiada o, en su caso, realizar por falta de repuestos.
de su sustitución).
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Garantía Decimooctava · Avería de electrodomésticos
b) Averías de electrodomésticos por falta de mantenimiento (por j) Averías producidas como uso anormal, negligente o inadecuado
ejemplo, limpieza de filtros). del aparato.
c) Reparación de Daños Estéticos (esmaltados, pinturas, k) Responsabilidades civiles de cualquier naturaleza así como
niquelados, cromados, oxidaciones o piezas que no afecten al cualquier tipo de perjuicio indirecto, económico o no, sufrido por
funcionamiento interno del aparato. el asegurado a consecuencia de un siniestro.
d) Averías de electrodomésticos con más de 7 años de antigüedad l) Daños consecuenciales al aparato siempre que estos no hayan
desde fecha de compra del aparato por parte del asegurado. sido provocados por una avería interna de funcionamiento.
e) Averías de electrodomésticos con garantía del fabricante (dos m) Mantenimientos o conservación del aparato: cargas de gas,
años desde la fecha de compra o, en su defecto, fecha de revisiones periódicas ajustes y engrases.
fabricación).
n) Averías que puedan sufrir los consumibles o accesorios, gomas
f) Averías de electrodomésticos de uso industrial/comercial. de admisión de desagües, adaptadores y cargadores de batería,
complementos, mandos a distancia, cables externos, bolsas y
g) Averías de electrodomésticos que necesiten del gas para recambios sueltos, juntas de puertas o burletes, antenas o baterías.
su funcionamiento.
ñ) Costes originados por daños causados por una ventilación
h) Averías en aparatos no descritos en esta garantía. inapropiada, modificaciones incorrectas, instalaciones inadecuadas
o uso de recambios no originales.
i) Daños causados por dolo o mala fe del Tomador del seguro
o Asegurado.
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Garantía Decimooctava · Avería de electrodomésticos
o) Productos con número de serie ilegible o datos del Certificado Suma asegurada: Hasta 300 € por anualidad de seguro, impuestos
de Garantía corregidos o rectificados. indirectos incluidos.
p) Defectos o averías producidas como consecuencia de
arreglos, reparaciones o desarme de la instalación del aparato
por un técnico no autorizado por el fabricante, o como resultado
del incumplimiento manifiesto de las instrucciones de uso y
mantenimiento del fabricante.
q) Averías que tengan su origen o sean consecuencia directa
o indirecta de: reacción o radiación nuclear o contaminación
radiactiva; fenómenos de la naturaleza o meteorológicos de
carácter extraordinario o catastrófico (inundaciones, fenómenos
o movimientos sísmicos, erupciones volcánicas, huracanes,
tempestades), hechos derivados del terrorismo, motín, alboroto
o tumulto popular, manifestaciones y huelgas legales o ilegales;
actuaciones de las Fuerzas Armadas o Cuerpos de Seguridad del
Estado en tiempos de paz; conflictos armados y actos de guerra
(declarada o no); vicio o defecto propio de los bienes; hechos
calificados por el Gobierno de la Nación como de “catástrofe o
calamidad nacional”.
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Garantía Decimonovena · Todo Riesgo Accidental
Esta garantía, exclusiva para la modalidad Hogar Élite Plus, cubre d) Los daños causados por roedores, termitas, gusanos, polillas o
los daños materiales que, en la vivienda asegurada, sufran los bienes cualquier otra clase de insectos.
asegurados como consecuencia directa de cualquier causa de carácter
accidental, entendiendo por tal la producida de forma súbita, casual y e) Los daños que se produzcan por fallos en los suministros de
ajena a la voluntad del Asegurado, y distinta de las definidas en el resto de agua, gas y electricidad.
Riesgos y Garantías de las presentes Condiciones Generales y no excluida
expresamente en esta Garantía o en el Artículo 5º -Riesgos y Daños que no f) La pérdida o desaparición sin causa conocida de los bienes.
cubre la Compañía.
g) Los daños sufridos por bienes de valor unitario inferior a 60
Exclusiones euros, de acuerdo al criterio de valoración que se especifica en el
apartado Tasación de los daños del Artículo 6º, Valoración.
a) Los daños causados por ralladuras, arañazos, raspaduras,
grietas, desconchados u otras causas que originen simples
Franquicia: En todo siniestro a cargo de esta garantía serán deducidos
deterioros de la superficie o defectos estéticos.
150 €, en concepto de franquicia.
b) Los daños por deterioro o desgaste inherente al uso de los bienes,
así como las averías de tipo mecánico, eléctrico o electrónico en
Límite de indemnización de esta cobertura: Hasta el 100% de las
los mismos.
Suma Asegurada aseguradas para continente y contenido.
c) Las modificaciones cuantitativas o cualitativas de los bienes
asegurados debidas a evaporación, podredumbre, moho, humedad
o sequedad de la atmósfera, temperaturas extremas y exposición
a la luz.
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Garantía Vigésima · Recuperación de la Vivienda Ocupada
(Según Condiciones Particulares)
Objeto
Por la presente garantía el Asegurador se obliga, dentro de los límites
Garantías
establecidos en la Ley y en el contrato, a prestar al Asegurado las garantías
y los servicios derivados de la ocupación ilegal de la vivienda asegurada que
sea considerada allanamiento de morada (ver definición de allanamiento de • Defensa Jurídica
morada en el punto “Definiciones” de la presente garantía).
Queda garantizada la defensa jurídica por la ocupación ilegal de vivienda
Definiciones asegurada que sea considerada allanamiento de morada de la primera o
segunda residencia del Asegurado, tanto en su calidad de propietario como
Allanamiento de Morada: En esta póliza se entiende por morada tanto de arrendatario y hasta el momento en que haya recuperado la posesión de
la residencia principal (morada permanente) como la residencia secundaria la misma.
(morada ocasional), en cuanto constituye un hogar y el espacio íntimo y
privado de desarrollo personal y familiar del asegurado, siempre que éste Solo se cubrirán los gastos administrativos y judiciales en la jurisdicción
sea el propietario o el arrendatario legítimo de la vivienda. El allanamiento de penal estrictamente necesarios para recuperar la posesión de la vivienda
morada es la entrada violenta y sin el consentimiento de su titular realizada por denuncia o querella, y las diligencias relacionas con las mismas.
con fuerza en las cosas o intimidación o violencia sobre las personas que
legítimamente la habitan o guardan. También quedan garantizadas las gestiones de carácter legal o judicial
para rescindir su contrato de arrendamiento cuando usted, Asegurado, sea
inquilino de la vivienda allanada.
La suma asegurada para esta garantía será de 6.000 € por siniestro
y anualidad de póliza.
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Garantía Vigésima · Recuperación de la Vivienda Ocupada
• Ayuda legal 24 horas 6. El pago de la renta al propietario Asegurado en caso de impago del
arrendatario por la ocupación ilegal de la vivienda y durante el plazo
Europ Assistance prestará, las 24 horas del día, de forma telefónica al que dure esta.
Asegurado ayuda legal que estará circunscrita a la existencia objetiva de una 7. Otros gastos autorizados previamente por el Asegurador
situación de urgencia relacionada con la ocupación ilegal de la vivienda.
La suma asegurada para esta garantía será de 3.000 € por siniestro
Este servicio se prestará verbal y telefónicamente, excluyéndose la y anualidad de póliza.
redacción de informes o dictámenes.
• Honorarios de intermediación
• Costes de alojamiento y manutención
Si el Asegurado opta por negociar con los ocupantes de la vivienda, el
Quedan garantizados los siguientes costes extraordinarios que deba Asegurador se encargará de la búsqueda, selección y pago de honorarios
soportar el Asegurado en caso de no poder acceder a su vivienda por de un despacho de abogados especializado en la intermediación, como un
encontrarse ocupada: detective privado o un abogado. En ningún caso podrá el Asegurado
realizar esta selección por su cuenta.
