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Seguro de Hogar Completo
Bienvenida a santalucía
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CONDICIONES
GENERALES
SI
N
VA
LO
R
CO
NT
RA
Condiciones Generales del contrato
CT
Seguro de Hogar Completo
UA
L
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SI
N
CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS
VA
Máximo de cobertura
GARANTÍAS BÁSICAS
Continente Contenido
LO
- Incendio, Caída del rayo, Explosión, autoexplosión y efectos 100% 100%
secundarios
- Reconstrucción del jardín 5% -
- Gastos de extinción de incendios 100% 100%
R
- Gastos de demolición y desescombro 100% 100%
- Humo 100% 100%
- Caída de árboles, postes y antenas 100% 100%
CO
- Viento, pedrisco o nieve 100% 100%
- Colisión de vehículos 100% 100%
- Ondas sónicas 100% 100%
- Daños producidos por la electricidad 100% 100%
- Daños a alimentos en frigoríficos o congeladores - 2%
NT
- Daños producidos por el agua 100%
- Rotura de lunas, espejos, cristales y piezas de metacrilato 100%
- Rotura de elementos vitrocerámicos de cocina - 100%
- Rotura de mármoles, granitos y piedras artificiales - 100%
- Rotura de aparatos sanitarios fijos 100% -
RA
- Robo y expoliación - 100%
- Desperfectos al Continente por robo 100% -
- Atraco fuera del hogar 700€
- Hurto - 10%
CT
- Sustitución de cerraduras - 100%
- Uso indebido de tarjetas 350 €
- Actos de vandalismo o malintencionados 100% 100%
- Inhabitabilidad de la vivienda - 100%
- Reposición estética del Continente 5% -
UA
- Reposición de documentos públicos - 100%
- Reposición de documentos personales acreditativos - 100%
- Bienes desplazados temporalmente - 10%
- Responsabilidad civil general o del propietario de la vivienda Suma Específica
L
- Protección Jurídica Integral o de la vivienda 4.000 €
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SI
- Asistencias, contratables sólo una de ellas
N
Asistencia a la vivienda
Asistencia básica y electrodomésticos de gama blanca
- Conexión para el mantenimiento de la vivienda
VA
- Protección de pagos Prima anual de este
seguro
- Riesgos extraordinarios 100% 100%
- Seguro a Valor de nuevo
GARANTÍAS OPCIONALES
L
- Objetos de valor especial Suma Específica
- Ampliación de joyas, dentro de caja fuerte de seguridad Suma Específica
OR
- Ampliación de joyas, fuera de caja fuerte de seguridad Suma Específica
- Ampliación de Reposición Estética de Continente 1.000 €
- Garantías de unifamiliar
Camión bomba para desatascos sin daños
Exceso de consumo de agua 500 €
Daños por helada 100 % 100 %
CO
- Robo de placas solares en cubiertas 3.000 €
- Garantías para arrendador
Pérdida de alquileres 100 %
Protección jurídica del arrendador 4.000 €
Responsabilidad civil del arrendador Suma específica
NT
Actos de vandalismo del inquilino 5.000 € 3.000 €
- Garantías para arrendatario
Protección jurídica del arrendatario 4.000 €
Responsabilidad civil por daños a la vivienda Suma específica
RA
- Asistencia digital
Copia de seguridad on-line
Recuperación de datos
Gestión y borrado de huella y vida digital
Rastreo de dispositivos móviles
CT
La oficina en casa
Optimización de dispositivos físicos y plataformas cloud gaming
UA
L
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SI
N
DISPOSICIONES GENERALES
VA
Artículo Preliminar 3. La solicitud y el cuestionario
suscritos por el Tomador del seguro y
BASES DEL CONTRATO
L
esta póliza constituyen un todo
unitario fundamento del seguro, que
1. El Tomador del seguro tiene el
OR
sólo alcanza, dentro de los límites
deber, antes de la conclusión del
pactados, a los bienes y riesgos
contrato, de declarar al Asegurador, de
especificados en la misma.
acuerdo con el cuestionario que éste le
someta, todas las circunstancias por él 4. Si el contenido de la póliza difiere
conocidas que puedan influir en la de las cláusulas acordadas, el Tomador
valoración del riesgo. Quedará del seguro podrá reclamar a la Entidad
CO
exonerado de tal deber si el aseguradora, en el plazo de un mes a
Asegurador no le somete cuestionario contar desde la entrega de la póliza,
o cuando, aun sometiéndoselo, se para que subsane la divergencia
trate de circunstancias que puedan existente. Transcurrido dicho plazo sin
influir en la valoración del riesgo y que efectuar la reclamación, se estará a lo
NT
no estén comprendidas en él. dispuesto en la póliza.
La variación de las circunstancias
Artículo 1.
declaradas debe ser comunicada al
Asegurador. DEFINICIONES
RA
2. La presente póliza ha sido En este contrato se entiende por:
contratada sobre la base de las
declaraciones formuladas por el 1. Animales de compañía
Tomador del seguro en la solicitud-
Animales domésticos (exclusivamente
CT
cuestionario que le ha sido sometido y
que motivan la aceptación del riesgo perros, gatos, aves y roedores
por parte del Asegurador, con la enjaulados, peces y tortugas) que
asunción, por su parte, de las habiten en la vivienda asegurada y que
obligaciones derivadas del contrato a no sean utilizados con fines
UA
cambio de la prima correspondiente. comerciales, sobre los que el titular de
dichos animales, cuando proceda, haya
obtenido y mantenga en vigor la
licencia administrativa exigible según la
L
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SI
normativa vigente para la tenencia de contratados en las Condiciones
N
dichos animales. Particulares de la póliza y que
constituyen la vivienda asegurada que,
2. Asegurado: en ningún caso, podrá estar
constituida por una construcción
VA
La persona titular del interés objeto del integra de madera, móvil o
seguro y que, en defecto del Tomador, prefabricada, casa cueva o caravana.
asume las obligaciones derivadas del
contrato. Tendrán también la misma 5.1 Continente:
consideración, siempre y cuando
L
El conjunto de la construcción principal
convivan habitualmente con el
(cimientos y muros, forjados, vigas y
Asegurado, las siguientes personas,
OR
pilares, paredes, techos y suelos,
salvo lo previsto para aquellas garantías
cubiertas y fachadas, puertas y
con designación específica:
ventanas), construcciones accesorias
• Su cónyuge, no separado (armarios empotrados, chimeneas), e
legalmente o de hecho, o persona instalaciones fijas tales como las de
que conviviere con él de forma extinción de incendios, de protección
CO
permanente en análoga relación de contra robo, de agua, gas, electricidad,
afectividad. telefonía, energía solar, calefacción y
refrigeración, incluidos calderas,
• Los descendientes solteros de la radiadores y aparatos de producción de
pareja y sus ascendientes (incluidas frío que estuvieran instalados de forma
las personas incapacitadas o con
NT
permanente, elementos sanitarios,
discapacidad). antenas de radio y televisión, y en
general aquellos bienes que no puedan
3. Asegurador:
separarse de la superficie que los
SANTA LUCIA, S.A., Compañía de sustenta, sin causar deterioro al propio
RA
Seguros y Reaseguros, que asume el bien o a la citada superficie, y que
riesgo contractualmente pactado. constituye el piso o edificio designado
en las Condiciones Particulares de esta
4. Atraco o expoliación: póliza, destinado a la vivienda
La sustracción o apoderamiento particular objeto del seguro.
CT
ilegítimo de los bienes asegurados Asimismo quedan incluidas, siempre
contra la voluntad del Asegurado, que sean propiedad del Asegurado:
mediante actos de intimidación o
violencia, realizados sobre las personas • Los muros de contención; las vallas,
UA
que los custodian o vigilan. muros, cercas y verjas que sirvan de
cierre y circunden el perímetro del
5. Bienes asegurados: terreno donde se halla ubicado el
Continente asegurado.
Los que se describen a continuación,
siempre que figuren expresamente
L
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SI
• Las instalaciones de ornato o La suma asegurada, cuando se
N
decoración (pinturas, papeles contrate, será a primer riesgo. Cuantas
pintados, madera, escayolas, referencias se hagan en estas
entelados, moquetas, parqué y Condiciones Generales al Continente,
toldos), excepto pinturas murales deberán entenderse aplicables a este
VA
con valor artístico o histórico, con tal concepto.
de que estén adheridas a los suelos,
5.3 Contenido:
techos y/o paredes, formando parte
del Continente asegurado. El conjunto de bienes que, siendo
L
característicos del hogar, se hallen en el
• Las zonas de recreo y deportivas,
interior de la vivienda designada en las
tales como piscinas, pistas de tenis y
OR
condiciones de la póliza, y sean
cualquier otra instalación fija similar,
propiedad del Asegurado, tales como
cuyo uso y disfrute se derive de la
muebles, incluidos electrodomésticos,
propiedad de la vivienda objeto del
ropas y ajuar doméstico, víveres,
seguro.
objetos de uso personal y demás
• Las dependencias de la vivienda, enseres y animales de compañía
CO
como garajes y trasteros, situadas en domésticos, salvo los bienes no
la misma finca donde se encuentre el asegurados o excluidos.
Continente asegurado.
Asimismo se considerarán incluidos en
Si el Asegurado obra en calidad de el Contenido los enseres domésticos
copropietario, el concepto de propiedad del Asegurado situados en
NT
Continente comprende, además de la dependencias, como garajes no
parte divisa de su propiedad, la comunitarios y trasteros, ubicados en la
proporción que, de acuerdo con el misma finca, o en jardines o patios de
coeficiente de copropiedad, le uso exclusivo del Asegurado, excepto
las colecciones, los objetos, tapices o
RA
corresponda en la parte indivisa del
inmueble. cuadros con valor artístico o histórico,
las prendas de piel, las joyas, así como
5.2 Continente para el resto de bienes no asegurados o
arrendatario: excluidos.
CT
La totalidad de las obras de reforma, También se consideran incluidos en el
acondicionamiento, mejora, Contenido los enseres, instrumentos,
adaptación o adiciones constructivas material y mobiliario que se encuentren
realizadas por el Asegurado dentro de la vivienda asegurada,
arrendatario de la vivienda, así como
UA
necesarios para el ejercicio de una
cuantos elementos comprendidos en la profesión liberal, tales como la de
definición de Continente hayan sido médico, abogado, arquitecto y otras
incorporados por él y sean de su profesiones que no requieran
propiedad. instalaciones especiales, y siempre que
L
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SI
aquélla no pierda el carácter principal privativo de la vivienda asegurada y
N
de vivienda, excepto los bienes no sirvan exclusivamente a la misma.
asegurados o excluidos.
8. Daños materiales:
No tienen la consideración de
VA
Contenido los vehículos a motor, La destrucción o deterioro de los bienes
remolques, caravanas y asegurados en el lugar descrito en la
embarcaciones, y sólo se garantizarán póliza.
mediante pacto expreso que debe
9. Desempleo
constar en la póliza, los siguientes
L
bienes: Situación en la que el Tomador pierde
su relación laboral.
OR
• Objetos de Valor Especial:
− Las colecciones de cualquier tipo, 10. Enfermedad
con valor superior a 1.600 euros. Toda alteración del estado de salud,
− Los objetos, tapices o cuadros con cuyo diagnóstico y confirmación sean
valor artístico o histórico, con efectuados por un médico legalmente
CO
valor unitario superior a 1.600 reconocido y cuyas primeras
euros. manifestaciones se presenten durante
la vigencia de la póliza.
− Las prendas de piel con valor
unitario superior a 1.600 euros. 11. Hospitalización
NT
• Las joyas, en el importe que supere Internamiento continuado del Tomador
el 10 por 100 de la suma asegurada del seguro por tiempo superior a 24
para el Contenido. horas, en calidad de paciente residente
6. Carencia en un hospital como consecuencia
RA
directa de un accidente o una
Es el período de tiempo durante el cual, enfermedad.
en caso de producirse el siniestro, no
existirá la correspondiente garantía del 12. Incapacidad temporal
seguro.
CT
A efectos de la garantía de Protección
7. Conducciones particulares: de Pagos, situación física, originada
independientemente de la voluntad del
Las que partiendo de la junta del Tomador del seguro, determinante de
accesorio de unión, excluido éste, de la
UA
la total ineptitud de éste para realizar
conducción general o en su caso de las
conducciones comunitarias, se su profesión, trabajo, ocupación o
encuentren dentro de la vertical de la actividad remunerada habitual con la
cubierta del edificio, dentro del espacio duración y en los términos establecidos
en la legislación vigente.
L
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SI
13. Hurto: correspondiente mercado de arte
N
especializado.
La toma de los bienes asegurados,
contra la voluntad del Asegurado, sin 17. Póliza:
empleo de fuerza o violencia en las
VA
El documento que contiene las
cosas, ni intimidación ni violencia
condiciones reguladoras del seguro.
ejercida sobre las personas.
Forman parte integrante de la póliza:
14. Infraseguro: las Condiciones Generales, las
Particulares y Especiales que
L
Situación que se produce cuando, en el individualizan el riesgo, y los
momento del siniestro, la suma documentos emitidos para
OR
asegurada es inferior al valor de los complementarla o modificarla.
bienes asegurados. En este caso, el
Asegurador indemnizará el daño 18. Prima:
causado en la misma proporción en la
El precio del seguro. El recibo
que aquélla cubre el valor de los bienes
contendrá, además, los recargos e
asegurados (regla proporcional).
impuestos que sean de legal aplicación.
CO
Regla proporcional: Procedimiento de
cálculo de la indemnización a recibir en 19. Robo:
caso de siniestro y que será de La sustracción o apoderamiento
aplicación, en los casos previstos en la ilegítimo, por parte de terceros, de los
póliza, cuando se produzca Infraseguro. bienes asegurados, contra la voluntad
NT
La fórmula de aplicación de la regla del Asegurado, mediante actos que
proporcional será la siguiente: impliquen fuerza o violencia en las
cosas, o introduciéndose el autor o
Valor real del daño
X autores en la vivienda que contiene los
RA
Suma asegurada para bienes bienes asegurados, mediante ganzúa u
Indemnización =
Valor real de los bienes otros instrumentos no destinados
15. Joya: ordinariamente a abrir las puertas, o
penetrando secreta o
Objeto de oro o platino, con o sin perlas clandestinamente, ignorándolo el
CT
o piedras preciosas engarzadas. Asegurado, su familia y/o empleados,
Tendrán asimismo esta consideración ocultándose y cometiendo el hecho
las monedas de dichos metales. cuando la vivienda se hallase cerrada.
16. Objeto artístico o histórico: 20. Seguro a primer riesgo:
UA
Aquél que, por su antigüedad, autor o Modalidad de cobertura por la que se
características, posea un valor garantiza una cantidad o porcentaje
específico refrendado determinado, hasta el cual queda
documentalmente por el cubierto el riesgo, con independencia
del valor total, sin que, por tanto, haya
L
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SI
aplicación de regla proporcional por • El causante del siniestro.
N
insuficiencia de suma asegurada
(Infraseguro). • El propietario o arrendatario de la
vivienda.
