Saltar al contenido

Corredor de seguros / Riesgos extraordinarios y Consorcio de Compensación de Seguros / Archivo de condiciones

MAPFRE Partnerprodukt contenido: el condicionado completo

Seguro Hogar Telecable de MAPFRE con fenómenos atmosféricos incluidos (lluvia a partir de 40 l/m² por hora, viento de más de 80 km/h); los riesgos extraordinarios los cubre el Consorcio. Valores del documento de información (IPID).

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

  • Gratis para usted, al mismo precio que directo
  • 4,98 de 5 estrellas en 5.037 valoraciones
  • A su lado en caso de siniestro

Contrate esta póliza a través de NAMMERT

Lo que le encaja ya lo ha aclarado con su IA. Aquí solo faltan sus datos. Trasladamos su solicitud a MAPFRE.

  1. La IA ha asesorado
  2. 2Sus datos
  3. Solicitud a MAPFRE

Pago por domiciliación bancaria

La prima se carga en su cuenta. Comprobamos el IBAN mientras lo escribe.

Mediante esta orden de domiciliación autorizo a MAPFRE a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. MAPFRE me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a MAPFRE en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza MAPFRE Partnerprodukt contenido de MAPFRE (Riesgos extraordinarios y Consorcio de Compensación de Seguros) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a MAPFRE y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 62 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Forma del contrato: módulo del seguro de hogar o póliza propia de riesgos de la naturalezano„Fenómenos atmosféricos.“¿Qué se asegura?, página 1
Cobertura de riesgos de la naturaleza para el continenteno regulado
Cobertura de riesgos de la naturaleza para el contenidono regulado
Límite de indemnización por daños de la naturaleza (suma total o límite propio)según las condiciones particulares
Límite agregado anual para todos los daños de la naturalezano regulado
Todos los riesgos de la naturaleza en un paqueteno regulado
Aceptación según zona de riesgono regulado

Riesgos cubiertos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Inundación por desbordamiento de caucesno regulado
Inundación por lluvia intensa sin cauce cercanosí„de 40 l/m2/h y viento de más de 80 Km/h.“¿Existen restricciones?, Fenómenos atmosféricos, página 2
Retroceso de aguas de la red de alcantarilladosí„Inundaciones.“Garantías complementarias, página 1
Terremotono regulado
Hundimiento del terrenono„Asentamientos o movimientos de“¿Qué no está asegurado?, Daños materiales, página 1
Corrimiento de tierras, desprendimiento de rocasno„Asentamientos o movimientos de“¿Qué no está asegurado?, Daños materiales, página 1
Corriente de lodono regulado
Peso de la nieveno regulado
Aludes y presión de aludesno regulado
Erupción volcánicano regulado
Embate de marno regulado
Subida del nivel freático por inundación o lluviano regulado
Entrada de agua de lluvia por cubierta o fachada sin daño previono regulado
Otros fenómenos atmosféricos más allá de viento y granizono regulado

Prestaciones y gastos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Indemnización a valor de reposiciónno regulado
Gastos de desescombro y retirada de lodosno regulado
Gastos de secadono regulado
Pérdida de alquileres o de usono regulado
Gastos de hotel o realojamientono regulado
Gastos de salvamento y aminoración (sacos, achique)no regulado
Instalaciones exteriores y bienes al aire libreno regulado
Dependencias anexas, garajesno regulado
Vehículos a motor excluidosno regulado
Contenido en sótanos cubiertono regulado
Medidas de emergencia y protección provisionalno regulado

Franquicia y carencia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia por siniestro como importe fijono regulado
Franquicia porcentualno regulado
Franquicia mayor en zonas de alto riesgono regulado
Período de carencia para daños de la naturalezano regulado
Sin carencia con seguro previo equivalenteno regulado
Franquicia reducida tras años sin siniestrosno regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Embate de mar excluidono regulado
Aguas freáticas sin relación con inundación excluidasno regulado
Exclusión de humedades y moho prolongadosno regulado
Exclusión por defectos de construcción o mal mantenimientosí„El deterioro gradual y la falta de mantenimiento y conservación“¿Qué no está asegurado?, Daños materiales, página 1
Exclusión de hundimientos por minería o actividad humanano regulado
Exclusión de rotura de presas o diquesno regulado
Exclusión de edificios en construcciónno regulado
Exclusión de eventos ya conocidos o anunciadosno regulado

Obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Válvula antirretorno obligatoriano regulado
Obligación de mantener desagües y canalonesno regulado
Obligación de retirar nieve del tejadono regulado
Almacenamiento en sótano a altura mínimano regulado
Sin reducción por negligencia graveno regulado
Plazo de declaración y conservación de pruebasno regulado

Contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Módulo cancelable por separado, también por el asegurador tras siniestrono regulado
Ajuste de prima si cambia la zona de riesgono regulado
Duración y plazo de preavisono regulado
Garantía de mejores condicionesno regulado
Cláusula de innovaciónno regulado

España: Consorcio y coberturas adicionales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Remisión a la cobertura de riesgos extraordinarios del Consorciosí„Los cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Cobertura propia de lluvia: umbral en litros por m² y horasí„de 40 l/m2/h y viento de más de 80 Km/h.“¿Existen restricciones?, Fenómenos atmosféricos, página 2
Cobertura propia de viento: umbral en km/hsí„de 40 l/m2/h y viento de más de 80 Km/h.“¿Existen restricciones?, Fenómenos atmosféricos, página 2
Pedrisco y nieve cualquiera que sea su intensidadno regulado
Asunción de la franquicia del Consorcio o complementono regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
Distribución
corredores y directo

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Seguro Hogar Telecable MAPFRE, Documento de información (IPID)
[Seite 1] Seguro de HOGAR Documento de información sobre el producto de seguro Producto: Empresa: MAPFRE ESPAÑA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. “Seguro Hogar Registrada en: ESPAÑA Nº Autorización: C-0058 Telecable MAPFRE” En este documento le facilitamos un resumen de este seguro. La información precontractual y contractual completa rela�va al mismo se facilita en otros documentos, que son los que regulan la relación entre las partes. ¿En qué consiste este �po de seguro? Es un seguro des�nado a cubrir los daños que puedan sufrir la VIVIENDA y los BIENES (mobiliario, joyas, dinero y tarjetas de crédito) que se encuentran en ella, por dis�ntos riesgos y en las can�dades que se pacten. Además, cubre la asistencia al asegurado en determinadas situaciones, su responsabilidad civil y defensa jurídica. ¿Qué se asegura? Se puede elegir asegurar solo la ¿Qué no está asegurado? VIVIENDA, solo los BIENES de la misma o ambas cosas: COBERTURAS INCLUIDAS en todo caso: En ningún caso están asegurados los daños:  Daños materiales por incendio, explosión, humo, rayo,  Provocados intencionadamente por el asegurado. hundimiento, colisión y actos vandálicos y prestaciones  Derivados de conflictos armados. especiales derivadas de los mismos (inhabitabilidad,  Derivados de reacción o radiación nuclear o contaminación reobtención de documentos y gastos de salvamento, radiac�va. ex�nción, contención, desescombro, demolición y  Derivados de hechos calificados como emergencia, extracción de lodos). catástrofe o calamidad por la autoridad competente.  Daños materiales y prestaciones especiales derivadas de:  Los cubiertos por el Consorcio de Compensación de − Fenómenos atmosféricos. Seguros. − Daños eléctricos.  Derivados de enfermedades transmisibles, salvo en el caso de los hechos expresamente cubiertos por las garan�as de − Daños por agua. asistencia en viaje y responsabilidad civil. − Roturas (cristales, espejos y aparatos sanitarios).  Robo en la vivienda: robo, hurto, apropiación indebida y Tampoco están asegurados otros hechos específicos de cada lesiones. cobertura, de entre los que se destacan:  Daños Esté�cos en los bienes.  Asistencia urgente y conexión con profesionales. En la cobertura de DAÑOS MATERIALES:  Asistencia en Reparación de Electrodomés�cos y Bricolaje.  Las pérdidas indirectas.  Responsabilidad Civil, incluso por la explotación de la  Los daños o pérdidas por defecto en los materiales vivienda en régimen de alquiler para uso habitual, u�lizados, salvo en el caso de los hechos expresamente vacacional o turís�co. cubiertos por la garan�a de incendio.  Defensa jurídica.  Asentamientos o movimientos de �erra.  El deterioro gradual y la falta de mantenimiento y conservación, salvo en el caso de los hechos expresamente COBERTURAS DE CONTRATACIÓN VOLUNTARIA: cubiertos por la garan�a de incendio.  