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MM Hogar Global
Condiciones Generales
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MUTUA MADRILEÑA, S.S.A.P.F., con domicilio social en Madrid, Paseo de la
Castellana, 33, 28046Madrid, NIF: V-28027118, inscrita en el Registro Mercantil Nº 1
de Madrid, Tomo: 1 de Mutua a Prima Fija, Folio: 56, Hoja: 4; Inscripción 2ª N.I.F.
V-28027118 y en la Dirección General de Seguros con la clave M0083.
Condiciones código: HG2507
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Índice
INFORMACIÓN GENERAL 3 DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
¿Qué cubre el Seguro de MM Hogar Global?................................. Pág.9 Responsabilidad Civil.................................................................... Pág.70
Resumen de Coberturas..................................................................... Pág.10
Términos que vamos a usar en su contrato............................................. Pág.19 4 ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR
COBERTURAS Asistencia en el hogar.................................................................... Pág.78
DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA
5 COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
1 COBERTURAS PRINCIPALES
Protección legal ............................................................................. Pág.86
Incendio, explosión y caída de rayo.................................................. Pág.32 Joyas y objetos de valor especial.................................................... Pág.94
Fenómenos atmosféricos............................................................... Pág.34 Avería de electrodomésticos global............................................... Pág.95
ÍNDICE
Agua.............................................................................................. Pág.35 Asistencia informática..................................................................... Pág.97
Daños eléctricos............................................................................ Pág.38 Asistencia mascotas y animales de compañía.............................. Pág.106
Rotura de cristales.......................................................................... Pág.39 Accidentes corporales.................................................................... Pág.107
Actos Vandálicos............................................................................ Pág.41 Mantenimiento....................................................................... Pág.111
Robo............................................................................................ Pág.43 Antiocupación.................................................................. Pág.114
Hurto............................................................................................. Pág.46 Calderas y Calentadores de gas o gasoiI.................................. Pág.129
Otros daños................................................................................... Pág.48 Eco Placas Solares......................................................................... Pág.133
Eco Punto de Recarga........................................................ Pág.136
1 COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES Rotura Pantalla de Teléfonos Móviles...................................... Pág.138
Daños estéticos ............................................................................. Pág.52 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS
Reposición de llaves y cerraduras.................................................. Pág.53
Inhabitabilidad................................................................................ Pág.55 Legislación que aplica a su contrato............................................... Pág.145
Reconstrucción de documentos..................................................... Pág.56 ¿Qué le interesa saber de su contrato?......................................... Pág.146
Alimentos en frigorífico................................................................... Pág.58 Como tomador su obligación es ................................................... Pág.148
En caso de siniestro no olvide que................................................. Pág.153
2 DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA Cómo se valora el siniestro............................................................ Pág.155
Cómo se indemniza el siniestro..................................................... Pág.157
Utilización fraudulenta de cheques y tarjetas de crédito................. Pág.62 Este seguro no cubre..................................................................... Pág.160
Atraco............................................................................................ Pág.64 Protección al asegurado ante quejas y reclamaciones................... Pág.163
Desplazamiento por vacaciones..................................................... Pág.66 Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros.................. Pág.165
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INFORMACIÓN GENERAL
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INFORMACIÓN GENERAL
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¿Qué cubre el Seguro
de MM Hogar Global?
Los principales daños ocasionados en su vivienda, en función de lo que haya
contratado: continente o contenido. Como por ejemplo:
¿QUÉ CUBRE EL SEGURO DE MM HOGAR GLOBAL?
Los daños que se produzcan en su vivienda como consecuencia
de incendio, agua, fenómenos atmosféricos y daños eléctricos.
La rotura accidental de cristales, placas vitrocerámicas,
mármoles y otros materiales en el interior de la vivienda.
El robo y el hurto en el interior de su vivienda, así como el
atraco fuera de ella, incluyendo el uso fraudulento de sus
tarjetas de crédito.
Los daños estéticos producidos por un siniestro
cubierto, para dejar su casa como antes.
La sustitución de las llaves y cerraduras de las puertas de
acceso a la vivienda en caso de robo, hurto y extravío.
Los daños materiales o personales que pueda causar a
terceras personas.
Asistencia para todo lo que pueda necesitar en su hogar
las 24h, cualquier día del año.
En el apartado “Coberturas” pasamos a explicar cada una de las coberturas que
tiene incluidas, así como otras opcionales que le permiten personalizar su póliza.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Incendio,
Los daños materiales producidos por incendio,
explosión y Además están cubiertos los gastos ocasionados para la extinción, demolición y desescombro.
explosión o caída de rayo.
caída de rayo
Los daños materiales causados por lluvia,
Fenómenos • La lluvia deberá ser superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
viento, pedrisco, inundación o nieve y gastos
atmosféricos • El viento deberá tener una velocidad que esté entre 80 y 120 kilómetros por hora.
de desembarre.
RESUMEN DE COBERTURAS
Los daños materiales causados por: Los escapes, roturas o atascos cubiertos deberán proceder de:
- escapes. - Conducciones privativas de agua.
- roturas o atascos.
Agua - Aparatos de uso doméstico conectados a ellas.
- filtraciones procedentes de viviendas
contiguas o superiores y omisión del cierre de - Instalaciones de calefacción o aire acondicionado.
llaves o grifos de agua. - Depósitos fijos.
Daños Los daños materiales causados por subidas o • Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedarán cubiertas las instalaciones electricas.
eléctricos bajadas de tensión y cortocircuitos. • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertos los aparatos eléctricos o electrónicos.
Rotura de
cristales, placas • Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedarán cubiertas la loza sanitaria (lavabo, bidé, inodoro, etc.),
vitroceramicas, La rotura accidental de cristales, placas cristales de puertas o ventanas y espejos encastrados.
COBERTURAS mármoles vitroceramicas, mármoles y otros materiales. • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertas las lunas, espejos y cristales, mármoles, granito,
PRINCIPALES y otros piedra natural y cristal de la placa vitrocerámica.
materiales
Actos Los daños materiales producidos por actos
malintencionados (por ejemplo rotura de un Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
vandálicos cristal a consecuencia de una piedra).
• Los daños materiales y pérdidas producidas
por el robo en el interior de la vivienda. • Es robo la sustracción con fuerza o violencia en las cosas o en las personas.
Robo • El robo del mobiliario que se encuentre en • Las construcciones anexas deberán estar cerradas con llave.
construcciones anexas (por ejemplo en garajes • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
o trasteros).
Las pérdidas causadas por hurto en el interior de la • Es hurto la sustracción sin fuerza o violencia en las cosas o en las personas.
Hurto vivienda (por ejemplo un televisor). • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
Los daños materiales causados por impacto de
animales o vehículos que no sean del asegurado, así
Otros daños Recuerde que los daños materiales producidos por la acción continuada del humo no se cubren.
como los causados por el humo debido a fugas o
escapes accidentales.
Para más detalle sobre coberturas y limites de indemnización no olvide consultar las
Condiciones Particulares y Generales de su póliza.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Los gastos para dejar la estancia afectada como
Daños estéticos Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTINENTE.
antes del siniestro.
Los gastos de la sustitución de las llaves y cerraduras
Reposición
de las puertas de acceso a la vivienda ocasionados como • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
de llaves
consecuencia de robo, atraco, hurto o extravío • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
y cerraduras
RESUMEN DE COBERTURAS
de las llaves.
• Si tiene asegurado el CONTINENTE, quedará cubierta la renta del alquiler de una vivienda de características
Los gastos ocasionados en caso de que su vivienda
COBERTURAS similares a la asegurada durante un año como máximo.
Inhabitabilidad quedara inhabitable y tuviera que irse a vivir fuera de
QUE • Si tiene asegurado el CONTENIDO, quedará cubierto el coste del traslado de los objetos personales
ella temporalmente.
COMPLEMENTAN y el mobiliario.
A LAS
PRINCIPALES
Los gastos de reposición de cualquier documento de
Reconstrucción uso privado que esté en la vivienda y que haya sido
Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
de documentos dañado por un siniestro cubierto (escrituras públicas,
DNI, pasaporte, títulos académicos, etc).
• Los daños cubiertos deberán ser causados por:
Los gastos por la pérdida o deterioro de los alimentos - La avería del frigorífico o congelador.
Alimentos
refrigerados y medicamentos que hubiera en el - El fallo del suministro público de la red eléctrica general durante más de 6 horas.
en frigoríficos
frigorífico o congelador. • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
• Deberá presentar documentación que lo acredite.
Utilización • Recuerde que estará cubierto el uso fraudulento efectuado en las 48 horas anteriores a la
fraudulenta comunicación a la entidad bancaria.
La utilización fraudulenta de las tarjetas de crédito.
tarjetas • Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
de crédito • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
DAÑOS FUERA • Deberá existir fuerza o violencia en las personas.
DE SU VIVIENDA Los daños materiales y pérdidas materiales causados
Atraco • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
por atraco fuera de la vivienda.
• Solo si tiene asegurado el CONTENIDO.
Desplazamiento Las pérdidas o daños materiales durante un viaje por
Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
por vacaciones vacaciones.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
DAÑOS QUE • Si tiene contratado CONTINENTE, se cubrirán los daños como propietario de la vivienda (por ejemplo daños
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios por agua al vecino).
CAUSE A Responsabilidad
ocasionados a terceras personas por el asegurado o • Si tiene contratado CONTENIDO, se cubrirán los daños causados a terceras personas en el ambito de su vida
TERCERAS Civil sus familiares. diaria (por ejemplo mordedura de su perro).
PERSONAS • Facilite toda la información y colabore con Mutua Madrileña. Nosotros nos encargamos de todo.
RESUMEN DE COBERTURAS
ASISTENCIA
PARA LO QUE Asistencia en el La prestación de la asistencia necesaria en caso de • Se cubren las emergencias del hogar.
NECESITE EN hogar tener dificultades en su vivienda. • Y además, si necesita alguna reparación o reforma en su vivienda, contacte con nosotros en el teléfono:
SU HOGAR 91 555 55 55 y en www.mmhogarteayuda.es.
La ayuda legal que necesite en las actividades de
Protección legal su vida privada mediante asesoramiento telefonico Le atenderemos telefónicamente de lunes a viernes de 09:00 h a 20:00 h, salvo urgencias (24 horas).
y defensa jurídica.
El robo o los daños materiales de joyas y objetos • Es necesario haber acreditado de forma detallada en la contratación la existencia de las joyas y objetos
Joyas y objetos
de valor especial declarados en la póliza y que se de valor especial.
de valor especial produzcan dentro de la vivienda. • Deberá presentar denuncia ante las autoridades competentes y remitirla a Mutua Madrileña.
Avería de Los gastos de piezas y mano de obra necesarios para • Solo si tiene asegurado el CONTENIDO, quedarán cubiertos los siguientes electrodomésticos: televisores, el
electrodomésticos reparar el electrodoméstico dañado por una avería frigorífico, la lavadora, la secadora y el lavavajillas.
global mecánica, eléctrica o electrónica. • Estarán cubiertos los electrodomésticos con más de 2 años de antigüedad y menos de 10.
Los servicios en caso de incidencias informáticas
COBERTURAS relacionadas con:
OPCIONALES - Asistencia telefónica y remota.
- Recuperación de datos. • El número de consultas de este servicio es ilimitado.
Asistencia
- Rastreo de ordenadores perdidos o robados. • Para el servicio de manitas tecnológico será necesario que el manual de utilización del dispositivo
informática - Borrado digital. se encuentre disponible en internet y en castellano.
- Control parental.
- Copia de seguridad online.
- Manitas Tecnológico.
Asistencia Servicio telefónico sobre orientación veterinaria y sobre
sacrificio e incineración de los animales domesticos de El número de consultas de este servicio es ilimitado, 24 horas al día, 365 días al año.
mascotas su propiedad y que convivan en su vivienda.
En caso de accidente en su vida privada:
• Envíe a Mutua Madrileña la documentación que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización.
Accidentes - La indemnización por fallecimiento o invalidez • La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña que se ocupará del envío de los
corporales permanente absoluta.
profesionales necesarios.
- Servicios de asistencia.
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Resumen de Coberturas del
Seguro MM Hogar Global
COBERTURAS ¿QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA…
Las reparaciones necesarias en su vivienda
de los siguientes elementos:
- Bañeras y platos de ducha.
- Mecanismo de cisterna del inodoro.
- Llaves de paso y grifos.
Mantenimiento - Elementos fijos de loza sanitaria. Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTINENTE.
RESUMEN DE COBERTURAS
- Válvula y rebosadero.
- Gomas de desagüe y tomas de agua
de los electrodomésticos.
- Radiador.
- Conducciones privativas.
- Persianas.
Asistencia legal para el proceso de recuperación
de la vivienda, y además incluye compensación Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o policiales presentadas
Antiocupación
por los costes económicos que se deriven para recuperar la posesión.
de la pérdida temporal de su vivienda.
COBERTURAS
OPCIONALES • El desplazamiento y las 3 primeras horas
de mano de obra para la reparación de las
Calderas averías de la caldera o calentador de gas y la • La asistencia y la revisión se realizarán por las empresas o profesionales designados por Mutua Madrileña.
y Calentadores sustitución de piezas.
• Al contratar esta cobertura, asumimos el coste • La sustitución de piezas estará sujeta a su disponibilidad en el mercado.
de gas o gasoil
de la revisión obligatoria de la caldera de gas o
de gasoil.
Eco Placas • La pérdida material por robo o atraco.
• El desplazamiento y 3 horas de mano de obra Las placas solares deben estar en la vivienda asegurada.
Solares para la reparación de averías.
• La pérdida material por robo o atraco.
Eco Punto • Los daños materiales por actos
malintencionados. El punto de recarga debe estar en la vivienda asegurada (incluida plaza de garaje comunitaria).
de recarga • El desplazamiento y 3 horas de mano de obra
para la reparación de averías.
Rotura de
Las piezas y mano de obra para la reparación
Pantallas Solo tendrá cobertura si tiene asegurado el CONTENIDO.
de la pantalla delantera del teléfono móvil.
Teléfonos Móviles
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Términos que vamos
a usar en su contrato
1. Relativos a las personas
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
ASEGURADO
Tendrán la consideración de asegurado las siguientes personas:
El titular del interés objeto del seguro que aparece identificado en las
Condiciones Particulares del contrato.
Aquellas personas que residan durante más de 180 días al año de forma
continuada en la vivienda asegurada.
En caso de la cobertura de Responsabilidad Civil tendrán esta consideración
además del propio asegurado, el cónyuge e hijos que residan durante más de
180 días al año de forma continuada en la vivienda asegurada.
En ningún caso, el empleado doméstico tendrá la consideración de asegurado.
BENEFICIARIO
Para la cobertura de accidentes, es la persona a quien el tomador del
seguro reconoce el derecho a recibir la indemnización.
EMPLEADO DOMÉSTICO
Persona empleada por el asegurado dedicada a servicios domésticos
en la vivienda asegurada, que esté dada de alta en la Seguridad Social.
TOMADOR DEL SEGURO
Persona física o jurídica que firma el contrato con Mutua Madrileña.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
2. Relativos al contrato CONTENIDO
Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
CONTINENTE vivienda, que se detallan a continuación.
Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN
continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado
y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. Ajuar doméstico y personal
Bienes que no se encuentren en el interior de
la vivienda asegurada
Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores
TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN y consolas portátiles, agendas electrónicas,
Comestibles MP3, MP4, ebook, tablets, GPS, cámaras
Viviendas con una antigüedad superior a 50 de fotos y cualquier otro dispositivo
años que no hayan sufrido nunca reforma en portátil electrónico
Paredes, techos, suelos, puertas,
un plazo inferior (conducciones de agua en
ventanas y chimenea
su totalidad, instalación eléctrica e Cubertería, vajilla, útiles de cocina, Vehículos de motor, drones, remolques,
instalación de gas) menaje del hogar embarcaciones y sus accesorios
Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas,
entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados Viviendas prefabricadas, Dinero en efectivo, valores y cualquier
siempre que estén adheridos de forma permanente íntegras de madera documento que represente un valor o
a los suelos, techos y/o paredes Mobiliario, incluídos los de cocina y jardín
garantía en dinero incluidos billetes de lotería,
Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, escrituras, títulos y documentos en general
Viviendas en multipropiedad
mampara fija
Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración,
Bienes que tengan una especial Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica Software y datos almacenados en cualquier
placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad,
protección legal y campana soporte informático
telecomunicaciones
Armarios empotrados, persianas, toldos,
Hórreos, cruceros y blasones Objetos y mercancías que formen parte
contraventanas Objetos de decoración, espejos,
de muestrarios o catálogos o que estén
cuadros y lámparas
Jardín: árboles, arbustos, césped destinados a su venta
Árboles frutales destinados a fines
Instalaciones fijas: piscinas, zonas de
industriales o comerciales Herramientas y materiales para reparaciones
recreo y deportivas y farolas Animales de cualquier clase
domésticas, útiles de bricolaje y jardinería
Planchas de policarbonato
Aparatos de seguridad y/o domótica Joyas en el importe que supere el 10% de la
situadas en el exterior
Mobiliario e instrumental profesional* suma asegurada de mobiliario y con el límite
Viviendas particulares dedicadas a alquiler de 6.000€. Max. 3000€ por joya unitaria
Vallas, cercas, muros y otros
turístico por un periodo superior a 90 días
cerramientos medianeros
anuales Bicicletas, sillas de ruedas
y material deportivo
Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con
Sin cédula de habitabilidad
elementos constructivos similares a los de la vivienda
En caso de propiedad horizontal, la parte del
coeficiente de participación de la vivienda siempre que Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del
no exista seguro común o si éste resulta insuficiente 30% de la superficie útil.
*Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un
Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la límite máximo de 3.000€.
vivienda sin producir daños en la misma
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Términos que vamos
a usar en su contrato
CAJA FUERTE Colecciones de cualquier tipo (sellos, monedas, libros, etc), que se
considerarán como un único objeto a efectos de su valor.
Caja con más de 100 kg de peso, o la que esté empotrada o anclada Armas de fuego que cumplan con los requisitos legales.
a elementos fijos de construcción. Como elemento de cierre dispondrán Instrumentos musicales..
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
de cerradura y combinación.
PRIMA
CALDERA O CALENTADOR DE USO DOMÉSTICO
Es la cantidad que paga el tomador a Mutua Madrileña como precio del
Aparato destinado a la producción de calor o generación de vapor, que utiliza seguro, incluidos recargos e impuestos..
el gas o el gasóleo como combustible, de uso doméstico y hasta 70 kW de
pontencia.
PUNTO DE RECARGA
JOYAS Conjunto de equipos anclados a la pared con el fin de suministrar energía
eléctrica para la recarga de la batería de un vehículo eléctrico o hibrido
Adornos personales y relojes, de oro, plata o platino, con piedras preciosas, enchufable. Este equipo incluye las protecciones necesarias y la base de
semipreciosas o perlas y lingotes de oro. toma de corriente con el conector. Se considera parte del punto de recarga
el cable que conecta la base de toma de corriente con el vehículo siempre y
cuando no sea extraíble.
NÚCLEO URBANO / NO URBANO
A los efectos de la descripción del riesgo asegurado en Condiciones SUMA ASEGURADA
Particulares, es el constituido por más de 50 viviendas o más de 500
habitantes y disponga de todos los servicios públicos (alumbrado, agua, Límite máximo de la indemnización a pagar por Mutua Madrileña en cada siniestro.
alcantarillado, etc). En caso de tener menos viviendas o habitantes de los
establecidos, se considerará núcleo no urbano.
TUBERÍAS PRIVATIVAS DE AGUA
En el supuesto de no disponer de alguno de los servicios públicos
mencionados, se considerará despoblado y no será asegurable. Conducciones de agua para el suministro o evacuación de la vivienda
asegurada.
OBJETOS DE VALOR ESPECIAL También se incluyen las tuberías que conectan con la conducción general o
comunitaria cuando son de uso exclusivo de la vivienda asegurada.
Son únicamente los objetos que se detallan a continuación, siempre que su
valor unitario sea superior a 1.800 euros:
VIVIENDA
Obras de arte, relojes que no sean de oro, plata o platino, estilográficas,
bolígrafos, artesanía, alfombras y tapices, cuberterías, pieles y marfiles. Aquella parte del continente cerrada, cubierta y acondicionada para ser habitada.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
3. Relativos al siniestro
ROBO
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
ACCIDENTE
Apropiación de los bienes del asegurado mediante el acceso a la vivienda o
Hecho súbito e imprevisto, ajeno a la voluntad del asegurado, que le origina al lugar donde se encuentren, ejerciendo fuerza sobre las cosas o violencia
una lesión corporal o su fallecimiento. o intimidación contra las personas.
Se considerará que existe robo con fuerza en las cosas cuando concurra
ATRACO alguna de las circunstancias siguientes:
Apropiación de los bienes del asegurado fuera de la vivienda contra la voluntad Escalamiento superior a tres metros para acceder a la vivienda.
del Asegurado, mediante violencia o amenazas que pongan en peligro la Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
integridad de las personas. Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o
sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves
para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
HURTO Uso de llaves falsas.
Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
Apropiación de los bienes del asegurado, sin violencia sobre las cosas ni
sobre las personas. Se considerarán llaves falsas:
Las ganzúas u otros instrumentos análogos.
OCUPACIÓN ILEGAL Las llaves legítimas perdidas por el propietario o sustraídas al mismo, siempre
que en este último caso se haya denunciado previamente la sustracción.
Posesión de la vivienda asegurada por un tercero sin contrato de alquiler Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura.
o cualquier otro título válido y sin el consentimiento del propietario. No
serán objeto de cobertura aquellos supuestos en los que el ocupante ilegal A los efectos esta definición, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o
tuvo en algún momento la autorización o consentimiento del asegurado perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier
para ocupar el inmueble asegurado ni aquellos en los que hubiera existido otro instrumento tecnológico de eficacia similar.
un contrato o justo título que, en el pasado, justificase la posesión.
SINIESTRO
PERIODO DE CARENCIA
Hecho súbito e imprevisto, ajeno a la voluntad del asegurado, cuyas
Es el periodo de tiempo durante el cual no tiene vigencia una cobertura de la consecuencias económicas están cubiertas por esta póliza. Todos los daños o
póliza. pérdidas que tengan una misma causa constituyen un único siniestro.
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Términos que vamos
a usar en su contrato
VALOR DE NUEVO
TÉRMINOS QUE VAMOS A USAR EN SU CONTRATO
Es el coste de adquirir, en el momento inmediatamente anterior al siniestro,
un bien igual o de características similares al objeto asegurado.
VALOR REAL
Es el valor de nuevo menos la depreciación por su antigüedad, uso y desgaste.
INCENDIO
Los daños materiales producidos en los bienes asegurados como
consecuencia directa de una combustión y abrasamiento, ambos con llama,
que se haya propagado a los objetos que no estaban destinados a ser
quemados en el lugar y momento en que se produce.
INHABITABILIDAD
Estado de la vivienda cuando, a causa de un siniestro cubierto por la
póliza, deja de cumplir los requisitos necesarios para obtener la cédula de
habitabilidad.
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COBERTURAS
2
COBERTURAS
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ROBO
DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA
COBERTURAS PRINCIPALES 1
INCENDIO, EXPLOSIÓN
Y CAÍDA DE RAYO
FENÓMENOS
HURTO ATMOSFÉRICOS
ROTURA
CRISTALES...
AGUA
OTROS DAÑOS
DAÑOS ELÉCTRICOS
ACTOS VANDÁLICOS
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1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
calefacción, de cocción e instalaciones que desprenden fuego
(braseros, chimeneas, barbacoas, etc.).
Incendio, explosión y caída de rayo 3. Las quemaduras y el ennegrecimiento en objetos e instalaciones
provocados por el tabaco, el incienso, las velas, el carbón, la leña
o productos similares a los anteriores.
4. Daños en mobiliario que caiga accidentalmente al fuego.
¿Qué cubre?
Mutua Madrileña cubrirá, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares:
Límites
Los daños materiales producidos en los bienes asegurados como
consecuencia directa de un incendio, explosión o caída de rayo.
Los gastos ocasionados para la extinción del incendio.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Los gastos para asegurar el salvamento del bien, incluido el transporte.
Los gastos de demolición y desescombro consecuencia del incendio y Incendio, explosión 100% Suma 100% Suma
transporte de los escombros. y caída de rayo asegurada asegurada
Jardín: árboles, 5% Suma
¿Qué no cubre? arbustos, césped asegurada
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños producidos por almacenar materiales peligrosos,
explosivos u otras sustancias inflamables no idóneas para el uso
doméstico.
2. Los daños y quemaduras en objetos causados por la sola acción
del calor y por el contacto directo o indirecto con elementos
o sustancias incandescentes, con aparatos de alumbrado, de
32 33
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1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
2. Los daños ocasionados por nieve, agua, arena, polvo o barro en
los bienes que estuviesen:
Fenómenos atmosféricos a. Al aire libre.
b. En una construcción abierta.
c. En una construcción que, sin ser abierta, hubiese quedado sin cerrar.
¿Qué cubre?
Límites
Los daños materiales en los bienes asegurados, hasta el límite establecido
en las Condiciones Particulares, causados directamente por:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Lluvia: siempre que se acredite que la precipitación es superior a
40 litros por metro cuadrado y hora.
100% Suma 100% Suma
Fenómenos atmosféricos
asegurada asegurada
Viento: siempre que se acredite que la velocidad está entre 80 y 120
kilómetros por hora. Quedan incluidos los daños indirectos como consecuencia 4% Suma 4% Suma
Desembarre
asegurada asegurada
de la caída por el viento de árboles, postes y antenas del asegurado.
5% Suma
Caída de árboles por viento
Pedrisco o nieve. asegurada
Inundación producida por la rotura o desbordamiento de cualquier canal o
lago artificial de agua.
Gastos de desembarre.
Agua
¿Qué no cubre?
¿Qué cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños ocasionados por oxidación, humedades, heladas, frío, Los daños materiales en los bienes asegurados, hasta el límite establecido
olas o mareas. en las Condiciones Particulares, causados directamente por el agua, que
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[Seite 19]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
deriven de: Cuando se trate de conducciones privativas que no estén a la
vista, como excepción, Mutua Madrileña cubrirá una sola vez los
Escapes, roturas o atascos en: daños producidos y la reparación, con un límite de 400 euros, del
tramo afectado y advertirá de la necesidad de reparar el resto de
Conducciones privativas de agua. las conducciones que se encuentren en mal estado.
Aparatos de uso doméstico conectados a ellas.
Instalaciones de calefacción o aire acondicionado. De producirse siniestros posteriores y no haberse reparado la
Depósitos fijos. conducción, Mutua Madrileña no se hará cargo del siniestro.
Filtraciones procedentes de viviendas contiguas o superiores. 3. Los daños producidos por humedad o condensaciones de agua.
Omisión del cierre de llaves o grifos de agua. 4. Los daños que tengan su origen en fosas sépticas, cloacas,
alcantarillas y arquetas, así como en canalizaciones públicas.
Y además 5. Los daños que tengan su origen en conducciones subterráneas
que no sirvan sólo a la vivienda asegurada, así como los daños
Si tiene asegurado el CONTINENTE, le cubrimos los gastos de localización y debidos a deslizamientos, hundimientos, reblandecimiento del
reparación de la avería en la conducción privativa, siempre que haya daños. terreno y corrimientos de tierra.
6. Los producidos como consecuencia de trabajos de construcción
o reparación de la vivienda asegurada o del edificio.
¿Qué no cubre?
7. La reparación de grifería, aparatos electrodomésticos o
depósitos de agua (radiadores, calderas, calentadores, aparatos
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: sanitarios etc) cuando sean causantes del siniestro.
1. Los daños ocasionados por la congelación del agua en las
conducciones privativas y los producidos por no cerrar llaves o grifos:
Límites
a. Si la vivienda ha estado deshabitada más de 3 días seguidos.
b. Y además, en el caso de congelación, si no se han tomado
las medidas de precaución necesarias, como por ejemplo el COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
vaciado de la instalación.
100% Suma 100% Suma
2. Los daños por corrosión, deterioro evidente o mala conservación Agua
asegurada asegurada
de las conducciones privativas de la vivienda.
36 37
[Seite 20]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Límites
Daños eléctricos
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre?
100% Suma 100% Suma
Los daños materiales causados por subidas o bajadas de tensión y corto- Daños eléctricos
asegurada asegurada
circuitos, hasta el límite de la suma asegurada recogido en las Condiciones
Particulares, en los siguientes bienes:
Las instalaciones eléctricas, si se ha asegurado el CONTINENTE.
Los aparatos eléctricos o electrónicos, si se ha asegurado el
CONTENIDO. Rotura de cristales, placas
vitrocerámicas,mármoles
y otros materiales
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
¿Qué cubre?
excluidos:
Dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares, la rotura
1. Los daños en bombillas, halógenos, led, lámparas y similares.
accidental de:
2. Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o del vendedor.
Si ha asegurado el CONTINENTE:
3. Los daños producidos por el incumplimiento de la normativa de la
Loza sanitaria (lavabo, bidé, inodoro, etc).
instalación eléctrica.
Cristales de puertas y ventanas.
4. Los daños producidos en aparatos eléctricos o electrónicos con
una antigüedad superior a 15 años desde la fecha de compra.
Espejos encastrados.
38 39
[Seite 21]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Si ha asegurado el CONTENIDO:
Límites
Lunas, espejos y cristales.
Mármoles, granito, piedra natural o conglomerado de piedra, cemento o COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
resina que formen parte del mobiliario.
Cristal de la placa vitrocerámica. Rotura de cristales, placas
100% Suma 100% Suma
vitrocerámicas, mármoles y
asegurada asegurada
otros materiales
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
Actos vandálicos
1. Bombillas, lámparas, aparatos de visión y sonido, como por ejemplo,
televisores, proyectores, telescopios, lentes de cámaras, etc.
2. Cualquier objeto que no forme parte fija del mobiliario, como por ¿Qué cubre?
ejemplo figuras decorativas, vajillas, copas, gafas, espejos de
mano, etc.
daños materiales producidos en los bienes asegurados por actos
3. Ralladuras, desconchados y otros daños estéticos. malintencionados hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
4. Daños producidos en mudanzas o en obras de reparación o
instalación. ¿Qué no cubre?
5. Los grifos y accesorios que formen parte de la loza sanitaria.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
1. Los daños producidos por personas que habiten en la vivienda.
2. Los daños producidos por pintadas, inscripciones, carteles o
hechos similares en el exterior de la vivienda.
40 41
[Seite 22]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
3. Los gastos de reparación o desatasco de desagües o tuberías.
4. Los daños producidos: Robo
a. Cuando el asegurado haya entregado las llaves de forma
voluntaria, facilitando el acceso al interior de la vivienda
asegurada.
¿Qué cubre?
b. En caso de compra de la vivienda, sin cambio de cerradura
5. Los daños causados por plantaciones de sustancias Los daños y pérdidas materiales causados como consecuencia del robo o
Psicotrópicas. atraco cometido en el interior de la vivienda, hasta los límites establecidos
en las Condiciones Particulares, de los siguientes bienes asegurados:
El mobiliario, incluidas joyas y objetos de valor especial, que se encuentre
en el interior de la vivienda.
