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Seguro de Hogar Plus
Bienvenido a santalucía
Miguel
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CONDICIONES
GENERALES
Condiciones Generales del contrato
Seguro de Hogar Plus
santalucía
SEGUROS
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Cuadro extractado de garantías
CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS
Máximo de cobertura
GARANTÍAS
Continente Contenido
A. Daños Materiales
Incendio y Riesgos Complementarios 100% 100%
Daños por Agua 100% 100%
Fenómenos Atmosféricos e Inundación 100% 100%
Roturas 100% 100%
Robo y Vandalismo 100% 100%
Alteración Eléctrica 100% 100%
Bienes Refrigerados - 2%
Colisión 100% 100%
Caída de Árboles, Postes y Antenas 100% 100%
B. Gastos
De Extinción 100% 100%
De Salvamento 100% 100%
De Demolición y Desescombro 100% 100%
Por Inhabitabilidad - 100%
De Personal de Seguridad 48 horas
De Reposición de Documentos - 100%
C. Responsabilidad Civil *
Responsabilidad Civil General Suma Específica
Responsabilidad Civil del Propietario de la Vivienda Suma Específica
D. Conexión
Conexión para el mantenimiento de la vivienda Incluida
E. Asistencia del Hogar Básica
Electricidad
Fontanería
Máx. dos intervenciones
Albañilería
Cerrajería
F. Riesgos Extraordinarios 100% 100%
G. Seguro a Valor Nuevo
* Responsabilidad Civil: contratable una de las dos
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Seguro de Hogar Plus
CONDICIONES
DISPOSICIONES GENERALESPreliminar
GENERALESArtículo DEL CONTRATO
- Bases del contrato
Artículo 1 - Definiciones
DISPOSICIONES GENERALES
sólo alcanza, dentro de los límites
Artículo Preliminar
pactados, a los bienes y riesgos
BASES DEL CONTRATO
especificados en la misma.
1. El Tomador del seguro tiene el 4. Si el contenido de la póliza difiere
deber, antes de la conclusión del de las cláusulas acordadas, el
contrato, de declarar al Asegurador, Tomador del seguro podrá reclamar a
de acuerdo con el cuestionario que la Entidad aseguradora, en el plazo de
éste le someta, todas las un mes a contar desde la entrega de la
circunstancias por él conocidas que póliza, para que subsane la
puedan influir en la valoración del divergencia existente. Transcurrido
riesgo. Quedará exonerado de tal dicho plazo sin efectuar la
deber si el Asegurador no le somete reclamación, se estará a lo dispuesto
cuestionario o cuando, aun en la póliza.
sometiéndoselo, se trate de
circunstancias que puedan influir en la
Artículo 1.
valoración del riesgo y que no estén
DEFINICIONES
comprendidas en él.
La variación de las circunstancias En este contrato se entiende por:
declaradas debe ser comunicada al
Asegurador, de forma fehaciente. 1. Asegurado
2. La presente póliza ha sido La persona titular del interés objeto del
contratada sobre la base de las seguro y que, en defecto del Tomador,
declaraciones formuladas por el asume las obligaciones derivadas del
Tomador del seguro en la solicitud- contrato. Tendrán también la misma
cuestionario que le ha sido sometido y consideración, siempre y cuando
que motivan la aceptación del riesgo convivan habitualmente con el
por parte del Asegurador, con la Asegurado, las siguientes personas:
asunción, por su parte, de las Su cónyuge, no separado
obligaciones derivadas del contrato a legalmente o de hecho, o persona
cambio de la prima correspondiente. que conviviere con él de forma
3. La solicitud y el cuestionario permanente en análoga relación de
suscritos por el Tomador del seguro y afectividad.
esta póliza constituyen un todo
unitario fundamento del seguro, que
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Seguro de Hogar Plus
Los descendientes solteros de la superficie que los sustenta, sin causar
pareja y menores de 26 años (así deterioro al propio bien o a la citada
como los que, superando esa edad, superficie, y que constituye el piso o
estén incapacitados o con edificio designado en las Condiciones
discapacidad física, intelectual, Particulares de esta póliza, destinado a
sensorial, enfermedad mental, o la vivienda particular objeto del
con cualquier otra discapacidad seguro.
reconocida por la Ley, según se
Asimismo quedan incluidas, siempre
define en la legislación vigente), o
que sean propiedad del Asegurado:
sus ascendientes, siempre que
unos y otros dependan Los muros de contención; las
económicamente de él. vallas, muros, cercas y verjas que
sirvan de cierre y circunden el
2. Asegurador perímetro del terreno donde se
SANTA LUCIA, S.A., Compañía de halla ubicado el Continente
Seguros y Reaseguros, que asume el asegurado.
riesgo contractualmente pactado. Las instalaciones de ornato o
3. Bienes asegurados decoración (pinturas, papeles
pintados, madera, escayolas,
Los que se describen a continuación, entelados, moquetas, parqué y
siempre que figuren expresamente toldos), excepto pinturas murales
contratados en las Condiciones con valor artístico o histórico, con
Particulares de la póliza: tal de que estén adheridas a los
suelos, techos y/o paredes,
3.1. Continente
formando parte del Continente
El conjunto de la construcción asegurado.
principal (cimientos y muros, forjados,
vigas y pilares, paredes, techos y Las zonas de recreo y deportivas,
suelos, cubiertas y fachadas, puertas y tales como piscinas, pistas de tenis
ventanas), construcciones accesorias y cualquier otra instalación fija
(armarios empotrados, chimeneas), e similar, cuyo uso y disfrute se
instalaciones fijas tales como las de derive de la propiedad de la
extinción de incendios, de protección vivienda objeto del seguro.
contra robo, de agua, gas, electricidad, Las dependencias anexas de la
telefonía, energía solar, calefacción y vivienda, como garajes, trasteros,
refrigeración, incluidos calderas, cuadras, establos, hórreos, así
radiadores y aparatos de producción como otras construcciones
de frío que estuvieran instalados de similares y huertos, siempre que
forma permanente, elementos éstos últimos tengan una superficie
sanitarios, antenas de radio y inferior a 100 metros cuadrados
televisión, y en general aquellos bienes destinadas al desarrollo de
que no puedan separarse de la actividades agropecuarias,
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
exclusivamente dentro de un los bienes no asegurados o excluidos
marco privado y particular, expresamente.
situadas en la misma finca donde
Asimismo se considerarán incluidos en
se encuentre el Continente
el Contenido los enseres domésticos
asegurado.
propiedad del Asegurado situados en
Si el Asegurado obra en calidad de trasteros o dependencias anexas
copropietario, el concepto de ubicadas en la misma finca, o en
Continente comprende, además de la jardines o patios de uso exclusivo del
parte divisa de su propiedad, la Asegurado, excepto las colecciones,
proporción que, de acuerdo con el los objetos, tapices o cuadros con
coeficiente de copropiedad, le valor artístico o histórico, las prendas
corresponda en la parte indivisa del de piel, las joyas, así como el resto de
inmueble. bienes no asegurados o excluidos.
3.2. Continente para arrendatario No tienen la consideración de
Contenido los siguientes bienes y por
La totalidad de las obras de reforma,
lo tanto no quedan cubiertos por esta
acondicionamiento, mejora,
póliza:
adaptación o adiciones constructivas
realizadas por el Asegurado Objetos de Valor Especial:
arrendatario de la vivienda, así como
Las colecciones de cualquier
cuantos elementos comprendidos en la
tipo, con valor superior a 1.600
definición de Continente hayan sido
euros.
incorporados por él y sean de su
Los objetos, tapices o cuadros
propiedad.
con valor artístico o histórico,
La suma asegurada, cuando se con valor unitario superior a
contrate, será a primer riesgo. Cuantas 1.600 euros.
referencias se hagan en estas Las prendas de piel con valor
Condiciones Generales al Continente, unitario superior a 1.600 euros.
deberán entenderse aplicables a este
concepto. Las joyas, en el importe que supere
el 10 por 100 de la suma asegurada
3.3. Contenido para el Contenido.
El conjunto de bienes que, siendo Los vehículos a motor, remolques,
característicos del hogar, se hallen en caravanas y embarcaciones.
el interior de la vivienda designada en
las condiciones de la póliza, y sean Los bienes propiedad de terceras
propiedad del Asegurado, tales como personas que, por cualquier
muebles, incluidos electrodomésticos, motivo, se encuentren en la
ropas y ajuar doméstico, víveres, vivienda, aunque sea de manera
objetos de uso personal y demás ocasional o puntual.
enseres y animales domésticos, salvo
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Seguro de Hogar Plus
4. Conducciones particulares Regla proporcional: Procedimiento de
cálculo de la indemnización a recibir
Las que partiendo de la junta del en caso de siniestro y que será de
accesorio de unión, excluido éste, de aplicación, en los casos previstos en la
la conducción general o en su póliza, cuando se produzca
caso de las conducciones Infraseguro.
comunitarias, se encuentren dentro de
la vertical de la cubierta del edificio, La fórmula de aplicación de la regla
dentro del espacio privativo de la proporcional será la siguiente:
vivienda asegurada y sirvan
exclusivamente a la misma. Valor real del daño
X
Suma asegurada para bienes
5. Daños materiales Indemnización =
Valor real de los bienes
La destrucción o deterioro de los
bienes asegurados en el lugar descrito
9. Joya
en la póliza.
