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Seguro de Hogar
Condiciones Generales
www.verti.es
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Artículo 19. Joyas y Dinero.............................................................................. 33
Contenido Artículo 20. Criterios para la Compensación de los daños.............................. 35
Artículo 21. Suficiencia de las sumas aseguradas............................................ 36
Resumen de Coberturas............................................................................... 8 Artículo 22. Restauración Estética................................................................... 37
Introducción................................................................................................ 10 Coberturas Asegurables.............................................................................. 38
Artículo 1. Definiciones.................................................................................... 11 Artículo 23. Cobertura de Daños Materiales y Robo....................................... 39
Artículo 23.1. Incendio y Otros Daños............................................................. 40
Bases de la póliza........................................................................................ 15 Artículo 23.2. Daños por Agua......................................................................... 43
Artículo 23.3. Roturas...................................................................................... 45
Artículo 2. Objeto del seguro........................................................................... 15 Artículo 23.4. Robo.......................................................................................... 46
Artículo 3. Efecto y extinción del contrato....................................................... 15 Artículo 24. Ampliación de las Coberturas de Daños Materiales y Robo......48
Artículo 4. Contratación a distancia................................................................. 16 Artículo 24.1. Comunes a Todas las Coberturas de Daños Materiales y Robo.. 48
Artículo 5. Ámbito territorial del seguro.......................................................... 17 Artículo 24.2. Prestaciones Especiales para Incendio y Otros Daños
Artículo 6. Comunicaciones Generales.............................................................. 17 (Vivienda y Mobiliario)................................................................................ 51
Artículo 24.3. Prestaciones Especiales de Daños por Agua (Vivienda)........ 52
Obligaciones de las partes........................................................................... 18 Artículo 24.4. Prestaciones Especiales de Roturas (Mobiliario) ��������������������� 53
Artículo 24.5. Prestaciones Especiales de Robo (Vivienda, Mobiliario y
Artículo 7. Declaraciones para la contratación................................................. 18 Joyas)...........................................................................................................53
Artículo 8. Importe, Pago de la Prima y Efectos del Impago............................. 19 Artículo 25. Cobertura Ampliada a Todo Riesgo Accidental 250 �������������������� 55
Artículo 9. Forma de Pago................................................................................ 21 Artículo 26. Cobertura de Asistencia en el Hogar............................................ 57
Artículo 10. Actuación en caso de siniestro...................................................... 22 Artículo 26.1. Garantías y Prestaciones Asistencia Hogar Básica ������������������� 57
Artículo 11. Revalorización y actualización de las sumas aseguradas.............. 26 Artículo 26.2. Garantías y Prestaciones Asistencia Hogar Serviplus................ 59
Artículo 12. Prestación de servicios.................................................................. 27 Artículo 26.3. Garantías y Prestaciones Asistencia Hogar Digitotal ���������������� 66
Artículo 13. Hechos no asegurados.................................................................. 28 Artículo 27. Responsabilidad Civil................................................................... 77
Artículo 14. Prescripción y jurisdicción............................................................ 28 Artículo 28. Seguro de Defensa Jurídica.......................................................... 84
Artículo 15. Reclamaciones.............................................................................. 29
Condiciones Especiales.............................................................................. 90
Bienes y Valores Asegurados...................................................................... 29
Cláusula V1. Bienes afectos al pago de hipotecas, prendas o créditos
Artículo 16. Vivienda (Continente)................................................................... 30 privilegiados.....................................................................................90
Artículo 17. Mobiliario (Contenido) . ............................................................... 31 Cláusula V2. Sumas Aseguradas a Primer Riesgo............................................ 91
Artículo 18. Objetos de Especial Valor.............................................................. 33 Cláusula V3. Propietarios de Vivienda en Régimen de Alquiler ���������������������� 92
VERTI ASEGURADORA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
C/María Tubau, 10 - 28050 Madrid – R.M. Madrid, Hoja M-435816, T 24248, F 30, – N.I.F.: A-85078301 –N.I.F. R.O.I.: ESA - 85078301. Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022
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Cláusula V4. Usuarios de Viviendas en Régimen de Alquiler......................... 100
Cláusula V5. Viviendas Secundarias o de Temporada.................................... 100
Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros
de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros
con coberturas combinadas de daños a personas y en bienes
y de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles................102
Resumen de las normas legales............................................................... 103
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros........ 107
VERTI ASEGURADORA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
C/María Tubau, 10 - 28050 Madrid – R.M. Madrid, Hoja M-435816, T 24248, F 30, – N.I.F.: A-85078301 –N.I.F. R.O.I.: ESA - 85078301. Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022
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Resumen de Coberturas
OBLIGATORIAS OPCIONALES
RESPONSABILIDAD CIVIL
Sumas Asegurables/Límites (€): 60.000, 150.000 o
300.000
DEFENSA JURÍDICA
ASISTENCIA EN EL HOGAR
Asistencias asegurables: Básica S
ASISTENCIA EN EL HOGAR RESTAURACIÓN ESTÉTICA
Asistencias asegurables: Básica, Serviplus o Digitotal Sumas asegurables (€): 600, 1.500 o 3.000
DAÑOS MATERIALES Y ROBO (vivienda y mobiliario) JOYAS Y DINERO
Incendio y otros daños
Daños por agua OBJETOS DE ESPECIAL VALOR
Roturas
Robo en el interior de la vivienda M
RESTAURACIÓN ESTÉTICA TODO RIESGO ACCIDENTAL 250
Sumas asegurables (€): 600, 1.500 o 3.000
JOYAS Y DINERO
AMPLIACIÓN DE DAÑOS MATERIALES Y ROBO
Para todas las coberturas OBJETOS DE ESPECIAL VALOR
Para incendio y otros daños
Para daños por agua
Para roturas
Para robo: en la vivienda o en el exterior L
8 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 9
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 50/80, de 8 de octubre, Artículo 1. Definiciones
de Contrato de Seguro (BOE 17/10/80) se destacan en letra negrita las cláusulas
limitativas de los derechos de los asegurados contenidas en las Condiciones A los efectos de esta póliza se entenderá por:
Generales de la póliza.
Aseguradora
Introducción VERTI Aseguradora, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., entidad emisora
de esta póliza que en su condición de Asegurador y con sujeción a los términos
El presente contrato se rige por lo establecido en las Condiciones Generales, de la Ley y de este contrato, asume el pago de los siniestros derivados de los
Particulares y Especiales, sus Anexos y sus Suplementos, el Certificado bienes, coberturas y garantías aseguradas.
individual del Seguro, en su caso, y, salvo pacto en contrario que resulte más
beneficioso para el asegurado, por la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/ 1980, Tomador del seguro
de 8 de Octubre),la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Persona que suscribe este contrato con la Aseguradora y a quien corresponden
Aseguradoras y reasegurados (Ley 20/2015, de 14 de julio) y sus normas las obligaciones que se deriven del mismo, salvo aquéllas que correspondan
reglamentarias de desarrollo. expresamente al asegurado.
La Aseguradora se halla sometida en su actividad aseguradora a la supervisión Asegurado
de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. La persona designada a tal efecto en las Condiciones Particulares, titular del
interés expuesto al riesgo a quien corresponden, en todo caso, los derechos
Si el contenido del contrato difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas derivados de este contrato. Tendrán también la misma consideración, siempre
acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la Aseguradora en el plazo y cuando convivan con él, las siguientes personas:
de un mes, a contar desde la entrega del mismo, para que subsane la divergencia
existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo • Su cónyuge o pareja de hecho.
dispuesto en la póliza.
• Los hijos de ambos o de cualquiera de ellos que dependan
El tomador del seguro, mediante la firma de las Condiciones Particulares del económicamente del asegurado.
seguro, acepta específicamente las cláusulas limitativas de los derechos del
asegurado que se resaltan en letra “negrita” en estas Condiciones Generales. • Las personas que estén o hayan estado bajo la tutela legal o guarda de
ambos o de cualquiera de ellos.
La póliza del contrato se redactará a elección del tomador, en cualquiera de las
lenguas españolas oficiales en el lugar donde aquélla se formalice. Si el tomador • Los ascendientes de la pareja que estén a su cargo.
lo solicita, deberá redactarse en otra lengua distinta, de conformidad con la
Directiva 92/1996, del Consejo de la Unión Europea, de 10 de noviembre de Se entenderá que se da la circunstancia de dependencia económica, tutela legal
1992. o guarda y/o situación de ascendientes a cargo del asegurado y su cónyuge
o pareja de hecho, en los tres supuestos anteriores, cuando dichas personas
10 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 11
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reúnan los requisitos previstos (a efectos de deducciones) en el Impuesto sobre A efectos de la cobertura de Responsabilidad Civil será considerado como un solo
la Renta de las Personas Físicas. siniestro el conjunto de reclamaciones por uno o varios daños, originados por
la misma o igual causa. Se considerará como fecha de ocurrencia del siniestro el
La Aseguradora podrá requerir que se acredite documentalmente la momento en que se produjo el primero de los daños.
convivencia de dichas personas con el asegurado y, cuando corresponda,
también la dependencia económica. Límite por anualidad o período de seguro
La cantidad máxima a cargo del Asegurador por cada período de seguro, con
Cuando en lo sucesivo se utilice el término “asegurado”, ha de entenderse independencia de que sea consumido en uno o varios siniestros, entendiendo
referido a todas y cada una de las personas comprendidas en este apartado. por período de seguro el comprendido entre su fecha de efecto y de vencimiento,
expresadas en las Condiciones Particulares o en el período anual establecido en
Beneficiario el último recibo de primas.
Persona a quien el tomador del seguro, o en su caso el asegurado, reconoce el
derecho a percibir, en la cuantía que corresponda, la indemnización derivada Carencia
de este contrato. Número de días que deben transcurrir desde la entrada en vigor del seguro o
de las garantías contratadas hasta el comienzo efectivo de la cobertura de los
Tercero riesgos, no siendo indemnizable bajo esta póliza los siniestros que se produzcan
Cualquier persona, física o jurídica, distinta del asegurado o del tomador del en este período.
seguro. No se consideran terceros, a efectos de este contrato, las personas
que convivan con el tomador, ni los familiares hasta el tercer grado de Póliza
consanguinidad o afinidad de éste o del asegurado, sin perjuicio de que estos El documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro. Forman
familiares sí se considerarán Terceros respecto a la Cobertura de Responsabilidad parte integrante de la póliza: las Condiciones Generales, las Particulares que
Civil cuando el siniestro se derive de Incendio o Daños causados por Agua, individualizan el riesgo, las Especiales y los Suplementos que se emitan a la
y produzca daños a viviendas colindantes cuyo propietario o inquilino sea el misma para complementarla o modificarla.
familiar del asegurado. Para el caso de Daños por Agua, la causa del siniestro
debe ser una fuga de agua, o el desajuste de grifos y llaves de paso. Prima
Es el precio del seguro a satisfacer por el tomador al Asegurador para que éste
Suma Asegurada asuma el riesgo objeto de la cobertura del seguro, y en el que se incluyen los
Es la cantidad máxima de la indemnización establecida en las Condiciones tributos y recargos repercutibles en el tomador del seguro.
Particulares o, en su caso, en las Generales del seguro, que pagará la Aseguradora
por cada siniestro amparado por la póliza. Franquicia
Cantidad o porcentaje pactado en las Condiciones Particulares de la póliza que
Siniestro el asegurado asume a su cargo en caso de siniestro.
Hecho cuyas consecuencias dañosas están cubiertas por la póliza. El conjunto de
los daños derivados de un mismo evento constituye un solo siniestro.
12 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 13
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Robo la penetración y el fuego, y que esté empotrada y recibida de obra en la pared o
Apoderamiento por terceros de los bienes asegurados ejerciendo fuerza sobre sujeta al suelo por medio de anclajes o que, en ausencia de tales anclajes, tenga
las cosas o violencia o intimidación contra las personas. un peso mínimo de 100 kilos.
Hurto Regla proporcional
Apoderamiento por terceros de los bienes asegurados sin empleo de fuerza Cuando exista infraseguro la indemnización, en caso de siniestro, se reducirá
sobre las cosas o violencia o intimidación contra las personas. proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiere
aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo.
Apropiación indebida
Apoderamiento por terceros de bienes asegurados que hayan recibido en Valor real
depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca la obligación Valor de los bienes cuantificados por su valor a nuevo, deduciendo la
de entregarlos o devolverlos. depreciación por antigüedad, uso u obsolescencia.
Sistema electrónico de seguridad Valor total
Aquél que protege, al menos, las ventanas y puertas de acceso y zonas de paso Valor de los bienes asegurados como valor de reposición a nuevo, valor real o
del interior de la vivienda. Para que pueda considerarse como tal, a efectos del contable.
seguro, el sistema debe reunir como mínimo los siguientes requisitos:
Primer riesgo
• Estar conectado a una central de alarma autorizada y que ésta se Modo de aseguramiento por el que la entidad Aseguradora renuncia a aplicar
responsabilice del mantenimiento y control de la misma. Si tal contrato la regla proporcional y se obliga a pagar en caso de siniestro el importe total de
estuviera en suspenso o cancelado, por causas imputables al tomador del los daños, hasta el límite de la Suma asegurada.
seguro o al asegurado, se considerará incumplido este requisito.
Bases de la póliza
• Disponer de un sistema, de baterías o análogo, que garantice el
funcionamiento de la instalación en caso de fallos en el suministro Artículo 2. Objeto del seguro
eléctrico.
La Aseguradora cubre, respecto de los riesgos derivados del uso de la vivienda,
• Contar con sistemas o dispositivos que detecten los intentos las prestaciones correspondientes a cada una de las coberturas del seguro
malintencionados de bloqueo o desconexión de la instalación. cuya inclusión figure expresamente recogida en las Condiciones Generales y
Particulares de la póliza.
Caja fuerte de seguridad
Aquélla que como elemento de cierre disponga de cerradura de seguridad y Artículo 3: Efecto y extinción del contrato
combinación para el bloqueo de su apertura, cuyas paredes estén construidas
de acero templado u otro material que ofrezca análoga resistencia a la rotura, El seguro se estipula por el período señalado en las Condiciones Particulares del
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contrato y entrará en vigor en el día y hora indicados en las mismas, siempre de las circunstancias que configuran el riesgo.
que estén firmadas y la Aseguradora haya cobrado el primer recibo de prima.
El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un
Si se contrata por períodos renovables, se prorrogará automáticamente por propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un
períodos sucesivos de un año cada vez, salvo que alguna de las partes se plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de
oponga a la prórroga mediante notificación escrita a la otra, efectuada, como los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro.
mínimo, con un mes de anticipación al vencimiento del período en curso
cuando sea el tomador quien se oponga a la prórroga, y de dos meses de Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la
anticipación cuando sea la Aseguradora. fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza.
Ambas partes, de común acuerdo, podrán resolver el contrato después de la El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que
declaración de un siniestro. El tomador del seguro percibirá de la Aseguradora, permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en
en tal caso, la parte de la prima total satisfecha que corresponda al período Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento
comprendido entre la fecha de efecto de la resolución y la del vencimiento del del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora
seguro. reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho
importe, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato
Artículo 4: Contratación a distancia hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.
Se considera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su Artículo 5: Ámbito territorial del seguro
negociación y celebración se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación
a distancia, sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, Están cubiertos por el contrato de seguro los siniestros acaecidos en España y
consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos u que afecten a riesgos situados en ella.
otros similares.
Artículo 6: Comunicaciones Generales
La fecha de efecto, quedará reflejada en las Condiciones Particulares de la
póliza. Todas las comunicaciones entre el tomador, asegurado, propietario o beneficiario
y la Aseguradora por razón del contrato de seguro, sólo se considerarán válidas
El contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por si se realizan a la Aseguradora, además de por escrito, en el teléfono o en la
escrito. dirección de correo electrónico de la Aseguradora, o a través de la Oficina
de Internet de la Aseguradora, así como, respecto de aquéllos, además de
La Aseguradora está obligada a entregar al tomador del seguro la póliza. El por escrito, en el teléfono o dirección de correo postal, dirección de correo
tomador deberá devolver a la Aseguradora, en el plazo de 15 días a contar electrónico facilitados por el tomador en la póliza, ya sea al contratar la misma o
desde su recepción, un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares en un momento posterior, o a través de la Oficina de Internet de la Aseguradora.
de la póliza, así como la documentación acreditativa y solicitada, si la hubiera,
16 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 17
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Las partes se autorizan mutuamente a grabar las conversaciones telefónicas Cuando la Aseguradora no hubiera requerido cumplimentar por escrito un
que se mantengan a tales efectos. cuestionario, habiéndose realizado verbalmente o de otro modo, surtirán el
mismo efecto los datos que, respecto de los bienes asegurados, haya declarado
Cuando las comunicaciones de la Aseguradora se realicen por escrito, se el tomador y figuren en las Condiciones Particulares.
enviarán al último domicilio o dirección de correo electrónico facilitado por el
tomador; las efectuadas por el tomador del seguro a la Aseguradora deberán Si el tomador del seguro incurriera en reserva o inexactitud en sus declaraciones
remitirse al domicilio social de ésta. sobre circunstancias por él conocidas que pudieran influir en la valoración del
riesgo, se aplicarán las reglas siguientes:
El tomador del seguro deberá comunicar a la Aseguradora, tan pronto como
sea posible, el cambio de domicilio, teléfono o correo electrónico. a. La Aseguradora podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida
al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la
Para realizar cualquier consulta, modificación o gestión relacionada con la reserva o inexactitud. Corresponderán a la Aseguradora, salvo que concurra
póliza, el tomador o los asegurados deberán facilitar a la Aseguradora los datos dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período de seguro en
de identificación que, por motivos de seguridad, se les soliciten. curso en el momento en que haga esta declaración.
b. Si el siniestro sobreviene antes de que la Aseguradora efectúe dicha
Obligaciones de las partes declaración, la indemnización se reducirá proporcionalmente a la diferencia
entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la
Artículo 7. Declaraciones para la contratación verdadera entidad del riesgo.
La presente póliza se concierta con base en las declaraciones formuladas por el La variación de las circunstancias de riesgo declaradas debe ser comunicada a la
tomador del seguro que determinan la aceptación del riesgo por la Aseguradora Aseguradora cuando determinen una agravación de las mismas. Se consideran
y el cálculo de la prima correspondiente. circunstancias de riesgo las que figuran en las Condiciones Particulares y,
especialmente, las indicadas anteriormente.
