Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)
Mostrar el texto completo: Reale Hogar (producto 817, todas las modalidades), Documento de información (IPID)
[Seite 1]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE HOGAR PRINCIPAL
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente, ya sea como propietario o como inquilino.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas:
Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro
del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales
establecidas legalmente.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención
desde la declaración del siniestro Los daños producidos por o a consecuencia de
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales:
desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos Meteorológicos y otros daños
Filtraciones por fenómenos meteorológicos Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños por Agua contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial,
Daños Eléctricos
Roturas
Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental
Daños Estéticos Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo
Robo y Daños por Robo al Continente cometido por los inquilinos o huéspedes.
Robo y Daños por Robo al Contenido
Joyas fuera y dentro de caja fuerte
Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Desplazamiento por Vacaciones o viajes agrícola y accesorios de todos ellos.
Daño Accidental El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Bienes Refrigerados
Rotura/Avería de equipos informáticos
empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Reparación de Electrodomésticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Vehículos en garaje documentos o recibos representen un valor o garantía de
Ruina total de la vivienda dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Replantación de Arboleda y Jardín hurto y reconstrucción de documentos.
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual
de la vivienda) Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Responsabilidad Civil derivada del Continente
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda
y/o negligencia inexcusable.
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
vivienda)
Responsabilidad Civil inquilino Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Fianzas y defensa judicial
Protección Jurídica y Reclamación de Daños Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.
Asistencia Informática
Accidentes Personales
Los daños producidos por o a consecuencia de efectos
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen.
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento. Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular
meteorológicos o geológicos no específicamente detallados
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a como cubiertos.
través de internet Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet
bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del
Pack Salud: Servicio de telemedicina Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios se supere el índice legal establecido para la conducción de
vehículos a motor.
[Seite 2]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea
superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de
conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior
a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años.
! Daño Accidental: Franquicia 90€
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 3]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE HOGAR VACACIONES
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a propietarios o inquilinos, donde el asegurado utiliza la vivienda esporádicamente, en fines de semana o vacaciones, u otros
periodos análogos ya sea como propietario o como inquilino permanente.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada.
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales. de acuerdo con la legislación vigente para viviendas.
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención Los daños producidos por o a consecuencia de
desde la declaración del siniestro. asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos meteorológicos y otros daños
Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán
Daños por Agua
sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños Eléctricos
contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial,
Roturas
Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental
Daños Estéticos
Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo
Robo y Daños por Robo al Continente
cometido por los inquilinos o huéspedes.
Robo y Daños por Robo al Contenido
Bienes Refrigerados Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Rotura/avería de equipos informáticos agrícola y accesorios de todos ellos.
Reparación de Electrodomésticos El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Ruina total de la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Replantación de arboleda y jardín timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Daños y Robo a bienes del Inquilino Acompañante (Alquiler Eventual de documentos o recibos representen un valor o garantía de
la Vivienda) dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Daños causados por el Inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) hurto y reconstrucción de documentos.
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa
Responsabilidad Civil Derivada del Continente
Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Responsabilidad Civil Derivada del Contenido relativa a la vivienda
asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Responsabilidad Civil Derivada del Contenido relativa a las personas
normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Responsabilidad Civil Frente al Inquilino (Alquiler Eventual de la
y/o negligencia inexcusable.
Vivienda) Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Responsabilidad Civil Inquilino explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Fianzas y Defensa Judicial
Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Protección Jurídica y Reclamación de Daños
de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar
Asistencia informática Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a
través de internet
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet
Pack Salud: Servicio de telemedicina
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios
[Seite 4]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea
superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de
conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior
a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años.
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en
el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y
perjuicios ocurridos en España.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 5]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE HOGAR DESOCUPADA
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado, no destinadas a uso habitual ni de vacaciones, y que pueden estar ocupadas
esporádicamente durante periodos inferiores a vacaciones y/o fines de semana.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
desde la declaración del siniestro
establecidas legalmente.
