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MM Hogar Global Plus
Condiciones Generales
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MUTUA MADRILEÑA, S.S.A.P.F., con domicilio social en Madrid, Paseo de la
Castellana, 33, 28046 Madrid, NIF: V-28027118, inscrita en el Registro Mercantil Nº 1
de Madrid, Tomo: 1 de Mutua a Prima Fija, Folio: 56, Hoja: 4; Inscripción 2ª N.I.F.
V-28027118 y en la Dirección General de Seguros con la clave M0083.
Condiciones código: HP2406
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Índice
INFORNMACIÓN GENERAL 3 DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
¿Qué cubre el Seguro de MM Hogar Global?................................. Pág.9 Responsabilidad Civil......... ............................................................ Pág.80
Resumen de Coberturas..................................................................... Pág.10
Términos que vamos a usar en su contrato............................................. Pág.21 4 DEFENSA Y RECLAMACION EN SU NOMBRE
COBERTURAS Protección legal Plus...................................................................... Pág.88
DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA
5 WASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
1 COBERTURAS PRINCIPALES
Asistencia en el hogar..................................................................... Pág.104
Incendio, explosión y caída de rayo.................................................. Pág.34 Servicio Manitas Plus...................................................................... Pág.110
Fenómenos atmosféricos............................................................... Pág.36 Asistencia informática.................................................................... Pág.114
Agua.............................................................................................. Pág.38
Daños eléctricos............................................................................ Pág.40 6 COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Rotura de cristales.......................................................................... Pág.42
ÍNDICE
Actos Vandálicos............................................................................ Pág.44 Joyas y objetos de valor especial..................................................... Pág.126
Robo............................................................................................ Pág.46
Asistencia mascotas y animales de compañía............................... Pág.127
Hurto............................................................................................. Pág.49
Accidentes corporales.................................................................... Pág.130
Mantenimiento........................................................................... Pág.51
Anti-ocupación................................................................... Pág.134
Daño accidental............................................................................. Pág.53
Avería de electrodomésticos global................................................ Pág.55
Otros daños................................................................................... Pág.57 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS
Legislación que aplica a su contrato............................................... Pág.151
1 COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
¿Qué le interesa saber de su contrato?......................................... Pág.152
Como tomador su obligación es ................................................... Pág.154
Daños estéticos ............................................................................. Pág.62
En caso de siniestro no olvide que................................................. Pág.159
Reposición de llaves y cerraduras.................................................. Pág.63
Cómo se valora el siniestro............................................................ Pág.161
Inhabitabilidad................................................................................ Pág.65
Cómo se indemniza el siniestro..................................................... Pág.163
Reconstrucción de documentos..................................................... Pág.66
Este seguro no cubre..................................................................... Pág.166
Alimentos en frigorífico................................................................... Pág.68
Protección al asegurado ante quejas y reclamaciones................... Pág.169
Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros................. Pág.171
2 DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
Utilización fraudulenta de cheques y tarjetas de crédito................. Pág.72
Atraco............................................................................................ Pág.74
Desplazamiento por vacaciones..................................................... Pág.76
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INFORMACIÓN GENERAL
1
INFORMACIÓN GENERAL
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¿Qué cubre el Seguro
de MM Hogar Global Plus?
Los principales daños ocasionados en su vivienda, en función de lo que haya
contratado: continente o contenido. Como por ejemplo:
¿QUÉ CUBRE EL SEGURO DE MM HOGAR GLOBAL PLUS?
Los daños que se produzcan en su vivienda como consecuencia
de incendio, agua, fenómenos atmosféricos y daños eléctricos.
La rotura accidental de cristales, placas vitrocerámicas,
mármoles y otros materiales en el interior de la vivienda.
El robo y el hurto en el interior de su vivienda, así como el
atraco fuera de ella, incluyendo el uso fraudulento de sus
tarjetas de crédito.
Los daños a los bienes asegurados causados por un
hecho accidental o las reparaciones necesarias en
elementos de la vivienda para su mantenimiento.
Los daños estéticos producidos por un siniestro
cubierto, para dejar su casa como antes.
La sustitución de las llaves y cerraduras de las puertas de
acceso a la vivienda en caso de robo, hurto y extravío.
Los daños materiales o personales que pueda causar a
terceras personas.
Asistencia para todo lo que pueda necesitar en su hogar
las 24h, cualquier día del año.
En el apartado “Coberturas” pasamos a explicar cada una de las coberturas que
tiene incluidas, así como otras opcionales que le permiten personalizar su póliza.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global Plus
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Incendio,
Los daños materiales producidos por incendio, explosión
explosión y caída Además están cubiertos los gastos ocasionados para la extinción, demolición y desescombro.
o caída de rayo.
de rayo
Fenómenos Los daños materiales causados por lluvia, viento, • La lluvia deberá ser superior a 40 litros por metro cuadrado y hora
RESUMEN DE COBERTURAS
atmosféricos pedrisco, inundación o nieve y gastos de desembarre. • El viento deberá tener una velocidad que esté entre 80 y 120 kilómetros por hora
Los daños materiales causados por: Los escapes, roturas o atascos cubiertos deberán proceder de:
- escapes. - Conducciones privativas de agua.
- roturas o atascos .
Agua - Aparatos de uso doméstico conectados a ellas.
- filtraciones procedentes de viviendas contiguas
o superiores y omisión del cierre de llaves o grifos - Instalaciones de calefacción o aire acondicionado.
de agua. - Depósitos fijos.
Daños Los daños materiales causados por subidas o bajadas • Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedarán cubiertas las instalaciones electricas.
eléctricos de tensión y cortocircuitos. • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertos los aparatos eléctricos o electrónicos.
COBERTURAS
PRINCIPALES Rotura de
• Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedarán cubiertas la loza sanitaria (lavabo, bidé, inodoro, etc.),
cristales, placas
La rotura accidental de cristales, placas cristales de puertas o ventanas y espejos encastrados.
vitrocerámicas,
vitrocerámicas, mármoles y otros materiales. • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertas las lunas, espejos y cristales, mármoles, granito,
mármoles y
piedra natural y cristal de la placa vitrocerámica.
otros materiales
Los daños materiales producidos por actos
Actos vandálicos malintencionados (por ejemplo, rotura de un cristal Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
a consecuencia de una piedra).
• Los daños materiales y pérdidas producidas por el
robo en el interior de la vivienda. • Es robo la sustracción con fuerza o violencia en las cosas o en las personas.
Robo • El robo del mobiliario que se encuentre en • Las construcciones anexas deberán estar cerradas con llave.
construcciones anexas (por ejemplo, en garajes o • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
trasteros).
Las pérdidas causadas por hurto en el interior de la • Es hurto la sustracción sin fuerza o violencia en las cosas o en las personas.
Hurto
vivienda (por ejemplo, un televisor). • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
Para más detalle sobre coberturas y límites de indemnización, no olvide consultar
las Condiciones Particulares y Generales de su póliza.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global Plus
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Las reparaciones necesarias en su vivienda de los
siguientes elementos:
- Bañeras y platos de ducha.
- Mecanismo de cisterna del inodoro.
RESUMEN DE COBERTURAS
- Llaves de paso y grifos.
Mantenimiento - Elementos fijos de loza sanitaria. Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTINENTE.
- Válvula y rebosadero.
- Gomas de desagüe y tomas de agua de los
electrodomésticos.
- Radiador.
- Conducciones privativas.
- Persianas.
COBERTURAS
PRINCIPALES
Los daños materiales directos a los bienes asegurados
Daño accidental como consecuencia de un hecho accidental no Se cubrirán los bienes cuyo valor de nuevo sea superior a 150 euros.
contemplado en el resto de coberturas.
Avería de Los gastos de piezas y mano de obra necesarios para • Solo si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertos los siguientes electrodomésticos: televisores, el frigorífico,
electrodomésticos reparar el electrodoméstico dañado por una avería la lavadora, la secadora y el lavavajillas.
global mecánica, eléctrica o electrónica. • Estarán cubiertos los electrodomésticos con más de 2 años de antigüedad y menos de 10.
Los daños materiales causados por impacto de animales
o vehículos que no sean del asegurado, así como
Otros daños Recuerde que los daños materiales producidos por la acción continuada del humo no se cubren.
los causados por el humo debido a fugas o escapes
accidentales.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global Plus
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Los gastos para dejar la estancia afectada como antes
Daños estéticos Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTINENTE.
del siniestro.
Los gastos de la sustitución de las llaves y cerraduras
RESUMEN DE COBERTURAS
Reposición de de las puertas de acceso a la vivienda ocasionados como • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
llaves y cerraduras consecuencia de robo, atraco, hurto o extravío • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
de las llaves.
COBERTURAS Los gastos ocasionados en caso de que su vivienda
• Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedará cubierta la renta del alquiler de una vivienda de características
QUE similares a la asegurada durante un año como máximo.
Inhabitabilidad quedara inhabitable y tuviera que irse a vivir fuera de
COMPLEMENTAN • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedará cubierto el coste del traslado de los objetos personales
ella temporalmente.
y el mobiliario.
A LAS
PRINCIPALES
Los gastos de reposición de cualquier documento de
Reconstrucción de uso privado que esté en la vivienda y que haya sido
Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
documentos dañado por un siniestro cubierto (escrituras públicas,
DNI, pasaporte, títulos académicos, etc.).
• Los daños cubiertos deberán ser causados por:
Los gastos por la pérdida o deterioro de los alimentos - La avería del frigorífico o congelador.
Alimentos en
refrigerados y medicamentos que hubiera en el frigorífico o - El fallo del suministro público de la red eléctrica general durante más de 6 horas.
frigoríficos
congelador. • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
• Deberá presentar documentación que lo acredite.
Utilización • Recuerde que estará cubierto el uso fraudulento efectuado en las 48 horas anteriores a la
fraudulenta comunicación a la entidad bancaria .
La utilización fraudulenta de las tarjetas de crédito.
tarjetas • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
de crédito • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
DAÑOS
PROPIOS FUERA
• Deberá existir fuerza o violencia en las personas.
DE SU VIVIENDA Los daños materiales y pérdidas materiales causados
Atraco • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
por atraco fuera de la vivienda.
• Solo si tiene asegurado el CONTENIDO.
Desplazamiento Las pérdidas o daños materiales durante un viaje por
Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
por vacaciones vacaciones.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global Plus
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
• Si tiene contratado CONTINENTE, se cubrirán los daños como propietario de la vivienda (por ejemplo, daños
DAÑOS QUE
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios por agua al vecino).
CAUSE A Responsabilidad
ocasionados a terceras personas por el asegurado o sus • Si tiene contratado CONTENIDO, se cubrirán los daños causados a terceras personas en el ambito de su vida
TERCERAS Civil familiares. diaria (por ejemplo, mordedura de su perro).
PERSONAS • Facilite toda la información y colabore con Mutua Madrileña. Nosotros nos encargamos de todo.
RESUMEN DE COBERTURAS
La ayuda legal que necesite en las actividades de su vida
privada mediante asesoramiento telefónico y defensa jurídica
mas servicios PLUS como:
DEFENSA Y - Defensa fiscal y laboral.
Protección legal - Defensa jurídica en el extranjero y del estudiante.
RECLAMACIÓN Le atenderemos telefónicamente de lunes a viernes de 09:00 h a 20:00 h, salvo urgencias (24 horas).
Plus - Gestión integral del proceso testamentario.
EN SU NOMBRE - Proceso de separación y divorcio.
- Presentación telemática del IRPF.
- Mediación en conflictos hipotecarios.
- Gestión documental de Servicio doméstico.
• Se cubren las emergencias del hogar.
Asistencia en el La prestación de la asistencia necesaria en caso de tener
• Y además, si necesita alguna reparación o reforma en su vivienda, contacte con nosotros en el teléfono:
hogar dificultades en su vivienda.
91 555 55 55 y en www.mmhogarteayuda.es.
• El servicio constará de 2 visitas al año de 3 horas cada una.
ASISTENCIA Servicio Manitas Mutua Madrileña garantiza la realización de instalaciones y • El importe de los materiales necesarios para la reparación serán por cuenta del asegurado.
Plus pequeñas reparaciones del hogar. • El Servicio se prestará de lunes a viernes de 9:00 h a 19:00 h.
PARA LO QUE
NECESITE EN • El tiempo no consumido de este servicio en cada visita no podrá ser sumado a posteriores visitas.
SU HOGAR
Los servicios en caso de incidencias informáticas
relacionadas con:
- Asistenca telefónica y remota.
- Recuperación de datos. • El número de consultas de este servicio es ilimitado.
Asistencia
- Rastreo de ordenadores perdidos o robados. • Para el servicio de Manitas Tecnológico será necesario que el manual de utilización del dispositivo se encuentre
informática
- Borrado digital. disponible en internet y en castellano.
- Control parental.
- Copia de seguridad online.
- Manitas Tecnológico.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global Plus
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
El robo o los daños materiales de joyas y objetos de valor • Es necesario haber acreditado de forma detallada en la contratación la existencia de las joyas y objetos
Joyas y objetos de
especial declarados en la póliza y que se produzcan dentro de valor especial.
valor especial de la vivienda. • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
RESUMEN DE COBERTURAS
Asistencia Servicio telefónico sobre orientación veterinaria y sobre
sacrificio e incineración de los animales domesticos de El número de consultas de este servicio es ilimitado, 24 horas al día, 365 días al año.
mascotas su propiedad y que convivan en su vivienda.
COBERTURAS
En caso de accidente en su vida privada:
OPCIONALES • Envíe a Mutua Madrileña la documentación que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización.
Accidentes - La indemnización por fallecimiento o invalidez • La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los
corporales permanente absoluta .
profesionales necesarios.
- Servicios de asistencia.
Asistencia legal para el proceso de recuperación
de la vivienda, y además incluye compensación Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o policiales presentadas para recuperar
Anti-ocupas
por los costes económicos que se deriven la posesión.
de la pérdida temporal de su vivienda.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
1. Relativos a las personas
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
ASEGURADO
Tendrán la consideración de asegurado las siguientes personas:
El titular del interés objeto del seguro que aparece identificado en las
Condiciones Particulares del contrato.
Aquellas personas que residan durante más de 180 días al año de forma
continuada en la vivienda asegurada.
En caso de la cobertura de Responsabilidad Civil tendrán esta consideración
además del propio asegurado, el cónyuge e hijos que residan durante más de
180 días al año de forma continuada en la vivienda asegurada.
En ningún caso, el empleado doméstico tendrá la consideración de
asegurado.
BENEFICIARIO
Para la cobertura de accidentes, es la persona a quien el tomador del
seguro reconoce el derecho a recibir la indemnización.
TOMADOR DEL SEGURO
Persona física o jurídica que firma el contrato con Mutua Madrileña.
EMPLEADO DOMÉSTICO
Persona empleada por el asegurado dedicada a servicios domésticos en la
vivienda asegurada, que esté dada de alta en la Seguridad Social.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
2. Relativos al contrato CONTENIDO
Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
CONTINENTE vivienda, que se detallan a continuación.
Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a
TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN
continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado
y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. Bienes que no se encuentren en el interior de
Ajuar doméstico y personal
la vivienda asegurada
TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores
y consolas portátiles, agendas electrónicas,
Viviendas con una antigüedad superior a 50 Comestibles MP3, MP4, ebook, tablets, GPS, cámaras
años que no hayan sufrido nunca reforma en de fotos y cualquier otro dispositivo
Paredes, techos, suelos, puertas, portátil electrónico
un plazo inferior (conducciones de agua en
ventanas y chimenea
su totalidad, instalación eléctrica e
instalación de gas) Cubertería, vajilla, útiles de cocina, Vehículos de motor, drones, remolques,
Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, menaje del hogar embarcaciones y sus accesorios
entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados Viviendas prefabricadas,
siempre que estén adheridos de forma permanente íntegras de madera Dinero en efectivo, valores y cualquier
a los suelos, techos y/o paredes documento que represente un valor o
Mobiliario, incluidos los de cocina y jardín
Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, garantía en dinero incluidos billetes de lotería,
Viviendas en multipropiedad escrituras, títulos y documentos en general
mampara fija
Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración,
Bienes que tengan una especial
placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad,
protección legal Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica Software y datos almacenados en cualquier
telecomunicaciones
y campana soporte informático
Armarios empotrados, persianas, toldos,
Hórreos, cruceros y blasones
contraventanas
Objetos y mercancías que formen parte
Jardín: árboles, arbustos, césped Objetos de decoración, espejos,
Árboles frutales destinados a fines de muestrarios o catálogos o que estén
Instalaciones fijas: piscinas, zonas de cuadros y lámparas
industriales o comerciales destinados a su venta
recreo y deportivas y farolas
Herramientas y materiales para reparaciones
Planchas de policarbonato Animales de cualquier clase
Aparatos de seguridad y/o domótica domésticas, útiles de bricolaje y jardinería
situadas en el exterior
Joyas en el importe que supere el 10% de la
Viviendas particulares dedicadas Mobiliario e instrumental profesional* suma asegurada de mobiliario y con el límite
Vallas, cercas, muros y otros
a alquiler turístico por un periodo de 6.000€. Max. 3000€ por joya unitaria
cerramientos medianeros
superior a 90 días anuales
Bicicletas, sillas de ruedas
Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con y material deportivo
Sin Cédula de habitabilidad
elementos constructivos similares a los de la vivienda
En caso de propiedad horizontal, la parte del Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del
coeficiente de participación de la vivienda siempre que 30% de la superficie útil.
no exista seguro común o si éste resulta insuficiente
*Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un
límite máximo de 3.000€.
Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la
vivienda sin producir daños en la misma
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Términos que vamos
a usar en su contrato
CAJA FUERTE PRIMA
Caja con más de 100 kg de peso, o la que esté empotrada o anclada a Es la cantidad que paga el tomador a Mutua Madrileña como precio del
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
elementos fijos de construcción. Como elemento de cierre dispondrán de seguro, incluidos recargos e impuestos.
cerradura y combinación.
SUMA ASEGURADA
JOYAS
Límite máximo de la indemnización a pagar por Mutua Madrileña en cada
Adornos personales y relojes, de oro, plata o platino, con piedras preciosas, siniestro.
semipreciosas o perlas y lingotes de oro.
TUBERÍAS PRIVATIVAS DE AGUA
NÚCLEO URBANO / NO URBANO
Conducciones de agua para el suministro o evacuación de la vivienda
A los efectos de la descripción del riesgo asegurado en Condiciones asegurada.
Particulares, es el constituido por más de 50 viviendas o más de 500
habitantes y disponga de todos los servicios públicos (alumbrado, agua, También se incluyen las tuberías que conectan con la conducción general o
alcantarillado, etc.). En caso de tener menos viviendas o habitantes de los comunitaria cuando son de uso exclusivo de la vivienda asegurada.
establecidos, se considerará núcleo no urbano.
En el supuesto de no disponer de alguno de los servicios públicos VIVIENDA
mencionados, se considerará despoblado y no será asegurable.
Aquella parte del continente cerrada, cubierta y acondicionada para ser
habitada.
OBJETOS DE VALOR ESPECIAL
Son únicamente los objetos que se detallan a continuación, siempre que su INCENDIO
valor unitario sea superior a 1.800 euros:
Obras de arte, relojes que no sean de oro, plata o platino, estilográficas, Los daños materiales producidos en los bienes asegurados como
bolígrafos, artesanía, alfombras y tapices, cuberterías, pieles y marfiles. consecuencia directa de una combustión y abrasamiento, ambos con llama,
que se haya propagado a los objetos que no estaban destinados a ser
Colecciones de cualquier tipo (sellos, monedas, libros, etc.), que se quemados en el lugar y momento en que se produce.
considerarán como un único objeto a efectos de su valor.
Armas de fuego que cumplan con los requisitos legales.
Instrumentos musicales.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
3. Relativos al siniestro Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o
ACCIDENTE sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
Hecho súbito e imprevisto, ajeno a la voluntad del asegurado, que le origina
una lesión corporal o su fallecimiento. Uso de llaves falsas.
Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
ATRACO
Se considerarán llaves falsas:
Apropiación de los bienes del asegurado fuera de la vivienda contra la
voluntad del Asegurado, mediante violencia o amenazas que pongan en Las ganzúas u otros instrumentos análogos.
peligro la integridad de las personas. Las llaves legítimas perdidas por el propietario o sustraídas al mismo,
siempre que en este último caso se haya denunciado previamente la
HURTO sustracción.
Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para
Apropiación de los bienes del asegurado, sin violencia sobre las cosas ni abrir la cerradura.
sobre las personas.
A los efectos esta definición, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o
perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier
INHABITABILIDAD
otro instrumento tecnológico de eficacia similar.
Estado de la vivienda cuando, a causa de un siniestro cubierto por la póliza, deja
de cumplir los requisitos necesarios para obtener la cédula de habitabilidad. SINIESTRO
Hecho súbito e imprevisto, ajeno a la voluntad del asegurado, cuyas
ROBO
consecuencias económicas están cubiertas por esta póliza. Todos los
daños o pérdidas que tengan una misma causa constituyen un único
Apropiación de los bienes del asegurado mediante el acceso a la vivienda o
siniestro.
al lugar donde se encuentren, ejerciendo fuerza sobre las cosas o violencia
o intimidación contra las personas.
OCUPACIÓN ILEGAL
Se considerará que existe robo con fuerza en las cosas cuando concurra
alguna de las circunstancias siguientes: Posesión de la vivienda asegurada por un tercero sin contrato de alquiler o
cualquier otro título válido y sin el consentimiento del propiertario. No serán
Escalamiento superior a tres metros para acceder a la vivienda. objeto de cobertura aquellos supuestos en los que el ocupante ilegal tuvo
26 27
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Términos que vamos
a usar en su contrato
en algún momento la autorización o cosentimiento del asegurado para
ocupar el inmueble asegurado ni aquellos en los que hubiera existido un
contrato o justo título que, en el pasado, justificase la posesión.
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
VALOR DE NUEVO
Es el coste de adquirir, en el momento inmediatamente anterior al siniestro,
un bien igual o de características similares al objeto asegurado.
VALOR REAL
Es el valor de nuevo menos la depreciación por su antigüedad, uso y desgaste
28 29
[Seite 16]
COBERTURAS
2
COBERTURAS
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ROBO
DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA
COBERTURAS PRINCIPALES 1
INCENDIO, EXPLOSIÓN
Y CAÍDA DE RAYO
MANTENIMIENTO
AVERÍA DE
ELECTRODOMÉSTICOS FENÓMENOS
GLOBAL ATMOSFÉRICOS
ROTURA
CRISTALES...
DAÑO ACCIDENTAL AGUA
OTROS DAÑOS
HURTO
DAÑOS ELÉCTRICOS
ACTOS VANDÁLICOS
32 33
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1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
cafelección, de cocción e instalaciones que desprenden fuego
(brasero, chimeneas, barbacoas, etc.).
Incendio, explosión y caída de rayo
3. Las quemaduras y el ennegrecimiento en objetos e instalaciones
provocados por el el tabaco, el incienso, las velas, el carbón, la
leña o productos similares a los anteriores.
¿Qué cubre? 4. Daños en mobiliario que caiga accidentalmente al fuego.
Mutua Madrileña cubrirá, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares: Límites
Los daños materiales producidos en los bienes asegurados como
consecuencia directa de un incendio, explosión o caída de rayo.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Los gastos ocasionados para la extinción del incendio.
Los gastos para asegurar el salvamento del bien, incluido el transporte. Incendio, explosión 100% suma 100% suma
y caída de rayo asegurada asegurada
Los gastos de demolición y desescombro consecuencia del incendio y
transporte de los escombros. Jardín: árboles,
5% suma asegurada
arbustos, césped
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños producidos por almacenar materiales peligrosos,
explosivos u otras sustancias inflamables no idóneas para el uso
doméstico.
2. Los daños y quemaduras en objetos causados por la sola acción
del calor y por el contacto directo o indirecto con elementos
o sustancias incandescentes, con aparatos de alumbrado, de
34 35
[Seite 19]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
los bienes que estuviesen:
Fenómenos atmosféricos a. Al aire libre.
b. En una construcción abierta.
c. En una construcción que, sin ser abierta, hubiese quedado sin cerrar.
¿Qué cubre? Límites
Los daños materiales en los bienes asegurados, hasta el límite establecido
en las Condiciones Particulares, causados directamente por: COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Lluvia: siempre que se acredite que la precipitación es superior a Fenómenos atmosféricos 100% suma asegurada
100% suma
40 litros por metro cuadrado y hora. asegurada
Desembarre 4% suma asegurada 4% suma asegurada
Viento: siempre que se acredite que la velocidad está entre 80 y 120
kilómetros por hora. Quedan incluidos los daños indirectos como consecuencia
de la caída por el viento de árboles, postes y antenas del asegurado. Caída de árboles por viento 5% suma asegurada
Pedrisco o nieve.
Inundación producida por la rotura o desbordamiento de cualquier canal o
lago artificial de agua.
Gastos de desembarre.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños ocasionados por oxidación, humedades, heladas, frío,
olas o mareas.
2. Los daños ocasionados por nieve, agua, arena, polvo o barro en
36 37
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1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
¿Qué no cubre?
Agua
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños ocasionados por la congelación del agua en las
conducciones privativas y los producidos por no cerrar llaves o grifos:
¿Qué cubre?
a. Si la vivienda ha estado deshabitada más de 3 días seguidos.
Los daños materiales en los bienes asegurados, hasta el límite establecido b. Y además, en el caso de congelación, si no se han tomado
en las Condiciones Particulares, causados directamente por el agua, que las medidas de precaución necesarias, como por ejemplo, el
deriven de: vaciado de la instalación.
Escapes, roturas o atascos en: 2. Los daños por corrosión, deterioro evidente o mala conservación
de las conducciones privativas de la vivienda.
Conducciones privativas de agua.
Cuando se trate de conducciones privativas que no estén a la
Aparatos de uso doméstico conectados a ellas.
vista, como excepción, Mutua Madrileña cubrirá una sola vez los
Instalaciones de calefacción o aire acondicionado. daños producidos y la reparación, con un límite de 400 euros, del
Depósitos fijos. tramo afectado y advertirá de la necesidad de reparar el resto de
las conducciones que se encuentren en mal estado.
Filtraciones procedentes de viviendas contiguas o superiores.
De producirse siniestros posteriores y no haberse reparado la
Omisión del cierre de llaves o grifos de agua. conducción, Mutua Madrileña no se hará cargo del siniestro.
Y además 3. Los daños producidos por humedad o condensaciones de agua.
Si tiene asegurado el CONTINENTE, le cubrimos los gastos de localización 4. Los daños que tengan su origen en fosas sépticas, cloacas,
y reparación de la avería en la conducción privativa, siempre que haya alcantarillas y arquetas, así como en canalizaciones públicas.
daños.
5. Los daños que tengan su origen en conducciones subterráneas
que no sirvan sólo a la vivienda asegurada, así como los daños
debidos a deslizamientos, hundimientos, reblandecimiento del
terreno y corrimientos de tierra.
6. Los producidos como consecuencia de trabajos de construcción
o reparación de la vivienda asegurada o del edificio.
38 39
[Seite 21]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
7. La reparación de grifería, aparatos electrodomésticos o
depósitos de agua (radiadores, calderas, calentadores, aparatos ¿Qué no cubre?
sanitarios, etc.) cuando sean causantes del siniestro.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
Límites
1. Los daños en bombillas, halógenos, led, lámparas y similares.
2. Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o del vendedor.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
3. Los daños producidos por el incumplimiento de la normativa de la
instalación eléctrica.
100% suma 100% suma
Agua
asegurada asegurada 4. Los daños producidos en aparatos eléctricos o electrónicos con
una antigüedad superior a 15 años desde la fecha de compra.
Límites
Daños eléctricos
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
100% suma 100% suma
Daños eléctricos
asegurada asegurada
¿Qué cubre?
Los daños materiales causados por subidas o bajadas de tensión y
cortocircuitos, hasta el límite de la suma asegurada recogido en las
Condiciones Particulares, en los siguientes bienes:
Las instalaciones eléctricas, si se ha asegurado el CONTINENTE.
Los aparatos eléctricos o electrónicos, si se ha asegurado el CONTENIDO.
40 41
[Seite 22]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Rotura de cristales, placa ¿Qué no cubre?
vitrocerámicas, mármoles
y otros materiales Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
1. Bombillas, lámparas, aparatos de visión y sonido, como por ejemplo,
¿Qué cubre? televisores, proyectores, telescopios, lentes de cámaras, etc.
2. Cualquier objeto que no forme parte fija del mobiliario, como por
Dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares, la rotura ejemplo, figuras decorativas, vajillas, copas, gafas, espejos de
accidental de: mano, etc.
Si ha asegurado el CONTINENTE: 3. Ralladuras, desconchados y otros daños estéticos.
Loza sanitaria (lavabo, bidé, inodoro, etc.). 4. Daños producidos en mudanzas o en obras de reparación o
instalación.
Cristales de puertas y ventanas.
5. Los grifos y accesorios que formen parte de la loza sanitaria.
Espejos encastrados.
Si ha asegurado el CONTENIDO: Límites
Lunas, espejos y cristales.
Mármoles, granito, piedra natural o conglomerado de piedra y otros
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
materiales como por ejemplo, cemento o resina que formen parte del
mobiliario.
Rotura de cristales, placas
Cristal de la placa vitrocerámica. 100% suma 100% suma
vitrocerámicas, mármoles y
asegurada asegurada
otros materiales
42 43
[Seite 23]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
5. Los daños causados por plantaciones de sustancias
Psicotrópicas.
Actos vandálicos
Límites
¿Qué cubre?
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
100% suma
Los daños materiales producidos en los bienes asegurados por actos Actos vandálicos 100% suma asegurada
asegurada
malintencionados hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
Jardín: árboles,
5% suma asegurada
arbustos, césped
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan Tenga en cuenta en caso de siniestro
excluidos:
1. Los daños producidos por personas que habiten en la vivienda. El asegurado debe comunicar la ocurrencia del suceso a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
2. Los daños producidos por pintadas, inscripciones, carteles o denuncia a Mutua Madrileña.
hechos similares en el exterior de la vivienda.
3. Los gastos de reparación o desatasco de desagües o tuberías.
4. Los daños producidos:
a. Cuando el asegurado haya entregado las llaves de forma
voluntaria, facilitando el acceso al interior de la vivienda
asegurada.
b. En caso de compra de la vivienda, sin cambio de cerradura.
44 45
[Seite 24]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
¿Qué no cubre?
Robo
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
1. Los hurtos, apropiaciones indebidas y cualquier otra sustracción,
¿Qué cubre? pérdida o extravío que no quede comprendida dentro de la
definición de robo de estas Condiciones Generales.
Los daños y pérdidas materiales causados como consecuencia del robo o 2. Los objetos de valor especial, dinero en efectivo y joyas que se
atraco cometido en el interior de la vivienda, hasta los límites establecidos encuentren en las construcciones anexas.
en las Condiciones Particulares, de los siguientes bienes asegurados:
3. Los robos en que hayan sido autores o cómplices el tomador,
El mobiliario que se encuentre en el interior de la vivienda, incluidos: asegurado, propietario e inquilino; familiares, empleados
domésticos o personas que convivan con aquéllos.