Límites
El mobiliario que se encuentre en construcciones anexas incluidas en el
contrato, con sistema de cierre privativo del asegurado.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Dinero en efectivo.
100% Suma 100% Suma CONTINENTE: Los daños y desperfectos ocasionados durante el robo o
Actos vandálicos
asegurada asegurada intento de robo en puertas, ventanas, paredes, techos o suelos.
Jardín: árboles, Tarjetas de crédito y cheques del asegurado: se cubre su utilización
5% Suma asegurada
arbustos, césped fraudulenta, siempre que ésta se hubiese efectuado en las 48 horas
anteriores a la comunicación del robo a la entidad bancaria.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
¿Qué no cubre?
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del suceso a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
denuncia a Mutua Madrileña. excluidos:
42 43
[Seite 23]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
1. Los hurtos, apropiaciones indebidas y cualquier otra sustracción,
pérdida o extravío que no quede comprendida dentro de la Límites
definición de robo de estas Condiciones Generales.
2. Los objetos de valor especial, dinero en efectivo y joyas que se
encuentren en las construcciones anexas. COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
3. Los robos en que hayan sido autores o cómplices el tomador,
asegurado, propietario e inquilino; familiares, empleados
domésticos o personas que convivan con aquéllos. 100% Suma
Mobiliario
asegurada
4. El robo, cuando la vivienda asegurada no tuviera las medidas de
seguridad y protecciones declaradas en las Condiciones Particulares 10% Suma
asegurada
o el asegurado no las hubiera puesto en funcionamiento. Joyas (Máx. total 6.000€
Máx. unidad 3.000€)
5. El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por
ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que Hasta 300€
pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado. Dinero en efectivo
por anualidad
6. Las joyas, cuando la vivienda quede deshabitada más de treinta días 5% Suma asegurada,
consecutivos, salvo que las mismas estuviesen guardadas en caja fuerte. Desperfectos a la vivienda 100% Suma
si no está asegurado el
por robo asegurada
continente
7. Los daños causados en continente y contenido por ocupantes
ilegales de la vivienda, sin vínculo contractual con el asegurado. 10% Suma
Dependencias anexas asegurada
En lo referente a la utilización fraudulenta de tarjetas de crédito: (Máx. 3.000€)
8. Las pérdidas económicas que sean cubiertas por la entidad 50€ por tarjeta
Utilización fraudulenta
bancaria o emisora de las tarjetas de crédito o cheques. hasta 300€
tarjetas de crédito
por anualidad
9. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando
únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
10. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados o Tenga en cuenta en caso de siniestro
cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios de
pago al que se hubiesen externalizado actividades.
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del robo a las autoridades
11. Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
autenticación reforzada del cliente en las operaciones realizadas denuncia a Mutua Madrileña.
con el instrumento de pago.
44 45
[Seite 24]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
asegurado, propietario e inquilino; familiares o personas que
convivan con aquéllos.
Hurto 5. El hurto cometido por empleados domésticos o con su
complicidad, cuando no sean despedidos.
En lo referente a la utilización fraudulenta de tarjetas de crédito:
¿Qué cubre? 6. Las pérdidas económicas que sean cubiertas por la entidad
bancaria o emisora de las tarjetas de crédito o cheques.
Las pérdidas materiales causadas como consecuencia del hurto cometido
en el interior de la vivienda, hasta los límites establecidos en las Condiciones 7. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando
Particulares, de los siguientes bienes asegurados: únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
El mobiliario que se encuentre en el interior de la vivienda. 8. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados
o cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de servicios
Tarjetas de crédito y cheques del asegurado: se cubre su utilización de pago al que se hubiesen externalizado actividades.
fraudulenta, siempre que ésta se hubiese efectuado en las 48 horas
anteriores a la comunicación del hurto a la entidad bancaria. 9. Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera
autenticación reforzada del cliente en las operaciones realizadas
con el instrumento de pago.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
Límites
1. El hurto cometido en construcciones anexas, como por ejemplo
patios, jardines, terrazas o porches, que no tengan sistema de
cierre privativo del asegurado. COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
2. El hurto si la vivienda asegurada se alquila o queda deshabitada
más de treinta días consecutivos. Mobiliario 10% Suma asegurada
3. Los objetos de valor especial, dinero en efectivo y joyas.
Utilización fraudulenta 50€ por tarjeta hasta 300€
tarjetas de crédito por anualidad
4. El hurto en que haya sido autores o cómplices el tomador,
46 47
[Seite 25]
1. Daños propios dentro de su
vivienda. Coberturas principales
1. DAÑOS PROPIOS DENTRO DE SU VIVIENDA. COBERTURAS PRINCIPALES
Tenga en cuenta en caso de siniestro Límites
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del hurto a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
100% 100%
Otros daños
Otros daños Suma asegurada Suma asegurada
Jardín: árboles, arbustos, 5%
césped Suma asegurada
¿Qué cubre?
Los daños materiales en los bienes asegurados hasta el límite de la suma
asegurada recogida en las Condiciones Particulares, causados directamente por:
El impacto de animales o de cualquier clase de vehículos o aparatos aéreos
(incluidas sus mercancías), siempre que no sean propiedad del asegurado.
Ondas sónicas provocadas por aeronaves al atravesar la barrera del sonido.
Humo como consecuencia de fugas o escapes accidentales.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
1. Los daños producidos por la acción continuada del humo.
48 49
[Seite 26]
COBERTURAS QUE
COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES 1
RECONSTRUCCIÓN
DOCUMENTOS
INHABITABILIDAD
ALIMENTOS EN
FRIGORÍFICOS
DAÑOS ESTÉTICOS REPOSICIÓN LLAVES
Y CERRADURAS
50 51
[Seite 27]
1. Coberturas que
complementan a las principales
azulejos o papeles pintados, que tengan más de 15 años o se
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
consideren piezas artísticas o de diseño exclusivo.
Daños estéticos 5. Los daños cuando no exista armonía estética previa al siniestro.
6. Ralladuras, desconchados y otros daños estéticos.
¿Qué cubre?
Límites
Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Los gastos para reestablecer la armonía estética de la habitación afectada
por un siniestro de daños cubierto por este contrato.
Esta cobertura se limitará al conjunto al que pertenecen los 5%
Daños estéticos
Suma asegurada
elementos dañados.
¿Qué no cubre?
Reposición de llaves
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan y cerraduras
excluidos:
1. Los daños estéticos del CONTENIDO.
¿Qué cubre?
2. Los daños estéticos a fachadas o elementos exteriores de la
vivienda asegurada.
Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
3. Los daños en bañeras, platos de ducha y cualquier elemento Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTENIDO, los gastos
accesorio de la loza sanitaria. de la sustitución de las llaves y cerraduras de las puertas de acceso a la
vivienda asegurada ocasionados como consecuencia de robo, atraco, hurto
4. Los daños en materiales adheridos a las paredes y techos, como o extravío de dichas llaves.
52 53
[Seite 28]
1. Coberturas que
complementan a las principales
¿Qué no cubre?
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
Inhabitabilidad
Las exclusiones recogidas en el apartado Exclusiones Generales de
su Seguro.
¿Qué cubre?
Límites
Si, como consecuencia de un siniestro de daños materiales cubierto por el
contrato, la vivienda asegurada quedara inhabitable y tuviera que desalojarla
temporalmente, Mutua Madrileña cubrirá los siguientes gastos hasta el límite
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO establecido en Condiciones Particulares:
Si ha asegurado el CONTINENTE:
Reposición de llaves Hasta 400€ La renta del alquiler de una vivienda de características similares a la asegurada.
y cerraduras por anualidad
Si ha asegurado el CONTENIDO:
El coste del traslado de los objetos personales y mobiliario.
Tenga en cuenta en caso de siniestro La duración de esta cobertura se extenderá hasta que la vivienda
pueda ser nuevamente habitada, con un máximo de un año desde la
ocurrencia del siniestro.
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del hecho a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los daños que únicamente tengan la cobertura de Protección Legal.
54 55
[Seite 29]
1. Coberturas que
complementan a las principales
Límites ¿Qué no cubre?
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO 1. La reposición de documentos que tengan valor dinerario.
2. La reposición de documentos referidos a actividades
profesionales o comerciales.
100%
100%
Inhabitabilidad Suma asegurada
Suma asegurada
Máx. 1 año de renta
Límites
Reconstrucción de documentos
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Reconstrucción 3% Suma
¿Qué cubre? de documentos asegurada
Dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares y siempre
que esté asegurado el CONTENIDO, quedan cubiertos los gastos de la
reposición de cualquier documento de uso privado del asegurado (por
ejemplo, escrituras públicas, DNI, pasaporte, títulos académicos, etc) que
se encuentre en la vivienda y que hubiese resultado dañado en un siniestro
cubierto por el contrato.
56 57
[Seite 30]
1. Coberturas que
complementan a las principales
Límites
1. COBERTURAS QUE COMPLEMENTAN A LAS PRINCIPALES
Alimentos en frigorífico
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre?
Hasta 300€
Los gastos, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares y Alimentos en frigorífico
por anualidad
siempre que esté asegurado el CONTENIDO, por la pérdida o deterioro de
los alimentos refrigerados y medicamentos que hubiera en el frigorífico o
congelador causados por:
La avería del frigorífico o congelador. Tenga en cuenta en caso de siniestro
El fallo del suministro público de la red eléctrica general durante más de 6 horas.
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación que acredite la
avería o el corte de suministro eléctrico.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Las pérdidas o deterioros producidos en frigoríficos o
congeladores con antigüedad superior a 15 años.
2. Las pérdidas o deterioros producidos cuando la vivienda
asegurada hubiese estado deshabitada más de 10 días.
58 59
[Seite 31]
DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA 2
DESPLAZAMIENTO
POR VACACIONES
USO FRAUDULENTO
DE TARJETAS
ATRACO
60 61
[Seite 32]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
3. Cuando la pérdida se debiera a la acción o inacción de empleados
o cualquier agente, sucursal o entidad de un proveedor de
Utilización fraudulenta de servicios de pago al que se hubiesen externalizado actividades.
cheques y tarjetas de crédito
4. Cuando el proveedor de servicios de pago no exigiera
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
autenticación reforzada del cliente en las operaciones realizadas
con el instrumento de pago.
¿Qué cubre?
La utilización fraudulenta de medios de pago del asegurado, cuando éste se Límites
haya extraviado, robado, hurtado o apropiado indebidamente por un tercero.
Se cubrirán aquellas pérdidas que se produzcan con anterioridad a la
comunicación a la entidad bancaria o financiera, en las que se determine la
obligación de pago por el ordenante, hasta el importe de 50€ por cada medio
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
de pago empleado fraudulentamente y hasta un importe máximo de 300€ como
límite anual total de la cobertura.
Los supuestos garantizados por esta cobertura deberán comunicarse sin 50€ por tarjeta
Utilización fraudulenta
dilación indebida y en un plazo máximo de 48 horas a la entidad bancaria o hasta 300€
tarjetas de crédito
financiera proveedora de servicios. por anualidad
¿Qué no cubre? Tenga en cuenta en caso de siniestro
Además de las exclusiones generales y de las recogidas en las El asegurado debe comunicar la ocurrencia del extravío, robo, hurto
Condiciones Particulares, quedan excluidos los siguientes supuestos: o apropiación indebida del instrumento de pago a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
1. Cuando las pérdidas sean responsabilidad de la entidad bancaria o financiera. denuncia a Mutua Madrileña.
2. Cuando se hayan efectuado de forma no presencial utilizando
únicamente los datos impresos en el propio instrumento de pago.
62 63
[Seite 33]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
Límites
Atraco
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
COBERTURA CONTENIDO
¿Qué cubre? Hasta 700€
Objetos uso personal
por anualidad
Los daños y pérdidas materiales causados como consecuencia del atraco cometido Hasta 300€
fuera de la vivienda, hasta los límites establecidos en las Condiciones Particulares, y Teléfonos Móviles
por anualidad
siempre que esté asegurado el CONTENIDO, de los siguientes bienes asegurados:
Objetos de uso personal, teléfonos móviles, tablets y ordenadores portátiles. Hasta 500€
Ordenadores Portátiles Límite conjunto por
por anualidad
anualidad de 940€
Dinero en efectivo. para todos los bienes
Hasta 500€ asegurados
Tablets
Los gastos de la reposición de cualquier documento de uso privado. por anualidad
Hasta 150€
Dinero en efectivo
por anualidad
¿Qué no cubre?
Gastos de reposición de Hasta 90€
documentos privados por anualidad
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los hurtos, apropiaciones indebidas y cualquier otra sustracción,
pérdida o extravío que no quede comprendida dentro de la Tenga en cuenta en caso de siniestro
definición de atraco de estas Condiciones Generales.
El asegurado debe comunicar la ocurrencia del atraco a las autoridades
competentes (Guardia Civil, Policía Nacional o Autonómica) y aportar la
denuncia a Mutua Madrileña.
64 65
[Seite 34]
2. Daños propios
fuera de su vivienda
5. El robo de los bienes asegurados que se encuentren en el interior
de vehículos y otros medios de transporte; caravanas, remolques,
tiendas de campaña o similares.
Desplazamiento por vacaciones
6. Los hechos ocurridos en campings
2. DAÑOS PROPIOS FUERA DE SU VIVIENDA
Límites
¿Qué cubre?
Las pérdidas o daños materiales en los bienes asegurados, y siempre que esté
asegurado el CONTENIDO, durante el curso de un viaje por vacaciones del COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
asegurado, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares, siempre
y cuando:
Los daños que sean consecuencia de un siniestro garantizado por alguna de Desplazamiento por 10% suma
las restantes coberturas de la póliza y los bienes asegurados que se encuentren vacaciones asegurada
en el interior de hoteles o similares, viviendas ajenas al asegurado, vehículos y
otros medios de transporte.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Las pérdidas por hurto y extravíos.
2. Los viajes o desplazamientos por un período superior a tres meses.
3. Las joyas y objetos de valor que no estén guardados en caja fuerte.
4. El dinero en efectivo o cualquier documento con valor económico.
66 67
[Seite 35]
DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS 3
RESPONSABILIDAD
CIVIL
68 69
[Seite 36]
3. Daños que cause a otras personas
Por los perros titularidad del asegurado que resida en la vivienda
asegurada, correctamente identificados mediante microchip e
Responsabilidad Civil inscritos en el registro de animales de compañía correspondiente.
Igualmente tendrán cobertura los daños producidos por otros
animales domésticos propiedad del asegurado que residan en la
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
vivienda asegurada tales como gatos, aves, tortugas, roedores, etc.
Por ejemplo, cubriríamos los daños causados a terceros al montar en bicicleta,
¿Qué cubre? al practicar deporte, mordeduras de perros, etc.
También incluye, en siniestros cubiertos por este contrato y hasta el límite
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a terceros
establecido en las Condiciones Particulares:
por el asegurado como responsable civil, siempre que haya culpa o falta de
diligencia, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares y según
La defensa del asegurado por abogados y procuradores.
tenga asegurado el CONTINENTE o CONTENIDO.
Las costas y gastos judiciales o extrajudiciales.
No se consideran terceros los padres, cónyuges e hijos del asegurado, y
las personas que con él convivan o estén a su servicio.
Las fianzas exigidas por los tribunales para garantizar la
responsabilidad civil.