21. Siniestro:
VA
24. Tomador del seguro:
El hecho cuyas consecuencias dañosas
estén cubiertas por la póliza. El La persona física o jurídica que,
conjunto de los daños derivados de una juntamente con el Asegurador, suscribe
misma causa original constituye un solo este contrato y a la que corresponden
L
siniestro. las obligaciones que del mismo se
deriven, salvo las que por su naturaleza
OR
22. Suma asegurada: deban ser cumplidas por el Asegurado.
La cantidad fijada en las condiciones de 25. Valor de nuevo:
la póliza para cada uno de los bienes o
garantías aseguradas, que representa el Es el coste de reposición del bien en el
límite máximo de la indemnización a momento del siniestro.
pagar por el Asegurador en cada
CO
26. Valor real:
siniestro, y que debe corresponder,
salvo pacto en contrario, al valor real de En general, es el valor que tenía el bien
los bienes asegurados en el momento afectado por el siniestro en el momento
anterior a la ocurrencia del siniestro, anterior a que éste ocurriera. Se
salvo lo previsto en la garantía de determinará deduciendo, del valor en
NT
Seguro a Valor de Nuevo. estado de nuevo, la depreciación por
envejecimiento, uso y desgaste.
23. Tercero o tercera persona:
Para cuadros, estatuas y objetos
Será cualquier persona física o jurídica artísticos, el valor real será el que
RA
distinta de: verdaderamente tengan en el mercado,
• El Tomador del seguro o el en el momento del siniestro, y no su
Asegurado. precio de coste o valor afectivo.
• Las personas que convivan o
CT
dependan de las enunciadas en
el apartado anterior.
UA
L
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SI
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO
N
Artículo 2. extinguir el incendio o impedir su
VA
propagación.
GARANTÍAS BÁSICAS
c) Los gastos que ocasione al
Dentro de los límites establecidos en las Asegurado el transporte de los bienes
condiciones de esta póliza, el seguro asegurados o cualesquiera otras
L
solamente garantiza contra aquellos medidas adoptadas con el fin de
riesgos cuya cobertura se especifica a salvarlos.
OR
continuación:
d) Los menoscabos que sufran los
INCENDIO, CAÍDA DEL objetos salvados con ocasión de la
RAYO, EXPLOSIÓN O extinción del incendio o de su
salvamento.
IMPLOSIÓN,
AUTOEXPLOSIÓN Y EFECTOS e) El valor de los objetos
CO
SECUNDARIOS desaparecidos, con ocasión del
siniestro, siempre que el Asegurado
Mediante esta garantía quedan acredite su preexistencia y salvo que el
cubiertos, hasta un 100 por 100 de las Asegurador pruebe que fueron
respectivas sumas aseguradas, los daños robados o hurtados.
NT
materiales y directos que sufran los
bienes asegurados como consecuencia 2. Caída del rayo, entendiendo
de: como tal la descarga violenta producida
por una perturbación en el campo
1. Incendio, entendiendo como tal eléctrico de la atmósfera.
la combustión y el abrasamiento con
RA
llama, capaz de propagarse, de un objeto 3. Explosión o Implosión,
u objetos que no estaban destinados a cualquiera que sea su causa.
ser quemados en el lugar y momento en 4. Autoexplosión, de los aparatos
que se produce. propios de una vivienda tales como
CT
Asimismo están cubiertos: calderas, aparatos y conducciones de
calefacción, termos eléctricos o de gas,
a) Los daños materiales producidos cafeteras o aparatos similares.
por las consecuencias inevitables del
incendio. 5. Efectos secundarios, debidos a la
UA
acción del humo, vapores, polvo,
b) Los daños que ocasionen las carbonilla y cualquier otra sustancia
medidas necesarias adoptadas por la similar derivada de los riesgos descritos
autoridad o el Asegurado para cortar o anteriormente en este epígrafe, tanto si
L
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SI
el siniestro se ha originado en la vivienda
HUMO
N
como en sus proximidades.
Mediante esta garantía quedan
RECONSTRUCCIÓN cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
DEL JARDÍN
VA
respectivas sumas aseguradas, los daños
materiales que sufran los bienes
Mediante esta garantía quedan asegurados como consecuencia directa
cubiertos, a primer riesgo, y hasta el 5 del humo producido por fugas o escapes
por 100 de la suma asegurada para el repentinos y anormales en hogares de
L
Continente, los daños materiales combustión, sistemas de calefacción, de
producidos a las plantas y árboles del cocción o aparatos e instalaciones
OR
jardín propio de la vivienda ocasionados eléctricas.
por incendio, explosión, caída del rayo o
por las medidas adoptadas para la CAÍDAS DE ÁRBOLES,
extinción del incendio. POSTES Y ANTENAS
GASTOS DE EXTINCIÓN Mediante esta garantía quedan
CO
DE INCENDIOS cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
respectivas sumas aseguradas, los daños
Mediante esta garantía el Asegurador materiales y directos producidos a los
indemnizará, hasta el 100 por 100 de las bienes asegurados por la caída de
respectivas sumas aseguradas, los árboles, postes o antenas.
gastos que ocasione la aplicación de las
NT
medidas necesarias adoptadas por la SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
autoridad o el Asegurado para cortar o QUEDAN CUBIERTOS:
extinguir el incendio en los bienes Los daños a los propios árboles, postes o
asegurados o impedir su propagación. antenas.
RA
GASTOS DE DEMOLICIÓN VIENTO, PEDRISCO O NIEVE
Y DESESCOMBRO
Mediante esta garantía quedan
Mediante esta garantía, el Asegurador cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
CT
indemnizará los gastos necesarios de respectivas sumas aseguradas, los daños
demolición y desescombro de los bienes materiales que sufran los bienes
asegurados, ocasionados por siniestros asegurados como consecuencia directa
cubiertos por este seguro, hasta el 100 del pedrisco o nieve, y del viento,
por 100 de las respectivas sumas siempre que se registren velocidades
UA
aseguradas. Los gastos de demolición superiores a 80 km. por hora o cuando,
sólo quedan cubiertos cuando esté por la amplitud del territorio afectado y
asegurado el Continente. la magnitud e intensidad de los daños en
la zona, puedan considerarse como
atípicos o extraordinarios y hayan
L
[Seite 13]
SI
destruido o dañado otros edificios de Asegurado o de las personas que de él
N
buena construcción, en la misma dependan o de las que estén prestando
población o zona geográfica, de forma servicio al Asegurado.
similar a como lo han sido los bienes
asegurados. ONDAS SÓNICAS
VA
En caso de daños a árboles, plantas y Mediante esta garantía quedan
jardines la cobertura se limita al 5 por cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
cien de la suma asegurada para el respectivas sumas aseguradas, los daños
continente materiales que sufran los bienes
LO
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO asegurados como consecuencia directa
QUEDAN CUBIERTOS: de ondas sónicas producidas por
aeronaves.
a) Los daños producidos a cualquier
R
elemento del Contenido situado al aire DAÑOS PRODUCIDOS
libre, aun cuando se halle protegido por POR LA ELECTRICIDAD
materiales flexibles (lonas, plásticos,
invernaderos, construcciones Mediante esta garantía quedan
CO
hinchables o similares) o situados en el cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
interior de terrazas, balcones, porches u respectivas sumas aseguradas para el
otras construcciones abiertas. Continente o el Contenido, los daños
ocasionados en la instalación eléctrica
b) Los daños producidos en piscinas.
privativa de la vivienda y en los aparatos
NT
c) Los daños producidos en árboles , eléctricos o electrónicos, situados en el
plantas y jardies por pedriscoo nieve. interior de la misma, por corrientes
eléctricas anormales o cortocircuitos,
d) Los daños ocasionados como
siempre que dichos daños sean
consecuencia de haber quedando sin
RA
producidos por la electricidad, aun
cerrar, o cuyo cierre fuera defectuoso,
cuando no se derive incendio.
puertas, ventanas u otras aberturas.
DAÑOS A ALIMENTOS
COLISIÓN DE VEHÍCULOS
EN FRIGORÍFICOS
CT
Mediante esta garantía quedan O CONGELADORES
cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
Mediante esta garantía quedan
respectivas sumas aseguradas, los daños
cubiertos, a primer riesgo, y hasta el 2
materiales que sufran los bienes
por 100 de la suma asegurada para
asegurados como consecuencia directa
UA
Contenido, por siniestro y anualidad de
de colisión de vehículos o de los bienes
seguro, los daños materiales directos que
por ellos transportados, contra los bienes
sufran los productos de alimentación
asegurados, siempre que dichos
perecederos contenidos en frigoríficos o
vehículos o bienes no sean propiedad o
congeladores de la vivienda que
estén en poder o bajo control del
L
[Seite 14]
SI
produzcan su inutilización para el conducciones particulares del
N
consumo, causados por la paralización de Continente asegurado, siempre que el
éstos a consecuencia directa de: estado de la instalación lo permita.
1. Avería de la instalación frigorífica o • La reposición de los materiales
VA
de sus órganos generadores, directamente afectados por dichos
reguladores y mantenedores de trabajos, por otros de similar calidad y
frío. utilidad.
2. Interrupción imprevista en el 2. La omisión involuntaria del cierre
L
suministro público de energía de llaves o grifos de agua en las
eléctrica, que exceda de 6 horas. conducciones.
OR
3. Paralización del frigorífico o 3. Filtraciones a través de la cubierta,
congelador debida al acaecimiento muros y/o paredes, cuando no
de un siniestro garantizado por la sean debidas a la falta de
póliza. reparación o conservación del
inmueble.
DAÑOS PRODUCIDOS
CO
4. Inundación, a consecuencia de
POR EL AGUA
desbordamiento de lagos sin salida
Mediante esta garantía quedan natural, así como por rotura,
cubiertos, hasta el 100 por 100 de las desbordamiento o desviación
respectivas sumas aseguradas, los daños accidental del curso normal de
NT
materiales y directos producidos por el canales, acequias y otros cursos o
agua a los bienes asegurados, como cauces de agua, en superficie o
consecuencia de: subterráneos, construidos por el
hombre.
1. Escapes y desbordamientos
RA
accidentales e imprevistos por Los gastos de desembarre y extracción de
rotura u obstrucción de tuberías, lodos a consecuencia de un siniestro
desagües, depósitos fijos o amparado por esta garantía se
conducciones de calefacción. considerarán como daños a los bienes
asegurados, indemnizándose dentro del
CT
Asimismo quedan cubiertos, en los límite de cobertura ya establecido.
siniestros indemnizables por las causas
descritas en el párrafo anterior, o cuando
existan daños a terceros de los cuales sea
responsable el Asegurado, y siempre que
UA
se asegure el Continente:
• El importe de los trabajos necesarios
para la localización y la reparación del
tramo de tubería averiado de las
L
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SI
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO h) Los gastos de desatascos,
N
QUEDAN CUBIERTOS: localización y reparación de averías
cuando no se produzcan daños
a) Los daños debidos a la humedad y
indemnizables.
condensación que no sean consecuencia
VA
directa de los riesgos cubiertos, y los i) Los daños o gastos de cualquier
debidos a congelación y heladas, incluso naturaleza ocasionados en las partes
los causados por el agua como exteriores del Continente asegurado
consecuencia de estos últimos como consecuencia de fenómenos
fenómenos. meteorológicos.
L
b) Los gastos de localización y
ROTURA DE LUNAS,
OR
reparación de averías, que tengan su
origen en tuberías subterráneas de
ESPEJOS, CRISTALES Y
suministro o desagüe de agua que estén PIEZAS DE METACRILATO
situadas fuera de la vertical de la Mediante esta garantía quedan
cubierta del edificio o no sirvan en cubiertos, hasta el 100 por 100 de las
exclusividad a la vivienda asegurada y, respectivas sumas aseguradas para el
CO
en ningún caso, las que tengan su origen Continente o el Contenido, los daños
en fosas sépticas, cloacas, arquetas y materiales y directos, incluidos los gastos
alcantarillas. de colocación y montaje, que por roturas
c) Los daños y gastos de reparación de accidentales sufran las lunas, espejos,
cualquier elemento o aparato distinto cristales y piezas de metacrilato que se
NT
de las propias tuberías, cuyo hallen instalados dentro de la vivienda o
funcionamiento, defecto o avería formen parte de puertas, ventanas,
hubiese provocado el siniestro. tragaluces, claraboyas u otros elementos
fijos de la misma.
d) Los gastos de impermeabilización,
RA
localización y reparación de averías que SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
tengan su origen en filtraciones o QUEDAN CUBIERTOS:
goteras a través de cubiertas, muros y/o Las roturas de lámparas y bombillas de
paredes. toda clase, cristalerías, elementos de
CT
e) Los daños en árboles, plantas y decoración no fijos, aparatos de
césped. televisión y electrodomésticos en
general, cristales de valor artístico y
f) Los daños producidos por el cualquier vidrio o cristal de uso manual.
desbordamiento o la rotura de presas o
UA
diques de contención o desviación.
g) Los daños ocasionados por el agua
de lluvia que penetre por puertas,
ventanas u otras aberturas.
L
[Seite 16]
SI
ROTURA DE ELEMENTOS ROTURA DE APARATOS
N
VITROCERÁMICOS SANITARIOS FIJOS
DE COCINA
Mediante esta garantía quedan
VA
Mediante esta garantía quedan cubiertos, hasta el 100 por 100 de la
cubiertos, hasta el 100 por 100 de la suma asegurada para el Continente, los
suma asegurada para el Contenido, los daños materiales y directos, incluidos los
daños materiales y directos, incluidos los gastos de colocación y montaje, que por
gastos de colocación y montaje, que por roturas accidentales sufran los aparatos
L
roturas accidentales sufra la superficie sanitarios que se hallen instalados de una
vitrocerámica de cocina que se halle manera fija dentro de la vivienda.
OR
instalada de una manera fija dentro de la
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
vivienda.
QUEDAN CUBIERTOS:
ROTURA DE MÁRMOLES, a) Los daños producidos por arañazos,
GRANITOS Y raspaduras, desconchados u otros
PIEDRAS ARTIFICIALES deterioros de superficie que originen
CO
simples defectos estéticos.
Mediante esta garantía quedan
cubiertos, hasta el 100 por 100 de la b) La reposición de griferías y
suma asegurada para el Contenido, los accesorios que puedan verse afectados
daños materiales y directos, incluidos los como consecuencia de la rotura o
NT
gastos de colocación y montaje, que por reposición del aparato sanitario.
roturas accidentales sufran los
elementos de mármol, granito y piedra ROBO Y EXPOLIACIÓN
artificial que formen parte del Contenido
Mediante esta garantía quedan
asegurado o de los aparatos sanitarios
RA
cubiertos, hasta el 100 por 100 de la
fijos.
suma asegurada para el Contenido, los
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO daños materiales y directos producidos
QUEDAN CUBIERTOS: por la desaparición, destrucción o
deterioro del Contenido asegurado a
La rotura de elementos de decoración
CT
consecuencia, o intento, de robo o
no fijos, así como los mármoles, granitos
expoliación.
o piedras con valor artístico o histórico y
cualquier elemento de estos materiales Asimismo quedan cubiertos:
de uso manual.