Joyas y objetos de valor especial.
Teléfonos móviles, tablets y ordenadores portátiles. 4. El robo, cuando la vivienda asegurada no tuviera las medidas de
seguridad y protecciones declaradas en las Condiciones Particulares
El mobiliario que se encuentre en construcciones anexas incluidas en el o el asegurado no las hubiera puesto en funcionamiento.
contrato, con sistema de cierre privativo del asegurado.
5. El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por
Dinero en efectivo. ejemplo, patios, jardines o en construcciones anexas a las que
pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.
CONTINENTE: Los daños y desperfectos ocasionados durante el robo o 6. Las joyas, cuando la vivienda quede deshabitada más de treinta días
intento de robo en puertas, ventanas, paredes, techos o suelos. consecutivos, salvo que las mismas estuviesen guardadas en caja fuerte.
Tarjetas de crédito y cheques del asegurado: se cubre su utilización 7. Los daños causados en continente y contenido por ocupantes ilegales de la
fraudulenta, siempre que ésta se hubiese efectuado en las 48 horas vivienda, sin vínculo contractual con el asegurado.
anteriores a la comunicación del robo a la entidad bancaria. En lo referente a la utilización fraudulenta de tarjetas de crédito:
8. Las pérdidas económicas que sean cubiertas por la entidad
bancaria o emisora de las tarjetas de crédito o cheques.
9. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando
únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
46 47
[Seite 25]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
10. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados o
cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios de
pago al que se hubiesen externalizado actividades.
Hurto
11 Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera autenticación
reforzada del cliente en las operaciones realizadas con el instrumento
de pago.
¿Qué cubre?
Límites
Las pérdidas materiales causadas como consecuencia del hurto cometido
en el interior de la vivienda, hasta los límites establecidos en las Condiciones
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Particulares, de los siguientes bienes asegurados:
El mobiliario que se encuentre en el interior de la vivienda.
Mobiliario 100% suma asegurada
10% suma asegurada
Joyas (Máx. total 6.000€ Tarjetas de crédito y cheques del asegurado: se cubre su utilización
Máx. unidad 3.000€) fraudulenta, siempre que ésta se hubiese efectuado en las 48 horas
Dinero en efectivo Hasta 300€ por anualidad anteriores a la comunicación del hurto a la entidad bancaria.
Teléfonos móviles Hasta 300€ por anualidad
Tablets Hasta 500€ por anualidad
Ordenadores portátiles Hasta 500€ por anualidad
Desperfectos a la vivienda 100% suma 5% suma asegurada, si no
¿Qué no cubre?
por robo asegurada está asegurado el continente
10% suma asegurada
Dependencias anexas (Máx. 3.000€)
Utilización fraudulenta 50€ por tarjeta Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
tarjetas de crédito hasta 300€ por anualidad
1. El hurto cometido en construcciones anexas, como por ejemplo,
patios, jardines, terrazas o porches, que no tengan sistema de
cierre privativo del asegurado.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
2. El hurto si la vivienda asegurada se alquila o queda deshabitada
más de treinta días consecutivos.
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del robo a las autoridades 3. Los objetos de valor especial, dinero en efectivo y joyas.
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña. 4. El hurto en que haya sido autores o cómplices el tomador, asegurado,
propietario e inquilino; familiares o personas que convivan con aquéllos.
48 49
[Seite 26]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
5. El hurto cometido por empleados domésticos o con su
complicidad, cuando no sean despedidos.
En lo referente a la utilización fraudulenta de tarjetas de crédito:
Mantenimiento
6. Las pérdidas económicas que sean cubiertas por la entidad
bancaria o emisora de las tarjetas de crédito o cheques.
7. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando ¿Qué cubre?
únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
8. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados
o cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios Las reparaciones necesarias, hasta el límite establecido en las Condiciones
de pago al que se hubiesen externalizado actividades. Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE, de los
siguientes elementos:
9. Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera
autenticación reforzada del cliente en las operaciones realizadas Bañeras y platos de ducha. En caso de filtraciones de agua a través de
con el instrumento de pago. estos elementos:
Se efectuará su sellado con lechada o silicona.
Se cubrirán los daños materiales en los bienes asegurados originados
Límites por dichas filtraciones.
Mecanismo de cisterna del inodoro. Quedan cubiertos la mano de obra y
los materiales necesarios para su reparación.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Llaves de paso y grifos. Queda cubierta únicamente la mano de obra
Mobiliario 10% suma asegurada necesaria para su sustitución.
Utilización fraudulenta 50€ por tarjeta Elementos fijos de loza sanitaria. Queda cubierta únicamente la mano de
tarjetas de crédito hasta 300€ por anualidad obra para ajustar los lavabos, bidés e inodoros cuando sea preciso.
Válvula y rebosadero. Quedan cubiertos, aunque no existan daños en
los bienes asegurados, la mano de obra y los materiales necesarios para
Tenga en cuenta en caso de siniestro fijarlos o sustituirlos.
Gomas de desagüe y tomas de agua de los electrodomésticos. Quedan
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del hurto a las autoridades cubiertos la mano de obra y los materiales necesarios para su sustitución.
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la Radiador. Queda cubierta únicamente la mano de obra para la reparación
denuncia a Mutua Madrileña. de las fugas de agua siempre que sea posible.
50 51
[Seite 27]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Conducciones privativas. Queda cubierto, aunque no existan daños en
los bienes asegurados, el desatasco de forma manual, con guía, o con Límites
máquina de presión (sin incluir el camión cuba).
Persianas. Queda cubierta únicamente la mano de obra necesaria para el
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
ajuste y reparación de persianas de PVC y aluminio.
100% suma
Mantenimiento 100% suma asegurada
asegurada
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos: Daño accidental
1. Las garantías y prestaciones que no hayan sido autorizadas por
Mutua Madrileña.
2. La reparación o sustitución de elementos que se encuentren en ¿Qué cubre?
buen estado de mantenimiento o conservación.
3. La reparación de cisternas empotradas o cuando haya que picar
en la pared para la ejecución de los trabajos. Los daños materiales directos a los bienes dentro de la vivienda asegurada
como consecuencia de un hecho accidental no contemplado en el resto de
4. La reparación de persianas automáticas. coberturas de este contrato.
5. Los atascos en fosas sépticas, cloacas, alcantarillas, arquetas y
canalizaciones públicas. ¿Qué no cubre?
6. La reparación y los daños producidos fuera de la vivienda
asegurada, como por ejemplo, azoteas, patios, jardines, etc. Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños causados en bienes cuyo valor de nuevo sea inferior a
150 euros.
2. Los daños producidos fuera la vivienda asegurada, tales como
azoteas, patios y jardines.
52 53
[Seite 28]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
3. El deterioro de la superficie o defecto estético de los bienes,
como por ejemplo, raspaduras y arañazos. Avería de
4. Los daños causados por cualquier animal. electrodomésticos global
5. La rotura o agrietamiento de los elementos estructurales de la
vivienda.
6. Los daños causados por raíces de árboles, plantas o arbustos. ¿Qué cubre?
7. Los daños a las bombillas y otros cristales como leds, halógenos
y lámparas.
Los gastos de piezas y mano de obra necesarios para reparar el electrodoméstico
8. Los gastos para restablecer la armonía estética entre el bien dañado a consecuencia de una avería mecánica, eléctrica o electrónica, hasta los
dañado y el conjunto al que pertenece. límites establecidos en las Condiciones Particulares y siempre que esté asegurado
el CONTENIDO, de los siguientes electrodomésticos:
9. Las gafas, lentillas, audífonos y material ortopédico.
Los televisores
10. La pérdida, desaparición o sustracción de los bienes. Un frigorífico
Una lavadora
11. La pérdida de parte de las piezas que componen una colección o juego Una secadora
Un lavavajillas
Límites Si el coste de la reparación supera el valor real del
electrodoméstico dañado, se indemnizará por dicho valor.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Daño accidental
6.000€ por
anualidad
¿Qué no cubre?
Hasta 300€ Límite
Teléfonos móviles
por anualidad conjunto
por Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
Hasta 500€ anualidad
Tablets
por anualidad de 1. Los electrodomésticos cubiertos por la garantía del fabricante.
6.000€
Ordenadores portátiles
Hasta 500€ 2. Los electrodomésticos con antigüedad superior a 10 años desde
por anualidad su fabricación.
54 55
[Seite 29]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
3. Las tareas propias de la conservación y mantenimiento de los
aparatos (incluidos desatascos).
Otros daños
4. Los daños producidos por mal uso, fuerza mayor o
incumplimiento de las condiciones del manual de instrucciones.
5. El cambio de las piezas deterioradas por el uso como por ejemplo,
gomas o accionadores de puerta.
¿Qué cubre?
6. El cambio de las piezas sin partes mecánicas o eléctricas como
por ejemplo, carcasas o embellecedores.
Los daños materiales en los bienes asegurados hasta el límite de la suma
7. Los defectos estéticos, corrosión u oxidación. asegurada recogida en las Condiciones Particulares, causados directamente por:
8. La reparación y cambio de mandos a distancia. El impacto de animales o de cualquier clase de vehículos o aparatos aéreos
(incluidas sus mercancías), siempre que no sean propiedad del asegurado.
9. El transporte del electrodoméstico al servicio técnico.
Ondas sónicas provocadas por aeronaves al atravesar la barrera del sonido.
Límites Humo como consecuencia de fugas o escapes accidentales.
¿Qué no cubre?
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
100% suma
Avería de electrodomésticos
asegurada excluidos:
1. Los daños producidos por la acción continuada del humo.
56 57
[Seite 30]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Límites
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Otros daños 100% suma asegurada 100% suma asegurada
Jardín: árboles,
arbustos, 5% suma asegurada
césped
58 59
[Seite 31]
COBERTURAS QUE
COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES 1
RECONSTRUCCIÓN
DOCUMENTOS
INHABITABILIDAD
ALIMENTOS EN
FRIGORÍFICOS
DAÑOS ESTÉTICOS REPOSICIÓN LLAVES
Y CERRADURAS
60 61
[Seite 32]
1. Coberturas que
complementan a las principales
azulejos o papeles pintados, que tengan más de 15 años o se
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
consideren piezas artísticas o de diseño exclusivo.
Daños estéticos 5. Los daños cuando no exista armonía estética previa al siniestro.
6. Ralladuras, desconchados y otros daños estéticos.
7. Los daños estéticos producidos por un siniestro cubierto por la
¿Qué cubre? cobertura de daño accidental.
Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE: Límites
Los gastos para restablecer la armonía estética de la habitación afectada
por un siniestro de daños cubierto por este contrato.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Esta cobertura se limitará al conjunto al que pertenecen los
elementos dañados.
Daños
5% suma asegurada
estéticos
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
Reposición de llaves
1. Los daños estéticos del CONTENIDO. y cerraduras
2. Los daños estéticos a fachadas o elementos exteriores de la
vivienda asegurada.
¿Qué cubre?
3. Los daños en bañeras, platos de ducha y cualquier elemento
accesorio de la loza sanitaria.
Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
4. Los daños en materiales adheridos a las paredes y techos, como Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTENIDO, los gastos
62 63
[Seite 33]
1. Coberturas que
complementan a las principales
de la sustitución de las llaves y cerraduras de las puertas de acceso a la
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
vivienda asegurada ocasionados como consecuencia de robo, atraco,
hurto o extravío de dichas llaves.
Inhabitabilidad
¿Qué no cubre?
Las exclusiones recogidas en el apartado Exclusiones Generales de
¿Qué cubre?
su Seguro.
Si, como consecuencia de un siniestro de daños materiales cubierto por el
contrato, la vivienda asegurada quedara inhabitable y tuviera que desalojarla
Límites temporalmente, Mutua Madrileña cubrirá los siguientes gastos hasta el límite
establecido en Condiciones Particulares:
Si ha asegurado el CONTINENTE:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
La renta del alquiler de una vivienda de características similares a la asegurada.
Reposición Si ha asegurado el CONTENIDO:
Hasta 400€
de llaves y
por anualidad
cerraduras
El coste del traslado de los objetos personales y mobiliario.
La duración de esta cobertura se extenderá hasta que la vivienda
pueda ser nuevamente habitada, con un máximo de un año desde la
Tenga en cuenta en caso de siniestro ocurrencia del siniestro.
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del hecho a las autoridades ¿Qué no cubre?
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños que únicamente tengan la cobertura de Protección Legal.
64 65
[Seite 34]
1. Coberturas que
complementan a las principales
Límites ¿Qué no cubre?
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
1. La reposición de documentos que tengan valor dinerario.
100% suma asegurada 2. La reposición de documentos referidos a actividades
Inhabitabilidad 100% suma asegurada
Máx. 1 año de renta profesionales o comerciales.
Límites
Reconstrucción de documentos
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre? Reconstrucción de
3% suma asegurada
documentos
Dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares y siempre
que esté asegurado el CONTENIDO, quedan cubiertos los gastos de la
reposición de cualquier documento de uso privado del asegurado (por
ejemplo, escrituras públicas, DNI, pasaporte, títulos académicos, etc.) que
se encuentre en la vivienda y que hubiese resultado dañado en un siniestro
cubierto por el contrato.
66 67
[Seite 35]
1. Coberturas que
complementan a las principales
Límites
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
Alimentos en frigorífico
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Alimentos en Hasta 300€ por
¿Qué cubre? frigorífico anualidad
Los gastos, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares y
siempre que esté asegurado el CONTENIDO, por la pérdida o deterioro de Tenga en cuenta en caso de siniestro
los alimentos refrigerados y medicamentos que hubiera en el frigorífico o
congelador causados por:
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación que acredite la
La avería del frigorífico o congelador. avería o el corte de suministro eléctrico.
El fallo del suministro público de la red eléctrica general durante más de 6 horas.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Las pérdidas o deterioros producidos en frigoríficos o
congeladores con antigüedad superior a 15 años.
2. Las pérdidas o deterioros producidos cuando la vivienda
asegurada hubiese estado deshabitada más de 10 días.
68 69
[Seite 36]
DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA 2
DESPLAZAMIENTO
POR VACACIONES
USO FRAUDULENTO
DE TARJETAS
ATRACO
70 71
[Seite 37]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
3. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados
o cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios
Utilización fraudulenta de de pago al que se hubiesen externalizado actividades.
cheques y tarjetas de crédito
4. Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera autenticación
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
reforzada del cliente en las operaciones realizadas con el
instrumento de pago.
¿Qué cubre*?
Límites
La utilización fraudulenta de medios de pago del asegurado, cuando éste
se haya extraviado, robado, hurtado o apropiado indebidamente por un
tercero.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Se cubrirán aquellas pérdidas que se produzcan con anterioridad a la
Utilización fraudulenta 50€ por tarjeta
comunicación a la entidad bancaria o financiera, en las que se determine tarjetas de crédito hasta 300€ por anualidad
la obligación de pago por el ordenante, hasta el importe de 50€ por cada
medio de pago empleado fraudulentamente y hasta un importe máximo de
300€ como límite anual total de la cobertura.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Los supuestos garantizados por esta cobertura deberán comunicarse sin
dilación indebida y en un plazo máximo de 48 horas a la entidad bancaria o
financiera proveedora de servicios. El asegurado debe comunicar la ocurrencia del extravío, robo, hurto
o apropiación indebida del instrumento de pago a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña.
¿Qué no cubre?
*(Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera).