El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de
declarar a la Aseguradora, de acuerdo con el cuestionario a que ésta le someta, Artículo 8: Importe, Pago de la Prima y Efectos del Impago
todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del
riesgo, como son las características constructivas de la vivienda descrita en las El tomador del seguro está obligado al pago de la prima de acuerdo con las
Condiciones Particulares, su estado de mantenimiento, antigüedad, ubicación, Condiciones Generales y Particulares de la póliza. En ausencia de pacto respecto
régimen y uso al que se destina, así como las medidas de protección de las que del lugar de pago, la Aseguradora presentará los recibos en el último domicilio
dispone y el adecuado mantenimiento y permanente estado de funcionamiento que el tomador le haya notificado.
de las mismas, que son las bases sobre las que la Aseguradora otorga la
cobertura. PRIMA INICIAL
La prima inicial es la que se fija en las Condiciones Particulares y corresponde al
18 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 19
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período inicial de cobertura señalado en las mismas. tomador pagó la prima.
Si por culpa del tomador del seguro la prima no ha sido pagada una vez firmado Artículo 9: Forma de Pago
el contrato o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, la Aseguradora
tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en Las primas se harán efectivas por el sistema de domiciliación bancaria, o
vía ejecutiva. cualquier otro medio que ambas partes admitan expresamente de común
acuerdo y que se reflejará en las Condiciones Particulares de la póliza.
Salvo pacto expreso en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que
se produzca el siniestro, la Aseguradora quedará liberada de su obligación. El tomador del seguro no podrá solicitar la devolución de los recibos de prima
siguientes, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre,
PRIMAS SUCESIVAS de servicios de pago, si la Aseguradora le hubiera informado del importe de la
Para el caso de prórroga tácita del contrato, la prima de los períodos sucesivos prima y de su vencimiento mediante el envío del oportuno aviso de renovación
será la que resulte de aplicar a la suma asegurada las tarifas de prima que, al menos con cuatro semanas de antelación a la fecha de cobro.
fundadas en criterios técnicos-actuariales, tenga establecidas en cada momento
la Aseguradora, teniendo en cuenta, además, las modificaciones de garantías Fraccionamiento del pago
o las causas de agravación o disminución del riesgo que se hubieran producido Podrá pactarse el fraccionamiento del pago de la prima anual, en los plazos
conforme a lo previsto en estas Condiciones Generales y el historial personal de y de acuerdo con las estipulaciones que se establezcan en las Condiciones
siniestralidad registrado en los períodos de seguro precedentes. Particulares de la póliza.
La Aseguradora, antes del vencimiento del contrato, comunicará al tomador Si el tomador del seguro no pagase uno de los recibos en que se hubiese
del seguro el importe de la prima y su vencimiento para cada período de la fraccionado el pago de la prima, la Aseguradora puede exigir al tomador el pago
cobertura. de todos los recibos pendientes de vencimiento, pago que habrá de hacerse
efectivo en el plazo máximo de los treinta días siguientes a aquél en el que el
La falta de pago de una de las primas sucesivas dará lugar a que la cobertura tomador recibió la notificación de la Aseguradora; de no producirse el pago,
quede suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si se produjera tendrá lugar la suspensión de todas las garantías, reservándose la Aseguradora
un siniestro durante el transcurso de ese mes, la Aseguradora podrá deducir el derecho a resolver el Contrato.
del importe a indemnizar el de la prima adeudada para el período en curso.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado precedente, y en tanto no se haya
Si la Aseguradora no reclama el pago pendiente de la prima dentro de los seis producido la suspensión de la cobertura, en caso de siniestro la Aseguradora
meses siguientes a su vencimiento, el contrato quedará extinguido de forma podrá deducir de la indemnización el importe de las fracciones de prima
automática. vencidas y no satisfechas por el tomador del seguro.
Si el contrato no hubiese sido resuelto o extinguido conforme a los párrafos Justificación del pago
anteriores, la cobertura volverá a tener efecto a las 24 horas del día en que el La Aseguradora queda obligada por los recibos librados por la Dirección,
20 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 21
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así como por los justificantes emitidos por la Entidad Bancaria en que haya En cualquier caso, el tomador del seguro y el asegurado no podrán negociar,
domiciliado el pago el tomador del seguro. admitir ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al
siniestro, salvo con autorización expresa de la Aseguradora.
Artículo 10: Actuación en caso de siniestro
e. En los casos de robo, hurto o Actos Vandálicos debe presentarse la
Al ocurrir un siniestro, el tomador del seguro o el asegurado están obligados a: correspondiente denuncia, en la cual debe hacerse referencia a la Aseguradora
y el número de póliza correspondiente a los bienes asegurados.
a. Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del
siniestro. El incumplimiento de este deber dará derecho a la Aseguradora f. La desaparición de las tarjetas de crédito debe notificarse a la entidad
a reducir su prestación en la proporción oportuna, teniendo en cuenta emisora con la mayor rapidez y, en todo caso, previamente a la comunicación
la importancia de los daños derivados del mismo y el grado de culpa del del siniestro a la Aseguradora.
asegurado; si se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o
engañar a la Aseguradora, ésta quedará liberada de la prestación derivada g. Notificar a la Aseguradora, cuando el siniestro afecte a la Cobertura de
del siniestro. Serán de cuenta de la Aseguradora los gastos que se originen por Robo, la posible recuperación de los bienes sustraídos. Si aparecieran antes
el cumplimiento de la citada obligación, siempre que sean proporcionados y de que transcurran 60 días desde que fueron robados, el asegurado, salvo
razonables para el cumplimiento de este deber. pacto en contrario, estará obligado a recibirlos y, en su caso, a devolver la
compensación percibida.
b. Comunicar el acaecimiento del siniestro a la Aseguradora dentro del plazo
máximo de 7 días desde que lo haya conocido, salvo que se fije uno más La Aseguradora, en los siniestros de daños o robo, deberá personarse en el
amplio en las Condiciones Particulares de la póliza. En caso de incumplimiento plazo más breve posible en el lugar del siniestro por medio de su perito
de esta obligación, la Aseguradora podrá reclamar los daños y perjuicios o representante, para dar principio a las operaciones de tasación y a las
causados por la falta de declaración del siniestro, salvo si se probase que comprobaciones oportunas sobre las causas y consecuencias del siniestro.
aquélla tuvo conocimiento de su ocurrencia por otro medio.
Si las partes, o bien el perjudicado y la Aseguradora, se pusiesen de acuerdo
c. Facilitar a la Aseguradora toda clase de informaciones sobre las en cualquier momento sobre el importe y la forma de la indemnización,
circunstancias y consecuencias del siniestro. El incumplimiento de este deber la Aseguradora deberá pagar la suma convenida o realizar las operaciones
de información dará lugar a la pérdida del derecho a la indemnización en el necesarias para reemplazar el objeto asegurado o dañado, si su naturaleza así
supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave. lo permitiera.
d. Prestar la necesaria colaboración para la correcta tramitación del Si no se lograse el acuerdo dentro de los cuarenta días siguientes a la declaración
siniestro, comunicando a la Aseguradora en el plazo más breve posible del siniestro por discrepancias acerca del importe y la forma de la indemnización,
cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 38 de la Ley de
conocimiento y esté relacionada con el siniestro. Contrato de Seguro.
22 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 23
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El mismo procedimiento se aplicará, por analogía, si existiera un desacuerdo las partes de manera inmediata y en forma indubitada, siendo vinculante
entre la Aseguradora y el asegurado respecto de las causas o circunstancias para éstas, salvo que se impugne judicialmente por alguna de las partes,
de los daños que implique discrepancia en cuanto a la cobertura o no del dentro del plazo de treinta días en el caso de la Aseguradora y ciento
siniestro, en todo aquello que no se refiera a la valoración de los daños o a la ochenta en el del asegurado, computándose ambos desde la fecha de
indemnización. su notificación. Si no se interpusiese en dichos plazos la correspondiente
acción, el dictamen pericial devendrá inatacable.
A estos efectos, las normas aplicables son las siguientes:
• Si el dictamen de los peritos fuese impugnado, la Aseguradora deberá
• Cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación abonar, en caso de que la discrepancia fuera sobre el importe y la forma
de éstos. de la indemnización, el importe mínimo de lo que pueda deber según las
circunstancias que conozca, y si no lo fuera, abonará, si se determina en
• Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a éste la cobertura del siniestro, en un plazo de cinco días el importe de la
realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la indemnización señalada por los peritos.
que hubiera designado el suyo; de no hacerlo en este plazo, se entenderá
que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando • Si la Aseguradora demorase el pago de la indemnización devenida
vinculado por el mismo. Esta cláusula no será aplicable si la discrepancia inatacable y el asegurado se viera obligado a reclamarla judicialmente,
versa sobre la causa del siniestro, sin perjuicio de que, si el asegurado la indemnización correspondiente se verá incrementada con el interés
acepta someterse al procedimiento pericial contradictorio, y para ello moratorio establecido en la Ley, que empezará a devengarse desde que la
designa un perito por su parte, serán de aplicación las siguientes reglas. valoración devino inatacable para la Aseguradora y, en todo caso, con el
importe de los gastos originados al asegurado por el proceso.
Si los peritos llegan a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en
la que se harán constar las causas del siniestro, así como, en su caso, • Cada parte satisfará los honorarios de su perito. Los del perito tercero y
la valoración de los daños, las demás circunstancias que influyan en la demás gastos que ocasione la tasación pericial serán de cuenta y cargo por
determinación de la indemnización y la propuesta del importe líquido de mitad del asegurado y de la Aseguradora. No obstante, si cualesquiera de
ésta. las partes hubieran hecho necesaria la peritación por haber mantenido
una valoración del daño manifiestamente desproporcionada, será ella la
• Cuando no haya acuerdo entre los peritos, ambas partes designarán única responsable de dichos gastos.
un tercer perito de conformidad. De no existir esta, se podrá promover
expediente en la forma prevista en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria o • La Aseguradora y los peritos tendrán derecho a penetrar en las propiedades
en la legislación notarial. En este caso el dictamen pericial se emitirá en el en que haya ocurrido el siniestro, comprobar libros y documentos y
plazo que señalen las partes o, en su defecto, en el de treinta días a partir aquélla podrá adoptar cuantas medidas sean razonables en defensa de
de la aceptación de su nombramiento por el perito tercero. sus intereses.
• El dictamen de los peritos, por unanimidad o por mayoría, se notificará a • La Aseguradora está obligada a satisfacer la indemnización al término de
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las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia se realizará aplicando el porcentaje de variación que resulte de comparar el
del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del último índice conocido en la fecha de la notificación de las primas para el nuevo
mismo. En cualquier supuesto, la Aseguradora deberá efectuar, dentro de periodo con el aplicado en la anualidad anterior, sin que dicha aplicación pueda
los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el producir una disminución de las sumas aseguradas o de las primas.
pago del importe mínimo de lo que pueda deber según las circunstancias
por ella conocidas. La actualización se llevará a cabo en periodos sucesivos aplicando el índice
pactado exclusivamente sobre las sumas aseguradas para la vivienda, el
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, la mobiliario, las joyas y los objetos de especial valor.
Aseguradora podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o
reposición del objeto siniestrado. Artículo 12: Prestación de servicios
Si en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro, la Aseguradora La Aseguradora asume en este contrato la prestación de los servicios derivados
no hubiere realizado la reparación del daño o indemnizado su importe en de las coberturas de «Asistencia», así como de la garantía de Ampliación
metálico por causa no justificada o que le fuere imputable, la indemnización se de Coberturas de Daños Materiales y Robo, para cuya realización serán de
incrementará con el interés moratorio establecido en la Ley. aplicación los siguientes criterios:
• Cuando en las Condiciones Particulares se haya pactado alguna • La Aseguradora no se responsabiliza de la prestación directa de los
franquicia, la Aseguradora asumirá el pago de los siniestros en exceso servicios en caso de fuerza mayor o cuando por situaciones imprevisibles
de la misma y hasta el límite de la suma asegurada. Si la Aseguradora o de estacionalidad, o por contingencias de carácter climatológico o
hubiera realizado la reparación de los daños o sustituido los bienes atmosférico, se produzca una ocupación masiva, de carácter preferente,
siniestrados, presentará al asegurado, a tal efecto, el correspondiente de los profesionales y proveedores de la misma; ni tampoco cuando,
recibo de recobro o, previo consentimiento del mismo, efectuará un por causas ajenas a su voluntad, no existan profesionales disponibles en
cargo en la cuenta bancaria en la que se hubiera domiciliado el pago de la zona para prestar tales servicios. No obstante, en estos casos, queda
los recibos de primas o en la que éste designe a tal efecto. obligada a compensar los gastos que haya autorizado al asegurado para
que éste obtenga directamente las prestaciones objeto del seguro.
Artículo 11: Revalorización y actualización de las sumas aseguradas
• Tales servicios han de realizarse por profesionales o proveedores
La revalorización de las sumas aseguradas originará el correspondiente designados por la Aseguradora o aceptados expresamente por ésta,
incremento proporcional de las primas. Las franquicias y los límites establecidos salvo los casos previstos en estas Condiciones Generales o supuestos de
en las Condiciones Generales y/o Particulares de la póliza, sin embargo, no urgente necesidad, en caso contrario el asegurado tomará a su cargo la
sufrirán variación. mitad de los gastos generados por la prestación de los mismos.
La actualización de la prima en periodos sucesivos se pacta expresamente Artículo 13: Hechos no asegurados
que se hará en función del Índice de Precios de Consumo. Esta actualización
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Quedan excluidos de todas las coberturas y garantías de la póliza, además la interpretación o ejecución del presente contrato de seguro, el tomador
de las limitaciones específicas de cada una de ellas, los siguientes supuestos: del seguro, el asegurado, los beneficiarios y los terceros perjudicados o sus
derechohabientes, podrán formular reclamación o queja mediante escrito
• Provocación intencionada del siniestro por parte del asegurado. dirigido a la Oficina de Tramitación de Reclamaciones de Verti por escrito al
Apartado de Correos 61202, 28080 Madrid, o por medios electrónicos a través
• Conflictos armados (haya mediado o no declaración oficial de guerra). de la Web www.verti.es, de conformidad con el Reglamento Interno para la
resolución de quejas y reclamaciones Verti, que puede consultarse en la página
• Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos web www.verti.es, y las normas de actuación que lo resumen y se facilitan al
de Seguridad en tiempos de paz. tomador junto con este contrato.
• Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, La reclamación podrá realizarse en soporte papel o por medios informáticos,
rebelión, sedición, motines y tumultos populares. electrónicos o telemáticos, conforme a lo previsto en la legislación que les
resulte aplicable, y en el teléfono 900 814 640.
• Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
Desestimada dicha reclamación o queja o transcurrido el plazo de dos meses
• Los terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, huracanes, desde su presentación, el usuario podrá formular reclamación o queja ante
tempestades, erupciones volcánicas, las caídas de cuerpos siderales o el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de
aerolitos, movimientos sísmicos y, en general, los hechos que en virtud Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046, Madrid; página web: www.dgsfp.
de su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación mineco.es), a cuyo efecto, si lo solicita, pondremos a su disposición el formulario
como «catástrofe o calamidad Nacional». correspondiente.
Artículo 14: Prescripción y jurisdicción Sólo con la expresa conformidad de las partes, podrán someterse las diferencias
derivadas de la interpretación y cumplimiento de este contrato al juicio de
Las acciones que se derivan del contrato de seguro prescribirán en el término árbitros o de mediadores, de acuerdo con la legislación vigente.
de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas.
El presente contrato queda sometido a la jurisdicción española y, dentro de
ella, será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del Bienes y Valores Asegurados
mismo el del domicilio del asegurado.
Estará asegurada la vivienda descrita en las Condiciones Particulares, así como
Artículo 15: Reclamaciones el mobiliario, objetos de valor especial, joyas y dinero contenidos en la misma
(salvo que por pacto expreso no se asegure alguno de estos bienes) que sean
Conforme a la normativa establecida para la protección de los usuarios propiedad del asegurado o las personas que habitualmente convivan con él, o
de los servicios financieros, en el caso de que se suscite controversia en que las disfruten en usufructo o alquiler.
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Las viviendas de residencia secundaria, o de temporada, así como las explotadas calderas, calentadores, acumuladores, radiadores u otros de similares
en régimen de alquiler, deben ser aseguradas mediante las modalidades del características y funciones.
contrato previstas al efecto (V3. Cláusula de Propietarios de Vivienda en
Régimen de Alquiler, V4. Cláusula de Usuarios de Vivienda en Régimen de • Elementos fijos de decoración, tales como moquetas, parqué, persianas,
Alquiler, o V5.Cláusula de Viviendas Secundarias o de Temporada). toldos y similares, así como las instalaciones, aparatos o elementos de
seguridad. No obstante, las librerías y paramentos fijos de madera o de
Como residencia secundaria ha de entenderse la que, no siendo la vivienda materiales no constructivos, que se hubieran incorporado a la vivienda
habitual del asegurado, se destina a ser ocupada durante un periodo inferior a sobre las paredes originales, tendrán la consideración de mobiliario a
10 meses al año. efectos de este contrato.
Artículo 16: Vivienda (Continente) Para la valoración de la vivienda se tendrá en cuenta exclusivamente el coste de
su reconstrucción o reparación, con materiales similares o equivalentes cuando
Se considera como tal, a efectos del contrato, la vivienda declarada como no fuera posible utilizar los mismos, sin considerar la repercusión del solar e
habitual en las Condiciones Particulares de la póliza, por encontrarse en ella independientemente del valor comercial que pudiera tener la misma.
empadronados los asegurados, así como las construcciones o instalaciones que
se indican a continuación, siempre que sean para uso privativo y doméstico del También estará asegurada, cuando la vivienda forme parte de una comunidad de
asegurado, y presten servicio exclusivamente a dicha vivienda: propietarios, la cuota proporcional que corresponda al asegurado en función de
su porcentaje de copropiedad en la misma. No obstante, la efectividad de esta
• Trasteros y garajes, situados en el mismo edificio de la vivienda o adosados cobertura queda subordinada a que, una vez producido el daño amparado por
a la misma. este contrato, los órganos de gobierno de la comunidad acuerden formalmente
una cuota extraordinaria para cubrir los gastos de reparación y giren los
Se considera garaje el local o recinto individualmente cerrado y aislado correspondientes recibos nominales al efecto.
destinado al estacionamiento de vehículos. Se considera además como
tal, la plaza de aparcamiento situada en locales comunitarios, siempre Artículo 17: Mobiliario (Contenido)
que la misma esté individualmente cerrada y aislada dentro de dicho local.