Objeto de oro o platino, con o sin
6. Expoliación perlas o piedras preciosas engarzadas.
La sustracción o apoderamiento Tendrán asimismo esta consideración
ilegítimo de los bienes asegurados las monedas de dichos metales.
contra la voluntad del Asegurado,
10. Objeto artístico o histórico
mediante actos de intimidación o
violencia, realizados sobre las Aquél que, por su antigüedad, autor o
personas que los custodian o vigilan. características, posea un valor
específico refrendado documental-
7. Hurto mente por el correspondiente mercado
La toma de los bienes asegurados, de arte especializado.
contra la voluntad del Asegurado, sin
11. Póliza
empleo de fuerza o violencia en las
cosas, ni intimidación ni violencia El documento que contiene las
ejercida sobre las personas. condiciones reguladoras del seguro.
Forman parte integrante de la póliza:
8. Infraseguro las Condiciones Generales, las
Situación que se produce cuando, en Particulares y Especiales que
el momento del siniestro, la suma individualizan el riesgo, y los
asegurada es inferior al valor de los Suplementos y Apéndices que se
bienes asegurados. En este caso, el emitan a la misma para
Asegurador indemnizará el daño complementarla o modificarla.
causado en la misma proporción en la
que aquélla cubre el valor de
los bienes asegurados (regla
proporcional).
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
12. Prima 16. Suma asegurada
El precio del seguro. El recibo La cantidad fijada en las condiciones
contendrá, además, los recargos e de la póliza para cada uno de los
impuestos que sean de legal bienes o garantías aseguradas, que
aplicación. representa el límite máximo de la
indemnización a pagar por el
13. Robo Asegurador en cada siniestro, y que
La sustracción o apoderamiento debe corresponder, salvo pacto en
ilegítimo, por parte de terceros, de los contrario, al valor real de los bienes
bienes asegurados, contra la voluntad asegurados en el momento anterior a la
del Asegurado, mediante actos que ocurrencia del siniestro, salvo lo
impliquen fuerza o violencia en las previsto en la garantía de Seguro a
cosas, o introduciéndose el autor o Valor de Nuevo.
autores en la vivienda que contiene
17. Tercero o tercera persona
los bienes asegurados, mediante
ganzúa u otros instrumentos no Será cualquier persona física o jurídica
destinados ordinariamente a abrir las distinta de:
puertas, o penetrando secreta o
clandestinamente, ignorándolo el El Tomador del seguro o el
Asegurado, su familia y/o Asegurado.
empleados, ocultándose y cometiendo Las personas que convivan o
el hecho cuando la vivienda se hallase dependan de las enunciadas en el
cerrada. apartado anterior.
El causante del siniestro.
14. Seguro a primer riesgo
Modalidad de cobertura por la que se 18. Tomador del seguro
garantiza una cantidad o porcentaje Quien, junto con el Asegurador,
determinado, hasta el cual queda suscribe este contrato,
cubierto el riesgo, con independencia correspondiéndole las obligaciones
del valor total, sin que, por tanto, haya que del mismo se deriven, salvo las
aplicación de regla proporcional por que por su naturaleza deban ser
insuficiencia de suma asegurada cumplidas por el Asegurado.
(Infraseguro).
19. Valor de nuevo
15. Siniestro
Es el coste de reposición del bien en el
El hecho cuyas consecuencias dañosas momento del siniestro.
estén cubiertas por la póliza. El
conjunto de los daños derivados de
una misma causa original constituye
un solo siniestro, aunque ésta se
agrave.
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Seguro de Hogar Plus
20. Valor real Para cuadros, estatuas y objetos
artísticos, el valor real será el que
En general, es el valor que tenía el bien verdaderamente tengan en el mercado,
afectado por el siniestro en el en el momento del siniestro, y no su
momento anterior a que éste ocurriera. precio de coste o valor afectivo.
Se determinará deduciendo, del valor
en estado de nuevo, la depreciación
por envejecimiento, uso y desgaste.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGUROArtículo 2 - Garantías
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO
la autoridad o el Asegurado para
Artículo 2.
cortar o extinguir el incendio o
GARANTÍAS
impedir su propagación.
Dentro de los límites establecidos en Los menoscabos que sufran los
las condiciones de esta póliza, el bienes asegurados con ocasión de
seguro solamente garantiza contra la extinción del incendio o de su
aquellos riesgos cuya cobertura se salvamento.
especifica a continuación:
El valor de los objetos
desaparecidos, con ocasión del
DAÑOS MATERIALES siniestro, siempre que el
Asegurado acredite su
Quedan cubiertos los daños materiales preexistencia y salvo que el
y directos que sufran los bienes Asegurador pruebe que fueron
asegurados hasta el límite de las sumas robados o hurtados.
aseguradas que figuran en las 1.2. CAÍDA DEL RAYO, entendien-
Condiciones Particulares de la póliza do como tal la descarga violenta
o en estas Condiciones Generales, producida por una perturbación en el
como consecuencia de: campo eléctrico de la atmósfera.
1. Incendio y riesgos 1.3. EXPLOSIÓN O IMPLOSIÓN,
cualquiera que sea su causa, así como
complementarios la AUTOEXPLOSIÓN de los aparatos
1.1. INCENDIO, entendiendo propios de una vivienda tales como
como tal la combustión y el calderas, aparatos y conducciones de
abrasamiento con llama, capaz de climatización, termos eléctricos o de
propagarse, de un objeto u objetos que gas, cafeteras o aparatos similares.
no estaban destinados a ser quemados 1.4. EFECTOS SECUNDARIOS,
en el lugar y momento en que se debidos a la acción del humo, vapores,
produce. polvo, carbonilla y cualquier otra
Asimismo están cubiertos: sustancia similar derivada de los
riesgos descritos anteriormente, tanto
Los daños materiales producidos si el siniestro se ha originado en la
por las consecuencias inevitables vivienda como en sus proximidades.
del incendio.
1.5. HUMO, producido por fugas o
Los daños que ocasionen las escapes repentinos y anormales en
medidas necesarias adoptadas por hogares de combustión, sistemas de
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Seguro de Hogar Plus
calefacción, de cocción o aparatos e 2.2. La omisión involuntaria del
instalaciones eléctricas. cierre de llaves o grifos de agua en las
conducciones.
Asimismo queda garantizada:
La RECONSTRUCCIÓN DEL JARDÍN SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
propio de la vivienda, por daños QUEDAN CUBIERTOS:
ocasionados en plantas y árboles como
a) Los daños debidos a la humedad y
consecuencia de incendio, explosión,
condensación que no sean
caída del rayo o por las medidas
consecuencia directa de los riesgos
adoptadas para la extinción del
cubiertos, y los debidos a congelación
incendio, hasta el 5 por 100 de la suma
y heladas, incluso los causados por el
asegurada para el Continente, a
agua como consecuencia de estos
primer riesgo.
últimos fenómenos.
2. Daños por agua b) Los gastos de localización y
reparación de averías, que tengan su
2.1. Escapes y desbordamientos
origen en tuberías subterráneas de
accidentales e imprevistos por
suministro o desagüe de agua que
ROTURA U OBSTRUCCIÓN de
estén situadas fuera de la vertical de la
tuberías, desagües, depósitos fijos o
cubierta del edificio, no sirvan en
conducciones de calefacción.
exclusividad a la vivienda asegurada o
Asimismo quedan cubiertos, en los no estén dentro del espacio privativo
siniestros indemnizables por las causas de la misma y, en ningún caso, las que
descritas en el párrafo anterior, o tengan su origen en fosas sépticas,
cuando existan daños a terceros de los cloacas, arquetas y alcantarillas.
cuales sea responsable el Asegurado, y
c) Los daños y gastos de reparación
siempre que se asegure el Continente:
de cualquier elemento o aparato
El importe de los trabajos distinto de las propias tuberías, cuyo
necesarios para la funcionamiento, defecto o avería
LOCALIZACIÓN Y REPARACIÓN hubiese provocado el siniestro.
del tramo de tubería averiado de d) Los daños en árboles, plantas y
las conducciones particulares del césped.
Continente asegurado, siempre
que el estado de la instalación lo e) Los gastos de desatascos,
permita. localización y reparación de averías
La reposición de los materiales cuando no se produzcan daños
directamente afectados por dichos indemnizables.
trabajos, por otros de similar
calidad y utilidad.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
3. Fenómenos atmosféricos e SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
inundación QUEDAN CUBIERTOS:
3.1. AGUA DE LLUVIA de a) Los daños producidos a cualquier
precipitación superior a 40 litros por elemento del Contenido situado al aire
metro cuadrado y hora. libre, aun cuando se halle protegido
por materiales flexibles (lonas,
3.2. PEDRISCO O GRANIZO Y
plásticos, invernaderos,
NIEVE, sea cual sea su intensidad.
construcciones hinchables o similares)
3.3. VIENTO de velocidad superior o situados en el interior de terrazas,
a 80 km. por hora o cuando, por la balcones, porches u otras
amplitud del territorio afectado y la construcciones abiertas.
magnitud e intensidad de los daños en b) Los daños producidos en árboles,
la zona, puedan considerarse como plantas, jardines o piscinas.
atípicos o extraordinarios y hayan
c) Los daños ocasionados como
destruido o dañado otros edificios de
consecuencia de haber quedado sin
buena construcción, en la misma
cerrar, o cuyo cierre fuera defectuoso,
población o zona geográfica, de forma
puertas, ventanas u otras aberturas.
similar a como lo han sido los bienes
asegurados. d) Los gastos de impermeabilización,
localización y reparación de averías
3.4. INUNDACIÓN, a consecuen- que tengan su origen en filtraciones o
cia de desbordamiento de lagos sin goteras a través de cubiertas, muros
salida natural, así como por rotura, y/o paredes.
desbordamiento o desviación
e) Los daños ocasionados como
accidental del curso normal de
consecuencia de filtraciones a través
canales, acequias y otros cursos o
de cubiertas, muros y/o paredes,
cauces de agua, en superficie o
cuando sean debidas a la falta de
subterráneos, construidos por el
reparación o conservación del
hombre.
inmueble.