1. Los gastos que realice el
UA
Asegurado, con ocasión de un robo
garantizado por la póliza, como
consecuencia de la contratación
temporal de un vigilante jurado,
durante un máximo de 2 días,
L
[Seite 17]
SI
desde la fecha de ocurrencia del seguridades y protecciones declaradas
N
siniestro y hasta tanto se en su caso, por el Tomador del seguro o
reinstalen las protecciones Asegurado en la solicitud-cuestionario
dañadas con ocasión del robo. del seguro.
VA
2. Los gastos de asistencia sanitaria b) Los bienes situados al aire libre, aun
que se originen por la urgente cuando se hallasen protegidos por
atención médica por las lesiones o materiales flexibles (lonas, plásticos,
daños corporales que puedan invernaderos, construcciones
sufrir, a causa de atraco o hinchables o similares) o situados en el
LO
expoliación en el interior de la interior de terrazas, balcones, porches u
vivienda, las personas aseguradas otras construcciones abiertas.
que se encontrasen en la misma en
c) Las joyas, cuando la vivienda sea
el momento del atraco o
utilizada para fines de semana o
expoliación, con un límite de 175
R
vacaciones o cuando no se pernocte
euros por persona.
habitualmente en ella o cuando haya
3. Las pérdidas patrimoniales que quedado deshabitada más de 30 días
CO
sufran las personas aseguradas por consecutivos.
la desaparición, destrucción o
d) El dinero en efectivo y cheques,
deterioro de dinero en efectivo o
cuando la vivienda haya quedado
cheques, como consecuencia de
deshabitada más de 72 horas
robo o expoliación sufrido dentro
consecutivas.
NT
de la vivienda asegurada, con un
límite de 350 euros por siniestro. e) Los animales de todas clases.
4. Los enseres domésticos propiedad
DESPERFECTOS AL
del Asegurado, en cuartos
trasteros, situados en la misma CONTINENTE POR ROBO
RA
finca y en edificios distribuidos por
Mediante esta garantía quedan
pisos, quedan cubiertos, dentro del
cubiertos, hasta el 100 por 100 de la
límite establecido anteriormente,
suma asegurada para el Continente, los
hasta un máximo del 10 por 100 de
desperfectos por robo o intento de robo
CT
la suma asegurada para el
causados en puertas, ventanas, paredes,
Contenido.
techos y suelos de la vivienda, así como
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO en las cerraduras y en las instalaciones
QUEDAN CUBIERTOS: fijas de alarma.
UA
a) Los robos cometidos cuando, en el ATRACO FUERA DEL HOGAR
momento de su comisión, y no
permaneciendo ninguna persona en su
Mediante esta garantía quedan
interior, no tuviese la vivienda
cubiertas, a primer riesgo, y siempre que
instaladas y accionadas todas las
L
[Seite 18]
SI
se asegure el Contenido, hasta un límite SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
N
máximo de 700 euros, por siniestro y QUEDAN CUBIERTOS:
anualidad de seguro, las pérdidas que,
a) Las pérdidas que se produzcan
como consecuencia de un atraco o
cuando la vivienda esté ocupada por
expoliación, fuera de la vivienda
VA
personas distintas al Asegurado.
asegurada, y dentro del territorio
nacional, sufran las personas aseguradas b) Los bienes situados al aire libre, aun
por la desaparición, destrucción o cuando se hallasen protegidos por
deterioro de las ropas y demás objetos materiales flexibles (lonas, plásticos,
L
que compusieran la vestimenta o adorno invernaderos, construcciones
personal en el momento del siniestro. hinchables o similares) o situados en el
OR
interior de terrazas, balcones, porches u
Dentro del límite establecido en el
otras construcciones abiertas.
párrafo anterior queda cubierto:
c) Las joyas, el dinero en efectivo y los
1. El dinero en efectivo hasta un
cheques.
máximo de 200 euros.
d) Los animales de todas las clases.
2. Las joyas hasta un máximo de 350
CO
euros. e) Los bienes depositados en cuartos
trasteros.
3. Los dispositivos móviles de
telefonía, hasta un máximo de 200 f) Los bienes sustraídos desde el
euros. exterior, sin penetrar en la vivienda
NT
asegurada.
HURTO
SUSTITUCIÓN DE
Mediante esta garantía quedan CERRADURAS
cubiertas, a primer riesgo, hasta el 10
RA
por 100 de la suma asegurada para el Mediante esta garantía quedan
Contenido, y con un límite máximo de cubiertos, hasta el 100 por 100 de la
1.600 euros, las pérdidas que sufra el suma asegurada para el Contenido, los
Asegurado a consecuencia de hurto gastos necesarios para la sustitución
cometido en el interior de la vivienda por parcial o total de cerraduras de la
CT
personas que no habiten en la misma. vivienda a consecuencia de robo, atraco,
El Asegurador podrá exigir al Asegurado, hurto o extravío de las llaves de acceso a
antes de hacer efectiva la dicha vivienda, sufrido por alguna de las
indemnización, la factura que acredite personas aseguradas.
UA
haber reemplazado el objeto sustraído
por uno idéntico, o en caso de no
hallarse en el mercado, por aquél que
reúna las máximas características de
similitud.
L
[Seite 19]
SI
USO INDEBIDO DE TARJETAS • El ordenante o usuario de servicios
N
de pago puede quedar obligado a
Mediante esta garantía quedan soportar hasta un máximo de 50 € por
cubiertas, a primer riesgo, siempre que las pérdidas derivadas de operaciones
de pago no autorizadas resultantes de
VA
se asegure el Contenido y hasta un límite
la utilización de un instrumento de
máximo de 350 euros, por anualidad de
pago extraviado, sustraído o apropiado
seguro, las pérdidas patrimoniales indebidamente por un tercero.
sufridas por las personas aseguradas, a
• El ordenante soportará todas las
L
consecuencia de la utilización indebida,
por terceros, de tarjetas de crédito o pérdidas derivadas de operaciones de
pago no autorizadas si ha actuado de
OR
débito, que hubieren sido objeto de
manera fraudulenta o por haber
robo, hurto, atraco o extravío, dentro del
incumplido, deliberadamente o por
territorio nacional, y cuyo uso indebido, negligencia grave una o varias de las
en origen o en destino, también se obligaciones que se deriven de las
produjese dentro de dicho territorio y condiciones que regulen la emisión y
de las 48 horas anteriores al momento utilización del instrumento de pago y
CO
en el que se hubiese comunicado la en particular, las medidas razonables a
pérdida al proveedor de servicios de fin de proteger sus credenciales de
pago o a la entidad que éste designe. seguridad personalizadas, así como la
obligación de notificación al proveedor
Para el pago de la indemnización de servicios o a la entidad que este
NT
derivada de la garantía será preciso que designe, sin demora indebida en
el asegurado aporte documento emitido cuanto tenga conocimiento, del
por el proveedor del servicio de pago extravío, sustracción o apropiación
que acredite el motivo de la perdida indebida del instrumento de pago o de
su utilización no autorizada.
RA
sufrida y el importe de la misma, una vez
deducida la cantidad que haya asumido • Salvo en caso de actuación
dicha entidad. fraudulenta, el ordenante no soportará
consecuencia económica alguna por la
Con independencia del alcance de esta
utilización con posterioridad a la
CT
garantía en los términos antes definidos, notificación al proveedor de servicios
el “Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de de pago o a la entidad que éste
noviembre, de servicios de pago y otras designe, del extravío, sustracción o
medidas urgentes en materia financiera” apropiación indebida del instrumento
UA
regula la responsabilidad del proveedor y de pago.
del ordenante de servicios de pago en
caso de operaciones de pago no
autorizadas, conforme al siguiente
régimen:
L
[Seite 20]
SI
otra vivienda de parecidas características
ACTOS DE VANDALISMO
N
a las que tenía la del Asegurado.
O MALINTENCIONADOS
Entretanto, se garantiza el alojamiento
Mediante esta garantía quedan provisional en un establecimiento
VA
cubiertos, hasta el 100 por 100 de las hostelero, en régimen de pensión
respectivas sumas aseguradas, los daños completa, incluyendo los gastos de
materiales que sufran los bienes lavandería, durante un máximo de 10
asegurados como consecuencia directa días, con un límite de 100 euros, por
de actos de vandalismo o persona y día, previa justificación
LO
malintencionados, entendiéndose por documental de dichos gastos.
tales las actuaciones voluntarias con
intención de causar daños en los bienes Pericialmente se determinará el plazo
asegurados, cometidos por terceros. de inhabitabilidad, que no podrá ser
superior a un año, no pudiendo exceder
R
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO la indemnización del 100 por 100 de la
QUEDAN CUBIERTOS: suma asegurada para Contenido,
deduciéndose, en caso de ser la vivienda
a) Los daños producidos en árboles,
CO
arrendada, el importe del alquiler
plantas, jardines o piscinas.
correspondiente de la vivienda
b) Los daños o gastos de cualquier siniestrada.
naturaleza ocasionados en las partes
exteriores del Continente asegurado REPOSICIÓN ESTÉTICA
NT
como consecuencia de arañazos, DEL CONTINENTE
raspaduras, pintadas, inscripciones,
pegado de carteles y hechos análogos. Mediante esta garantía, el Asegurador
indemnizará a primer riesgo, por
c) Los daños ocasionados por los
siniestro y anualidad de seguro, hasta el
arrendatarios u otros ocupantes de la
RA
5 por 100 de la suma asegurada para el
vivienda.
Continente y con un límite máximo de
2.000 euros, las pérdidas materiales de
INHABITABILIDAD valor estético que puedan originarse en
DE LA VIVIENDA cualquiera de las paredes, techos o
CT
suelos, del interior de las estancias del
Mediante esta garantía el Asegurador
Continente asegurado, que hayan sido
indemnizará los gastos originados al
directamente dañadas por un siniestro
Asegurado por el desalojamiento forzoso
amparado por las garantías de esta
de la vivienda a consecuencia de un
póliza, siempre que no sea posible
UA
siniestro cubierto por las anteriores
efectuar la reparación con materiales de
garantías básicas de esta póliza. Dichos
idénticas características estéticas a los
gastos comprenden el traslado eventual
siniestrados.
de los objetos salvados y el alquiler de
L
[Seite 21]
SI
A los efectos de esta garantía, se públicas, títulos y valores,
N
entiende por estancia cada uno de los representativos de acciones,
aposentos en que se divide una vivienda, obligaciones, fondos públicos o
y que su comunicación con otros se resguardos y pólizas bancarias que hayan
realiza por huecos abiertos en los muros sido afectados por un siniestro cubierto
VA
o paredes, existan o no puertas de por esta póliza.
separación.
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
El alcance de esta garantía queda QUEDA CUBIERTO:
limitado a la estancia o estancias donde
L
El valor económico que representen los
se produjo el daño cubierto, no siendo
documentos.
extensible a otras, y está condicionado a
OR
la reparación efectiva del daño,
REPOSICIÓN DE
utilizando materiales de calidades y
características semejantes a las de DOCUMENTOS PERSONALES
origen. ACREDITATIVOS
Asimismo se garantizan las pérdidas de Mediante esta garantía quedan
CO
valor estético en los cristales de puertas cubiertos, hasta el 100 por 100 de la
y ventanas divididas en partes, siempre suma asegurada para el Contenido, los
que no sea posible la sustitución del gastos derivados de la expedición de
cristal afectado por otro de idénticas copias o duplicados de documentos
características a los no siniestrados, públicos personales acreditativos (tales
NT
limitándose dicha sustitución al hueco como D.N.I., permiso de conducir,
afectado y con un importe máximo, por pasaporte) que, como consecuencia de
este concepto, de 175 euros. un siniestro cubierto por esta póliza o por
hurto o extravío sufrido por las personas
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO aseguradas, hayan desaparecido o se
QUEDAN CUBIERTOS:
RA
hayan destruido o deteriorado.
Los aparatos o elementos sanitarios, las
lunas, cristales, espejos y las piezas de BIENES DESPLAZADOS
metacrilato, así como la reposición TEMPORALMENTE
estética en jardines, invernaderos o
CT
piscinas. Mediante esta garantía queda cubierto,
contra los riesgos garantizados en esta
REPOSICIÓN DE póliza, salvo el hurto, el Contenido, a
DOCUMENTOS PÚBLICOS primer riesgo, hasta el 10 por 100 de la
suma asegurada para el mismo y con un
UA
Mediante esta cobertura, el Asegurador límite máximo de 1.600 euros, cuando
abonará, hasta el 100 por 100 de la suma haya sido trasladado temporalmente
asegurada para el Contenido, los gastos fuera del municipio en el que esté la
y desembolsos que origine al Asegurado vivienda, siempre que dicho Contenido
se encuentre dentro del territorio
L
la expedición de duplicados de escrituras
[Seite 22]
SI
nacional, en hoteles o en inmuebles de una cosa, así como la lesión,
N
expresamente destinados por el enfermedad o muerte de un animal.
Asegurado para una estancia temporal
• Perjuicios económicos, entendiendo
de duración no superior a 3 meses.
por tales la pérdida económica
VA
Asimismo quedan cubiertos, dentro del consecuencia directa de los daños
límite establecido en el párrafo anterior, personales o materiales sufridos por el
los daños, salvo el robo, hurto o extravío, tercero reclamante de dicha pérdida.
que sufran dichos bienes a causa de un
accidente del vehículo que los transporte 2. Prestaciones del asegurador:
L
con ocasión de la realización de tal viaje Dentro siempre de los límites fijados en
o desplazamiento. las condiciones de esta póliza, serán por
OR
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO cuenta del Asegurador:
QUEDAN CUBIERTOS: 1. El pago de la indemnización a los
Las joyas, dinero en efectivo, cheques, perjudicados o a sus
útiles profesionales, objetos con valor derechohabientes, en base a
artístico o histórico, colecciones y resolución judicial firme o acuerdo
CO
prendas de piel. autorizado por el Asegurador.
2. La defensa del Asegurado incluso
RESPONSABILIDAD CIVIL frente a reclamaciones infundadas.
RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL 3. El pago de las costas y gastos
NT
judiciales o extrajudiciales.
1. Objeto de la garantía:
4. La constitución de las fianzas
Mediante esta garantía, y hasta el límite judiciales exigidas al Asegurado
que para la misma figura en las para garantizar su responsabilidad
RA
Condiciones Particulares de la póliza, el civil.
Asegurador toma a su cargo el pago de
las indemnizaciones por daños y 3. Ámbito geográfico de la
perjuicios exigidas por un tercero y de las garantía
cuales la persona asegurada resulte
Salvo pacto en contrario, esta garantía
CT
civilmente responsable, según la
normativa legal vigente, por daños será aplicable solamente a la
ocurridos durante la vigencia de esta responsabilidad civil derivada de hechos
garantía, cuyas consecuencias sean: ocurridos en el territorio comunitario de
los Estados miembros de la Unión
UA
• Daños personales, entendiendo por Europea y reconocidos por resolución
tales la lesión corporal, enfermedad o judicial firme de los Tribunales
muerte causados a personas físicas. españoles.