Si tiene asegurado solo el CONTINENTE, se cubren los siguientes daños:
Solo se cubre la responsabilidad civil extracontractual, es decir, cuando no
Los que se deriven del uso y disfrute de la vivienda asegurada.
hay relación contractual entre el perjudicado y el asegurado que causa el daño.
Los que se deriven del uso y disfrute de las zonas comunes del edificio en el
Por ejemplo, según la cobertura contratada, atropellar con una bicicleta a un
que se encuentre la vivienda asegurada, en proporción a su copropiedad.
peatón; la fuga de agua que dañe la vivienda de un vecino, etc.
Los producidos por la realización de obras menores que no precisen
licencia administrativa (por ejemplo licencia de obra).
¿Qué no cubre?
Si tiene asegurado el CONTENIDO quedan cubiertos:
Los daños causados a terceros: Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
Por el asegurado. 1. La responsabilidad profesional, laboral o patronal.
Por el cónyuge e hijos que convivan de forma continuada en la 2. Las sanciones económicas o multas.
vivienda (más de 180 días al año).
70 71
[Seite 37]
3. Daños que cause a otras personas
3 . La responsabilidad que deba ser cubierta por un seguro obligatorio
(como, por ejemplo, el seguro de automóviles, del cazador, etc), Tenga en cuenta en caso de siniestro
salvo los seguros de responsabilidad civil que se exigen legalmente
a los titulares de perros. Se considerará un único siniestro el conjunto de todas aquellas
reclamaciones que tengan por causa el mismo suceso. Por ejemplo, la
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
4 . La responsabilidad por los daños causados a bienes de terceros rotura de una tubería que afecte a varias viviendas.
cuando estén custodiados por el asegurado.
Mutua Madrileña asumirá la dirección jurídica y designará para ello un
5 . La responsabilidad derivada de las operaciones que el asegurado letrado y, si fuera necesario, un procurador.
pueda realizar en Internet.
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos
6 . La responsabilidad por la participación en riñas y actos delictivos. partes estén aseguradas en Mutua Madrileña, se lo notificaremos al
asegurado para que pueda designar a los profesionales que estime
7. La responsabilidad por la participación en entrenamientos o conveniente y Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta el límite
competiciones oficiales de cualquier clase de deporte. establecido en las Condiciones Particulares.
8 . La responsabilidad por la práctica de los siguientes deportes de
riesgo: aeronáuticos, práctica del tiro, espeleología, submarinismo
a más de 20 metros, equitación con salto, boxeo, lucha, karate,
judo, deportes aéreos, saltos de esquí, escalada, etc.
9 . La responsabilidad por la tenencia animales que no tengan
la consideración de domésticos, ni tampoco los dedicados o
utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas
por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los
perros pastores y de guarda del ganado), así como los utilizados
en actividades profesionales (como los perros de rescate), ni los
perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza.
10. La responsabilidad por la tenencia de perros habiendo incumplido
los requisitos legales en esta materia (como por ejemplo, la
obligación de realización de cursos de formación).
11. La responsabilidad derivada de un daño ocasionado por perros o
animales que no sean titularidad del asegurado.
72 73
[Seite 38]
3. Daños que cause a otras personas
Límites
3. DAÑOS QUE CAUSE A OTRAS PERSONAS
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
El importe fijado
Responsabilidad Civil
en Condiciones Particulares
20% del importe fijado
Daños por agua
en Condiciones Particulares
5% del importe
fijado en
Obras Menores
Condiciones
Particulares
Responsabilidad Civil
El importe fijado
Daños causados
en Condiciones
a terceros
Particulares
Abogado y Red de abogados Mutua Madrileña: sin
Procurador límite. Gastos judiciales y extrajudiciales:
Defensa del asegurado
de Mutua sin límite. Fianzas judiciales: hasta
Madrileña 6.000€ por procedimiento
Todos los gastos judiciales y
Abogado y extrajudiciales hasta 3.000€ por
Procurador de procedimiento (incluido abogado y
libre elección procurador). Fianzas judiciales:
Hasta 6.000€ por procedimiento
74 75
[Seite 39]
ASISTENCIA PARA LO QUE NECESITE EN SU HOGAR 4
ASISTENCIA EN EL HOGAR
76 77
[Seite 40]
4. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
c. Reparaciones en caso de robo.
Asistencia en el hogar Si la vivienda queda desprotegida, Mutua Madrileña gestionará el envío
urgente de un profesional para realizar las reparaciones necesarias en los
accesos dañados.
d. Reposición de televisión, vídeo y DVD.
Mutua Madrileña garantiza unas prestaciones en caso de dificultades que el
4. ASISTENCIA EN EL HOGAR
asegurado tenga en su vivienda. Si el asegurado no pudiera disponer de la televisión, vídeo o DVD, por un
siniestro que no sea de daños eléctricos, Mutua Madrileña prestará otro
aparato de similares características, durante un plazo máximo de 15 días.
¿Qué cubre?
2. En caso de que no haya siniestro cubierto por la póliza.
1. En caso de siniestro de daños cubierto por la póliza, Cuando el asegurado lo necesite, Mutua Madrileña le facilitará los
Mutua Madrileña prestará, hasta los límites establecidos en las servicios de una amplia red de profesionales cualificados para la
Condiciones Particulares, los siguientes servicios: reparación o reformas en su vivienda (sujeto a disponibilidad de red).
a. Gastos de hotel, restaurante y lavandería. Mutua Madrileña cubre el coste del desplazamiento y el asegurado
asume la mano de obra y el coste de los materiales.
Mutua Madrileña cubrirá los gastos de:
Podrá consultar los profesionales que Mutua Madrileña pone a su
I. Alojamiento en un hotel, si la vivienda quedara inhabitable. disposición y solicitar los servicios en www.mmhogarteayuda.es o en el
teléfono 91 555 55 55.
II. Restaurante, si la cocina no pudiera utilizarse.
III.Lavandería, en el caso de que la lavadora no pudiera utilizarse. 3. Emergencia en el Hogar.
b. Vigilancia de la vivienda. Se cubren las reparaciones estrictamente necesarias para dar una
solución provisional al problema y evitar más daños en los siguientes
En caso de que la vivienda quedara inhabitable y desprotegida, Mutua Madrileña supuestos y dentro de los límites establecidos en las Condiciones
se encargará de la vigilancia de su vivienda hasta un máximo de 72 horas. Particulares:
Si se tratara de un robo, incendio, inundación o explosión, y la
vivienda quedara desprotegida, el plazo máximo será de 24 horas.
78 79
[Seite 41]
4. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
a. Cerrajero de urgencia.
¿Qué no cubre?
El envío de un cerrajero y los gastos de desplazamiento y mano de
obra para abrir la puerta de la vivienda por pérdida, extravío de la Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
llave o inutilización de la cerradura por intento de robo. El coste de los
materiales será a cargo del asegurado. 1. En Fontanería de emergencia:
b. Fontanería de emergencia. a. La reparación de averías de grifos, cisternas y depósitos así
4. ASISTENCIA EN EL HOGAR
como cualquier conducción no privativa de la vivienda.
El envío de un fontanero y los gastos de desplazamiento y mano de
obra, hasta un máximo de tres horas, cuando se produzca la rotura b. La reparación de averías que deriven de humedades o
de las conducciones privativas en la vivienda asegurada. El coste de filtraciones.
los materiales será a cargo del asegurado, salvo que se trate de un
siniestro cubierto por este contrato. 2. En Electricidad de emergencia, la reparación de averías en
enchufes, interruptores, elementos de iluminación y cualquier
c. Electricidad de emergencia. otro que funcione con suministro eléctrico.
El envío de un electricista y los gastos de desplazamiento y mano 3. En Traslado en ambulancia:
de obra, hasta un máximo de tres horas, cuando se produzca falta
de electricidad en alguna dependencia de la vivienda. El coste de a. Los traslados a hospitales que estén a más de 50 kms de la
los materiales será a cargo del asegurado, salvo que se trate de un vivienda asegurada.
siniestro cubierto por la póliza, en cuyo caso Mutua Madrileña asumirá
los costes de reparación. b. Los que tenga cubierto el asegurado por la Seguridad Social o
por cualquier otro seguro.
d. Traslado en ambulancia.
El traslado en ambulancia al hospital en caso de accidente o
enfermedad grave sufridos por los asegurados en la vivienda habitual.
80 81
[Seite 42]
4. Asistencia para lo que
necesite en su hogar
En caso de siniestro: En caso de No siniestro:
Límites Límites
4. ASISTENCIA EN EL HOGAR
CONTINENTE/ CONTINENTE/
COBERTURA COBERTURA
CONTENIDO CONTENIDO
Hasta 350€ Gastos de desplazamiento:
Hotel
por siniestro sin límite.
Red de profesionales
Mano de obra:
no cubierto
Hasta 180€
Gastos Restaurante
por siniestro
Gastos de desplazamiento:
Cerrajero sin límite.
Mano de obra: 3 horas
Hasta 180€
Lavandería
por siniestro
Gastos de desplazamiento:
Fontanería sin límite.
Inhabitabilidad Máx. 72 horas por siniestro Mano de obra: 3 horas
Emergencias
Vigilancia Gastos de desplazamiento:
Robo/incendio/ Electricidad sin límite.
Máx. 24 horas por siniestro Mano de obra: 3 horas
inundación
Reposición de televisión, vídeo y DVD Máx. 15 días por siniestro Ambulancia Máx. 50 km
82 83
[Seite 43]
5
GARANTÍA
ANTIOCUPACIÓN MANTENIMIENTO COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
JOYAS Y OBJETOS
JOYAS DEDE
Y OBJETOS
VALOR ESPECIAL
VALOR ESPECIAL
ECO PLACAS SOLARES
PROTECCIÓN
AVERÍAAVERÍA
DE DE LEGAL
ELECTRODOMÉSTICOS
ELECTRODOMÉSTICOS PROTECCIÓN
GLOBALGLOBAL LEGAL
ECO PUNTO
DE CARGA
ACCIDENTES CORPORALES
ASISTENCIA DE MASCOTAS
CALDERAS Y CALENTADORES Y ANIMALES DOMÉSTICOS
DE GAS O GASOIL
84 85
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5. Coberturas de
contratación opcional
La reclamación de los derechos del asegurado como consumidor en la
compra de productos por internet.
Protección legal La reclamación contra quien introduzca aplicaciones no autorizadas
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
por el asegurado en sus equipos informáticos (Por ejemplo, la
introducción de virus informáticos).
Defensa jurídica
2. Reclamación de daños.
Con Mutua Madrileña tendrá la ayuda legal que necesite en las actividades Los gastos que se produzcan en la reclamación frente al responsable del
de su vida privada. daño, siempre que no haya relación contractual entre éste y el asegurado,
por los siguientes conceptos:
La indemnización por lesiones o fallecimiento del asegurado.
¿Qué cubre?
Los daños materiales causados a la vivienda o mobiliario asegurados.
Mutua Madrileña asume hasta el límite fijado en Condiciones Particulares:
3. Otras reclamaciones relacionadas con la vivienda.
Los gastos judiciales incluidos los honorarios de abogados y procuradores.
La protección de sus intereses en los siguientes supuestos:
La constitución de fianzas penales y asistencia al detenido.
a. Infracciones administrativas. La prestación consiste en la redacción y
El pago de las costas que correspondan.
presentación de los escritos de descargo y recursos que procedan en
vía administrativa.
En los procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales únicamente en
los siguientes supuestos:
b. Frente a la Comunidad de Propietarios, siempre que estuviese al
corriente de pago de las cuotas.
1. Defensa en internet.
c. Reclamaciones con los vecinos por emanaciones de humos y gases.
La reclamación de los daños causados en caso de robo de identidad del
d. Reclamaciones por incumplimiento contractual contra quienes hayan
asegurado (Por ejemplo, obtención de claves en internet de forma ilegal).
ejecutado obras o prestado servicios en la vivienda, siempre que sean
profesionales habilitados y que la obra o servicio se haya pagado.
La defensa penal del asegurado, salvo comportamiento malintencionado,
en caso de reclamaciones por la utilización de internet.
86 87
[Seite 45]
5. Coberturas de
contratación opcional
e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde
limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, la extinción de este contrato.
electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte.
8. Las reclamaciones derivadas de:
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico
siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones
de los que el asegurado ostente la condición de propietario,
En los apartados d, e y f la cobertura se iniciará transcurridos tres meses conductor u ocupante.
desde la entrada en vigor del contrato.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo,
concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre
contratos de cesión de derechos sobre la vivienda.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: Límites
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no COBERTURA TIPO PROCEDIMIENTO CONTINENTE CONTENIDO
autorizados por la compañía.
Cuantía del
Jurisdicción
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al Procedimiento
asegurado. Hasta 6.000€ 1.500€
De 6.001€ a 15.000€ 3.000€
De 15.001€ a 30.000€ 4.000€
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. Defensa Civil
De 30.001€ a 50.000€ 5.000€
Jurídica
Más 50.000€ 6.000€
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre Sin cuantía 3.000€
elección, cuando no hubiera comunicado previamente su Penal Cualquier cuantía 1.000€
designación por escrito a Mutua Madrileña.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la Tenga en cuenta en caso de siniestro
presentación de documentos públicos o privados.
Es condición necesaria para el inicio de cualquier trámite que la
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una
compañía declare procedente la reclamación.
misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra Mutua
Madrileña.
Mutua Madrileña iniciará siempre la reclamación en vía amistosa y se
reserva la exclusividad en esta gestión previa.
88 89
[Seite 46]
5. Coberturas de
contratación opcional
Si se alcanza un acuerdo amistoso y no le satisface, puede proseguir Podrán solicitar esta cobertura el asegurado y las personas que
por su cuenta la reclamación y le reembolsaremos los gastos hasta convivan con él, excepto el servicio doméstico.
el límite fijado en Condiciones Particulares, siempre que obtenga un
resultado más favorable.
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Si no se alcanza un acuerdo amistoso, Mutua Madrileña Asesoramiento legal
iniciará la reclamación judicial, salvo que la considere inviable o
temeraria.
Si opta por un abogado o procurador de su libre elección, deberá
comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre ¿Qué cubre?
de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su
intervención.
Además de la Defensa Jurídica, Mutua Madrileña pone a su disposición un equipo
Si ha optado por acudir por su cuenta a la vía judicial y, si obtiene de abogados que:
un resultado más favorable, le reembolsaremos los gastos hasta la
cantidad fijada en Condiciones Particulares. De forma telefónica resolverá las dudas legales que le surjan sobre los
siguientes temas:
Siempre que el Juzgado o Tribunal no condene en costas a la parte
contraria, Mutua Madrileña reembolsará los gastos soportados por el Familia: régimen económico matrimonial, divorcio, adopciones, etc.
asegurado hasta el límite de los honorarios mínimos establecidos por
el Colegio Profesional del abogado y procurador. En ningún caso se Sucesiones: testamento, herencias, etc.
superará la cantidad fijada en Condiciones Particulares.
Vivienda: contrato de compraventa o de alquiler, hipotecas, comunidad
El límite máximo fijado en Condiciones Particulares se aplica con de vecinos, licencias para obras de reforma, etc.
independencia del número de reclamantes o profesionales designados
en un mismo siniestro. Servicio doméstico: contratos, Seguridad Social, salario, etc.
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, si ambas partes Laboral: contrato de trabajo, jubilaciones, etc.
están aseguradas en Mutua Madrileña, se lo comunicaremos
al asegurado para que pueda designar a los profesionales que Seguros y otros productos financieros.
desee, siendo a cargo de Mutua Madrileña los gastos hasta el
límite establecido en Condiciones Particulares. Extranjería: obtención de nacionalidad, permiso de trabajo, etc.