1. Alojamiento de la unidad familiar
2. Manutención de la unidad familiar La suma asegurada para esta garantía será de 3.000 € por siniestro
3. Gastos de lavandería y anualidad de póliza.
4. Reembolso de los suministros de gas, agua, electricidad y teléfono fijo
de la vivienda ocupada. En ningún caso se cubre el pago de cantidades, en cualquier
5. El pago del arrendamiento debido por el inquilino Asegurado durante el concepto, a las personas que han ocupado ilegalmente la vivienda.
plazo que dure la ocupación.
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Garantía Vigésima · Recuperación de la Vivienda Ocupada
• Asistencia psicológica Los honorarios máximos aplicables serán los fijados como
orientativos para la tasación de costas por el Colegio Profesional
Durante el tiempo que dure la ocupación, y tras recuperar la posesión de la correspondiente hasta el límite cuantitativo establecido en el
vivienda hasta seis meses después, se podrá acceder a consultas y terapias apartado Defensa jurídica.
de psicólogos o psiquiatras previa autorización de la aseguradora.
En caso de producirse un conflicto de intereses entre las partes, el
La suma asegurada para esta garantía será de 3.000 € por siniestro Asegurador comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin de que éste
y anualidad de póliza. pueda decidir sobre la designación del abogado o procurador que estime
conveniente para la defensa de sus intereses.
Claúsulas aplicables a la presente garantía En ningún caso el Asegurador se hará cargo de honorarios y gastos derivados
de reclamaciones injustificadas por carecer de medio de prueba suficiente que
la haga viable, o que lo sean en función de la responsabilidad del siniestro,
• Elección de abogado y procurador
así como las manifiestamente desproporcionadas con la valoración
de los daños y perjuicios sufridos. No obstante, en este último caso, el
El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente al procurador y abogado
Asegurador asumirá el pago de dichos gastos si el asegurado ejercita las
que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento
acciones judiciales y obtiene una resolución favorable o una indemnización
relacionado con la presente garantía.
en cuantía similar a su pretensión inicial
El abogado y procurador designados por el asegurado no estarán sujetos,
• Resolución de conflictos
en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador.
El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que
Antes de su nombramiento, el Asegurado comunicará al Asegurador el
pueda surgir entre él y el Asegurador sobre el contrato de seguro.
nombre del abogado y procurador elegido.
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Garantía Vigésima · Recuperación de la Vivienda Ocupada
La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión c) Las ocupaciones que no supongan allanamiento de morada:
disputada. - Producidas como consecuencia de un título, como por
ejemplo un contrato de arrendamiento.
• Ámbito geográfico y temporal - Producidas con el consentimiento del titular del inmueble.
- Producidas sobre viviendas que no sean morada del
Las coberturas incluidas en esta Póliza serán de aplicación para hechos asegurado, como las destinadas al arrendamiento, al uso
ocurridos dentro del territorio español y con sujeción al Derecho y turístico o vacacional o que estén deshabitadas.
Tribunales españoles, salvo que se especifique otro ámbito en la garantía - Producidas sobre viviendas destinadas a domicilios
correspondiente. sociales de personas jurídicas, despachos profesionales,
oficinas o cualquier otro establecimiento de negocio.
Son objeto de cobertura los hechos producidos durante el período de d) El cumplimiento de las obligaciones impuestas al Asegurado
vigencia de la póliza. por sentencia o resolución administrativa.
e) El pago de las multas y la indemnización de gastos originados
Exclusiones por sanciones.
f) El pago de cantidades, en cualquier concepto, a las personas
En ningún caso estarán cubiertos por esta póliza los siguientes supuestos: que han ocupado ilegalmente la vivienda.
g) Los conflictos con parientes o personas con las que exista, o
a) Los hechos que no sean denunciados a las autoridades de haya existido, algún tipo de vínculo contractual en relación a la
policía o judiciales. vivienda.
b) Las ocupaciones de viviendas que no reúnan las condiciones h) Los conflictos con personas a las que se les cedió el uso gratuito
mínimas de habitabilidad o estén en estado de abandono. de la vivienda y se niegan a devolverla (precario consentido).
i) El dolo y los siniestros causados por mala fe del asegurado.
j) Los hechos producidos antes de la entrada en vigor de la póliza.
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Garantía Vigésimoprimera · Servicios para Mascotas y Plantas
(Según Condiciones Particulares)
En esta garantía solo se consideran mascotas los perros y gatos de - Envío de flores, plantas, árboles y arbustos, para regalo o para
compañía que convivan con usted y su familia en la vivienda asegurada. el propio jardín.
- Envío de todo tipo de productos relacionados con la jardinería.
Se garantiza el envío siempre y cuando el suministrador
• Asistencia al propietario de mascotas y plantas no establezca limitaciones de ámbito geográfico o importe
económico que lo impidan.
1. Información, consejo y orientación sobre mascotas: - Mantenimiento de plantas y jardines.
- Hoteles en España que admiten animales de compañía. - Elaboración de presupuestos de diseño de jardinería y sistemas
- Trámites para traslados de la mascota. de riego.
- Clubes de mascotas. - Controles de plagas.
- Peluquerías y tiendas especializadas. - Alquiler de plantas para eventos.
- Concursos y otros eventos. - Huerta doméstica.
- Adopciones y centros de acogida.
- Adiestradores, cuidadores a domicilio y criadores. Los costes de las compras, alquileres y gastos de transporte
- Elección de la mascota (razas, tamaños y comportamientos del serán siempre a cargo de usted.
animal, teniendo en cuenta el entorno físico, social o familiar
con el que deba convivir).
- Viajes al extranjero (requisitos sanitarios y administrativos en • Servicios veterinarios
cada país para el tránsito del animal).
- Trámites administrativos ante organismos públicos o privados. 1. Veterinario urgente
Asistencia veterinaria urgente las 24 horas del día en caso de enfermedad
o accidente de su mascota. El coste del servicio será a cargo de usted,
2. Información, consejo y orientación sobre jardines y plantas: pero en el caso de que se preste fuera de su domicilio, durante un viaje
- Viveros y floristerías. dentro de territorio nacional a más de 25 km (10 km en Baleares y
- Bibliografía, fichas técnicas y definiciones de términos de Canarias) de la vivienda asegurada, asumiremos el coste de la primera
jardinería. intervención hasta la cantidad de 20 euros.
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Garantía Vigésimoprimera · Servicios para Mascotas y Plantas
La rapidez y eficacia de este servicio puede verse limitada en zonas 4. Segunda opinión veterinaria
geográficas aisladas. Cuando usted precise contrastar un diagnóstico veterinario, el contacto
con un centro alternativo y de reconocido prestigio en territorio nacional
2. Reserva de hora para consulta en centro veterinario que pueda emitir un segundo diagnóstico.
Las gestiones para obtener cita en el centro veterinario más cercano
a su domicilio o al lugar donde se encuentre usted con su mascota, 5. Consejo veterinario de medicina preventiva y tratamientos
durante un viaje por territorio nacional, tanto para causas imprevistas, alternativos
como para revisiones periódicas. Respuesta a consultas relativas a sintomatología o tratamientos veterinarios
preventivos acordes con las necesidades de su animal de compañía:
3. Hospitalización de la mascota por enfermedad o accidente programas de salud, geriatría, cuidado bucal, etc. El servicio no comporta
Gestiones para el ingreso de la mascota en el centro hospitalario una diagnosis veterinaria y debe ser entendido como un consejo.
para animales más adecuado, a causa de accidente o enfermedad,
si el diagnóstico lo requiere, para curas, exploraciones y pruebas, Asimismo, si es de su interés, le facilitamos información detallada y
intervenciones quirúrgicas, cuidados postoperatorios, estancias de orientación sobre tratamientos alternativos tales como la acupuntura y
recuperación, sacrificio necesario y destrucción del cadáver, en su caso. la homeopatía veterinarias.
