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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil particular y familiar / Archivo de condiciones

Reale Hogar: el condicionado completo

Reale Hogar (producto 817), solo documentado por el IPID de todas las modalidades: la RC frente a terceros (continente, contenido y personas) es garantía opcional; la RC de las personas vale en todo el mundo salvo Norteamérica, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.

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Condicionado

Revisión punto por punto

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada para daños personales y materialessegún las condiciones particulares„Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa“IPID Reale Hogar Principal, garantías opcionales, página 1
Perjuicios económicosno regulado
Límite anual por anualidadno regulado
Franquicia generalno regulado
Personas aseguradas (pareja, hijos, límites de edad)no regulado
Hijos solteros: hasta cuándo están cubiertosno regulado
Ámbito territorial y estancias en el extranjerosí„se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.“IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Garantía frente al condicionado modelo GDVno regulado
Garantía de actualización de condicionesno regulado
Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condicionesno regulado
Cobertura automática de nuevos riesgosno regulado

Personas y hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños causados por menores sin capacidad de culpano regulado
Daños por adultos sin capacidad (demencia)no regulado
Personal doméstico, au pair, cuidadoresno regulado
Familiares dependientes en el hogarno regulado
Voluntariadono regulado
Daños por favores o ayudas de cortesíano regulado
Reclamaciones entre aseguradosno regulado

Bienes ajenos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda alquiladasí, hasta la suma asegurada„Responsabilidad Civil inquilino“IPID, garantías opcionales, página 1
Daños a bienes muebles alquilados (apartamento, hotel)no regulado
Bienes prestados, alquilados o arrendadosno regulado
Pérdida de llaves privadasno regulado
Pérdida de llaves profesionales y sistemas de cierreno regulado
Daños graduales y aguas residualesno regulado
Intercambio de datos y uso de internetno regulado
Daños de carga y descargano regulado
Daños a bienes del empleador o compañerosno regulado

Ocio, vehículos y animales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vehículos a motor: excepciones a la exclusiónno regulado
Uso de vehículos ajenosno regulado
Embarcaciones propias (vela, potencia)no regulado
Uso ocasional de embarcaciones ajenasno regulado
Aeromodelos y dronesno regulado
Bicicletas eléctricas y patinetessí„Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad“IPID, garantías opcionales, página 1
Mascotas domésticas y animales pequeñossí„Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos“IPID, garantías opcionales, página 1
Cuidado de perros y caballos ajenosno regulado
Deporte, competiciones, armas, cazano regulado

Vivienda y propiedad

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Vivienda propia habitada por el aseguradosí„Responsabilidad Civil derivada del Continente“IPID, garantías opcionales, página 1
Segunda residencia o vivienda vacacionalno regulado
Alquiler de habitaciones o apartamento anexosí„Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la“IPID, garantías opcionales, página 1
Terrenos sin edificarno regulado
Riesgo como promotor de obrasno regulado
Placas solares y bateríasno regulado
Contaminación de aguas por depósitos de gasóleono regulado
Daños medioambientales según la leyno regulado
Deber de mantener accesos seguros (nieve, hielo)no regulado

Protección propia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cobertura por impago del causanteno regulado
Gastos jurídicos para reclamar al causanteno regulado
Protección de víctimas de delitos violentosno regulado
Indemnización a valor nuevo o realno regulado
Actividades secundarias (límite de facturación)no„de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Responsabilidad de funcionariosno regulado

Contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Culpa grave y obligaciones del aseguradono regulado
Duración y rescisiónsí„El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación.“IPID, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Cláusula de revisión de primano regulado
Exclusiones poco habitualesno regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