Todo riesgo accidental y tecnológico.  Asistencia Familiar que incluye personal sanitario, En la cobertura de ROBO: domés�co o docente en caso de accidente; Asistencia  Las simples pérdidas o extravíos. Informá�ca, Protección Digital y Asistencia en ac�vidades  Los hechos en los que concurra negligencia grave del online (teletrabajo, estudio, ocio y compras); Orientación asegurado. médica telefónica y Servicio informa�vo sobre animales.  Asistencia en viaje. En RESPONSABILIDAD CIVIL:  Animales de Compañía.  La responsabilidad derivada de la explotación de negocios o del ejercicio de una ac�vidad profesional. Además, existen algunas GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS  Daños ocasionados por animales no domés�cos. incluidas en determinadas coberturas:  La par�cipación en riñas o peleas.  Reposición de cerraduras y llaves.  Atascos y localización de averías en tuberías. En DEFENSA JURÍDICA:  Inundaciones.  Reclamaciones por contratos de arrendamiento, compraventa de inmuebles (sólo excluido en la opción  Pérdida de bienes refrigerados. básica), servicios bancarios y suministros.  Daños en bienes durante desplazamientos temporales.  Rotura de vitrocerámicas, encimeras y repisas. En TODO RIESGO ACCIDENTAL:  Robo en el exterior de la vivienda.  Hechos ocurridos en el exterior de la vivienda.  Daños superficiales o causados por derrames de líquidos. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Sí, existen dis�ntos límites en las coberturas, de entre los que se destacan los siguientes: ! Fenómenos atmosféricos Cubiertos los daños por lluvia a par�r de 40 l/m2/h y viento de más de 80 Km/h. ! Roturas Máximo 3.000 € por pieza. ! Asistencia Urgente Máximo 3 horas de mano de obra por intervención. Exceso de horas y materiales a cargo del asegurado. ! Asistencia en reparación de electrodomés�cos 2 intervenciones por anualidad con un máx. de 3 horas de mano de obra por intervención. ! Asistencia en bricolaje 2 intervenciones por anualidad con un máx. de 3 horas de mano de obra por intervención. Exceso de horas y materiales a cargo del asegurado. ! Atascos y localización de averías 1 intervención anual. Máximo 300 €. ! Pérdida de bienes refrigerados Máximo 300 € por cada hecho que origine cobertura. ! Daños en bienes durante desplazamientos temporales Máximo 3.000 € por hecho que origine cobertura. ! Rotura de vitrocerámicas Máximo 3.000 € por pieza. ¿Dónde estoy cubierto?  En España.  Y en todo el mundo en determinados supuestos de las siguientes coberturas: − Asistencia en viaje. − Desplazamiento temporal de los bienes asegurados (mobiliario y joyas), con cobertura en hoteles o viviendas u�lizadas por el Asegurado con mo�vo de un viaje o desplazamiento temporal de duración no superior a 3 meses. − Robo en el exterior de la vivienda. − Responsabilidad Civil, aplicable a los hechos ocurridos en el extranjero cuando se trate de desplazamientos ocasionales de carácter privado cuya duración no sea superior a tres meses consecu�vos. ¿Cuáles son mis obligaciones? − Pagar el seguro. − Facilitar a la aseguradora toda la información necesaria para que pueda valorar el riesgo antes de formalizar el contrato. − Comunicar a la aseguradora cualquier cambio en la información dada en la contratación durante toda la vigencia del contrato. − Comunicar a la aseguradora los hechos que puedan dar lugar a indemnización u otras prestaciones, en el plazo de siete días desde que se conozcan, aportando la información y documentación necesaria para comprobar y valorar los daños, permi�endo la actuación de los técnicos nombrados por la aseguradora a estos efectos. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? En el momento de la contratación. El pago es anual salvo que se establezca otra cosa en el contrato, pudiendo pactarse su fraccionamiento. Podrá efectuarse el pago por los medios que se acuerden en cada caso en el contrato de seguro, ya sea domiciliación bancaria, tarjeta de crédito o débito u otros medios aceptados por la aseguradora. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? La cobertura comienza y termina en la fecha que figure en las Condiciones Par�culares del contrato, salvo prórroga. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? El contratante podrá oponerse a la prórroga del contrato con, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo en curso, sin alegar ninguna causa.