Constituido, a efectos del contrato, por los muebles, así como por librerías
• Piscinas e instalaciones recreativas o deportivas, arbolado, jardines, y otros paramentos fijos de madera o de materiales no constructivos que se
construcciones auxiliares, vallas y muros de cerramiento o de contención, hubieran incorporado a la vivienda sobre las paredes originales, y por los enseres
situados en la parcela donde se ubique la vivienda unifamiliar asegurada. que estén en la vivienda descrita en las Condiciones Particulares del seguro. Su
valoración ha de realizarse en función de su coste de reposición o sustitución por
• Instalaciones fijas de agua y gas, de energía eléctrica y solar o similares, otros nuevos de características y prestaciones equivalentes, salvo en aquellos
de calefacción y refrigeración o climatización, de imagen o sonido, las bienes para los que en este contrato se establezca un criterio de valoración
antenas fijas de televisión o radio, así como los aparatos o elementos fijos distinto. Los bienes que se citan a continuación no estarán asegurados salvo
necesarios para el funcionamiento de dichas instalaciones, tales como que se pacte expresamente en las Condiciones Particulares:
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• Efectos de comercio, billetes de lotería, sellos de correo, timbres y efectos hasta un máximo de 1.500 Euros por siniestro, siempre y cuando los
timbrados, valores mobiliarios, títulos, escrituras y, en general, cualquier bienes se encuentren dentro de la vivienda descrita en Condiciones
otro tipo de bienes, de carácter similar, en los que el valor de comercio Particulares, con independencia de que los propietarios sean uno o
sea diferente de su valor intrínseco. No obstante, sí estarán asegurados, varios.
en los términos establecidos en estas Condiciones Generales, cuando
formen parte de una colección y, en cualquier caso, cuando se trate de Artículo 18: Objetos de especial valor
compensar los gastos incurridos para la reobtención de los mismos.
Se consideran como tales a los bienes y objetos que se declaran a continuación
• Animales de cualquier clase. y estarán aseguradas sólo para las garantías de incendio y robo, salvo pacto en
contrario, hasta un máximo de 3.000 Euros por objeto:
• Vehículos a motor y embarcaciones de recreo.
• Obras y piezas de arte (cuadros, antigüedades).
Salvo pacto en contrario serán de aplicación los siguientes criterios y límites:
• Cuberterías, marcos, candelabros y otros objetos compuestos en todo o
• Bienes para uso profesional: en parte con metales preciosos como oro y/o plata, platino que no tenga
Estarán asegurados hasta un máximo del 25 por 100 de la suma la consideración de joyas por no destinarse a ornato personal.
asegurada para Mobiliario.
• Colecciones filatélicas, numismáticas o de libros, serán consideradas a
• Objetos en jardines, garajes y similares: efectos de valor unitario como un solo objeto los que formen parte de la
Estarán asegurados hasta un máximo de 300 euros por objeto, con misma colección.
límite de 1.500 euros por siniestro, los bienes depositados en:
• Incunables o manuscritos.
- Terrazas, jardines y porches, que estén debidamente cercados o
vallados, para uso privado de la vivienda asegurada. Las colecciones, así como los objetos de valor histórico o artístico, serán
valoradas en función de su precio en el correspondiente mercado especializado.
- Trasteros y garajes de la vivienda citada en las Condiciones
Particulares, siempre que tales recintos estén específicamente Artículo 19: Joyas y dinero
aislados y cerrados para uso exclusivo de la misma.
Se consideran cubiertos sólo para las garantías de incendio y robo conforme
• Propiedades de Terceras personas: a este apartado, siempre que estén en el interior de la vivienda descrita en las
Los bienes de personas distintas del tomador del seguro o asegurado – Condiciones Particulares:
incluidos los inquilinos en caso de que la vivienda esté en régimen de
alquiler – que no convivan habitualmente con éste, estarán cubiertos • Aquellos objetos y/o adornos de uso personal realizados en oro, plata,
platino, perlas o piedras preciosas de origen biológico o mineral, tanto si
están engastadas como si no.
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• Lingotes de metales preciosos. La suma asegurada para la totalidad de estos bienes será la que figure
expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza y tendrá tratamiento
• Aquellos objetos y/o adornos de uso personal realizados en materiales no de primer riesgo, siendo de aplicación, por tanto, el contenido de la cláusula
preciosos (bisutería). V2 Sumas Aseguradas a Primer riesgo.
El límite de indemnización por cada uno de estos bienes asegurados se Artículo 20: Criterios para la compensación de los daños
establece en un máximo de 3.000 euros por objeto, salvo pacto en contrario.
• Salvo pacto en contrario, se asegura el Continente o vivienda a valor total,
Si se declara la existencia de caja fuerte de seguridad destinada a contener siendo el alcance del seguro el 100% del valor de los bienes asegurados
los objetos descritos anteriormente, también estarán asegurados los que refiriéndose su valoración como valor de reposición o valor real, teniendo
pudieran encontrarse fuera de la misma. No obstante, la responsabilidad de en cuenta, exclusivamente el coste de su reconstrucción o reparación; y
la Aseguradora respecto a estos quedará limitada a un máximo del 25 por el Contenido o Mobiliario se asegura a valor de reposición o sustitución
100 de la suma asegurada para estos bienes que figure en las Condiciones por uno nuevo de características similares, salvo los objetos de especial
Particulares de la póliza, con un límite por siniestro de 6.000 euros. valor que se aseguran por el valor de mercado de arte especializado, y las
joyas que se aseguran a primer riesgo, todo ello hasta el límite de la suma
Siempre y cuando se haya contratado suma asegurada para joyas en asegurada pactada en cada caso.
Condiciones Particulares, se entenderán también amparados el dinero y las
tarjetas de crédito conforme a las siguientes condiciones: • La Aseguradora asumirá, en función de las coberturas y garantías
contratadas, la compensación de los daños sufridos y no estará obligada
• Dinero: a indemnizar o reparar por un coste superior al de la suma asegurada o,
Como dinero se entenderá tanto el efectivo como los cheques u otros en su caso, al del límite aplicable al bien dañado. No obstante, en ningún
medios de cobro o pago de carácter similar. caso será indemnizable la «ruina económica» ni el aumento de coste
que derive de la adaptación a leyes, reglamentos u ordenanzas que
El límite de indemnización con cargo a la Aseguradora será de 300 euros sean aplicables a raíz de un siniestro y que condicionen la reparación,
por siniestro para el conjunto de dinero en metálico, cheques y otros reposición, o reconstrucción de los bienes dañados.
medios de cobro o pago.
• Cuando el daño sea reparable, la obligación de la Aseguradora quedará
• Tarjetas de crédito: limitada a indemnizar el importe de tal reparación o, previo consentimiento
Se entenderán como tarjetas de crédito, además de éstas, las bancarias del asegurado, a efectuar la reparación del mismo.
y las de compra. El límite de indemnización con cargo a la Aseguradora
será, en caso de uso fraudulento de las mismas, de 600 euros por En los casos que proceda la reposición o sustitución de los bienes dañados,
siniestro. la Aseguradora asumirá también el importe de los gastos necesarios para
su reinstalación. No obstante, si el asegurado decidiera reparar un bien
dañado, habiendo cobrado de la Aseguradora el importe de su sustitución
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por uno nuevo, queda obligado a devolver a ésta la diferencia existente • Si, por el contrario, el valor de los bienes es inferior a la suma asegurada,
entre lo indemnizado y el coste de la reparación. cualquiera de las partes puede exigir su reducción y la Aseguradora queda
obligada a devolver el exceso de prima percibida. La Aseguradora, de
• No procederá la sustitución del bien dañado por otro nuevo, o la producirse un siniestro, sólo indemnizará el daño realmente sufrido por
reparación del mismo con cargo a la Aseguradora, cuando su depreciación el asegurado, sin que la existencia del sobreseguro determine una mayor
por antigüedad, uso u obsolescencia sea igual o superior al 75 por 100 de prestación.
su valor de reposición. La obligación de la Aseguradora queda limitada,
en tal caso, a indemnizar la pérdida realmente sufrida, deduciendo del Artículo 22: Restauración estética
valor de reposición el correspondiente porcentaje de depreciación. No
obstante siempre que no sea posible la reposición del bien dañado por Cuando en las Condiciones Particulares del seguro se haya pactado la inclusión
otro igual y la reposición suponga una mejora tecnológica que supere las de esta garantía, también estarán cubiertos, hasta el límite de pactado en
prestaciones del bien siniestrado, procederá reducir porcentualmente la las mismas, los gastos de reparación o reposición necesarios para conseguir
indemnización correspondiente a tal mejora. restaurar la coherencia estética que el bien dañado tenía antes de la ocurrencia
del siniestro.
Artículo 21: Suficiencia de la Sumas Aseguradas
Salvo pacto en contrario serán de aplicación los siguientes criterios de cobertura:
• Cuando el valor de reconstrucción de la vivienda o el de reposición o
sustitución del mobiliario u objetos de especial valor, sean superiores al a. No estarán asegurados los siguientes objetos y supuestos:
de sus respectivas sumas aseguradas, se entenderá que se ha producido
una situación de infraseguro. • Aparatos sanitarios y sus accesorios.
El cálculo de la suficiencia de las sumas aseguradas se efectuará • Joyas, bisutería y objetos de especial valor.
independientemente para la vivienda, Mobiliario y los Objetos de
Especial Valor, y no será admitida la compensación de capitales por la • Piscinas e instalaciones recreativas o deportivas, arbolado, plantas,
suma de los garantizados para ambos tipos de bienes asegurados. jardines y vallas o muros de contención y perimetrales que delimitan
el recinto donde se ubica la vivienda asegurada.
Si al ocurrir un siniestro se pusiera de manifiesto la existencia de un
infraseguro, la Aseguradora indemnizará el daño causado en la misma • Los menoscabos o daños que no se deriven de un siniestro amparado
proporción en que la suma asegurada cubra el valor de reconstrucción por las Coberturas de Daños Materiales, Robo y Todo Riesgo Accidental
de la vivienda o, en su caso, el de reposición o sustitución del mobiliario. 250.
La Aseguradora renuncia a la aplicación de la regla proporcional por
infraseguro cuando, el porcentaje de infraseguro sea igual o inferior al 25 • El descabalamiento o menoscabo de colecciones, bibliotecas y, en
por 100 del valor asegurado. No obstante, su responsabilidad en caso de general, de conjuntos o juegos de cualquier clase de bienes muebles.
siniestro nunca será superior al valor de la suma asegurada. No obstante, no serán considerados como juegos o conjuntos, a estos
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efectos, los que puedan formar los muebles propiamente dichos • Responsabilidad Civil
(tresillos, muebles de cocina, etc.).
• Defensa Jurídica
• El menoscabo resultante, después de la reparación o reposición
estética, en habitaciones o recintos que no hubieran sido afectados Condiciones generales de cada cobertura
de forma directa por un Siniestro amparado por las Coberturas de
Daños Materiales, Robo y Todo Riesgo Accidental 250. Artículo 23: Cobertura de daños materiales y robo
b. La Aseguradora indemnizará los gastos en que hubiera incurrido el Garantía y Prestaciones
asegurado de acuerdo con lo previsto en esta cláusula, siempre y cuando se Estarán aseguradas las garantías de Incendio y otros daños, Daños por Agua,
compruebe que se ha hecho efectiva la restauración estética del bien dañado. Roturas y Robo en los términos y con el alcance que se detalla a continuación.
Coberturas Asegurables Exclusiones de la cobertura
No serán objeto de cobertura, no obstante, los daños que se deriven de los
Las coberturas de seguro que pueden contratarse son las siguientes: siguientes supuestos:
• Daños Materiales y Robo • Pérdidas indirectas que no estén expresamente aseguradas.
- Incendio y Otros daños
- Daños por Agua • Los daños o pérdidas por defecto en los materiales utilizados, en la
- Roturas instalación o montaje de los mismos, los debidos a impericia o mala
- Robo praxis, y/o vicio propio de los bienes asegurados.
• Ampliación de las Coberturas de Daños Materiales y Robo • Daños materiales directos que sufran los bienes asegurados como
consecuencia de asentamientos o movimientos de tierra (hundimientos,
• Todo Riesgo Accidental 250 corrimientos o desprendimientos), salvo cuando estos eventos se
produzcan a consecuencia de un riesgo cubierto por la póliza.
• Restauración estética
• Fenómenos atmosféricos, meteorológicos, sísmicos o geológicos que no
• Asistencia en el Hogar se encuentren asegurados expresamente.
- Básica
- Serviplus • Los daños materiales que no sean producidos de forma súbita,
- Digitotal espontánea y accidental, quedando excluidos aquellos desperfectos que
se produzcan de forma paulatina, con independencia de si el asegurado
los conocía o no con anterioridad a la ocurrencia del siniestro.
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• Los siniestros cuya cobertura corresponde al «Consorcio de del riesgo asegurado en zona de valle o daños en el propio observatorio, se tendrá
Compensación de Seguros», aun cuando éste no admita la efectividad en cuenta a fin de acreditar su magnitud e intensidad real, las estimaciones
del derecho del asegurado por incumplimiento de alguna de las periciales con base en el alcance efectivo del daño o cualquier otro medio de
disposiciones legales que regulan su cobertura, o por haber sobrevenido prueba admitido en derecho.
el siniestro dentro del período de carencia que rige para este Organismo.
Para los fenómenos atmosféricos de pedrisco o granizo y nieve, quedan
La cobertura de estos riesgos extraordinarios es asumida por el Consorcio amparados los daños materiales directos que sufran los bienes asegurados,
de Compensación de Seguros conforme a su propia normativa; se incluye un con independencia de su intensidad, siempre que el origen del siniestro se
resumen de la misma al final de estas Condiciones Generales. corresponda con alguna de estas situaciones:
Artículo 23.1: Incendio y otros daños • Producidos por el impacto del pedrisco o el granizo.
Mediante esta garantía quedan cubiertos los daños que sufran los bienes • Sufridos por el exceso de peso producido por la acumulación de nieve.
asegurados a consecuencia de:
No obstante, no estarán cubiertos los daños:
a. INCENDIO, EXPLOSIÓN O IMPLOSIÓN, cualquiera que sea su causa y en
tanto resulte ajena a la voluntad del asegurado. • Que se deriven de su deterioro gradual, de defectos o falta de
mantenimiento y conservación de los bienes asegurados.
b. HUMO producido de forma súbita y accidental, incluso cuando provenga
del exterior de la vivienda. • Que se manifiesten en forma de goteras, filtraciones, humedades,
condensaciones u oxidaciones, producidas de forma paulatina.
c. Impacto directo del RAYO en la vivienda asegurada.
• Que sean causados por heladas, por congelación y, en general, por los
d. FENÓMENOS ATMOSFÉRICOS, consistentes en: VIENTO e IMPACTO DE acaecidos por las bajas o altas temperaturas.
OBJETOS proyectados por el mismo, LLUVIA, PEDRISCO o GRANIZO y NIEVE,
siempre que se registre una precipitación superior a 40 litros por metro • Que sufran las plantas, árboles, otros elementos del jardín,
cuadrado y hora, en el caso de LLUVIA; velocidades superiores a 80 Km/ cenadores y demás elementos que no estén realizados con materiales
hora, para VIENTO, y cualquiera que sea su intensidad, en los fenómenos constructivos que formen parte del Continente de la vivienda y, en
de PEDRISCO o GRANIZO y NIEVE. general, cualquier bien asegurado depositado al aire libre, aún
cuando estén protegidos por materiales flexibles, lonas o plásticos, o
La magnitud e intensidad de dichos fenómenos deberá acreditarse mediante se encuentren en el interior de construcciones abiertas.
certificado de la Agencia Estatal de Meteorología o de los medidores oficiales
pertenecientes a los Ministerios, Comunidades Autónomas o Entidades • Que sean consecuencia de la entrada de agua, arena, nieve o polvo a
Provinciales más cercanos. En caso de imposibilidad técnica, como la ubicación través de puertas, ventanas, y otras aberturas que hayan quedado sin
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cerrar o cuyo cierre fuese defectuoso. Quedan excluidos igualmente • Los daños causados por el inquilino u otros ocupantes (legales o
aquellos daños que se generen por corrientes internas de aire. ilegales) de la vivienda.
e. Daños materiales directos que sufran los bienes asegurados como • Los arañazos, raspaduras, desconchados y otros deterioros similares
consecuencia de ASENTAMIENTOS O MOVIMIENTOS DE TIERRA en superficies de cristales, lunas y espejos.
(hundimientos, corrimientos o desprendimientos) que tengan su causa en
obras de construcción o de reforma de construcciones ubicadas en el suelo • Los bienes muebles u objetos depositados en terrazas, porches,
o en el subsuelo, distintas de las realizadas en la vivienda asegurada o en jardines, garajes o plazas de aparcamiento que no estén
cualquier elemento, común o privativo, de la Comunidad de propietarios individualmente cerradas y aisladas, o, en general, al aire libre.
de la que ésta forme parte, siempre que provoquen daños sobre elementos
estructurales que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del • Desperfectos ocasionados debidos a pintadas en la fachada, puertas
edificio. Será requisito adicional e indispensable para la cobertura de estos o cerramientos exteriores de la vivienda asegurada.
eventos que la autoridad competente declare el desalojo del inmueble.
Para la tramitación de los siniestros de Actos Vandálicos por el Asegurador será
Se excluyen expresamente: imprescindible la interposición de denuncia por el asegurado ante la Autoridad
Judicial o Policía correspondiente.
• Los daños que deriven de asentamientos o movimientos de tierra
(hundimientos, corrimientos o desprendimientos) por causas Artículo 23.2: Daños por agua
distintas de las anteriormente descritas.
El objeto de esta garantía es reparar o indemnizar los daños por agua que
• Daños materiales que no comprometan la seguridad estructural del se produzcan en los bienes asegurados por derrames accidentales o fugas
edificio y no impliquen el desalojo de la construcción. procedentes de instalaciones y conducciones fijas, propias o de terceros, o de
aparatos electrodomésticos, e incluso los debidos a filtraciones, omisión del
• Los daños sufridos por los bienes durante su construcción o montaje. cierre de válvulas, grifos, o llaves de paso, o a su desajuste.
f. COLISIÓN O IMPACTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES O AERONAVES, así como Siempre que la vivienda esté asegurada bajo esta garantía, la Aseguradora
de las ondas sónicas y turbulencias producidas por éstas, y de cualquier otro también indemnizará los gastos en que fuese preciso incurrir para localizar la
objeto procedente del exterior, entendiendo como tal aquél que se encuentra avería y reponer o reparar el tramo de las conducciones dañadas que hayan
fuera del espacio privativo de la vivienda asegurada. originado el siniestro, a condición de que éstas sean fijas y privativas de la
vivienda asegurada. A tal efecto se entiende por conducciones privativas
g. ACTOS VANDÁLICOS, entendiendo como tales los realizados con ánimo aquellas que, partiendo del accesorio de unión, con exclusión de éste, de
doloso por terceros. la conducción general o comunitaria, sirven con exclusividad a la vivienda
asegurada y están situadas dentro de sus límites o espacio privativo.