En caso de disconformidad con la actuación del experto
Consumo: derechos del consumidor, reclamaciones, etc.
designado por Mutua Madrileña, el asegurado podrá elegir a los
profesionales que desee, siendo a cargo Mutua Madrileña los
Fiscal: trámites y deducciones en IRPF, Patrimonio, IVA, etc.
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares.
90 91
[Seite 47]
5. Coberturas de
contratación opcional
Protección de datos: derechos de acceso, cancelación y rectificación, etc.
Límites
Además de asesorarle, redactarán y revisarán los siguientes documentos:
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Compraventa de inmuebles o de vehículos.
Constitución de hipotecas. COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Aclaración de notas simples expedidas por el Registro de la Propiedad.
Arras o señal. Asesoramiento legal Número de consultas ilimitado
Carta de reclamación por retraso o vicio oculto.
Contrato de alquiler de vivienda.
Cartas de reclamación o comunicación como propietario o inquilino.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Cartas de reclamación o comunicación a la Comunidad de Propietarios.
El horario de atención telefónica será de lunes a viernes de 9:00 h a
Contrato de trabajo para el servicio doméstico.
20:00 h salvo urgencia (24 horas).
Escrito de cancelación o rectificación en materia de protección de datos.
El asesoramiento será sobre la legislación española.
Cartas de reclamación de los derechos del asegurado como consumidor.
La red de abogados se ofrecerá en España.
Y también ponemos a su disposición una Red de Abogados para otros
asuntos privados diferentes de los cubiertos en Defensa Jurídica:
Podrá contratar sus servicios con un descuento del 30% aplicable sobre
la tarifa del Colegio de Abogados de la provincia correspondiente.
La primera consulta presencial será gratuita.
92 93
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5. Coberturas de
contratación opcional
Límites
Joyas y objetos
de valor especial
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre? Joyas y objetos de valor El importe fijado en
especial Condiciones Particulares
Esta cobertura es complementaria de las establecidas para el CONTENIDO
y por eso cubre la indemnización correspondiente a joyas y objetos de
valor especial, que exceda de las cuantías que se incluyen dentro de
la contratación de CONTENIDO, hasta los límites establecidos en las Avería
Condiciones Particulares.
de electrodomésticos global
Es necesario:
Que el robo o los daños se hayan producido dentro de la vivienda.
Acreditar de forma detallada en la contratación la existencia de las joyas y
¿Qué cubre?
objetos de valor especial.
Los gastos de piezas y mano de obra necesarios para reparar el electrodoméstico
dañado a consecuencia de una avería mecánica, eléctrica o electrónica, hasta los
¿Qué no cubre? límites establecidos en las Condiciones Particulares y siempre que esté asegurado
el CONTENIDO, de los siguientes electrodomésticos:
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, se aplican: Los televisores
Un frigorífico
1. Las Exclusiones contempladas para el CONTENIDO incluidas en las Una lavadora
coberturas de daños propios tanto dentro como fuera de su vivienda. Una secadora
Un lavavajillas
Si el coste de la reparación supera el valor real del
electrodoméstico dañado, se indemnizará por dicho valor.
94 95
[Seite 49]
5. Coberturas de
contratación opcional
¿Qué no cubre? Límites
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
1. Los electrodomésticos cubiertos por la garantía del fabricante.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
2. Los electrodomésticos con antigüedad superior a 10 años desde
su fabricación.
100% Suma
3. Las tareas propias de la conservación y mantenimiento de los Avería de electrodomésticos
asegurada
aparatos (incluidos desatascos).
4. Los daños producidos por mal uso, fuerza mayor o
incumplimiento de las condiciones del manual de instrucciones.
5. El cambio de las piezas deterioradas por el uso como por ejemplo,
gomas o accionadores de puerta. Asistencia informática
6. El cambio de las piezas sin partes mecánicas o eléctricas como
por ejemplo carcasas o embellecedores.
7. Los defectos estéticos, corrosión u oxidación. Mutua Madrileña garantiza los siguientes servicios en caso de incidencias informáticas:
8. La reparación y cambio de mandos a distancia.
Telefónica y remota
9. El transporte del electrodoméstico al servicio técnico.
¿Qué cubre?
Mutua Madrileña prestará soporte telefónico y asistencia remota cuando
fuera necesario y factible, de hardware (equipos), software (programas) e
internet, las 24 horas los 365 días del año.
¿Qué no cubre?
96 97
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5. Coberturas de
contratación opcional
Incluye, sin limitación en número de incidencias:
¿Qué no cubre?
Atención telefónica al asegurado las 24 horas del día, los 365 días del año.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Transporte, evaluación y diagnóstico del soporte dañado.
1. Traslado del técnico al domicilio.
Nuevo soporte de similares características al dañado, si éste no resulta
2. Sustitución de piezas, equipos informáticos y software para reutilizable.
actualizaciones.
¿Qué no cubre?
Recuperación de datos
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
¿Qué cubre? 1. Los supuestos en los que técnicamente no es factible la
recuperación total o parcial del soporte.
Mutua Madrileña cubre la recuperación de datos almacenados en 2. Soportes de almacenamiento para uso profesional.
dispositivos de uso particular, propiedad del asegurado y que se encuentren
en la vivienda, en caso de incendio, daños por agua, robo, manipulación o 3. Soportes manipulados antes de solicitar la asistencia.
rotura de los equipos informáticos, errores humanos, virus informáticos y
otros problemas con hardware y software. 4. Soportes dañados con ácidos o productos similares.
Los soportes cubiertos son: 5. Soportes con sobre-escritura o pérdida de la película magnética
(Head-Crash).
Discos duros de ordenadores de sobremesa y portátiles.
6. La recuperación de materiales originales como por ejemplo
Memorias portátiles. películas, juegos, música, etc.
Memorias de PDA o sistemas similares (por ejemplo, consolas de videojuegos).
Sistemas de almacenamiento de vídeos, cámaras digitales, etc.
98 99
[Seite 51]
5. Coberturas de
contratación opcional
Rastreo de ordenadores Control parental
perdidos o robados
¿Qué cubre?
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
¿Qué cubre?
La configuración en sesión remota del ordenador de sobremesa o portátil
para gestionar y filtrar los contenidos de Internet a los que pueden acceder
La instalación y configuración en sesión remota de un software en el ordenador
los menores.
de sobremesa o portátil que rastrea la ubicación del dispositivo en caso de
pérdida o robo, y contribuye a recuperar el aparato o a identificar al autor del robo.
Copia de seguridad online
Borrado digital
¿Qué cubre?
¿Qué cubre?
La copia de seguridad online de los ficheros informáticos del asegurado (el
La cancelación de los datos personales del asegurado que aparezcan en internet
tamaño máximo de la copia de seguridad Online es de 15 Gb).
(redes sociales y profesionales, blogs, webs, etc.), conforme a la legislación vigente.
Mutua Madrileña no tendrá acceso a la información salvaguardada, ni a las
claves de acceso, por lo que será responsabilidad del asegurado conservar
Tenga en cuenta en caso de siniestro dichas claves.
Tiene que autorizar por escrito la realización de los trámites necesarios.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Debe indicar los lugares en los que desea cancelar sus datos.
Una vez finalizada la cobertura, se borrarán todos los datos almacenados.
Tiene que adjuntar copia de su DNI.
De no ser posible la cancelación de los datos, se indicará las instancias
de reclamación a las que puede dirigirse.
100 101
[Seite 52]
5. Coberturas de
contratación opcional
Manitas Tecnológico Tenga en cuenta en caso de siniestro
Será necesario que el manual de utilización del dispositivo se encuentre
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
disponible en internet y en castellano.
¿Qué cubre?
La asistencia telefónica para la configuración de televisores y otros
dispositivos como Blue Ray, GPS, tablets, videoconsolas, cámaras digitales,
Asistencia al teletrabajo
etc.
Incluye: ¿Qué cubre?
Configuración de las opciones generales de los televisores.
Asistencias y consultas relacionadas con cualquier aspecto del teletrabajo
Sintonización de los canales. atendidas por un técnico especialista las 24 horas los 365 días del año.
Incluye:
Configuración de protección de canales frente a menores.
Test de velocidad
Asesoramiento sobre conectividad y puertos de entrada/salida del televisor. Chequeo de cobertura
Asesoramiento sobre la funcionalidad de acceso a internet en las Smart TV. Revisión de la conexión VPN (Red Privada Virtual)
Asistencia para la configuración privada con historiales de navegación
propios en dispositivos compartidos por distintos miembros de la familia.
¿Qué no cubre?
Consultoría sobre la instalación y mantenimiento de la oficina en casa, al
respecto de seguridad, aplicaciones colaborativas y videoconferencia.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidas:
1. Las asistencias para los dispositivos tecnológicos de uso profesional.
102 103
[Seite 53]
5. Coberturas de
contratación opcional
Asistencia a la educación online Asistencia al ocio digital
¿Qué cubre? ¿Qué cubre?
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Servicio de soporte y asistencia las 24 horas los 365 días del año, incluye: Consultoría y asistencia las 24 horas los 365 días del año, incluye:
Soporte en la instalación y utilización de las plataformas de educación online Ayuda en la configuración, optimización y recomendaciones de seguridad del
de los hijos (Moodle, google classroom, etc.) así como de los dispositivos de equipo de juego (PC, móvil, Tablet, videoconsola)
acceso (tabletas y ordenadores, y de manera particular ChromeBook).
Asesoramiento a padres sobre juegos adecuados para menores de edad
Soporte a problemas de acceso y de lentitud de plataformas de formación
Online para adultos, con conocimiento de las principales universidades online Asesoramiento relacionado con las plataformas de videostreaming (Netflix,
de España y de escuelas de negocios, y de los dispositivos de acceso, Prime Video, HBO, etc.) como:
asesorando particularmente en sus requerimientos.
- El uso compartido
Asistencia y consultoría a profesores en todo lo relativo a la tecnología de - Acceso multidispositivos
educación online, tanto sistemas de acceso, conectividad y plataformas. - Suscripción segura
- Gestión de las cuentas de prueba, controlar su vencimiento y el pago
vinculado.
Asistencia a las compras online
Límites
¿Qué cubre?
Consultoría y asistencia las 24 horas los 365 días del año en todo lo relacionado COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
con el comercio electrónico (seguridad, formas de pago…). Se comprobará la
seguridad del comercio electrónico en el que se quiera realizar una transacción.
Asistencia informática Número de consultas ilimitado
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[Seite 54]
5. Coberturas de
contratación opcional
Sacrificio e incineración
Asistencia mascotas y
animales de compañía
¿Qué cubre?
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Mutua Madrileña cubre con relación a los animales domésticos propiedad La orientación telefónica sobre las gestiones necesarias para la recogida del
del asegurado y que convivan con él en la vivienda, los siguientes servicios (24 animal enfermo o fallecido.
horas al día, 365 días al año):
¿Qué no cubre?
Servicio telefónico de orientación
veterinaria Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. El coste del traslado del animal.
¿Qué cubre?
2. Los gastos de la incineración o entierro.
El asesoramiento telefónico sobre cualquier aspecto relacionado con los
siguientes animales domésticos: gatos, aves, roedores enjaulados, peces,
tortugas y perros (por ejemplo, orientación veterinaria, residencias caninas,
adiestramientos, etc). Accidentes corporales
¿Qué no cubre?
¿Qué cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
La indemnización por fallecimiento o invalidez permanente absoluta
1. Los trámites distintos a las consultas telefónicas. ocasionada en un accidente en la vida privada del asegurado designado en
el contrato, hasta los límites establecidos en las Condiciones Particulares.
2. Las consultas sobre animales distintos de los mencionados.
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[Seite 55]
5. Coberturas de
contratación opcional
1. Fallecimiento Custodia en la vivienda asegurada de los hijos del asegurado que sean
menores de 3 años.
Mutua Madrileña pagará el capital determinado en las
Condiciones Particulares a los beneficiarios designados en el
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
contrato. El fallecimiento deberá producirse dentro de un año Y además
contado desde la fecha del accidente y ser consecuencia de éste.
Si el accidentado e inmovilizado por prescripción médica es el hijo del
Si no se han designado beneficiarios, se considerarán por este orden: asegurado, que convive con él y tiene entre 6 y 12 años, Mutua Madrileña le
enviará un profesor que continúe con su formación.
El cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho, siempre que
conviva con la víctima.
Los hijos por partes iguales. ¿Qué no cubre?
Los padres por partes iguales.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
El resto de herederos por partes iguales, en el orden establecido por la ley.
1. Los mayores de 70 años.
2. Invalidez permanente absoluta
2. El fallecimiento de menores de 14 años o declarados incapaces.
Mutua Madrileña indemnizará al asegurado con el capital determinado
en las Condiciones Particulares si las secuelas derivadas del accidente 3. Los accidentes ocasionados por la participación en riñas, delitos,
le impidieran de forma permanente ejercer cualquier tipo de actividad en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o
laboral o profesional. estupefacientes.
3. Asistencia en caso de accidente Se considera que hay embriaguez cuando la tasa de alcoholemia supere las
tasas permitidas en la legislación sobre tráfico y seguridad vial.
Si por un accidente el asegurado o su cónyuge están inmovilizados
por prescripción médica en la vivienda asegurada, Mutua Madrileña 4. Los accidentes ocurridos en el ejercicio de cualquier actividad
prestará los siguientes servicios, hasta su recuperación y con los límites profesional.
establecidos en las Condiciones Particulares:
5. Los accidentes ocasionados por la práctica de deportes de riesgo tales
Envío de los fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica prescritos como: aeronáuticos, práctica del tiro, espeleología, submarinismo a más
médicamente. de 20 metros, equitación con salto, boxeo, lucha, karate, judo, deportes
aéreos, saltos de esquí, escalada, etc.
Labores de limpieza de la vivienda asegurada y lavandería desde el
quinto día del accidente.
108 109
[Seite 56]
5. Coberturas de
contratación opcional
6. El fallecimiento o lesiones provocadas intencionadamente por el
asegurado y el suicidio. Tenga en cuenta en caso de siniestro
7. Los servicios de asistencia no solicitados o no autorizados por Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Mutua Madrileña. acredite el daño producido y el derecho a la indemnización.
Límites La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará
exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que
Límites Mutua Madrileña solicite.
Si hubiera disconformidad con la valoración de Mutua Madrileña se estará
a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO (ver www.mutua.es.), que determina que las partes designarán cada una
a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero
quien determine la valoración.
Fallecimiento 6.000€ por siniestro La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña,
que se ocupará del envío de los profesionales necesarios.
Invalidez permanente
12.000€ por siniestro
absoluta
Envío de
Accidentes corporales
fisioterapeutas, ATS y
1.000€ por
anualidad
Mantenimiento
auxiliares de clínica
Asistencia en caso de accidente
30€ al día hasta
Limpieza y lavandería 1.000€ por
anualidad Límite conjunto
de 1.500€ por ¿Qué cubre?
Custodia de los hijos del anualidad
1.000€ por
asegurado menores de
anualidad Las reparaciones necesarias, hasta el límite establecido en las Condiciones
3 años
Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE, de los
siguientes elementos:
Formación hijo 1.000€ por
del asegurado anualidad
Bañeras y platos de ducha. En caso de filtraciones de agua a través de
estos elementos:
110 111
[Seite 57]
5. Coberturas de
contratación opcional
Se efectuará su sellado con lechada o silicona.
¿Qué no cubre?
Se cubrirán los daños materiales en los bienes asegurados originados por
dichas filtraciones. Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Mecanismo de cisterna del inodoro. Quedan cubiertos la mano de obra y los 1. Las garantías y prestaciones que no hayan sido autorizadas por
materiales necesarios para su reparación. Mutua Madrileña.