Los costes de hospitalización, pruebas veterinarias o el tratamiento 6. Servicio de consulta veterinaria
prescrito serán a cargo de usted, pero si la hospitalización del animal Se ofrece un servicio de consulta veterinaria para distintas actuaciones
se lleva a cabo durante un viaje por territorio nacional a más de 25 tales como: microchip, vacunación, desparasitación, radiografías,
km (10 km en Baleares y Canarias) de la vivienda asegurada, nos revisiones, etc.
haremos cargo de los primeros 30 euros de coste por este concepto,
con exclusión de pruebas veterinarias o tratamientos. En caso de • Otros servicios para la mascota
encontrarse de viaje, esta prestación, es compatible con la contemplada
en la cobertura Veterinario urgente. 1. Guardería
Gestiones para el ingreso del animal en un centro especializado de
custodia o guardería de mascotas, cuando temporalmente no pueda
ocuparse de él. 96
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Garantía Vigésimoprimera · Servicios para Mascotas y Plantas
2. Recogida y transporte 5. Entierro e incineración
En caso de ser necesario el traslado de la mascota, por cualquier Asesoramiento, organización y coordinación, en caso de fallecimiento
motivo, y si usted no dispone de los medios adecuados, le organizamos del animal, de la recogida y traslado del cuerpo a instalaciones
su recogida y transporte, según las necesidades y disponibilidad de autorizadas para proceder al entierro o incineración, según elija usted.
recursos de la zona donde se encuentre el animal. Asimismo, si el animal estuviera aquejado de sufrimiento irreversible
y bajo diagnosis veterinaria que recomiende su sacrificio, nos
El coste del traslado será a cargo del dueño del animal. ocuparemos de los trámites necesarios para ello, tanto si se encuentra
en el domicilio asegurado como de viaje por territorio nacional.
3. Comida a domicilio
En caso de imposibilidad para usted de hacerlo personalmente, se
ofrece la coordinación del suministro de comida a domicilio, efectuado Quedan Excluidos
desde la tienda o punto de venta más cercano a su lugar de residencia.
a) Cualquier coste de gastos u honorarios, salvo los
El importe de la compra, así como los posibles gastos de transporte, expresamente indicados para asistencias en viaje
será a cargo del dueño del animal. (Veterinario urgente y Hospitalización).
b) El servicio para animales distintos de perros y gatos o de
Este servicio podrá verse limitado por falta de suministrador en la zona estos cuando estén destinados a funciones distintas de la
o porque este exija compras mínimas en cuanto a cantidad o importe compañía a personas.
superiores a las que usted solicita. c) Hechos derivados de la participación del animal en
apuestas, desafíos o deportes.
4. Búsqueda del animal perdido d) Hechos debidos a malos tratos al animal, exceso de trabajo,
Si la mascota se extravía o es objeto de robo, gestiones de búsqueda falta de calidad higiénica o de alimentos, cuando sean
ante las policías u organismos oficiales locales y contacto con los imputables a usted o a los miembros de la unidad familiar.
medios de comunicación de la zona para insertar anuncios y distribuir e) Las prestaciones por enfermedades infectocontagiosas,
fotografías para la localización y recuperación del animal. parasitarias o de cualquier tipo, cuando usted no cumpla
un calendario de vacunaciones.
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Garantía Vigésimoprimera · Servicios para Mascotas y Plantas
f) Las intervenciones quirúrgicas de tipo estético, como el
modelado de orejas.
La Compañía no efectuará ningún reembolso al asegurado
de ninguna cantidad relacionada con las presentes garantías,
salvo que haya autorizado previamente de forma expresa el
gasto asumido por el Asegurado.
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Artículo 5º · Riesgos y Daños que no cubre la Compañía
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Artículo 5º · Riesgos y Daños que no cubre la Compañía
• Los siniestros ocurridos antes de la fecha de efecto de la Póliza, sean establecidas en el Reglamento y Disposiciones Complementarias
o no conocidos por el Asegurado. vigentes en la fecha de ocurrencia, ni cuando los daños producidos
sean calificados por el Gobierno de la Nación como de Catástrofe o
• Los daños y perjuicios derivados de Riesgos y Garantías no incluidos Calamidad Nacional.
expresamente en las Condiciones Particulares de la Póliza, distintos
de los definidos en las presentes Condiciones Generales o excluidos La Compañía tampoco se hará cargo de las diferencias entre los
expresamente en cualesquiera de estas Condiciones. daños producidos y las cantidades indemnizadas por el Consorcio de
Compensación de Seguros, en razón de la aplicación de franquicias,
• Los daños y perjuicios producidos cuando el siniestro se origine por detracciones, aplicación de reglas proporcionales o de equidad
dolo o mala fe del Asegurado u otros miembros de la Unidad Familiar. u otras limitaciones aplicadas por dicha Entidad. Tampoco están
cubiertos los gastos derivados de reclamaciones al Consorcio de
• Las pérdidas y perjuicios indirectos de cualquier clase que sufra el Compensación de Seguros.
Asegurado con ocasión de un siniestro cubierto en Póliza, salvo lo
dispuesto en la cobertura de Pérdida de Alquileres. • Los daños y perjuicios ocasionados por alguna de las siguientes causas:
• La rotura de cristales, excepto para las coberturas de Incendio y 1. Fermentación, oxidación, condensación, vicio propio o defectos,
asimilados y Rotura. tanto de fabricación o construcción del interés asegurado como
aquéllos que, por su evidencia o notoriedad, debían o podían ser
• Los daños y perjuicios producidos por hechos o fenómenos que se apreciados por el Asegurado.
encuentren cubiertos por el Consorcio de Compensación Seguros,
o cuando dicho Organismo no admita la efectividad del derecho 2. Contaminación, polución o deterioro del medio ambiente.
de los Asegurados por incumplimiento de alguna de las normas
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Artículo 5º · Riesgos y daños que no cubre la compañía
3. Reacción o radiación nuclear, contaminación radiactiva o asegurada o para subsanar el deterioro generalizado y conocido
transmutación nuclear, cualquiera que sea la causa que la produzca. de las mismas.
4. Asentamientos, hundimientos, desprendimientos, corrimientos 8. Cuando la vivienda asegurada quede desprotegida por efectuarse
de tierra, subidas del nivel freático y/o colapso de los bienes trabajos de construcción, reforma o reparación en la vivienda o
asegurados por la pérdida de resistencia mecánica, aunque su en el edificio.
causa próxima o remota se encuentre cubierta por alguno de los
Riesgos o Garantías contratadas. 9. Enfermedades transmisibles, epidemias, pandemias y su contagio.
5. Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u • Los daños materiales sobre los siguientes bienes:
operaciones similares a guerra (sea declarada o no) y guerra civil.
1. Dinero en efectivo, valores mobiliarios públicos o privados,
6. Actos de terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumulto popular, efectos de comercio y, en general, cuantos documentos o recibos
conmoción civil con extensión o carácter de insurrección popular, representen un valor o garantía en dinero, salvo lo establecido en
insurrección militar, asonada, revolución, poder militar o usurpado, las coberturas de Robo, Hurto, Atraco fuera del hogar y Cobertura
confiscación, expropiación, nacionalización, requisa o destrucción de Viajes.
de los bienes asegurados hecha u ordenada por cualquier gobierno
de hecho o derecho o en relación con cualquier organización cuyos 2. Los bienes propiedad de terceros, con excepción del ajuar personal
objetivos incluyan el derrocamiento de o el ejercer influencia mientras se halle en la vivienda asegurada, salvo pacto expreso
sobre cualquier gobierno de jure o de facto, mediante terrorismo en contrario.
o violencia.
