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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil particular y familiar / Archivo de condiciones

Patria Hispana Hogar Exclusivo: el condicionado completo

Seguro de hogar Patria Hispana Hogar Exclusivo con responsabilidad civil y fianzas según la opción elegida, válido solo en España (solo documento de información del producto, sin condiciones de la responsabilidad civil).

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Preparamos su solicitud con Patria Hispana y le enviamos la documentación.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 77 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada para daños personales y materialessegún las condiciones particulares„Se incluyen además la cobertura de responsabilidad civil, protección jurídica, servicio de asistencia y pequeñas reparaciones en el hogar“IPID, ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Perjuicios económicosno regulado
Límite anual por anualidadno regulado
Franquicia generalno regulado
Personas aseguradas (pareja, hijos, límites de edad)no regulado
Hijos solteros: hasta cuándo están cubiertosno regulado
Ámbito territorial y estancias en el extranjerosí„Las garantías contratadas serán de aplicación a los siniestros produccidos en España, con sujeción al derecho y tribunales españoles.“IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 1
Garantía frente al condicionado modelo GDVno regulado
Garantía de actualización de condicionesno regulado
Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condicionesno regulado
Cobertura automática de nuevos riesgosno regulado
Fianza por siniestros en el extranjerono regulado
Garantía de la cobertura anterior al cambiar de aseguradorano regulado
Continuación para pareja e hijos tras el fallecimiento del tomadorno regulado
Exención de prima en caso de desempleono regulado
Gastos de defensa en procedimientos penalesno regulado

Personas y hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños causados por menores sin capacidad de culpano regulado
Daños por adultos sin capacidad (demencia)no regulado
Personal doméstico, au pair, cuidadoresno regulado
Familiares dependientes en el hogarno regulado
Voluntariadono regulado
Daños por favores o ayudas de cortesíano regulado
Reclamaciones entre aseguradosno regulado
Pareja de hecho y sus hijosno regulado
Estudiantes de intercambio y au pairs en el hogarno regulado
Cuidado de hijos ajenos (canguro, cuidado diurno)no regulado

Bienes ajenos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda alquiladano regulado
Daños a bienes muebles alquilados (apartamento, hotel)no regulado
Bienes prestados, alquilados o arrendadosno regulado
Pérdida de llaves privadasno regulado
Pérdida de llaves profesionales y sistemas de cierreno regulado
Daños graduales y aguas residualesno regulado
Intercambio de datos y uso de internetno regulado
Daños de carga y descargano regulado
Daños a bienes del empleador o compañerosno regulado
Daños en habitaciones de hotel, alojamientos vacacionales y su mobiliariono regulado
Rotura de cristales en la vivienda alquiladano regulado
Calefacción, fontanería, electricidad y electrodomésticos en la vivienda alquiladano regulado
Aguas residuales domésticas y reflujono regulado
Vulneración del derecho al honor y a la propia imagen, también en internetno regulado

Ocio, vehículos y animales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vehículos a motor: excepciones a la exclusiónno regulado
Uso de vehículos ajenosno regulado
Embarcaciones propias (vela, potencia)no regulado
Uso ocasional de embarcaciones ajenasno regulado
Aeromodelos y dronesno regulado
Bicicletas eléctricas y patinetesno regulado
Mascotas domésticas y animales pequeñosno regulado
Cuidado de perros y caballos ajenosno regulado
Deporte, competiciones, armas, cazano regulado
Tablas de surf, cometas de kitesurf y paddle surfno regulado
Robots cortacésped y máquinas autopropulsadasno regulado
Sillas de ruedas, sillas eléctricas y scooters de movilidadno regulado
Perros potencialmente peligrososno regulado
Abejas y animales salvajes domesticadosno regulado
Fuegos artificialesno regulado
Caravanas y remolques (estacionados, no enganchados)no regulado

Vivienda y propiedad

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vivienda propia habitada por el aseguradono regulado
Segunda residencia o vivienda vacacionalno regulado
Alquiler de habitaciones o apartamento anexono regulado
Terrenos sin edificarno regulado
Riesgo como promotor de obrasno regulado
Placas solares y bateríasno regulado
Contaminación de aguas por depósitos de gasóleono regulado
Daños medioambientales según la leyno regulado
Deber de mantener accesos seguros (nieve, hielo)no regulado
Cargador de vehículo eléctrico y batería domésticano regulado
Garajes y plazas de aparcamientono regulado

Protección propia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cobertura por impago del causanteno regulado
Gastos jurídicos para reclamar al causanteno regulado
Protección de víctimas de delitos violentosno regulado
Indemnización a valor nuevo o realno regulado
Actividades secundarias (límite de facturación)no regulado
Responsabilidad de funcionariosno regulado

Contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Culpa grave y obligaciones del aseguradosí„Comunicar los siniestros dentro del plazo máximo de 7 días tras su conocimiento.“IPID, ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Duración y rescisiónsí„Mediante comunicación escrita efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo del seguro en curso.“IPID, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Cláusula de revisión de primano regulado
Exclusiones poco habitualesno„Incumplimiento deliberado de las leyes.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
PATRIA HISPANA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Distribución
desconocido

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Patria Hispana Seguro de Hogar Exclusivo, Documento de información (IPID)
[Seite 1] Seguro de HOGAR Documento de Información sobre el producto de seguro Empresa: PATRIA HISPANA, S.A. de Seguros y Reaseguros Registrada en: ESPAÑA - Nº Autorización: C0139 Producto: PH-HOGAR EXCLUSIVO En el presente documento se facilita una breve descripción de este producto y del total de garantías contratables que puede no coincidir por las elegidas por usted en su póliza. La información precontractual y contractual completa se facilita en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza, que son las que regulan la relación entre las partes. ¿En qué consiste este tipo de seguro? En dar cobertura a los daños que pueden afectar a una vivienda y a los bienes que se encuentran en ella, por los distintos riesgos y en las cantidades que se pacten. Se incluyen además la cobertura de responsabilidad civil, protección jurídica, servicio de asistencia y pequeñas reparaciones en el hogar, y asistencia informática tecnológica. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? üSe puede asegurar solo la VIVIENDA, solo los BIENES de la misma o X Daños provocados de forma intencionada por el ambas cosas. asegurado. üIncendio, explosión y caida del rayo. 100% X Daños o pérdidas indirectas. üActos de vandalismo o malintencionados. 100% X Vicios o daños preexistentes. üLluvia, viento, pedrisco o nieve. 100% X Daños derivados de conflictos armados o de hechos üInundación (Incluidos gastos de desembarre y 100% calificados como emergencia, catástrofe o calamidad extracción de lodos). por la autoridad competente. üDaños por Humo. 100% X Daños debidos a falta de mantenimiento y üChoque, impacto y ondas sónicas. 100% conservación. üDaños produccidos por el agua. 100% X Daños que deban de ser cubiertos por seguros üRobo y expoliación. 100% obligatorios. üGastos de salvamento, 100% X Incumplimiento deliberado de las leyes. demolición,desescombros y extinción de X Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación incendios. de Seguros. üGastos de reconstitución de documentos. 100% üInhabilitación de la vivienda. 100% üPérdida de alquileres. 100% üReconstrucción de Jardín. Máximo 3.000 ¤ üPérdida de equipajes. Máximo 3.000 ¤ üRotura de cristales, mármoles, espejos y loza 100% sanitaria. üDaños a instalaciones y aparatos eléctricos. Máximo 3.000 ¤ üRestauración de daños estéticos. Opción elegida üDeterioro de alimentos refrigerados. Máximo 300 ¤ üResponsabilidad Civil y Fianzas. Opción elegida üAsistencia en el Hogar. Incluido üProtección Jurídica Hogar. Incluido üServicio Manitas (pequeñas reparaciones del Incluido hogar). üAsistencia informática y tecnológica. Incluido üVehículos en Garaje (opcional). Máximo 18.000 ¤ ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? ! Inhabilitación de la vivienda por periodo máximo de 1 año. ! Pérdida de alquileres durante el plazo máximo de 1 año. ! Servicio manitas: 2 servicios de 2 horas de mano de obra por anualidad de seguro. ! Asistencia Informática y tecnológica: Servicio limitado a un máximo de 5 dispositivos por póliza. ¿Dónde estoy cubierto? MOD. 1 (10/18) üLas garantías contratadas serán de aplicación a los siniestros produccidos en España, con sujeción al derecho y tribunales españoles. [Seite 2] ¿Cuáles son mis obligaciones? ® Realizar una declaración exacta del riesgo. ® Pago del precio del Seguro. ® Comunicar los siniestros dentro del plazo máximo de 7 días tras su conocimiento. ® Comunicar cualquier posible agravación del riesgo. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? Al comienzo de cada anualidad y en los periodos de pago pactados en el contrato. Mediante domiciliación bancaria, a través de su mediador o con tarjeta. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? Comienza en la fecha y hora indicada en el contrato, siempre y cuando el Asegurado o el Contratante del seguro haya formalizado el mismo y pagado el recibo pactado. Finalizará en la fecha y hora indicadas en el contrato. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Mediante comunicación escrita efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo del seguro en curso. MOD. 1 (10/18)