Además de las exclusiones generales y de las recogidas en las
Condiciones Particulares, quedan excluidos los siguientes
supuestos:
1. Cuando las pérdidas sean responsabilidad de la entidad bancaria o financiera.
2. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando
únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
72 73
[Seite 38]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
Límites
Atraco
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
COBERTURA CONTENIDO
Hasta 700€
Objetos uso personal
¿Qué cubre? por anualidad
Hasta 300€
Teléfonos Móviles
por anualidad
Los daños y pérdidas materiales causados como consecuencia del Hasta 500€ Límite conjunto por
Ordenadores Portátiles
por anualidad anualidad de 940€
atraco cometido fuera de la vivienda, hasta los límites establecidos en las
Hasta 500€ para todos los bienes
Condiciones Particulares, y siempre que esté asegurado el CONTENIDO, de Tablets
por anualidad asegurados
los siguientes bienes asegurados:
Hasta 150€
Dinero en efectivo
por anualidad
Objetos de uso personal, teléfonos móviles, tablets y ordenadores portátiles. Gastos de reposición de Hasta 90€
documentos privados por anualidad
Dinero en efectivo.
Los gastos de la reposición de cualquier documento de uso privado.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
¿Qué no cubre?
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del atraco a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: denuncia a Mutua Madrileña.
1. Los hurtos, apropiaciones indebidas y cualquier otra sustracción,
pérdida o extravío que no quede comprendida dentro de la
definición de atraco de estas Condiciones Generales.
74 75
[Seite 39]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
de vehículos y otros medios de transporte; caravanas, remolques,
tiendas de campaña o similares.
Desplazamiento por vacaciones 6. Los hechos ocurridos en campings.
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
Límites
¿Qué cubre?
Las pérdidas o daños materiales en los bienes asegurados, y siempre que esté
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
asegurado el CONTENIDO, durante el curso de un viaje por vacaciones del
asegurado, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares, siempre
y cuando:
Desplazamiento por
10% suma asegurada
vacaciones
Los daños que sean consecuencia de un siniestro garantizado por alguna de
las restantes coberturas de la póliza y los bienes asegurados que se encuentren
en el interior de hoteles o similares, viviendas ajenas al asegurado, vehículos y
otros medios de transporte.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Las pérdidas por hurto y extravíos.
2. Los viajes o desplazamientos por un período superior a tres meses.
3. Las joyas y objetos de valor que no estén guardados en caja fuerte.
4. El dinero en efectivo o cualquier documento con valor económico.
5. El robo de los bienes asegurados que se encuentren en el interior
76 77
[Seite 40]
DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS 3
RESPONSABILIDAD
CIVIL
78 79
[Seite 41]
3. Daños que cause a otras personas
Por el cónyuge e hijos que convivan de forma continuada en la
vivienda (más de 180 días al año).
Responsabilidad Civil Por los perros titularidad del asegurado que residan en la vivienda
asegurada, correctamente identificados mediante microchip e
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
inscritos en el registro de animales de compañía correspondiente.
Igualmente tendrán cobertura los daños producidos por otros
animales domésticos propiedad del asegurado que residan en la
¿Qué cubre? vivienda asegurada tales como gatos, aves, tortugas, roedores, etc.
Por ejemplo, cubriríamos los daños causados a terceros al montar en bicicleta,
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a terceros
al practicar deporte, mordeduras de perros, etc.
por el asegurado como responsable civil, siempre que haya culpa o falta de
diligencia, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares y según
También incluye, en siniestros cubiertos por este contrato y hasta el límite
tenga asegurado el CONTINENTE o CONTENIDO.
establecido en las Condiciones Particulares:
No se consideran terceros los padres, cónyuges e hijos del asegurado, y
La defensa del asegurado por abogados y procuradores.
las personas que con él convivan o estén a su servicio.
Las costas y gastos judiciales o extrajudiciales.
Si tiene asegurado solo el CONTINENTE, se cubren los siguientes daños:
Las fianzas exigidas por los tribunales para garantizar la
Los que se deriven del uso y disfrute de la vivienda asegurada. responsabilidad civil.
Los que se deriven del uso y disfrute de las zonas comunes del Solo se cubre la responsabilidad civil extracontractual, es decir, cuando no
edificio en el que se encuentre la vivienda asegurada, en proporción hay relación contractual entre el perjudicado y el asegurado que causa el daño.
a su copropiedad.
Por ejemplo, según la cobertura contratada, atropellar con una bicicleta a un
Los producidos por la realización de obras menores que no precisen peatón; la fuga de agua que dañe la vivienda de un vecino, etc.
licencia administrativa (por ejemplo, licencia de obra).
Si tiene asegurado el CONTENIDO quedan cubiertos:
Los daños causados a terceros:
Por el asegurado.
80 81
[Seite 42]
3. Daños que cause a otras personas
rescate), ni los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de
¿Qué no cubre? caza.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 10. La responsabilidad por la tenencia de perros habiendo
incumplido los requisitos legales en esta materia (como, por
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
1. La responsabilidad profesional, laboral o patronal. ejemplo, la obligación de realización de cursos de formación).
2. Las sanciones económicas o multas. 11. La responsabilidad derivada de un daño ocasionado por perros
o animales que no sean titularidad del asegurado
3. La responsabilidad que deba ser cubierta por un seguro
obligatorio (como, por ejemplo, el seguro de automóviles, del
cazador, etc.), salvo los seguros de responsabilidad civil que se
exigen legalmente a los titulares de perros.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
4. La responsabilidad por los daños causados a bienes de terceros
Se considerará un único siniestro el conjunto de todas aquellas
cuando estén custodiados por el asegurado.
reclamaciones que tengan por causa el mismo suceso. Por ejemplo, la
rotura de una tubería que afecte a varias viviendas.
5. La responsabilidad derivada de las operaciones que el asegurado
pueda realizar en Internet.
Mutua Madrileña asumirá la dirección jurídica y designará para ello un
letrado y, si fuera necesario, un procurador.
6. La responsabilidad por la participación en riñas y actos delictivos.
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos
7. La responsabilidad por la participación en entrenamientos o
partes estén aseguradas en Mutua Madrileña, se lo notificaremos al
competiciones oficiales de cualquier clase de deporte.
asegurado para que pueda designar a los profesionales que estime
conveniente y Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta el límite
8. La responsabilidad por la práctica de los siguientes deportes
establecido en las Condiciones Particulares.
de riesgo: aeronáuticos, práctica del tiro, espeleología,
submarinismo a más de 20 metros, equitación con salto, boxeo,
lucha, karate, judo, deportes aéreos, saltos de esquí, escalada, etc.
9. La responsabilidad por la tenencia animales que no tengan
la consideración de domésticos, ni tampoco los dedicados o
utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas
por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los
perros pastores utilizados para guarda de ganado), así como
los utilizados en actividades profesionales (como los perros de
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3. Daños que cause a otras personas
Límites
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
El importe fijado en Condiciones
Responsabilidad Civil
Particulares
20% del
20% del importe
importe fijado
Daños por agua fijado en Condiciones
en Condiciones
Particulares
Particulares
5% del importe fijado
Obras Menores en Condiciones
Particulares
Responsabilidad Civil
El importe
Daños causados a fijado en
terceros Condiciones
Particulares
Red de abogados Mutua Madrileña: sin límite.
Abogado y
Gastos judiciales y extrajudiciales: sin límite.
Procurador de
Defensa del asegurado
Fianzas judiciales: hasta 6.000€ por
Mutua Madrileña
procedimiento
Todos los gastos judiciales y
Abogado y extrajudiciales hasta 3.000€ por
Procurador de procedimiento (incluido abogado y
libre elección procurador). Fianzas judiciales:
Hasta 6.000€ por procedimiento
84 85
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DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE 4
PROTECCIÓN LEGAL
PLUS
86 87
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4. Defensa y reclamación
en su nombre
La reclamación de los derechos del asegurado como consumidor en la
compra de productos por internet.
Protección legal plus La reclamación contra quien introduzca aplicaciones no autorizadas
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
por el asegurado en sus equipos informáticos (Por ejemplo, la
introducción de virus informáticos).
Defensa jurídica
2. Reclamación de daños.
Con Mutua Madrileña tendrá la ayuda legal que necesite en las actividades
de su vida privada. Los gastos que se produzcan en la reclamación frente al responsable del
daño, siempre que no haya relación contractual entre éste y el asegurado,
por los siguientes conceptos:
¿Qué cubre? La indemnización por lesiones o fallecimiento del asegurado.
Los daños materiales causados a la vivienda o mobiliario asegurados.
Mutua Madrileña asume hasta el límite fijado en Condiciones Particulares:
Los gastos judiciales incluidos los honorarios de abogados y procuradores. 3. Otras reclamaciones relacionadas con la vivienda.
La constitución de fianzas penales y asistencia al detenido. La protección de sus intereses en los siguientes supuestos:
El pago de las costas que correspondan. a. Infracciones administrativas. La prestación consiste en la redacción y
presentación de los escritos de descargo y recursos que procedan en
En los procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales únicamente en vía administrativa.
los siguientes supuestos:
b. Frente a la Comunidad de Propietarios, siempre que estuviese al
corriente de pago de las cuotas.
1. Defensa en internet.
c. Reclamaciones con los vecinos por emanaciones de humos y gases.
La reclamación de los daños causados en caso de robo de identidad del
asegurado (Por ejemplo, obtención de claves en internet de forma ilegal). d. Reclamaciones por incumplimiento contractual contra quienes hayan
ejecutado obras o prestado servicios en la vivienda, siempre que sean
La defensa penal del asegurado, salvo comportamiento malintencionado, profesionales habilitados y que la obra o servicio se haya pagado.
en caso de reclamaciones por la utilización de internet.
88 89
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4. Defensa y reclamación
en su nombre
e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, el acompañamiento a la firma ante el notario.
limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles,
electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. Atención personalizada, incluida la asistencia telefónica, al asegurado y
a sus herederos o beneficiarios en todos los trámites relacionados con
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico la herencia.
siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago.
Obtención de todos los certificados necesarios:
En los apartados d, e y f la cobertura se iniciará transcurridos tres meses
desde la entrada en vigor del contrato. Defunción.
Nacimiento.
Matrimonio o convivencia.
4. Defensa fiscal. Fe de vida.
Registro de actos de últimas voluntades.
La defensa de los intereses del asegurado en vía administrativa frente Registro de seguros de vida.
a los requerimientos, comprobaciones e inspecciones o cualquier
actuación de ámbito tributario. Trámites en el Instituto Nacional de Seguridad Social:
Baja.
5. Defensa laboral. Auxilio por defunción.
Altas del cónyuge.
La defensa judicial o extrajudicial de los derechos del asegurado en Altas de otros beneficiarios.
conflictos individuales de ámbito laboral. Anotación del fallecimiento en el Libro de Familia.
Tramitación de las pensiones de viudedad y orfandad.
En el caso de funcionarios, únicamente la defensa laboral en vía
administrativa. Asesoramiento en la tramitación sucesoria no judicial:
La defensa en juicio de la responsabilidad penal del asegurado con Copia del último testamento.
motivo del desempeño imprudente de su trabajo como asalariado. Declaración de herederos abintestato.
Apertura del testamento.
Determinación del caudal hereditario.
6. Trámites sucesorios. Adjudicación y partición de la herencia.
La gestión integral del proceso sucesorio no judicial e incluye los Tramitación y liquidación del impuesto de sucesiones y demás
siguientes servicios: obligaciones fiscales.
Asesoramiento jurídico al asegurado para otorgar testamento, incluido Gestión de las inscripciones registrales necesarias.
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4. Defensa y reclamación
en su nombre
Los costes y gastos incluidos dentro del servicio son únicamente los Reclamaciones de derechos como consumidor.
siguientes:
Reclamación por incumplimiento de contratos sobre prestación de
Honorarios de abogados. servicios, incluidos los de suministro de agua, electricidad, gas y teléfono.
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
Honorarios de gestores administrativos.
Honorarios de procurador. Conflictos con el arrendador de su vivienda.
Tasas por la obtención de certificados.
Gastos de desplazamiento y mensajería. Gastos de peritos necesarios para la defensa del estudiante.
7. Defensa jurídica en el extranjero. 9. Reembolso de los gastos de los procesos de separación y
divorcio.
Cuando el asegurado se encuentre de viaje fuera de España,
Mutua Madrileña cubrirá: El Asegurador reembolsará la mitad de los costes del procedimiento
de separación o divorcio hasta un límite de 6.000€.
La defensa penal del asegurado en asuntos que se sigan en tribunales
extranjeros con motivo de su desplazamiento. Son requisitos para el reembolso:
La reclamación de daños de carácter extracontractual. Que no exista separación de hecho de los cónyuges con
anterioridad a la fecha de efecto del contrato.
La reclamación por incumplimiento de los contratos de servicios
médicos de viajes y hospedaje. Que el proceso judicial se haya iniciado como mínimo tres meses
después de la fecha de efecto del contrato.
8. Defensa jurídica del estudiante. Que exista sentencia firme dictada en un procedimiento civil.
Cuando los hijos del asegurado se encuentren desplazados del domicilio Esta garantía será de aplicación una sola vez durante la vigencia del
habitual con motivo de sus estudios, contarán con las siguientes contrato.
coberturas:
Reclamación de daños corporales y materiales.
Defensa de responsabilidad penal.
Reclamación por incumplimiento de otros seguros.
92 93
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4. Defensa y reclamación
en su nombre
9. En defensa fiscal, y defensa laboral para funcionarios, queda
¿Qué no cubre? excluida la vía contencioso-administrativa.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 10. En trámites sucesorios se excluyen los procesos testamentarios
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
en los que se produzca un conflicto de intereses entre los
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no beneficiarios, así como todos aquellos en los que sea preciso
autorizados por la compañía. iniciar un procedimiento judicial, a excepción de la solicitud de
nombramiento de defensor judicial, o declaración de herederos
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al colaterales. En caso de conflicto de intereses se limitaría el
asegurado. servicio a la prestación de asesoramiento telefónico general a
todos los beneficiarios del procedimiento sucesorio.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
11. Dentro del proceso de separación y divorcio quedan excluidos:
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre
elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación a. La disolución o liquidación del régimen económico matrimonial.
por escrito a Mutua Madrileña.
b. Los procedimientos para la modificación de medidas
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la adoptadas por la autoridad judicial.
presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma
póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra Mutua Madrileña. Límites
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la
extinción de este contrato.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de Max. 6.000€
Defensa Jurídica
por anualidad
los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u Límite
ocupante. PROTECCIÓN 1.500€ por conjunto por
LEGAL PLUS Trámites sucesorios anualidad
anualidad
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, Máx 6.000€
concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre Separación y divorcio
50% del
contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. coste
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[Seite 49]
4. Defensa y reclamación
en su nombre
aseguradas en Mutua Madrileña, se lo comunicaremos al asegurado
Tenga en cuenta en caso de siniestro para que pueda designar a los profesionales que desee, siendo a cargo
de Mutua Madrileña los gastos hasta el límite establecido en Condiciones
Es condición necesaria para el inicio de cualquier trámite que la compañía Particulares.
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
declare procedente la reclamación.
En caso de disconformidad con la actuación del experto
Mutua Madrileña iniciará siempre la reclamación en vía amistosa y se designado por Mutua Madrileña, el asegurado podrá elegir a los
reserva la exclusividad en esta gestión previa. profesionales que desee, siendo a cargo de Mutua Madrileña los
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares.