Salvo pacto en contrario, no estarán asegurados a estos efectos:
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Salvo pacto en contrario no estarán asegurados los siguientes supuestos: concepto de «conducción privativa» se hará extensivo, por analogía, a las
conducciones generales de la comunidad de propietarios a la que pertenezca
• Los daños, filtraciones o goteras causados por fenómenos la misma.
meteorológicos, salvo que se deriven de fugas en las bajantes ocultas
de aguas pluviales, por la humedad ambiental o por la transmitida por Artículo 23.3: Roturas
el terreno o la cimentación, o por la crecida, desbordamiento o acción
paulatina de las aguas de mares, ríos, rías, lagos, embalses, canales y Mediante esta garantía quedan cubiertos los daños que, por rotura, sufran los
acequias o de redes de saneamiento o alcantarillado de carácter público. bienes asegurados siguientes:
• La reparación o ajuste de grifos, llaves de paso, elementos o aparatos VIVIENDA:
sanitarios y sus accesorios, calderas, calentadores, acumuladores,
radiadores, aire acondicionado y, en general, de cualquier aparato • Los fregaderos y aparatos sanitarios fijos. No tendrán la consideración
o elemento conectado a instalaciones fijas, así como de los de fregaderos o aparatos sanitarios fijos los elementos complementarios
electrodomésticos. de los mismos, como grifos o tapas, si no están fabricados con el mismo
material que estos.
• La localización y reparación de fugas o averías que no produzcan daños
directos en la vivienda o que, aun produciéndolos, tengan su origen • Los cristales, lunas, espejos, vidrieras, tragaluces, mamparas de poliéster
en los vasos de piscinas o estanques, pozos, fosas sépticas, redes de translúcido o material similar, así como las láminas de protección o
riego, sumideros, arquetas u otros elementos de la red horizontal de reforzamiento de los mismos instalados en ventanas, puertas, mamparas
saneamiento, o en canalones o bajantes de aguas pluviales. o, en general, fijados de forma inamovible a las paredes o techos. No
obstante, las encimeras, repisas, librerías y otros paramentos fijos que se
• Los gastos para desatascar, limpiar, reparar o sustituir tuberías, hubieran incorporado a la vivienda sobre las paredes originales tendrán
sumideros, arquetas y cualquier tipo de conducción o canalización que la consideración de Mobiliario.
se haya obturado o atascado.
MOBILIARIO:
• Los gastos de reparación de canalizaciones, tuberías o conducciones de
la vivienda que sufran congelación, corrosión o deterioro generalizado. • Cristales, lunas, espejos o vidrieras de los muebles y enseres que estén en
No obstante esta exclusión no será aplicable cuando se hayan contratado la vivienda descrita en las Condiciones Particulares del seguro.
la Ampliación de las Coberturas de Daños Materiales y Robo.
• Encimeras, repisas, librerías y otros paramentos fijos que se hubieran
• Los daños causados a joyas, bisutería, dinero y objetos de especial valor. incorporado a la vivienda sobre las paredes originales, fabricados en todo
o en parte en cristal o vidrio.
Cuando el siniestro afecte a la cobertura establecida para la cuota de
copropiedad del asegurado, y siempre que esté asegurada la vivienda, el Los arañazos, raspaduras, desconchados y otros deterioros similares en
44 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 45
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superficies y azogados no están asegurados. los objetos de especial valor, históricos o artísticos, joyas, dinero y tarjetas de
crédito.
La indemnización o reparación de los daños estará supeditada a que se haya
podido demostrar la existencia del siniestro mediante la presentación de restos, Como robo ha de entenderse, conforme a su tipificación legal, el apoderamiento
vestigios, fotografías o cualquier otra prueba que acredite la preexistencia del (por terceros) de los bienes asegurados ejerciendo fuerza sobre las cosas o
bien asegurado. violencia o intimidación contra las personas; en el hurto, por el contrario, no se
producen las circunstancias de fuerza en las cosas ni violencia o intimidación en
Salvo pacto en contrario no estará asegurada la rotura de: las personas.
• Marcos, molduras, objetos decorativos, lámparas, cristalerías, vajillas, No serán objeto de cobertura, no obstante, los siguientes supuestos:
menaje en general, pantallas y componentes de aparatos o instrumentos
de óptica, sonido, imagen, telefonía e informática; excepto cuando se • Las simples pérdidas o extravíos.
haya contratado la cobertura ampliada de “Todo Riesgo Accidental
250”. • La apropiación indebida de los bienes asegurados.
• Lentes y sus monturas. • Bienes que se encuentren fuera de la vivienda descrita en las
Condiciones Particulares, salvo en los casos previstos específicamente
• Acuarios y peceras. en estas Condiciones Generales.
• Joyas, bisutería, y objetos de especial valor, con independencia del • Siniestros en los que concurra negligencia grave del asegurado, del
material del que estén hechos. tomador del seguro, o de las personas que de ellos dependan o con
ellos convivan. Los empleados domésticos no se considerarán, a estos
Artículo 23.4: Robo efectos, como personas dependientes.
Estarán asegurados, en los términos y con los límites que se establecen Para la tramitación de los siniestros por hurto y robo será imprescindible la
a continuación, el ROBO, así como los DAÑOS derivados del mismo o de su interposición de denuncia por el asegurado ante la Autoridad Judicial o Policial
intento, del Mobiliario, objetos de especial valor, las joyas y el dinero, salvo correspondiente, en la cual debe hacerse referencia a la Aseguradora y al
que por pacto expreso no se contrate esta cobertura respecto a alguno de tales número de póliza bajo la que están asegurados los bienes.
bienes. También estarán cubiertos, cuando estuviera asegurada la vivienda,
el robo de elementos de la misma, así como los daños que pudiera sufrir a Además de las garantías aseguradas por esta cobertura, y siempre que resulte
consecuencia del robo o de su intento. necesario como consecuencia directa de un siniestro amparado por la misma, la
Aseguradora indemnizará o, en su caso, prestará directamente los servicios que
El HURTO estará asegurado hasta un máximo de 1.500 euros por siniestro. No corresponden respecto del supuesto de Gastos de ASISTENCIA SANITARIA, de
obstante, no estarán aseguradas, a estos efectos, las colecciones, así como
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carácter urgente, que puedan necesitar las personas amparadas por el seguro siniestro de 3.000 euros en cualquier caso.
con motivo de un robo con violencia o intimidación sobre las mismas.
INHABITABILIDAD DE LA VIVIENDA PARA REPARACION DE LOS DAÑOS
La responsabilidad de la Aseguradora queda limitada a un máximo de 150 (Vivienda)
euros por asegurado.
Cuando la vivienda estuviera habitada por el asegurado y fuera necesario
Artículo 24: Ampliación de las coberturas de daños materiales y robo desalojarla para proceder a la reparación de los daños, también estarán
asegurados:
Quedan cubiertas las siguientes prestaciones:
• El alojamiento provisional en establecimientos hoteleros, situados en el
Artículo 24.1: Comunes a todas las coberturas de daños materiales y robo mismo núcleo urbano o poblaciones adyacentes, durante un período
no superior a los diez días siguientes al de ocurrencia del siniestro; con
DESPLAZAMIENTO TEMPORAL DE LOS BIENES ASEGURADOS (Mobiliario y límite de 90 euros diarios por asegurado y hasta un máximo de 3.000
Joyas) euros por siniestro.
Cuando se haya contratado la Ampliación de Coberturas de Daños Materiales y Tal alojamiento se realizará, dentro de los límites indicados, en régimen
Robo, las coberturas y garantías aseguradas para el Mobiliario y Joyas también de pensión completa e incluirá los gastos de lavandería; cualquier otro
cubrirán los bienes asegurados trasladados temporalmente fuera de la vivienda gasto correrá por cuenta del asegurado.
descrita en las Condiciones Particulares.
• El alquiler de una vivienda provisional similar a la descrita en las
Los criterios aplicables serán los siguientes: Condiciones Particulares, cuando ésta estuviera asegurada, durante un
período máximo de un año, a contar desde la fecha del siniestro, y con
• Los bienes asegurados deben estar en hoteles o viviendas utilizadas por límite de 12.000 euros en cualquier caso.
el asegurado con motivo de un viaje o desplazamiento temporal de
duración no superior a tres meses. Cuando el asegurado no sea el propietario de la vivienda, la Aseguradora
únicamente compensará el mayor coste de alquiler que pueda suponer
• Estarán cubiertos, además, los daños que sufran los bienes asegurados el traslado a una vivienda provisional.
a causa de un accidente del vehículo que los transporte con ocasión
de la realización de tal viaje o desplazamiento. No obstante, no estará • Los gastos de traslado de los bienes asegurados, a una vivienda provisional
cubierta la desaparición de tales bienes cuando se deba a robo, hurto o o un guardamuebles dentro del mismo núcleo urbano o poblaciones
extravío de los mismos, durante dicho transporte. adyacentes, así como los gastos de estancia en éste durante un período
máximo de un mes y los subsiguientes traslados de retorno a la vivienda
La responsabilidad de la Aseguradora, para los siniestros de este tipo, queda asegurada y, en su caso, desde el guardamuebles a la vivienda provisional.
limitada al 10 por 100 de las respectivas sumas aseguradas, con límite por
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• Los daños que puedan sufrir los bienes asegurados durante su transporte • Los daños ocasionados en los bienes asegurados por las medidas
con motivo de los traslados inherentes al desalojo de la vivienda, así necesarias para extinguir, cortar o impedir un siniestro cubierto por este
como durante su estancia en el guardamuebles o la vivienda provisional, contrato, así como los gastos que ocasione la aplicación de tales medidas.
en las mismas condiciones de cobertura pactadas en este contrato. No
obstante, queda excluido el hurto o la simple desaparición de los bienes La Aseguradora asumirá la compensación de tales perjuicios, en ambos
durante su transporte y la estancia en el guardamuebles. casos, con límite conjunto de 6.000 euros por siniestro, cantidad que ha de
considerarse como complementaria e independiente de las restantes sumas
Si como consecuencia de un daño ocasionado en la cocina de la vivienda aseguradas.
asegurada ésta no puede utilizarse, la Aseguradora sustituirá temporalmente
la placa de la cocina y/o la lavadora cuando tales aparatos hubieran quedado Artículo 24.2: Prestaciones especiales para incendio y otros daños (Vivienda
inutilizables, durante un máximo de 10 días. El asegurado se compromete a y Mobiliario)
devolver los aparatos suministrados, en el mismo estado en que los recibió
de la Aseguradora o de los proveedores autorizados por la misma. En el caso Estarán cubiertos los siguientes supuestos:
que la Aseguradora no pueda prestar tal servicio, quedarían amparados los
gastos de restaurante y lavandería, durante un periodo no superior a los diez • INUNDACIONES cuya cobertura no corresponda al Consorcio de
días siguientes al de ocurrencia del siniestro; con un límite de 90 euros diarios Compensación de Seguros y que provengan del desbordamiento o desvío
y un máximo de 900 euros por siniestro. del curso normal de lagos sin salida natural, o de canales, acequias y
cualquier otro curso o cauce artificial de superficie.
REOBTENCIÓN DE DOCUMENTOS (Mobiliario)
No estarán cubiertos los daños y pérdidas ocurridas por el
Obtención de duplicados de títulos y valores, representativos de acciones, desbordamiento o rotura de presas o diques de contención, así como
obligaciones, fondos públicos o resguardos y pólizas bancarias, así como la los gastos necesarios para localizar, reparar o reponer las instalaciones
reobtención de documentos personales, tales como el Documento Nacional de causantes del daño.
Identidad, permiso de conducción, pasaporte y similares que hayan resultado
dañados como consecuencia de un siniestro amparado por la Cobertura de • Daños que sufra la INSTALACIÓN ELÉCTRICA, si estuviera asegurada la
Daños Materiales y Robo. vivienda, así como los aparatos o equipos a ella conectados, cuando
esté asegurado el Mobiliario, a consecuencia de corrientes anormales o
OTROS PERJUICIOS (Vivienda, Mobiliario y Objetos de valor especial) cortocircuitos en la red. No estarán asegurados, no obstante, los daños
que puedan sufrir tales aparatos o equipos como consecuencia de
También estarán amparados por el seguro: defectos de funcionamiento o cortocircuitos internos de los mismos.
• Los gastos de extinción y contención del siniestro, así como los de En estos casos, el asegurado deberá comunicar la incidencia eléctrica a
salvamento, desescombro y extracción de lodos de los bienes asegurados. la empresa suministradora y deberá entregar a la Aseguradora el parte
facilitado por la compañía eléctrica.
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• En la valoración de los daños en los aparatos o equipos eléctricos/ para ella se derivan de esta garantía.
electrónicos se tendrá en cuenta:
Artículo 24.4: Prestaciones especiales de roturas (Mobiliario)
- Su vida útil; correspondiendo una indemnización por el valor residual
si el aparato afectado ha superado el promedio de la vida útil previsto Quedan cubiertas las roturas de:
para el aparato que corresponda.
• Encimeras, repisas y muebles, o componentes de los mismos, fabricados
- Mejoras tecnológicas; siempre que no sea posible la reposición del bien en metacrilato, mármol, granito, piedra o minerales análogos.
dañado por otro de igual prestación y la reposición del mismo suponga
una mejora, procederá reducir porcentualmente la indemnización en • Placas de cocina fabricadas en materiales cerámicos vitrificados u otros
la cuantía correspondiente a tales mejoras. similares, con exclusión de sus mecanismos de funcionamiento, salvo
que éstos sean inseparables de la placa vitrocerámica.
• Pérdida total o daños en los ALIMENTOS DEPOSITADOS EN FRIGORÍFICOS
O CONGELADORES, cuando esté asegurado el Mobiliario, por falta La responsabilidad de la Aseguradora queda limitada, en cualquier caso, a un
accidental de suministro eléctrico en la vivienda, avería de los aparatos, o máximo de 1.500 euros por cada pieza individual dañada.
a causa de cualquier otro siniestro amparado por esta cobertura.
Artículo 24.5: Prestaciones especiales de robo (Vivienda, Mobiliario y Joyas)
La responsabilidad de la Aseguradora queda limitada a un máximo de
150 euros por siniestro y, asimismo, no serán indemnizables los daños Quedan cubiertos en función de los bienes asegurados, los siguientes supuestos:
cuando el período sin suministro eléctrico sea inferior a seis horas
consecutivas. ROBO EN LA VIVIENDA
Artículo 24.3: Prestaciones especiales de daños por agua (Vivienda) Sustitución, total o parcial, de las cerraduras y llaves de las puertas de acceso a
la vivienda:
La obligación de la Aseguradora queda limitada a reparar o sustituir tuberías,
de conducción o canalización en las que se produzca una fuga de agua como • Cuando se haya producido un robo y se estime necesaria esta medida
consecuencia de corrosión, congelación o deterioro generalizado de las para evitar otros sucesivos.
tuberías o conducciones de la vivienda, con un límite por siniestro de 600
euros. • Si alguno de los juegos de llaves ha sido robado, hurtado o extraviado y
resulta previsible el uso del mismo para acceder a la vivienda con ánimo
De producirse siniestros posteriores y no haberse efectuado las reparaciones doloso.
necesarias, se considerará que el asegurado ha incurrido en culpa grave y, por
tanto, la Aseguradora, conforme a lo previsto en estas Condiciones Generales
respecto a la agravación del riesgo, quedará desligada de las obligaciones que
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ROBO EN EL EXTERIOR • El dinero en efectivo será indemnizado hasta un máximo de 150 euros
por siniestro y para el conjunto de asegurados.
El robo y el hurto de los bienes asegurados que se produzca en el exterior de la
vivienda, en las condiciones que a continuación se especifican: • El cobro por terceros de cheques, letras, facturas u otros medios de
cobro o pago de carácter similar será compensado por la Aseguradora
En el caso de los hurtos y en el de los robos en los que únicamente se ejerza hasta un máximo, en cualquier caso, de 600 euros por siniestro.
fuerza sobre las cosas, la indemnización máxima a abonar por la Aseguradora
será de 200 euros por siniestro para el total de los bienes asegurados, con • El perjuicio económico derivado del uso fraudulento de tarjetas de
un límite de 150 euros para el dinero en metálico, siempre y cuando tenga crédito o mediante otro soporte físico de análogas finalidades que
contratados los bienes de Joyas y dinero, sin perjuicio de la aplicación del hubieran sido robadas, e incluso extraviadas, siempre que dicho
apartado Robo en la vivienda de esta cobertura en relación con la sustitución uso se hubiera producido en las 48 horas siguientes al de su robo o
de llaves y cerraduras del apartado anterior. extravío, se indemnizará con límite, en cualquier caso, de 600 euros
por siniestro.
En los supuestos de robo con violencia o intimidación en la persona del
asegurado, salvo pacto en contrario, serán de aplicación los siguientes criterios No serán objeto de cobertura las simples pérdidas o extravíos.
y límites:
Para la tramitación de los siniestros por hurto y robo por el Asegurador será
a. Ropa y Efectos Personales imprescindible la interposición de denuncia por el asegurado ante la Autoridad
Judicial o Policial correspondiente.
• Los bienes asegurados para este concepto serán indemnizables hasta
un máximo de 600 euros por siniestro aun cuando fueran varios los Además de las garantías aseguradas por esta cobertura, y siempre que resulte
asegurados afectados por el robo. necesario como consecuencia directa de un siniestro amparado por la misma, la
Aseguradora indemnizará o, en su caso, prestará directamente los servicios que
• La Aseguradora compensará los gastos de reobtención de los corresponden respecto del supuesto de Gastos de ASISTENCIA SANITARIA, de
documentos personales o de identificación, así como de las tarjetas de carácter urgente, que puedan necesitar las personas amparadas por el seguro
crédito u otros medios de pago que hubieran sido robados, con límite, con motivo de un robo con violencia o intimidación sobre las mismas.
en cualquier caso, de 150 euros por siniestro y para el conjunto de
asegurados. La responsabilidad de la Aseguradora queda limitada a un máximo de 150
euros por asegurado.
b. Joyas y Dinero
Artículo 25: Cobertura ampliada a todo riesgo accidental 250
• Las joyas serán indemnizables hasta un máximo de 600 euros por
siniestro, aun cuando pudieran ser varios los asegurados afectados por Garantías y Prestaciones
el robo. Cuando se haya pactado la contratación de esta cobertura, el seguro cubrirá
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también, además de los supuestos previstos en las Coberturas de Daños - Arañazos, raspaduras, desconchados, salpicaduras, derrames de
Materiales y Robo, lo siguiente: líquidos de cualquier clase o naturaleza, rayados…, salvo que se
deriven de otros daños de mayor entidad amparados por el seguro.