• Daños materiales, entendiendo por
tales el deterioro, avería o destrucción
L
[Seite 23]
SI
4. Ámbito temporal de la reparación o transformación del
N
garantía Continente asegurado, siempre
que dichos trabajos no afecten a la
Esta garantía queda limitada a los daños estructura o elementos
ocurridos durante el período de vigencia sustentantes del inmueble.
VA
del seguro, cuyas consecuencias sean
reclamadas al Asegurado o al 6. Por daños ocasionados a los
Asegurador, de manera fehaciente, elementos comunes del edificio de
durante la vigencia de la póliza o en el propiedad horizontal al que
pertenezca la vivienda asegurada,
L
plazo máximo de dos años naturales
contados a partir de la terminación o con deducción del porcentaje
equivalente a la cuota del
OR
rescisión de la misma.
Asegurado como propietario de
5. Alcance de la garantía dichos elementos comunes.
Esta garantía se extiende a la 7. Por daños a consecuencia de
responsabilidad civil del Asegurado incendio, explosión o derrame de
derivada: agua.
CO
1. Como propietario, arrendatario o 8. Por la práctica de deportes, como
usuario de la vivienda asegurada. aficionado.
2. Como particular, por los actos u 9. Por la tenencia de animales de
omisiones cometidos por el compañía domésticos que habiten
NT
Asegurado en su vida privada y, en en la vivienda asegurada, como se
su caso, como cabeza de familia. definen en el artículo 1 de las
condiciones generales de este
3. Por daños producidos por el contrato.
personal doméstico al servicio del
RA
Asegurado, en el ejercicio de sus 10. Por el uso de bicicletas, patines,
funciones de limpieza, cuidado, embarcaciones a pedal o a remo y
conservación o mantenimiento de otros vehículos sin motor.
la vivienda asegurada o la
realización de las actividades
CT
domésticas en la misma.
4. Por daños sufridos por dicho
personal doméstico en el ejercicio
de las mencionadas funciones al
UA
servicio del Asegurado, siempre
que se encuentre en situación de
alta en la Seguridad Social.
5. De trabajos de conservación,
mantenimiento, construcción,
L
[Seite 24]
SI
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO las personas aseguradas en esta
N
QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABILIDAD garantía, por las que éste debe
CIVIL POR DAÑOS Y PERJUICIOS QUE responder.
RESULTEN:
h) Producidos por animales que no
VA
a) Por hechos que deban ser objeto de habiten la vivienda asegurada, de los
cobertura por un seguro obligatorio, así que sean titulares el Asegurado o las
como los derivados por la propiedad, personas por las que éste tenga que
uso o circulación de vehículos a motor, responder, o por aquéllos que, en
aeronaves, embarcaciones, elementos cualquier caso, no tengan la
L
remolcados o incorporados a los consideración de animales domésticos a
mismos, así como cualquier vehículo u efectos de estas Condiciones Generales.
OR
objeto que no sea accionado,
i) Por la propiedad, posesión, porte o
exclusivamente, por remos, pedales o
utilización de cualquier tipo de arma,
mecanismos movidos por la fuerza del
incluidas las de caza o tiro deportivo.
hombre.
j) Por actos realizados por menores,
b) De obligaciones contractuales o por
dependientes del Asegurado, cuando se
CO
incumplimiento de pactos que vayan
encuentren, aunque sea
más allá del alcance de la
temporalmente, bajo la custodia o
responsabilidad legal del Asegurado.
vigilancia de terceros.
c) Por incumplimiento de
k) De la propiedad, arrendamiento o
disposiciones legales. En ningún caso, el
NT
uso de cualquier otro piso, edificio, local
Asegurador responderá del pago de
o finca, que no sea la vivienda descrita
multas o sanciones, ni de las
en las Condiciones Particulares de esta
consecuencias de su impago.
póliza.
d) De la explotación de una industria o
RA
l) De actos delictivos o imprudencias
negocio, del ejercicio de una profesión,
constitutivas de delito.
oficio o servicio, retribuido o no, y de un
cargo o actividad en asociación de m) Por participación activa en apuestas,
cualquier tipo, aun cuando sean carreras, concursos o competiciones de
honoríficos. cualquier clase o de pruebas
CT
preparatorias de las mismas.
e) A consecuencia de transmisión o
contagio de enfermedades
f) Producidos en desafíos, peleas y
UA
riñas
g) Producidos a bienes, muebles o
inmuebles, o animales propiedad de
terceros que, por cualquier razón, se
encuentren en poder del Asegurado o de
L
[Seite 25]
SI
pertenecientes a la vivienda asegurada,
N
ASISTENCIA A LA VIVIENDA aun cuando puedan estar situadas en su
recinto.
El Asegurador garantiza, hasta los límites 2. Albañilería
VA
y condiciones establecidos a
continuación, la cobertura del coste de Si como consecuencia de un daño no
dos de los servicios que seguidamente se amparado por las demás garantías de la
describen por anualidad de seguro. póliza, resulta necesario realizar un
trabajo de albañilería, el Asegurado
A. ASISTENCIA A BIENES
L
podrá contratar los servicios de un
En los siguientes supuestos, el profesional de albañilería para que
OR
Asegurador asumirá los costes de efectúe las reparaciones necesarias, en
desplazamiento del profesional que las partes interiores del Continente
haya acudido y de las tres primeras asegurado.
horas de su mano de obra así como, en 3. Cerrajería
el caso de ser necesario para la
reparación, los costes de traslado al Cuando no sea posible el acceso desde el
CO
taller del aparato averiado y los de su exterior a la vivienda asegurada, o en
posterior entrega en el domicilio. caso de existir alguna avería que impida
el normal funcionamiento de las
El Tomador o el Asegurado al contratar cerraduras de las puertas que forman
los servicios del reparador, como parte del Continente asegurado, excepto
destinatario final de la reparación,
NT
las cerraduras o mecanismos de cierre
deberá hacerse cargo del importe de los con mando a distancia, el Asegurado
materiales empleados y, en su caso, del podrá contratar los servicios de un
exceso de tiempo de mano de obra que profesional de cerrajería para efectuar
origine la reparación. las reparaciones necesarias y/o la
RA
1. Fontanería apertura de la puerta.
Cuando en las conducciones particulares 4. Calderas y calentadores
de agua de la vivienda asegurada, se
En caso de cualquier avería en las
produzca una avería no amparada por las
calderas o calentadores de gas o gasóleo
CT
demás garantías de la póliza, el
Asegurado podrá contratar los servicios de la vivienda asegurada, no amparada
de un profesional de fontanería, por las demás garantías de la póliza, el
exceptuando la intervención de Asegurado podrá contratar los servicios
vehículos especializados en el desatasco de un profesional para la reparación de
UA
de instalaciones, así como el montaje de dicha avería.
andamios para que proceda a su
5. Persianas
reparación. Las conducciones de
propiedad o uso comunitario, o de otros Como consecuencia de avería en las
terceros, no se considerarán como persianas sobre carriles fijos de la
L
[Seite 26]
SI
vivienda asegurada, no amparada por las caso necesario, previa aceptación por
N
demás garantías de la póliza, el parte del Asegurado, los técnicos podrán
Asegurado podrá contratar los servicios tomar control remoto del ordenador
de un profesional persianista para para solucionar el problema planteado,
efectuar las reparaciones necesarias. siempre que el Asegurado disponga de
VA
los medios técnicos (o conectividad) para
6. Electricidad
ello. En todo momento, el Asegurado
En caso de avería en las instalaciones mantendrá la supervisión de las
particulares fijas de suministro eléctrico operaciones realizadas y podrá
L
de la vivienda asegurada, no amparada interrumpir dicho control cuando lo
por las demás garantías de la póliza, el desee.
OR
Asegurado podrá contratar los servicios
2. Reparación de equipos
de un profesional para la reparación de
dicha avería. En caso de no ser posible la solución
telefónicamente, el Asegurado podrá
7. Electrodomésticos y aparatos de
contratar los servicios de un profesional
visión y sonido
para la reparación del equipo,
CO
En caso de avería en los aparatos asumiendo el Asegurador los costes de
enunciados propios de la vivienda desplazamiento del profesional y de las
asegurada, no amparada por las demás tres primeras horas de su mano de obra
garantías de la póliza, el Asegurado podrá así como, en el caso de ser necesario
contratar los servicios del profesional para la reparación, los costes de traslado
NT
necesario para que proceda a reparar al taller del aparato averiado y los de su
dicha avería, quedando excluidos posterior entrega en el domicilio.
aparatos de aire acondicionado.
Serán a cargo del Asegurado el coste de
B. ASISTENCIA INFORMÁTICA los materiales empleados y, en su caso,
el exceso de tiempo de mano de obra
RA
Comprende la asistencia telefónica o que origine la reparación.
mediante control remoto y, en caso de
ser necesario, presencial, prestada por En todo caso, será condición
especialistas con objeto de resolver las imprescindible para la intervención de
consultas técnicas sobre software y los diferentes profesionales que el coste
CT
hardware de los equipos informáticos de la reparación no sea superior al valor
propiedad del Asegurado y situados en la de los aparatos averiados.
vivienda, de acuerdo con el siguiente
A efectos de esta cobertura se tendrá en
detalle:
cuenta lo siguiente:
UA
1. Asistencia telefónica
• El Asegurado deberá notificar si el
El Asegurado podrá contactar hardware se encuentra en garantía y,
telefónicamente en cualquier momento en este caso, el Asegurador asesorará
para recibir asesoramiento técnico. En
L
[Seite 27]
SI
sobre la mejor manera de agilizar la atención sanitaria a domicilio, el
N
reparación. Asegurador reembolsará el importe de la
prestación de los servicios de
• El Asegurado deberá ser propietario
fisioterapeutas, ayudantes técnicos
de las licencias del software incluido en
sanitarios o auxiliares de clínica, mientras
VA
el equipo y facilitarlo al técnico, para
el estado de salud del Asegurado lo
su reinstalación y/o configuración, en
requiera y a juicio médico del facultativo,
caso de avería.
durante un plazo máximo de UN MES y
3. Responsabilidad y un límite por siniestro de hasta 3.200
L
Confidencialidad euros.
El Asegurador no responderá por A efectos de esta cobertura, tendrá la
OR
pérdidas referentes a la información condición de Asegurado la persona que
personal o de cualquier tipo contenidas figura como tal en las Condiciones
en el equipo informático. Particulares de la póliza y su cónyuge, no
separado judicialmente o de hecho, o
El Asegurador se compromete a tratar de persona que conviviere con él, de forma
manera confidencial toda la información permanente en análoga relación de
CO
a la que se tenga acceso con motivo de la afectividad.
consulta o intervención realizada en los
equipos informáticos del Asegurado. 3. Desalojo urgente del edificio
C. ASISTENCIA A PERSONAS Si por orden administrativa o judicial y
por la seguridad de las personas hubiera
NT
1. Atención médica urgente de ser desalojado urgentemente el
Si a consecuencia de un siniestro edificio en el que se encuentra la vivienda
garantizado por la póliza, el Asegurado asegurada, salvo que se deba a un
sufriera lesiones o daños corporales que expediente administrativo de
declaración de ruina del inmueble, se
RA
requieran de urgente atención médica, el
Asegurador reembolsará, previa garantiza el alojamiento temporal de las
presentación de las facturas y personas aseguradas en un
certificados médicos correspondientes, establecimiento hostelero, en régimen
los gastos que se originen como de pensión completa, incluyendo los
CT
consecuencia de dicha atención gastos de lavandería, durante un
sanitaria, incluido el traslado al centro máximo de 10 días, con un límite de 100
sanitario más próximo, con un límite de euros, por persona y día, previa
300 euros, por persona. justificación documental de dichos
gastos.
UA
2. Personal sanitario
En el caso de que en la vivienda
Si a consecuencia de un accidente y por asegurada habitasen perros o gatos, se
prescripción médica acreditada garantiza su estancia en una residencia
documentalmente, el Asegurado tuviera para animales, durante un máximo de 10
que guardar reposo en casa y necesitara
L
[Seite 28]
SI
días, con un límite diario de 12 euros por deberá hacerse cargo del importe de los
N
animal. materiales empleados y, en su caso, del
exceso de tiempo de mano de obra que
4. Retorno urgente
se pudiera producir. Los trabajos que
Si como consecuencia de un siniestro conforman el servicio de bricolaje se
VA
grave en la vivienda asegurada el concretan exclusivamente, en los
Asegurado tuviera que interrumpir un siguientes:
viaje sin que fuera posible emplear los
- Colocación de accesorios de baño y
medios de transporte previstos para el
cocina.
L
regreso, el Asegurador abonará, previa
justificación documental, los gastos del - Cambio de mecanismo de cisterna.
OR
viaje de vuelta del Asegurado en medios
- Sellado de juntas deterioradas de
habituales de transporte público. A estos
bañera.
efectos se entenderá como viaje el
desplazamiento a más de 50 Km. del - Sustitución de grifos o instalación de
domicilio del Asegurado, de duración no uno nuevo donde exista toma de
superior a 30 días. agua.
CO
5. Personal de seguridad - Instalación o sustitución de lámparas,
apliques donde existan puntos de luz.
Cuando a consecuencia de robo, acto
vandálico, incendio, explosión o - Montajes de muebles en kit y
inundación, la vivienda asegurada fuera colocación de estanterías.
NT
fácilmente accesible desde el exterior, el
Asegurado podrá contratar los servicios - Instalación de cortinas, visillos y
de personal de seguridad cualificado. estores.
El servicio que se garantiza es mientras - Colocación o fijación de cuadros,
espejos y figuras decorativas
RA
la vivienda no alcance el nivel de
protección y seguridad que disponía con adosadas a paredes.
anterioridad al siniestro y, como - Sustitución de enchufes o
máximo, durante 2 días desde el inicio interruptores de luz por otros
de la prestación. diferentes (sin cambio de ubicación).
CT
D. BRICOLAJE - Puesta en marcha, conectividades y
Mediante esta cobertura, el Asegurador configuración de equipamiento
asumirá el coste de desplazamiento y las tecnológico: decodificador de TDT,
tres primeras horas de mano de obra de reproductor de DVD, Cámara Digital,
UA
un trabajo de bricolaje no urgente a Home Cinema, Vídeo Digital,
realizar exclusivamente en la vivienda Ordenadores, Televisión y
asegurada. El Tomador o el Asegurado al videoconsolas.
contratar los servicios del profesional,
como destinatario final de la reparación,
L
[Seite 29]
SI
LA COBERTURA INCLUYE: • Jardinería
N
- Los gastos de desplazamiento y de • Pintura y papel pintado
las 3 primeras horas de mano de
obra en cada intervención. • Antenas
VA
LA COBERTURA NO INCLUYE: • Electrodomésticos
- El coste de los materiales empleados • Limpieza
para la realización de los trabajos • Reformas
solicitados, que deberá asumir
L
íntegramente el • Calderas e instalaciones de gas
Tomador/Asegurado.