Si se alcanza un acuerdo amistoso y no le satisface, puede proseguir por
su cuenta la reclamación y le reembolsaremos los gastos hasta el límite Podrán solicitar esta cobertura el asegurado y las personas que convivan
fijado en Condiciones Particulares, siempre que obtenga un resultado más con él, excepto el servicio doméstico.
favorable.
Si no se alcanza un acuerdo amistoso, Mutua Madrileña podrá iniciar la Asesoramiento legal
reclamación judicial, salvo que la considere inviable o temeraria.
Si opta por un abogado o procurador de su libre elección, deberá
comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre de los
¿Qué cubre?
profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su intervención.
Además de la Defensa Jurídica, Mutua Madrileña pone a su disposición un equipo
Si ha optado por acudir por su cuenta a la vía judicial y, si obtiene un
de abogados que:
resultado más favorable, le reembolsaremos los gastos hasta la cantidad
fijada en Condiciones Particulares.
De forma telefónica resolverá las dudas legales que le surjan sobre los
siguientes temas:
Siempre que el Juzgado o Tribunal no condene en costas a la parte contraria,
Mutua Madrileña reembolsará los gastos soportados por el asegurado hasta
Familia: régimen económico matrimonial, divorcio, adopciones, etc.
el límite de los honorarios mínimos establecidos por el Colegio Profesional
del abogado y procurador. En ningún caso se superará la cantidad fijada en
Sucesiones: testamento, herencias, etc.
Condiciones Particulares.
Vivienda: contrato de compraventa o de alquiler, hipotecas, comunidad
El límite máximo fijado en Condiciones Particulares se aplica con
de vecinos, licencias para obras de reforma, etc.
independencia del número de reclamantes o profesionales designados en un
mismo siniestro.
Servicio doméstico: contratos, Seguridad Social, salario, etc.
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, si ambas partes están
96 97
[Seite 50]
4. Defensa y reclamación
en su nombre
Laboral: contrato de trabajo, jubilaciones, etc. Se ocupará de confeccionar y presentar telemáticamente la declaración del IRPF
(modelo 100). Este servicio se hará extensivo a la declaración del cónyuge.
Seguros y otros productos financieros.
Gestionará la documentación relativa al servicio doméstico:
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
Extranjería: obtención de nacionalidad, permiso de trabajo, etc.
Alta, baja y modificación de datos (contrato de trabajo y formularios
Consumo: derechos del consumidor, reclamaciones, etc. correspondientes de la Seguridad Social, etc.).
Fiscal: trámites y deducciones en IRPF, Patrimonio, IVA, etc. Elaboración de nóminas.
Protección de datos: derechos de acceso, cancelación y rectificación, etc. Y, si lo necesita, asumirá en su defensa la mediación en conflictos
hipotecarios con entidades financieras por el impago de su hipoteca.
Redactarán y revisarán los siguientes documentos:
Se garantiza exclusivamente el acercamiento de posturas entre ambas
Compraventa de inmuebles o de vehículos. partes tendente a renegociar las condiciones de la deuda a través de un
procedimiento de mediación.
Constitución de hipotecas.
Para que esta garantía sea operativa, deberán cumplirse los siguientes
Aclaración de notas simples expedidas por el Registro de la Propiedad. requisitos:
Arras o señal. Que exista una disminución de ingresos del asegurado durante, al menos, un
periodo de 6 meses.
Carta de reclamación por retraso o vicio oculto.
Que la cuota mensual hipotecaria sea superior al 50% de los ingresos netos
Contrato de alquiler de vivienda. mensuales del asegurado durante, al menos, un periodo de 6 meses.
Cartas de reclamación o comunicación como propietario o inquilino. Que la disminución de ingresos indicada se haya producido con
posterioridad a la entrada en vigor de esta póliza.
Cartas de reclamación o comunicación a la Comunidad de Propietarios.
Que se haya intentado por parte del asegurado, una primera negociación
Contrato de trabajo para el servicio doméstico. con la entidad financiera, tendente a la consecución de un acuerdo de
renegociación de las condiciones de la deuda.
Escrito de cancelación o rectificación en materia de protección de datos.
Tenga en cuenta que esta cobertura comprende exclusivamente el
Cartas de reclamación de los derechos del asegurado como consumidor. acercamiento de posturas con la entidad financiera.
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4. Defensa y reclamación
en su nombre
Y también ponemos a su disposición una Red de Abogados para otros asuntos
privados diferentes de los cubiertos en Defensa Jurídica: Tenga en cuenta en caso de siniestro
Podrá contratar sus servicios con un descuento del 30% aplicable sobre El horario de atención telefónica será de lunes a viernes de 9:00 h a
4. DEFENSA Y RECLAMACIÓN EN SU NOMBRE
la tarifa del Colegio de Abogados de la provincia correspondiente. 20:00 h salvo urgencia (24 horas).
La primera consulta presencial será gratuita. El asesoramiento será sobre la legislación española.
La red de abogados se ofrecerá en España.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos, en cuanto a la confección y presentación telemática de la
declaración del IRPF:
1. La confección y presentación de la declaración en la que se hayan
realizado en el año 2 o más transmisiones de bienes (por asegurado
y cónyuge en conjunto).
2. Las sanciones o liquidaciones paralelas que le practiquen
al asegurado con motivo de la realización y presentación de la
declaración.
Límites
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Asesoramiento legal Número de consultas ilimitadas
100 101
[Seite 52]
ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR 5
ASISTENCIA EN EL HOGAR
SERVICIO MANITAS PLUS
ASISTENCIA
INFORMÁTICA
102 103
[Seite 53]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
c. Reparaciones en caso de robo.
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Asistencia en el hogar Si la vivienda queda desprotegida, Mutua Madrileña gestionará el envío
urgente de un profesional para realizar las reparaciones necesarias en los
accesos dañados.
d. Reposición de televisión, vídeo y DVD.
Mutua Madrileña garantiza unas prestaciones en caso de dificultades que el
asegurado tenga en su vivienda. Si el asegurado no pudiera disponer de la televisión, vídeo o DVD, por
un siniestro que no sea de daños eléctricos,
Mutua Madrileña prestará otro aparato de similares características,
durante un plazo máximo de 15 días.
¿Qué cubre?
2. En caso de que no haya siniestro cubierto por la póliza.
1. En caso de siniestro de daños cubierto por la póliza,
Mutua Madrileña prestará, hasta los límites establecidos en las
Condiciones Particulares, los siguientes servicios: Cuando el asegurado lo necesite, Mutua Madrileña le facilitará los
servicios de una amplia red de profesionales cualificados para la
a. Gastos de hotel, restaurante y lavandería. reparación o reformas en su vivienda (sujeto a disponibilidad de red).
Mutua Madrileña cubrirá los gastos de: Mutua Madrileña cubre el coste del desplazamiento y el asegurado
asume la mano de obra y el coste de los materiales.
I. Alojamiento en un hotel, si la vivienda quedara inhabitable.
Podrá consultar los profesionales que Mutua Madrileña pone a su
II. Restaurante, si la cocina no pudiera utilizarse. disposición y solicitar los servicios en www.mmhogarteayuda.es o en el
teléfono 91 555 55 55.
III. Lavandería, en el caso de que la lavadora no pudiera utilizarse.
b. Vigilancia de la vivienda.
3. Emergencia en el Hogar.
En caso de que la vivienda quedara inhabitable y desprotegida,
Mutua Madrileña se encargará de la vigilancia de su vivienda hasta un Se cubren las reparaciones estrictamente necesarias para dar una
máximo de 72 horas. solución provisional al problema y evitar más daños en los siguientes
supuestos y dentro de los límites establecidos en las Condiciones
Si se tratara de un robo, incendio, inundación o explosión, y la Particulares:
vivienda quedara desprotegida, el plazo máximo será de 24 horas.
104 105
[Seite 54]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
a. Cerrajero de urgencia.
¿Qué no cubre?
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
El envío de un cerrajero y los gastos de desplazamiento y mano de
obra para abrir la puerta de la vivienda por pérdida, extravío de la Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
llave o inutilización de la cerradura por intento de robo. El coste de los
materiales será a cargo del asegurado. 1. En Fontanería de emergencia:
b. Fontanería de emergencia. a. La reparación de averías de grifos, cisternas y depósitos así
como cualquier conducción no privativa de la vivienda.
El envío de un fontanero y los gastos de desplazamiento y mano de
obra, hasta un máximo de tres horas, cuando se produzca la rotura b. La reparación de averías que deriven de humedades o
de las conducciones privativas en la vivienda asegurada. El coste de filtraciones.
los materiales será a cargo del asegurado, salvo que se trate de un
siniestro cubierto por este contrato. 2. En Electricidad de emergencia, la reparación de averías en
enchufes, interruptores, elementos de iluminación y cualquier
c. Electricidad de emergencia. otro que funcione con suministro eléctrico.
El envío de un electricista y los gastos de desplazamiento y mano 3. En Traslado en ambulancia:
de obra, hasta un máximo de tres horas, cuando se produzca falta
de electricidad en alguna dependencia de la vivienda. El coste de a. Los traslados a hospitales que estén a más de 50 kms de la
los materiales será a cargo del asegurado, salvo que se trate de un vivienda asegurada.
siniestro cubierto por la póliza, en cuyo caso Mutua Madrileña asumirá
los costes de reparación. b. Los que tenga cubierto el asegurado por la Seguridad Social o
por cualquier otro seguro.
d. Traslado en ambulancia.
El traslado en ambulancia al hospital en caso de accidente o
enfermedad grave sufridos por los asegurados en la vivienda habitual.
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[Seite 55]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
En caso de siniestro: En caso de No siniestro:
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Límites Límites
CONTINENTE/ CONTINENTE/
COBERTURA COBERTURA
CONTENIDO CONTENIDO
Gastos de desplazamiento:
Hotel Hasta 350€ por siniestro Red de profesionales sin límite.
Mano de obra: no cubierto
Gastos Restaurante Hasta 180€ por siniestro Gastos de desplazamiento:
Cerrajero sin límite.
Mano de obra: 3 horas
Lavandería Hasta 180€ por siniestro
Gastos de desplazamiento:
Fontanería sin límite.
Mano de obra: 3 horas
Inhabitabilidad Máx. 72 horas por siniestro Emergencias
Vigilancia Gastos de desplazamiento:
Electricidad sin límite.
Robo/incendio/
Máx. 24 horas por siniestro Mano de obra: 3 horas
inundación
Reposición de televisión, vídeo y DVD Máx. 15 días por siniestro Ambulancia Máx. 50 km
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[Seite 56]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Únicamente poner burlete ente hoja y marco.
Fijar cristal con silicona.
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Servicio Manitas Plus Arreglo de persianas enrollables sin mecanismo eléctrico.
Encolar sillas, mesas y camas de madera.
Cambio o instalación en puertas interiores de madera de:
¿Qué cubre?
Tiradores.
Picaportes.
Mutua Madrileña garantiza la realización de las siguientes reparaciones y
Manillas.
servicios, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares:
Muelles.
Pequeños pestillos.
Colgar:
Cambio de bisagras en puertas pequeñas de muebles de cocina, baño
Cortinas.
y auxiliares de madera.
Cuadros.
Tendederos.
Montaje de muebles tipo kit.
Accesorios de cuarto de baño.
Espejos.
Colocación o cambio de:
Percheros.
Barras de armarios.
Embellecedores de enchufes e interruptores.
Bombillas.
Colocación de:
Tubos de neón.
Fluorescentes.
Soporte de ducha teléfono y conexión.
Cebadores.
Baldas y estanterías.
Termofluídos sin necesidad de modificación eléctrica.
Instalación de lámparas, apliques, plafones, enchufes o interruptores,
siempre y cuando no haya que modificar cableado.
Pletinas de terminación:
Ajuste de grifos sueltos y cambio de zapatas si las llevara.
Embellecedor de suelo (tapa-juntas en la unión de 2 suelos diferentes).
Protector de esquina de pared.
Sustitución o instalación de grifo, siempre y cuando haya toma de agua.
Aislar ventanas:
Sustitución de mecanismo de cisterna (cuando no sea empotrado).
110 111
[Seite 57]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Purgar radiadores. 2. Electricista: Instalación de lámparas, apliques o plafones
necesitando realizar nuevo punto de luz. Instalación de halógenos.
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Sellado con silicona de: Cambio de enchufes, clavijas e interruptores teniendo que manipular
cableado eléctrico. Instalación de enchufe de vitrocerámica.
Bañera.
Ducha. 3. Persianista: Reparaciones de persianas (incluye cambio de
cinta y lamas) con mecanismo de cuerda, manivela o eléctrica,
Lavabo.
empotradas en cajón y persianas metálicas (cierre de comercio).
Fregadero.
4. Carpintero o albañil: Instalación de zócalos.
Tapado de pequeños agujeros en pared no alicatada, producidos por
taladro (por colgar cuadros, accesorios…). 5. Cristalero: Instalación o cambio de cristales.
Telefarmacia: Gastos de desplazamiento para el envío de medicamentos 6. Albañil: Dar lechadas. Tapado de calas.
al domicilio asegurado:
7. Carpintero o carpintero de aluminio: Cerraduras de puertas
Si fuera necesaria receta: Se recogerá en el domicilio asegurado para ir a la farmacia interiores. Rozamientos en ventanas o puertas.
más próxima y entregar el medicamento de nuevo en el domicilio asegurado.
8. Carpintero: Cepillado de puertas.
Si no fuera necesaria receta: Se deberá facilitar el nombre comercial del
medicamento y tipo de presentación (comprimidos, ampollas…), para 9. Técnico de electrodomésticos: Limpieza de filtros y desagües de
adquirir el medicamento y se entregará en el domicilio asegurado. cualquier tipo de electrodoméstico (incluido aire acondicionado).
10. Cerrajero: Soldaduras metálicas. Todo lo relacionado con puertas
En ambos casos, se abonará el importe del medicamento en efectivo, y
de acceso al domicilio (cerraduras, pestillos, cierres, manillas...).
en el momento de la entrega.
11. Fontanero: Cualquier reparación de tubería, cubierta o no por la póliza
de seguro de hogar.
¿Qué no cubre? 12. Telefarmacia:
Falta de stock o no disponibilidad en las farmacias más cercanas al
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: domicilio.
1. En general, cualquier trabajo no descrito arriba o que tengan Los fármacos o medicamentos para cuya adquisición sea necesario
que realizarse fuera de la vivienda asegurada. el DNI.
Según la actividad profesional: Los fármacos o medicamentos incluidos en el recetario especial
de estupefacientes.
112 113
[Seite 58]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Límites Telefónica y remota
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
¿Qué cubre?
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
2 visitas por anualidad Mutua Madrileña prestará soporte telefónico y asistencia remota cuando
Manitas Plus fuera necesario y factible, de hardware (equipos), software (programas) e
(Máx. 3 Horas por visita)
internet, las 24 horas, los 365 días del año.
Telefarmacia 4 servicios por anualidad
¿Qué no cubre?
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
El importe de los materiales que sean necesarios para la reparación
serán por cuenta del asegurado. 1. Traslado del técnico al domicilio.
El Servicio manitas se prestará en días laborables, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas 2. Sustitución de piezas, equipos informáticos y software para
actualizaciones.
El servicio Telefarmacia se prestará cualquier día de la semana, las 24 horas.
El tiempo no consumido de este servicio en cada visita no podrá ser
sumado a posteriores visitas. Recuperación de datos
¿Qué cubre?
Asistencia informática
Mutua Madrileña cubre la recuperación de datos almacenados en dispositivos de uso
particular, propiedad del asegurado y que se encuentren en la vivienda, en caso de
Mutua Madrileña garantiza los siguientes servicios en caso de incidencias informáticas: incendio, daños por agua, robo, manipulación o rotura de los equipos informáticos,
errores humanos, virus informáticos y otros problemas con hardware y software.