• CUALQUIER OTRA CAUSA DE CARÁCTER ACCIDENTAL que produzca daños
directos en los bienes asegurados, vivienda y mobiliario fijo (muebles, - Deterioro o desgaste inherente al uso de los bienes, o averías de
televisores, frigoríficos, lámparas, es decir, el mobiliario que no se suele tipo mecánico, eléctrico o electrónico en los mismos.
mover o trasladar de un sitio para otro) dentro de la vivienda asegurada.
- Daños a consecuencia de cualquier clase de contaminación.
No se consideran mobiliario fijo los equipos y soportes de audio,
fotográficos e informáticos, tales como teléfonos móviles, ipod, consolas, - Termitas, gusanos, polillas, o cualquier plaga de insectos.
portátiles, etc.
- Expropiación, confiscación, nacionalización, requisa o daños en los
Salvo pacto en contrario, no se indemnizará ningún siniestro cuya bienes asegurados por imperativo de cualquier gobierno o autoridad
cantidad fuese igual o inferior a 250 euros. Si la cantidad a indemnizar (de hecho o de derecho).
es superior, no se efectuará deducción por tal concepto.
- Los daños causados a joyas, bisutería, dinero y objetos de especial,
• Gastos de ASISTENCIA SANITARIA, de carácter urgente, que puedan salvo para las garantías de incendio y robo.
necesitar las personas aseguradas como consecuencia de accidentes
ocurridos en la vivienda. La responsabilidad de la Aseguradora, para Artículo 26: Cobertura de asistencia en el hogar
este tipo de gastos, queda limitada a un máximo de 150 euros por
asegurado. Artículo 26.1: Garantías y prestaciones asistencia hogar Básica
Como accidente ha de entenderse el que se produce de forma súbita La Aseguradora queda obligada, cuando se contrate esta cobertura, a prestar
(improvisto, repentino), casual (que no se puede prever ni evitar) y cuya los servicios derivados de la misma o, en su caso, a reembolsar al asegurado los
causa es ajena a la voluntad del asegurado. gastos, por ella autorizados, en que haya incurrido para obtener las prestaciones
que fueran a cargo de ésta.
Salvo pacto en contrario serán de aplicación los siguientes criterios:
SERVICIOS URGENTES
• Las garantías, prestaciones, límites y exclusiones establecidos en las
coberturas de Daños Materiales y Robo serán aplicables cuando el La Aseguradora asumirá, en los casos de incendio, explosión, inundación o
siniestro corresponda a alguno de los supuestos previstos en las mismas. robo amparados por la póliza, a instancias del asegurado, la prestación de los
siguientes servicios:
• No estarán garantizados por esta cobertura los daños que se deriven de
los siguientes supuestos: • Vigilancia y protección de la vivienda, por personal cualificado, cuando
ésta hubiera quedado desprotegida.
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El servicio se mantendrá mientras que la vivienda no alcance el nivel de quedado en el interior de la vivienda con motivo del bloqueo de la puerta
protección y seguridad que poseía con anterioridad al siniestro y como de acceso a la misma.
máximo durante los tres días siguientes al de inicio de la prestación.
• Cristalería
• Sustitución temporal de aparatos de televisión o vídeo cuando tales Rotura de cristales de ventanas o de cualquier superficie acristalada
aparatos hubieran quedado inutilizados, durante un máximo de 15 días, que forme parte del cerramiento de la vivienda, en tanto en cuanto tal
siguientes a la fecha en que éstos se hubieran depositado en la vivienda. rotura determine la falta de protección de la misma frente a fenómenos
meteorológicos o actos malintencionados de terceras personas.
El asegurado se compromete a devolver los aparatos, transcurrido el citado
plazo, en el mismo estado en que los recibió de la Aseguradora o de los • Electricidad
proveedores autorizados por la misma. Ausencia total de suministro de energía eléctrica en alguna de las fases de
la instalación de la vivienda, siempre que el origen de la avería se sitúe en
REPARACIONES, REFORMAS Y OTROS SERVICIOS el interior de la misma, o en alguna de sus dependencias.
En los supuestos no amparados por el resto de coberturas y para los servicios • Fontanería
correspondientes a las actividades de Cerrajería, Cristalería, Electricidad y Rotura de instalaciones fijas de la vivienda que produzcan daños, tanto en
Fontanería, la Aseguradora asumirá los costes de desplazamiento y las primeras los bienes del asegurado como en los de otras personas; las instalaciones
3 horas de mano de obra para los casos que requieran reparación urgente; el de propiedad comunitaria, o de otros terceros, no se considerarán como
asegurado deberá hacerse cargo del coste de los materiales empleados y, en pertenecientes a la vivienda, aun cuando puedan estar situadas en su
su caso, del exceso de tiempo de mano de obra que se pudiera producir. recinto.
Dichos trabajos y servicios deben referirse a la vivienda citada en las Condiciones Artículo 26.2: Garantías y prestaciones asistencia hogar Serviplus
Particulares y las personas que vivan en la misma.
Además de las garantías y prestaciones definidas en el artículo anterior,
El concepto de «urgencia» vendrá determinado por la necesidad de reparar la Asistencia Hogar Básica, la Aseguradora queda obligada, cuando se contrate
avería con carácter inmediato y subordinado a los siguientes criterios: esta cobertura, a prestar los servicios derivados de la misma o, en su caso, a
reembolsar al asegurado los gastos, por ella autorizados, en que haya incurrido
• Cerrajería para obtener las prestaciones que fueran a cargo de ésta.
Cualquier contingencia que impida el acceso del asegurado a la vivienda
y que haga necesaria la intervención de un cerrajero, o de servicios de ASISTENCIA FAMILIAR
emergencia, por no existir otras soluciones alternativas.
Si por prescripción facultativa y como consecuencia de un accidente ocurrido
También estarán cubiertos hasta un máximo de 600 Euros por siniestro, en la vivienda descrita en las Condiciones Particulares o en el inmueble donde
los gastos y daños derivados del salvamento de las personas que hubieran se ubica la misma, el asegurado resultara temporalmente incapacitado para
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realizar sus tareas domésticas o académicas habituales y necesitara atención dirección), fecha de emisión, concepto por el que se abona, importe abonado,
sanitaria a domicilio, ayuda doméstica o escolar, la Aseguradora garantiza y nombre y número de identificación del asegurado, o nóminas y alta del
la prestación de los servicios que se indican o el reembolso de los gastos trabajador en la Seguridad Social cuando exista una relación laboral entre
autorizados para obtenerlos: asegurado y la persona que presta el servicio.
• Personal Sanitario En aquellos casos en que ya exista una relación laboral entre el asegurado y
Fisioterapeutas, ayudantes técnicos sanitarios y auxiliares de clínica, la persona que presta el servicio en el momento de producirse el accidente
mientras el estado de salud del asegurado lo requiera, durante un que da lugar a esta prestación, sólo se abonarán las horas que exceden de las
máximo de tres meses y con límite de 3.000 euros y siempre que no habitualmente pactadas por las partes y que se acrediten como necesarias
pueda obtener esta prestación a través de cualquier otro seguro (público para el auxilio del asegurado accidentado.
o privado).
REPARACIONES, REFORMAS Y OTROS SERVICIOS
• Personal Doméstico
El necesario para auxiliarle en las labores de limpieza, así como los gastos En los supuestos no amparados por el resto de coberturas el asegurado podrá
de lavandería, a partir del décimo día del accidente y mientras su estado utilizar el Centro de Servicios de la Aseguradora, y ésta pondrá a su disposición
lo haga necesario, durante un máximo de tres meses y con límite por los profesionales idóneos para que le faciliten los presupuestos oportunos y, en
siniestro de 20 euros diarios y hasta un máximo, en cualquier caso, de su caso, realicen las obras o servicios solicitados, siendo a cargo del asegurado
1.500 euros por siniestro. el importe correspondiente a la ejecución de tales trabajos y servicios.
El asegurado podrá optar, no obstante, por recurrir a personas de su Los servicios que puede facilitar la Aseguradora corresponden a las siguientes
entorno; en tal caso, la Aseguradora abonará, dentro de los límites actividades:
citados en el párrafo anterior, los gastos justificados de viaje y estancia de
la persona que se desplace para auxiliarle. • Servicios de Inspección Técnica y Diagnosis de Edificios (IT+D)
• Agencia de viajes
• Personal Docente • Aire Acondicionado
El adecuado para impartir clases particulares de las asignaturas incluidas • Albañilería
en el Plan Oficial que reglamente los estudios del asegurado, a partir • Antenas de TV
del trigésimo día del accidente y mientras su estado lo haga necesario, • Barnizadores
durante un máximo de seis meses y con límite de 1.200 euros. • Calefacción
• Carpintería (madera y metálica)
Para el reembolso de gastos, el asegurado deberá presentar facturas en las • Desatascos
que figuren los datos del prestador del servicio (nombre o razón social, NIF, • Electrodomésticos de gama blanca
• Electrodomésticos de gama marrón
• Escayola
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• Limpieza en general • Instalación o sustitución de lámparas, apliques donde existan puntos de
• Marmolistas luz.
• Moquetas • Montaje de muebles kit, colocación de estanterías.
• Ordenadores • Instalación de cortinas, visillos, estores.
• Papeles pintados • Colocación / fijación de cuadros, espejos o figuras decorativas adosadas
• Parqué a paredes.
• Persianas • Sustitución de enchufes o interruptores de luz por otros diferentes (sin
• Pintura cambios de ubicación).
• Porteros automáticos • Puesta en marcha, conectividades y configuración del equipamiento
• Puertas blindadas tecnológico: TDT, DVD, Cámara Digital, Home Cinema, Video Digital,
• Reformas generales Ordenadores, TV y Vídeo Consolas.
• Rótulos
• Sistemas de alarmas y seguridad La Aseguradora garantiza la conexión con los profesionales adecuados en un
• Técnicos de gas plazo máximo de 2 días hábiles desde su solicitud por el tomador o el asegurado,
• Toldos y para la efectiva realización de los trabajos incluidos en el presente servicio,
• Vigilancia deberán acordar el asegurado y el profesional una cita para su ejecución, de
lunes a viernes no festivos, en horario de 9:00 a 19:00 horas.
Esta lista está abierta a posibles ampliaciones y, por tanto, pueden realizarse
consultas respecto a tipos de actividad no incluidos en la misma. El servicio incluye:
SERVICIO DE BRICOLAJE DEL HOGAR • Una intervención por anualidad de seguro.
En los supuestos no amparados por el resto de coberturas, la Aseguradora • Cada intervención incluye los gastos de desplazamiento y de las tres
asumirá el coste de desplazamiento y las primeras 3 horas de mano de obra primeras horas de mano de obra en la vivienda asegurada.
de un servicio de Bricolaje no urgente, en la vivienda asegurada. El asegurado
deberá hacerse cargo de los materiales empleados y, en su caso, del exceso de • El servicio se prestará exclusivamente para la vivienda asegurada que
tiempo de mano de obra que se pudiera producir. Los trabajos que conforman figure en las Condiciones Particulares de la póliza suscrita por el tomador.
el servicio de Bricolaje se concretan, exclusivamente, en los siguientes:
El servicio no incluye:
• Colocación de accesorios de baño y cocina.
• Cambios de mecanismo de cisterna. • El coste de los materiales empleados para la realización de los trabajos
• Sellado de juntas deterioradas de bañera. que conforman el servicio, que deberá asumir íntegramente el tomador
• Sustitución de grifos o instalación de uno nuevo donde exista toma de y/o el asegurado.
agua.
62 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 63
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• El tomador y/o asegurado asumirá, igualmente, el coste del exceso de los trabajos, de lunes a viernes no festivos, en horarios de 9:00 a 19:00 horas.
tiempo de mano de obra que se pudiera producir, viniendo la Aseguradora
obligada a asumir, exclusivamente, el coste de las 3 primeras horas de El servicio incluye:
mano de obra.
• Una intervención por anualidad de seguro.
Plazo de carencia:
La prestación de esta cobertura no entrará en vigor sino hasta 90 días después • Cada intervención incluye los gastos de desplazamiento y de las tres
de la fecha de efecto de la póliza. primeras horas de mano de obra en la vivienda asegurada.
SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL HOGAR • El servicio se prestará exclusivamente para la vivienda asegurada que
figura en las Condiciones Particulares de la póliza suscrita por el tomador.
En los supuestos no amparados por el resto de coberturas, la Aseguradora
asumirá el coste de desplazamiento y las primeras tres horas de mano de obra El servicio no incluye:
de un servicio de limpieza no urgente en la vivienda asegurada. El asegurado
deberá hacerse cargo del exceso de tiempo de mano de obra que se pudiera • Los productos de limpieza y los utensilios necesarios para la prestación
producir, y en cualquier caso, de facilitar, a su coste, los productos de limpieza del servicio.
y los utensilios necesarios.
• Limpieza del mobiliario interior y sus piezas.
Los trabajos que conforman el servicio de limpieza son los siguientes:
• Textiles, sofás, cortinas, lámparas, etc.
• Limpieza de suelos de la vivienda.
• Limpieza de cristales, espejos y similares del interior de la vivienda. • Cualquier objeto decorativo u ornamental de la vivienda.
• Limpieza seca de los radiadores.
• Desempolvado de superficies horizontales y verticales. • Construcciones auxiliares a la propia vivienda, tales como trasteros,
• Vaciar y limpiar papeleras. garajes, cenadores de jardines, construcciones para custodia de
• Limpieza superficial de la encimera, electrodomésticos y muebles de maquinaria, aperos, etc.
cocina.
• Cuadro e interruptores de luz eléctrica. • El tomador/o asegurado asumirá, igualmente, el coste del exceso de
• Piezas sanitarias de baño. tiempo de mano de obra que se pudiera producir en cada servicio que
se preste, viniendo la Aseguradora obligada a asumir, exclusivamente,
La Aseguradora garantiza la conexión con los profesionales adecuados en un el coste de las tres primeras horas de mano de obra.
plazo máximo de 2 días hábiles desde su solicitud por el tomador o el asegurado,
y para la efectiva realización de los trabajos incluidos en el presente servicio, • Limpieza derivada tras una obra o reforma en el riesgo asegurado.
deberán acordar el asegurado y el profesional una cita para la ejecución de
64 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 65
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Plazo de carencia: 1. Asistencia Técnica Informática
La prestación de esta cobertura no entrará en vigor sino hasta 90 días después
de la fecha de efecto de la póliza. • Incidencias debidas a mal funcionamiento de aplicaciones y sistemas
objeto de cobertura.
Artículo 26.3: Garantías y prestaciones asistencia hogar Digitotal
• Uso de aplicaciones y del ordenador.
Además de las garantías y prestaciones definidas en los dos artículos anteriores
la Aseguradora queda obligada, cuando se contrate esta cobertura, a prestar • Configuración de ordenadores, entendiendo como tal el cambio de los
los servicios derivados de la misma o, en su caso, a reembolsar al asegurado los parámetros de las aplicaciones y sistemas con objeto de optimizar su
gastos, por ella autorizados, en que haya incurrido para obtener las prestaciones funcionamiento, añadir o eliminar funciones, aplicaciones o periféricos.
que fueran a cargo de ésta.
• En cuanto a Smartphones y Tablets:
Mediante esta cobertura, y siempre que en las Condiciones Particulares figure
expresamente contratado el Contenido, la Aseguradora prestará asistencia - Consultas acerca de configuración de aplicaciones, correo electrónico,
técnica telemática a través de teléfono, que se encuentra disponible en la Web: aplicaciones, redes inalámbricas; gestión de aplicaciones, buscadores
www.verti.es, o a través de la Oficina de internet durante las 24 horas los 365 web y mensajería instantánea, copias de seguridad y sincronización de
días del año. datos, navegadores GPS y mapas.
El servicio se prestará por una empresa especializada, y una vez facilitada al - Gestion por control remoto de copias de seguridad y restauración
asegurado la conexión con la misma, será esta la que contacte con el asegurado de contenido de los dispositivos (agenda, archivos multimedia,
y determine las especificaciones necesarias para el desarrollo de la prestación. descargas...), sincronización de datos y ficheros con el ordenador,
El servicio dejará de prestarse en el caso de que el contrato de seguro se descarga de contenidos y aplicaciones, instalación, actualización y
rescinda, por cualquier causa. reseteo de software legal, instalación de drivers de los dispositivos en
el ordenador.
SERVICIO DE ASISTENCIA INFORMÁTICA
La prestación por control remoto, puede variar en función del sistema
Sistemas operativos Windows desde la versión XP/2003 y Apple Mac OS operativo, versión y revisión del firmware de los dispositivos y se
X versiones 10.5 y 10.6, sobre plataformas Intel; Hardware: PC, pantallas, podrá realizar disponiendo del software de gestión del fabricante y
dispositivos de almacenamiento externos, Webcam, impresoras, PDA´S, conectando el dispositivo al ordenador.
escáneres; Programas de oficina: (Word, Excel, PowerPoint, FrontPage y
Access; Programas de Internet, Programas de correo electrónico, Programas El servicio se limita a la asistencia telemática técnica respecto a las cuestiones
multimedia, los principales Codecs; Compresores de Archivos; programa que puedan plantearse, sin emitir en ningún caso dictámenes por escrito, y se
de descargas Peer to peer: Emule, Kazaa, Edonkey; Antivirus y FIREWALLS; prestará para un máximo de tres ordenadores por póliza.
Dispositivos móviles, Smartphones y Tablets.
66 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 67
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2. Servicio de Recuperación de Datos a. Soportes de almacenamiento que no formen parte del Contenido
asegurado por la presente póliza.
Asimismo se prestará la asistencia técnica siguiente para la recuperación de
datos físicos: b. Las recuperaciones sobre soportes de almacenamiento que hayan sido
manipulados antes de la entrega al Asegurador.
• Cuando un dispositivo de almacenamiento de datos propiedad del
asegurado sea dañado, ya sea por causas físicas (incendio, daños por c. Cuando la recuperación resultara imposible, y en concreto en los casos
agua o accidente) o lógicas (virus, mala utilización o error humano), y de desaparición del soporte, de daños con ácidos o productos similares, en
no sea posible acceder a los datos contenidos en él, la Aseguradora se los casos de sobre-escritura del soporte o el conocido como “Head-Crash”
compromete a recoger el equipo dañado, analizarlo y, siempre que ello (pérdida de la película magnética).
fuera posible, recuperar los datos que éste contuviera. El asegurado
desmontará el soporte o soportes dañados, para lo que recibirá las d. La recuperación de archivos originales contenidos en soportes magnéticos
instrucciones oportunas si fuera necesario. Si ello no fuera posible, el u ópticos, tales como CD, DVD, cintas de video, etc.
asegurado podrá solicitar la asistencia de un técnico para el desmontaje
(coste no incluido, no disponible en equipos Apple Macintosh). e. Los ficheros y dispositivos ajenos al ámbito de cobertura de la presente
póliza y, en todo caso, los sistemas de almacenamiento complejos (Raid y
La cobertura en este caso alcanza a un máximo de dos recuperaciones volúmenes), los servidores de aplicaciones y los servidores web.
por año.
f. Las reconfiguraciones o reinstalaciones de los soportes.