OR
• Instalaciones eléctricas
- El coste del exceso de tiempo de
• Mármoles
mano de obra que se pudiera
producir en cada caso sobre las tres • Reparación de tejados y azoteas
primeras horas de mano de obra que
son a cargo del Asegurador. • Carpintería
CO
• Moquetas y sintasol
CONEXIÓN PARA EL
MANTENIMIENTO DE • Parquet
LA VIVIENDA • Tapicería
NT
El Asegurador, a petición del Asegurado, • Carpintería metálica
pondrá a su disposición los profesionales
necesarios para cualquier reparación o • Escayola
reforma, para que le faciliten los • Persianas
presupuestos oportunos y, en su caso,
RA
realicen las obras o servicios solicitados, • Toldos
siendo siempre a cargo del Asegurado el
• Cerrajería
importe correspondiente a la ejecución
de tales trabajos y servicios, asumiendo • Fontanería
el Asegurador únicamente el coste del
CT
primer desplazamiento del profesional • Personal de seguridad
enviado por el mismo. • Visión y sonido
A título orientativo, se indican algunos de • Climatización
los servicios de reparación que se pueden
UA
solicitar: • Informática
• Albañilería
• Cristalería
L
[Seite 30]
SI
CONDICIONES DE COBERTURA congeladores, que se detallan en las
N
COMUNES A LAS GARANTÍAS DE Condiciones Generales de esta póliza.
ASISTENCIA A LA VIVIENDA Y CONEXIÓN
PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PROTECCIÓN DE PAGOS POR
VA
VIVIENDA. DESEMPLEO, INCAPACIDAD
TEMPORAL Y HOSPITALIZACIÓN
El importe que se reembolsará por parte
del Asegurador se referirá
exclusivamente a trabajos contratados 1. En caso de desempleo.
L
para la vivienda asegurada que figura en Mediante esta garantía, el Asegurador no
las condiciones particulares de esta presentará al Tomador el cobro de la
OR
póliza. prima del seguro correspondiente a los
12 meses siguientes a la fecha de
Para ello, será necesaria la previa
suspensión o extinción de su relación
comunicación del Asegurado al teléfono laboral, que determine que el mismo se
91 365 24 24, en la que se informará al encuentre en situación de desempleo e
interesado de la cobertura y se le inscrito en el Servicio Público de Empleo
CO
proporcionará, previa petición por su Estatal (u organismo estatal o
parte, el contacto con un profesional de autonómico que en el futuro pudiera
referencia por si desea que éste realice el sustituirle). Procederá la prestación
trabajo que solicita. garantizada siempre y cuando el
contrato de trabajo fuese indefinido,
NT
A los efectos de esta garantía, para que el tuviese una duración mínima de 6 meses
Asegurador asuma el coste garantizado, con el mismo empleador y la jornada no
será preciso que el estado de fuese inferior a 30 horas semanales.
conservación de la instalación permita
La fecha de suspensión o extinción de la
RA
su reparación y que el coste de la misma relación laboral vendrá determinada por
no sea superior al valor de los bienes la fecha de comunicación al Tomador de
dañados o averiados. dicha circunstancia y, en defecto de
comunicación, aquélla en la que deba
EFECTOS EN OTRAS GARANTÍAS
entenderse producida la suspensión total
CT
Los servicios realizados al amparo de las o extinción.
garantías de ASISTENCIA A LA VIVIENDA La situación de desempleo del Tomador
y de CONEXIÓN PARA EL deberá haberse producido,
MANTENIMIENTO DE LA VIVIENDA no exclusivamente, por alguna de las
UA
tendrán la consideración de siniestro a siguientes causas:
los efectos de las garantías de
a) Suspensión de la relación laboral por
Reposición Estética del Continente y de
causas económicas, técnicas,
Daños a alimentos en frigoríficos o
L
[Seite 31]
SI
organizativas o de producción o por c) Los despidos y suspensiones que se
N
fuerza mayor. comuniquen o deban entenderse
comunicados con posterioridad a la
b) Extinción de la relación laboral por terminación o resolución de esta
muerte, jubilación o incapacidad del garantía.
VA
empresario individual. d) Los supuestos de terminación de
c) Despido por causas objetivas, contratos de trabajo cuya duración no
sea indefinida o por jubilación
despido disciplinario improcedente o
cualquiera que sea su clase.
L
despido colectivo.
e) Los supuestos en que el empresario
La situación de despido deberá
OR
sea cónyuge o pareja de hecho del
acreditarse por parte del Tomador Tomador o guarde una relación de
mediante la presentación al Asegurador parentesco por consanguinidad hasta el
de la carta de despido, el acta de primer grado en línea recta o segundo
conciliación o la sentencia. grado en línea colateral, así como
La presente garantía está sujeta a un cuando ambos sean socios o accionistas
CO
de la sociedad o miembros del órgano
plazo de carencia de 60 días a partir de
de administración.
su fecha de efecto y a la permanencia
mínima en la situación de desempleo f) Los siniestros a consecuencia de
durante 30 días para proporcionar la huelgas o actos ilegales.
NT
cobertura. g) Los supuestos en que el Tomador
sea funcionario público, trabajador por
La cobertura finalizará al vencimiento de cuenta propia o trabajador fijo
la anualidad en la que el Tomador discontinuo.
alcance la edad de 65 años.
RA
h) Los supuestos de desempleo parcial.
Salvo pacto en contrario, no quedan
2. En caso de incapacidad temporal y
cubiertos:
hospitalización.
a) Los despidos disciplinarios
Mediante esta garantía, el Asegurador no
procedentes, así como la dimisión o
CT
petición de baja voluntaria del Tomador. presentará al Tomador el cobro de la
prima del seguro correspondiente a los
b) Los despidos colectivos conocidos 12 meses siguientes a la fecha de su
por el Tomador con anterioridad a la
Incapacidad Temporal u Hospitalización
fecha de efecto de esta garantía o cuya
UA
presentación a la autoridad laboral (siendo ambas situaciones excluyentes
competente se haya producido con de cobertura entre sí), siempre y cuando
anterioridad a dicha fecha. para el caso de incapacidad temporal la
L
[Seite 32]
SI
relación laboral no se encontrase b) Los siniestros derivados de bajas
N
previamente suspendida. laborales posteriores a la terminación o
resolución de esta garantía.
2.1 Incapacidad temporal:
c) Los intentos de suicidio, tanto si el
VA
En caso de incapacidad temporal del Tomador estuviese o no en pleno uso de
Tomador, y mientras persista esta sus facultades mentales, así como
situación, el Asegurador no presentará al cualquier siniestro provocado
cobro la prima de este seguro intencionadamente.
L
correspondiente a los 12 meses d) Los siniestros derivados de la
siguientes a la fecha en que se haya participación activa del Tomador en la
OR
determinado la suspensión de su relación comisión de delitos o a consecuencia de
laboral o profesional por este motivo a la resistencia a ser detenido.
través del correspondiente parte médico e) Los siniestros derivados de la
de baja y los subsiguientes de comisión por el Tomador de infracciones
confirmación de la incapacidad y hasta o imprudencias o negligencias graves.
CO
que se emita el parte de alta. f) Los accidentes de aviación cuando
no se trate de vuelos comerciales,
La presente garantía está sujeta a una
regulares o convencionales.
carencia de 30 días por enfermedad a
partir de su fecha de efecto si la causa de g) Los siniestros derivados del
consumo por el Tomador de alcohol o
NT
la incapacidad es una enfermedad y a la
cualquier tipo de droga no prescrita o
permanencia mínima en la situación de administrada por un médico.
incapacidad durante 30 días para
proporcionar la cobertura. h) Los dolores de espalda, las
enfermedades mentales y las
RA
La cobertura finalizará al vencimiento de situaciones de maternidad o
la anualidad en la que el Tomador interrupción del embarazo.
alcance la edad de 65 años. 2.2 Hospitalización:
Salvo pacto en contrario, no quedan En caso de que el Tomador del seguro no
CT
cubiertos: mantuviere ninguna relación laboral o
a) Los accidentes o enfermedades profesional determinante de su inclusión
anteriores a la fecha de efecto de esta en algún Régimen de la Seguridad Social
garantía, así como, en cualquier caso, las y fuese hospitalizado por un periodo
UA
anomalías congénitas o situaciones que mínimo continuado de 15 días
resulten de las mismas. completos, el Asegurador no presentará
al Tomador el cobro la prima de este
seguro durante los 12 meses siguientes a
L
[Seite 33]
SI
contar desde el primer día de viernes en horario de 9 a 21 horas y los
N
hospitalización mientras persista dicha sábados de 9 a 14 horas, excepto los días
situación. festivos señalados como de ámbito
nacional, todas sus consultas, dudas o
Salvo pacto en contrario, no quedan problemas sobre cualquier materia
VA
cubiertos: jurídica de índole particular y privada,
que se describen a continuación. Se
a) Los mismos supuestos excluidos
exceptúan las que versen sobre la
para la garantía de incapacidad
aplicación de Derecho extranjero.
temporal, excepto el contenido en el
LO
apartado b). No obstante, para casos de urgencia
jurídica el servicio será las 24 horas del
b) Los supuestos de hospitalización no
día y todos los días del año.
requeridos por una razón médica o
quirúrgica. El servicio de asistencia jurídica
R
especializada se circunscribe a Ia
PROTECCIÓN JURÍDICA orientación telefónica respecto de la
INTEGRAL cuestión planteada, sin que proceda la
CO
emisión de dictamen por escrito.
1. Delimitación de la garantía
Las consultas serán atendidas a través del
Mediante esta garantía el Asegurador se número de teléfono:
obliga, dentro de los límites y con las
91 572 43 30
condiciones establecidas en la Ley y a
NT
continuación, a hacerse cargo de los 1.2. Reclamación de daños
gastos en que pueda incurrir el
Asegurado como consecuencia de su La reclamación amistosa o judicial ante
intervención en un procedimiento los Tribunales españoles de los daños
administrativo, judicial o arbitral, en el materiales a los bienes asegurados, los
RA
ámbito de su vida particular, y a daños personales y los perjuicios
prestarle los servicios de obtención de derivados de éstos, causados a las
determinada documentación y de personas amparadas por la garantía de
asistencia jurídica judicial y extrajudicial Responsabilidad Civil de esta póliza por
los actos u omisiones de carácter extra-
CT
derivados de la cobertura del seguro y
que seguidamente se describen: contractual de un tercero, excepto las
reclamaciones derivadas de la
1.1. Asistencia jurídica circulación de vehículos a motor.
telefónica especializada
Esta garantía surtirá efecto únicamente
UA
El Asegurado tendrá a su disposición, sin cuando se halle contratada y esté en
necesidad de pedir cita previa, un equipo vigor la de Responsabilidad Civil descrita
especializado de Abogados ejercientes en esta póliza.
en distintas disciplinas jurídicas que
atenderán telefónicamente, de lunes a
L
[Seite 34]
SI
Si en vía amistosa el Asegurador llegara a b) Reclamaciones a la
N
un acuerdo sobre la indemnización a Administración:
satisfacer por el tercero presunto
La reclamación de responsabilidad
responsable, lo pondrá en conocimiento
patrimonial a las Administraciones
del Asegurado al objeto de que éste
VA
Públicas por accidentes de circulación en
manifieste su conformidad. Si el
vehículos a motor, sufridos por el
Asegurado se mostrara disconforme con
Asegurado, que hayan sido ocasionados
el acuerdo alcanzado y el Asegurador
por defectuosa señalización o mal estado
considerase que no es factible obtener
de la vía pública.
L
mejores resultados formulando una
reclamación judicial, quedará el También queda cubierta la reclamación
OR
Asegurado en libertad de iniciar por su de la responsabilidad civil en que pueda
cuenta las acciones legales que estime incurrir el titular de un servicio de
convenientes. El Asegurador vendrá transporte público en supuestos de
obligado a resarcirle de los gastos caídas y lesiones del Asegurado en el
judiciales debidamente justificados en interior de dicho transporte.
que hubiera incurrido en la reclamación,
1.5. Derecho de consumo
CO
tales como honorarios de Abogado,
Procurador y costas, con el límite La presentación de reclamaciones en
máximo de los gastos jurídicos nombre del Asegurado ante la Oficina
garantizados. Municipal de Información al Consumidor
1.3. Defensa penal (O.M.I.C.) o ante el Organismo de
NT
consumo autonómico y de solicitudes de
La defensa de la responsabilidad penal arbitraje de consumo relativas a
del Asegurado en cualquier proceso que adquisiciones de bienes o servicios
se le instruya por hechos no causados superiores a 150 euros pagados con
voluntariamente por él o en los que no tarjeta por compras a distancia y por
RA
concurra dolo o culpa grave por su parte. adquisiciones realizadas fuera de Ios
Asimismo, queda cubierta la defensa establecimientos mercantiles.
jurídica ante el orden jurisdiccional penal
en aquellos casos en que el Asegurado Asimismo, comprende la reclamación
sea perjudicado por el delito. amistosa y judicial por incumplimiento
CT
de contratos de:
1.4. Derecho administrativo
− Compraventa y depósito de
a) Defensa ante la Administración: objetos de decoración y mobiliario,
La defensa en vía administrativa frente a aparatos electrodomésticos,
UA
los procedimientos incoados al objetos de uso personal (ajuar
Asegurado por la comisión de presuntas personal) y animales de compañía,
infracciones administrativas relativas a la cuya ubicación o destino sea la
vivienda asegurada. vivienda asegurada y su valor
L
[Seite 35]
SI
unitario no supere los 18.000 derechos relativos a la pensión
N
euros. correspondiente.
− Prestación de servicios de Como empleador, la defensa ante
profesionales titulados, organismos de conciliación y la
VA
hospitalarios, viajes turísticos, jurisdicción social en las reclamaciones
hostelería, enseñanza, transporte de su personal al servicio doméstico,
escolar, tintorería, reparación de siempre que éste se encuentre en
electrodomésticos y objetos de uso situación de alta en el Régimen
personal y mudanzas, de los que el correspondiente de la Seguridad Social.
L
Asegurado sea titular y destinatario
Asimismo, el Asegurador gestionará la
final, de la vivienda asegurada.
OR
obtención de certificados de cotización a
− Suministro de agua, gas, la Seguridad Social relativos al Asegurado
electricidad y teléfono, de la y a petición del mismo.
vivienda asegurada, de los que el
1.7. Vivienda asegurada
Asegurado sea titular y destinatario
final. El Asegurador reclamará los daños y
CO
perjuicios ocasionados al mobiliario con
El Asegurador también reclamará
motivo de su transporte o depósito,
amistosa y judicialmente frente al
llevado a cabo por empresas de
fabricante de un vehículo nuevo
mudanzas.
adquirido por el Asegurado por
incumplimiento de la garantía, por los Como propietario de la vivienda
NT
daños causados cuando el vehículo del asegurada:
Asegurado se encuentre en depósito y
a) La reclamación amistosa y judicial
por la reparación defectuosa del mismo
contra el vendedor de la misma,
en taller autorizado, quedando incluidos
excepto por defectos de construcción.