Los gastos de DESEMBARRE Y f) Los daños o gastos de cualquier
EXTRACCIÓN DE LODOS a naturaleza ocasionados en las partes
consecuencia de un siniestro exteriores del Continente asegurado.
amparado por esta garantía se
considerarán como daños a los bienes 4. Roturas
asegurados indemnizándose dentro
del límite de cobertura. 4.1. ROTURAS DE CRISTALES,
lunas, espejos, y piezas de metacrilato
que se hallen instalados dentro de la
vivienda o formen parte de puertas,
ventanas, tragaluces, claraboyas u
otros elementos fijos de la misma.
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Seguro de Hogar Plus
4.2. ROTURAS DE MÁRMOLES, a) Las pérdidas patrimoniales que
granitos y piedras artificiales que sufran las personas aseguradas por la
formen parte del Contenido asegurado desaparición, destrucción o deterioro
o de los aparatos sanitarios fijos. de dinero en efectivo o cheques, como
consecuencia de robo o expoliación
4.3. ROTURAS DE APARATOS
sufrido dentro de la vivienda
SANITARIOS que se hallen instalados
asegurada, con un límite de 350 euros
de una manera fija dentro de la
por siniestro.
vivienda.
b) Los gastos de asistencia sanitaria que
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO se originen por la urgente atención
QUEDAN CUBIERTOS: médica por las lesiones o daños
corporales que puedan sufrir, a causa
a) La rotura de lámparas y bombillas de expoliación en el interior de la
de toda clase, cristalerías, aparatos de vivienda, las personas aseguradas que
televisión y electrodomésticos en se encontrasen en la misma en ese
general. momento, con un límite de 175 euros
b) La rotura de elementos de por persona.
decoración no fijos y/o de uso manual. c) Los enseres domésticos propiedad
c) Las piezas con valor artístico o del Asegurado, en cuartos trasteros,
histórico. situados en la misma finca y en
edificios distribuidos por pisos, quedan
d) Los daños producidos por araña- cubiertos, hasta un máximo del 10 por
zos, raspaduras, desconchados u otros 100 de la suma asegurada para el
deterioros de superficie que originen Contenido.
simples defectos estéticos.
e) La reposición de griferías y SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
accesorios que puedan verse QUEDAN CUBIERTOS:
afectados como consecuencia de la a) Los robos cometidos cuando, en el
rotura o reposición del aparato momento de su comisión, y no
sanitario. permaneciendo ninguna persona en su
interior, no tuviese la vivienda
5. Robo y Vandalismo instaladas y accionadas todas las
5.1. ROBO Y EXPOLIACIÓN, seguridades y protecciones
aunque sea en grado de tentativa, por declaradas, en su caso, por el
la desaparición, destrucción o Tomador del seguro o Asegurado en la
deterioro del Contenido asegurado. solicitud-cuestionario del seguro.
b) Los bienes situados al aire libre,
Asimismo se incluyen, con los aun cuando se hallasen protegidos por
siguientes límites: materiales flexibles (lonas, plásticos,
invernaderos, construcciones
hinchables o similares) o situados en el
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
interior de terrazas, balcones, porches SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
u otras construcciones abiertas. QUEDAN CUBIERTOS:
c) Las joyas, cuando la vivienda sea a) Los siniestros que se produzcan
utilizada para fines de semana o cuando la vivienda esté ocupada por
vacaciones o cuando no se pernocte personas distintas al Asegurado.
habitualmente en ella o cuando haya
b) Los bienes situados al aire libre,
quedado deshabitada más de 30 días
aun cuando se hallasen protegidos por
consecutivos.
materiales flexibles (lonas, plásticos,
d) El dinero en efectivo y cheques, invernaderos, construcciones
cuando la vivienda haya quedado hinchables o similares) o situados en el
deshabitada más de 72 horas interior de terrazas, balcones, porches
consecutivas. u otras construcciones abiertas.
e) Los animales de todas clases. c) Las joyas, el dinero en efectivo y
los cheques.
5.2. DESPERFECTOS AL CONTI-
d) Los animales de todas las clases.
NENTE POR ROBO o su intento
causados en puertas, ventanas, e) Los bienes depositados en cuartos
paredes, techos y suelos de la vivienda, trasteros.
así como en las cerraduras y en las f) Los bienes sustraídos desde el
instalaciones fijas de alarma. exterior, sin penetrar en la vivienda
asegurada.
5.3. HURTO cometido en el interior
de la vivienda por personas que no 5.4. ACTOS DE VANDALISMO o
habiten en la misma. malintencionados, entendiéndose por
tales las actuaciones voluntarias con
Las pérdidas que sufra el Asegurado
intención de causar daños en los
quedan cubiertas a primer riesgo,
bienes asegurados, cometidos por
hasta el 10 por 100 de la suma
terceros.
asegurada para el Contenido, y con un
límite máximo de 1.600 euros.
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
El Asegurador podrá exigir al QUEDAN CUBIERTOS:
Asegurado, antes de hacer efectiva la
a) Los daños producidos en árboles,
indemnización, la factura que acredite
plantas, jardines o piscinas.
haber reemplazado el objeto sustraído
por uno idéntico, o en caso de no b) Los daños o gastos de cualquier
hallarse en el mercado, por aquél que naturaleza ocasionados en las partes
reúna las máximas características de exteriores del Continente asegurado
similitud. como consecuencia de arañazos,
raspaduras, pintadas, inscripciones,
pegado de carteles y hechos análogos.
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Seguro de Hogar Plus
c) Los daños ocasionados por los 6. Alteración eléctrica
ocupantes de la vivienda.
Los daños ocasionados en la
d) La sustracción de los bienes instalación eléctrica privativa de la
asegurados. vivienda y en los aparatos eléctricos o
electrónicos, situados en el interior de
5.5. SUSTITUCIÓN DE la misma, por corrientes eléctricas
CERRADURAS anormales o cortocircuitos, siempre
Los gastos necesarios para su que dichos daños sean producidos por
sustitución parcial o total, a la electricidad, aun cuando no derive
consecuencia de robo, atraco, hurto o en incendio.
extravío de las llaves de acceso a la
vivienda, sufridos por alguna de las 7. Daños a Bienes refrigerados
personas aseguradas. Quedan cubiertos, a primer riesgo, y
hasta el 2 por 100 de la suma
5.6. BIENES DESPLAZADOS asegurada para Contenido, por
TEMPORALMENTE siniestro y anualidad de seguro, los
Quedan cubiertos, a primer riesgo y daños materiales directos que sufran
hasta el 10 por 100 de la suma los productos de alimentación
asegurada para Contenido y con un perecederos contenidos en frigoríficos
límite máximo de 1.600 euros, los o congeladores de la vivienda que
daños que por robo o expoliación, produzcan su inutilización para el
sufran los bienes del Contenido que consumo, causados por la paralización
hayan sido desplazados de éstos a consecuencia directa de:
temporalmente fuera del municipio en 7.1. Avería de la instalación
el que esté la vivienda, siempre que frigorífica o de sus órganos
dicho Contenido se encuentre dentro generadores, reguladores y
del territorio nacional, en hoteles o en mantenedores de frío.
inmuebles expresamente destinados
por el Asegurado para una estancia 7.2. Interrupción imprevista en el
temporal de duración no superior a 3 suministro público de energía
meses. eléctrica, que exceda de 6 horas.
7.3. Paralización del frigorífico o
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO congelador debida al acaecimiento de
QUEDAN CUBIERTOS: un siniestro garantizado por la póliza.
Las joyas, dinero en efectivo, cheques,
útiles profesionales, objetos con valor 8. Colisión
artístico o histórico, colecciones y Colisión de cualquier tipo de vehículo
prendas de piel. o impacto de aeronaves o de los bienes
por ellos transportados, así como por
ondas sónicas, siempre que dichos
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
vehículos o bienes no sean propiedad 3. Gastos de demolición
o estén en poder o bajo control del y desescombro
Asegurado o de las personas que de él
El Asegurador indemnizará hasta el
dependan o de las que le estén
límite de las sumas aseguradas para los
prestando servicio.
bienes, los gastos necesarios de
demolición y desescombro de los
9. Caída de árboles,
bienes asegurados, como
postes y antenas
consecuencia de siniestros amparados
Caída de árboles, postes o antenas, por las garantías cubiertas en esta
salvo los daños a estos mismos. póliza. Los gastos de demolición sólo
quedan cubiertos cuando esté
asegurado el Continente.
GASTOS
4. Gastos por inhabitabilidad
1. Gastos de extinción
El Asegurador indemnizará los gastos
El Asegurador indemnizará, hasta el originados al Asegurado por el
límite de las sumas aseguradas para los desalojamiento forzoso de la vivienda,
bienes, los gastos que ocasione la como consecuencia de un siniestro
aplicación de las medidas necesarias cubierto por esta póliza. Dichos gastos
adoptadas por la autoridad o el comprenden el traslado eventual de los
Asegurado para cortar o extinguir el objetos salvados y el alquiler de otra
incendio en los bienes asegurados o vivienda de parecidas características a
impedir su propagación. las que tenía la del Asegurado.
Entretanto, se garantiza el alojamiento
2. Gastos de salvamento
provisional en un establecimiento
En caso de un siniestro amparado por hostelero, en régimen de pensión
las garantías cubiertas en esta póliza, el completa, incluyendo los gastos de
Asegurador indemnizará, hasta el lavandería, durante un máximo de 10
límite de las sumas aseguradas para los días, con un límite de 100 euros, por
bienes, los gastos que ocasione al día, previa justificación documental
Asegurado el transporte de los bienes de dichos gastos.
asegurados o cualesquiera otras
Pericialmente se determinará el plazo
medidas adoptadas con el fin de
de inhabitabilidad, que no podrá ser
salvarlos, siempre que no sean
superior a un año, no pudiendo
inoportunos o desproporcionados a
exceder la indemnización del 100 por
los bienes salvados.