3. Objetos cuyo defecto o avería haya causado el siniestro, salvo lo
7. La omisión de las reparaciones indispensables para el normal dispuesto por la cobertura de Reparación de las conducciones
estado de conservación de las instalaciones de la vivienda de agua.
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Artículo 5º · Riesgos y daños que no cubre la compañía
4. Los útiles y mercancías propios de actividades comerciales o 10. Los vehículos, salvo lo establecido en la partida asegurable de
industriales que se hallen en la vivienda salvo lo dispuesto por el Mobiliario para las coberturas de Incendio y asimilados y Robo,
artículo 3, Bienes asegurables, apartado 2, Mobiliario, letra g. hurto y atraco y fuera del hogar.
5. Los objetos inútiles o inservibles para el uso al cual estaban
destinados, con excepción de los elementos de decoración u
objetos integrantes de colecciones.
6. Los programas e información contenidos en portadores internos
y externos de datos de los ordenadores personales y otros
equipos informáticos.
7. Los árboles y las plantas, los equipos fijos de riego, invernaderos,
farolas, mástiles, estatuas, fuentes, surtidores, barbacoas de obra
y otros elementos fijos similares situados en el exterior, jardines,
terrazas, porches y/o patios, así como los muebles y otros bienes
depositados en el exterior, jardines, terrazas porches y /o patios,
excepto para las coberturas de Incendio y asimilados.
8. Los siniestros derivados de la participación en delitos del tomador/
asegurado o miembros de la unidad familiar
9. Los animales, excepto para las coberturas de Incendio y asimilados.
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Artículo 6º · Valoración
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Artículo 6º · Valoración
• Valoración de los bienes asegurados
El Tomador del Seguro ha tenido en cuenta los siguientes criterios para 6. Los Objetos de valor, con excepción de las Obras de arte, se
la valoración de los bienes asegurados, por partidas asegurables, según justiprecian a valor total y por su Valor de Reposición a Nuevo.
se expresa en las Condiciones Particulares de la Póliza en concepto de
Sumas Aseguradas. 7. Las Obras de arte se justiprecian a Valor Total y por su valor en el
Mercado de arte, salvo que el Tomador del seguro hubiera fijado el
1. El Continente a Valor total debe ser justipreciado a valor total y valor de determinados objetos de común acuerdo con la Compañía,
según el valor de nueva construcción de los bienes asegurados, con aceptación expresa por ambas partes del valor asignado a cada
con exclusión del valor del terreno. uno de ellos en anexo a las Condiciones Particulares de la Póliza.
2. El Continente a Primer riesgo debe ser justipreciado a Primer 8. Los Electrodomésticos, a efectos de la garantía de Avería de
riesgo y teniendo en cuenta el valor de nueva construcción de los Electrodomésticos se depreciarán sobre el Valor de Reposición a
bienes asegurados, con exclusión del valor del terreno. Nuevo en base al siguiente escalado (estableciendo la antigüedad
del mismo según la fecha de compra que figure en la factura o,
3. El Mobiliario, con excepción de los Vehículos en reposo, se en su defecto, la referencia del fabricante más 1 año):
justiprecia a valor total y por su Valor de Reposición a Nuevo.
4. Los Vehículos en reposo se justiprecian a valor total y por su valor - Año 3 20%
en el mercado de segunda mano, con respecto a los de la misma - Año 4 40%
marca, modelo y antigüedad. - Año 5 60%
- Año 6 80%
5. Las Joyas se justiprecian a Primer riesgo y por su Valor de - Año 7 90%
Reposición a Nuevo.
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Artículo 6º · Valoración
• Tasación de los daños
1. Los daños materiales sobre los bienes asegurados se tasarán 5. El dinero en efectivo se evaluará mediante el examen de los
atendiendo al valor de los bienes destruidos o dañados en el extractos de bancos y/o cajas y de las facturas existentes.
momento inmediatamente anterior al siniestro, determinado
conforme a los criterios expuestos en el apartado Valoración de 6. Los gastos desembolsados por el Asegurado y que, en virtud de la
los bienes asegurados de este artículo. Salvo las prendas de vestir Póliza, deban ser reintegrados por la Compañía, serán evaluados
que se tasarán por su Valor Real. según factura, con excepción de los gastos por inhabitabilidad de
la vivienda, que serán evaluados de la siguiente forma:
2. Los daños materiales amparados por las garantías de Todo
Riesgo accidental, si el Valor Real de los bienes siniestrados es - El alquiler de una vivienda provisional, en función del precio
inferior al 75 por 100 de su valor de reposición, se tasarán por de los alquileres que rijan en el momento del siniestro para una
su Valor Real en el momento inmediatamente anterior al siniestro; vivienda de similares características a la vivienda asegurada
en caso contrario, se evaluarán atendiendo al valor de los bienes (superficie, conservación, zona, equipamientos).
destruidos o dañados en dicho momento, determinado conforme
a los criterios expuestos en el apartado Valoración de los bienes - La pérdida de alquileres, en función del importe de la última
asegurados de este artículo. mensualidad corriente percibida por el Asegurado.
3. En todo caso, a la valoración de los daños realizada según estos 7. Las pérdidas económicas por uso fraudulento de cheques y tarjetas
criterios, se deducirá el valor de recuperación obtenido de los de crédito se evaluarán mediante el examen de la información y
bienes destruidos o dañados. extractos de la entidad bancaria o emisora correspondiente.
4. Los objetos que formen parte de una colección o juego se tasarán, 8. Los cristales, así como el resto de bienes cubiertos por la de
cuando el siniestro no hubiera afectado a la totalidad del mismo, Rotura, se justipreciarán según el valor de reposición por bienes
por el valor de los objetos dañados con exclusión del demérito de de similares características.
valor que supusiesen estos daños para la colección o juego.
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Artículo 6º · Valoración
• Evaluación de la indemnización
1. La evaluación de la indemnización se realizará atendiendo a 4. La Compensación de capitales será aplicable únicamente sobre las
la tasación de los daños, al concepto de Unidad de siniestro, Sumas Aseguradas de las partidas asegurables siguientes:
a las Sumas Aseguradas reflejadas en las Condiciones
Particulares, a los Límites y a los sublímites de indemnización, - Continente a Valor total.
y las franquicias, estando todos estos conceptos establecidos - Mobiliario.
en las presentes Condiciones Generales y en las Condiciones - Objetos de valor.
Particulares de la Póliza.
5. No será de aplicación la Regla proporcional para aquellas partidas
2. Si en el momento de producirse el siniestro, el valor asignado asegurables cuya cobertura esté establecida, en las presentes
por el Tomador del Seguro, tomada cada partida asegurable Condiciones Generales o en las Condiciones Particulares, bajo la
separadamente, es inferior al valor del interés asegurado, según los modalidad de aseguramiento a Primer riesgo.
criterios de valoración establecidos en el apartado Valoración de los
bienes asegurados de este artículo, produciéndose un infraseguro, 6. Así mismo, en caso de pactarse la aplicación de la Revalorización
la Compañía indemnizará el daño causado en la misma proporción Automática de Sumas Aseguradas en Condiciones Particulares, la
con la que ésta cubre el citado interés, aplicando, en consecuencia, Compañía renuncia a la aplicación de la Regla proporcional cuando
la Regla proporcional. el infraseguro existente no supere el 10% del valor del interés
asegurado o el coste total del siniestro, una vez aplicados los límites
3. En caso de insuficiencia de suma asegurada, sólo se admitirá la oportunos, sean inferiores a 1.000 Euros, según los criterios de
Compensación de capitales de haberse pactado, en Condiciones valoración establecidos en el apartado Valoración de los bienes
Particulares, la aplicación de la Revalorización Automática de asegurados de este artículo.
Sumas Aseguradas, según lo dispuesto en el artículo 7º de estas
Condiciones Generales.