114 115
[Seite 59]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Los soportes cubiertos son: Rastreo de ordenadores perdidos o robados
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Discos duros de ordenadores de sobremesa y portátiles.
Memorias portátiles.
¿Qué cubre?
Memorias de PDA o sistemas similares (por ejemplo, consolas de videojuegos).
Sistemas de almacenamiento de vídeos, cámaras digitales, etc. La instalación y configuración en sesión remota de un software en el ordenador
de sobremesa o portátil que rastrea la ubicación del dispositivo en caso de
Incluye, sin limitación en número de incidencias: pérdida o robo, y contribuye a recuperar el aparato o a identificar al autor del robo.
Atención telefónica al asegurado las 24 horas del día, los 365 días del año.
Transporte, evaluación y diagnóstico del soporte dañado.
Borrado digital
Nuevo soporte de similares características al dañado, si éste no resulta reutilizable.
¿Qué cubre?
¿Qué no cubre?
La cancelación de los datos personales del asegurado que aparezcan en internet
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: (redes sociales y profesionales, blogs, webs, etc.), conforme a la legislación vigente.
1. Los supuestos en los que técnicamente no es factible la
recuperación total o parcial del soporte.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
2. Soportes de almacenamiento para uso profesional.
3. Soportes manipulados antes de solicitar la asistencia. Tiene que autorizar por escrito la realización de los trámites necesarios.
4. Soportes dañados con ácidos o productos similares. Debe indicar los lugares en los que desea cancelar sus datos.
5. Soportes con sobre-escritura o pérdida de la película magnética Tiene que adjuntar copia de su DNI.
(Head-Crash).
De no ser posible la cancelación de los datos, se indicará las instancias
6. La recuperación de materiales originales como por ejemplo, de reclamación a las que puede dirigirse.
películas, juegos, música, etc.
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5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Control parental Manitas Tecnológico
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
¿Qué cubre? ¿Qué cubre?
La configuración en sesión remota del ordenador de sobremesa o portátil para La asistencia telefónica para la configuración de televisores y otros dispositivos
gestionar y filtrar los contenidos de Internet a los que pueden acceder los menores. como Blue Ray, GPS, tablets, videoconsolas, cámaras digitales, etc.
Incluye:
Configuración de las opciones generales de los televisores.
Copia de seguridad online Sintonización de los canales.
Configuración de protección de canales frente a menores.
¿Qué cubre? Asesoramiento sobre conectividad y puertos de entrada/salida del televisor.
Asesoramiento sobre la funcionalidad de acceso a internet en las Smart TV.
La copia de seguridad online de los ficheros informáticos del asegurado (el
tamaño máximo de la copia de seguridad online es de 15 Gb).
Mutua Madrileña no tendrá acceso a la información salvaguardada, ni a las claves ¿Qué no cubre?
de acceso, por lo que será responsabilidad del asegurado conservar dichas claves.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidas:
Tenga en cuenta en caso de siniestro 1. Las asistencias para los dispositivos tecnológicos de uso profesional.
Una vez finalizada la cobertura, se borrarán todos los datos almacenados.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Será necesario que el manual de utilización del dispositivo se encuentre
disponible en internet y en castellano.
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5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Límites ¿Qué cubre?
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
Servicio de soporte y asistencia las 24 horas los 365 días del año, incluye:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Soporte en la instalación y utilización de las plataformas de educación online
de los hijos (Moodle, google classroom, etc.) así como de los dispositivos de
acceso (tabletas y ordenadores, y de manera particular ChromeBook).
Asistencia informática Número de consultas ilimitado
Soporte a problemas de acceso y de lentitud de plataformas de formación
Online para adultos, con conocimiento de las principales universidades online
de España y de escuelas de negocios, y de los dispositivos de acceso,
Asistencia al teletrabajo asesorando particularmente en sus requerimientos.
Asistencia y consultoría a profesores en todo lo relativo a la tecnología de
educación online, tanto sistemas de acceso, conectividad y plataformas.
¿Qué cubre?
Asistencias y consultas relacionadas con cualquier aspecto del teletrabajo Asistencia a las compras online
atendidas por un técnico especialista las 24 horas los 365 días del año.
Incluye:
Test de velocidad
¿Qué cubre?
Chequeo de cobertura
Consultoría y asistencia las 24 horas los 365 días del año en todo lo relacionado
Revisión de la conexión VPN (Red Privada Virtual) con el comercio electrónico (seguridad, formas de pago…). Se comprobará la
Asistencia para la configuración privada con historiales de navegación seguridad del comercio electrónico en el que se quiera realizar una transacción.
propios en dispositivos compartidos por distintos miembros de la familia.
Consultoría sobre la instalación y mantenimiento de la oficina en casa, al
respecto de seguridad, aplicaciones colaborativas y videoconferencia.
Asistencia a la educación online
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[Seite 62]
5. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
Asistencia al ocio digital
5. ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
¿Qué cubre?
Consultoría y asistencia las 24 horas los 365 días del año, incluye:
Ayuda en la configuración, optimización y recomendaciones de seguridad del
equipo de juego (PC, móvil, Tablet, videoconsola)
Asesoramiento a padres sobre juegos adecuados para menores de edad
Asesoramiento relacionado con las plataformas de videostreaming (Netflix,
Prime Video, HBO, etc.) como:
- El uso compartido
- Acceso multidispositivos
- Suscripción segura
- Gestión de las cuentas de prueba, controlar su vencimiento y el pago
vinculado.
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COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL 6
JOYAS Y OBJETOS DE
VALOR ESPECIAL
ACCIDENTES CORPORALES
ASISTENCIA DE MASCOTAS
Y ANIMALES DOMÉSTICOS
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6. Coberturas de
contratación opcional
Límites
Joyas y objetos de
valor especial
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre? Joyas y objetos El importe fijado
de valor especial en Condiciones Particulares
Esta cobertura es complementaria de las establecidas para el CONTENIDO
y por eso cubre la indemnización correspondiente a joyas y objetos de
valor especial, que exceda de las cuantías que se incluyen dentro de
la contratación de CONTENIDO, hasta los límites establecidos en las
Condiciones Particulares.
Es necesario: Asistencia mascotas y
Que el robo o los daños se hayan producido dentro de la vivienda.
animales de compañía
Acreditar de forma detallada en la contratación la existencia de las joyas y
objetos de valor especial.
Mutua Madrileña cubre, con relación a los animales domésticos propiedad
del asegurado y que convivan con él en la vivienda, los siguientes servicios
(24 horas al día, 365 días al año):
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, se aplican:
1. Las Exclusiones contempladas para el CONTENIDO incluidas en las
coberturas de daños propios tanto dentro como fuera de su vivienda.
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6. Coberturas de
contratación opcional
Servicio telefónico de orientación ¿Qué no cubre?
veterinaria
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
¿Qué cubre? 1. El coste del traslado del animal.
2. Los gastos de la incineración o entierro.
El asesoramiento telefónico sobre cualquier aspecto relacionado con los
siguientes animales domésticos: gatos, aves, roedores enjaulados, peces,
tortugas y perros (por ejemplo, orientación veterinaria, residencias caninas,
adiestramientos, etc.). Límites
¿Qué no cubre? COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: Asistencia mascotas Número de consultas ilimitado
1. Los trámites distintos a las consultas telefónicas.
2. Las consultas sobre animales distintos de los mencionados.
Sacrificio e incineración
¿Qué cubre?
La orientación telefónica sobre las gestiones necesarias para la recogida del
animal enfermo o fallecido.
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6. Coberturas de
contratación opcional
en las Condiciones Particulares si las secuelas derivadas del accidente
le impidieran de forma permanente ejercer cualquier tipo de actividad
Accidentes corporales laboral o profesional.
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
3. Asistencia en caso de accidente
Si por un accidente el asegurado o su cónyuge están inmovilizados
por prescripción médica en la vivienda asegurada, Mutua Madrileña
¿Qué cubre? prestará los siguientes servicios, hasta su recuperación y con los límites
establecidos en las Condiciones Particulares:
La indemnización por fallecimiento o invalidez permanente absoluta Envío de los fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica prescritos
ocasionada en un accidente en la vida privada del asegurado designado en médicamente.
el contrato, hasta los límites establecidos en las Condiciones Particulares.
Labores de limpieza de la vivienda asegurada y lavandería desde el
1. Fallecimiento quinto día del accidente.
Mutua Madrileña pagará el capital determinado en las Custodia en la vivienda asegurada de los hijos del asegurado que sean
Condiciones Particulares a los beneficiarios designados en el menores de 3 años.
contrato.
El fallecimiento deberá producirse dentro de un año contado Y además
desde la fecha del accidente y ser consecuencia de éste.
Si el accidentado e inmovilizado por prescripción médica es el hijo del
Si no se han designado beneficiarios, se considerarán por este orden: asegurado, que convive con él y tiene entre 6 y 12 años, Mutua Madrileña le
enviará un profesor que continúe con su formación.
El cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho, siempre que
conviva con la víctima.
Los hijos por partes iguales. ¿Qué no cubre?
Los padres por partes iguales.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
El resto de herederos por partes iguales, en el orden establecido por la ley.
1. Los mayores de 70 años.
2. Invalidez permanente absoluta
2. El fallecimiento de menores de 14 años o declarados incapaces.
Mutua Madrileña indemnizará al asegurado con el capital determinado
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6. Coberturas de
contratación opcional
3. Los accidentes ocasionados por la participación en riñas, delitos,
en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o Límites
estupefacientes.
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Se considera que hay embriaguez cuando la tasa de alcoholemia supere COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
las tasas permitidas en la legislación sobre tráfico y seguridad vial.
4. Los accidentes ocurridos en el ejercicio de cualquier actividad Fallecimiento 6.000€ por siniestro
profesional. Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro
Accidentes corporales
Envío de fisioterapeutas,
5. Los accidentes ocasionados por la práctica de deportes de ATS y auxiliares
1.000€
riesgo tales como: aeronáuticos, práctica del tiro, espeleología, de clínica por anualidad
Asistencia en caso
submarinismo a más de 20 metros, equitación con salto, boxeo,
de accidente
Limpieza 30€ al día hasta
lucha, karate, judo, deportes aéreos, saltos de esquí, escalada, etc. y lavandería 1.000€ por anualidad Límite conjunto
de 1.500€ por
Custodia de los hijos del
6. El fallecimiento o lesiones provocadas intencionadamente por el 1.000€ anualidad
asegurado menores de
3 años por anualidad
asegurado y el suicidio.
Formación hijo del 1.000€
7. Los servicios de asistencia no solicitados o no autorizados por asegurado por anualidad
Mutua Madrileña.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que
acredite el daño producido y el derecho a la indemnización.
La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará
exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que
Mutua Madrileña solicite.
Si hubiera disconformidad con la valoración de Mutua Madrileña, se estará a lo
establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver www.mutua.
es), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso
de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración.
La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que
se ocupará del envío de los profesionales necesarios.
132 133
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6. Coberturas de
contratación opcional
Límites
Garantia anti-ocupación
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Con Mutua Madrileña tendrá la ayuda que necesite en caso de que durante
la vigencia de la póliza su vivienda sea ocupada ilegalmente. Gastos
Anti-ocupación 800€ mes / máx. 6 meses
de alojamiento
Gastos de alojamiento por ocupación
ilegal
Tenga en cuenta en caso de siniestro
¿Qué cubre?
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación acreditativa de:
Mutua Madrileña cubrirá los gastos de alojamiento que tuviera que soportar El abono del importe del alojamiento alternativo.
Copia de las gestiones judiciales o policiales iniciadas para recuperar la
el asegurado por la ocupación ilegal hasta el límite establecido en las
posesión.
Condiciones Particulares.
Pago de suministros por ocupación
¿Qué no cubre?
¿Qué cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
1. Las viviendas que no sean vivienda habitual del asegurado de la Particulares los gastos de los suministros de la vivienda ocupada (agua, gas
póliza. y electricidad) que esté obligado contractualmente a soportar el Asegurado
durante la ocupación ilegal.
Requisitos:
1. Que la ocupación ilegal se prolongue durante, como mínimo, un mes.
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[Seite 69]
6. Coberturas de
contratación opcional
2. Que se hayan iniciado las gestiones judiciales necesarias para
recuperar la posesión de la vivienda, mediante la presentación de la
Actos vandálicos por ocupación ilegal
correspondiente denuncia o demanda.
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
¿Qué cubre?
¿Qué no cubre?
Los daños materiales producidos en el continente o contenido de la vivienda
asegurada por actos malintencionados del ocupante ilegal hasta el límite
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
establecido en las Condiciones Particulares.
1. Cualquier compensación económica por el coste de suministros
Será requisito que la ocupación ilegal se haya prolongado durante, como
originados con posterioridad a la fecha de la que se recupere
minimo, un mes.
legalmente la posesión de la vivienda.
Límites ¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO excluidos:
1. Los daños producidos por el deterioro del uso normal del
Pago de inmueble o sus instalaciones, su falta de mantenimiento o vicio
Anti-ocupación 100€ mes / máx. 6 meses
suministros propio.
2. Las pérdidas por hurto o apropiación indebida de los bienes
asegurados.
3. Las ralladuras, desconchados y otros daños estéticos.
Tenga en cuenta en caso de siniestro 4. La rotura de cristales horizontales o espejos.
5. Las joyas, las obras de arte y antigüedades (con un valor
reconocido en el Mercado del Arte) así como los tapices, cuadros,
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación acreditativa de: alfombras o pieles, cuyo valor unitario exceda de 3.000 €.
6. Los daños causados por plantaciones de sustancias
El abono del importe de los suministros. Psicotrópicas.
Copia de las gestiones judiciales o policiales iniciadas para recuperar la
posesión
136 137
[Seite 70]
6. Coberturas de
contratación opcional
2. Que los daños hayan sido causados como consecuencia de una acción
Límites u omisión por parte de los ocupantes ilegales.
3. Que el Asegurado sea declarado responsable de los daños por sentencia
judicial firme.
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO En los casos de reclamación de daños por responsabilidad civil al
Asegurado en los que la reclamación no supere los 7.500€, Mutua Madrileña
asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado.
Actos
Anti-ocupación 6.000 € 1.200 €
Vandálicos
También se incluye, hasta el límite establecido en las Condiciones
Particulares:
Tenga en cuenta en caso de siniestro La defensa del asegurado por abogados y procuradores.
Las costas y gastos judiciales o extrajudiciales.
Las fianzas exigidas por los tribunales para garantizar la responsabilidad
Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o civil.
policiales iniciadas para recuperar la posesión.
Para la reparación o indemnización de los daños será necesario haber
recuperado la posesión de la vivienda asegurada. ¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
Responsabilidad civil durante excluidos:
la ocupación ilegal
1. Daños por dolo o culpa grave del Tomador o del Asegurado.
2. Daños y perjuicios por incumplimientos de obligaciones
contractuales.
¿Qué cubre? 3. Las sanciones económicas o multas
4. La responsabilidad que deba ser cubierta por un seguro
obligatorio
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a
terceros, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, siempre y
cuando se cumplan los siguientes requisitos:
1. Que los daños se hayan producido durante la ocupación ilegal de la
vivienda.
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[Seite 71]
6. Coberturas de
contratación opcional
Límites Defensa del propietario frente a la
ocupacion ilegal
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Asesoramiento legal por ocupación
ilegal
Responsabilidad
Civil
y Fianzas
Hasta 7.500 € ¿Qué cubre?