• El servicio se prestará sobre los soportes internos de almacenamiento de
datos utilizados en los equipos de procesamiento informático propiedad g. Las averías del dispositivo de soporte que den origen a la prestación de
del asegurado, y en concreto sobre discos duros, ficheros, sistemas este servicio.
operativos, dispositivos extraíbles, tarjetas de memoria y periféricos, no
estando cubierta la recuperación de datos cuando estos se contengan en h. La recuperación de datos de contenidos en smartphones y tablets,
cualquier otro dispositivo de almacenamiento. tanto en sus soportes internos de almacenamiento como en las tarjetas de
memoria extraíbles.
Se hace constar expresamente que los datos han sido perdidos antes
de la prestación de este servicio no siendo responsable la Aseguradora 3. Servicio de Copia de Seguridad Remota
ni de la información contenida en los soportes dañados, ni de la no
recuperación de los datos. Mediante esta cobertura la Aseguradora pone a disposición del asegurado que lo
solicite un servicio de ubicación de copia de seguridad en un servidor protegido,
Quedan específicamente excluidos de este servicio los siguientes objetos y hasta un máximo de 15 Gbytes de información. Para poder prestar este servicio
supuestos:
68 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 69
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es requisito previo configurar el ordenador designado por el asegurado, para algún componente o pieza, se facturará directamente al asegurado, previa
lo cual éste deberá autorizar expresamente a la Aseguradora la instalación aceptación del importe. La Cobertura en este caso alcanza a un máximo de
de los programas que fueran necesarios. Una vez configurado el ordenador tres ordenadores por póliza, y dos intervenciones por ordenador para cada
se realizarán las copias de seguridad, de forma totalmente automática del anualidad.
contenido del ordenador que el asegurado específicamente haya designado.
No obstante, también podrán hacerse copias manuales o programadas, previa El horario para la recepción de incidencias, para el servicio de Asistencia Técnica
solicitud del asegurado. El software que en su caso se instale en los ordenadores a Domicilio, será los días laborables de 09:00 a 19:00, siendo la asistencia del
designado sólo podrá ser utilizado para acceder a este servicio, y en el caso de técnico en días laborables locales en el domicilio del asegurado. El tiempo de
que el contrato de seguro se rescinda, por cualquier causa, el asegurado deberá respuesta será, como máximo, de 16 horas laborables (48 horas naturales),
desinstalar los programas de los ordenadores en que fueron instalados. salvo que el asegurado solicite una fecha y hora concreta que sobrepase este
tiempo.
Los datos serán almacenados previo procedimiento de disociación y cifrado
realizado por el propio asegurado, garantizando así tanto la seguridad en la 5. Asistencia de Seguridad Digital
transmisión por INTERNET de los datos como la absoluta confidencialidad de
las copias de seguridad alojadas en el espacio virtual que se pone a disposición Mediante esta cobertura la Compañía sufragará, al asegurado que lo solicite,
del asegurado. Únicamente el asegurado conocerá la clave de descifrado, y sólo el coste de poner a disposición del asegurado un servicio de seguridad para
él tendrá acceso a los datos, por lo que en ningún caso la Aseguradora será proteger sus dispositivos. El servicio consiste en la instalación y configuración
responsable por la pérdida, difusión, cesión o transmisión de la citada clave. de software antivirus y control parental. La funcionalidad del software Antivirus
consiste en una protección en tiempo real contra amenazas de malware, control
Este servicio se prestará para un ordenador que designe el asegurado por de virus activo para aplicaciones, análisis y reparación de vulnerabilidades,
póliza. antispam y cortafuego bidireccional, optimizador de rendimiento y gestor de
análisis del sistema, modo automático para la toma de decisiones óptimas sobre
La Aseguradora pone a disposición del asegurado que lo solicite asesoramiento seguridad, privacidad total: filtro de datos personales, antiphishing, cifrado de
para poder configurar copias de seguridad en la nube, a través de las soluciones chat, cifrado de archivos, destructor de archivos.
globales existentes en el mercado. Estas soluciones son válidas para cualquier
dispositivo y cualquier sistema operativo. La funcionalidad del software de Control Parental consiste en: control
de aplicaciones específicas, bloqueo de páginas web, filtrado de correos
4. Asistencia Técnica a Domicilio electrónicos, páginas web y mensajes instantáneos, filtro de categoría por
edades, control de mensajería instantánea y monitorización de usuarios
Cuando un ordenador propiedad del asegurado sea dañado, ya sea por menores. Una vez revisados y validados los requisitos técnicos mínimos exigidos
causas físicas (incendio, daños por agua, accidente) o lógicas (virus, spam…), e instalada la solución, el asegurado debe registrar el producto para poder
y no pueda resolverse de forma remota a través de la Asistencia Técnica recibir las actualizaciones del software.
Informática, la Aseguradora asumirá los costes de desplazamiento y mano
de obra en la asistencia de un técnico a domicilio. En caso de sustitución de
70 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 71
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6. Hechos no cubiertos • Los gastos en que incurra el asegurado por la prestación de estos servicios
que no hayan sido previamente autorizados por la Aseguradora.
No serán objeto de cobertura por ninguno de los servicios incluidos en la
cobertura de Asistencia Informática. Si para la prestación de cualquiera de los anteriores servicios fuera necesario
instalar algún software o alguna herramienta de control remoto en el ordenador
• La pérdida de datos. del asegurado, la Aseguradora suministrará las licencias para que pueda hacerse
uso de los servicios incluidos en esta garantía, viniendo obligado el asegurado
• La instalación de software cuya licencia no obre en poder del asegurado. a utilizar estos programas exclusivamente para los servicios correspondientes y
conforme a las licencias que se le suministren.
• El perjuicio o lucro cesante sufrido por el asegurado como consecuencia
del hecho que motiva la prestación. En cualquier caso será requisito imprescindible que el asegurado de su
consentimiento expreso e inequívoco para que la Aseguradora pueda acceder
• La Aseguradora no asumirá responsabilidad alguna por la no ejecución a los ordenadores designados y a los dispositivos a los efectos de instalar los
o el retraso en la ejecución de cualquier prestación, si tal falta de programas correspondientes o recuperar los datos perdidos.
ejecución o retraso resultara o fuera consecuencia de un supuesto de
fuerza mayor o caso fortuito, y en particular por: desastres naturales, En caso de que el asegurado no otorgue este consentimiento, la Aseguradora
fallo en la transmisión de los paquetes IP, guerra, estado de sitio, podrá denegar la prestación del servicio que en cada caso se solicite.
alteraciones de orden público, huelga en los transportes, cortes de
suministro eléctrico o cualquier otra medida excepcional adoptada por El asegurado garantiza la lícita posesión de los equipos informáticos y del
las autoridades administrativas o gubernamentales. hardware, así como de las licencias de uso de aplicaciones y sistemas, y declara
que toda la información y los archivos que puedan ser objeto de cobertura
• La Aseguradora no se hace responsable de la pérdida de información o son conformes con la legalidad vigente. En caso de que no fuera posible, por
daños en los sistemas informáticos del asegurado como consecuencia cualquier causa, resolver la incidencia a través del servicio telemático incluido
de las actuaciones en equipos que contengan o estén infectados por en esta cobertura, o cuando se trate de un daño no amparado en la presente
virus, códigos maliciosos (por ejemplo: troyanos, gusanos, etc.), póliza, y siempre que el asegurado solicite expresamente un servicio técnico
software espía, programas peer to peer, o cualquier otro programa, presencial, la Aseguradora pondrá a su disposición los profesionales idóneos
aplicación, software o hardware que esté instalado, con conocimiento para que le faciliten los presupuestos oportunos y, en su caso, realicen los
o no del mismo en el ordenador del asegurado y que se comporte de servicios solicitados, siendo a cargo del asegurado el importe correspondiente
forma maliciosa. a la ejecución de estos trabajos y servicios.
• Cualquier otra prestación de servicios de mantenimiento o de soporte SERVICIO DE PROTECCIÓN DIGITAL
técnico de los equipos, del hardware y del software que no esté
expresamente asegurado. 1. Localización de Dispositivos
72 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 73
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Mediante esta cobertura, cuando el asegurado lo solicite, la Compañía La Compañía no es responsable de los posibles robos o suplantaciones de
asumirá el coste de un servicio de localización y bloqueo, de forma remota, identidad que sufra el asegurado, así como de sus consecuencias, ni de los
de los dispositivos móviles de su propiedad ante su pérdida o robo. Así como defectos o retrasos en la prestación del servicio derivados de problemas
el envío de alarmas al mismo y la activación de determinadas funcionalidades relacionados con Internet.
del dispositivo móvil, perdido o sustraído, siempre que el mismo se encuentre
conectado a internet y el software del dispositivo lo permita. 3. Reputación Online
Para acceder al servicio, antes de que se produzca el suceso el asegurado Mediante esta cobertura, cuando el asegurado lo solicite, la Compañía asumirá el
deberá de haberse instalado en el dispositivo móvil la aplicación que lo permite. coste de rastreos en la parte pública de internet de las personas aseguradas por
A través de esta cobertura el asegurado dispone de soporte para su instalación la póliza, informando de las apariciones al asegurado por correo electrónico, y
y configuración. valorando las mismas en términos de positividad o negatividad. La Compañía no
es responsable de los defectos o retrasos derivados de problemas relacionados
2. Gestión de la huella digital y Protección de identidad con Internet.
Mediante esta cobertura, cuando el asegurado lo solicite, la Compañía asumirá El servicio depende de la información obtenida a través de Internet, por lo que
el coste de: la Compañía no garantiza su exactitud, integridad o corrección. La información
que reciba el asegurado no constituye asesoramiento profesional de ningún
a. La realización de rastreos en la parte pública de internet de las personas tipo.
aseguradas por la póliza, informando de las cuentas activas de la persona
siempre que sea accesible por su identidad. 4. Anti-bullying
El asegurado señalará expresamente la información que desea recuperar o Mediante esta cobertura la Compañía sufragará, al asegurado que lo solicite,
borrar y solo dicha información será objeto de la prestación. un servicio de análisis y extracción de evidencias digitales en el caso de que
un menor, que tenga la condición de asegurado, resulte ser objeto de acoso a
b. La realización de rastreos en la parte pública de internet para localizar través de medios de comunicación electrónica (excepto llamadas de voz).
posibles nuevas apariciones, informando de las mismas al asegurado.
El servicio incluye:
La empresa prestadora del servicio requerirá al asegurado los datos necesarios
para determinar las posibilidades de actuación, realizando, en su caso, las • Análisis del dispositivo en laboratorio para la obtención de las evidencias
gestiones necesarias para la prestación del servicio solicitado. digitales.
No se garantiza la exactitud, integridad o corrección de la información detectada • Investigación y análisis de la actividad.
en internet, ni el resultado de las gestiones de borrado.
• Emisión de certificaciones y elaboración del informe pericial.
74 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 75
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El asegurado asignará la supervisión a una persona cualificada y será responsable conforme a las licencias que se le suministren.
de todas las decisiones de gestión adoptadas en relación a la utilización o
ejecución del servicio, así como que proporcionará la información, recursos En cualquier caso será requisito imprescindible que el asegurado de su
y la asistencia (incluyendo el acceso a registros, sistemas, instalaciones) que consentimiento expreso e inequívoco para que la Aseguradora pueda acceder
razonablemente le fuera requerida para la prestación del servicio. a los ordenadores designados y a los dispositivos a los efectos de instalar los
programas correspondientes o recuperar los datos perdidos. En caso de que el
5. Hechos no cubiertos asegurado no otorgue este consentimiento, la Aseguradora podrá denegar la
prestación de la cobertura que en cada caso se solicite.
No serán objeto de cobertura por ninguno de los servicios incluidos en la
cobertura de Protección Digital: El asegurado garantiza la lícita posesión de los equipos informáticos y del
hardware, así como de las licencias de uso de aplicaciones y sistemas, y declara
• Las acciones legales que pueda emprender el asegurado ni los costes que toda la información y los archivos que puedan ser objeto de cobertura son
derivados de su ejercicio. conformes con la legalidad vigente.
• La defensa por las acciones legales que se ejerciten contra el asegurado Artículo 27: Responsabilidad Civil
por el uso incorrecto de esta cobertura.
Siempre que se haga constar de forma expresa su inclusión en las Condiciones
• Las consecuencias que puedan derivarse de la aportación de datos Particulares, la Aseguradora asumirá, hasta el límite pactado en las mismas
falsos por el asegurado. por siniestro, el pago de las indemnizaciones de las que el asegurado pudiera
resultar civilmente responsable, conforme a derecho, por daños corporales o
• Cualquier prestación o servicio distintos a los descritos en esta materiales y perjuicios ocasionados a terceros, así como los costes judiciales y
cobertura. gastos que le pudieran ser impuestos, siempre y cuando tales responsabilidades
se deriven de los supuestos previstos en esta cobertura y sean consecuencia
• Cualquier acción realizada por profesionales no designados por la de actos u omisiones, de carácter culposo o negligente, que le pudieran ser
Compañía. imputables en base a los mismos.
• Los gastos en que incurra el asegurado por la prestación de estos servicios Esta cobertura no será aplicable a las viviendas que el asegurado explote
que no hayan sido previamente autorizados por la Aseguradora. en régimen de alquiler, cuyo aseguramiento ha de realizarse mediante la
modalidad de contrato prevista al efecto (V3. Cláusula Propietarios de Vivienda
Si para la prestación de cualquiera de los anteriores servicios fuera necesario en Régimen de Alquiler).
instalar algún software o alguna herramienta de control remoto en el ordenador
del asegurado, la Aseguradora suministrará las licencias para que pueda hacerse Alcance de la cobertura
uso de los servicios incluidos en esta garantía, viniendo obligado el asegurado
a utilizar estos programas exclusivamente para los servicios correspondientes y Estarán cubiertos los daños corporales o materiales causados a terceros, así
76 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 77
[Seite 39]
como los perjuicios que para ellos se deriven de tales daños, siempre que sean facilite sus datos identificativos.
imputables al asegurado a consecuencia de:
• Por la práctica de deportes en calidad de aficionado, incluido el uso de
• Su condición de persona privada y, en su caso, cabeza de Familia. modelos mecánicos (aeromodelismo), siempre y cuando no estuviera
el asegurado adscrito a alguna federación para su práctica que pudiera
• Por la propiedad o el uso de viviendas destinadas a residencia del mismo, cubrir su responsabilidad civil. En cualquier caso, no quedan amparados
aun cuando fuera con carácter temporal. los daños que pudieran devenir de un lance propio de la práctica de
deporte.
Si formaran parte de una comunidad de propietarios, ésta será considerada
como tercero en cuanto a los daños que el asegurado pudiera ocasionar a • Por la posesión de armas de fuego y de armas blancas, siempre que el
los elementos y zonas comunes de la misma. También estará asegurada la asegurado cuente con las licencias correspondientes otorgadas por la
cuota proporcional que corresponda a éste en función de su porcentaje autoridad competente y cumpla cuantas obligaciones le sean exigibles
de copropiedad, como consecuencia de los daños causados a terceros en virtud de la normativa reguladora de armas. No estarán cubiertas,
por las partes comunes del edificio; no obstante, cuando en un siniestro no obstante, las responsabilidades derivadas del ejercicio de la caza, ni
se produzca una concurrencia de varios copropietarios asegurados las que pudieran ser imputables al asegurado por los daños ocurridos
individualmente por la Aseguradora, la responsabilidad máxima de ésta estando tales armas depositadas fuera de la vivienda citada en las
será la suma asegurada en sus respectivos contratos. Condiciones Particulares del seguro.
Si la vivienda fuera alquilada, también estarán cubiertos los daños en • Por el uso de embarcaciones de remos o pedales así como de vehículos sin
la misma que, siendo imputables al asegurado, sean consecuencia de motor tales como bicicletas, patines u otros de características similares.
incendio o explosión; cuando ésta se hubiera alquilado amueblada,
también estarán asegurados los daños que, por las citadas causas, • La caída de objetos transportados en vehículos a motor que sean utilizados
pudieran sufrir el Mobiliario y enseres de la vivienda. con fines particulares y cuya capacidad de carga no supere los 750 kilos,
siempre y cuando el hecho no esté amparado por un seguro obligatorio.
• Por la realización de trabajos de reforma en la vivienda asegurada,
siempre que tengan consideración administrativa de obras menores y • Acciones u omisiones del personal doméstico en el desempeño de
no exista un seguro específico que cubra la responsabilidad civil por la sus funciones al servicio del asegurado; como personal doméstico se
ejecución de dichos trabajos de reforma. A tal efecto, se entenderán por considera al que se dedica al cuidado de la vivienda y sus instalaciones o
obras menores aquellas que no afecten a elementos estructurales de la a la realización de actividades domésticas.
edificación.
También estarán cubiertas las reclamaciones formuladas por éstos contra
Será requisito imprescindible que la ejecución de las obras se haya el asegurado, ante la jurisdicción ordinaria, como consecuencia de los
contratado con un profesional legalmente habilitado y autorizado para daños corporales que pudieran haber sufrido en el desempeño de los
la realización de los trabajos correspondientes, y que el asegurado trabajos que les hubieran sido encomendados.
78 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 79
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Esta cobertura no será aplicable cuando dicho personal no estuviera • Sí se produjera algún conflicto entre el asegurado y el Asegurador
dado de alta a efectos de la Seguridad Social. motivado por tener que sustentar éste en el siniestro intereses contrarios
a la defensa del asegurado, el Asegurador lo pondrá en conocimiento del
Gastos de defensa y fianzas civiles mismo, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter
urgente, sean necesarias para la defensa.
Con límite de la suma asegurada estipulado en las Condiciones Particulares y
siempre que el objeto de la reclamación sea uno de los hechos amparados por En este caso, el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la
esta póliza, la Aseguradora asumirá: dirección jurídica por el Asegurador o confiar su propia defensa a otra
persona, en cuyo caso, el Asegurador quedará obligado a abonar los
• La constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar las resultas gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 3.000 euros, siempre
civiles del procedimiento. y cuando estos sean conforme a los baremos de honorarios que, con
carácter orientativo, haya establecido el Colegio de Abogados que
• Las costas judiciales, derivadas de la reclamación, cuando por sentencia territorialmente corresponda al lugar del ejercicio de la actividad.
sea impuestas al asegurado.