Garantías opcionales:
Fenómenos meteorológicos y otros daños Los daños producidos por o a consecuencia de
Daños por agua
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Daños Eléctricos
desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Daños Estéticos Salvo pacto en contrario, los vehículos a motor, remolques,
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa caravanas, maquinaria agrícola y accesorios de todos ellos.
Responsabilidad Civil derivada del Continente El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Fianzas y defensa judicial timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Protección jurídica y reclamación de daños documentos o recibos representen un valor o garantía de
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
través de internet
hurto y reconstrucción de documentos.
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet Salvo pacto en contrario los defectos de fabricación y
construcción de los bienes asegurados, así como los daños
debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa
conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable.
Los daños producidos en viviendas destinadas a la
explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
[Seite 6]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 7]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: AGROREALE HOGAR PRINCIPAL
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente y cuyo titular esté implicado en el sector agrícola. Cuando la
vivienda este ubicada fuera del casco urbano, estará delimitada por un recinto vallado y cuya superficie no supere una hectárea.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas:
Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, Explosión, Caída del Rayo
Dolo o mala fe del Asegurado o del (Contratante).
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o
en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada.
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
desde la declaración del siniestro de acuerdo con la legislación vigente para viviendas.
Garantías opcionales: Los daños producidos por o a consecuencia de hundimientos,
Fenómenos Meteorológicos y otros daños corrimientos, desprendimientos de tierras y/o edificios.
Filtraciones por fenómenos meteorológicos Los vehículos en garaje salvo en los casos contemplados en
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación la garantía “vehículos en Garaje”, en el supuesto de que se
Daños por Agua encuentre contratada.
Daños Eléctricos
El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Roturas
empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Daños Estéticos
timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Robo y Daños por Robo al Continente
documentos o recibos representen un valor o garantía de
Robo y Daños por Robo al Contenido
dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Joyas dentro y fuera de caja fuerte
hurto y reconstrucción de documentos.
Desplazamiento por Vacaciones
Daño Accidental Las roturas de placas térmicas solares por
Bienes Refrigerados sobrecalentamiento y/o sobrepresión de agua, así como
Rotura/Avería de equipos informáticos cualquier otra causa que afecte a sus mecanismos y/o
Reparación de Electrodomésticos instalaciones.
Vehículos en garaje Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Ajuar y Existencias agrícolas de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Ganado Autoconsumo
Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Ruina total de la vivienda
asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Replantación de Arboleda y Jardín
normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa
y/o negligencia inexcusable, salvo los supuestos previstos en
Responsabilidad Civil derivada del continente
“Rotura-Avería de Equipos Informáticos”.
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a las personas
Responsabilidad Civil Inquilino
Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos
Fianzas y defensa judicial
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar
Asistencia Informática
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a
través de internet
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet.
Pack Salud: Servicio de telemedicina
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios
[Seite 8]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: 6 horas desde el fallo eléctrico
! Daño Accidental: Franquicia 90€
! Filtraciones de lluvia y Filtraciones de Lluvia con reparación: ¡Las viviendas han de tener menos de 30 años de antigüedad
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 9]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO: REALE HOGAR ALQUILER TURISTICO
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado que están destinadas en su totalidad y exclusivamente a alquiler o alojamiento
intermitente y por periodos inferiores a 30 días consecutivos.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas (suma asegurada según lo acordado en Los principales riesgos excluidos son:
condiciones contractuales):
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Incendio, explosión, caída de rayo del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Vivienda en Régimen de alquiler establecidas legalmente.
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales Los daños producidos por o a consecuencia de
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención asentamientos, hundimientos, corrimientos,
desde la declaración del siniestro desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Las principales garantías opcionales son: Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran
Fenómenos Meteorológicos y otros daños sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños por agua contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño
Daños Eléctricos accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo
Roturas cometido por los inquilinos.
Daños Estéticos
Robo y Daños por robo al Continente
El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Robo y Daños por robo al Contenido
empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante
timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Reparación de electrodomésticos
documentos o recibos representen un valor o garantía de
Ruina total de la vivienda
dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Replantación de arboleda y jardín
hurto y reconstrucción de documentos.