100 de la suma asegurada para
Contenido, deduciéndose, en caso de
ser la vivienda arrendada, el importe
del alquiler correspondiente de la
vivienda siniestrada.
43
[Seite 18]
Seguro de Hogar Plus
5. Gastos de personal 7. Reposición de documentos
de seguridad personales acreditativos
En caso de un siniestro amparado por El Asegurador indemnizará los gastos
las garantías cubiertas en esta póliza, el originados al Asegurado derivados de
Asegurador aprobará el envío, a su la expedición de copias o duplicados
cargo, de personal de seguridad del D.N.I., permiso de conducir o
cualificado, cuando la vivienda pasaporte que como consecuencia de
asegurada fuera fácilmente accesible un siniestro cubierto por esta póliza o
desde el exterior. hurto o extravío sufrido por las
personas aseguradas, hayan
El servicio se mantendrá mientras la
desaparecido o se hayan destruido o
vivienda no alcance el nivel de
deteriorado, hasta el límite de la suma
protección y seguridad que disponía
asegurada para el Contenido.
con anterioridad al siniestro y, como
máximo, durante 2 días desde el inicio
de la prestación. RESPONSABILIDAD CIVIL
6. Reposición de documentos Unicamente serán aplicables las
públicos condiciones que correspondan a
la Responsabilidad Civil
El Asegurador indemnizará los gastos específicamente contratada que figura
originados al Asegurado por la en las condiciones particulares de la
reposición de documentos públicos y póliza.
desembolsos que origine al Asegurado
la expedición de duplicados de 1. Responsabilidad civil general
escrituras públicas, títulos y valores,
representativos de acciones, 1.1. Objeto de la garantía
obligaciones, fondos públicos o
resguardos y pólizas bancarias, que Hasta el límite que para la misma
hayan sido afectados por un siniestro figura en las Condiciones Particulares
cubierto por esta póliza hasta el límite de la póliza, el Asegurador toma a su
de la suma asegurada para el cargo el pago de las indemnizaciones
Contenido. No será objeto de por daños y perjuicios exigidas por
cobertura el valor económico que un tercero y de las cuales la persona
representen los documentos. asegurada resulte civilmente
responsable, según la normativa legal
vigente, por daños ocurridos durante
la vigencia de esta garantía, cuyas
consecuencias sean:
44
[Seite 19]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
Daños personales, entendiendo 1.3. Alcance de la garantía
por tales la lesión corporal,
Comprende la responsabilidad civil
enfermedad o muerte causados a
del Asegurado:
personas físicas.
Como propietario, arrendatario o
Daños materiales, entendiendo por
usuario de la vivienda asegurada.
tales el deterioro, avería o
destrucción de una cosa, así como Como particular, por los actos u
la lesión, enfermedad o muerte de omisiones cometidos por el
un animal. Asegurado en su vida privada y, en
su caso, como cabeza de familia.
Perjuicios económicos, entendien-
do por tales la pérdida económica Por daños producidos por el
consecuencia directa de los daños personal doméstico a su servicio,
personales o materiales sufridos en el ejercicio de sus funciones de
por el tercero reclamante de dicha limpieza, cuidado, conservación o
pérdida. mantenimiento de la vivienda
asegurada o la realización de las
1.2. Prestaciones del asegurador actividades domésticas en la
misma.
Dentro siempre de los límites fijados
en las condiciones de esta póliza, Por daños sufridos por dicho
serán por cuenta del Asegurador: personal doméstico en el ejercicio
de las mencionadas funciones al
El pago de la indemnización a
servicio del Asegurado, siempre
los perjudicados o a sus
que se encuentre en situación de
derechohabientes, en base a
alta en la Seguridad Social.
resolución judicial firme o acuerdo
autorizado por el Asegurador. De trabajos de conservación,
mantenimiento, construcción,
La defensa del Asegurado incluso
reparación o transformación del
frente a reclamaciones infundadas.
Continente asegurado, siempre
El pago de las costas y gastos que dichos trabajos no afecten a
judiciales o extrajudiciales. la estructura o elementos
sustentantes del inmueble.
La constitución de las fianzas
judiciales exigidas al Asegurado Por daños ocasionados a los
para garantizar su responsabilidad elementos comunes del edificio de
civil. propiedad horizontal al que
pertenezca la vivienda asegurada,
con deducción del porcentaje
equivalente a la cuota del
Asegurado como propietario de
dichos elementos comunes.
45
[Seite 20]
Seguro de Hogar Plus
Por daños a consecuencia de remolcados o incorporados a los
incendio, explosión o derrame de mismos, así como cualquier vehículo u
agua. objeto que no sea accionado,
exclusivamente, por remos, pedales o
Por daños ocasionados a la mecanismos movidos por la fuerza del
vivienda asegurada, cuando el hombre.
Asegurado sea arrendatario de la
b) De obligaciones contractuales o
misma, por incendio, explosión o
derrame de agua, exclusivamente. por incumplimiento de pactos que
vayan más allá del alcance de la
Por la práctica de deportes, como responsabilidad legal del Asegurado.
aficionado. c) Por incumplimiento de
Por la tenencia de animales disposiciones legales. En ningún caso,
domésticos que habiten en la el Asegurador responderá del pago de
vivienda asegurada, que no sean multas o sanciones, ni de las
utilizados con fines comerciales, consecuencias de su impago.
siempre que, en su caso, el titular d) De la explotación de una industria
de dichos animales haya obtenido o negocio, del ejercicio de una
y mantenga en vigor la licencia profesión, oficio o servicio, retribuido
administrativa exigible según la o no, y de un cargo o actividad en
normativa vigente para la asociación de cualquier tipo, aun
tenencia de dichos animales. A cuando sean honoríficos.
estos efectos se consideran e) A consecuencia de transmisión o
animales domésticos, contagio de enfermedades.
exclusivamente, los siguientes:
f) Producidos en desafíos, peleas y
perros, gatos, aves y roedores
riñas.
enjaulados, peces y tortugas.
g) Producidos a bienes, muebles o
Por el uso de bicicletas, patines, inmuebles, o animales propiedad de
embarcaciones a pedal o a remo y terceros que, por cualquier razón, se
otros vehículos sin motor. encuentren en poder del Asegurado o
las personas por las que éste debe
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO responder, salvo lo previsto en la
QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABI- misma, cuando el Asegurado sea
LIDAD CIVIL POR DAÑOS Y arrendatario de la vivienda.
PERJUICIOS QUE RESULTEN: h) Producidos por animales que no
a) Por hechos que deban ser objeto habiten la vivienda aun cuando sea
de cobertura por un seguro titular el Asegurado, o por aquéllos
obligatorio, así como los derivados que, en cualquier caso, no tengan
por la propiedad, uso o circulación la consideración de animales
de vehículos a motor, aeronaves, domésticos a efectos de estas
embarcaciones, elementos Condiciones Generales.
46
[Seite 21]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
i) Por la propiedad, posesión, porte o Daños materiales, entendiendo por
utilización de cualquier tipo de arma, tales el deterioro, avería o
incluidas las de caza o tiro deportivo. destrucción de una cosa, así como
j) Por actos realizados por menores, la lesión, enfermedad o muerte de
dependientes del Asegurado, cuando un animal.
se encuentren, aunque sea Perjuicios económicos, entendien-
temporalmente, bajo la custodia o do por tales la pérdida económica
vigilancia de terceros. consecuencia directa de los daños
k) De la propiedad, arrendamiento o personales o materiales sufridos
uso de cualquier otro piso, edificio, por el tercero reclamante de dicha
local o finca, que no sea la vivienda pérdida.
descrita en las Condiciones
Particulares de esta póliza. 2.2. Prestaciones del asegurador
l) De actos delictivos o imprudencias
Dentro siempre de los límites fijados
constitutivas de delito.
en las condiciones de esta póliza,
m) Por participación activa en serán por cuenta del Asegurador:
apuestas, carreras, concursos o
competiciones de cualquier clase o de El pago de la indemnización a
pruebas preparatorias de las mismas. los perjudicados o a sus
derechohabientes, en base a
resolución judicial firme o acuerdo
2. Responsabilidad civil del
autorizado por el Asegurador.
propietario de la vivienda
La defensa del Asegurado incluso
2.1. Objeto de la garantía frente a reclamaciones infundadas.
Hasta el límite que para la misma El pago de las costas y gastos
figura en las Condiciones Particulares judiciales o extrajudiciales.
de la póliza, el Asegurador toma a su La constitución de las fianzas
cargo el pago de las indemnizaciones judiciales exigidas al Asegurado
por daños y perjuicios exigidas por para garantizar su responsabilidad
un tercero y de las cuales la persona civil.
asegurada resulte civilmente
responsable, según la normativa legal
2.3. Alcance de la garantía
vigente, por daños ocurridos durante
la vigencia de esta garantía, cuyas Esta garantía comprende la responsabi-
consecuencias sean: lidad civil del Asegurado,
exclusivamente, en su condición de
Daños personales, entendiendo
propietario de la vivienda asegurada.
por tales la lesión corporal,
Dentro de lo cual se garantiza la
enfermedad o muerte causados a
responsabilidad civil:
personas físicas.
47
[Seite 22]
Seguro de Hogar Plus
De trabajos de conservación, c) Por incumplimiento de
mantenimiento, construcción, re- disposiciones legales. En ningún caso,
paración o transformación del el Asegurador responderá del pago de
Continente asegurado, siempre que multas o sanciones, ni de las
dichos trabajos no afecten a la consecuencias de su impago.
estructura o elementos sustentantes d) De la explotación de una industria
del inmueble. o negocio, del ejercicio de una
Por daños ocasionados a los profesión, oficio o servicio, retribuido
elementos comunes del edificio de o no, y de un cargo o actividad en
propiedad horizontal al que asociación de cualquier tipo, aun
pertenezca la vivienda asegurada, cuando sean honoríficos.
con deducción del porcentaje e) A consecuencia de transmisión o
equivalente a la cuota del contagio de enfermedades.