• Cuando se hubiera llegado a un acuerdo amistoso respecto a la
• La dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, y serán de su responsabilidad civil, la asunción de la defensa penal del asegurado
cuenta los gastos procesales de defensa que se ocasionen. El asegurado es potestativa para el Asegurador y siempre sujeta al consentimiento
deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica previo del defendido.
asumida por el Asegurador.
Riesgos no cubiertos
Cuando el asegurado designe su propia defensa los gastos judiciales que
se originen serán de su exclusiva cuenta. Esta cobertura no cubre el pago de las indemnizaciones que puedan resultar
de:
• Si en los procesos judiciales seguidos contra el asegurado se produce
sentencia condenatoria, el Asegurador resolverá la conveniencia de • Actos voluntarios o dolosos realizados por el asegurado o persona
recurrir ante el Tribunal Superior competente; si considera improcedente por la que éste deba responder, así como los daños derivados de la
el recurso, lo comunicará al interesado, quedando éste en libertad de participación de cualquiera de ellos en apuestas, desafíos y riñas.
interponerlo por su exclusiva cuenta.
• Daños causados por animales de compañía que sean propiedad o estén
En este último caso, si el recurso interpuesto produjera una sentencia al cuidado del asegurado.
favorable a los intereses del Asegurador, minorando la indemnización
a cargo del mismo, éste estará obligado a asumir los gastos que dicho • Daños cuyo origen sea el incumplimiento de normas, leyes, ordenanzas
recurso originase. y reglamentos referentes al mantenimiento de viviendas o edificios y
sus instalaciones o sobre las que pese o se halle incoada una declaración
80 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 81
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de ruina inminente, total o parcial. corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas
económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no
• El pago de sanciones y multas, así como las consecuencias de su impago. amparado por la póliza.
• Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o • Las responsabilidades por daños causados, directa o indirectamente,
disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito por cualquier perturbación del estado natural del aire, de las aguas
o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al asegurado o terrestres, marítimas o subterráneas, del suelo y subsuelo y, en general,
bien se encuentren bajo su posesión o ámbito de control. del Medioambiente, provocadas por:
• Obligaciones asumidas en virtud de contratos, pactos o acuerdos, que -Emisiones, vertidos, inyecciones, depósitos, fugas, descargas,
no serían legalmente exigibles al asegurado en caso de no existir tales escapes, derrames o filtraciones de agentes contaminantes.
acuerdos.
-Radiaciones, ruidos, vibraciones, olores, calor, modificaciones de
• Responsabilidades que deban ser reconocidas por la jurisdicción la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier otro tipo de
laboral o por la administración. ondas.
• Las responsabilidades derivadas de la explotación de industrias o - Humos tóxicos o contaminantes originados por incendio o explosión.
negocios, así como el ejercicio de profesiones o servicios retribuidos o
de cargos o actividades en asociaciones o comunidades de cualquier Cualquier reclamación por responsabilidad medioambiental basada en la
tipo, aun cuando se realicen a título honorífico. Responsabilidades por Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Ambiental, y normativa
daños causados con vehículos a motor, aeronaves, embarcaciones y, en de desarrollo, que fuera exigida o exigible por la Administración Pública, o
general, cualquier vehículo u objeto que no sea accionado exclusivamente basada en la transposición de la Directiva Europea 2004/35/CE (Directiva
por remos, pedales o mecanismos movidos por la fuerza del hombre, sobre Responsabilidad Medioambiental), o cualquier responsabilidad
excepto la responsabilidad civil que pudiera ser exigida al asegurado medioambiental exigida o exigible por la Administración Pública para la
por daños ocasionados a terceras personas como consecuencia de la reparación de un daño causado al agua, al suelo o a las especies silvestres o
utilización de vehículos a motor de minusválidos, siempre y cuando ecosistemas, ya sea originado por contaminación o por cualquier otra causa,
estos no puedan superar la velocidad de 10 km/h. así como cualesquiera gastos efectuados para evitar dicho daño.
• Daños por reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de Ámbito Territorial
cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta
materia. La cobertura de la póliza solamente amparará reclamaciones formuladas ante la
jurisdicción española por hechos ocurridos en España.
• Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño
82 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 83
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Esta cobertura será aplicable a los hechos ocurridos en el extranjero cuando este seguro serán exclusivamente aplicables a los procedimientos enunciados
se trate de desplazamientos ocasionales de carácter privado cuya duración de los que entiendan Juzgados, Tribunales u organismos públicos o privados
no sea superior a tres meses consecutivos siempre y cuando sea aplicable la que tengan su sede o domicilio en territorio español.
legislación española.
Cobertura
Ámbito Temporal
Esta cobertura comprende las siguientes garantías:
El contrato de seguro surte efecto por daños ocurridos por primera vez durante
el periodo de vigencia, cuyo hecho generador haya tenido lugar después de la a. LA RECLAMACION DE DAÑOS POR CULPA O NEGLIGENCIA
fecha de efecto del contrato y cuya reclamación sea comunicada al Asegurador EXTRACONTRACTUAL
de manera fehaciente en el periodo de vigencia de la póliza o en el plazo de Se garantiza la reclamación de daños y perjuicios sufridos por el asegurado,
24 meses a partir de la fecha de extinción del contrato. siempre que aquéllos se deriven de culpa o negligencia extracontractual del
causante.
Artículo 28: Seguro de defensa jurídica
Como tal, se entenderán incluidos en la cobertura los gastos derivados
Modalidad de gestión de procedimientos en los que intervenga el asegurado como perjudicado
para reclamar daños causados por un tercero por culpa o negligencia
DERECHO DEL ASEGURADO A CONFIAR LA DEFENSA DE SUS INTERESES A UN cuando no exista entre ellos relación contractual alguna, sin perjuicio de
ABOGADO DE SU ELECCIÓN, A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE TENGA DERECHO los procedimientos no amparados que expresamente se establecen en las
A RECLAMAR LA INTERVENCIÓN DE LA ASEGURADORA SEGÚN LO DISPUESTO presentes Condiciones Generales.
EN ESTA COBERTURA.
b. RECLAMACIÓN DE DAÑOS POR CULPA O NEGLIGENCIA CONTRACTUAL
Se incluye a continuación el Seguro de Defensa Jurídica como Capítulo aparte Se garantiza también la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados
dentro de la póliza de seguro de hogar, por lo que son de aplicación al mismo al asegurado, en su persona o en los bienes de los que sea titular, que
los artículos 1 al 13 ambos inclusive, de estas Condiciones Generales. encuentren su causa en culpa o negligencia contractual, por incumplimiento
de alguno de los siguientes servicios:
Garantías y prestaciones
• Hostelería y viajes combinados.
Se garantiza, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares de la póliza,
el pago de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia • Limpieza.
de su intervención en un procedimiento judicial, administrativo o arbitral, de
los previstos expresamente en este Capítulo, o la prestación de los servicios • Mudanzas.
necesarios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial, derivados de la
cobertura del seguro. Salvo pacto en contrario, las garantías cubiertas por • Reparaciones y reformas en general en las viviendas aseguradas,
84 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 85
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realizadas por personas, físicas o jurídicas, debidamente autorizadas Exclusiones
para el ejercicio de aquellas actividades.
Salvo pacto en contrario, no se comprenderán en esta cobertura:
• Tintorería.
a. El pago de las sanciones y multas, los recursos contra éstas y cualquier
• Servicio de vigilancia y seguridad contratado para la vivienda asegurada. gasto que se origine debido a su imposición por las autoridades competentes.
La reclamación de daños en los dos supuestos anteriores comprende las b. La defensa o el pago de los gastos ocasionados por gestiones, trámites,
prestaciones siguientes: expedientes o procedimientos, de cualquier clase y naturaleza, de los que a
continuación se enumeran:
• La realización de las gestiones y trámites en vía extrajudicial para el
resarcimiento de los daños y perjuicios, así como el pago de los gastos • Los de cuantía litigiosa inferior a 300 Euros.
que se produzcan con ocasión de dicha reclamación.
• Los derivados de actividades bancarias y de suministros de agua, gas,
• La defensa jurídica en los procedimientos seguidos por las causas electricidad y teléfono.
señaladas parala reclamación de daños, cuando no se haya conseguido
su resarcimiento por vía extrajudicial. • Los derivados del contrato de transporte de viajeros o de mercancías,
con excepción del contrato de mudanzas.
c. LA DEFENSA PENAL.
Se garantiza la defensa del asegurado para el ejercicio de las acciones penales • Reclamaciones de los empleados del asegurado, excepto los del
y civiles que le correspondan cuando él sea denunciante o querellante y servicio doméstico, y las de terceros por actos u omisiones de aquéllos
resulte perjudicado por delito. en el desempeño de sus funciones laborales, siempre y cuando
estuviera dado de alta a efectos de la Seguridad Social.
d. RECLAMACIONES LABORALES.
Se garantiza la defensa del asegurado en los procedimientos o expedientes de • Reclamaciones cuya causa sea la actividad profesional del asegurado,
cualquier tipo seguidos contra el por sus empleados de servicio doméstico, o recaigan sobre bienes afectos o vinculados a dicha actividad
en el ámbito de la relación laboral.
• Las reclamaciones que el asegurado pretenda dirigir contra la
e. AUSENCIA Y FALLECIMIENTO LEGAL Compañía Verti, cualquiera que sea su causa, o contra cualquiera de
Quedan cubiertos los procedimientos que se interpongan para la declaración las empresas que directa o indirectamente estén vinculadas con ella
judicial de ausencia y fallecimiento legal de los asegurados, siempre y cuando por formar parte de la misma unidad de decisión.
aquéllos se insten por quienes tengan la condición de tales.
• El ejercicio por el conductor o el propietario del vehículo de las
86 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 87
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acciones penal o civil a consecuencia de hechos de la circulación, en Derechos y Obligaciones del Asegurado
los términos de la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en
la circulación de vehículos a motor. • El asegurado tendrá los siguientes derechos:
• Reclamaciones que traigan su causa del contrato de compraventa de a. Libre elección del Procurador que le represente y del Abogado que le
un bien inmueble, así como las reclamaciones por vicios constructivos. defienda, en aquellos casos en que sea preceptiva su intervención.
• Las acciones contra promotores, constructores, arquitectos y b. Someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir con la
cualesquiera otros técnicos, en razón de su intervención, directa o Aseguradora. La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que
indirecta, en la construcción de un bien inmueble. surja la cuestión disputada.
• Los que deriven o traigan su causa de hechos ocurridos con • En caso de conflicto de intereses o de desavenencia sobre el modo de
anterioridad a la vigencia de la garantía de defensa jurídica. tratar la cuestión litigiosa, la Aseguradora informará inmediatamente al
asegurado de la facultad que le compete de ejercitar los derechos a los
• Reclamaciones derivadas de contratos de arrendamiento. que se refiere el apartado anterior.
• Cualquier proceso referente a reclamación de incapacidad parcial, El asegurado se obliga a comunicar a la Aseguradora la designación que
total, absoluta o gran invalidez, así como procesos relacionados con hubiera podido realizar de Abogado y Procurador en el plazo máximo de
cualesquiera otras prestaciones contributivas o no contributivas. 7 días naturales, a contar desde el momento de la designación, y en todo
caso esta comunicación deberá realizarse siempre antes de que dichos
• Los gastos derivados de reclamaciones injustificadas por carecer profesionales realicen cualquier tipo de actuaciones o diligencias frente
de medio de prueba suficiente que la haga viable, o que lo sean a la parte contraria o frente a las autoridades competentes en la materia.
en función de la responsabilidad del asegurado, así como las
manifiestamente desproporcionadas con la valoración de los daños y Asimismo, el asegurado se obliga a trasladar, en el plazo de 7 días desde
perjuicios sufridos. No obstante, la Aseguradora asumirá el pago de la recepción de la notificación, cuantas diligencias judiciales recayeran en
dichos gastos, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares los procedimientos en los que aquéllos, respectivamente, le defendieran
de la póliza, si el asegurado ejercita las acciones judiciales por su y representaran.
cuenta y a su coste y obtiene una resolución firme favorable a sus
pretensiones o una indemnización en cuantía similar a su pretensión En caso de incumplimiento de esta obligación, la Aseguradora podrá reclamar
inicial. los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.
Para ello la Aseguradora se obliga a comunicar al asegurado dicha Actuaciones y honorarios de profesionales
circunstancia y a realizar aquellas diligencias que por su carácter
urgente sean necesarias al objeto de no causarle indefensión. • El Abogado y el Procurador designados por el asegurado no estarán
sujetos a las instrucciones de la Aseguradora.
88 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 89
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• La Aseguradora, finalizadas las actuaciones y previa justificación detallada Si el Asegurador pagare la indemnización, transcurrido el plazo de tres meses
de las gestiones realizadas así como de su necesidad, reintegrará al desde la notificación del siniestro a los acreedores sin que éstos se hubiesen
asegurado, con el alcance y los límites previstos en el artículo 28 de presentado, quedará liberado de su obligación.
esta póliza el importe de los honorarios por él satisfechos al Abogado y
Procurador libremente designados, minutados como máximo con arreglo En caso de contienda entre los interesados o si la indemnización hubiera
a las Normas Orientadoras de Honorarios del Colegio de Abogados que de hacerse efectiva antes del vencimiento de la obligación garantizada, se
territorialmente corresponda al lugar del ejercicio de la actividad. depositará su importe en la forma que convenga a los interesados y, en defecto
de convenio en la establecida en los artículos 1.176 y siguientes del Código Civil.
• La Aseguradora no asumirá el pago de los honorarios, derechos y
suplidos de Abogado y Procurador en los que hubiera podido incurrir En el caso de que la indemnización haya de emplearse en la reconstrucción de
el asegurado, cuando se hubiesen satisfecho aquéllos por la parte las cosas siniestradas, el Asegurador no pagará la indemnización si el asegurado
contraria por habérsele impuesto su pago en la sentencia. y los acreedores a que se refieren los artículos 40 y 41 de la Ley de Contrato de
Seguro no se ponen de acuerdo sobre las garantías con las que aquéllas han de
Condiciones Especiales quedar afectadas a la reconstrucción. En caso de que no se llegue a un acuerdo
se depositará la indemnización conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Si en las Condiciones Particulares del seguro se pacta la aplicación de alguna de
las siguientes cláusulas, las Condiciones Generales se considerarán modificadas La extinción del contrato de seguro no será oponible al acreedor hipotecario,
en función del contenido de las mismas. pignoraticio o privilegiado hasta que transcurra un mes desde que se le comunicó
el hecho que motivó la extinción.
El texto de estas Condiciones Especiales prevalecerá sobre el de las Generales,
por lo que cualquier artículo o apartado de estas últimas que las contradiga Los acreedores a que se refiere esta cláusula podrán pagar la prima impagada
será considerado nulo. por el tomador del seguro o por el asegurado, aun cuando éstos se opusieren.
A este efecto, el Asegurador deberá notificar a dichos acreedores el impago en
Cláusula V1: Bienes afectos al pago de hipotecas, prendas o créditos que ha incurrido el asegurado.
privilegiados
Cláusula V2: Sumas Aseguradas a Primer Riesgo
Será de aplicación esta cláusula cuando el tomador o asegurado haya
comunicado a la Compañía la constitución de prenda o hipoteca o el nacimiento Mediante la inclusión de esta cláusula se entenderá derogada la regla
de un crédito privilegiado sobre alguno de los bienes asegurados, lo que implica proporcional en caso de infraseguro de los bienes amparados por el contrato.
la aplicación, respecto de los bienes afectos y el acreedor que se haya señalado,
de lo dispuesto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley de Contrato de Seguro. La Aseguradora asumirá el pago de los siniestros hasta el límite de la suma
asegurada e independientemente de la suficiencia de la misma respecto al valor
El Asegurador no podrá pagar la indemnización debida sin el consentimiento de los bienes.
del titular del derecho real o del privilegio.
90 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 91
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Cláusula V3: Propietarios de Vivienda en Régimen de Alquiler Inhabitabilidad de la vivienda
Cuando se haya pactado la contratación de esta modalidad de cobertura, las Cuando fuera necesario desalojar la vivienda como consecuencia de un siniestro
Condiciones Generales del seguro quedarán modificadas en los siguientes amparado por las coberturas contratadas y durante el período de reparación de
aspectos: los daños, estarán asegurados exclusivamente los siguientes supuestos:
Actos vandálicos • La pérdida real y efectiva de alquileres durante el período de reparación,
con máximo de un año a contar desde la fecha del siniestro y con límite
Si se hubiera contratado la garantía de «incendio y otros daños», también de 12.000 euros en cualquier caso.
tendrán la consideración de «actos vandálicos» los daños causados por el
inquilino. Si en el momento del siniestro la vivienda estuviera desalquilada, no habrá
lugar a la aplicación de esta cobertura.
No obstante, serán de aplicación los siguientes criterios y límites al respecto:
• Los gastos de traslado del mobiliario asegurado a un guardamuebles,
• No estarán asegurados los daños derivados del uso y desgaste paulatino dentro del mismo núcleo urbano o poblaciones adyacentes, así como los
de los bienes, ni los trabajos habitualmente necesarios para mantener gastos de estancia en éste, durante un período máximo de seis meses, y
en uso los mismos. los del correspondiente traslado de retorno a la vivienda asegurada.
• Se considerará como un solo siniestro a todos los daños imputables a • Los daños que puedan sufrir los bienes asegurados durante su transporte
un mismo inquilino, con independencia de que su ocurrencia se haya con motivo de los traslados inherentes al desalojo de la vivienda, así como
producido en fechas distintas. durante su estancia en el guardamuebles, en las mismas condiciones de
cobertura pactadas en este contrato. No obstante, queda excluido el
• La responsabilidad máxima de la Aseguradora será de 3.000 euros por hurto o la simple desaparición de los bienes durante su transporte o la
siniestro, con límite de 6.000 euros por anualidad de seguro. estancia en el guardamuebles.
No obstante, el asegurado tomará a su cargo, en cada siniestro, el importe Responsabilidad civil
equivalente a un mes de alquiler y como mínimo la cantidad de 600 Euros,
corriendo por cuenta de la Aseguradora, hasta el límite asegurado, los excesos Si se hubiera contratado esta Condición Especial, quedará derogado íntegramente
sobre tal franquicia. el artículo 27 de las Condiciones Generales y se conviene sean de aplicación las
siguientes condiciones de aseguramiento:
Para la tramitación de los siniestros de actos Vandálicos por la Aseguradora será
imprescindible la interposición de denuncia por el asegurado ante la autoridad La Aseguradora indemnizará, hasta el límite de la suma asegurada pactada en
Judicial o Policial correspondiente. las mismas por siniestro y anualidad de seguro, al pago de las indemnizaciones
de las que el asegurado pudiera resultar civilmente responsable, conforme a
92 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 93
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derecho, por daños corporales o materiales y perjuicios ocasionados a terceros, Esta cobertura no será aplicable cuando dicho personal no estuviera dado de
así como los costes judiciales y gastos que le pudieran ser impuestos, siempre alta a efectos de la Seguridad Social.
y cuando tales responsabilidades se deriven de los supuestos previstos en esta
cobertura y sean consecuencia de actos u omisiones, de carácter culposo o • Daños causados por la vivienda o sus instalaciones al inquilino o
negligente, que le pudieran ser imputables en base a los mismos. usufructuario de la misma, así como a las personas que con ellos
convivan, y a los empleados del asegurado, excepto los que puedan sufrir
Alcance del seguro tales empleados con ocasión de su actividad laboral.