Responsabilidad Civil frente a Terceros, Fianzas y Defensas Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Responsabilidad Civil derivada del Continente asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Fianzas y Defensa Judicial y/o negligencia inexcusable.
Protección Jurídica y Reclamación de Daños Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Asistencia informática
[Seite 10]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de
fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 11]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS ALQUILER TURÍSTICO
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a vivienda constituida por una unidad residencial del Asegurado y que este destina exclusivamente a alquiler o alojamiento
intermitente y por periodos inferiores a 30 días consecutivos.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo Los principales riesgos excluidos son:
acordado en condiciones contractuales):
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Incendio, explosión, caída de rayo del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Vivienda en Régimen de alquiler establecidas legalmente.
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales Los daños producidos por o a consecuencia de
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención asentamientos, hundimientos, corrimientos,
desde la declaración del siniestro desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Las principales garantías opcionales son: Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran
Fenómenos Meteorológicos y otros daños sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños por agua contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño
Daños Eléctricos accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo
Roturas cometido por los inquilinos.
Daños Estéticos
Robo y Daños por robo al Continente
Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Robo y Daños por robo al Contenido
agrícola y accesorios de todos ellos.
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Reparación de electrodomésticos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Ruina total de la vivienda timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Replantación de arboleda y jardín documentos o recibos representen un valor o garantía de
Responsabilidad Civil frente a Terceros, Fianzas y Defensas dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Responsabilidad Civil derivada del Continente hurto y reconstrucción de documentos.
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Fianzas y Defensa Judicial asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Protección Jurídica y Reclamación de Daños normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar y/o negligencia inexcusable.
Asistencia informática
Los daños producidos en viviendas destinadas a la
explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
[Seite 12]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de
fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 13]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS ALQUILER
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado alquilada a terceros de forma permanente y continuada por una duración no inferior a un
año, como vivienda principal.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Vivienda en Régimen de alquiler
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención
Los daños producidos por o a consecuencia de
desde la declaración del siniestro
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos meteorológicos y otros daños
Filtraciones por fenómenos meteorológicos
Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación
sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños por agua
contratadas: Hurto, joyas y objetos de valor especial, Daño
Daños Eléctricos
accidental fuera de la vivienda, Vehículos en garaje y Robo
Roturas
cometido por los inquilinos.
Daños Estéticos Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Robo y daños por robo al Continente agrícola y accesorios de todos ellos.
Robo y daños por robo al Contenido El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Reparación de Electrodomésticos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Ruina total de la vivienda timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Replantación de arboleda y jardín documentos o recibos representen un valor o garantía de
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Responsabilidad Civil derivada del Continente hurto y reconstrucción de documentos.
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda
Fianzas y Defensa Judicial
Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Protección Jurídica y Reclamación de daños
asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Defensa Jurídica del arrendador
normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar
y/o negligencia inexcusable.
Asistencia Informática Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
través de internet
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios
[Seite 14]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 15]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS DESOCUPADA
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado, no destinadas a uso habitual ni de vacaciones, y que pueden estar ocupadas
esporádicamente durante periodos inferiores a vacaciones y/o fines de semana.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
desde la declaración del siniestro
establecidas legalmente.
Garantías opcionales:
Fenómenos meteorológicos y otros daños Los daños producidos por o a consecuencia de
Daños por agua
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Daños Eléctricos
desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Daños Estéticos Salvo pacto en contrario, los vehículos a motor, remolques,
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa caravanas, maquinaria agrícola y accesorios de todos ellos.
Responsabilidad Civil derivada del Continente El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Fianzas y defensa judicial timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Protección jurídica y reclamación de daños documentos o recibos representen un valor o garantía de
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
través de internet
hurto y reconstrucción de documentos.
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet Salvo pacto en contrario los defectos de fabricación y
construcción de los bienes asegurados, así como los daños
debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa
conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable.