Asegurado como propietario de
f) Producidos en desafíos, peleas y
dichos elementos comunes.
riñas.
Por daños a consecuencia de g) Producidos a bienes, muebles o
incendio, explosión o derrame de inmuebles, o animales propiedad de
agua imputables a la propiedad de terceros que, por cualquier razón, se
la vivienda asegurada. encuentren en poder del Asegurado o
de las personas por las que éste deba
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO responder en su condición de
QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABI- propietario del Continente asegurado.
LIDAD CIVIL POR DAÑOS Y
h) Producidos por animales.
PERJUICIOS QUE RESULTEN:
i) De la propiedad, arrendamiento, o
a) Por hechos que deban ser objeto uso de cualquier otro piso, edificio,
de cobertura por un seguro local o finca que no sea la vivienda
obligatorio, así como los derivados descrita en las Condiciones
por la propiedad, uso o circulación de Particulares de esta póliza.
vehículos a motor, aeronaves,
j) De actos delictivos o imprudencias
embarcaciones, elementos
constitutivas de delito.
remolcados o incorporados a los
mismos, así como cualquier vehículo u
objeto que no sea accionado, 3. Ámbito geográfico
exclusivamente, por remos, pedales o de la garantía
mecanismos movidos por la fuerza del Salvo pacto en contrario, esta garantía
hombre. será aplicable solamente a la
b) De obligaciones contractuales o responsabilidad civil derivada de
por incumplimiento de pactos que hechos ocurridos en el territorio
vayan más allá del alcance de la comunitario de los Estados miembros
responsabilidad legal del Asegurado. de la Unión Europea y reconocidos
48
[Seite 23]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
por resolución judicial firme de los Carpintería
Tribunales españoles.
Carpintería metálica
4. Ámbito temporal Cerrajería
de la garantía
Climatización
Esta garantía queda limitada a los
daños ocurridos durante el período de Cristalería
vigencia del seguro, cuyas
Electrodomésticos
consecuencias sean reclamadas al
Asegurado o al Asegurador, de manera Instalaciones eléctricas
fehaciente, durante la vigencia de la
póliza o en el plazo máximo de dos Moquetas y sintasol
años naturales contados a partir de la
Escayola
terminación o rescisión de la misma.
Fontanería
CONEXIÓN Informática
Jardinería
Conexión para el mantenimiento
de la vivienda Limpieza
El Asegurador, a petición del Mármoles
Asegurado, pondrá a su disposición los
profesionales necesarios para Parquet
cualquier reparación o reforma, para Persianas
que le faciliten los presupuestos
oportunos y, en su caso, realicen las Personal de seguridad
obras o servicios solicitados, siendo
siempre a cargo del Asegurado el Pintura y papel pintado
importe correspondiente a la Reformas
ejecución de tales trabajos y servicios,
asumiendo el Asegurador únicamente Reparación de tejados y azoteas
el coste del primer desplazamiento del
Tapicería
profesional enviado por el mismo.
A título orientativo, se indican algunos Toldos
de los servicios de reparación que se Visión y sonido
pueden solicitar:
Albañilería
Antenas
Calderas e instalaciones de gas
49
[Seite 24]
Seguro de Hogar Plus
2. Fontanería
ASISTENCIA DEL HOGAR
BÁSICA Cuando en las conducciones fijas
particulares de agua de la vivienda
asegurada se produzca una avería no
Asistencia del hogar básica
amparada por las demás garantías de la
En los siguientes supuestos, el póliza, el Asegurado podrá contratar
Asegurador asumirá los costes de los servicios de un profesional de
desplazamiento del profesional que fontanería, exceptuando la
haya acudido y de las tres primeras intervención de vehículos
horas de su mano de obra, así como, especializados en el desatasco de
en el caso de ser necesario para la instalaciones, así como el montaje de
reparación, los costes de traslado al andamios, para que proceda a su
taller del aparato averiado y los de su reparación. Las conducciones de
posterior entrega en el domicilio. propiedad o uso comunitario, o de
otros terceros, no se considerarán
El Tomador o el Asegurado al como pertenecientes a la vivienda
contratar los servicios del reparador, asegurada, aun cuando puedan estar
como destinatario final de la situadas en su recinto.
reparación, deberá hacerse cargo del
coste de los materiales empleados y, 3. Albañilería
en su caso, del exceso de tiempo de
Si como consecuencia de un daño
mano de obra que origine la
amparado por las demás garantías de
reparación.
la póliza, resulta necesario realizar un
A los efectos de esta garantía de trabajo de albañilería, el Asegurado
Asistencia del Hogar, para que el podrá contratar los servicios de un
Asegurador asuma el coste profesional de albañilería para que
garantizado, será preciso que el efectúe las reparaciones necesarias, en
estado de conservación de la las partes interiores del Continente
instalación permita su reparación y asegurado.
que el coste de la misma no sea
4. Cerrajería
superior al valor de los bienes dañados
o averiados. En caso de cualquier avería, no
amparada por las demás garantías de la
1. Electricidad
póliza, que impida el normal
En caso de avería en las instalaciones funcionamiento de las cerraduras de
particulares fijas de suministro las puertas de acceso a la vivienda que
eléctrico de la vivienda asegurada, no forman parte del Continente asegurado
amparada por las demás garantías de la o no sea posible el acceso a la misma
póliza, el Asegurado podrá contratar desde el exterior, excepto las
los servicios de un profesional para la cerraduras o mecanismos de cierre
reparación de dicha avería. con mando a distancia, el Asegurado
podrá contratar los servicios de un
50
[Seite 25]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
profesional de cerrajería para efectuar frigoríficos o congeladores, que se
las reparaciones necesarias y/o la detallan en las Condiciones Generales
apertura de la puerta. de esta póliza.
CONDICIONES DE LA GARANTÍA DE
ASISTENCIA DEL HOGAR Artículo 3.
RIESGOS EXCLUIDOS PARA
Las coberturas recogidas en el TODAS LAS GARANTÍAS
artículo 1 de la garantía de
Asistencia del Hogar, quedan Salvo pacto en contrario, no quedan
limitadas a un máximo total para cubiertos:
toda la garantía de dos
a) Los siniestros ocurridos con
intervenciones por anualidad de anterioridad a la entrada en vigor del
seguro, salvo lo establecido para seguro, así como los ocurridos a
la cobertura de Conexión para el consecuencia de cualquier riesgo
Mantenimiento de la Vivienda. cuya cobertura no figure
expresamente pactada en las
El importe que se reembolsará por Condiciones de esta póliza.
parte del Asegurador se referirá
b) Los siniestros que hubieran sido
exclusivamente a trabajos provocados intencionadamente por el
contratados para la vivienda Tomador del seguro, el Asegurado o
asegurada que figura en las por sus familiares o por las personas
Condiciones Particulares de esta que con él convivan o estén a su
póliza. servicio como asalariados, o cuando
los mismos hubieran actuado como
Para ello, será necesaria la previa cómplices o encubridores.
comunicación al teléfono 900 24
c) Los efectos de comercio, valores
2020, en la que se informará al
mobiliarios públicos o privados,
interesado de la cobertura y se le
títulos, escrituras y, en general,
proporcionará, previa petición, el
documentos de cualquier clase,
contacto con un profesional de
modelos, planos, patrones, moldes,
referencia por si el interesado
matrices, registros (incluso
desea que realice el trabajo
informáticos), archivos y programas
solicitado.
informáticos.
EFECTOS DE LAS PRESTACIONES d) El dinero en efectivo, cheques,
Las prestaciones realizadas al amparo talones bancarios, metales preciosos
de esta garantía de ASISTENCIA DEL en lingotes, sellos de correos, timbres,
HOGAR no tendrán la consideración efectos timbrados, papeletas de
de siniestro a los efectos de las empeño, billetes de lotería, boletos de
garantías de Reposición Estética del quinielas u otras apuestas, tarjetas de
Continente y de Daños a alimentos en crédito y, en general, cuantos
documentos o recibos representen un
51
[Seite 26]
Seguro de Hogar Plus
valor o garantía de dinero, salvo los j) Los siniestros que afecten a la
supuestos previstos en estas vivienda asegurada o que se originen
Condiciones Generales. en ésta, cuando la misma no cuente
e) Los manuscritos, libros incunables, con las condiciones mínimas e
discos, casetes o videocasetes raros, es indispensables para ser considerada
decir, que no sean de frecuente habitable.
comercio y cualquier otro objeto raro k) Los siniestros propios, y los
o precioso. causados a terceros, producidos con
f) La destrucción o deterioro de los ocasión o a consecuencia de:
objetos asegurados fuera del lugar
descrito en la póliza, a menos que su Terrorismo, rebelión, sedición,
traslado o cambio hubiera sido motín, tumulto popular o huelgas
previamente comunicado por escrito ilegales.
al Asegurador y éste no hubiese Hechos o actuaciones de las Fuerzas
manifestado en el plazo de quince días Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de
su disconformidad. Seguridad en tiempo de paz.
g) Los perjuicios y pérdidas Asentamiento del terreno, hundi-
indirectas de cualquier clase, así como miento, desprendimiento, corrimiento
los de reposición de materiales no o ablandamiento de tierra.
dañados por el siniestro, incluso si
dicha reposición obedeciera a la Conflictos armados aunque no haya
inexistencia de materiales de iguales precedido la declaración oficial de
características a los afectados por el guerra.
siniestro. Fenómenos atmosféricos, meteoro-
h) Los daños por el uso o desgaste lógicos, geológicos y sísmicos, así
normal de los bienes asegurados, como, caída de cuerpos siderales o
fermentación u oxidación. aerolitos, que no se encuentren
específicamente cubiertos en la
i) Los daños calificados por el
póliza.