Estarán cubiertos los daños corporales o materiales causados a terceros, así • Por la realización de trabajos de reforma en la vivienda asegurada,
como los perjuicios que para ellos se deriven de tales daños siempre que sean siempre que tengan consideración administrativa de obras menores y
imputables al asegurado a consecuencia de: no exista un seguro específico que cubra la responsabilidad civil por la
ejecución de dichos trabajos de reforma. A tal efecto, se entenderán por
• Su calidad de propietario de la vivienda citada en Condiciones Particulares obras menores aquellas que no afecten a elementos estructurales de la
del seguro y la explotación en régimen de alquiler, o la cesión en usufructo, edificación.
de la misma.
Será requisito imprescindible que la ejecución de las obras se haya contratado
• Si formaran parte de una comunidad de propietarios, ésta será considerada con un profesional legalmente habilitado y autorizado para la realización de los
como tercero en cuanto a los daños que el asegurado pudiera ocasionar trabajos correspondientes, y que el asegurado facilite sus datos identificativos.
a los elementos y zonas comunes de la misma. También estará asegurada
la cuota proporcional que corresponda a éste en función de su porcentaje Gastos de defensa y fianzas civiles
de copropiedad, como consecuencia de los daños causados a terceros
por las partes comunes del edificio; no obstante, cuando en un siniestro Con límite de la suma asegurada estipulado en las Condiciones Particulares,
se produzca una concurrencia de varios copropietarios asegurados y siempre que el objeto de la reclamación sea uno de los hechos amparados
individualmente por la Aseguradora, la responsabilidad máxima de ésta por esta póliza, e incluso aunque se trate de reclamaciones infundadas, la
será la suma asegurada en sus respectivos contratos. Aseguradora asumirá:
• Acciones u omisiones del personal doméstico en el desempeño de • La dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, salvo
sus funciones a servicio del asegurado; como personal doméstico se pacto expreso en contrario, para lo cual el asegurado deberá prestar la
considera al que se dedica al cuidado de la vivienda y sus instalaciones o colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por la
a la realización de actividades domésticas. Aseguradora.
También estarán cubiertas las reclamaciones formuladas por éstos contra el Igualmente, la Aseguradora también asumirá la defensa en los procesos
asegurado, ante la jurisdicción ordinaria, como consecuencia de los daños criminales seguidos contra el asegurado o su personal doméstico, previo
corporales que pudieran haber sufrido en el desempeño de los trabajos que les consentimiento del defendido, siempre que esos procesos tengan su origen
hubieran sido encomendados.
94 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 95
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en el ejercicio de las actividades de tales empleados en el desempeño de Cuando se hubiera llegado a un acuerdo amistoso respecto a la responsabilidad
las labores propias de su cometido. civil, la asunción de la defensa penal del asegurado es potestativa para el
Asegurador y siempre sujeta al consentimiento previo del defendido.
• La constitución de las fianzas judiciales exigidas al asegurado para
garantizar las resultas civiles del procedimiento. Riesgos no cubiertos
• Las costas judiciales derivadas de la reclamación, cuando por sentencia Esta póliza no cubre el pago de las indemnizaciones que pueda resultar de:
sean impuestas al asegurado.
• Actos voluntarios o dolosos realizados, por el asegurado o persona
Si la indemnización a cargo de la Aseguradora no cubriese totalmente las por la que éste deba responder, ni los derivados de la infracción o del
responsabilidades del asegurado en el siniestro, ésta asumirá las costas en incumplimiento deliberado de las normas legales, así como los daños
la proporción existente entre la suma asegurada a su cargo y el importe total derivados de la participación en apuestas, desafíos y riñas.
por el que deba responder el asegurado.
• Daños cuyo origen sea el incumplimiento de normas leyes, ordenanzas y
Si en los procesos judiciales seguidos contra el asegurado se produce sentencia reglamentos referentes al mantenimiento de viviendas o edificios y sus
condenatoria, el Asegurador resolverá la conveniencia de recurrir ante el Tribunal instalaciones o sobre las que pese o se halle incoada una declaración de
Superior competente; si considera improcedente el recurso, lo comunicará al ruina inminente, total o parcial.
interesado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta.
En este último caso, si el recurso interpuesto produjera una sentencia favorable • El pago de sanciones y multas, así como las consecuencias de su impago.
a los intereses del Asegurador, minorando la indemnización a cargo del mismo,
éste estará obligado a asumir los gastos que dicho recurso originase. • Responsabilidades imputables, a título personal, a los inquilinos de la
vivienda o a los empleados del asegurado.
Sí se produjera algún conflicto entre el asegurado y el Asegurador motivado
por tener que sustentar éste en el siniestro intereses contrarios a la defensa del • Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o
asegurado, el Asegurador lo pondrá en conocimiento del mismo, sin perjuicio de disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito
realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al asegurado o
la defensa. En este caso, el asegurado podrá optar entre el mantenimiento bien se encuentren bajo su posesión o ámbito de control.
de la dirección jurídica por el Asegurador o confiar su propia defensa a otra
persona, en cuyo caso, el Asegurador quedará obligado a abonar los gastos de • Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no serian
tal dirección jurídica hasta el límite de 3.000 euros, siempre y cuando estos legalmente exigibles al asegurado en caso de no existir tales acuerdos.
sean conforme a los baremos de honorarios que, con carácter orientativo,
haya establecido el Colegio de Abogados que territorialmente corresponda al • Responsabilidades que deban ser reconocidas por la jurisdicción laboral
lugar del ejercicio de la actividad. o por la administración.
96 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 97
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• Las responsabilidades derivadas de la explotación de industrias o -Emisiones, vertidos, inyecciones, depósitos, fugas, descargas,
negocios, así como el ejercicio de profesiones o servicios retribuidos o escapes, derrames o filtraciones de agentes contaminantes.
de cargos o actividades en asociaciones o comunidades de cualquier
tipo, aun cuando se realicen a título honorífico. - Radiaciones, ruidos, vibraciones, olores, calor, modificaciones de
la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier otro tipo de
• Responsabilidades imputables, a título personal, a los inquilinos de la ondas.
vivienda o a los empleados del asegurado.
- Humos tóxicos o contaminantes originados por incendio o explosión.
• Responsabilidad civil del administrador del inmueble en el ejercicio de
las actividades propias de su cometido. Cualquier reclamación por responsabilidad medioambiental basada en la Ley
26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y normativa
• Infidelidad de los empleados a servicio del asegurado. de desarrollo, que fuera exigida o exigible por la Administración Pública, o
basada en la transposición de la Directiva Europea 2004/35/CE (Directiva
• Daños producidos por riesgos que deban ser objeto de cobertura por un sobre Responsabilidad Medioambiental), o cualquier responsabilidad
seguro obligatorio. medioambiental exigida o exigible por la Administración Pública para la
reparación de un daño causado al agua, al suelo o a las especies silvestres o
• Responsabilidades por daños causados con vehículos a motor, aeronaves, ecosistemas, ya sea originado por contaminación o por cualquier otra causa,
embarcaciones y, en general, cualquier vehículo u objeto que no sea así como cualesquiera gastos efectuados para evitar dicho daño.
accionado exclusivamente por remos, pedales o mecanismos movidos
por la fuerza del hombre. Ámbito Territorial
• Daños por reacción o radiación nuclear o sea o no recogida en la La cobertura de la póliza solamente amparará reclamaciones formuladas ante
legislación específica de esta materia. la jurisdicción española por hechos ocurridos en España.
• Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño Ámbito temporal
corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas
económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no El contrato de seguro surte efecto por daños ocurridos por primera vez durante
amparado por la póliza. el periodo de vigencia, cuyo hecho generador haya tenido lugar después de la
fecha de efecto del contrato y cuya reclamación sea comunicada al Asegurador
• Las responsabilidades por daños causados, directa o indirectamente, de manera fehaciente en el periodo de vigencia de la póliza o en el plazo de 24
por cualquier perturbación del estado natural del aire, de las aguas meses a partir de la fecha de extinción del contrato.
terrestres, marítimas o subterráneas, del suelo y subsuelo y, en general,
del Medioambiente, provocadas por:
98 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 99
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Cláusula V4: Usuarios de Viviendas en Régimen de Alquiler • Durante el período de deshabitación de la vivienda estarán excluidos
los siguientes bienes, coberturas, garantías y supuestos:
Mediante la inclusión de esta cláusula se modifican los siguientes aspectos del
epígrafe «Bienes asegurados»: - Objetos y muebles ubicados en terrazas, jardines y porches.
• Vivienda. - Deterioro o pérdida de alimentos depositados en frigoríficos o
No estará cubierta, si se hubiera asegurado la misma, la cuota congeladores.
proporcional que se derive de su pertenencia a una comunidad de
propietarios. - Inhabitabilidad.
• Mobiliario. No obstante, sí estará cubierta esta prestación cuando, aun ocurriendo el
Estará incluido, de asegurarse éste, el mobiliario del arrendador, el cual siniestro durante el período de inhabitabilidad, las reparaciones no permitan
se valorará en función de su valor real en el momento inmediatamente que se ocupe la vivienda durante el período vacacional del asegurado; no
anterior al del siniestro. Como valor real ha de entenderse el que resulte serán considerados períodos vacacionales los fines de semana ni los
de deducir, al valor de reposición, el correspondiente porcentaje de denominados «puentes» a efectos laborales.
depreciación por uso u obsolescencia.
• Hurto de los bienes asegurados.
La responsabilidad de la Aseguradora, respecto de tal Mobiliario, queda
limitada a un máximo de 3.000 euros por siniestro. • La responsabilidad máxima de la Aseguradora en caso de robo será
de 3.000 euros por objeto, salvo que, conforme a lo previsto en las
Respecto a la cobertura de «Responsabilidad Civil», se conviene que, como Condiciones Generales, proceda la aplicación de un límite inferior.
ampliación de la cobertura contratada, estén cubiertos también los daños a
terceros a consecuencia de fugas de agua de las instalaciones propias de la • Inhabitabilidad de la vivienda.
vivienda; no estarán cubiertos, en ningún caso, los daños en la misma.
Serán de aplicación a esta prestación los siguientes criterios y límites:
Cláusula V5: Viviendas Secundarias o de Temporada
• El alojamiento provisional en establecimientos hoteleros, así como los
Se conviene que las Condiciones Generales del seguro se modifiquen en el gastos de restaurante y lavandería, conforme a los límites y condiciones
siguiente sentido: establecidos en la cobertura de daños materiales. Sólo será procedente
cuando el siniestro que determine la inhabitabilidad ocurra durante el
• Desplazamiento temporal de los bienes asegurados. período de estancia del asegurado en la vivienda.
Queda excluida esta garantía aun cuando pudieran haberse contratado • El alquiler de una vivienda provisional, en caso de siniestro que lo haga
la ampliación de daños materiales y robo. necesario, se limitará a un período máximo de tres meses y con límite
de 3.000 Euros en cualquier caso.
100 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 101
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Cláusula de indemnización por el Consorcio de El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a lo dispuesto
Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de en el mencionado Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de
Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios,
acontecimientos extraordinarios en seguros con
aprobado por Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y en las disposiciones
coberturas combinadas de daños a personas y en complementarias.
bienes y de responsabilidad civil en vehículos terrestres
automóviles Resumen de las normas legales
De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto legal 1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos.
del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el tomador de un contrato de seguro de a. Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos,
los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada entidad inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de mar,
pública empresarial tiene la facultad de convenir la cobertura de los riesgos erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos
extraordinarios con cualquier entidad Aseguradora que reúna las condiciones extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h, y los tornados); y caídas de
exigidas por la legislación vigente. cuerpos siderales y aerolitos.
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos b. Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión,
extraordinarios acaecidos en España, y que afecten a riesgos en ella situados sedición, motín y tumulto popular.
y, en el caso de daños a las personas, también los acaecidos en el extranjero
cuando el asegurado tenga su residencia habitual en España, serán pagadas c. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de
por el Consorcio de Compensación de Seguros cuando el tomador hubiese Seguridad en tiempo de paz.
satisfecho los correspondientes recargos a su favor y se produjera alguna de las
siguientes situaciones: Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y la caída de
cuerpos siderales se certificarán, a instancia del Consorcio de Compensación de
a. Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación Seguros, mediante informes expedidos por la Agencia Estatal de Meteorología
de Seguros no esté amparado por la póliza de seguro contratada con la (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional y los demás organismos públicos
entidad Aseguradora. competentes en la materia. En los casos de acontecimientos de carácter político
o social, así como en el supuesto de daños producidos por hechos o actuaciones
b. Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de
de la entidad Aseguradora no pudieran ser cumplidas por haber sido paz, el Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos
declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un procedimiento jurisdiccionales y administrativos competentes información sobre los hechos
de liquidación intervenida o asumida por el Consorcio de Compensación de acaecidos.
Seguros.
102 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 103
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2. Riesgos excluidos. reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en
la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión,
a. Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro. así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las citadas
actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios
b. Los ocasionados en bienes asegurados por contrato de seguro distinto de los señalados en el apartado 1.b) anterior.
a aquéllos en que es obligatorio el recargo a favor del Consorcio de
Compensación de Seguros. i. Los causados por mala fe del asegurado.
c. Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a su manifiesta j. Los derivados de siniestros por fenómenos naturales que causen daños a
falta de mantenimiento. los bienes o pérdidas pecuniarias cuando la fecha de emisión de la póliza o
de efecto, si fuera posterior, no preceda en siete días naturales a aquél en
d. Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la que ha ocurrido el siniestro, salvo que quede demostrada la imposibilidad de
declaración oficial de guerra. contratación anterior del seguro por inexistencia de interés asegurable. Este
período de carencia no se aplicará en el caso de reemplazo o sustitución de
e. Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido la póliza, en la misma u otra entidad, sin solución de continuidad, salvo en la
en la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños parte que fuera objeto de aumento o nueva cobertura. Tampoco se aplicará
nucleares o producidos por materiales radioactivos. No obstante lo para la parte de los capitales asegurados que resulte de la revalorización
anterior, sí se entenderán incluidos todos los daños directos ocasionados automática prevista en la póliza.
en una instalación nuclear asegurada, cuando sean consecuencia de un
acontecimiento extraordinario que afecte a la propia instalación. k. Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera
prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato
f. Los debidos a la mera acción del tiempo, y en el caso de bienes total o de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se halle
parcialmente sumergidos de forma permanente, los imputables a la mera suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas.
acción del oleaje o corrientes ordinarios.
l. En el caso de los daños a los bienes, los indirectos o pérdidas derivadas
g. Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados de daños directos o indirectos, distintos de las pérdidas pecuniarias
en el apartado 1.a) anterior y, en particular, los producidos por elevación delimitadas como indemnizables en el Reglamento del seguro de riesgos
del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento extraordinarios. En particular, no quedan comprendidos en esta cobertura
de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo que los daños o pérdidas sufridas como consecuencia de corte o alteración en el
éstos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia suministro exterior de energía eléctrica, gases combustibles, fuel-oil, gasoil,
que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de inundación u otros fluidos, ni cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas distintas
extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inundación. de las citadas en el párrafo anterior, aunque estas alteraciones se deriven
de una causa incluida en la cobertura de riesgos extraordinarios.
h. Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de
104 Condiciones Generales · Seguro de Hogar Póliza de Seguro de Hogar COCGHG09/Noviembre 2022 105
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m. Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el 4. Extensión de la cobertura.
Gobierno de la Nación como de “catástrofe o calamidad nacional”.
1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a los mismos bienes o
n. En el caso de la responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles, personas, así como las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en
los daños personales derivados de esta cobertura. las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios.
3. Franquicia. 2. No obstante lo anterior:
I. La franquicia a cargo del asegurado será: a. En las pólizas que cubran daños propios a los vehículos a motor la cobertura
de riesgos extraordinarios por el Consorcio de Compensación de Seguros
a. En el caso de daños directos, en los seguros contra daños en las cosas la garantizará la totalidad del interés asegurable aunque la póliza ordinaria sólo
franquicia a cargo del asegurado será de un siete por ciento de la cuantía lo haga parcialmente.
de los daños indemnizables producidos por el siniestro. No obstante, no
se efectuará deducción alguna por franquicia a los daños que afecten a b. Cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza de responsabilidad
viviendas, a comunidades de propietarios de viviendas, ni a vehículos que civil en vehículos terrestres automóviles, la cobertura de riesgos extraordinarios
estén asegurados por póliza de seguro de automóviles. por el Consorcio de Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo
en el estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior a
b. En el caso de pérdidas pecuniarias diversas, la franquicia a cargo del la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general aceptación en
asegurado será la misma prevista en la póliza, en tiempo o en cuantía, el mercado.
para daños que sean consecuencia de siniestros ordinarios de pérdida de
beneficios. c. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el
contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros
De existir diversas franquicias para la cobertura de siniestros ordinarios de privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de
pérdida de beneficios, se aplicarán las previstas para la cobertura principal. Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado,
es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática
c. Cuando en una póliza se establezca una franquicia combinada para daños que la entidad Aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El
y pérdida de beneficios, por el Consorcio de Compensación de Seguros importe correspondiente a la citada provisión matemática será satisfecho por
se liquidarán los daños materiales con deducción de la franquicia que la mencionada entidad Aseguradora.
corresponda por aplicación de lo previsto en el apartado a) anterior, y la
pérdida de beneficios producida con deducción de la franquicia establecida Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
en la póliza para la cobertura principal, minorada en la franquicia aplicada en
la liquidación de los daños materiales. 1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al
Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación
II. En los seguros de personas no se efectuará deducción por franquicias. al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza,
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o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad
Aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se gestionará
el seguro.
2. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información
relativa al procedimiento y al estado de tramitación de los siniestros podrá
realizarse:
• Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de
Compensación de Seguros (900 222 665 o 952 367 042).
• A través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros
(www.consorseguros.es).
3. Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten
indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al contenido de la
póliza de seguro se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros,
sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese
realizado la entidad Aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios.
4. Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros
realizará el pago de la indemnización al beneficiario del seguro mediante
transferencia bancaria.
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