Los daños producidos en viviendas destinadas a la
explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
[Seite 16]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 17]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS TEMPORAL PRINCIPAL
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Vivienda temporal principal es aquella vivienda en la que el asegurado reside habitualmente durante periodos temporales, sin que se
encuentre desocupada por una duración superior a la indicada en las Condiciones particulares; Esta vivienda puede estar alquilada o
compartida temporalmente con un inquilino o huésped mediante contrato legal.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención Los daños producidos por o a consecuencia de
desde la declaración del siniestro asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos Meteorológicos y otros daños
Filtraciones por fenómenos meteorológicos Durante el periodo de vigencia de alquiler eventual, quedaran
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
Daños por Agua contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial, Daño
Daños Eléctricos accidental contenido fuera de la vivienda, Vehículos en garaje
Roturas
Daños Estéticos
y robo cometido por los inquilinos o huéspedes.
Robo y Daños por Robo al Continente Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Robo y Daños por Robo al Contenido agrícola y accesorios de todos ellos.
Joyas fuera y dentro de caja fuerte
Desplazamiento por Vacaciones o viajes El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Daño Accidental (dentro y fuera de la vivienda asegurada) empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Bienes Refrigerados timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Rotura/Avería de equipos informáticos
Reparación de Electrodomésticos
documentos o recibos representen un valor o garantía de
Vehículos en garaje dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Ruina total de la vivienda hurto y reconstrucción de documentos.
Replantación de Arboleda y Jardín
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual
Defectos de fabricación y construcción de los bienes
de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa y/o negligencia inexcusable.
Responsabilidad Civil derivada del Continente
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la
vivienda)
Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Responsabilidad Civil inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Responsabilidad Civil de perros potencialmente peligrosos Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia
Fianzas y defensa judicial
Protección Jurídica y Reclamación de Daños
de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar Los daños producidos por o a consecuencia de efectos
Asistencia Informática derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen.
Accidentes Personales
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento. meteorológicos o geológicos no específicamente detallados
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y como cubiertos.
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o
través de internet bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando
frente a sospechas de acoso en Internet
Pack Salud: Servicio de telemedicina
se supere el índice legal establecido para la conducción de
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios vehículos a motor.
[Seite 18]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya antigüedad sea
superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de
conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya sido inferior
a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años.
! Daño Accidental: Franquicia 90€
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en
el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y
perjuicios ocurridos en España.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 19]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO: REALE EXPATRIATE HOUSEHOLDERS VACACIONES
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado no reside habitualmente, la utilizada esporádicamente, en fines de semana,
vacaciones u otros periodos análogos ya sea como propietario o como inquilino permanente.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro en ella se ejerza otra actividad que no haya sido declarada.
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales de acuerdo con la legislación vigente para viviendas.
✓ Compromiso de Calidad: Cumplimiento de plazos de atención Los daños producidos por o a consecuencia de hundimientos,
desde la declaración del siniestro corrimientos, desprendimientos de tierras y/o edificios.
Garantías opcionales:
Los vehículos en garaje salvo en los casos contemplados en
Fenómenos meteorológicos y otros daños
la garantía “vehículos en Garaje”, en el supuesto de que se
Filtraciones por fenómenos meteorológicos
encuentre contratada.
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación
Daños por Agua El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Daños Eléctricos empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Roturas timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Daños Estéticos documentos o recibos representen un valor o garantía de
Robo y Daños por Robo al Continente dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Robo y Daños por Robo al Contenido hurto y reconstrucción de documentos.
Bienes refrigerados Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Rotura/avería de equipos informáticos de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Reparación de Electrodomésticos
Defectos de fabricación y construcción de los bienes
Ruina total de la vivienda
asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Replantación de arboleda y jardín
normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (alquiler eventual
de la vivienda)
y/o negligencia inexcusable, salvo los supuestos previstos en
Daños causados por el inquilino (alquiler eventual de la vivienda)
“Rotura-Avería de Equipos Informáticos”.
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa Los siniestros producidos en viviendas destinadas a la
Responsabilidad Civil derivada del Continente explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a las personas de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Responsabilidad Civil frente al Inquilino (alquiler eventual de la
vivienda) Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Responsabilidad Civil Inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Fianzas y Defensa Judicial Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia
Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar
Los daños producidos por o a consecuencia de efectos
Asistencia informática
derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen.