Gobierno de la Nación como de
«Catástrofe o Calamidad Nacional» o Efectos mecánicos, térmicos y
los debidos a hechos que sean radiactivos debidos a reacciones o
objeto de cobertura por parte transmutaciones nucleares, cualquie-
del Consorcio de Compensación ra que sea la causa que las produzca y
de Seguros, no quedando los gastos de descontaminación,
tampoco amparados en este caso búsqueda y recuperación de isótopos
los importes que correspondan a radiactivos.
franquicias, deducciones por reglas Contaminación, ruidos u otras
proporcionales u otras limitaciones o alteraciones del suelo, las aguas o la
exclusiones aplicadas por dicha atmósfera.
entidad.
La existencia en la vivienda de
sustancias, instalaciones, depósitos o
52
[Seite 27]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
aparatos distintos a los habitualmente
Artículo 5.
empleados en las mismas.
SEGURO A VALOR
La dedicación u ocupación de la DE NUEVO
vivienda a actividades profesionales,
comerciales o industriales y, en A efectos de lo previsto en el Artículo
general, distintas a las normales de 10 se amplían las garantías de la póliza
casa-habitación. a la diferencia existente entre el valor
Trabajos de conservación, manteni- real de los bienes asegurados en el
miento, construcción, reparación o momento del siniestro y su valor en
transformación de la vivienda, salvo lo estado de nuevo, siempre que dicha
previsto en la garantía de diferencia no exceda del 30 por 100
Responsabilidad Civil. del valor de nuevo y que la suma
asegurada corresponda al valor de
La omisión de las reparaciones u
reposición o reconstrucción de los
operaciones de mantenimiento bienes afectados por el siniestro.
indispensables para el normal estado
de conservación del inmueble y sus No procederá la reposición o
instalaciones, así como por otros reconstrucción de los bienes dañados
defectos conocidos y no subsanados por otros nuevos, cuando la
por el Asegurado con anterioridad al depreciación por antigüedad, uso u
siniestro. obsolescencia de los mismos, sea
Los vicios o defectos existentes en superior al 30 por 100 de su valor de
los bienes asegurados al contratar el nuevo, procediendo a indemnizarse la
seguro, así como errores de diseño o pérdida sufrida de acuerdo con lo
defectos de construcción. señalado en el Artículo 10 de estas
Condiciones Generales.
Artículo 4. Si la suma asegurada fuera inferior al
RIESGOS EXTRAORDINARIOS valor de reposición o reconstrucción
en la fecha del siniestro, se estará a lo
dispuesto en el Artículo 10 de estas
Se indemnizarán por el Consorcio de
Condiciones Generales.
Compensación de Seguros los
siniestros de carácter extraordinario. El importe de la diferencia, entre la
indemnización a valor de nuevo y la
Un resumen de las normas que regulan
correspondiente a valor real, no se
la Cobertura del Consorcio de
Compensación de Seguros se pagará hasta después de la
reconstrucción o reposición de los
incorpora al final de estas Condiciones
bienes siniestrados, que deberá
Generales.
efectuarse en un plazo máximo de dos
años a partir de la fecha del siniestro.
No obstante, el Asegurador, a petición
del Asegurado, entregará cantidades a
cuenta de la indemnización, a medida
53
[Seite 28]
Seguro de Hogar Plus
que se realicen3los- Riesgos
Artículo trabajos deexcluidos
Las nuevas
parasumas
todas revalorizadas, serán
las garantías
reconstrucción del Continente, previa las resultantes de multiplicar las que
justificación por el Asegurado. figuran en la póliza por el factor que
resulte de dividir el Índice de
Quedan excluidos de esta garantía los
Vencimiento entre el Índice Base. A
objetos inútiles o inservibles y aquéllos
estos efectos se entiende por:
cuyo valor no desmerece por su
antigüedad. Índice Base: El que corresponde al
último publicado por el Organismo
En todo caso, el importe máximo de la
antes citado, en la fecha de emisión
indemnización no podrá exceder de
de la póliza y/o suplemento, que
las respectivas sumas aseguradas.
ha de consignarse en las
Condiciones Particulares.
Artículo 6. Índice de Vencimiento: El último
CONDICIONES DE publicado por dicho Organismo
RENOVACIÓN con dos meses de antelación a
cada vencimiento anual de la
Se conviene que las sumas aseguradas póliza.
de la póliza, quedarán modificadas
automáticamente en cada vencimiento La revalorización no será aplicable a
anual, siguiendo las fluctuaciones del los límites porcentuales de cobertura
Índice de Precios de Consumo que establecidos, ni a los límites de
publica el Instituto Nacional de indemnización de la garantía de
Estadística en su Boletín mensual o del Responsabilidad Civil.
último índice corregido para las A las nuevas sumas aseguradas, se le
anualidades sucesivas. aplicará la tarifa que figure en las Bases
Técnicas de este seguro vigentes en el
momento de la renovación.
54
[Seite 29]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
PERFECCIÓN, EFECTOS DEL CONTRATO
Y DURACIÓN DEL SEGURO
Artículo 7. Artículo 8.
PERFECCIÓN Y EFECTOS DEL DURACIÓN DEL SEGURO
CONTRATO
Las garantías de la póliza entran en
El contrato se perfecciona por el vigor en la hora y fecha indicada en las
consentimiento manifestado por la Condiciones Particulares, siempre que
suscripción de la póliza o del se encuentre perfeccionado el contrato
documento provisional de cobertura, en la forma estipulada en el Artículo
por las partes contratantes. Sin anterior y satisfecho el recibo de
embargo, las coberturas contratadas y prima.
sus modificaciones o adiciones no
A la expiración del período indicado
tomarán efecto, mientras no haya sido
en las Condiciones Particulares se
satisfecho el recibo de prima.
entenderá prorrogado el contrato por
En caso de demora en el cumplimiento un plazo de un año y así
de cualquiera de ambos requisitos, las sucesivamente a la expiración de cada
obligaciones del Asegurador anualidad. La prórroga tácita no es
comenzarán a las veinticuatro horas aplicable a los seguros contratados por
del día en que hayan sido cumplidos. menos de un año.
Las partes pueden oponerse a la
prórroga del contrato mediante una
notificación escrita a la otra parte,
efectuada con un plazo de, al menos,
un mes de anticipación a la conclusión
del período del seguro en curso
cuando quien se oponga a la prórroga
sea el Tomador del seguro, y de dos
meses cuando sea el Asegurador.
55
[Seite 30]
Seguro de Hogar Plus
Artículo 4 - Riesgos extraordinarios
Artículo 5 - Seguro
TRAMITACIÓN a valor de nuevo
DE SINIESTROS
Artículo 6 - Condiciones de renovación
asegurados, los cuales quedan a su
Artículo 9.
cuenta y riesgo, custodiando los que
TRAMITACIÓN DE LOS
quedaron después del siniestro, no
SINIESTROS sólo intactos sino también
deteriorados, así como sus restos,
1. En cualquier siniestro embalajes, cajas o estuches, y
cuidando de que no se produzcan
a) El Tomador del seguro y/o nuevas desapariciones o desperfectos
Asegurado deben poner los medios a que, de producirse, quedarán a cargo
su alcance para aminorar las del Asegurado.
consecuencias del siniestro, así como
conservar, salvo imposibilidad e) Los gastos que se originen por el
justificada, los vestigios del mismo. cumplimiento de esta obligación de
salvamento, siempre que no sean
b) El Tomador del seguro, el inoportunos o desproporcionados a
Asegurado o el Beneficiario deberán los bienes salvados, serán de cuenta
comunicar al Asegurador el del Asegurador hasta el límite fijado en
acaecimiento del siniestro, sus estas Condiciones Generales, incluso
circunstancias y consecuencias lo más si tales gastos no han tenido resultados
brevemente posible y, como máximo, efectivos o positivos. En defecto de
dentro del plazo de siete días de pacto se indemnizarán los gastos
haberlo conocido. Asimismo, deben efectivamente originados, cuyo
comunicar al Asegurador si existen montante no podrá exceder en su
otros seguros amparando el mismo conjunto de la suma asegurada.
riesgo.
f) El Asegurado deberá colaborar con
c) En todos los siniestros que el Asegurador, al objeto de que las
ocasionen daños a las cosas, el personas designadas por éste puedan
Tomador del seguro o el Asegurado, tener acceso al lugar del siniestro,
en el plazo de cinco días a partir de la debiendo dar todas las facilidades con
notificación prevista en la letra el fin de adoptar cuantas medidas sean
anterior de este Artículo, deberán razonables para la defensa de sus
comunicar por escrito al Asegurador intereses.
la relación de los objetos existentes al
tiempo del siniestro y la de los
2. En siniestros de robo,
salvados, con indicación de su valor y
expoliación y hurto
la estimación de los daños.