RA
los gastos de peritación.
b) La reclamación judicial y
1.6. Derecho laboral y seguridad
extrajudicial por incumplimiento de
social
contratos de arrendamiento de obras
Como empleado, la defensa del o servicios de reforma, reparación,
CT
Asegurado ante organismos de conservación y mantenimiento de las
conciliación y la jurisdicción social en instalaciones de la vivienda asegurada
conflictos individuales no plurales con el cuando el pago de los mismos
empresario u organismo público en que corresponda en su totalidad y haya
trabaje, así como la reclamación de sido satisfecho por el Asegurado y la
UA
prestaciones sociales. parte incumplidora estuviese
legalmente autorizada para el
Como perceptor de pensiones públicas,
ejercicio de la actividad.
la reclamación a la Seguridad Social de los
L
[Seite 36]
SI
c) La defensa y reclamación en los 1.9. Tramitación de expedientes
N
conflictos con sus inmediatos vecinos de jurisdicción voluntaria y
por cuestiones de servidumbres de actuaciones notariales y
paso, luces, vistas, distancias, lindes, registrales
medianerías o plantaciones.
VA
La asistencia jurídica necesaria para la
d) La defensa y reclamación de sus tramitación de los siguientes
intereses frente a la Comunidad de procedimientos y actuaciones, siempre y
Propietarios por acuerdos lesivos de la cuando sean instados por el Asegurado
misma, siempre que estuviese al y, en su caso, se refieran a la vivienda
LO
corriente de pago de las cuotas asegurada:
legalmente acordadas.
• Declaración judicial de ausencia legal
1.8. Fiscalidad y de fallecimiento del Asegurado.
R
La defensa de los intereses del Asegurado • Tramitación judicial de adopción,
como obligado tributario, hasta agotar la siempre y cuando el adoptante
vía económico-administrativa, en los ostentara previamente la tutela del
procedimientos tributarios iniciados por adoptando.
CO
la Administración y relativos al:
• Actas de notoriedad de declaración
• Impuesto sobre la Renta de las de herederos ab intestato.
Personas Físicas (IRPF).
• Protocolización de testamento
• Impuesto sobre el Patrimonio. ológrafo.
NT
• Impuesto sobre Sucesiones y • Expedientes de dominio o actas de
Donaciones. notoriedad para la inmatriculación de
fincas, la reanudación del tracto
• Impuesto sobre Transmisiones
sucesivo interrumpido y la inscripción
RA
Patrimoniales y Actos Jurídicos
en el Registro de la Propiedad de la
Documentados.
mayor cabida de fincas ya inscritas.
• Impuesto sobre Bienes Inmuebles
• Localización de la escritura pública
(IBI o contribución urbana), de la
que documente el título de propiedad.
CT
vivienda asegurada.
• Obtención de certificaciones literales
• Impuesto sobre el Incremento de
de dominio y cargas del Registro de la
Valor de los Terrenos de Naturaleza
Propiedad, así como de notas simples
Urbana (plusvalía municipal).
informativas por titular y finca.
UA
Asimismo, el Asegurador se encargará de
• Solicitudes de consignación judicial
la obtención de duplicados de los recibos
relativas al arrendamiento.
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI
o contribución urbana), de la vivienda
asegurada.
L
[Seite 37]
SI
Serán a cargo del Asegurado los A estos efectos será imprescindible que
N
honorarios devengados por la el vehículo de motor en relación al cual
intervención de fedatarios públicos. se haya incoado el procedimiento
sancionador figure inscrito en el registro
1.10. Tramitación de sanciones por
correspondiente a nombre de alguno de
VA
circulación de vehículos a
los Asegurados.
motor
2. Extensión territorial
Comprende la presentación de
alegaciones en cualquier procedimiento Se garantizan los eventos asegurados
LO
sancionador relativo a la Ley sobre producidos en territorio español que
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor sean competencia de los Juzgados y
y Seguridad Vial o a la Ordenanza Tribunales españoles.
municipal sobre la materia, incluidas las
3. Gastos jurídicos garantizados
de aparcamiento, incoado al Asegurado
R
por las Jefaturas Provinciales de Tráfico, La cuantía máxima garantizada para los
Organismos de Comunidades Autónomas gastos que implique la defensa jurídica
con competencias transferidas en del Asegurado y el nivel máximo de las
CO
materia de tráfico y Ayuntamientos, así fianzas judiciales civiles y penales a
como la interposición de los recursos a prestar por cada evento, se establece en
que legalmente haya lugar (incluida la vía 4.000 euros para las garantías descritas,
ejecutiva), hasta agotar la vía fijándose una cuantía mínima litigiosa
administrativa y, posteriormente, previo genérica de 180 euros, excepto para las
NT
estudio de la viabilidad y posibilidades garantías en que se establezca una
de éxito, en la vía contencioso- cuantía mínima distinta.
administrativa sólo en el caso de que la
sanción consista en la suspensión o No estarán cubiertos por esta garantía
retirada del carnet de conducir, las indemnizaciones, multas o sanciones
RA
implique su falta de vigencia por pérdida económicas a que fuere condenado el
de los puntos asignados o siendo de Asegurado, los tributos de los que fuera
índole económica supere sujeto pasivo y los gastos que procedan
individualmente 100 euros. por acumulación o reconvención cuando
se refieran a materias no comprendidas
CT
Se entenderá que concurren en esta garantía.
posibilidades de éxito cuando exista
prueba objetiva que permita 4. Plazos de carencia
fundamentar el recurso contencioso- El plazo de carencia es el tiempo en que,
administrativo. No constituye prueba vigente la garantía, si se produce un
UA
suficiente la simple versión, contraria a siniestro éste no queda garantizado.
la denunciada, sustentada por el
Asegurado. Salvo para la cobertura de asistencia
jurídica telefónica especializada y de
tramitación de sanciones por circulación
L
[Seite 38]
SI
de vehículos a motor, el plazo de los gastos y honorarios por
N
carencia será de tres meses a contar desplazamientos que dicho profesional
desde la fecha en que entró en vigor la incluya en su minuta.
garantía.
Antes de proceder a su nombramiento, el
VA
No habrá cobertura si en el momento de Asegurado comunicará al Asegurador el
formalizar esta garantía o durante el nombre del Abogado y Procurador
plazo de carencia, se resuelve por alguna elegidos.
de las partes el contrato origen de litigio
El Asegurado tendrá, asimismo, derecho
o se solicita su resolución, anulación o
LO
a la libre elección de Abogado y
modificación.
Procurador en los casos en que se
5. Colaboración del asegurado presente conflicto de intereses entre
Asegurado y Asegurador.
El Asegurado se obliga expresamente a
R
prestar la colaboración debida en orden El Abogado y Procurador designados por
a otorgar la representación el Asegurado no estarán sujetos, en
correspondiente y facilitar la dirección ningún caso, a las instrucciones del
jurídica para la consecución de las Asegurador.
CO
prestaciones aseguradas.
7. Pago de honorarios
Asimismo, y en los supuestos en que sea
El Asegurador satisfará los honorarios del
necesario, el Asegurado hará llegar al
Abogado que actúe en defensa del
Asegurador el texto íntegro de la
Asegurado, con sujeción a los criterios
NT
resolución a recurrir por fax, carta
orientativos elaborados por los
certificada o personalmente, siendo
respectivos Colegios de la Abogacia a los
imprescindible indicar la fecha en que se
exclusivos efectos de la tasación de
haya recibido la notificación y un
costas y de la jura de cuentas de los
teléfono de contacto en caso de
RA
Abogados. Dichos criterios serán
necesitar información adicional.
considerados como límite máximo de la
6. Elección de abogado y obligación del Asegurador, siempre que
procurador no superen la cantidad máxima
establecida para Gastos Jurídicos
El Asegurado tendrá derecho a elegir
CT
Garantizados.
libremente el Procurador y Abogado que
hayan de representarle y defenderle en Las discrepancias sobre la interpretación
cualquier clase de procedimiento de dichas normas serán sometidas a la
relacionado con las coberturas de esta Comisión competente del Colegio de la
UA
garantía, pero en el supuesto de que el Abogacía correspondiente.
Abogado elegido no resida en el partido
Los derechos del Procurador, cuando su
judicial donde haya de sustanciarse el
intervención sea preceptiva, serán
procedimiento base de la prestación
abonados conforme a arancel.
garantizada, serán a cargo del Asegurado
L
[Seite 39]
SI
8. Conflicto de intereses profesionales que hayan prestado la
N
En caso de conflicto de intereses o de asistencia legal.
desavenencia sobre el modo de tratar En los litigios sobre materia contractual o
una cuestión litigiosa, el Asegurador relativos a la vivienda asegurada, se
VA
deberá informar inmediatamente al
considerará producido el evento en el
Asegurado de la facultad que le compete
momento en que el Asegurado, el
de ejercer los derechos del artículo
correspondiente a la libre elección de contrario o tercero cometieron, o se
Abogado y Procurador. pretende que cometieron, la infracción
L
de las normas contractuales, con
9. Definición de siniestro o evento independencia del momento en que el
OR
A los efectos de la presente garantía, se Asegurador deba satisfacer los
entiende por siniestro o evento, todo honorarios devengados por los
hecho o acontecimiento imprevisto que profesionales que hayan prestado la
cause lesión en los intereses del asistencia legal.
Asegurado o modifique su situación En materia de fiscalidad, se considerará
CO
jurídica y determine la necesidad de producido el siniestro o evento en el
asistencia jurídica por parte de los momento en que el Asegurado reciba la
profesionales correspondientes. liquidación correspondiente, con
independencia del momento en que el
En las infracciones penales o Asegurador deba satisfacer los
NT
administrativas, se considerará honorarios devengados por los
producido el siniestro o evento profesionales que hayan prestado la
asegurado en el momento en que se haya asistencia legal.
realizado o se pretenda que se realizó el
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
hecho punible, con independencia del
RA
QUEDAN CUBIERTOS LOS SIGUIENTES
momento en que el Asegurador deba
EVENTOS:
satisfacer los honorarios devengados
por los profesionales que hayan a) Los amparados por el resto de
prestado la asistencia legal. garantías de la póliza.
CT
En los supuestos de reclamación por b) Las reclamaciones que puedan
culpa no contractual, se producirá el formularse entre sí los Asegurados
siniestro o evento en el momento mismo en esta póliza o cualesquiera de
en que el daño haya sido causado, con éstos contra SANTA LUCÍA, S.A.,
UA
independencia del momento en que el Compañía de Seguros y
Asegurador deba satisfacer los Reaseguros, sus Agentes de seguro
honorarios devengados por los exclusivos o cualesquiera de las
personas que, directa o
L
[Seite 40]
SI
indirectamente, están vinculadas Artículo 3.
N
con ella para formar parte de su GARANTÍAS OPCIONALES
grupo de sociedades.
Sólo mediante expresa contratación que
c) Los litigios derivados del
VA
debe constar en las Condiciones
arrendamiento de la vivienda.
Particulares de esta póliza, y pago de la
d) Los litigios sobre las cuestiones de prima correspondiente, pueden
propiedad intelectual e industrial o garantizarse:
de sociedades, así como los
L
1. Objetos de valor especial
procedimientos judiciales sobre
2. Ampliación de Joyas, dentro de caja
OR
concentración parcelaria,
fuerte de seguridad.
expropiación o que dimanen de
contratos sobre cesión de derechos 3. Ampliación de joyas, fuera de caja
a favor del Asegurado. de caja fuerte de seguridad
e) La defensa en los procedimientos 4. Ampliación de Reposición Estética
de Continente.
CO
dirigidos contra el Asegurado por
morosidad en el pago de deudas. 5. Garantías para Vivienda Unifamiliar.
f) Los siniestros o eventos que se 6. Robo de Placas Solares een
declaren después de transcurrir dos Cubiertas.
años desde la fecha de rescisión o
NT
7. Garantías para Arrendador.
anulación de esta garantía.
8. Garantías para Arrendatario.
g) Las actuaciones judiciales cuya
9. Asistencia Digital.
resolución comporte la aplicación
RA
de Derecho extranjero.
Artículo 4.
La prima correspondiente a este Seguro RIESGOS EXCLUIDOS PARA
de Defensa Jurídica es la indicada en las TODAS LAS GARANTÍAS
Condiciones Particulares de esta póliza.
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
CT
De conformidad con lo dispuesto en el QUEDAN CUBIERTOS:
Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia a) Los siniestros ocurridos con
de las entidades aseguradoras y anterioridad a la entrada en vigor del
reaseguradoras (BOE de 15 de julio), la seguro, así como los ocurridos a
UA
gestión de los siniestros de este Seguro consecuencia de cualquier riesgo cuya
de Defensa Jurídica queda confiada a la cobertura no figure expresamente
sociedad especializada IRIS GLOBAL pactada en las Condiciones de esta
SOLUCIONES DE PROTECCIÓN SEGUROS póliza.
Y REASEGUROS, S.A.U.
L
[Seite 41]
SI
b) Los siniestros que hubieran sido comercio y cualquier otro objeto raro o
N
provocados intencionadamente por el precioso.
Tomador del seguro, el Asegurado o por
g) La destrucción o deterioro de los
sus familiares o por las personas que con
objetos asegurados fuera del lugar
él convivan o estén a su servicio como
VA
descrito en la póliza, salvo en los casos
asalariados, o cuando los mismos
previstos en la misma, a menos que su
hubieran actuado como cómplices o
traslado o cambio hubiera sido
encubridores.
previamente comunicado por escrito al
c) Los siniestros correspondientes a Asegurador y éste no hubiese
L
hechos amparados por alguna de las manifestado en el plazo de quince días
Garantías Opcionales que figuran en el su disconformidad.
OR
Artículo 3, cuando no haya sido incluida
h) Los perjuicios y pérdidas indirectas
expresamente su cobertura en las
de cualquier clase, así como los de
Condiciones Particulares de la póliza y se
reposición de materiales no dañados
haya pagado la prima correspondiente.
por el siniestro, incluso si dicha
d) Los efectos de comercio, valores reposición obedeciera a la inexistencia
CO
mobiliarios públicos o privados, títulos, de materiales de iguales características
escrituras y, en general, documentos de a los afectados por el siniestro, salvo lo
cualquier clase, modelos, planos, previsto en la garantía de Reposición
patrones, moldes, matrices, registros Estética del Continente.
(incluso informáticos), archivos y
i) Los daños por el uso o desgaste
NT
programas informáticos, salvo los
normal de los bienes asegurados,
supuestos previstos en estas
fermentación u oxidación.
Condiciones Generales.
j) Los daños calificados por el
e) El dinero en efectivo, cheques,
Gobierno de la Nación como de
talones bancarios, metales preciosos en
RA
«Catástrofe o Calamidad Nacional» o los
lingotes, sellos de correos, timbres,
cubiertos por el Consorcio de
efectos timbrados, papeletas de
Compensación de Seguros.
empeño, billetes de lotería, boletos de
quinielas u otras apuestas, tarjetas de k) Los siniestros que afecten a la
CT
crédito y, en general, cuantos vivienda asegurada o que se originen en
documentos o recibos representen un ésta, cuando la misma no cuente con las
valor o garantía de dinero, salvo los condiciones mínimas e indispensables
supuestos previstos en estas para ser considerada habitable.