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y meteorológicos o geológicos no específicamente detallados
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular como cubiertos.
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a
través de internet
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet
Pack Salud: Servicio de telemedicina
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios
[Seite 20]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya
sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años.
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de
fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en
el extranjero la cobertura se limita a las reclamaciones formuladas de acuerdo con la legislación española y que se deriven de daños y
perjuicios ocurridos en España.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 21]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE HOGAR ALQUILER
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a viviendas propiedad del Asegurado alquilada a terceros de forma permanente y continuada por una duración no inferior a un
año, como vivienda principal.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Vivienda en Régimen de alquiler
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente.
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención
Los daños producidos por o a consecuencia de
desde la declaración del siniestro
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos meteorológicos y otros daños
Filtraciones por fenómenos meteorológicos
Salvo pacto en contrario no están cubiertos, los vehículos
Filtraciones por fenómenos meteorológicos con reparación
a motor, remolques, caravanas, maquinaria agrícola y
Daños por agua
accesorios de todos ellos.
Daños Eléctricos El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Roturas empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Daños Estéticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Robo y daños por robo al Continente documentos o recibos representen un valor o garantía de
Robo y daños por robo al Contenido dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Reparación de electrodomésticos hurto y reconstrucción de documentos.
Ruina Total de la vivienda Salvo pacto en contrario, los defectos de fabricación y
Replantación de arboleda y jardín construcción de los bienes asegurados, así como los daños
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa debidos al uso o desgaste normal de los mismos, defectuosa
Responsabilidad Civil derivada del Continente conservación, vicio propio y/o negligencia inexcusable.
Responsabilidad Civil derivada del Contenido relativa a la vivienda
Fianzas y Defensa Judicial
Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Protección Jurídica y Reclamación de daños
explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Defensa Jurídica del arrendador Arañazos, raspaduras, desconchados, rayados, pérdida de
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar azogado y, en general, cualquier deterioro superficial de los
Asistencia Informática bienes asegurados.
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a
través de internet
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
frente a sospechas de acoso en Internet
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios
[Seite 22]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
Las principales restricciones son:
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de
fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España, con algunas excepciones establecidas en CCGG.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR
[Seite 23]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
PRODUCTO 817: REALE HOGAR PRINCIPAL ESPABROK
El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o
contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en
nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Está dirigido a aquellas viviendas en la que el Asegurado reside habitualmente, ya sea como propietario o como inquilino.
¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son:
✓ Incendio, explosión, caída de rayo
Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto
✓ Gastos incurridos a causa de un siniestro del que consta en Condiciones Particulares.
✓ Inhabitabilidad Temporal de la Vivienda
Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad
✓ Servihogar: Servicios urgentes y conexión con profesionales establecidas legalmente.
✓ Compromiso de calidad: Cumplimiento de plazos de atención
Los daños producidos por o a consecuencia de
desde la declaración del siniestro
asentamientos, hundimientos, corrimientos,
Garantías opcionales: desprendimientos, ablandamientos de tierras y/o edificios.
Fenómenos Meteorológicos y otros daños
Filtraciones por fenómenos meteorológicos Durante el período de vigencia de alquiler eventual, quedarán
Filtraciones por fenómenos meteorológicos sin efecto las siguientes coberturas, aunque estuviesen
con reparación contratadas: Hurto, Joyas y Objetos de valor especial,
Daños por Agua
Daños Eléctricos
Daño accidental del inmueble asegurado, Daño accidental
Roturas Mobiliario y objetos asegurados, Vehículos en garaje y robo
Daños Estéticos cometido por los inquilinos o huéspedes.
Robo y Daños por Robo al Continente
Robo y Daños por Robo al Contenido
Los vehículos a motor, remolques, caravanas, maquinaria
Joyas dentro y fuera de caja fuerte agrícola y accesorios de todos ellos.