Llaves de paso y grifos. Queda cubierta únicamente la mano de obra necesaria 2. La reparación o sustitución de elementos que se encuentren en
para su sustitución. buen estado de mantenimiento o conservación.
Elementos fijos de loza sanitaria. Queda cubierta únicamente la mano de obra 3. La reparación de cisternas empotradas o cuando haya que picar en
para ajustar los lavabos, bidés e inodoros cuando sea preciso. la pared para la ejecución de los trabajos.
Válvula y rebosadero. Quedan cubiertos, aunque no existan daños en los 4. La reparación de persianas automáticas.
bienes asegurados, la mano de obra y los materiales necesarios para fijarlos o
sustituirlos. 5. Los atascos en fosas sépticas, cloacas, alcantarillas, arquetas y
canalizaciones públicas.
Gomas de desagüe y tomas de agua de los electrodomésticos. Quedan
cubiertos la mano de obra y los materiales necesarios para su sustitución. 6. La reparación y los daños producidos fuera de la vivienda
asegurada, como, por ejemplo, azoteas, patios, jardines, etc.
Radiador. Queda cubierta únicamente la mano de obra para la reparación de
las fugas de agua siempre que sea posible.
Conducciones privativas. Queda cubierto, aunque no existan daños en los
Límites
bienes asegurados, el desatasco de forma manual, con guía, o con máquina
de presión (sin incluir el camión cuba).
Persianas. Queda cubierta únicamente la mano de obra necesaria para el COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
ajuste y reparación de persianas de PVC y aluminio.
100% suma 100% suma
Mantenimiento
asegurada asegurada
112 113
[Seite 58]
5. Coberturas de
contratación opcional
Límites gastos de alojamiento
Garantia antiocupación
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Con Mutua Madrileña tendrá la ayuda que necesite en caso de que durante
la vigencia de la póliza su vivienda sea ocupada ilegalmente.
Gastos
Antiocupación 800€ mes/máx. 6 meses
Gastos de alojamiento por ocupación de alojamiento
ilegal
Tenga en cuenta en caso de siniestro
¿Qué cubre?
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación acreditativa de:
Mutua Madrileña cubrirá los gastos de alojamiento que tuviera que soportar
el asegurado por la ocupación ilegal hasta el límite establecido en las El abono del importe del alojamiento alternativo.
Condiciones Particulares.
Copia de las gestiones judiciales o policiales iniciadas para recuperar la
posesión.
¿Qué no cubre? Pago de suministros por ocupación
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos: ¿Qué cubre?
1. Las viviendas que no sean vivienda habitual del asegurado de la
póliza. Mutua Madrileña cubrirá hasta el límite establecido en las Condiciones
Particulares los gastos de los suministros de la vivienda ocupada (agua, gas
y electricidad) que esté obligado contractualmente a soportar el Asegurado
durante la ocupación ilegal.
114 115
[Seite 59]
5. Coberturas de
contratación opcional
Para proceder al pago de esta indemnización se requiere que se hayan
iniciado las acciones judiciales para la recuperación de la posesión de la
Actos vandálicos por ocupación ilegal
vivienda o se haya presentado denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de
seguridad del Estado.
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
¿Qué cubre?
¿Qué no cubre?
Los daños materiales producidos en el continente o contenido de la vivienda
asegurada por actos malintencionados del ocupante ilegal hasta el límite
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: establecido en las Condiciones Particulares.
1. Cualquier compensación económica por el coste de suministros El pago de esta indemnización esta condicionado a lo siguiente:
originados con posterioridad a la fecha de la que se recupere
legalmente la posesión de la vivienda. 1. Que se hayan iniciado acciones judiciales para la recuperación de la
posesión de la vivienda o se haya presentado denuncia ante las Fuerzas y
Cuerpos de seguridad del Estado.
Límites
2. Que se haya llevado a cabo el desalojo por las Fuerzas y Cuerpos de
seguridad del Estado.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué no cubre?
Pago de
Antiocupación 100€ mes/máx. 6 meses
suministros Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
Tenga en cuenta en caso de siniestro 1. Los daños producidos por el deterioro del uso normal del
inmueble o sus instalaciones, su falta de mantenimiento o vicio
propio.
Deberá presentar a Mutua Madrileña la documentación acreditativa de:
2. Las pérdidas por hurto o apropiación indebida de los bienes
El abono del importe de los suministros. asegurados.
Copia de las gestiones judiciales o policiales iniciadas para recuperar la
posesión
116 117
[Seite 60]
5. Coberturas de
contratación opcional
3. Las ralladuras, desconchados y otros daños estéticos. Responsabilidad civil durante la
4. La rotura de cristales horizontales o espejos. ocupación ilegal
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
5. Las joyas, las obras de arte y antigüedades (con un valor
reconocido en el Mercado del Arte) así como los tapices, cuadros,
alfombras o pieles, cuyo valor unitario exceda de 3.000€. ¿Qué cubre?
6. Los daños causados por plantaciones de sustancias Psicotrópicas.
El pago de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a
terceros, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, siempre y
cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Límites
1. Que los daños se hayan producido durante la ocupación ilegal de la
vivienda.
2. Que los daños hayan sido causados como consecuencia de una acción
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO u omisión por parte de los ocupantes ilegales.
3. Que el Asegurado sea declarado responsable de los daños por sentencia
judicial firme.
Actos
Antiocupación 6.000€ 1.200€
Vandálicos
En los casos de reclamación de daños por responsabilidad civil al
Asegurado en los que la reclamación no supere los 7.500€, Mutua Madrileña
asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado.
Tenga en cuenta en caso de siniestro También se incluye, hasta el límite establecido en las Condiciones
Particulares:
Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o La defensa del asegurado por abogados y procuradores.
policiales iniciadas para recuperar la posesión.
Las costas y gastos judiciales o extrajudiciales.
Para la reparación o indemnización de los daños será necesario haber
recuperado la posesión de la vivienda asegurada. Las fianzas exigidas por los tribunales para garantizar la responsabilidad
civil.
118 119
[Seite 61]
5. Coberturas de
contratación opcional
¿Qué no cubre? Tenga en cuenta en caso de siniestro
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
excluidos: En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos partes
estén aseguradas en Mutua Madrileña, se lo notificaremos al asegurado
1. Daños por dolo o culpa grave del Tomador o del Asegurado. para que pueda designar a los profesionales que estime conveniente y
Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta el límite establecido en las
2. Daños y perjuicios por incumplimientos de obligaciones Condiciones Particulares.
contractuales.
Deberá presentar a Mutua Madrileña copia de las gestiones judiciales o
3. Las sanciones económicas o multas policiales presentadas para recuperar la posesión
4. La responsabilidad que deba ser cubierta por un seguro
obligatorio
Defensa del propietario frente a la
ocupación ilegal
Límites
Asesoramiento legal por ocupación
ilegal
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Responsabilidad
¿Qué cubre?
Civil
Hasta 7.500€
y Fianzas
Judiciales Mutua Madrileña pone a su disposición un equipo de abogados que de
forma telefónica resolverá las dudas legales que le surjan en caso de
Antiocupación ocupación ilegal durante la vigencia de la póliza sobre los siguientes temas:
Abogado y Procurador de Mutua Madrileña
Hasta 10.000€
Defensa Los derechos del asegurado en relación con la ocupación ilegal y la
del asegurado recuperación de la vivienda asegurada.
Abogado y Procurador de Libre elección
Hasta 3.000€ Los derechos del asegurado en relación con los daños causados en la
vivienda asegurada.
120 121
[Seite 62]
5. Coberturas de
contratación opcional
¿Qué no cubre? Protección legal por ocupación ilegal
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan ¿Qué cubre?
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
excluidos:
1. Emisión de dictamen escrito. Se garantiza la defensa de los derechos del asegurado por vía amistosa o
judicial para recuperar la posesión de la vivienda asegurada, en caso de que
2. Revisión de documentacion. ésta hubiera sido ocupada de forma ilegal durante la vigencia de la póliza.
En caso de que legalmente se requiera, de forma previa a la interposición de
la demanda, Mutua Madrileña:
Límites
Efecturá los tramites en su caso necesarios para poder acreditar si
el ocupante ilegal se encuentra o no en situación de vulnerabilidad
económica.
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Garantiza los gastos legales correspondientes al procedimiento de
conciliación o intermediación previa a la interposición de la demanda.
En caso de demanda, se incluye hasta el límite fijado en Condiciones
Asesoramiento
Antiocupación Número de consultas ilimitado Particulares:
legal
Los gastos notariales de otorgamiento de poderes necesarios para
pleitos, así como los de actas, requerimientos y otros necesarios para la
defensa de los intereses del Asegurado.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Los gastos judiciales, incluidos los honorarios de abogado y de procurador
• El asesoramiento será sobre la legislación española. en aquellos procedimientos en los que su intervención sea obligatoria.
Los honorarios y gastos de peritos designados o autorizados por Mutua
Madrileña.
El pago de las costas que correspondan.
Los gastos por la solicitud de medidas cautelares.
122 123
[Seite 63]
5. Coberturas de
contratación opcional
Las tasas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos. 5. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una
misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra Mutua
En su caso, el coste de la sesión informativa sobre mediación, así como Madrileña.
los honorarios del mediador que intervengan. Los gastos notariales de la
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
elevación a escritura pública de los acuerdos alcanzados entre ambas partes. 6. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde
la extinción de este contrato.
Los gastos de cerrajero necesarios para proceder a la apertura de la
vivienda asegurada, en el momento del desalojo y la sustitución de la 7. Los asuntos que deban seguirse ante tribunales internacionales
cerradura por una de similares características. o ante el Tribunal Constitucional, salvo el recurso de amparo por
vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas
Los gastos derivados de la ejecución judicial forzosa de sentencias o contra decisiones judiciales.
títulos ejecutivos que reconozcan derechos al Asegurado, con un máximo
de cuatro instancias dirigidas al órgano judicial a fin de que proceda a la 8. La reclamación de daños morales o patrimoniales que no deriven
investigación judicial del patrimonio del ejecutado, y durante un periodo o sean consecuencia de una daño material o corporal.
máximo de cinco años desde la firmeza de aquellos.
9. Las reclamaciones contra el causante del hecho que da lugar
a la cobertura que sea, respecto del Asegurado, pariente
en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil por
¿Qué no cubre? consanguinidad o afinidad. Queda asimismo excluida la defensa
del asegurado frente a las reclamaciones de las personas que
con él guarden alguno de los vinculos de parentesco indicados.
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no
autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al
asegurado.
3. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre
elección, cuando no hubiera comunicado previamente su
designación por escrito a Mutua Madrileña.
4. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados del
otorgamiento y la presentación de documentos públicos o
privados.
124 125
[Seite 64]
5. Coberturas de
contratación opcional
Si se alcanza un acuerdo amistoso y no le satisface, puede
Límites proseguir por su cuenta la reclamación y le reembolsaremos los
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, siempre
que obtenga un resultado más favorable.
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Si no se alcanza un acuerdo amistoso, Mutua Madrileña podrá
iniciar la reclamación judicial, salvo que la considere inviable o
Abogado y Procurador de Mutua temeraria.
Madrileña: Hasta 10.000€
Defensa Si opta por un Abogado o Procurador de su libre elección, deberá
Antiocupación
del asegurado Abogado y Procurador de Libre elección: comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre
Hasta 3.000€ de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su
Gastos legales: Hasta 250€ intervención.
Si ha optado por acudir por su cuenta a la vía judicial y, si obtiene
un resultado más favorable, le reembolsaremos los gastos hasta
la cantidad fijada en Condiciones Particulares.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
Siempre que el Juzgado o Tribunal no condene en costas a la parte
contraria, Mutua Madrileña reembolsará al Asegurado los honorarios
Si opta por un abogado o procurador de su libre elección, deberá pagados hasta el equivalente al precio medio de mercado, sin que
comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre en ningún caso pueda superarse el máximo de la suma asegurada
de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su indicada en las Condiciones Particulares, siendo a cargo del Asegurado
intervención. el exceso.
Ese precio medio de mercado se verá reducido o incrementado,
En caso de conflicto de intereses, por ejemplo, cuando las dos teniendo en consideración los siguientes criterios:
partes estén aseguradas en Mutua Madrileña se lo notificaremos
al asegurado para que pueda designar a los profesionales que El trabajo efectivamente realizado.
estime conveniente y Mutua Madrileña asumirá los gastos hasta
el límite establecido en las Condiciones Particulares. La complejidad jurídica del asunto y/o la laboriosidad del caso o la
prueba practicada.
Es condición necesaria para el inicio de cualquier trámite que la
compañía declare procedente la reclamación. El resultado obtenido.
Mutua Madrileña iniciará siempre la reclamación en vía amistosa Lo que en casos similares cobran otros abogados.
y se reserva la exclusividad en esta gestión previa.
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[Seite 65]
5. Coberturas de
contratación opcional
El límite máximo fijado en Condiciones Particulares se aplica
con independencia del número de reclamantes o profesionales
designados en un mismo siniestro.
Calderas y Calentadores
de gas o gasoil
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
En caso de disconformidad con la actuación del experto
designado por Mutua Madrileña, el asegurado podrá elegir a los
profesionales que desee, siendo a cargo de Mutua Madrileña los
gastos hasta el límite fijado en Condiciones Particulares.
¿Qué cubre?
Mutua Madrileña asume, en caso de avería de la Caldera o Calentador
de gas o gasoil de la vivienda, hasta el límite establecido en Condiciones
Particulares, y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE:
El desplazamiento y las 3 primeras horas de mano de obra.
La sustitucion de las piezas necesarias para la reparación de la avería.
Para la aplicación de esta cobertura será requisito necesario que la caldera
o calentador de gas o gasoil haya pasado las revisiones obligatorias
correspondientes establecidas en la normativa aplicable.. Por ello:
Al contratar esta cobertura, Mutua asume el coste de la revisión obligatoria
de la caldera de gas o de gasoil que debe realizarse de acuerdo con el Real
Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios o la normativa que la sustituya. Esta
revisión será realizada por una empresa especializada designada por Mutua
Madrileña e incluye:
Caldera de gas (Revisión Bienal):
Limpieza de la cámara de combustión.
Limpieza de quemadores.
Limpieza de inyectores y bujías de encendido y detector de llama.
128 129
[Seite 66]
5. Coberturas de
contratación opcional
Limpieza del ventilador. 3. Daños estéticos de la caldera.
Limpieza del bloque de calor en caso de ser necesaria. 4. Aparatos que presenten instalaciones no conformes a la
normativa.
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
Revisión de la presión del vaso de expansión y corrección si fuese
necesario. 5. Las averías causadas por daños accidentales en la caldera o
calentador.
Revisión del sistema de calefacción (circuito hidráulico, caldera y
radiadores). 6. Los daños que se produzcan por no seguir las indicaciones de la
empresa de mantenimiento (cambio de piezas, modificaciones en
Caldera de gasoil (Revisión anual): instalación, limpieza de chimeneas, etc..), las instrucciones del
Revisión de estanqueidad. Manual de instalación, mantenimiento y uso del fabricante.
Revisión de la combustión. 7. Las averías cuando el asegurado no hubiera realizado la revisión
obligatoria de la caldera y la inspección periódica establecida en
Comprobación de la correcta evacuación de productos de la normativa aplicable.
combustión.
8. Las averías de instalación, fuga de radiadores,
Para la revisión obligatoria la empresa designada por Mutua Madrileña descalcificaciones, cambio de acumuladores o cuerpos de
se pondrá en contacto con el asegurado. En caso de no ser posible el calderas de gasoil.
contacto, el asegurado deberá solicitar dicha revisión obligatoria llamando al
91 555 55 55 de Lunes a Viernes de 9h a 18h. 9. Las revisiones o reparaciones de averías no realizadas por
reparadores enviados por Mutua Madrileña.