El Tomador del seguro o el Asegurado,
d) El Asegurado no podrá hacer
dentro de las setenta y dos horas
abandono total o parcial de los objetos
siguientes a la que tuviese
56
[Seite 31]
Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
conocimiento del siniestro, deberá falta de esta colaboración se
denunciar el hecho ante la Autoridad perjudicaren o disminuyeren las
Local de Policía, con indicación del posibilidades de defensa del siniestro,
nombre del Asegurador, de los objetos el Asegurador podrá reclamar al
robados y su valor, debiendo remitir a Asegurado los daños y perjuicios en
éste copia del justificante de la proporción al perjuicio sufrido.
denuncia presentada. d) Sea cual fuere el fallo o resultado
3. En siniestros que originen del procedimiento judicial, el
reclamaciones de Asegurador se reserva la decisión de
responsabilidad civil ejercitar los recursos legales que
procedieren contra dicho fallo o
a) El Tomador del seguro y el resultado, o el conformarse con el
Asegurado vienen obligados a adoptar mismo.
todas las medidas que favorezcan su
defensa frente a las reclamaciones de e) Si el Asegurador estima
responsabilidad, debiendo mostrarse improcedente el recurso, lo
tan diligentes en su cumplimiento comunicará al Asegurado, quedando
como si no existiera seguro. éste en libertad para interponerlo por
Comunicarán, de forma su exclusiva cuenta y aquél obligado a
fehaciente, al Asegurador reembolsarle los gastos judiciales y los
inmediatamente de su recepción y a de Abogado y Procurador, en el
más tardar en el plazo de cuarenta y supuesto de que dicho recurso
ocho horas, cualquier notificación que prosperase.
llegue a su conocimiento y que pueda f) Cuando se produjere algún
estar relacionada con el siniestro. conflicto entre el Asegurado y el
b) Ni el Tomador del seguro ni el Asegurador, motivado por tener que
Asegurado, ni persona alguna en sustentar éste en el siniestro intereses
nombre de ellos, podrán negociar, contrarios a la defensa del Asegurado,
admitir o rechazar reclamación el Asegurador lo pondrá en
alguna sin la autorización del conocimiento del Asegurado sin
Asegurador, de forma fehaciente. perjuicio de realizar aquellas
diligencias que, por su carácter
c) El Asegurador tomará la dirección urgente, sean necesarias para la
jurídica de todas las actuaciones defensa. En este caso el Asegurado
administrativas, judiciales o podrá optar entre el mantenimiento
extrajudiciales relacionadas con el de la dirección jurídica por el
siniestro, actuando en nombre del Asegurador o confiar su propia
Asegurado para tratar con los defensa a otra persona. En este último
perjudicados, sus derechohabientes o caso, el Asegurador quedará obligado
reclamantes, comprometiéndose el a abonar los gastos de tal dirección
Asegurado a prestar su colaboración y jurídica hasta el límite pactado en la
a otorgar los poderes y la asistencia póliza.
personal que fueran precisos. Si por
57
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Seguro de Hogar Plus
PERFECCIÓN, 3. INFRASEGURO Y REGLADELPRO-
Artículo 10. EFECTOS DEL CONTRATO Y DURACIÓN
PORCIONAL: Si en el momento de la
SEGUROArtículo
DETERMINACIÓN7 DE- Perfección y efectos del contrato
producción del siniestro la suma
LA INDEMNIZACIÓN Artículo 8 - Duración
aseguradadel seguroal valor real de
es inferior
los bienes asegurados, el Asegurador
En base al convenio entre las partes o
indemnizará el daño causado en la
al dictamen de los peritos y siempre
misma proporción en la que aquélla
que se trate de siniestro indemnizable
cubre el valor real de dichos bienes.
con arreglo a las condiciones de la
presente póliza, se fijará la No obstante, el Asegurador renuncia a
indemnización teniendo en cuenta las la aplicación de la Regla Proporcional
siguientes estipulaciones: prevista en el número anterior, cuando
concurra una de las dos circunstancias
1. VALOR REAL DE LOS BIENES siguientes:
ASEGURADOS EN EL MOMENTO
DEL SINIESTRO: La determinación del Que el infraseguro existente no
valor real de los bienes asegurados en supere el 15 por 100 del valor real
el momento del siniestro se efectuará de los bienes asegurados.
en la forma prevista en estas Que la valoración de los daños en
Condiciones Generales, siendo de los bienes asegurados no exceda de
aplicación por consiguiente, si 1.600 euros.
procediese, la Regla Proporcional,
salvo la modificación que se indica en 4. SOBRESEGURO: Si la suma
el apartado siguiente. asegurada supera notablemente el
valor del interés asegurado, cualquiera
2. COMPENSACIÓN DE SUMAS: Se de las partes del contrato podrá exigir
conviene expresamente que si en el la reducción de la suma y de la prima,
momento del siniestro existiese un debiendo restituir el Asegurador el
exceso de suma asegurada en exceso de las primas percibidas. Si se
Continente o Contenido, tal exceso produjera el siniestro, el Asegurador
podrá aplicarse al que resultase indemnizará el daño efectivamente
insuficientemente asegurado, siempre causado.
que la prima resultante de aplicar las
tasas de prima, con sus bonificaciones Cuando el sobreseguro previsto en el
y sobreprimas, a este nuevo reparto de párrafo anterior se debiera a mala fe
sumas, no exceda de la prima del Tomador del seguro o del
satisfecha en la anualidad en curso. Asegurado, el contrato será ineficaz.
El Asegurador de buena fe podrá, no
Admitida la compensación en la forma obstante, retener las primas vencidas
indicada, se procederá a la normal y las del período en curso.
liquidación del siniestro con arreglo a
lo establecido en estas Condiciones
Generales.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
5. Para las garantías
TRAMITACIÓN DE contratadas a
SINIESTROSArtículo 9 - 11.
Tramitación de los siniestros
Artículo
primer riesgo, la pérdida será
RESARCIMIENTOS Y
indemnizada hasta el importe máximo
asegurado por dicho concepto, no
RECUPERACIONES
siendo de aplicación lo indicado en los Si después de un siniestro se
apartados 3 y 4 anteriores. obtuviesen resarcimientos, el
Asegurado está obligado a notificarlo
6. Para objetos que formen parte de al Asegurador, quien podrá deducir su
juegos, colecciones o conjuntos, el importe de la indemnización.
Asegurador indemnizará sólo el valor
del objeto o de la parte del objeto Si se recuperan objetos desaparecidos,
siniestrado, no indemnizándose la el Asegurado deberá comunicarlo
depreciación que, a causa de su inmediatamente por escrito al
descabalamiento, haya podido sufrir Asegurador. Si los objetos se recuperan
el juego, colección o conjunto de antes del pago de la indemnización, el
objetos asegurados al quedar Asegurado viene obligado a tomar
incompleto. posesión de ellos. Las obligaciones del
Asegurador se limitan al pago de la
7. CONCURRENCIA DE SEGUROS: indemnización por eventuales
Si existen varios seguros de daños deterioros.
sobre los mismos bienes y riesgos, el De recuperarse después de pagada la
Asegurador contribuirá a la indemnización, el Asegurado podrá
indemnización y a los gastos de optar por tomar posesión de los objetos
tasación a prorrata de la suma que o cederlos al Asegurador. En el primer
asegure. caso, deberá restituir la
indemnización percibida o la
diferencia entre la indemnización y la
que eventualmente le corresponda por
deterioros.
Si el Asegurado no quisiese hacerse
cargo de los objetos desaparecidos y
recuperados, estará obligado a
suscribir cuantos documentos fuesen
necesarios para su transferencia a
favor del Asegurador o de la tercera
persona que éste designe.
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Seguro de Hogar Plus
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 12. Artículo 13.
EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL COMUNICACIONES
CONTRATO
Todas las comunicaciones de las partes
Si durante la vigencia del seguro se que intervienen en el contrato deberán
produjera la desaparición del interés efectuarse por escrito, o por cualquier
o del bien asegurado, desde este otro medio indubitado que permita la
momento el contrato de seguro verificación de la certeza de las fechas
quedará extinguido y el Asegurador de envío y recepción, así como de su
tendrá el derecho de hacer suya la contenido.
prima no consumida.
El contrato será nulo si en el momento Artículo 14.
de su conclusión no existiese el riesgo, LEY APLICABLE
hubiese ocurrido el siniestro, o no
existiera un interés del Asegurado a la La Ley española será la aplicable al
indemnización del daño. presente contrato de seguro.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
Artículo
LAS PRESENTES 10 - Determinación
CONDICIONES deSERÁN
GENERALES SOLO la indemnización
VÁLIDAS SI VAN
ACOMPAÑADAS DE LAS CONDICIONES PARTICULARES.
Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones
Particulares.
Leído y aceptado:
EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO El Asegurador
santalucía
Director General
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Seguro de Hogar Plus
Artículo 11 - Resarcimientos y recuperaciones
Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de
Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios
acaecidos en España en seguros de daños en los bienes y en los de
responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles
(Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones. B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018)
De conformidad con lo establecido en a) Que el riesgo extraordinario
el texto refundido del Estatuto legal el cubierto por el Consorcio de
Consorcio de Compensación de Compensación de Seguros no esté
Seguros, aprobado por el Real Decreto amparado por la póliza de seguro
Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el contratada con la entidad
tomador de un contrato de seguro de aseguradora.
los que deben obligatoriamente
b) Que, aun estando amparado por
incorporar recargo a favor de la citada
dicha póliza de seguro, las
entidad pública empresarial tiene la
obligaciones de la entidad
facultad de convenir la cobertura de los
aseguradora no pudieran ser
riesgos extraordinarios con cualquier
cumplidas por haber sido
entidad aseguradora que reúna las
declarada judicialmente en
condiciones exigidas por la legislación
concurso o por estar sujeta a un
vigente.
procedimiento de liquidación
Las indemnizaciones derivadas de intervenida o asumida por el
siniestros producidos por Consorcio de Compensación de
acontecimientos extraordinarios Seguros.