Desplazamiento por Vacaciones o viajes El dinero en efectivo, billetes de lotería, papeletas de
Daño Accidental
Bienes Refrigerados
empeño, escrituras, manuscritos, planos, valores, títulos,
Rotura/Avería de equipos informáticos timbres y efectos timbrados y, en general, cuantos
Reparación de Electrodomésticos documentos o recibos representen un valor o garantía de
Vehículos en garaje dinero, con la salvedad de cuanto se estipula para robo,
Ruina total de la vivienda hurto y reconstrucción de documentos.
Replantación de Arboleda y Jardín
Daños y Robo a bienes del Inquilino y acompañante (Alquiler eventual Defectos de fabricación y construcción de los bienes
de la vivienda) asegurados, así como los daños debidos al uso o desgaste
Daños causados por el inquilino (Alquiler eventual de la vivienda) normal de los mismos, defectuosa conservación, vicio propio
Responsabilidad Civil frente a terceros, fianzas y defensa
Responsabilidad Civil derivada del continente
y/o negligencia inexcusable.
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a la vivienda Los daños producidos en viviendas destinadas a la
Responsabilidad Civil derivada del contenido relativa a las personas explotación comercial de alojamientos de Turismo Rural.
Responsabilidad Civil frente al inquilino (Alquiler eventual de la
vivienda) Las pérdidas o extravíos de cualquier clase, con la salvedad
Responsabilidad Civil inquilino de cuanto se estipula para reposición de llaves y cerraduras.
Responsabilidad Civil de perros peligrosos
Fianzas y defensa judicial Los daños propios y los causados a terceros a consecuencia
Protección Jurídica y Reclamación de Daños de cualquier actividad industrial, profesional o comercial.
Bricohogar: Servicio de mantenimiento y adecuación del hogar
Asistencia Informática
Los daños producidos por o a consecuencia de efectos
Accidentes personales derivados de la energía nuclear, cualquiera que sea su origen.
Pack Movilidad Familia: Responsabilidad civil de vehículos de movilidad Los daños producidos por o a consecuencia de fenómenos
personal y bicicletas con pedaleo asistido / Fallecimiento.
Pack Protección Tecnología: Servicios de reparación, sustitución y
meteorológicos o geológicos no específicamente detallados
recuperación de Smartphone, Tablet o Smartwatch de uso particular. como cubiertos.
Pack Compra Segura: Garantiza tranquilidad a la hora de operar a Los siniestros ocasionados por el estado de embriaguez o
través de internet.
Pack Protección menores: Protección y ayuda psicológica de menores
bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes del
frente a sospechas de acoso en Internet. Asegurado. Se considerará que existe embriaguez cuando
Pack Salud: Servicio de telemedicina. se supere el índice legal establecido para la conducción de
Pack mascotas: Daños a animales y acceso a determinados servicios. vehículos a motor.
[Seite 24]
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
! Daños eléctricos a electrodomésticos o cualquier aparato eléctrico o electrónico cuyo valor sea inferior a 60 euros; Aparatos cuya
antigüedad sea superior a 20 años.
! Fenómenos meteorológicos: Lluvia ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 80 km/h.
! Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones.
! Bienes refrigerados: Los daños causados por un fallo del suministro público de energía eléctrica previsto con antelación o cuando haya
sido inferior a 6 horas; Los alimentos contenidos en frigoríficos o congeladores de antigüedad superior a 20 años.
! Daño Accidental: Franquicia 90€
! Rotura/Avería de equipos Informáticos: Equipos informáticos de antigüedad superior a 5 años.
! Reparación de Electrodomésticos: Los electrodomésticos de antigüedad superior a 10 años, desde la fecha de compra o de la fecha de
fabricación.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
✓ Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España con algunas excepciones establecidas en CCGG.
✓ Para la garantía de ‘’Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas’’ se extiende a todo el Mundo,
excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del
riesgo.
• Firma del contrato.
• Pago del precio del seguro.
• Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
• El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
• El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
• El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• El contrato se perfecciona mediante su firma.
• El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
• El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
• El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
realizada con un mes de antelación.
El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n
76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
REALE SEGUROS
SEGURO DE REALE HOGAR