Esta cobertura y las revisiones se limitan a una única caldera o
calentador que esté dentro de la vivienda asegurada.
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Las calderas o calentadores industriales, comunitarias, o cuyo
uso no sea privativo y doméstico.
2. Las calderas superiores a 70 kW.
130 131
[Seite 67]
5. Coberturas de
contratación opcional
Límites
Eco Placas Solares
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
¿Qué cubre?
Servicios y Gastos
de desplazamiento: Mutua Madrileña asume, hasta el límite establecido en Condiciones
sin límite. Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE:
Mano de obra:
Calderas Avería X
3 horas por
asistencia La pérdida material de cualquiera de los elementos de la instalación de
Materiales: las placas solares como consecuencia de robo o atraco.
50€/Año
El desplazamiento y 3 horas de mano de obra para la reparación de
averías en el cuadro eléctrico e instalación interior fotovoltaica.
La sustitución por robo o avería del inversor, baterías, placas,
Tenga en cuenta en caso de siniestro acumulador, cuadro eléctrico e instalación interior fotovoltaica. En caso
de que este material esté obsoleto se sustituirá por uno de similares
características (Incluye alquiler de camión si fuera necesario).
La asistencia y la revisión se realizarán por las empresas o profesionales
designados por Mutua Madrileña. Las placas solares deben estar en la vivienda asegurada, jardines y terrazas
de uso exclusivo del asegurado.
La sustitución de piezas estará sujeta a su disponibilidad en el mercado.
132 133
[Seite 68]
5. Coberturas de
contratación opcional
¿Qué no cubre? Límites
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
excluidos:
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
1. Los daños producidos por el uso indebido de productos de
limpieza. Hasta 20.000€
Robo X
al año
2. La falta de mantenimiento de los cables de protección.
Servicio
3. Los efectos o daños causados por animales, como las aves o los Gastos de Hasta 24
Eco
desplazamiento: paneles
roedores. Placas
solares por
Solares sin límite
Avería Mano de obra: X anualidad
4. El cuadro general de la vivienda. 3 horas por
asistencia
5. Instalaciones no homologadas. Materiales:
50€/año
6. Las reparaciones de averías no realizadas por reparadores
enviados por Mutua Madrileña.
Tenga en cuenta en caso de siniestro
La asistencia y la revisión se realizará por las empresas o profesionales
designados por Mutua Madrileña.
134 135
[Seite 69]
5. Coberturas de
contratación opcional
2. Los daños producidos por actos malintencionados cuando
el asegurado haya entregado las llaves de forma voluntaria,
Eco Punto de Recarga facilitando el acceso al interior de la vivienda asegurada.
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
3. Los robos o actos malintencionados que hayan sido autores o
cómplices el tomador, asegurado, propietario e inquilino; familiares,
empleados domésticos o personas que convivan con aquéllos.
¿Qué cubre?
Mutua Madrileña asume, hasta el límite establecido en Condiciones Límites
Particulares y siempre que se haya asegurado el CONTINENTE:
La pérdida material del punto de recarga causada como consecuencia
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
de robo o atraco.
Los daños materiales producidos en el punto de recarga por actos Robo Hasta 6.000€ al año X
malintencionados.
Actos
Hasta 6.000€ al año X
El desplazamiento y 3 horas de mano de obra para la reparación de vandálicos
averías del punto de recarga. Eco Punto
Recarga Servicio y Gastos de
El punto de recarga debe estar en la vivienda asegurada, jardines y desplazamiento:
terrazas que sean de uso exclusivo del asegurado (incluida plaza de garaje sin límite
Avería X
Mano de obra: 3 horas
comunitaria). por asistencia
Materiales: 50€/año
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan
Tenga en cuenta en caso de siniestro
excluidos:
1. La reparación de averías no realizada por reparadores enviados La reparación se realizará por las empresas o profesionales designados
por Mutua Madrileña.
por Mutua Madrileña.
136 137
[Seite 70]
5. Coberturas de
contratación opcional
3. Los daños producidos en teléfonos móviles con una antigüedad
superior a 5 años desde su adquisición.
Rotura de pantallas de 4. Los accesorios del dispositivo, como, por ejemplo, carcasas,
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
teléfonos móviles fundas o protectores de pantalla.
5. El deterioro de la superficie o defecto estético de la pantalla del
teléfono móvil, como, por ejemplo, ralladuras, arañazos, y otros daños
estéticos que no afecten al normal funcionamiento del teléfono móvil.
¿Qué cubre?
6. Los daños eléctricos y las averías mecánicas.
En caso de rotura accidental de la pantalla delantera del teléfono móvil 7. Los gastos que puedan producirse por la pérdida de datos o
del asegurado, los gastos de piezas y mano de obra necesarios para archivos del dispositivo.
su reparación, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares,
y siempre que se haya asegurado el CONTENIDO. En caso de móviles 8. Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o del
plegables se considera pantalla delantera la frontal completa que se pliega. vendedor.
Se establece un periodo de carencia de 1 mes desde la entrada en vigor de 9. Teléfonos móviles sin la garantía del fabricante o del vendedor,
esta cobertura. salvo cuando esta haya expirado temporalmente.
Esta cobertura cubre hasta un máximo de cuatro teléfonos móviles 10. Los daños producidos por mal uso, o incumplimiento de las
propiedad del asegurado. condiciones del manual de instrucciones.
11. Teléfonos móviles con números de serie ilegibles o certificados
de garantía alterados.
¿Qué no cubre?
12.Otros daños en componentes del teléfono móvil que pueden
acompañar a la rotura de la pantalla delantera como, por
Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: ejemplo, micrófonos, cámaras o botones.
1. Los teléfonos móviles que se utilicen principalmente para fines
profesionales o comerciales.
2. Los siniestros que se hayan producido dentro del periodo de carencia.
138 139
[Seite 71]
5. Coberturas de
contratación opcional
Límites
5. COBERTURAS DE CONTRATACIÓN OPCIONAL
COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO
Hasta 500€
Rotura pantalla teléfono móvil X
1 Siniestro/Anualidad
En caso de que la reparación de la rotura de la pantalla del teléfono móvil no
sea suficiente para que esté en condiciones normarles de funcionamiento,
no se procederá a su reparación, sino que se indemnizará la pantalla en
base al precio de compra del dispositivo, conforme a la siguiente tabla:
PRECIO DEL DISPOSITIVO INDEMNIZACIÓN
Menos de 200€ 60€
201 a 400€ 90€
401 600€ 120€
601 a 900€ 150€
Más de 901€ 180€
Tenga en cuenta en caso de siniestro
La reparación se realizará siempre por las empresas o profesionales
designados por Mutua Madrileña.
Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que
acredite la propiedad del teléfono móvil.
140 141
[Seite 72]
APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS
3
APLICABLE
A TODAS LAS COBERTURAS
[Seite 73]
Legislación que aplica
a su contrato
Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las
Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de
aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la
página www.mutua.es:
LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO
Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento.
Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de
servicios financieros destinados a los consumidores.
Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago
y otras medidas urgentes en materia financiera.
Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las
enumeradas.
Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia de Grupo
Mutua Madrileña en www.grupomutua.es/corporativa/informes-regulatorios.jsp
Se destacan especialmente en estas Condiciones Generales
aquellas cláusulas limitativas de sus derechos así como las
exclusiones de cobertura de la póliza.
144 145
[Seite 74]
Qué le interesa saber
de su contrato...
1. Entrada en vigor y firma 3. Ámbito Territorial
Este contrato asegura los riesgos que son objeto de cobertura de Se garantizan los siniestros producidos en territorio español que sean
acuerdo con los límites pactados en las Condiciones Generales, competencia de los Juzgados y Tribunales españoles.
QUÉ LE INTERESA SABER DE SU CONTRATO...
Particulares, Especiales y Suplementos que forman parte de él.
La cobertura de Reclamación de Daños, dentro de Defensa Jurídica,
Tiene que devolver el contrato a Mutua Madrileña firmado. surte efecto también en Andorra.
Este contrato entra en vigor en el día y hora reflejados en las Además, surtirán efecto en la Unión Europea
Condiciones Particulares. (ver países en www.mutua.es):
Para que este contrato tenga efecto, el recibo de la prima debe haber Responsabilidad Civil.
sido pagado. Desplazamiento por vacaciones.
Y en todo el mundo, la cobertura de Accidentes Corporales.
2. Duración
El contrato es anual y se prorrogará automáticamente cada año, 4. Préstamo hipotecario
salvo que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra su
voluntad de no renovarlo. Cuando exista sobre la vivienda asegurada un préstamo hipotecario,
será de aplicación lo establecido en art. 40-42 de la Ley de contrato de
Esta comunicación deberá hacerse con antelación a la fecha de seguro.
vencimiento del contrato:
Si es el tomador, deberá hacerlo un mes antes.
Si es Mutua Madrileña, la antelación será de dos meses.
En caso de solicitar la anulación del contrato por cualquier motivo
antes del vencimiento no se devolverá la parte de la prima no
consumida.
146 147
[Seite 75]
Como tomador su
obligación es...
1. Pago de la prima Madrileña se lo comunicará al tomador indicándole que, de no
pagarlo, el contrato quedará automáticamente resuelto y el mutualista
quedará sin cobertura alguna.
Deberá pagar el importe de la prima mediante tarjeta, domiciliación bancaria
o cualquiera de las formas de pago que Mutua Madrileña tenga disponibles.
Mutua Madrileña pondrá a disposición del tomador, tanto en el área privada
Aplazado
COMO TOMADOR SU OBLIGACIÓNN ES...
como en la App, un justificante de pago que también podrá solicitar en
papel.
Disponemos también de un sistema de pago aplazado, que se
aplicará cuando expresamente lo solicite y Mutua Madrileña acepte.
Deberá facilitar a Mutua Madrileña los datos de su cuenta bancaria o los
necesarios según la forma de pago seleccionada para poder proceder al
Mutua Madrileña podrá denegar este sistema de pago en cualquiera
abono de la prima y firmar la autorización de pagos que se incluye en las
de las prórrogas del contrato y se lo comunicaremos, al menos 2
Condiciones Particulares
meses antes de su vencimiento, volviendo al sistema de pago anual.
La prima inicial está fijada en las Condiciones Particulares. Para sucesivas
El primer recibo incorporará, además del importe de una de las
prórrogas del contrato, la prima podrá actualizarse teniendo en cuenta:
fracciones de prima, una parte de los impuestos y los recargos.
Los recibos siguientes serán del mismo importe e incluirán la fracción
La adaptación de las sumas aseguradas según el IPC anual. Esta
de prima y los impuestos que resten.
adaptación no se producirá para la cobertura de Responsabilidad Civil
ni para los límites de indemnización fijos o porcentuales establecidos
En caso de impago de cualquiera de los recibos, Mutua Madrileña se
en las Condiciones Particulares.
lo notificará, permitiéndole pagar el importe del recibo impagado en el
plazo que se le comunique e indicándole que, de no efectuar el pago,
Criterios técnico actuariales.
el contrato quedará automáticamente resuelto.
Modificaciones de garantías u otros elementos del contrato
El impago de cualquiera de los recibos paraliza la emisión del siguiente
(características de la vivienda, domicilio, etc.) que supongan la
recibo.
agravación o disminución del riesgo.
a.Sistemas de pago
Anual
La prima se pagará en la fecha de vencimiento del recibo.
Si presentado el recibo al cobro este no fuera abonado, Mutua
148 149
[Seite 76]
Como tomador su
obligación es...
b.En caso de impago 2. Declaración exacta del riesgo
Régimen aplicable al impago de la primera anualidad de prima El contrato se ha realizado de acuerdo con su declaración al
cuestionario de contratación, que supone la aceptación del riesgo por
En caso de impago del recibo de prima anual o de cualquiera de los Mutua Madrileña, la fijación de la prima y la forma y alcance en que
COMO TOMADOR SU OBLIGACIÓNN ES...
recibos de pago aplazado, Mutua Madrileña no cubrirá los siniestros será indemnizado en caso de siniestro.
que se produzcan.
Su declaración al cuestionario de contratación ha de ser veraz e incluir
Si se resolviera el contrato por esta causa, la fracción o fracciones todas las circunstancias que puedan afectar al riesgo.
de prima pagadas corresponderán a Mutua Madrileña, que no estará
obligada a devolver cantidad alguna. Mientras el contrato esté en vigor se tiene que comunicar a
Mutua Madrileña cualquier circunstancia que modifique el riesgo
Si el contrato no hubiera sido resuelto, la cobertura volverá a tener asegurado.
efecto a las 24 horas del día en que se pague el recibo pendiente.
Si se incumplen estas obligaciones, Mutua Madrileña podrá:
Régimen aplicable a la segunda y sucesivas anualidades de prima En caso de siniestro, reducir la indemnización proporcionalmente
entre la prima del contrato y la que correspondería si el riesgo se
Se aplicará el mismo régimen del apartado anterior, salvo lo siguiente: hubiera declarado correctamente.
En caso de impago del recibo de prima anual o del primero de los Rechazar el siniestro.
recibos de pago aplazado, Mutua Madrileña no cubrirá los siniestros
producidos a partir del mes siguiente a la fecha de efecto del recibo Rescindir el contrato de conformidad con el artículo 12 de la Ley de
impagado (mes de gracia). Contrato de Seguro.
Si Mutua Madrileña no reclama el pago dentro de los 6 meses
siguientes al vencimiento del recibo de prima anual o primer recibo de
pago aplazado, el contrato se extinguirá automáticamente transcurrido
dicho plazo
150 151
[Seite 77]
En caso de siniestro
no olvide que...
1. Plazo para comunicar el siniestro
Deberá comunicar el siniestro a Mutua Madrileña dentro del plazo
máximo de 7 días desde que supo de su ocurrencia.
EN CASO DE SINIESTRO NO OLVIDE QUE...
Mutua Madrileña le podrá reclamar los daños y perjuicios que por esta
falta de comunicación se hubieran ocasionado.
Antes de que se efectúe cualquier reparación, Mutua Madrileña
comprobará los daños ocasionados por el siniestro. El asegurado no
podrá reparar por su cuenta sin contar con la autorización previa de
Mutua Madrileña, salvo en casos de urgencia. Si se incumple esta
obligación, Mutua Madrileña no se hará cargo del pago de las
reparaciones efectuadas.
2. Facilitar información y colaborar
con Mutua Madrileña
Deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del
siniestro.
Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias
del siniestro, incluidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y colaborar
con Mutua Madrileña, especialmente si el asunto termina en los Tribunales de
Justicia.
Deberá colaborar con los peritos y demás profesionales de Mutua Madrileña
durante la tramitación del siniestro.
Deberá conservar los restos del siniestro hasta que se determinen los daños.
y en caso de imposibilidad, acreditar los mismos mediante fotografías u otros medios.
No podrá negociar, admitir, ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados
relativas al siniestro sin la autorización expresa de Mutua Madrileña.
Si después de un siniestro fuera indemnizado por un tercero o se recuperase
el bien asegurado, está obligado a comunicarlo a Mutua Madrileña a la mayor
brevedad posible a fin de reintegrar la indemnización percibida en exceso.
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Cómo se valora
un siniestro
Los daños en los bienes asegurados se tasarán como si se sustituyeran
por uno nuevo (valor de nuevo), sin depreciaciones por ser antiguos, estar
desgastados o fuera de uso, con las siguientes excepciones:
Cuando la depreciación supere el 75% de su valor de nuevo.