Judiciales
Mutua Madrileña pone a su disposición un equipo de abogados que de
Anti-ocupación
forma telefónica resolverá las dudas legales que le surjan en caso de
Abogado y Procurador de Mutua Madrileña ocupación ilegal durante la vigencia de la póliza sobre los siguientes temas:
Hasta 10.000€
Defensa Los derechos del asegurado en relación con la ocupación ilegal y la
del asegurado
recuperación de la vivienda asegurada.
Abogado y Procurador de Libre elección
Hasta 3.000€ Los derechos del asegurado en relación con los daños causados en la
vivienda asegurada.
Tenga en cuenta en caso de siniestro ¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos partes
excluidos:
estén aseguradas en Mutua Madrileña, se lo notificaremos al asegurado
para que pueda designar a los profesionales que estime conveniente y
1. Emisión de dictamen escrito.
Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta el límite establecido en las
2. Revisión de documentacion.
Condiciones Particulares.
Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o
policiales presentadas para recuperar la posesión
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[Seite 72]
6. Coberturas de
contratación opcional
En caso de demanda, se incluye hasta el límite fijado en Condiciones
Límites Particulares:
Los gastos notariales de otorgamiento de poderes necesarios para
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
pleitos, así como los de actas, requerimientos y otros necesarios para la
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO defensa de los intereses del Asegurado.
Los gastos judiciales, incluidos los honorarios de abogado y de procurador
en aquellos procedimientos en los que su intervención sea obligatoria.
Asesoramiento Los honorarios y gastos de peritos designados o autorizados por Mutua
Anti-ocupación Número de consultas ilimitado Madrileña.
legal
El pago de las costas que correspondan.
Los gastos por la solicitud de medidas cautelares.
Las tasas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos.
Tenga en cuenta en caso de siniestro En su caso, el coste de la sesión informativa sobre mediación, así como
los honorarios del mediador que intervenga. Los gastos notariales de la
elevación a escritura pública de los acuerdos alcanzados entre ambas
• El asesoramiento será sobre la legislación española.
partes.
Los gastos de cerrajero necesarios para proceder a la apertura de la
Protección legal por ocupación ilegal vivienda asegurada, en el momento del desalojo y la sustitución de la
cerradura por una de similares características.
Los gastos derivados de la ejecución judicial forzosa de sentencias o
¿Qué cubre? títulos ejecutivos que reconozcan derechos al Asegurado, con un máximo
de cuatro instancias dirigidas al órgano judicial a fin de que proceda a la
investigación judicial del patrimonio del ejecutado, y durante un periodo
Se garantiza la defensa de los derechos del asegurado por vía amistosa o máximo de cinco años desde la firmeza de aquellos.
judicial para recuperar la posesión de la vivienda asegurada, en caso de que
ésta hubiera sido ocupada de forma ilegal durante la vigencia de la póliza.
En caso de que legalmente se requiera, de forma previa a la interposición de ¿Qué no cubre?
la demanda, Mutua Madrileña:
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
Efecturá los tramites en su caso necesarios para poder acreditar si
excluidos:
el ocupante ilegal se encuentra o no en situación de vulnerabilidad
económica. 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no
Garantiza los gastos legales correspondientes al procedimiento de autorizados por la compañía.
conciliación o intermediación previa a la interposición de la demanda. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al
asegurado.
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[Seite 73]
6. Coberturas de
contratación opcional
3. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre
elección, cuando no hubiera comunicado previamente su Límites
designación por escrito a Mutua Madrileña.
4. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados del
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
otorgamiento y la presentación de documentos públicos o
privados. COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
5. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una
misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra Mutua
Madrileña. Abogado y Procurador de Mutua
Madrileña: Hasta 10.000€
6. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde Defensa
la extinción de este contrato. Anti-ocupación
del asegurado Abogado y Procurador de Libre elección:
7. Los asuntos que deban seguirse ante tribunales internacionales Hasta 3.000€
o ante el Tribunal Constitucional, salvo el recurso de amparo por Gastos legales: Hasta 250€
vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas
contra decisiones judiciales.
8. La reclamación de daños morales o patrimoniales que no deriven
o sean consecuencia de una daño material o corporal.
9. Las reclamaciones contra el causante del hecho que da lugar
Tenga en cuenta en caso de siniestro
a la cobertura que sea, respecto del Asegurado, pariente
en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil por
consanguinidad o afinidad. Queda asimismo excluida la defensa Si opta por un abogado o procurador de su libre elección, deberá
del asegurado frente a las reclamaciones de las personas que comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre
con él guarden alguno de los vinculos de parentesco indicados. de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su
intervención.
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos
partes estén aseguradas en Mutua Madrileña se lo notificaremos
al asegurado para que pueda designar a los profesionales que
estime conveniente y Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta
el límite establecido en las Condiciones Particulares
Es condición necesaria para el inicio de cualquier trámite que la
compañía declare procedente la reclamación.
Mutua Madrileña iniciará siempre la reclamación en vía amistosa
y se reserva la exclusividad en esta gestión previa.
Si se alcanza un acuerdo amistoso y no le satisface, puede
proseguir por su cuenta la reclamación y le reembolsaremos los
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, siempre
que obtenga un resultado más favorable.
144 145
[Seite 74]
6. Coberturas de
contratación opcional
Si no se alcanza un acuerdo amistoso, Mutua Madrileña podrá
iniciar la reclamación judicial, salvo que la considere inviable o
temeraria.
Si opta por un Abogado o Procurador de su libre elección, deberá
6. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre
de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su
intervención.
Si ha optado por acudir por su cuenta a la vía judicial y, si obtiene
un resultado más favorable, le reembolsaremos los gastos hasta
la cantidad fijada en Condiciones Particulares.
Siempre que el Juzgado o Tribunal no condene en costas a la parte
contraria, Mutua Madrileña reembolsará al Asegurado los honorarios
pagados hasta el equivalente al precio medio de mercado, sin que
en ningún caso pueda superarse el maximo de la suma asegurada
indicada en las Condiciones Particulares, siendo a cargo del
Asegurado el exceso.
Ese precio medio de mercado se verá reducido o incrementado,
teniendo en consideración los siguientes criterios:
El trabajo efectivamente realizado.
La complejidad jurídica del asunto y/o la laboriosidad del caso o la
prueba practicada.
El resultado obtenido.
Lo que en casos similares sobran otros abogados.
El límite máximo fijado en Condiciones Particulares se aplica
con independencia del número de reclamantes o profesionales
designados en un mismo siniestro.
En caso de disconformidad con la actuación del experto
designado por Mutua Madrileña, el asegurado podrá elegir a los
profesionales que desee, siendo a cargo de Mutua Madrileña los
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares.
146 147
[Seite 75]
APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS
3
APLICABLE
A TODAS LAS COBERTURAS
[Seite 76]
Legislación que aplica
a su contrato
Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las
Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de
aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la
página www.mutua.es:
LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO
Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento.
Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de
servicios financieros destinados a los consumidores.
Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y
otras medidas urgentes en materia financiera.
Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las
enumeradas.
Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia de Grupo
Mutua Madrileña en www.grupomutua.es/corporativa/informes-regulatorios.jsp.
Se destacan especialmente en estas Condiciones Generales
aquellas cláusulas limitativas de sus derechos así como las
exclusiones de cobertura de la póliza.
150 151
[Seite 77]
Qué le interesa saber
de su contrato...
1. Entrada en vigor y firma 3. Ámbito Territorial
Este contrato asegura los riesgos que son objeto de cobertura de Se garantizan los siniestros producidos en territorio español que sean
acuerdo con los límites pactados en las Condiciones Generales, competencia de los Juzgados y Tribunales españoles.
QUÉ LE INTERESA SABER DE SU CONTRATO...
Particulares, Especiales y Suplementos que forman parte de él.
La cobertura de Reclamación de Daños, dentro de Defensa Jurídica,
Tiene que devolver el contrato a Mutua Madrileña firmado. surte efecto también en Andorra.
Este contrato entra en vigor en el día y hora reflejados en las Además, surtirán efecto en la Unión Europea
Condiciones Particulares. (ver países en www.mutua.es):
Para que este contrato tenga efecto, el recibo de la prima debe haber Responsabilidad Civil.
sido pagado. Desplazamiento por vacaciones.
Y en todo el mundo, la cobertura de Accidentes Corporales.
2. Duración
El contrato es anual y se prorrogará automáticamente cada año, 4. Préstamo hipotecario
salvo que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra su
voluntad de no renovarlo. Cuando exista sobre la vivienda asegurada un préstamo hipotecario,
será de aplicación lo establecido en art. 40-42 de la Ley de contrato de
Esta comunicación deberá hacerse con antelación a la fecha de seguro.
vencimiento del contrato:
Si es el tomador, deberá hacerlo un mes antes.
Si es Mutua Madrileña, la antelación será de dos meses.
En caso de solicitar la anulación del contrato por cualquier motivo
antes del vencimiento no se devolverá la parte de la prima no
consumida.
152 153
[Seite 78]
Como tomador su
obligación es...
1. Pago de la prima Madrileña se lo comunicará al tomador indicándole que, de no
pagarlo, el contrato quedará automáticamente resuelto y el mutualista
quedará sin cobertura alguna.
Deberá pagar el importe de la prima mediante tarjeta, domiciliación bancaria
o cualquiera de las formas de pago que Mutua Madrileña tenga disponibles.
Mutua Madrileña pondrá a disposición del tomador, tanto en el área privada
Aplazado
COMO TOMADOR SU OBLIGACIÓNN ES...
como en la App, un justificante de pago que también podrá solicitar en
papel.
Disponemos también de un sistema de pago aplazado, que se
aplicará cuando expresamente lo solicite y Mutua Madrileña acepte.
Deberá facilitar a Mutua Madrileña los datos de su cuenta bancaria o los
necesarios según la forma de pago seleccionada para poder proceder al
Mutua Madrileña podrá denegar este sistema de pago en cualquiera
abono de la prima y firmar la autorización de pagos que se incluye en las
de las prórrogas del contrato y se lo comunicaremos, al menos 2
Condiciones Particulares
meses antes de su vencimiento, volviendo al sistema de pago anual.
La prima inicial está fijada en las Condiciones Particulares. Para sucesivas
El primer recibo incorporará, además del importe de una de las
prórrogas del contrato, la prima podrá actualizarse teniendo en cuenta:
fracciones de prima, una parte de los impuestos y los recargos.
Los recibos siguientes serán del mismo importe e incluirán la fracción
La adaptación de las sumas aseguradas según el IPC anual. Esta
de prima y los impuestos que resten.
adaptación no se producirá para la cobertura de Responsabilidad Civil
ni para los límites de indemnización fijos o porcentuales establecidos
En caso de impago de cualquiera de los recibos, Mutua Madrileña se
en las Condiciones Particulares.
lo notificará, permitiéndole pagar el importe del recibo impagado en el
plazo que se le comunique e indicándole que, de no efectuar el pago,
Criterios técnico actuariales.
el contrato quedará automáticamente resuelto.
Modificaciones de garantías u otros elementos del contrato
El impago de cualquiera de los recibos paraliza la emisión del siguiente
(características de la vivienda, domicilio, etc.) que supongan la
recibo.
agravación o disminución del riesgo.
a.Sistemas de pago
Anual
La prima se pagará en la fecha de vencimiento del recibo.
Si presentado el recibo al cobro este no fuera abonado, Mutua
154 155
[Seite 79]
Como tomador su
obligación es...
b.En caso de impago 2. Declaración exacta del riesgo
Régimen aplicable al impago de la primera anualidad de prima El contrato se ha realizado de acuerdo con su declaración al
cuestionario de contratación, que supone la aceptación del riesgo por
OPCIONAL
En caso de impago del recibo de prima anual o de cualquiera de los Mutua Madrileña, la fijación de la prima y la forma y alcance en que
ES...
recibos de pago aplazado, Mutua Madrileña no cubrirá los siniestros será indemnizado en caso de siniestro.
que se produzcan.
Su declaración al cuestionario de contratación ha de ser veraz e incluir
SU OBLIGACIÓNN
Si se resolviera el contrato por esta causa, la fracción o fracciones todas las circunstancias que puedan afectar al riesgo.
DE CONTRATACIÓN
de prima pagadas corresponderán a Mutua Madrileña, que no estará
obligada a devolver cantidad alguna. Mientras el contrato esté en vigor se tiene que comunicar a
Mutua Madrileña cualquier circunstancia que modifique el riesgo
Si el contrato no hubiera sido resuelto, la cobertura volverá a tener asegurado.
efecto a las 24 horas del día en que se pague el recibo pendiente.
Si se incumplen estas obligaciones, Mutua Madrileña podrá:
COMO TOMADOR
Régimen aplicable a la segunda y sucesivas anualidades de prima En caso de siniestro, reducir la indemnización proporcionalmente
entre la prima del contrato y la que correspondería si el riesgo se
5. COBERTURAS
Se aplicará el mismo régimen del apartado anterior, salvo lo siguiente: hubiera declarado correctamente.
En caso de impago del recibo de prima anual o del primero de los Rechazar el siniestro.
recibos de pago aplazado, Mutua Madrileña no cubrirá los siniestros
producidos a partir del mes siguiente a la fecha de efecto del recibo Rescindir el contrato de conformidad con el artículo 12 de la Ley de
impagado (mes de gracia). Contrato de Seguro.
Si Mutua Madrileña no reclama el pago dentro de los 6 meses
siguientes al vencimiento del recibo de prima anual o primer recibo de
pago aplazado, el contrato se extinguirá automáticamente transcurrido
dicho plazo
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En caso de siniestro
no olvide que...
1. Plazo para comunicar el siniestro
Deberá comunicar el siniestro a Mutua Madrileña dentro del plazo
máximo de 7 días desde que supo de su ocurrencia.
EN CASO DE SINIESTRO NO OLVIDE QUE...
Mutua Madrileña le podrá reclamar los daños y perjuicios que por esta
falta de comunicación se hubieran ocasionado.
Antes de que se efectúe cualquier reparación, Mutua Madrileña
comprobará los daños ocasionados por el siniestro. El asegurado no
podrá reparar por su cuenta sin contar con la autorización previa de
Mutua Madrileña, salvo en casos de urgencia. Si se incumple esta
obligación, Mutua Madrileña no se hará cargo del pago de las
reparaciones efectuadas.
2. Facilitar información y colaborar
con Mutua Madrileña
Deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias
del siniestro.
Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias
del siniestro, incluidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y
colaborar con Mutua Madrileña, especialmente si el asunto termina en los
Tribunales de Justicia.
Deberá colaborar con los peritos y demás profesionales de Mutua Madrileña
durante la tramitación del siniestro.
Deberá conservar los restos del siniestro hasta que se determinen los daños.
y en caso de imposibilidad, acreditar los mismos mediante fotografías u otros medios.
No podrá negociar, admitir, ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados
relativas al siniestro sin la autorización expresa de Mutua Madrileña.
Si después de un siniestro fuera indemnizado por un tercero o se recuperase
el bien asegurado, está obligado a comunicarlo a Mutua Madrileña a la mayor
brevedad posible a fin de reintegrar la indemnización percibida en exceso.
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Cómo se valora
un siniestro
Los daños en los bienes asegurados se tasarán como si se sustituyeran
por uno nuevo (valor de nuevo), sin depreciaciones por ser antiguos, estar
desgastados o fuera de uso, con las siguientes excepciones:
Cuando la depreciación supere el 75% de su valor de nuevo.
Los bienes en mal estado de conservación o mantenimiento.
CÓMO SE VALORA UN SINIESTRO
Los aparatos eléctricos y electrónicos con más de 5 años desde
su fecha de fabricación.
Las joyas y objetos de valor especial.
En estos casos, la tasación se hará por el valor real y hasta el límite
establecido en las Condiciones Particulares.
Si hubiera disconformidad con la valoración de Mutua Madrileña se estará a
lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver
www.mutua.es) que determina que las partes designarán cada una a un
perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien
determine la valoración.
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Cómo se indemniza
un siniestro
La indemnización se cuantificará de acuerdo con:
La tasación de los daños. Solo se abonará el IVA con la aportación previa
de una factura.
Los capitales asegurados establecidos en las Condiciones Particulares.
CÓMO SE INDEMNIZA UN SINIESTRO
Los límites de indemnización establecidos en las Condiciones Particulares.
Además se tendrán en cuenta las siguientes normas para el cálculo de
indemnización:
Regla proporcional: se aplica cuando el capital asegurado es
inferior al valor del bien asegurado.
Fórmula a aplicar:
Ejemplo: el capital asegurado de la vivienda es 75.000€ y el valor
una vez hecha la tasación es de 100.000€. En este caso si se
produjera un siniestro, la indemnización se reduciría un 25%, que
es la diferencia entre el capital asegurado y el valor del bien.
No se aplicará la regla proporcional y Mutua Madrileña pagará el
importe íntegro de los daños, hasta el límite establecido en las
Condiciones Particulares:
Cuando el tomador haya aceptado los capitales recomendados
por Mutua Madrileña.
Cuando la diferencia entre el capital asegurado y el valor del
bien no supere el 15%.
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Cómo se indemniza
un siniestro
Regla de equidad: se aplica en caso de declaración inexacta del La vivienda se suele asegurar por la comunidad de propietarios
riesgo (ver apartado “Como tomador su obligación es…”). según el coeficiente de participación del propietario en la misma.
En caso de siniestro, se reducirá la indemnización En caso de daño parcial, se indemnizará por el coste de
proporcionalmente a la diferencia entre la prima abonada y la reparación de la parte dañada.
prima que correspondería pagar si el riesgo se hubiera declarado
correctamente. En las colecciones de cualquier tipo se indemnizarán solo las
CÓMO SE INDEMNIZA UN SINIESTRO
partes o piezas dañadas, sin tener en cuenta la pérdida del valor
Fórmula a aplicar: del conjunto de la colección.
En caso de daños en objetos de valor especial, si no se aseguran
de manera opcional, se indemnizará por un importe máximo de
1.800€.
En caso de daños en joyas, si no se aseguran de manera
Ejemplo: los metros declarados de la vivienda son 75 m , que
2 opcional, se indemnizará hasta el límite del 10% de la suma
se corresponde con una prima de 150€, y los metros reales de asegurada por mobiliario con un máximo de 6.000€. En todos los
la vivienda son 100 m2 , que correspondería una prima de 200€. casos, el límite será de 3.000€ por joya.
En este caso si se produjera un siniestro, la indemnización se
reduciría un 25%, que es la diferencia entre la prima abonada y la
que correspondería pagar.
Si existiera más de un contrato de seguro sobre el mismo bien y,
ocurriera un siniestro, la indemnización se realizará en la parte
proporcional del capital asegurado en cada uno de los contratos.
La indemnización total a cargo de todos los contratos, nunca
podrá superar el valor del bien dañado.
Ejemplo: si una vivienda está asegurada por el propietario y por la
comunidad de propietarios, habría que calcular primero el capital
asegurado por cada contrato y después repartir la indemnización
en esa misma proporción.
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Este seguro no cubre...
Exclusiones Generales: 8. Los daños debidos a deslizamientos, hundimientos,
reblandecimiento del terreno y corrimientos de tierra.
a. Para todas las coberturas del seguro. 9. Los daños causados por ocupantes ilegales de la vivienda,
salvo contratación expresa de la garantía opcional Anti-
Los daños y perjuicios: ocupación.
1. Causados por guerras, huelgas, manifestaciones o cualquier b. Para las coberturas sobre daños en CONTINENTE y
otro acto tumultuario o por siniestros calificados oficialmente CONTENIDO.
ESTE SEGURO NO CUBRE...
de catástrofe o calamidad nacional.
Además de las Exclusiones Generales anteriores, quedan
2. Causados en una vivienda que carezca de los requisitos excluidos los daños y perjuicios:
administrativos necesarios para ser habitada.
1. Distintos a la reparación o sustitución del bien, salvo los
3. Causados por la radiación nuclear o la contaminación previstos en la garantía de inhabitabilidad y pérdida de
radioactiva. alquileres. Por ejemplo, la pérdida de ingresos.
4. Causados por acontecimientos extraordinarios cubiertos 2. Causados por el estado ruinoso del inmueble o debidos a su
por el Consorcio de Compensación de Seguros, tales como falta de mantenimiento.
inundaciones, terremotos y catástrofes naturales.
3. Los que tengan su causa en vicios ocultos o defectos de
fabricación o construcción de cualquiera de los elementos
5. Causados por dolo o culpa grave del tomador, asegurado,
de la vivienda. Esta exclusión no se aplica a la cobertura de
propietario e inquilino; familiares, empleados domésticos
Protección Legal.
o personas que convivan con aquéllos, incluso cuando
cualquiera de estas personas participe de manera indirecta en 4. Producidos por termitas, polillas, gusanos, roedores o
la producción del daño. cualquier clase de plagas o insectos.
Igualmente y en los mismos términos quedan excluidos los
daños causados por dolor o culpa grave de los responsables 5. Producidos por el desgaste normal del bien asegurado.
de los animales titularidad del asegurado.
6. Originados por la mala instalación o montaje de los bienes
asegurados.
7. Producidos durante la realización de obras de reparación,
remodelación o reconstrucción de la vivienda que requieran
licencia administrativa (por ejemplo, licencia de obra).
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Protección al asegurado ante
quejas y reclamaciones
PROTECCIÓN AL ASEGURADO ANTE QUEJAS Y RECLAMACIONES
Protección del asegurado
Si durante la prestación de un servicio por parte del Grupo Mutua Madrileña
desea trasladarnos alguna incidencia, queja o reclamación, podrá
hacerlo llamando al teléfono 91 555 55 55, dirigiéndose al correo electrónico
reclamaciones@mutua.es, registrando la misma en el Área Personal (https://
www.mutua.es/area-privada/reclamaciones) de la web Mutua, presencialmente
en cualquiera de nuestras oficinas o por correo postal a la dirección Pº de la
Castellana nº 33 (28046 Madrid).
¿Quién puede hacerlo?
El tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o herederos de
cualquiera de ellos.
¿Qué sucede después?
El departamento donde se ha originado la incidencia, la estudiará en detalle y
contactará con usted para darle una respuesta.
Si la respuesta proporcionada por el Área no resulta de su conformidad, usted
tiene la posibilidad de dirigirse al Departamento de Atención al Mutualista, al
Asegurado y al Cliente, por escrito, a la dirección de correo postal Paseo de la
Castellana 33, 28046 Madrid; al Fax: 91 592 26 66 o al email asinf@mutua.es.
Este Departamento procederá a emitir una resolución en el plazo de un mes.
En caso de que persista su disconformidad, podrá acudir al Defensor del
Mutualista, del Asegurado y del Cliente. Para ello, previamente tiene que haber
una resolución del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y
al Cliente del Grupo Mutua Madrileña Automovilista. Puede dirigir su escrito a
nombre del Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente, en la dirección
Paseo de la Castellana 33, 28046 Madrid o al email defensor@mutua.es. El
Defensor dispone de un plazo de dos meses para dictar su resolución.
Asimismo, le informamos que podrá acudir al Servicio de Reclamaciones de la
Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, Paseo de la Castellana
44, 28046 Madrid (página web: www.mineco.es), o al de la CNMV, Calle Edison
4, 28006 Madrid (página web www.cnmv.es), después de recibir la resolución
del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y al Cliente.
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
CLÁUSULA DE INDEMNIZACIÓN POR EL CONSORCIO DE
COMPENSACIÓN DE SEGUROS DE LAS PÉRDIDAS DERIVADAS
DE ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS EN SEGUROS
CON COBERTURAS COMBINADAS DE DAÑOS A PERSONAS
Y EN BIENES Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN VEHÍCULOS
TERRESTRES AUTOMÓVILES
Le informamos que, de acuerdo con la normativa actualmente en vigor, el
Consorcio de Compensación de Seguros cuenta con una nueva cláusula de
cobertura de riesgos extraordinarios.
De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto legal
del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el tomador de un contrato de seguro
de los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada
entidad pública empresarial tiene la facultad de convenir la cobertura de los
riesgos extraordinarios con cualquier entidad aseguradora que reúna las
condiciones exigidas por la legislación vigente.
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por
acontecimientos extraordinarios acaecidos en España, y que afecten a
riesgos en ella situados y, en el caso de daños a las personas, también los
acaecidos en el extranjero cuando el asegurado tenga su residencia habitual
en España, serán pagadas por el Consorcio de Compensación de Seguros
cuando el tomador hubiese satisfecho los correspondientes recargos a su
favor y se produjera alguna de las siguientes situaciones:
a) Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación
de Seguros no esté amparado por la póliza de seguro contratada con la
entidad aseguradora.
b) Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones
de la entidad aseguradora no pudieran ser cumplidas por haber
sido declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un
procedimiento de liquidación intervenida o asumida por el Consorcio de
Compensación de Seguros.
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a lo b) Los ocasionados en bienes asegurados por contrato de seguro distinto
dispuesto en el mencionado Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 de a aquellos en que es obligatorio el recargo a favor del Consorcio de
octubre, de Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro de riesgos Compensación de Seguros.
extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y c) Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a su
en las disposiciones complementarias. manifiesta falta de mantenimiento.
d) Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la
Resumen de las normas legales declaración oficial de guerra.
e) Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en
1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos: la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños
nucleares o producidos por materiales radiactivos. No obstante,
a) Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; lo anterior, sí se entenderán incluidos todos los daños directos
inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de ocasionados en una instalación nuclear asegurada, cuando sean
mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo consecuencia de un acontecimiento extraordinario que afecte a la
los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los propia instalación.
tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos. f) Los debidos a la mera acción del tiempo, y en el caso de bienes total
b) Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, o parcialmente sumergidos de forma permanente, los imputables a la
rebelión, sedición, motín y tumulto popular. mera acción del oleaje o corrientes ordinarios.
c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y g) Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los
Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. señalados en el apartado 1.a) anterior y, en particular, los producidos
Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento
la caída de cuerpos siderales se certificarán, a instancia del Consorcio o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos
de Compensación de Seguros, mediante informes expedidos por la similares, salvo que éstos fueran ocasionados manifiestamente por
Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la
y los demás organismos públicos competentes en la materia. En los zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con
casos de acontecimientos de carácter político o social, así como en el carácter simultáneo a dicha inundación.
supuesto de daños producidos por hechos o actuaciones de las Fuerzas h) Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de
Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto
Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de
jurisdiccionales y administrativos competentes información sobre los reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que
hechos acaecidos. las citadas actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos
extraordinarios de los señalados en el apartado 1.b) anterior.
2. Riesgos excluidos: i) Los causados por mala fe del asegurado.
j) Los derivados de siniestros por fenómenos naturales que causen
a) Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de daños a los bienes o pérdidas pecuniarias cuando la fecha de emisión
Seguro. de la póliza o de efecto, si fuera posterior, no preceda en siete días
naturales a aquél en que ha ocurrido el siniestro, salvo que quede
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
demostrada la imposibilidad de contratación anterior del seguro b) En el caso de pérdidas pecuniarias diversas, la franquicia a cargo del
por inexistencia de interés asegurable. Este período de carencia asegurado será la misma prevista en la póliza, en tiempo o en cuantía,
no se aplicará en el caso de reemplazo o sustitución de la póliza, para daños que sean consecuencia de siniestros ordinarios de pérdida
en la misma u otra entidad, sin solución de continuidad, salvo en la de beneficios. De existir diversas franquicias para la cobertura de
parte que fuera objeto de aumento o nueva cobertura. Tampoco se siniestros ordinarios de pérdida de beneficios, se aplicarán las previstas
aplicará para la parte de los capitales asegurados que resulte de la para la cobertura principal.
revalorización automática prevista en la póliza. c) Cuando en una póliza se establezca una franquicia combinada para
k) Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la daños y pérdida de beneficios, por el Consorcio de Compensación
primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Seguros se liquidarán los daños materiales con deducción de la
de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación franquicia que corresponda por aplicación de lo previsto en el apartado
de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta a) anterior, y la pérdida de beneficios producida con deducción de la
de pago de las primas. franquicia establecida en la póliza para la cobertura principal, minorada
l) En el caso de los daños a los bienes, los indirectos o pérdidas en la franquicia aplicada en la liquidación de los daños materiales.
derivadas de daños directos o indirectos, distintos de las pérdidas
pecuniarias delimitadas como indemnizables en el Reglamento II. En los seguros de personas no se efectuará deducción por franquicia.
del seguro de riesgos extraordinarios. En particular, no quedan
comprendidos en esta cobertura los daños o pérdidas sufridas 4. Extensión de la cobertura
como consecuencia de corte o alteración en el suministro exterior de
energía eléctrica, gases combustibles, fuel-oil, gasoil, u otros fluidos, ni 1) La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a los mismos
cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas distintas de las citadas bienes o personas, así como las mismas sumas aseguradas que se
en el párrafo anterior, aunque estas alteraciones se deriven de una hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura
causa incluida en la cobertura de riesgos extraordinarios. de los riesgos ordinarios.
m) Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el 2) No obstante lo anterior:
Gobierno de la Nación como de «catástrofe o calamidad nacional». a) En las pólizas que cubran daños propios a los vehículos a motor
n) En el caso de la responsabilidad civil en vehículos terrestres la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
automóviles, los daños personales derivados de esta cobertura. Compensación de Seguros garantizará la totalidad del interés
asegurable, aunque la póliza ordinaria sólo lo haga parcialmente.
3. Franquicia b) Cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza
de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles,
I. La franquicia a cargo del asegurado será: la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
a) En el caso de daños directos, en los seguros contra daños en las cosas Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo en el
la franquicia a cargo del asegurado será de un siete por ciento de la estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior
cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro. No a la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general
obstante, no se efectuará deducción alguna por franquicia a los daños aceptación en el mercado.
que afecten a viviendas, a comunidades de propietarios de viviendas, ni c) En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en
a vehículos que estén asegurados por póliza de seguro de automóviles. el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del
Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre
riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma el procedimiento a seguir, el Consorcio dispone del siguiente
asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora teléfono de atención al asegurado: 900 222 665.
que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe
correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la
mencionada entidad aseguradora.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda
al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante
comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el
beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los
anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con
cuya intervención se gestionará el seguro.
2. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información
relativa al procedimiento y al estado de tramitación de los siniestros podrá
realizarse:
− Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de
Compensación de Seguros (900 222 665 o 952 367 042).
− A través de la página web del Consorcio de Compensación de
Seguros (www.consorseguros.es).
3. Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten
indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al contenido de
la póliza de seguro se realizará por el Consorcio de Compensación de
Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su
caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos
ordinarios.
4. Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros
realizará el pago de la indemnización al beneficiario del seguro mediante
transferencia bancaria.
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Para cualquier gestión con su seguro de hogar, contacte
con nosotros a través de:
Teléfono:
Siniestros Hogar:
91 555 55 55
Horario de atención: Disponible las 24 horas y los 365 días del año.
Gestión de Póliza:
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Horario de atención: L-V de 8:30h a 21:00h y sábados de 9:00h
a 13:00h.
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Modificación y gestión de póliza: hogar@mutua.es
Gestión de siniestros: documentacion@mutua.es
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