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Artículo 6º · Valoración
7. Además, para la determinación de la indemnización, se tendrá en 10. Los profesionales de la compañía se personarán en el lugar del
cuenta la posible aplicación de la Regla de equidad, en base a lo siniestro al efecto de proceder a la comprobación y evaluación del
establecido en las Condiciones Particulares de este seguro y en las mismo, de conformidad con el Artículo 38º de la Ley de Contrato
normas de contratación de la Compañía. de Seguro. Si no existiese acuerdo sobre el importe y la forma
de la indemnización, dentro del plazo de cuarenta días desde la
8. El pago de la diferencia entre el Valor Real y el Valor de Reposición recepción por el Asegurador de la declaración del siniestro, cada
a Nuevo se condiciona a que el Asegurado reconstruya el parte podrá designar su perito. Si no existiera acuerdo entre los
Continente siniestrado. peritos, se designará un tercer perito de conformidad y de no existir
ésta, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley
No obstante, la Compañía, a petición del Asegurado, entregará de la Jurisdicción Voluntaria (art 80) o en la legislación notarial.
cantidades a cuenta de la indemnización de Valor de Reposición En estos casos, el dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado
a Nuevo a medida que se realicen los trabajos de reconstrucción por las partes o, en su defecto, en el de treinta días a partir de la
del Continente, previa justificación por el Asegurado y mediante la aceptación de su nombramiento por el perito tercero.
aportación de los oportunos comprobantes.
9. En caso de proceder la aplicación de franquicia, ésta se deducirá
de la indemnización que corresponda en cada siniestro, según lo
establecido en los puntos anteriores de este artículo, en cualquier
caso e independientemente de la tasación de los daños y de la
cantidad que represente la indemnización.
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Artículo 7º · Actualización Automática de Sumas Aseguradas
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Artículo 7º · Actualización Automática de Sumas Aseguradas
• Actualización Automática de Sumas Aseguradas • Determinación anual de la prima
Al vencimiento de cada anualidad de seguro, las cantidades aseguradas A cada vencimiento, al margen del aumento de prima que suponga la
de continente y contenido (mobiliario, joyas, objetos de valor, vehículos revalorización automática de sumas aseguradas contratada en Póliza,
en reposo), expresadas en Euros en las Condiciones Particulares, junto se determinará, de acuerdo con la tarifa que figure en la vigente Nota
con las primas correspondientes, se actualizarán automáticamente en Técnica del ramo, sujeta al control de la Dirección General de Seguros
función de las variaciones que experimente el Índice de Precios de del Ministerio de Economía, fundamentada en cálculos técnicos-
Consumo que publica el Instituto Nacional de Estadística. Las nuevas actuariales realizados por especialistas de la Compañía y basados
Sumas Aseguradas serán las resultantes de multiplicar las que figuran en las modificaciones de los costes de las indemnizaciones y de los
en la Póliza por el factor que resulte de dividir el Índice de Vencimiento servicios prestados, que garanticen la suficiencia de la tarifa y permitan
entre el Índice Base, siempre que dicho factor sea superior al 1,5% a la Compañía satisfacer el conjunto de las obligaciones derivadas
de incremento, es decir, como mínimo, se revalorizarán las sumas de los contratos de seguro y, en particular, constituir las provisiones
aseguradas al 1,5% anual. técnicas adecuadas, de acuerdo con lo dispuesto en el régimen jurídico
de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Queda excluida de esta actualización la Suma Asegurada de las Garantías
que, en el Cuadro Resumen de Garantías, incluido al principio del Así mismo, se podrán aplicar diferentes recargos sobre la prima en
presente documento tras la Clausula Informativa, presentan un capital base al historial de siniestralidad de la póliza (número de siniestros y
específico no expresado como porcentaje del Continente o Contenido. coste total de los mismos). El Tomador será puntualmente informado
mediante correo de las nuevas condiciones de la póliza antes del
vencimiento, conforme a la legislación vigente.
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación - Que, aún estando amparado por dicha póliza de seguro,
de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos las obligaciones de la entidad aseguradora no pudieran
extraordinarios acaecidos en España en seguros de daños ser cumplidas por haber sido declarada judicialmente en
en los bienes y en los de responsabilidad civil en vehículos concurso o por estar sujeta a un procedimiento de liquidación
terrestres automóviles. intervenida o asumida por el Consorcio de Compensación
de Seguros.
De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto
legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a
Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, y modificado por la lo dispuesto en el mencionado Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de
Ley 12/2006, de 16 de mayo, el Tomador de un contrato de seguro de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro de
los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20
entidad pública empresarial tiene la facultad de convenir la cobertura de febrero, y en las disposiciones complementarias.
de los riesgos extraordinarios con cualquier entidad aseguradora que
reúna las condiciones exigidas por la legislación vigente.
Resumen de las normas legales
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por
acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que afecten
a riesgos en ella situados serán pagadas por el Consorcio de Acontecimientos extraordinarios cubiertos
Compensación de Seguros cuando el Tomador hubiese satisfecho
los correspondientes recargos a su favor y se produjera alguna de las 1. Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos,
siguientes situaciones: inundaciones extraordinarias (incluyendo los embates de mar),
erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (incluyendo los
- Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 Km./h y los
Compensación de Seguros no esté amparado por la póliza de tornados) y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
seguro contratada con la entidad aseguradora.
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
2. Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, 2. Los ocasionados en bienes asegurados por contrato de seguro
rebelión, sedición, motín y tumulto popular. distinto a aquellos en que es obligatorio el recargo a favor del
Consorcio de Compensación de Seguros.
3. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. 3. Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a su
manifiesta falta de mantenimiento.
Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y
la caída de cuerpos siderales se certificarán, a instancia del Consorcio 4. Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido
de Compensación de Seguros, mediante informes expedidos por la declaración oficial de guerra.
la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico
Nacional y los demás organismos públicos competentes en la materia. 5. Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido
En los casos de acontecimientos de carácter político o social, así como en la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil
en el supuesto de daños producidos por hechos o actuaciones de las por daños nucleares o producidos por materiales radioactivos. No
Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo obstante lo anterior, sí se entenderán incluidos todos los daños
de paz, el Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los directos ocasionados en una instalación nuclear asegurada,
órganos jurisdiccionales y administrativos competentes información cuando sean consecuencia de un acontecimiento extraordinario
sobre los hechos acaecidos. que afecte a la propia instalación.
Riesgos excluidos 6. Los debidos a la mera acción del tiempo, y en el caso de bienes total
o parcialmente sumergidos de forma permanente, los imputables a
1. Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato la mera acción del oleaje o corrientes ordinarios.
de Seguro.
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
7. Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los que quede demostrada la imposibilidad de contratación anterior
señalados en el artículo 1 del Reglamento del seguro de riesgos del seguro por inexistencia de interés asegurable. Este período de
extraordinarios, y en particular, los producidos por elevación del carencia no se aplicará en el caso de reemplazo o sustitución de
nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento la póliza, en la misma u otra entidad, sin solución de continuidad,
de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo en la parte que fuera objeto de aumento o nueva cobertura.
salvo que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción Tampoco se aplicará para la parte de los capitales asegurados que
del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona resulte de la revalorización automática prevista en la póliza.
una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con
carácter simultáneo a dicha inundación. 11. Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de
la primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido
8. Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de
de reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede
dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora extinguido por falta de pago de las primas.
del derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas
legales, salvo que las citadas actuaciones pudieran ser calificadas 12. Los indirectos o pérdidas derivadas de daños directos o indirectos,
como acontecimientos extraordinarios conforme al artículo 1 del distintos de la pérdida de beneficios delimitada en el Reglamento
Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios. del seguro de riesgos extraordinarios. En particular, no quedan
comprendidos en esta cobertura los daños o pérdidas sufridas
9. Los causados por mala fe del Asegurado. como consecuencia de corte o alteración en el suministro
exterior de energía eléctrica, gases combustibles, fuel-oil, gasoil,
10. Los derivados de siniestros por fenómenos naturales que causen u otros fluidos, ni cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas
daños a los bienes o pérdidas pecuniarias cuando la fecha de distintas de las citadas en el párrafo anterior, aunque estas
emisión de la póliza o de efecto, si fuera posterior, no preceda en alteraciones se deriven de una causa incluida en la cobertura de
siete días naturales a áquel en que ha ocurrido el siniestro, salvo riesgos extraordinarios.