Condiciones Generales.
UA
l) Los siniestros propios, y los causados
f) Los manuscritos, libros incunables, a terceros, producidos con ocasión o a
discos, casetes o videocasetes raros, es consecuencia de:
decir, que no sean de frecuente
L
[Seite 42]
SI
• Terrorismo, rebelión, sedición, • La dedicación u ocupación de la
N
motín, tumulto popular o huelgas vivienda a actividades
ilegales. profesionales, comerciales o
industriales y, en general, distintas
• Hechos o actuaciones de las a las normales de casa-habitación,
VA
Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y salvo lo previsto en la póliza.
Cuerpos de Seguridad en tiempo de
paz. • Trabajos de conservación,
mantenimiento, construcción,
• Asentamiento del terreno, reparación o transformación de la
L
hundimiento, desprendimiento, vivienda, salvo lo previsto en la
corrimiento o ablandamiento de
garantía de Responsabilidad Civil.
OR
tierra.
• La omisión de las reparaciones u
• Conflictos armados aunque no operaciones de mantenimiento
haya precedido la declaración indispensables para el normal
oficial de guerra. estado de conservación del
• Fenómenos atmosféricos, inmueble y sus instalaciones, así
CO
meteorológicos, geológicos y como por otros defectos conocidos
sísmicos, así como caída de cuerpos y no subsanados por el Asegurado
siderales o aerolitos, que no se con anterioridad al siniestro.
encuentren específicamente • Los vicios o defectos existentes en
cubiertos en la póliza.
los bienes asegurados al contratar
NT
• Efectos mecánicos, térmicos y el seguro, así como errores de
radiactivos debidos a reacciones o diseño o defectos de construcción.
transmutaciones nucleares,
cualquiera que sea la causa que las Artículo 5.
RA
produzca y los gastos de RIESGOS EXTRAORDINARIOS
descontaminación, búsqueda y
recuperación de isótopos Se indemnizarán por el Consorcio de
radiactivos. Compensación de Seguros los siniestros
de carácter extraordinario.
CT
• Contaminación, ruidos u otras
alteraciones del suelo, las aguas o Un resumen de las normas que regulan la
la atmósfera. Cobertura del Consorcio de
Compensación de Seguros se incorpora al
• La existencia en la vivienda de final de estas Condiciones Generales.
UA
sustancias, instalaciones, depósitos
o aparatos distintos a los
habitualmente empleados en las
mismas.
L
[Seite 43]
SI
Artículo 6. que se realicen los trabajos de
N
reconstrucción del Continente, previa
SEGURO A VALOR
justificación por el Asegurado.
DE NUEVO
Quedan excluidos de esta garantía los
VA
A efectos de lo previsto en el Artículo 11, vehículos a motor, remolques,
se amplían las garantías de la póliza a la caravanas y embarcaciones, así como los
diferencia existente entre el valor real de objetos inútiles o inservibles y aquéllos
los bienes asegurados en el momento del cuyo valor no desmerece por su
siniestro y su valor en estado de nuevo, antigüedad.
LO
siempre que dicha diferencia no exceda
del 30 por 100 del valor de nuevo y que En todo caso, el importe máximo de la
la suma asegurada corresponda al valor indemnización no podrá exceder de las
de reposición o reconstrucción de los respectivas sumas aseguradas.
bienes afectados por el siniestro.
R
Artículo 7.
No procederá la reposición o CONDICIONES DE
reconstrucción de los bienes dañados RENOVACIÓN
CO
por otros nuevos, cuando la
depreciación por antigüedad, uso u Se conviene que las sumas aseguradas de
obsolescencia de los mismos, sea la póliza, quedarán modificadas
superior al 30 por 100 de su valor de automáticamente en cada vencimiento
nuevo, procediendo a indemnizarse la anual, siguiendo las fluctuaciones del
pérdida sufrida de acuerdo con lo
NT
Índice de Precios de Consumo que
señalado en el Artículo 11 de estas publica el Instituto Nacional de
Condiciones Generales. Estadística en su Boletín mensual o del
último índice corregido para las
Si la suma asegurada fuera inferior al
anualidades sucesivas.
valor de reposición o reconstrucción en
RA
la fecha del siniestro, se estará a lo Las nuevas sumas revalorizadas, serán las
dispuesto en el Artículo 11 de estas resultantes de multiplicar las que figuran
Condiciones Generales. en la póliza por el factor que resulte de
dividir el Índice de Vencimiento entre el
El importe de la diferencia, entre la
CT
Índice Base. A estos efectos se entiende
indemnización a valor de nuevo y la
por:
correspondiente a valor real, no se
pagará hasta después de la • Índice Base: El que corresponde al
reconstrucción o reposición de los último publicado por el Organismo
bienes siniestrados, que deberá
UA
antes citado, en la fecha de emisión de
efectuarse en un plazo máximo de dos la póliza y/o documento de
años a partir de la fecha del siniestro. No modificación, que ha de consignarse en
obstante, el Asegurador, a petición del las Condiciones Particulares.
Asegurado, entregará cantidades a
cuenta de la indemnización, a medida
L
[Seite 44]
SI
• Índice de Vencimiento: El último actuariales que permitan garantizar su
N
publicado por dicho Organismo con dos suficiencia y equidad para dar cobertura
meses de antelación a cada al riesgo asegurado, conforme a la
vencimiento anual de la póliza. normativa de ordenación y supervisión
de seguros privados, así como
VA
La revalorización automática no será contemplar las agravaciones o
aplicable a los límites porcentuales de disminuciones del riesgo y las
cobertura establecidos en estas modificaciones de las garantías
Condiciones Generales, ni a los límites contratadas.
de indemnización de la garantía de
LO
Responsabilidad Civil.
A cada vencimiento, al margen de la
actualización de prima que suponga la
revalorización de sumas aseguradas, se
R
determinará el importe de la misma con
la aplicación de criterios técnico-
CO
NT
RA
CT
UA
L
[Seite 45]
SI
PERFECCIÓN, EFECTOS DEL CONTRATO
N
Y DURACIÓN DEL SEGURO
Artículo 8. Artículo 9.
VA
PERFECCIÓN Y TOMA DE DURACIÓN DEL SEGURO
EFECTOS DEL CONTRATO
Las garantías de la póliza entran en vigor
El contrato se perfecciona por el en la hora y fecha indicada en las
LO
consentimiento manifestado por la Condiciones Particulares, siempre que se
suscripción de la póliza, o del documento encuentre perfeccionado el contrato en
provisional de cobertura, por las partes la forma estipulada en el Artículo
contratantes. Sin embargo, las anterior y satisfecho el recibo de prima.
coberturas contratadas y sus
A la expiración del período indicado en
R
modificaciones o adiciones no tomarán
las Condiciones Particulares se
efecto, mientras no haya sido satisfecho
entenderá prorrogado el contrato por un
el recibo de prima.
plazo de un año y así sucesivamente a la
CO
En caso de demora en el cumplimiento expiración de cada anualidad. La
de cualquiera de ambos requisitos, las prórroga tácita no es aplicable a los
obligaciones del Asegurador seguros contratados por menos de un
comenzarán a las veinticuatro horas del año.
día en que hayan sido cumplidos.
NT
Las partes pueden oponerse a la prórroga
del contrato mediante una notificación
escrita a la otra parte, efectuada con un
plazo de, al menos, un mes de
anticipación a la conclusión del período
RA
del seguro en curso cuando quien se
oponga a la prórroga sea el Tomador del
seguro, y de dos meses cuando sea el
Asegurador.
CT
UA
L
[Seite 46]
SI
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS
N
Artículo 10. quedaron después del siniestro, no sólo
VA
intactos sino también deteriorados, así
TRAMITACIÓN DE
como sus restos, embalajes, cajas o
SINIESTROS estuches, y cuidando de que no se
1. En cualquier siniestro produzcan nuevas desapariciones o
desperfectos que, de producirse,
LO
a) El Tomador del seguro y/o quedarán a cargo del Asegurado.
Asegurado deben poner los medios a su
alcance para aminorar las consecuencias e) Los gastos que se originen por el
del siniestro, así como conservar, salvo cumplimiento de esta obligación de
imposibilidad justificada, los vestigios salvamento, siempre que no sean
R
del mismo. inoportunos o desproporcionados a los
bienes salvados, serán de cuenta del
b) El Tomador del seguro, el Asegurado Asegurador hasta el límite fijado en estas
CO
o el Beneficiario deberán comunicar al Condiciones Generales, incluso si tales
Asegurador el acaecimiento del gastos no han tenido resultados efectivos
siniestro, sus circunstancias y o positivos. En defecto de pacto se
consecuencias lo más brevemente indemnizarán los gastos efectivamente
posible y, como máximo, dentro del originados, cuyo montante no podrá
NT
plazo de siete días de haberlo conocido. exceder en su conjunto de la suma
Asimismo, deben comunicar al asegurada.
Asegurador si existen otros seguros
amparando el mismo riesgo. f) El Asegurado deberá colaborar con el
Asegurador, al objeto de que las personas
c) En todos los siniestros que ocasionen
RA
designadas por éste puedan tener acceso
daños a las cosas, el Tomador del seguro al lugar del siniestro, debiendo dar todas
o el Asegurado, en el plazo de cinco días las facilidades con el fin de adoptar
a partir de la notificación prevista en la cuantas medidas sean razonables para la
letra anterior de este Artículo, deberán defensa de sus intereses.
CT
comunicar por escrito al Asegurador la
relación de los objetos existentes al 2. En siniestros de robo,
tiempo del siniestro y la de los salvados, expoliación o atraco y hurto
con indicación de su valor y la estimación El Tomador del seguro o el Asegurado,
de los daños. dentro de las setenta y dos horas
UA
d) El Asegurado no podrá hacer siguientes a la que tuviese conocimiento
abandono total o parcial de los objetos del siniestro, deberá denunciar el hecho
asegurados, los cuales quedan a su ante la Autoridad Local de Policía, con
cuenta y riesgo, custodiando los que indicación del nombre del Asegurador,
de los objetos robados y su valor,
L
[Seite 47]
SI
debiendo remitir a éste copia del perjuicios en proporción al perjuicio
N
justificante de la denuncia presentada. sufrido.
3. En siniestros que originen d) Sea cual fuere el fallo o resultado del
reclamaciones de procedimiento judicial, el Asegurador se
VA
responsabilidad reserva la decisión de ejercitar los
recursos legales que procedieren contra
a) El Tomador del seguro y el
dicho fallo o resultado, o el conformarse
Asegurado vienen obligados a adoptar
con el mismo.
todas las medidas que favorezcan su
LO
defensa frente a las reclamaciones de e) Si el Asegurador estima improcedente
responsabilidad, debiendo mostrarse el recurso, lo comunicará al Asegurado,
tan diligentes en su cumplimiento como quedando éste en libertad para
si no existiera seguro. Comunicarán al interponerlo por su exclusiva cuenta y
Asegurador inmediatamente de su aquél obligado a reembolsarle los gastos
R
recepción y a más tardar en el plazo de judiciales y los de Abogado y Procurador,
cuarenta y ocho horas, cualquier en el supuesto de que dicho recurso
notificación que llegue a su prosperase.
CO
conocimiento y que pueda estar
f) Cuando se produjere algún conflicto
relacionada con el siniestro.
entre el Asegurado y el Asegurador,
b) Ni el Tomador del seguro ni el motivado por tener que sustentar éste en
Asegurado, ni persona alguna en nombre el siniestro intereses contrarios a la
de ellos, podrán negociar, admitir o defensa del Asegurado, el Asegurador lo
NT
rechazar reclamación alguna sin la pondrá en conocimiento del Asegurado
autorización del Asegurador. sin perjuicio de realizar aquellas
diligencias que, por su carácter urgente,
c) El Asegurador tomará la dirección
sean necesarias para la defensa. En este
jurídica de todas las actuaciones
caso el Asegurado podrá optar entre el
RA
administrativas, judiciales o
mantenimiento de la dirección jurídica
extrajudiciales relacionadas con el
por el Asegurador o confiar su propia
siniestro, actuando en nombre del
defensa a otra persona. En este último
Asegurado para tratar con los
caso, el Asegurador quedará obligado a
perjudicados, sus derechohabientes o
CT
abonar los gastos de tal dirección jurídica
reclamantes, comprometiéndose el
hasta el límite pactado en la póliza.
Asegurado a prestar su colaboración y a
otorgar los poderes y la asistencia
personal que fueran precisos. Si por falta
UA
de esta colaboración se perjudicaren o
disminuyeren las posibilidades de
defensa del siniestro, el Asegurador
podrá reclamar al Asegurado los daños y
L
[Seite 48]
SI
4. En siniestros de bienes real de los bienes asegurados en el
N
desplazados temporalmente momento del siniestro se efectuará en la
forma prevista en estas Condiciones
Si durante el desplazamiento temporal de
Generales, siendo de aplicación por
los bienes asegurados, el vehículo que los
consiguiente, si procediese, la Regla
VA
transporta sufre un accidente, el
Proporcional, salvo la modificación que se
Asegurado o un representante del mismo,
indica en el apartado siguiente.
si aquél hubiese quedado incapacitado
para hacerlo, deberá promover el 2. COMPENSACIÓN DE SUMAS: Se
correspondiente atestado ante la Guardia conviene expresamente que si en el
LO
Civil, Guardia Urbana o cualquiera de las momento del siniestro existiese un
Autoridades locales del término exceso de suma asegurada en Continente
municipal donde hubiera ocurrido el o Contenido, tal exceso podrá aplicarse al
siniestro, haciendo constar las causas que resultase insuficientemente
ciertas o presuntas que lo hubieran asegurado, siempre que la prima
R
ocasionado, fecha, hora y lugar exacto resultante de aplicar las tasas de prima,
donde hubiese acaecido y sus con sus bonificaciones y sobreprimas, a
consecuencias, expresando además el este nuevo reparto de sumas, no exceda
CO
estado de los bienes asegurados de la prima satisfecha en la anualidad en
transportados y el alcance aproximado de curso.
los daños que éstos hubiesen sufrido, Admitida la compensación en la forma
remitiendo inmediatamente al indicada, se procederá a la normal
Asegurador copia auténtica de dicho liquidación del siniestro con arreglo a lo
NT
atestado. establecido en estas Condiciones
Para el resto de los siniestros amparados Generales.
por esta garantía, se estará a lo dispuesto 3. INFRASEGURO Y REGLA
en el presente Artículo. PROPORCIONAL: Si en el momento de la
RA
producción del siniestro la suma
Artículo 11. asegurada es inferior al valor real de los
DETERMINACIÓN DE bienes asegurados, el Asegurador
LA INDEMNIZACIÓN indemnizará el daño causado en la
misma proporción en la que aquélla
CT
En base al convenio entre las partes o al cubre el valor real de dichos bienes.
dictamen de los peritos y siempre que se
No obstante, el Asegurador renuncia a la
trate de siniestro indemnizable con
aplicación de la Regla Proporcional
arreglo a las condiciones de la presente
prevista en el número anterior, cuando
póliza, se fijará la indemnización teniendo
UA
concurra una de las dos circunstancias
en cuenta las siguientes estipulaciones:
siguientes:
1. VALOR REAL DE LOS BIENES
• Que el infraseguro existente no
ASEGURADOS EN EL MOMENTO DEL
supere el 15 por 100 del valor real de los
SINIESTRO: La determinación del valor
bienes asegurados.