acaecidos en España y que afecten a
El Consorcio de Compensación de
riesgos en ella situados, serán pagadas
Seguros ajustará su actuación a lo
por el Consorcio de Compensación de
dispuesto en el mencionado Estatuto
Seguros cuando el tomador hubiese
legal, en la Ley 50/1980, de 8 de
satisfecho los correspondientes
octubre, de Contrato de Seguro, en el
recargos a su favor y se produjera
Reglamento del seguro de riesgos
alguna de las siguientes situaciones:
extraordinarios, aprobado por el Real
Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y
en las disposiciones complementarias.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
DISPOSICIONES FINALESArtículo 12 - Extinción y nulidad del contrato
I. RESUMEN DE13
Artículo NORMAS LEGALES
- Comunicaciones
Artículo 14 - Ley aplicable
1. Acontecimientos Seguridad en tiempo de paz, el
Consorcio de Compensación de
extraordinarios cubiertos
Seguros podrá recabar de los órganos
jurisdiccionales y administrativos
a) Los siguientes fenómenos de la
competentes información sobre los
naturaleza: terremotos y
hechos acaecidos.
maremotos; inundaciones
extraordinarias, incluidas las
2. Riesgos excluidos
producidas por embates de mar;
erupciones volcánicas; tempestad a) Los que no den lugar a
ciclónica atípica (incluyendo los indemnización según la Ley de
vientos extraordinarios de rachas Contrato de Seguro.
superiores a 120 km/h y los
tornados); y caídas de cuerpos b) Los ocasionados en bienes
siderales y aerolitos. asegurados por contrato de seguro
distinto a aquellos en que es
b) Los ocasionados violentamente obligatorio el recargo a favor del
como consecuencia de Consorcio de Compensación de
terrorismo, rebelión, sedición, Seguros.
motín y tumulto popular.
c) Los debidos a vicio o defecto
c) Hechos o actuaciones de las propio de la cosa asegurada, o a su
Fuerzas Armadas o de las Fuerzas manifiesta falta de mantenimiento.
y Cuerpos de Seguridad en tiempo
de paz. d) Los producidos por conflictos
armados, aunque no haya precedido la
Los fenómenos atmosféricos y declaración oficial de guerra.
sísmicos, de erupciones volcánicas y la
caída de cuerpos siderales se e) Los derivados de la energía
certificarán, a instancia del Consorcio nuclear, sin perjuicio de lo establecido
de Compensación de Seguros, en la Ley 12/2011, de 27 de mayo,
mediante informes expedidos por la sobre responsabilidad civil por daños
Agencia Estatal de Meteorología nucleares o producidos por materiales
(AEMET), el Instituto Geográfico radiactivos. No obstante lo anterior, sí
Nacional y los demás organismos se entenderán incluidos todos los
públicos competentes en la materia. En daños directos ocasionados en una
los casos de acontecimientos de instalación nuclear asegurada, cuando
carácter político o social, así como en sean consecuencia de un
el supuesto de daños producidos por acontecimiento extraordinario que
hechos o actuaciones de las Fuerzas afecte a la propia instalación.
Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de
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Seguro de Hogar Plus
f) Los debidos a la mera acción del emisión de la póliza o de efecto, si
tiempo, y en el caso de bienes total o fuera posterior, no preceda en siete
parcialmente sumergidos de forma días naturales a aquél en que ha
permanente, los imputables a la mera ocurrido el siniestro, salvo que quede
acción del oleaje o corrientes demostrada la imposibilidad de
ordinarios. contratación anterior del seguro por
inexistencia de interés asegurable.
g) Los producidos por fenómenos de
Este período de carencia no se
la naturaleza distintos a los señalados
aplicará en el caso de reemplazo o
en el apartado 1.a) anterior y, en
sustitución de la póliza, en la misma u
particular, los producidos por
otra entidad, sin solución de
elevación del nivel freático,
continuidad, salvo en la parte que
movimiento de laderas, deslizamiento
fuera objeto de aumento o nueva
o asentamiento de terrenos,
cobertura. Tampoco se aplicará para
desprendimiento de rocas y
la parte de los capitales asegurados
fenómenos similares, salvo que éstos
que resulte de la revalorización
fueran ocasionados manifiestamente
automática prevista en la póliza.
por la acción del agua de lluvia que, a
su vez, hubiera provocado en la zona k) Los correspondientes a siniestros
una situación de inundación producidos antes del pago de la
extraordinaria y se produjeran con primera prima o cuando, de
carácter simultáneo a dicha conformidad con lo establecido en la
inundación. Ley de Contrato de Seguro, la
cobertura del Consorcio de
h) Los causados por actuaciones
Compensación de Seguros se halle
tumultuarias producidas en el curso
suspendida o el seguro quede
de reuniones y manifestaciones
extinguido por falta de pago de las
llevadas a cabo conforme a lo
primas.
dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983,
de 15 de julio, reguladora del derecho l) Los indirectos o pérdidas
de reunión, así como durante el derivadas de daños directos o
transcurso de huelgas legales, salvo indirectos, distintos de las pérdidas
que las citadas actuaciones pudieran pecuniarias delimitadas como
ser calificadas como acontecimientos indemnizables en el Reglamento del
extraordinarios de los señalados en el seguro de riesgos extraordinarios. En
apartado 1.b) anterior. particular, no quedan comprendidos
en esta cobertura los daños o pérdidas
i) Los causados por mala fe del
sufridas como consecuencia de corte
asegurado.
o alteración en el suministro exterior
j) Los derivados de siniestros por de energía eléctrica, gases
fenómenos naturales que causen combustibles, fuel-oil, gasoil, u otros
daños a los bienes o pérdidas fluidos, ni cualesquiera otros daños o
pecuniarias cuando la fecha de pérdidas indirectas distintas de las
citadas en el párrafo anterior, aunque
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
estas alteraciones se deriven de
Cláusula deuna combinada
indemnización porpara daños y pérdida
el C.C.S.
causa incluida en la cobertura de de beneficios, por el Consorcio de
riesgos extraordinarios. Compensación de Seguros se
liquidarán los daños materiales
m) Los siniestros que por su
con deducción de la franquicia
magnitud y gravedad sean calificados
que corresponda por aplicación
por el Gobierno de la Nación como de
de lo previsto en el apartado a)
«catástrofe o calamidad nacional».
anterior, y la pérdida de
beneficios producida con
3. Franquicia deducción de la franquicia
La franquicia a cargo del asegurado establecida en la póliza para la
será: cobertura principal, minorada en
la franquicia aplicada en la
a) En el caso de daños directos, en liquidación de los daños
los seguros contra daños en las materiales.
cosas la franquicia a cargo del
asegurado será de un siete por 4. Extensión de la cobertura
ciento de la cuantía de los daños
indemnizables producidos por el 1. La cobertura de los riesgos
siniestro. No obstante, no se extraordinarios alcanzará a los
efectuará deducción alguna por mismos bienes y las mismas
franquicia a los daños que afecten sumas aseguradas que se hayan
a viviendas, a comunidades de establecido en las pólizas de
propietarios de viviendas, ni a seguro a efectos de la cobertura de
vehículos que estén asegurados los riesgos ordinarios.
por póliza de seguro de
2. No obstante lo anterior:
automóviles.
a) En las pólizas que cubran
b) En el caso de pérdidas pecuniarias
daños propios a los vehículos
diversas, la franquicia a cargo del a motor la cobertura de
asegurado será la misma prevista
riesgos extraordinarios por el
en la póliza, en tiempo o en
Consorcio de Compensación
cuantía, para daños que sean de Seguros garantizará la
consecuencia de siniestros totalidad del interés
ordinarios de pérdida de asegurable aunque la póliza
beneficios. De existir diversas ordinaria sólo lo haga
franquicias para la cobertura de parcialmente.
siniestros ordinarios de pérdida
de beneficios, se aplicarán las b) Cuando los vehículos
previstas para la cobertura únicamente cuenten con una
principal. póliza de responsabilidad
civil en vehículos terrestres
c) Cuando en una póliza se automóviles, la cobertura de
establezca una franquicia
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Seguro de Hogar Plus
riesgos extraordinarios por el
RESUMEN DE LAS
Consorcio NORMAS LEGALES1. Acontecimientos
de Compensación
de Seguros garantizará el
extraordinarios cubiertos
valor del vehículo en el
2. Riesgos excluidos
estado en que se encuentre
en el momento
inmediatamente anterior a la
ocurrencia del siniestro
según precios de compra de
general aceptación en el
mercado.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de
Seguros
1. La solicitud de indemnización de 3. Valoración de los daños: La
daños cuya cobertura corresponda valoración de los daños que
al Consorcio de Compensación de resulten indemnizables con
Seguros, se efectuará mediante arreglo a la legislación de seguros y
comunicación al mismo por el al contenido de la póliza de seguro
tomador del seguro, el asegurado o se realizará por el Consorcio de
el beneficiario de la póliza, o por Compensación de Seguros, sin que
quien actúe por cuenta y nombre éste quede vinculado por las
de los anteriores, o por la entidad valoraciones que, en su caso,
aseguradora o el mediador de hubiese realizado la entidad
seguros con cuya intervención se aseguradora que cubriese los
hubiera gestionado el seguro. riesgos ordinarios.
2. La comunicación de los daños y 4. Abono de la indemnización: El
la obtención de cualquier Consorcio de Compensación de
información relativa al Seguros realizará el pago de la
procedimiento y al estado de indemnización al beneficiario del
tramitación de los siniestros podrá seguro mediante transferencia
realizarse: bancaria.
- Mediante llamada al Centro
de Atención Telefónica del
Consorcio de Compensación
de Seguros (900 222 665 o
952 367 042).
- A través de la página
web del Consorcio de
Compensación de Seguros
(www.consorseguros.es).
, ,
CP060004894186001
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Seguros
Asistencia
Hogar
Ahorro e Inversión
Vida y Accidentes
Salud
Empresas
Comunidades
Mascotas
Automóvil*
Otros
Otros Productos
Planes de Pensiones
*Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros
"El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980,
de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012
Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid
@057]-.3.
190308104800010601