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
13. Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por la franquicia que corresponda por aplicación de lo previsto en
el Gobierno de la Nación como de «catástrofe o calamidad nacional». el apartado a) anterior, y la pérdida de beneficios producida con
deducción de la franquicia establecida en la póliza para la cobertura
Franquicia principal, minorada en la franquicia aplicada en la liquidación de
los daños materiales.
La franquicia a cargo del asegurado será:
Extensión de la cobertura
1. En el caso de daños directos, en los seguros contra daños en las
cosas la franquicia a cargo del asegurado será de un siete por 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a los mismos
ciento de la cuantía de los daños indemnizables producidos por bienes y sumas aseguradas que se hayan establecido en la póliza
el siniestro. No obstante, no se efectuará deducción alguna por a efectos de los riesgos ordinarios.
franquicia a los daños que afecten a viviendas, a comunidades de
propietarios de viviendas, ni a vehículos que estén asegurados por 2. No obstante lo anterior:
póliza de seguro de automóviles. - En las pólizas que cubran daños propios a los vehículos a motor
la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
2. En el caso de pérdidas pecuniarias diversas, la franquicia a cargo Compensación de Seguros garantizará la totalidad del interés
del asegurado será la misma prevista en la póliza, en tiempo o asegurable aunque la póliza ordinaria sólo lo haga parcialmente.
en cuantía, para daños que sean consecuencia de siniestros
ordinarios de pérdida de beneficios. De existir diversas franquicias - Cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza
para la cobertura de siniestros ordinarios de pérdida de beneficios, de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles,
se aplicarán las previstas para la cobertura principal. la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo en
3. Cuando en una póliza se establezca una franquicia combinada para el estado en que se encuentre en el momento inmediatamente
daños y pérdida de beneficios, por el Consorcio de Compensación anterior a la ocurrencia del siniestro según precios de compra
de Seguros se liquidarán los daños materiales con deducción de de general aceptación en el mercado.
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Artículo 8º · Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
Comunicación de daños
al Consorcio de Compensación de Seguros
1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura 3. Valoración de los daños:
corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se
efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del La valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo
seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien a la legislación de seguros y al contenido de la póliza de seguro se
actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que
aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese
hubiera gestionado el seguro. realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios.
2. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier 4. Abono de la indemnización:
información relativa al procedimiento y al estado de tramitación de
los siniestros podrá realizarse: El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de
la indemnización al beneficiario del seguro mediante transfe‑
- Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del rencia bancaria.
Consorcio de Compensación de Seguros
(900 222 665 o 952 367 042).
- A través de la página web del Consorcio de Compensación de
Seguros (www.consorseguros.es).
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
Bases del contrato
El contrato o póliza de seguro consta de las presentes Condiciones y la que corresponda de acuerdo con la verdadera entidad del riesgo,
Generales, las Condiciones Particulares que individualizan el riesgo, excepto si la inexactitud se hubiera producido mediante dolo o culpa
los apéndices o suplementos, la solicitud de seguro y los recibos de grave del Asegurado, quedando el Asegurador liberado del pago de
prima que se emitan en adelante. la indemnización.
La póliza del seguro se confecciona atendiendo a las declaraciones
que el Tomador ha realizado en la contratación y que motivan para el Toma de efecto y duración del contrato
Asegurador la aceptación del riesgo, la asunción de las consecuencias
de un siniestro en los términos que han quedado descritos, y la fijación Las garantías contratadas y sus modificaciones o adiciones tomarán
de la prima. efecto en la hora y fecha indicadas en las Condiciones Particulares
siempre y cuando haya sido satisfecho el recibo de prima, salvo pacto
Si el contenido de la póliza difiere de la solicitud efectuada, el Tomador en contrario recogido en las Condiciones Particulares.
podrá reclamar que se subsane la divergencia existente en el plazo de
un mes a contar desde que recibió la póliza. Transcurrido dicho plazo Las obligaciones para el Asegurador comenzarán a las veinticuatro horas
sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. del día en que hayan sido cumplimentados los requisitos anteriores.
A la expiración del período indicado en las Condiciones Particulares
En el caso de que haya existido algún error, inexactitud u ocultación de esta póliza, se entenderá prorrogado el contrato por el plazo de un
de en los datos facilitados y que fueran por el Asegurado conocidos, la año, y así sucesivamente a la expiración de cada anualidad de seguro.
Aseguradora podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes desde Las partes podrán oponerse a la prórroga del contrato, manifestándolo
que tenga conocimiento de dicha inexactitud. Si sucediera un siniestro por escrito con al menos un mes de antelación a la conclusión de la
sin haber tenido conocimiento de la misma, la prestación se reducirá anualidad de seguro en curso, en el caso de que la iniciativa sea del
en la misma proporción existente entre la prima convenida en la póliza Tomador, y de dos meses, en el caso de que sea del Asegurador.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
Obligaciones de Tomador y/o Asegurado En el caso de agravación del riesgo,
al contratar el seguro y durante su vigencia ¿qué medidas puede tomar la Aseguradora?
• Comunicar al Asegurador la existencia de otras pólizas contratadas • Una vez conocida por el Asegurador la agravación y en el plazo
con otros aseguradores cubriendo los efectos que un mismo riesgo máximo de dos meses desde que el Tomador o el Asegurado ha
puede producir sobre los mismos bienes asegurados. efectuado la comunicación, puede proponerle una modificación
en las condiciones de la póliza, disponiendo aquel de quince días
• Permitir la entrada en el lugar del riesgo a las personas que al efecto a contar desde la recepción de esta proposición para aceptarla
designe el Asegurador y a proporcionarles los datos que le soliciten. o rechazarla.
• Comunicar la agravación o la disminución de los riesgos • De la misma manera, puede dar por terminado el contrato
asumidos por el contrato. Tan pronto como le sea posible, debe comunicándoselo por escrito al Tomador dentro de un mes
comunicar las circunstancias que agraven el riesgo y sean de tal contando desde el día que tuvo conocimiento de la agravación.
naturaleza que si hubieran sido conocidas por el Asegurador en el
momento de la contratación, no se hubiera efectuado o se habría • Si sucede un siniestro sin haber comunicado la agravación,
hecho en condiciones más gravosas. De igual forma debe actuar el Asegurador quedará liberado de la obligación de pago de la
cuando estas circunstancias disminuyan el riesgo y, por tanto, en prestación si el Tomador ha actuado con mala fe. En caso contrario,
el momento de la perfección del contrato, éste se habría efectuado la prestación se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la
en condiciones más favorables para el Asegurado. prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido
la verdadera entidad del riesgo.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
Pago de la prima las pérdidas y/o reclamaciones de responsabilidad, y seguir las
instrucciones que el Asegurador le dé. El incumplimiento de este
• La prima del seguro hay que pagarla por adelantado, tanto en la deber podría reducir la indemnización, en función de la importancia
anualidad de seguro inicial como en las sucesivas, no entrando de los daños derivados del mismo y del grado de responsabilidad
en vigor el contrato o quedando en suspenso mientras no se haya del Asegurado.
efectuado el pago. No obstante lo anterior, quedarán amparados
los siniestros que puedan producirse durante el primer mes de • Facilitar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y
la segunda o sucesivas anualidades de seguro, siempre que se consecuencias del siniestro.
efectúe el pago de la prima correspondiente durante dicho mes,
aún con posterioridad al siniestro. • No abandonar total o parcialmente los objetos asegurados,
los cuales quedan a su cuenta y riesgo, y conservar los restos
• En caso de falta de pago de una de las primas sucesivas, la cobertura y vestigios del siniestro hasta que se efectúe la tasación de
queda en suspenso un mes después del día de su vencimiento. los daños.
