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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil particular y familiar / Archivo de condiciones

MAPFRE Hogar Familiar: el condicionado completo

MAPFRE Hogar Familiar, solo documentado por el IPID: la Responsabilidad Civil es cobertura de contratación voluntaria, con ámbito España; el condicionado general no está disponible.

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Condicionado

Revisión punto por punto

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada para daños personales y materialessegún las condiciones particulares„Responsabilidad Civil.“IPID, coberturas de contratación voluntaria, página 1
Perjuicios económicosno regulado
Límite anual por anualidadno regulado
Franquicia generalno regulado
Personas aseguradas (pareja, hijos, límites de edad)no regulado
Hijos solteros: hasta cuándo están cubiertosno regulado
Ámbito territorial y estancias en el extranjerosí„En España, salvo Asistencia en Viaje.“IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Garantía frente al condicionado modelo GDVno regulado
Garantía de actualización de condicionesno regulado
Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condicionesno regulado
Cobertura automática de nuevos riesgosno regulado

Personas y hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños causados por menores sin capacidad de culpano regulado
Daños por adultos sin capacidad (demencia)no regulado
Personal doméstico, au pair, cuidadoresno regulado
Familiares dependientes en el hogarno regulado
Voluntariadono regulado
Daños por favores o ayudas de cortesíano regulado
Reclamaciones entre aseguradosno regulado

Bienes ajenos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda alquiladano regulado
Daños a bienes muebles alquilados (apartamento, hotel)no regulado
Bienes prestados, alquilados o arrendadosno regulado
Pérdida de llaves privadasno regulado
Pérdida de llaves profesionales y sistemas de cierreno regulado
Daños graduales y aguas residualesno regulado
Intercambio de datos y uso de internetno regulado
Daños de carga y descargano regulado
Daños a bienes del empleador o compañerosno regulado

Ocio, vehículos y animales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vehículos a motor: excepciones a la exclusiónno regulado
Uso de vehículos ajenosno regulado
Embarcaciones propias (vela, potencia)no regulado
Uso ocasional de embarcaciones ajenasno regulado
Aeromodelos y dronesno regulado
Bicicletas eléctricas y patinetesno regulado
Mascotas domésticas y animales pequeñosno regulado
Cuidado de perros y caballos ajenosno regulado
Deporte, competiciones, armas, cazano regulado

Vivienda y propiedad

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vivienda propia habitada por el aseguradono regulado
Segunda residencia o vivienda vacacionalno regulado
Alquiler de habitaciones o apartamento anexono regulado
Terrenos sin edificarno regulado
Riesgo como promotor de obrasno regulado
Placas solares y bateríasno regulado
Contaminación de aguas por depósitos de gasóleono regulado
Daños medioambientales según la leyno regulado
Deber de mantener accesos seguros (nieve, hielo)no regulado

Protección propia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cobertura por impago del causanteno regulado
Gastos jurídicos para reclamar al causanteno regulado
Protección de víctimas de delitos violentosno regulado
Indemnización a valor nuevo o realno regulado
Actividades secundarias (límite de facturación)no„La responsabilidad derivada de la explotación de negocios“IPID, exclusiones en Responsabilidad Civil, página 1
Responsabilidad de funcionariosno regulado

Contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Culpa grave y obligaciones del aseguradono regulado
Duración y rescisiónsí„El contratante podrá oponerse a la prórroga del contrato con, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo en curso, sin alegar ninguna causa.“IPID, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Cláusula de revisión de primano regulado
Exclusiones poco habitualesno regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: MAPFRE Hogar Familiar, Documento de información (IPID)
[Seite 1] Seguro de HOGAR Documento de información sobre el producto de seguro Empresa: MAPFRE ESPAÑA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. Registrada en: ESPAÑA Nº Autorización: C-0058 Producto: “HOGAR FAMILIAR” En este documento le facilitamos un resumen de este seguro. La información precontractual y contractual completa rela va al mismo se facilita en otros documentos, que son los que regulan la relación entre las partes. ¿En qué consiste este Ɵpo de seguro? Es un seguro des nado a cubrir los daños que puedan sufrir la VIVIENDA y los BIENES (mobiliario, joyas, dinero y tarjetas de crédito) que se encuentran en ella, por dis ntos riesgos y en las can dades que se pacten. Además, cubre la asistencia al asegurado en determinadas situaciones, su responsabilidad civil y defensa jurídica. ¿Qué se asegura? Se puede elegir asegurar solo la ¿Qué no está asegurado? VIVIENDA, solo los BIENES de la misma o ambas cosas: COBERTURAS INCLUIDAS en todo caso: En ningún caso están asegurados los daños: P Daños materiales por incendio, explosión, humo, rayo, O Provocados intencionadamente por el asegurado. hundimiento, colisión y actos vandálicos y prestaciones O Derivados de conflictos armados. especiales derivadas de los mismos (inhabilitabilidad, O Derivados de reacción o radiación nuclear o contaminación reobtención de documentos y gastos de salvamento, radiac va. ex nción, contención y desescombro). O Derivados de hechos calificados como emergencia, P Asistencia urgente y conexión con profesionales. catástrofe o calamidad por la autoridad competente. O Los cubiertos por el Consorcio de Compensación de COBERTURAS DE CONTRATACIÓN VOLUNTARIA: Seguros. P Daños materiales y prestaciones especiales derivadas de: − Fenómenos atmosféricos. Tampoco están asegurados otros hechos específicos de cada − Daños eléctricos. cobertura, de entre los que se destacan: − Daños por agua. − Roturas (cristales, espejos y aparatos sanitarios). En la cobertura de DAÑOS MATERIALES: P Robo en la vivienda: robo, hurto, apropiación indebida y O Las pérdidas indirectas. lesiones. O Los daños o pérdidas por defecto en los materiales P Todo riesgo accidental y tecnológico. u lizados. P Daños Esté cos en los bienes. O Asentamientos o movimientos de erra. P Asistencia en Reparación de Electrodomés cos y Bricolaje. O El deterioro gradual y la falta de mantenimiento y P Asistencia Familiar que incluye personal sanitario, conservación. domés co o docente en caso de accidente; Asistencia Informá ca, Protección Digital; Orientación médica En la cobertura de ROBO: telefónica y Servicio informa vo sobre animales. O Las simples pérdidas o extravíos. P Responsabilidad Civil. O Los hechos en los que concurra negligencia grave del P Defensa jurídica. asegurado. P Asistencia en viaje. P Pérdida de Alquileres. En TODO RIESGO ACCIDENTAL: P Animales de Compañía. O Hechos ocurridos en el exterior de la vivienda. O Daños superficiales o causados por derrames de líquidos. Además, existen algunas GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS incluidas en determinadas coberturas: En RESPONSABILIDAD CIVIL: P Reposición de cerraduras y llaves. O La responsabilidad derivada de la explotación de negocios P Atascos y localización de averías en tuberías. o del ejercicio de una ac vidad profesional. P Inundaciones. O Daños ocasionados por animales no domés cos. P Pérdida de bienes refrigerados. O La par cipación en riñas o peleas. P Daños en bienes durante desplazamientos temporales. P Rotura de vitrocerámicas, encimeras y repisas. En DEFENSA JURÍDICA: P Robo en el exterior de la vivienda. O Reclamaciones por contratos de arrendamiento, compraventa de inmuebles (sólo excluido en la opción básica), servicios bancarios y suministros. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Sí, existen dis ntos límites en las coberturas, de entre los que se destacan los siguientes: ! Fenómenos atmosféricos Cubiertos los daños por lluvia a par r de 40 l/m2/h y viento de más de 80 Km/h. ! Roturas Máximo 3.000 € por pieza. ! Asistencia Urgente Máximo 3 horas de mano de obra por intervención. Exceso de horas y materiales a cargo del asegurado. ! Asistencia en reparación de electrodomés cos 2 intervenciones por anualidad con un máx. de 3 horas de mano de obra por intervención. ! Asistencia en bricolaje 2 intervenciones por anualidad con un máx. de 3 horas de mano de obra por intervención. Exceso de horas y materiales a cargo del asegurado. ! Atascos y localización de averías 1 intervención anual. Máximo 300 €. ! Pérdida de bienes refrigerados Máximo 300 € por cada hecho que origine cobertura. ! Daños en bienes durante desplazamientos temporales Máximo 3.000 € por hecho que origine cobertura. ! Rotura de vitrocerámicas Máximo 3.000 € por pieza. ¿Dónde estoy cubierto? P En España, salvo Asistencia en Viaje. ¿Cuáles son mis obligaciones? − Pagar el seguro. − Facilitar a la aseguradora toda la información necesaria para que pueda valorar el riesgo antes de formalizar el contrato. − Comunicar a la aseguradora cualquier cambio en la información dada en la contratación durante toda la vigencia del contrato. − Comunicar a la aseguradora los hechos que puedan dar lugar a indemnización u otras prestaciones, en el plazo de siete días desde que se conozcan, aportando la información y documentación necesaria para comprobar y valorar los daños, permi endo la actuación de los técnicos nombrados por la aseguradora a estos efectos. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? En el momento de la contratación. El pago es anual salvo que se establezca otra cosa en el contrato, pudiendo pactarse su fraccionamiento. Podrá efectuarse el pago por los medios que se acuerden en cada caso en el contrato de seguro, ya sea domiciliación bancaria, tarjeta de crédito o débito u otros medios aceptados por la aseguradora. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? La cobertura comienza y termina en la fecha que figure en las Condiciones Par culares del contrato, salvo prórroga. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? El contratante podrá oponerse a la prórroga del contrato con, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo en curso, sin alegar ninguna causa.

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Qué póliza le encaja depende de cosas que ningún comparador conoce: hijos, perro, barco, dron, un piso alquilado. Escríbanos y comparamos por usted, sin coste.

Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.

Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

Opera en España en libre prestación de servicios.

NAMMERT Assekuradeur GmbH es una empresa distinta.

No media su contrato.

Información previa (en alemán)