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Mostrar el texto completo: Reale Hogar (producto 817, todas las modalidades), Documento de información (IPID)
[Seite 1] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE HOGAR PRINCIPAL El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente, ya sea como propietario o como inquilino. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención desde la declaración del siniestro  Los daños producidos por o a consecuencia de asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos Meteorológicos y otros daños Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños por Agua contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial, Daños Eléctricos Roturas Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental Daños Estéticos Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo Robo y Daños por Robo al Continente cometido por los inquilinos o huéspedes. Robo y Daños por Robo al Contenido Joyas fuera y dentro de caja fuerte  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Desplazamiento por Vacaciones o viajes agrícola y accesorios de todos ellos. Daño Accidental  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Bienes Refrigerados Rotura/Avería de equipos informáticos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Reparación de Electrodomésticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Vehículos en garaje documentos o recibos representen un valor o garantía de Ruina total de la vivienda dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Replantación de Arboleda y Jardín hurto y reconstrucción de documentos. Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual de la vivienda)  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Responsabilidad Civil derivada del Continente Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda y/o negligencia inexcusable. Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. vivienda) Responsabilidad Civil inquilino  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Fianzas y defensa judicial Protección Jurídica y Reclamación de Daños  Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar de cualquier actividad industrial, profesional o comercial. Asistencia Informática Accidentes Personales  Los daños producidos por o a consecuencia de efectos Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen. personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento.  Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular meteorológicos o geológicos no específicamente detallados Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a como cubiertos. través de internet  Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del Pack Salud: Servicio de telemedicina Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios se supere el índice legal establecido para la conducción de vehículos a motor. [Seite 2] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años. ! Daño Accidental: Franquicia 90€ ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 3] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE HOGAR VACACIONES El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a propietarios o inquilinos, donde el asegurado utiliza la vivienda esporádicamente, en fines de semana o vacaciones, u otros periodos análogos ya sea como propietario o como inquilino permanente. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada. ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales. de acuerdo con la legislación vigente para viviendas. ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de desde la declaración del siniestro. asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos meteorológicos y otros daños  Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán Daños por Agua sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños Eléctricos contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial, Roturas Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental Daños Estéticos Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo Robo y Daños por Robo al Continente cometido por los inquilinos o huéspedes. Robo y Daños por Robo al Contenido Bienes Refrigerados  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Rotura/avería de equipos informáticos agrícola y accesorios de todos ellos. Reparación de Electrodomésticos  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Ruina total de la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Replantación de arboleda y jardín timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Daños y Robo a bienes del Inquilino Acompañante (Alquiler Eventual de documentos o recibos representen un valor o garantía de la Vivienda) dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Daños causados por el Inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) hurto y reconstrucción de documentos. Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa Responsabilidad Civil Derivada del Continente  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Responsabilidad Civil Derivada del Contenido relativa a la vivienda asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Responsabilidad Civil Derivada del Contenido relativa a las personas normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Responsabilidad Civil Frente al Inquilino (Alquiler Eventual de la y/o negligencia inexcusable. Vivienda)  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Responsabilidad Civil Inquilino explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Fianzas y Defensa Judicial  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar Asistencia informática  Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad de cualquier actividad industrial, profesional o comercial. personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a través de internet Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet Pack Salud: Servicio de telemedicina Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios [Seite 4] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años. ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y perjuicios ocurridos en España. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 5] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE HOGAR DESOCUPADA El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado, no destinadas a uso habitual ni de vacaciones, y que pueden estar ocupadas esporádicamente durante periodos inferiores a vacaciones y/o fines de semana. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad desde la declaración del siniestro establecidas legalmente. Garantías opcionales: Fenómenos meteorológicos y otros daños  Los daños producidos por o a consecuencia de Daños por agua asentamientos, hundimientos, corrimientos, Daños Eléctricos desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Daños Estéticos  Salvo pacto en contrario, los vehículos a motor, remolques, Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa caravanas, maquinaria agrícola y accesorios de todos ellos. Responsabilidad Civil derivada del Continente  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Fianzas y defensa judicial timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Protección jurídica y reclamación de daños documentos o recibos representen un valor o garantía de Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, través de internet hurto y reconstrucción de documentos. Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet  Salvo pacto en contrario los defectos de fabricación y construcción de los bienes asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable.  Los daños producidos en viviendas destinadas a la explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. [Seite 6] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 7] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: AGROREALE HOGAR PRINCIPAL El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente y cuyo titular esté implicado en el sector agrícola. Cuando la vivienda este ubicada fuera del casco urbano, estará delimitada por un recinto vallado y cuya superficie no supere una hectárea. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, Explosión, Caída del Rayo  Dolo o mala fe del Asegurado o del (Contratante). ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada. ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad desde la declaración del siniestro de acuerdo con la legislación vigente para viviendas. Garantías opcionales:  Los daños producidos por o a consecuencia de hundimientos, Fenómenos Meteorológicos y otros daños corrimientos, desprendimientos de tierras y/o edificios. Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Los vehículos en garaje salvo en los casos contemplados en Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación la garantía “vehículos en Garaje”, en el supuesto de que se Daños por Agua encuentre contratada. Daños Eléctricos  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Roturas empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Daños Estéticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Robo y Daños por Robo al Continente documentos o recibos representen un valor o garantía de Robo y Daños por Robo al Contenido dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Joyas dentro y fuera de caja fuerte hurto y reconstrucción de documentos. Desplazamiento por Vacaciones Daño Accidental  Las roturas de placas térmicas solares por Bienes Refrigerados sobrecalentamiento y/o sobrepresión de agua, así como Rotura/Avería de equipos informáticos cualquier otra causa que afecte a sus mecanismos y/o Reparación de Electrodomésticos instalaciones. Vehículos en garaje  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Ajuar y Existencias agrícolas de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Ganado Autoconsumo  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Ruina total de la vivienda asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Replantación de Arboleda y Jardín normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa y/o negligencia inexcusable, salvo los supuestos previstos en Responsabilidad Civil derivada del continente “Rotura-Avería de Equipos Informáticos”. Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a las personas Responsabilidad Civil Inquilino Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos Fianzas y defensa judicial Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar Asistencia Informática Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a través de internet Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet. Pack Salud: Servicio de telemedicina Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios [Seite 8] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: 6 horas desde el fallo eléctrico ! Daño Accidental: Franquicia 90€ ! Filtraciones de lluvia y Filtraciones de Lluvia con reparación: ¡Las viviendas han de tener menos de 30 años de antigüedad ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 9] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: REALE HOGAR ALQUILER TURISTICO El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado que están destinadas en su totalidad y exclusivamente a alquiler o alojamiento intermitente y por periodos inferiores a 30 días consecutivos. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas (suma asegurada según lo acordado en Los principales riesgos excluidos son: condiciones contractuales):  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Incendio, explosión, caída de rayo del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Vivienda en Régimen de alquiler establecidas legalmente. ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales  Los daños producidos por o a consecuencia de ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención asentamientos, hundimientos, corrimientos, desde la declaración del siniestro desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Las principales garantías opcionales son:  Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran Fenómenos Meteorológicos y otros daños sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños por agua contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño Daños Eléctricos accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo Roturas cometido por los inquilinos. Daños Estéticos Robo y Daños por robo al Continente  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Robo y Daños por robo al Contenido empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Reparación de electrodomésticos documentos o recibos representen un valor o garantía de Ruina total de la vivienda dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Replantación de arboleda y jardín hurto y reconstrucción de documentos. Responsabilidad Civil frente a Terceros, Fianzas y Defensas  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Responsabilidad Civil derivada del Continente asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Fianzas y Defensa Judicial y/o negligencia inexcusable. Protección Jurídica y Reclamación de Daños  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Asistencia informática [Seite 10] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 11] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS ALQUILER TURÍSTICO El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a vivienda constituida por una unidad residencial del Asegurado y que este destina exclusivamente a alquiler o alojamiento intermitente y por periodos inferiores a 30 días consecutivos. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo Los principales riesgos excluidos son: acordado en condiciones contractuales):  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Incendio, explosión, caída de rayo del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Vivienda en Régimen de alquiler establecidas legalmente. ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales  Los daños producidos por o a consecuencia de ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención asentamientos, hundimientos, corrimientos, desde la declaración del siniestro desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Las principales garantías opcionales son:  Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran Fenómenos Meteorológicos y otros daños sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños por agua contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño Daños Eléctricos accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo Roturas cometido por los inquilinos. Daños Estéticos Robo y Daños por robo al Continente  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Robo y Daños por robo al Contenido agrícola y accesorios de todos ellos. Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Reparación de electrodomésticos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Ruina total de la vivienda timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Replantación de arboleda y jardín documentos o recibos representen un valor o garantía de Responsabilidad Civil frente a Terceros, Fianzas y Defensas dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Responsabilidad Civil derivada del Continente hurto y reconstrucción de documentos. Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Fianzas y Defensa Judicial asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Protección Jurídica y Reclamación de Daños normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar y/o negligencia inexcusable. Asistencia informática  Los daños producidos en viviendas destinadas a la explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. [Seite 12] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 13] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS ALQUILER El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado alquilada a terceros de forma permanente y continuada por una duración no inferior a un año, como vivienda principal. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Vivienda en Régimen de alquiler  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de desde la declaración del siniestro asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos meteorológicos y otros daños Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños por agua contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño Daños Eléctricos accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo Roturas cometido por los inquilinos. Daños Estéticos  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Robo y daños por robo al Continente agrícola y accesorios de todos ellos. Robo y daños por robo al Contenido  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Reparación de Electrodomésticos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Ruina total de la vivienda timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Replantación de arboleda y jardín documentos o recibos representen un valor o garantía de Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Responsabilidad Civil derivada del Continente hurto y reconstrucción de documentos. Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda Fianzas y Defensa Judicial  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Protección Jurídica y Reclamación de daños asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Defensa Jurídica del arrendador normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar y/o negligencia inexcusable. Asistencia Informática  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. través de internet Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios [Seite 14] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 15] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS DESOCUPADA El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado, no destinadas a uso habitual ni de vacaciones, y que pueden estar ocupadas esporádicamente durante periodos inferiores a vacaciones y/o fines de semana. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad desde la declaración del siniestro establecidas legalmente. Garantías opcionales: Fenómenos meteorológicos y otros daños  Los daños producidos por o a consecuencia de Daños por agua asentamientos, hundimientos, corrimientos, Daños Eléctricos desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Daños Estéticos  Salvo pacto en contrario, los vehículos a motor, remolques, Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa caravanas, maquinaria agrícola y accesorios de todos ellos. Responsabilidad Civil derivada del Continente  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Fianzas y defensa judicial timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Protección jurídica y reclamación de daños documentos o recibos representen un valor o garantía de Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, través de internet hurto y reconstrucción de documentos. Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet  Salvo pacto en contrario los defectos de fabricación y construcción de los bienes asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable.  Los daños producidos en viviendas destinadas a la explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. [Seite 16] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 17] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS TEMPORAL PRINCIPAL El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Vivienda temporal principal es aquella vivienda en la que el asegurado reside habitualmente durante periodos temporales, sin que se encuentre desocupada por una duración superior a la indicada en las Condiciones particulares; Esta vivienda puede estar alquilada o compartida temporalmente con un inquilino o huésped mediante contrato legal. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de desde la declaración del siniestro asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos Meteorológicos y otros daños Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen Daños por Agua contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial, Daño Daños Eléctricos accidental contenido fuera de la vivienda, Vehículos en garaje Roturas Daños Estéticos y robo cometido por los inquilinos o huéspedes. Robo y Daños por Robo al Continente  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Robo y Daños por Robo al Contenido agrícola y accesorios de todos ellos. Joyas fuera y dentro de caja fuerte Desplazamiento por Vacaciones o viajes  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Daño Accidental (dentro y fuera de la vivienda asegurada) empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Bienes Refrigerados timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Rotura/Avería de equipos informáticos Reparación de Electrodomésticos documentos o recibos representen un valor o garantía de Vehículos en garaje dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Ruina total de la vivienda hurto y reconstrucción de documentos. Replantación de Arboleda y Jardín Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual  Defectos de fabricación y construcción de los bienes de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa y/o negligencia inexcusable. Responsabilidad Civil derivada del Continente Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la vivienda)  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Responsabilidad Civil inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos  Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia Fianzas y defensa judicial Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cualquier actividad industrial, profesional o comercial. Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar  Los daños producidos por o a consecuencia de efectos Asistencia Informática derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen. Accidentes Personales Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad  Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento. meteorológicos o geológicos no específicamente detallados Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y como cubiertos. recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a  Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o través de internet bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando frente a sospechas de acoso en Internet Pack Salud: Servicio de telemedicina se supere el índice legal establecido para la conducción de Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios vehículos a motor. [Seite 18] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años. ! Daño Accidental: Franquicia 90€ ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y perjuicios ocurridos en España. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 19] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS VACACIONES El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado no reside habitualmente, la utilizada esporádicamente, en fines de semana, vacaciones u otros periodos análogos ya sea como propietario o como inquilino permanente. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada. ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales de acuerdo con la legislación vigente para viviendas. ✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de hundimientos, desde la declaración del siniestro corrimientos, desprendimientos de tierras y/o edificios. Garantías opcionales:  Los vehículos en garaje salvo en los casos contemplados en Fenómenos meteorológicos y otros daños la garantía “vehículos en Garaje”, en el supuesto de que se Filtraciones por fenómenos meteorológicos encuentre contratada. Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación Daños por Agua  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Daños Eléctricos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Roturas timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Daños Estéticos documentos o recibos representen un valor o garantía de Robo y Daños por Robo al Continente dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Robo y Daños por Robo al Contenido hurto y reconstrucción de documentos. Bienes refrigerados  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Rotura/avería de equipos informáticos de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Reparación de Electrodomésticos  Defectos de fabricación y construcción de los bienes Ruina total de la vivienda asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Replantación de arboleda y jardín normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (alquiler eventual de la vivienda) y/o negligencia inexcusable, salvo los supuestos previstos en Daños causados por el inquilino (alquiler eventual de la vivienda) “Rotura-Avería de Equipos Informáticos”. Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa  Los siniestros producidos en viviendas destinadas a la Responsabilidad Civil derivada del Continente explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Responsabilidad Civil frente al Inquilino (alquiler eventual de la vivienda)  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Responsabilidad Civil Inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Fianzas y Defensa Judicial  Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cualquier actividad industrial, profesional o comercial. Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar  Los daños producidos por o a consecuencia de efectos Asistencia informática derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen. Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento  Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y meteorológicos o geológicos no específicamente detallados recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular como cubiertos. Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a través de internet Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet Pack Salud: Servicio de telemedicina Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios [Seite 20] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años. ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y perjuicios ocurridos en España. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 21] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE HOGAR ALQUILER El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado alquilada a terceros de forma permanente y continuada por una duración no inferior a un año, como vivienda principal. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Vivienda en Régimen de alquiler  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente. ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de desde la declaración del siniestro asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos meteorológicos y otros daños Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Salvo pacto en contrario no están cubiertos, los vehículos Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación a motor, remolques, caravanas, maquinaria agrícola y Daños por agua accesorios de todos ellos. Daños Eléctricos  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Roturas empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Daños Estéticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Robo y daños por robo al Continente documentos o recibos representen un valor o garantía de Robo y daños por robo al Contenido dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Reparación de electrodomésticos hurto y reconstrucción de documentos. Ruina Total de la vivienda  Salvo pacto en contrario, los defectos de fabricación y Replantación de arboleda y jardín construcción de los bienes asegurados, así como los daños Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa Responsabilidad Civil derivada del Continente conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable. Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda Fianzas y Defensa Judicial  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Protección Jurídica y Reclamación de daños explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Defensa Jurídica del arrendador  Arañazos, raspaduras, desconchados, rayados, pérdida de Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar azogado y, en general, cualquier deterioro superficial de los Asistencia Informática bienes asegurados. Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a través de internet Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores frente a sospechas de acoso en Internet Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios [Seite 22] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? Las principales restricciones son: ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR [Seite 23] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO 817: REALE HOGAR PRINCIPAL ESPABROK El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente, ya sea como propietario o como inquilino. ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: ✓ Incendio, explosión, caída de rayo  Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto ✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares. ✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda  Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad ✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente. ✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención  Los daños producidos por o a consecuencia de desde la declaración del siniestro asentamientos, hundimientos, corrimientos, Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios. Fenómenos Meteorológicos y otros daños Filtraciones por fenómenos meteorológicos  Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán Filtraciones por fenómenos meteorológicos sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen con reparación contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial, Daños por Agua Daños Eléctricos Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental Roturas Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo Daños Estéticos cometido por los inquilinos o huéspedes. Robo y Daños por Robo al Continente Robo y Daños por Robo al Contenido  Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria Joyas dentro y fuera de caja fuerte agrícola y accesorios de todos ellos. Desplazamiento por Vacaciones o viajes  El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de Daño Accidental Bienes Refrigerados empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos, Rotura/Avería de equipos informáticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos Reparación de Electrodomésticos documentos o recibos representen un valor o garantía de Vehículos en garaje dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo, Ruina total de la vivienda hurto y reconstrucción de documentos. Replantación de Arboleda y Jardín Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual  Defectos de fabricación y construcción de los bienes de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa Responsabilidad Civil derivada del continente y/o negligencia inexcusable. Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda  Los daños producidos en viviendas destinadas a la Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a las personas explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural. Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la vivienda)  Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad Responsabilidad Civil inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras. Responsabilidad Civil de perros peligrosos Fianzas y defensa judicial  Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cualquier actividad industrial, profesional o comercial. Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar Asistencia Informática  Los daños producidos por o a consecuencia de efectos Accidentes personales derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen. Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad  Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento. Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y meteorológicos o geológicos no específicamente detallados recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular. como cubiertos. Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a  Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o través de internet. Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del frente a sospechas de acoso en Internet. Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando Pack Salud: Servicio de telemedicina. se supere el índice legal establecido para la conducción de Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios. vehículos a motor. [Seite 24] ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA? ! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea superior a 20 años. ! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h. ! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones. ! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años. ! Daño Accidental: Franquicia 90€ ! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años. ! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación. ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España con algunas excepciones establecidas en CCGG. ✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE REALE HOGAR

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