• Si dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima • Autorizar el acceso de la Aseguradora al riesgo asegurado con el
el Asegurador no reclama el pago de la misma, se entiende que el fin de adoptar las medidas o reparaciones necesarias y para realizar
contrato queda extinguido. la peritación y tasación de las causas y daños del siniestro.
Resolución del contrato tras un siniestro
¿Qué tiene que hacer el Asegurado en caso de siniestro?
Tanto el Tomador como el Asegurador podrán, de mutuo acuerdo,
• Comunicar la ocurrencia del siniestro lo más rápidamente posible, resolver el contrato después de cada comunicación de siniestro, haya o
y en todo caso dentro de un plazo máximo de siete días. no dado lugar a pago de indemnización. Esta resolución no modificará
los respectivos derechos y obligaciones de las partes en relación con
• Adoptar cuantas medidas estén a su alcance para limitar o disminuir los siniestros ya ocurridos.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
1. Si la iniciativa de resolver el contrato es del Asegurador: 2. Si la iniciativa de resolver es del Tomador/Asegurado:
- Deberá notificárselo al Asegurado por carta certificada cursada - Deberá notificar por escrito a la Aseguradora su decisión de
dentro del plazo de treinta días desde la fecha de comunicación resolver el contrato dentro del plazo de treinta días desde la
del siniestro, o desde la liquidación del mismo, caso de que fecha de comunicación del siniestro, o desde la liquidación
hubiere lugar a ella. del mismo, caso de que hubiere lugar a ella.
- Esta notificación deberá efectuarse con una anticipación - Esta notificación deberá hacerse con una anticipación mínima de
mínima de treinta días a la fecha en que la resolución haya de quince días a la fecha en que la resolución haya de surtir efecto.
surtir efecto.
- El Asegurador no podrá oponerse a esta solicitud de resolver
- El Tomador podrá oponerse a la resolución del contrato el contrato.
mediante comunicación escrita al Asegurador cursada en
el plazo de quince días siguientes a la notificación de este. - Una vez resuelto, se reintegrará la parte de prima
Transcurrido dicho plazo sin que el Asegurado curse esta correspondiente al tiempo que medie entre la fecha de efecto
comunicación, el contrato quedará resuelto de pleno derecho. de la resolución y la de expiración del período de seguro
cubierto por la prima satisfecha.
- Una vez resuelto, la Aseguradora le reintegrará la parte de
prima correspondiente al tiempo que medie entre la fecha de
efecto de la resolución y la de expiración del período de seguro Transmisión
cubierto por la prima satisfecha.
• En caso de transmisión del riesgo asegurado, el adquiriente se
subroga, en el momento de compra-venta, en los derechos y
obligaciones que correspondían en la póliza al anterior titular.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
• El Asegurado está obligado a comunicar por escrito al comprador • Estas mismas normas regirán para los casos de muerte, suspensión
la existencia de la póliza sobre el riesgo transmitido. Una vez de pagos, quita y espera, quiebra o concurso, que afecten al
verificada la transmisión, también deberá comunicarla por escrito Tomador del seguro o al Asegurado.
al Asegurador en el plazo de quince días.
• Serán solidariamente responsables del pago de las primas Extinción y nulidad del contrato
vencidas en el momento de la transmisión, tanto el comprador
como el Tomador o, en caso de que éste hubiera fallecido, sus • Si durante la vigencia del seguro se produjera la desaparición
herederos. del interés o del bien asegurado, desde ese momento el contrato
quedará extinguido y el Asegurador tendrá derecho a hacer suya la
• El Asegurador podrá rescindir el contrato dentro de los quince días prima no consumida.
siguientes a aquél en que tenga conocimiento de la transmisión
verificada. Ejercitado su derecho y notificado al comprador, el • El contrato será nulo salvo en los casos previstos por la Ley, si en
Asegurador queda obligado durante el plazo de un mes, a partir de el momento de su conclusión no existía el riesgo, había ocurrido el
la notificación. El Asegurador deberá restituir la parte de prima que siniestro, o no existiese interés a la indemnización del daño.
corresponda al período de seguro por el que, como consecuencia
de la rescisión, no haya soportado el riesgo.
Prescripción
• El comprador también puede rescindir el contrato si lo comunica
por escrito al Asegurador en el plazo de quince días contados • Las acciones derivadas de este contrato de seguro prescriben a los
desde que conoció su existencia. En este caso, el Asegurador dos años a contar desde el día en que pudieron ejercitarse.
adquiere el derecho a la prima correspondiente al período que
hubiera comenzado a correr cuando se produce la rescisión.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
Comunicaciones y notificaciones entre las partes. plena validez y eficacia jurídica y surtiendo plenos efectos contractuales,
por correo postal, burofax, fax, mediante correo electrónico o mediante
• Régimen y forma de las comunicaciones y notificaciones mensaje de texto (SMS) dirigido a un teléfono móvil.
entre las partes por razón de este contrato
Para que dichas comunicaciones y notificaciones, cuando sean
Todas las comunicaciones y notificaciones que las partes deban efectuadas por correo postal o burofax, surtan efectos, deberán dirigirse,
hacerse por razón de este contrato, relacionadas con su cumplimiento en el caso de las enviadas por el Asegurador, al domicilio consignado en
y ejecución y/o para el ejercicio de los derechos y obligaciones que del la póliza por el Tomador y/o el Asegurado, o al que con posterioridad a
mismo se deriven deberán hacerse siempre por escrito y se regirán por la emisión del contrato estos hayan notificado al Asegurador.
lo dispuesto en el presente artículo de la póliza.
Cuando las comunicaciones y notificaciones a las que se refiere el
Excepcionalmente, cuando la normativa aplicable no exija que la párrafo anterior sean efectuadas por telefax, mediante mensaje de texto
comunicación se haga por escrito, serán válidas y surtirán plenos (SMS), o por correo electrónico deberán dirigirse, respectivamente,
efectos las cursadas por el Asegurador al Tomador y/o al Asegurado al número de fax, o al número de teléfono móvil o a la dirección de
realizadas por vía telefónica cuando las mismas sean grabadas en correo electrónico consignados en la póliza por el Tomador y/o el
un soporte duradero que garantice su integridad siempre que el Asegurado, o al que con posterioridad a la emisión del contrato estos
destinatario preste previamente su consentimiento expreso para hayan notificado al Asegurador o al mediador que, en su caso, hubiera
dicha grabación. intervenido en el contrato.
• Medios de efectuar las comunicaciones y notificaciones Las comunicaciones y notificaciones que el Tomador y/o el Asegurado
envíen al Asegurador deberán siempre dirigirse a su domicilio social,
El asegurador podrá realizar y enviar al tomador, a los asegurados, consignado en la póliza, o al de cualquiera de sus sucursales abiertas al
beneficiarios y a los derechohabientes de cualesquiera de ellos las público. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto siguiente
comunicaciones y notificaciones a que se refiere el punto anterior, con sobre comunicaciones realizadas a través de un mediador de seguros.
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Artículo 9º · Cláusulas relativas al contrato de seguro
• Fecha de efecto de las notificaciones y comunicaciones • Comunicaciones a través de mediadores de seguros
cursadas entre las partes
Las comunicaciones que Tomador y/o Asegurado efectúe a la
Las comunicaciones y notificaciones que las partes se realicen recípro‑ Aseguradora, pueden realizarlas a través de cualquier oficina de
camente surtirán efectos desde que sean recibidas por la parte Cajamar o por escrito a la dirección de las oficinas centrales de Cajamar
destinataria, con independencia de que esta proceda o no a su lectura. Seguros Generales sitas en Madrid, Plaza de Manuel Gómez-Moreno 5.
No obstante, las comunicaciones realizadas por correo postal o Las comunicaciones que el Asegurador tenga que hacerle al Tomador
burofax surtirán plenos efectos contractuales desde que el Servicio y/o Asegurado, se realizaran en el domicilio, número de teléfono móvil
de Correos intente por primera vez su entrega al destinatario en su o dirección de correo electrónico del Tomador indicado en la póliza.
domicilio (conforme a lo establecido en el punto anterior “Medios de
efectuar las comunicaciones y notificaciones”), con independencia
de que dicho intento resulte fallido por cualquier causa. En el caso Legislación aplicable
de comunicaciones o notificaciones cursadas por correo electrónico
o mediante mensaje de texto (SMS) a un teléfono móvil las mismas Este contrato de seguro queda sometido y se rige por las leyes
surtirán plenos efectos contractuales desde la fecha en la que sean españolas.
recibidas en la dirección de correo electrónico o número de teléfono
móvil de destino, con independencia de que el destinatario abra o no Jurisdicción
los correos electrónicos y/o mensajes SMS o de cuándo los abra.
Será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas
de este contrato el del domicilio del Tomador.
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¿Qué hacer en
caso de siniestro?
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¿Qué hacer en caso de siniestro?
Debe comunicar la existencia del siniestro a Cajamar Seguros Generales.
En el caso de que en su hogar, ocurriese un siniestro cubierto por una
de las garantías contratadas en su póliza, Cajamar Seguros Generales
Datos:
le podrá facilitar el profesional cualificado para atender los servicios
requeridos que se encuentren incluidos entre los siguientes:
- Nombre y DNI del Tomador/Asegurado
- Dirección
• Albañiles • Escayolistas • Electricistas
- Localidad - Código Postal
• Cristaleros • Pintores • Parquetistas
- Teléfono de contacto
• Fontaneros • Carpinteros • Cerrajeros
- Nº de póliza
Comunicación del siniestro
Descripción del siniestro:
Todas las comunicaciones de siniestros, con independencia de la
- Fecha y lugar de ocurrencia del siniestro
garantía afectada, pueden realizarse por teléfono, fax, correo electrónico
- Causa (robo, daños por agua, incendio, etc.)
u ordinario o banca electrónica.
- Autoridad que intervino
- Circunstancias en las que se han producido y
Para facilitar la tramitación de su siniestro, le sugerimos nos
descripción de los daños.
proporcione los siguientes datos, tanto si se dirige a Cajamar Seguros
- Posible causante de los daños -nombre , teléfono,
Generales por teléfono, por correo o por fax:
aseguradora- si se conociera.
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¿Qué hacer en caso de robo, hurto, atraco o expoliación? ¿Qué hacer en caso de incendio?
Se debe realizar un examen de la situación, elaborando una relación de Si el fuego tomara proporciones que nos desbordaran, deberemos
daños y objetos desaparecidos junto con una valoración aproximada de avisar urgentemente al servicio de bomberos. Cuando el fuego sea
los mismos, que deberá presentar en la Comisaría de Policía o Cuartel de origen eléctrico, desconecte inmediatamente el aparato causante
de la Guardia Civil en el momento de formular la denuncia. del mismo o, si esto no fuera posible, corte el fluido eléctrico,
actuando siempre con precaución. Procure sofocar el fuego con
Si a consecuencia del robo o del intento de robo, la vivienda, el riesgo extintores, toallas mojadas o mantas, agua, etc., según el origen
asegurado sufriera daños en la puerta, ventanas, techos o suelos, del mismo. Intente salvar el mayor número de objetos o enseres,
contacte lo antes posible con Cajamar Seguros Generales llamando al siempre que sea posible sin poner en riesgo su integridad física.
91 169 74 70
El hecho de contratar una póliza de seguro que cubra el riesgo de
Una vez realizada la denuncia, debe ser enviada a Cajamar Seguros incendio, no nos libera de esta obligación. Conserve los restos y
Generales a través de su oficina, por fax o por correo electrónico a la vestigios del siniestro hasta que quede terminada la tasación de los
dirección indicada. daños, salvo en caso de imposibilidad material justificada.
¿Qué hacer en caso de daños por agua? ¿Qué hacer en caso de rotura de cristales, espejos, loza
sanitaria, mármoles, vitrocerámicas?
Cierre los grifos y/o llaves de paso con la mayor urgencia posible
para evitar que el perjuicio sea mayor. En caso de posible inundación, Conserve los restos, y contacte con Cajamar Seguros Generales
intente salvar el mayor número de enseres u objetos de la vivienda o llamando al teléfono 91 169 74 70
dependencia anexa afectada por el siniestro.
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¿Qué hacer si precisa Asesoramiento Jurídico? ¿Qué hacer si precisa el servicio Bricohogar?
Llame al teléfono 91 514 00 90 En caso de necesitar la intervención de un profesional para la
realización de trabajos con cobertura por esta Garantía contacte con el
Datos a aportar:
teléfono 91 169 74 70
• Nº de póliza
• Nombre del Tomador/Asegurado
¿Qué hacer si precisa Orientación Médica o Incidencias y consultas
Segunda Opinión Médica?
Cualquier gestión sobre el trámite del siniestro, podrá realizarla
Llame al teléfono 91 169 74 86 del Centro de Asistencia Médica. llamando al teléfono 91 169 74 70 del Centro Operativo de Siniestros
de Cajamar Seguros Generales.
Datos a aportar:
• Nº de póliza También puede consultar el estado de la tramitación del siniestro en su
• Nombre del Tomador/Asegurado banca electrónica, por los SMS que le serán enviados en distintas fases
de la atención o por el tracking por internet a través de la dirección que
¿Qué hacer si precisa Asesoramiento Informático o Tecnológico? se facilita tras la comunicación del siniestro. Para estos dos últimas
funcionalidades es necesario facilitar el teléfono móvil de contacto y
Llame al teléfono 91 514 36 54 autorizar el envío de SMS al comunicar el siniestro.
Datos a aportar:
• Nº de póliza
• Nombre del Tomador/Asegurado
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Resolución del expediente
Una vez valorados los daños y siempre que exista cobertura, Cajamar
Seguros Generales tiene la posibilidad de indemnizar o reparar si la
naturaleza del objeto o daño lo permite.
En caso de optar por la reparación, Cajamar Seguros Generales
enviará y liquidará directamente al reparador que intervenga, previa
conformidad del servicio prestado.
En caso de indemnizar, el pago al perceptor se realiza por medio de
transferencia bancaria o, excepcionalmente, por medio de talón bancario.
Podrá expresar su disconformidad en cualquier momento durante la
tramitación y/o prestación de los servicios, llamando al teléfono
91 169 74 70.
Para formular reclamaciones a nuestro Servicio de Atención al Cliente,
le sugerimos la lectura del apartado correspondiente de las presentes
Condiciones Generales.
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Teléfonos y direcciones de correo Contacto
de atención de siniestros y servicios:
Cajamar Seguros Generales
Declaración / Consulta de Siniestros (español / inglés): 91 169 74 70 CENTRO OPERATIVO DE SINIESTROS
900 906 680
Plaza de Manuel Gómez-Moreno, 5 · 28020 MADRID
Fax: 91 524 44 23
Correo electrónico: siniestros@cajamarsegurosgenerales.es
Apertura de siniestros disponible en su Banca electrónica
Asesoramiento Jurídico: 91 514 00 90
Orientación Médica: 91 169 74 86
Asistencia Informática y Tecnológica: 91 514 36 54
24h /
Gestiones en pólizas - Contact Center: 91 955 19 99
900 906 560
365 días
al año 129
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Seguro Cajamar Hogar Modular
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CMH-1.23