Los bienes en mal estado de conservación o mantenimiento.
CÓMO SE VALORA UN SINIESTRO
Los aparatos eléctricos y electrónicos con más de 5 años desde
su fecha de fabricación.
Las joyas y objetos de valor especial.
En estos casos, la tasación se hará por el valor real y hasta el límite
establecido en las Condiciones Particulares.
Si hubiera disconformidad con la valoración de Mutua Madrileña se estará a
lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver
www.mutua.es) que determina que las partes designarán cada una a un
perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien
determine la valoración.
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Cómo se indemniza
un siniestro
La indemnización se cuantificará de acuerdo con:
La tasación de los daños. Solo se abonará el IVA con la aportación previa
de una factura.
Los capitales asegurados establecidos en las Condiciones Particulares.
CÓMO SE INDEMNIZA UN SINIESTRO
Los límites de indemnización establecidos en las Condiciones
Particulares.
Además se tendrán en cuenta las siguientes normas para el cálculo de
indemnización:
Regla proporcional: se aplica cuando el capital asegurado es
inferior al valor del bien asegurado.
Fórmula a aplicar:
Ejemplo: el capital asegurado de la vivienda es 75.000€ y el valor
una vez hecha la tasación es de 100.000€. En este caso si se
produjera un siniestro, la indemnización se reduciría un 25%, que
es la diferencia entre el capital asegurado y el valor del bien.
No se aplicará la regla proporcional y Mutua Madrileña pagará el
importe íntegro de los daños, hasta el límite establecido en las
Condiciones Particulares:
Cuando el tomador haya aceptado los capitales recomendados
por Mutua Madrileña.
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Cómo se indemniza
un siniestro
Cuando la diferencia entre el capital asegurado y el valor del La vivienda se suele asegurar por la comunidad de propietarios
bien no supere el 15%. según el coeficiente de participación del propietario en la misma.
Regla de equidad: se aplica en caso de declaración inexacta En caso de daño parcial, se indemnizará por el coste de
del riesgo (ver apartado “Como tomador su obligación es…”). reparación de la parte dañada.
En caso de siniestro, se reducirá la indemnización En las colecciones de cualquier tipo se indemnizarán solo las
CÓMO SE INDEMNIZA UN SINIESTRO
proporcionalmente a la diferencia entre la prima abonada y la partes o piezas dañadas, sin tener en cuenta la pérdida del valor
prima que correspondería pagar si el riesgo se hubiera declarado del conjunto de la colección.
correctamente.
En caso de daños en objetos de valor especial, si no se aseguran
Fórmula a aplicar: de manera opcional, se indemnizará por un importe máximo de
1.800€.
En caso de daños en joyas, si no se aseguran de manera
opcional, se indemnizará hasta el límite del 10% de la suma
asegurada por mobiliario con un máximo de 6.000€. En todos los
casos, el límite será de 3.000€ por joya.
Ejemplo: los metros declarados de la vivienda son 75 m2 , que
se corresponde con una prima de 150€, y los metros reales de
la vivienda son 100 m2 , que correspondería una prima de 200€.
En este caso si se produjera un siniestro, la indemnización se
reduciría un 25%, que es la diferencia entre la prima abonada y la
que correspondería pagar.
Si existiera más de un contrato de seguro sobre el mismo bien y,
ocurriera un siniestro, la indemnización se realizará en la parte
proporcional del capital asegurado en cada uno de los contratos.
La indemnización total a cargo de todos los contratos, nunca
podrá superar el valor del bien dañado.
Ejemplo: si una vivienda está asegurada por el propietario y por la
comunidad de propietarios, habría que calcular primero el capital
asegurado por cada contrato y después repartir la indemnización
en esa misma proporción.
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Este seguro no cubre...
Exclusiones Generales: 8. Los daños debidos a deslizamientos, hundimientos,
reblandecimiento del terreno y corrimientos de tierra.
a. Para todas las coberturas del seguro. 9. Los daños causados por ocupantes ilegales de la vivienda,
salvo contratación expresa de la garantía opcional
Los daños y perjuicios: Antiocupación.
1. Causados por guerras, huelgas, manifestaciones o cualquier b. Para las coberturas sobre daños en CONTINENTE
y CONTENIDO.
ESTE SEGURO NO CUBRE...
otro acto tumultuario o por siniestros calificados oficialmente
de catástrofe o calamidad nacional.
Además de las Exclusiones Generales anteriores, quedan
2. Causados en una vivienda que carezca de los requisitos excluidos los daños y perjuicios:
administrativos necesarios para ser habitada.
1. Distintos a la reparación o sustitución del bien, salvo los
3. Causados por la radiación nuclear o la contaminación previstos en la garantía de inhabitabilidad y pérdida de
radioactiva. alquileres. Por ejemplo, la pérdida de ingresos.
4. Causados por acontecimientos extraordinarios cubiertos 2. Causados por el estado ruinoso del inmueble o debidos a su
por el Consorcio de Compensación de Seguros, tales como falta de mantenimiento.
inundaciones, terremotos y catástrofes naturales.
3. Los que tengan su causa en vicios ocultos o defectos de
5. Causados por dolo o culpa grave del tomador, asegurado, fabricación o construcción de cualquiera de los elementos
propietario e inquilino; familiares, empleados domésticos de la vivienda. Esta exclusión no se aplica a la cobertura de
o personas que convivan con aquéllos, incluso cuando Protección Legal.
cualquiera de estas personas participe de manera indirecta en
la producción del daño. Igualmente y en los mismos términos 4. Producidos por termitas, polillas, gusanos, roedores o
quedan excluidos los daños causados por dolor o culpa grave cualquier clase de plagas o insectos.
de los responsables de los animales titularidad del asegurado.
5. Producidos por el desgaste normal del bien asegurado.
6. Originados por la mala instalación o montaje de los bienes
asegurados. 6. Los daños causados por ocupantes ilegales de la vivienda, sin
vínculo contractual con el asegurado.
7. Producidos durante la realización de obras de reparación,
remodelación o reconstrucción de la vivienda que requieran
licencia administrativa (por ejemplo, licencia de obra).
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Protección al asegurado
ante quejas y reclamaciones
PROTECCIÓN AL ASEGURADO ANTE QUEJAS Y RECLAMACIONES
Protección del asegurado
Si durante la prestación de un servicio por parte del Grupo Mutua Madrileña
desea trasladarnos alguna incidencia, queja o reclamación, podrá hacerlo
llamando al teléfono 91 555 55 55, dirigiéndose al correo electrónico
reclamaciones@mutua.es, registrando la misma en el Área Personal (https://
www.mutua.es/area-privada/reclamaciones) de la web Mutua, presencialmente
en cualquiera de nuestras oficinas o por correo postal a la dirección Pº de la
Castellana nº 33 (28046 Madrid).
¿Quién puede hacerlo?
El tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o herederos de
cualquiera de ellos.
¿Qué sucede después?
El departamento donde se ha originado la incidencia, la estudiará en detalle y
contactará con usted para darle una respuesta.
Si la respuesta proporcionada por el Área no resulta de su conformidad, usted
tiene la posibilidad de dirigirse al Departamento de Atención al Mutualista, al
Asegurado y al Cliente, por escrito, a la dirección de correo postal Paseo de la
Castellana 33, 28046 Madrid; al Fax: 91 592 26 66 o al email asinf@mutua.es.
Este Departamento procederá a emitir una resolución en el plazo de un mes.
En caso de que persista su disconformidad, podrá acudir al Defensor del
Mutualista, del Asegurado y del Cliente. Para ello, previamente tiene que haber
una resolución del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y
al Cliente del Grupo Mutua Madrileña Automovilista. Puede dirigir su escrito a
nombre del Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente, en la dirección
Paseo de la Castellana 33, 28046 Madrid o al email defensor@mutua.es. El
Defensor dispone de un plazo de dos meses para dictar su resolución.
Asimismo, le informamos que podrá acudir al Servicio de Reclamaciones de la
Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, Paseo de la Castellana
44, 28046 Madrid (página web: www.mineco.es), o al de la CNMV, Calle Edison
4, 28006 Madrid (página web www.cnmv.es), después de recibir la resolución
del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y al Cliente.
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
CLÁUSULA DE INDEMNIZACIÓN POR EL CONSORCIO DE
COMPENSACIÓN DE SEGUROS DE LAS PÉRDIDAS DERIVADAS
DE ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS EN SEGUROS
CON COBERTURAS COMBINADAS DE DAÑOS A PERSONAS
Y EN BIENES Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN VEHÍCULOS
TERRESTRES AUTOMÓVILES
Le informamos que, de acuerdo con la normativa actualmente en vigor, el
Consorcio de Compensación de Seguros cuenta con una nueva cláusula de
cobertura de riesgos extraordinarios.
De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto legal
del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el tomador de un contrato de seguro
de los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada
entidad pública empresarial tiene la facultad de convenir la cobertura de los
riesgos extraordinarios con cualquier entidad aseguradora que reúna las
condiciones exigidas por la legislación vigente.
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por
acontecimientos extraordinarios acaecidos en España, y que afecten a
riesgos en ella situados y, en el caso de daños a las personas, también los
acaecidos en el extranjero cuando el asegurado tenga su residencia habitual
en España, serán pagadas por el Consorcio de Compensación de Seguros
cuando el tomador hubiese satisfecho los correspondientes recargos a su
favor y se produjera alguna de las siguientes situaciones:
a) Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación
de Seguros no esté amparado por la póliza de seguro contratada con la
entidad aseguradora.
b) Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones
de la entidad aseguradora no pudieran ser cumplidas por haber
sido declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un
procedimiento de liquidación intervenida o asumida por el Consorcio de
Compensación de Seguros.
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a lo b) Los ocasionados en bienes asegurados por contrato de seguro distinto
dispuesto en el mencionado Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 de a aquellos en que es obligatorio el recargo a favor del Consorcio de
octubre, de Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro de riesgos Compensación de Seguros.
extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y c) Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a su
en las disposiciones complementarias. manifiesta falta de mantenimiento.
d) Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la
Resumen de las normas legales declaración oficial de guerra.
e) Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en
1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos: la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños
nucleares o producidos por materiales radiactivos. No obstante,
a) Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; lo anterior, sí se entenderán incluidos todos los daños directos
inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de ocasionados en una instalación nuclear asegurada, cuando sean
mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo consecuencia de un acontecimiento extraordinario que afecte a la
los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los propia instalación.
tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos. f) Los debidos a la mera acción del tiempo, y en el caso de bienes total
b) Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, o parcialmente sumergidos de forma permanente, los imputables a la
rebelión, sedición, motín y tumulto popular. mera acción del oleaje o corrientes ordinarios.
c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y g) Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los
Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. señalados en el apartado 1.a) anterior y, en particular, los producidos
Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento
la caída de cuerpos siderales se certificarán, a instancia del Consorcio o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos
de Compensación de Seguros, mediante informes expedidos por la similares, salvo que éstos fueran ocasionados manifiestamente por
Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la
y los demás organismos públicos competentes en la materia. En los zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con
casos de acontecimientos de carácter político o social, así como en el carácter simultáneo a dicha inundación.
supuesto de daños producidos por hechos o actuaciones de las Fuerzas h) Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de
Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto
Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de
jurisdiccionales y administrativos competentes información sobre los reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que
hechos acaecidos. las citadas actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos
extraordinarios de los señalados en el apartado 1.b) anterior.
2. Riesgos excluidos: i) Los causados por mala fe del asegurado.
j) Los derivados de siniestros por fenómenos naturales que causen
a) Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de daños a los bienes o pérdidas pecuniarias cuando la fecha de emisión
Seguro. de la póliza o de efecto, si fuera posterior, no preceda en siete días
naturales a aquél en que ha ocurrido el siniestro, salvo que quede
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
demostrada la imposibilidad de contratación anterior del seguro a vehículos que estén asegurados por póliza de seguro de automóviles.
por inexistencia de interés asegurable. Este período de carencia b) En el caso de pérdidas pecuniarias diversas, la franquicia a cargo del
no se aplicará en el caso de reemplazo o sustitución de la póliza, asegurado será la misma prevista en la póliza, en tiempo o en cuantía,
en la misma u otra entidad, sin solución de continuidad, salvo en la para daños que sean consecuencia de siniestros ordinarios de pérdida
parte que fuera objeto de aumento o nueva cobertura. Tampoco se de beneficios. De existir diversas franquicias para la cobertura de
aplicará para la parte de los capitales asegurados que resulte de la siniestros ordinarios de pérdida de beneficios, se aplicarán las previstas
revalorización automática prevista en la póliza. para la cobertura principal.
k) Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la c) Cuando en una póliza se establezca una franquicia combinada para
primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley daños y pérdida de beneficios, por el Consorcio de Compensación
de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se liquidarán los daños materiales con deducción de la
de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta franquicia que corresponda por aplicación de lo previsto en el apartado
de pago de las primas. a) anterior, y la pérdida de beneficios producida con deducción de la
l) En el caso de los daños a los bienes, los indirectos o pérdidas franquicia establecida en la póliza para la cobertura principal, minorada
derivadas de daños directos o indirectos, distintos de las pérdidas en la franquicia aplicada en la liquidación de los daños materiales.
pecuniarias delimitadas como indemnizables en el Reglamento
del seguro de riesgos extraordinarios. En particular, no quedan II. En los seguros de personas no se efectuará deducción por franquicia.
comprendidos en esta cobertura los daños o pérdidas sufridas
como consecuencia de corte o alteración en el suministro exterior de 4. Extensión de la cobertura
energía eléctrica, gases combustibles, fuel-oil, gasoil, u otros fluidos, ni
cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas distintas de las citadas 1) La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a los mismos
en el párrafo anterior, aunque estas alteraciones se deriven de una bienes o personas, así como las mismas sumas aseguradas que se
causa incluida en la cobertura de riesgos extraordinarios. hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura
m) Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el de los riesgos ordinarios.
Gobierno de la Nación como de «catástrofe o calamidad nacional». 2) No obstante lo anterior:
n) En el caso de la responsabilidad civil en vehículos terrestres a) En las pólizas que cubran daños propios a los vehículos a motor
automóviles, los daños personales derivados de esta cobertura. la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
Compensación de Seguros garantizará la totalidad del interés
3. Franquicia asegurable, aunque la póliza ordinaria sólo lo haga parcialmente.
b) Cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza
I. La franquicia a cargo del asegurado será: de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles,
la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de
a) En el caso de daños directos, en los seguros contra daños en las cosas Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo en el
la franquicia a cargo del asegurado será de un siete por ciento de la estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior
cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro. No a la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general
obstante, no se efectuará deducción alguna por franquicia a los daños aceptación en el mercado.
que afecten a viviendas, a comunidades de propietarios de viviendas, ni c) En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en
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Qué cubre el Consorcio de
Compensación de Seguros
QUÉ CUBRE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los
seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el
Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo procedimiento a seguir, el Consorcio dispone del siguiente
para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada teléfono de atención al asegurado: 900 222 665.
y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera
emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión
matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda
al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante
comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el
beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los
anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con
cuya intervención se gestionará el seguro.
2. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información
relativa al procedimiento y al estado de tramitación de los siniestros podrá
realizarse:
− Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de
Compensación de Seguros (900 222 665 o 952 367 042).
− A través de la página web del Consorcio de Compensación de
Seguros (www.consorseguros.es).
3. Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten
indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al contenido de
la póliza de seguro se realizará por el Consorcio de Compensación de
Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su
caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos
ordinarios.
4. Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros
realizará el pago de la indemnización al beneficiario del seguro mediante
transferencia bancaria.
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91 555 55 55
www.mutua.es
MH4_006_2506