L
[Seite 49]
SI
• Que la valoración de los daños en los contribuirá a la indemnización y a los
N
bienes asegurados no exceda de 1.600 gastos de tasación a prorrata de la suma
euros. que asegure.
4. SOBRESEGURO: Si la suma asegurada
Artículo 12.
VA
supera notablemente el valor del interés
asegurado, cualquiera de las partes del
RESARCIMIENTOS Y
contrato podrá exigir la reducción de la RECUPERACIONES
suma y de la prima, debiendo restituir el Si después de un siniestro se obtuviesen
Asegurador el exceso de las primas resarcimientos, el Asegurado está
LO
percibidas. Si se produjera el siniestro, el obligado a notificarlo al Asegurador,
Asegurador indemnizará el daño quien podrá deducir su importe de la
efectivamente causado. indemnización.
Cuando el sobreseguro previsto en el
Si se recuperan objetos desaparecidos, el
R
párrafo anterior se debiera a mala fe del
Asegurado deberá comunicarlo
Tomador del seguro o del Asegurado, el
inmediatamente por escrito al
contrato será ineficaz. El Asegurador de
Asegurador. Si los objetos se recuperan
buena fe podrá, no obstante, retener las
CO
antes del pago de la indemnización, el
primas vencidas y las del período en
Asegurado viene obligado a tomar
curso.
posesión de ellos. Las obligaciones del
5. Para las garantías contratadas a Asegurador se limitan al pago de la
primer riesgo, la pérdida será indemnización por eventuales deterioros.
NT
indemnizada hasta el importe máximo
De recuperarse después de pagada la
asegurado por dicho concepto, no siendo
indemnización, el Asegurado podrá optar
de aplicación lo indicado en los
por tomar posesión de los objetos o
apartados 3 y 4 anteriores.
cederlos al Asegurador. En el primer caso,
6. Para objetos que formen parte de deberá restituir la indemnización
RA
juegos, colecciones o conjuntos, el percibida o la diferencia entre la
Asegurador indemnizará sólo el valor del indemnización y la que eventualmente le
objeto o de la parte del objeto corresponda por deterioros.
siniestrado, no indemnizándose la
depreciación que, a causa de su Si el Asegurado no quisiese hacerse
CT
descabalamiento, haya podido sufrir el cargo de los objetos desaparecidos y
juego, colección o conjunto de objetos recuperados, estará obligado a suscribir
asegurados al quedar incompleto. cuantos documentos fuesen necesarios
para su transferencia a favor del
7. CONCURRENCIA DE SEGUROS: Si Asegurador o de la tercera persona que
UA
existen varios seguros de daños sobre los éste designe.
mismos bienes y riesgos, el Asegurador
L
[Seite 50]
SI
DISPOSICIONES FINALES
N
Artículo 13. Artículo 14.
VA
EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL COMUNICACIONES
CONTRATO
Todas las comunicaciones de las partes
Si durante la vigencia del seguro se que intervienen en el contrato deberán
LO
produjera la desaparición del interés o del efectuarse por escrito, o por cualquier
bien asegurado, desde este momento el otro medio indubitado que permita la
contrato de seguro quedará extinguido y verificación de la certeza de las fechas de
el Asegurador tendrá el derecho de hacer envío y recepción, así como de su
suya la prima no consumida. contenido.
R
El contrato será nulo si en el momento de
Artículo 15.
su conclusión no existiese el riesgo,
hubiese ocurrido el siniestro, o no
LEY APLICABLE
CO
existiera un interés del Asegurado a la
La Ley española será la aplicable al
indemnización del daño.
presente contrato de seguro.
NT
RA
CT
UA
L
[Seite 51]
SI
Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones Particulares.
N
VA
Leído y aceptado:
EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADOEl Asegurador
santalucía
LO
Director General
R
#firmante1#
CO
NT
RA
CT
UA
L
[Seite 52]
SI
N
Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de
las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en
España en seguros de daños en los bienes y en los de responsabilidad civil en
VA
vehículos terrestres automóviles
(Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018)
LO
De conformidad con lo establecido en el a) Que el riesgo extraordinario cubierto
texto refundido del Estatuto legal el por el Consorcio de Compensación
Consorcio de Compensación de Seguros, de Seguros no esté amparado por la
R
aprobado por el Real Decreto Legislativo póliza de seguro contratada con la
7/2004, de 29 de octubre, el tomador de entidad aseguradora.
un contrato de seguro de los que deben
b) Que, aun estando amparado por
CO
obligatoriamente incorporar recargo a
dicha póliza de seguro, las
favor de la citada entidad pública
obligaciones de la entidad
empresarial tiene la facultad de convenir
aseguradora no pudieran ser
la cobertura de los riesgos extraordinarios
cumplidas por haber sido declarada
con cualquier entidad aseguradora que
judicialmente en concurso o por
NT
reúna las condiciones exigidas por la
estar sujeta a un procedimiento de
legislación vigente.
liquidación intervenida o asumida
Las indemnizaciones derivadas de por el Consorcio de Compensación
siniestros producidos por de Seguros.
RA
acontecimientos extraordinarios
El Consorcio de Compensación de Seguros
acaecidos en España y que afecten a
ajustará su actuación a lo dispuesto en el
riesgos en ella situados, serán pagadas
mencionado Estatuto legal, en la Ley
por el Consorcio de Compensación de
50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de
Seguros cuando el tomador hubiese
Seguro, en el Reglamento del seguro de
CT
satisfecho los correspondientes recargos
riesgos extraordinarios, aprobado por el
a su favor y se produjera alguna de las
Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero,
siguientes situaciones:
y en las disposiciones complementarias.
UA
L
[Seite 53]
SI
N
I. RESUMEN DE NORMAS LEGALES
1. Acontecimientos de Compensación de Seguros podrá
VA
recabar de los órganos jurisdiccionales y
extraordinarios cubiertos
administrativos competentes
información sobre los hechos acaecidos.
a) Los siguientes fenómenos de la
naturaleza: terremotos y
2. Riesgos excluidos
LO
maremotos; inundaciones
extraordinarias, incluidas las a) Los que no den lugar a
producidas por embates de mar; indemnización según la Ley de Contrato
erupciones volcánicas; tempestad de Seguro.
ciclónica atípica (incluyendo los
R
vientos extraordinarios de rachas b) Los ocasionados en bienes
superiores a 120 km/h y los asegurados por contrato de seguro
tornados); y caídas de cuerpos distinto a aquellos en que es obligatorio
CO
siderales y aerolitos. el recargo a favor del Consorcio de
Compensación de Seguros.
b) Los ocasionados violentamente
como consecuencia de terrorismo, c) Los debidos a vicio o defecto propio
rebelión, sedición, motín y tumulto de la cosa asegurada, o a su manifiesta
popular. falta de mantenimiento.
NT
c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas d) Los producidos por conflictos
Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos armados, aunque no haya precedido la
de Seguridad en tiempo de paz. declaración oficial de guerra.
e) Los derivados de la energía nuclear,
RA
Los fenómenos atmosféricos y sísmicos,
de erupciones volcánicas y la caída de sin perjuicio de lo establecido en la Ley
cuerpos siderales se certificarán, a 12/2011, de 27 de mayo, sobre
instancia del Consorcio de Compensación responsabilidad civil por daños
de Seguros, mediante informes nucleares o producidos por materiales
CT
expedidos por la Agencia Estatal de radiactivos. No obstante lo anterior, sí
Meteorología (AEMET), el Instituto se entenderán incluidos todos los daños
Geográfico Nacional y los demás directos ocasionados en una instalación
organismos públicos competentes en la nuclear asegurada, cuando sean
materia. En los casos de acontecimientos consecuencia de un acontecimiento
UA
de carácter político o social, así como en extraordinario que afecte a la propia
el supuesto de daños producidos por instalación.
hechos o actuaciones de las Fuerzas
f) Los debidos a la mera acción del
Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de
tiempo, y en el caso de bienes total o
Seguridad en tiempo de paz, el Consorcio
L
parcialmente sumergidos de forma
[Seite 54]
SI
permanente, los imputables a la mera inexistencia de interés asegurable. Este
N
acción del oleaje o corrientes ordinarios. período de carencia no se aplicará en el
caso de reemplazo o sustitución de la
g) Los producidos por fenómenos de
póliza, en la misma u otra entidad, sin
la naturaleza distintos a los señalados en
solución de continuidad, salvo en la
VA
el apartado 1.a) anterior y, en particular,
parte que fuera objeto de aumento o
los producidos por elevación del nivel
nueva cobertura. Tampoco se aplicará
freático, movimiento de laderas,
para la parte de los capitales asegurados
deslizamiento o asentamiento de
que resulte de la revalorización
terrenos, desprendimiento de rocas y
LO
automática prevista en la póliza.
fenómenos similares, salvo que éstos
fueran ocasionados manifiestamente k) Los correspondientes a siniestros
por la acción del agua de lluvia que, a su producidos antes del pago de la primera
vez, hubiera provocado en la zona una prima o cuando, de conformidad con lo
situación de inundación extraordinaria y establecido en la Ley de Contrato de
R
se produjeran con carácter simultáneo a Seguro, la cobertura del Consorcio de
dicha inundación. Compensación de Seguros se halle
suspendida o el seguro quede
CO
h) Los causados por actuaciones
extinguido por falta de pago de las
tumultuarias producidas en el curso de
primas.
reuniones y manifestaciones llevadas a
cabo conforme a lo dispuesto en la Ley l) Los indirectos o pérdidas derivadas
Orgánica 9/1983, de 15 de julio, de daños directos o indirectos, distintos
NT
reguladora del derecho de reunión, así de las pérdidas pecuniarias delimitadas
como durante el transcurso de huelgas como indemnizables en el Reglamento
legales, salvo que las citadas del seguro de riesgos extraordinarios. En
actuaciones pudieran ser calificadas particular, no quedan comprendidos en
como acontecimientos extraordinarios esta cobertura los daños o pérdidas
RA
de los señalados en el apartado 1.b) sufridas como consecuencia de corte o
anterior. alteración en el suministro exterior de
energía eléctrica, gases combustibles,
i) Los causados por mala fe del
fuel-oil, gasoil, u otros fluidos, ni
asegurado.
cualesquiera otros daños o pérdidas
CT
j) Los derivados de siniestros por indirectas distintas de las citadas en el
fenómenos naturales que causen daños párrafo anterior, aunque estas
a los bienes o pérdidas pecuniarias alteraciones se deriven de una causa
cuando la fecha de emisión de la póliza incluida en la cobertura de riesgos
extraordinarios.
UA
o de efecto, si fuera posterior, no
preceda en siete días naturales a aquél
m) Los siniestros que por su magnitud
en que ha ocurrido el siniestro, salvo
y gravedad sean calificados por el
que quede demostrada la imposibilidad
Gobierno de la Nación como de
de contratación anterior del seguro por
«catástrofe o calamidad nacional».
L
[Seite 55]
SI
3. Franquicia cobertura principal, minorada en la
N
franquicia aplicada en la
La franquicia a cargo del asegurado será: liquidación de los daños
materiales.
a) En el caso de daños directos, en los
VA
seguros contra daños en las cosas la 4. Extensión de la cobertura
franquicia a cargo del asegurado
será de un siete por ciento de la 1. La cobertura de los riesgos
cuantía de los daños indemnizables extraordinarios alcanzará a los
producidos por el siniestro. No mismos bienes y las mismas sumas
LO
obstante, no se efectuará aseguradas que se hayan
deducción alguna por franquicia a establecido en las pólizas de seguro
los daños que afecten a viviendas, a a efectos de la cobertura de los
comunidades de propietarios de riesgos ordinarios.
R
viviendas, ni a vehículos que estén
2. No obstante lo anterior:
asegurados por póliza de seguro de
automóviles. a) En las pólizas que cubran
CO
daños propios a los vehículos a
b) En el caso de pérdidas pecuniarias
motor la cobertura de riesgos
diversas, la franquicia a cargo del
extraordinarios por el
asegurado será la misma prevista
Consorcio de Compensación
en la póliza, en tiempo o en cuantía,
de Seguros garantizará la
para daños que sean consecuencia
totalidad del interés
NT
de siniestros ordinarios de pérdida
asegurable aunque la póliza
de beneficios. De existir diversas
ordinaria sólo lo haga
franquicias para la cobertura de
parcialmente.
siniestros ordinarios de pérdida de
beneficios, se aplicarán las b) Cuando los vehículos
RA
previstas para la cobertura únicamente cuenten con una
principal. póliza de responsabilidad civil
en vehículos terrestres
c) Cuando en una póliza se establezca
automóviles, la cobertura de
una franquicia combinada para
riesgos extraordinarios por el
CT
daños y pérdida de beneficios, por
Consorcio de Compensación
el Consorcio de Compensación de
de Seguros garantizará el valor
Seguros se liquidarán los daños
del vehículo en el estado en
materiales con deducción de la
que se encuentre en el
franquicia que corresponda por
UA
momento inmediatamente
aplicación de lo previsto en el
anterior a la ocurrencia del
apartado a) anterior, y la pérdida
siniestro según precios de
de beneficios producida con
compra de general aceptación
deducción de la franquicia
en el mercado.
establecida en la póliza para la
L
[Seite 56]
SI
N
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de
Seguros
VA
1. La solicitud de indemnización de 3. Valoración de los daños: La
daños cuya cobertura corresponda al valoración de los daños que resulten
Consorcio de Compensación de indemnizables con arreglo a la
LO
Seguros, se efectuará mediante legislación de seguros y al contenido
comunicación al mismo por el de la póliza de seguro se realizará por
tomador del seguro, el asegurado o el el Consorcio de Compensación de
beneficiario de la póliza, o por quien Seguros, sin que éste quede
actúe por cuenta y nombre de los vinculado por las valoraciones que,
R
anteriores, o por la entidad en su caso, hubiese realizado la
aseguradora o el mediador de entidad aseguradora que cubriese los
seguros con cuya intervención se riesgos ordinarios.
CO
hubiera gestionado el seguro.
4. Abono de la indemnización: El
2. La comunicación de los daños y la Consorcio de Compensación de
obtención de cualquier información Seguros realizará el pago de la
relativa al procedimiento y al estado indemnización al beneficiario del
NT
de tramitación de los siniestros podrá seguro mediante transferencia
realizarse: bancaria.
- Mediante llamada al Centro
de Atención Telefónica del
RA
Consorcio de Compensación de
Seguros (900 222 665 o 952 367
042).
- A través de la página web
CT
del Consorcio de
Compensación de Seguros
(www.consorseguros.es).
UA
L
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Seguros
Asistencia
Hogar
Ahorro e Inversión
Vida y Accidentes
Salud
Empresas
Comunidades
Mascotas
Automóvil*
Otros
Otros Productos
Planes de Pensiones
*Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros
"El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012 Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid