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Corredor de seguros / Seguro de accidentes personales / Archivo de condiciones

Generali Accidentes: el condicionado completo

Generali Accidentes Complet: fallecimiento e invalidez permanente por accidente en todo el mundo, con anticipo de sepelio, agresión y prótesis incluidos; infarto, incapacidad temporal, asistencia sanitaria, hospitalización y cirugía estética como coberturas opcionales; solo consta el documento de información (IPID).

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Mediante esta orden de domiciliación autorizo a Generali a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. Generali me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a Generali en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza Generali Accidentes de Generali (Seguro de accidentes personales) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a Generali y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 78 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital base para invalidez permanentesí, hasta la suma asegurada„Invalidez Permanente por Accidente: garantiza el pago de un capital en caso de Invalidez Permanente Absoluta o Parcial del Asegurado por accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Ámbito de cobertura (mundial, 24 horas, trabajo y ocio)sí„Para las coberturas de Fallecimiento, Invalidez Permanente y Asistencia en Viaje, el Seguro ofrece cobertura en Todo el Mundo.“¿Dónde estoy cubierto?, página 1
Garantía frente al condicionado modelo GDV (AUB)no regulado
Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo alemán de corredores (AK)no regulado
Garantía de mejor cobertura (rigen condiciones mejores de otras aseguradoras)no regulado
Garantía de cobertura anterior (al menos lo de la póliza previa)no regulado
Personas asegurables (sin excluir a dependientes o enfermos graves)sí„La póliza cesará a todos sus efectos al término de la anualidad de seguro en que el Asegurado cumpla los 70 años de edad“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2

Baremo de invalidez por miembros

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Baremo: pérdida o inutilidad de un brazono regulado
Baremo: mano a la altura de la muñecano regulado
Baremo: pulgarno regulado
Baremo: índice y demás dedosno regulado
Baremo: pierna por encima de la mitad del muslono regulado
Baremo: pierna por debajo de la rodillano regulado
Baremo: pie a la altura del tobillono regulado
Baremo: ojo (pérdida de la visión)no regulado
Baremo: audición de un oídono regulado
Baremo: olfatono regulado
Baremo: gustono regulado
Baremo: voz (pérdida del habla)no regulado
Baremo: órganos internos (riñón, bazo, pulmón)no regulado

Prestación por invalidez permanente

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Progresión del 225 por cientono regulado
Progresión del 350 por cientono regulado
Progresión del 500 por cientono regulado
Progresión del 1000 por cientono regulado
Concurrencia de enfermedades: reducción solo a partir de una participación deno regulado
Plazo para que se manifieste la invalidez tras el accidentesí„Se establece un límite de 5 años desde la ocurrencia de un accidente y en el cual falleciese el Asegurado o sufriera una Invalidez Permanente, para el cobro de la cantidad establecida.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 1
Plazo para la determinación médica de la invalidezno regulado
Plazo para reclamar la invalidez ante la aseguradorasí„Comunicar a GENERALI el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Revisión del grado de invalidez (plazo, menores)no regulado
Invalidez previa: deducción de una limitación ya existenteno regulado
Anticipo sobre la prestación por invalidezno regulado
Grado mínimo de invalidez por debajo del cual no se paga (franquicia)no regulado

Concepto ampliado de accidente

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Accidente por movimiento propiono regulado
Esfuerzo físico excesivo (luxación, distensión, rotura)no regulado
Picadura de garrapata (encefalitis, borreliosis)no regulado
Picadura de insecto y mordedura (también reacción alérgica)no regulado
Infecciones por lesión accidental y enfermedades infecciosas relacionadasno regulado
Intoxicación alimentaria e ingestión de sustanciasno regulado
Muerte y lesiones por ahogamientono regulado
Congelacionesno regulado
Insolación, golpe de calor, quemaduras solaresno regulado
Inhalación súbita de gases y vaporesno regulado
Hernia discal por accidenteno regulado
Hernias abdominales e inguinalesno„Hernias no relacionadas con el accidente cubierto.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Infarto e ictus como causa o consecuencia del accidentesí„Queda cubierto el Infarto de Miocardio o Accidente Cerebrovascular que sean la única e inmediata causa del fallecimiento del Asegurado, siempre y cuando se desconozca la preexistencia de tales afecciones.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 1
Reacciones psíquicas tras un accidente (estrés postraumático)no„Procesos con manifestaciones de dolor, algias o vértigo, no objetivables.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Alteraciones de la consciencia y accidentes bajo alcohol o medicamentos (tasa de alcohol)no„Estado de embriaguez, enajenación o drogas.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Convulsiones (epilépticas y otras) como causa del accidenteno regulado

Menores

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Enfermedades infantiles con secuelas permanentes (sarampión, paperas, rubeola, polio)no regulado
Daños por vacunaciónno regulado

Otras prestaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Renta por accidente (mensual, a partir de qué grado de invalidez)no regulado
Prestación transitoria por limitación grave durante mesessí, hasta la suma asegurada„Incapacidad Temporal por accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Indemnización diaria por hospitalizaciónsí, hasta la suma asegurada„Hospitalización por accidente o enfermedad.“¿Qué se asegura?, página 1
Indemnización por convalecencia tras hospitalizaciónno regulado
Prestación por fallecimiento accidentalsí, hasta la suma asegurada„Fallecimiento por Accidente: garantiza el pago de un capital en caso del fallecimiento del asegurado por accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Pago inmediato por lesiones graves (paraplejia, amputación, daño cerebral)no regulado
Prestación por fracturas óseas (también sin invalidez)no regulado
Gastos de búsqueda, rescate y salvamento (también helicóptero, repatriación)sí, hasta la suma asegurada„Gastos de Salvamento del Asegurado accidentado.“¿Qué se asegura?, página 1
Cirugía estética tras un accidente (también prótesis dental)sí, hasta la suma asegurada„Cirugía Estética.“¿Qué se asegura?, página 1
Gastos de balneario y rehabilitaciónno regulado
Gestión de la rehabilitación (servicio de acompañamiento)no regulado
Alojamiento de un progenitor con el menor hospitalizadono regulado

Exclusiones y coberturas reincorporadas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Deporte de motor: carreras, entrenamientos, cursos de conducción cubiertosno„Competiciones con vehículos motorizados.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Aviación: pasajero, piloto privado, parapente, paracaidismo cubiertosno„Accidentes producidos en la actividad como piloto o tripulante de aeronave.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Guerra y disturbios: riesgo pasivo de guerra en el extranjerono regulado
Energía nuclear y radiaciones: alcance de la exclusión (tratamiento médico cubierto)no„La radiación nuclear, salvo en tratamientos médicos.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Buceo: lesiones típicas del buceo (descompresión, tímpano) cubiertasno„Actividades peligrosas incluido deportes o deporte profesional en general.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Deportes náuticos: vela, regatas, travesías de altura sin exclusiónno„Actividades peligrosas incluido deportes o deporte profesional en general.“¿Qué no está asegurado?, página 1

Contrato y primas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Agravación del riesgo por cambio de profesión (grupo de riesgo, plazo de aviso)no regulado
Exención de primas por desempleo, incapacidad o fallecimiento del tomadorno regulado
Garantía de ampliación (aumentar capital sin declaración de salud)no regulado
Duración y rescisión (también tras un siniestro)sí„podrá oponerse a la prórroga del contrato manifestándolo por escrito con al menos 1 mes de antelación a la conclusión de la anualidad del seguro.“¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Obligaciones tras un accidente (plazo de aviso, médico, gastos de informes)sí„Comunicar a GENERALI el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital por fallecimientosí, hasta la suma asegurada„Fallecimiento por Accidente: garantiza el pago de un capital en caso del fallecimiento del asegurado por accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Invalidez permanente según baremo (tabla del condicionado, referencia al baremo legal)sí„garantiza el pago de un capital en caso de Invalidez Permanente Absoluta o Parcial del Asegurado por accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Gastos de sepeliosí, hasta la suma asegurada„Anticipo para Gastos de Sepelio.“¿Qué se asegura?, página 1
Asistencia sanitaria (libre elección o centros concertados)sí, hasta la suma asegurada„Asistencia sanitaria en caso de accidente.“¿Qué se asegura?, página 1
Consorcio de Compensación de Seguros para riesgos extraordinarios (terrorismo, catástrofes)no regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
GENERALI ESPAÑA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
Distribución
corredores y directo

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: IPID Generali Accidentes (G VRA 00036)
[Seite 1] Seguro de Accidentes Documento de información sobre el producto de seguro GENERALI ESPAÑA S.A., de Seguros y Reaseguros Registrada en España - nº D.G.S C0072 Producto: Generali Accidentes Complet Este documento de información sobre el producto de seguro está destinado a proporcionar un resumen de las principales coberturas y exclusiones, y no está, en modo alguno, personalizado para las necesidades específicas de cada cliente. La información precontractual y contractual completa relativa a este producto se facilita en las Condiciones Generales y Particulares, en las cuales se detallarán las coberturas efectivamente contratadas por el cliente. ¿En qué consiste este tipo de seguro? GENERALI garantiza el cobro de las indemnizaciones y prestaciones previstas, cuando el Asegurado resulte con lesiones corporales causadas por un accidente cubierto por el Seguro, ocurrido en cualquier lugar y por cualquier causa, tanto durante el ejercicio de las ocupaciones profesionales declaradas, como durante cualquier otra actividad de la vida ordinaria que no tenga carácter profesional, con las coberturas, límites y excepciones que figuran en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Fallecimiento por Accidente: garantiza el pago de un Las exclusiones más importantes son: capital en caso del fallecimiento del asegurado por Autolesiones, suicidio o su tentativa. accidente. Incluye gratuitamente: Actos dolosos o criminales cometidos por el Asegurado o • Servicio de Gestoría. el Beneficiario. • Anticipo para Gastos de Sepelio. Estado de embriaguez, enajenación o drogas. • Capital adicional a consecuencia de Agresión. Actos previos a la fecha de efecto de la póliza. • Prestación para el cónyuge superviviente. Hechos derivados de viajes de avión en grupo. • De ambos cónyuges en el mismo accidente. Actividades peligrosas incluido deportes o deporte Invalidez Permanente por Accidente: garantiza el profesional en general. pago de un capital en caso de Invalidez Permanente Accidentes producidos en la actividad como piloto o Absoluta o Parcial del Asegurado por accidente. Incluye tripulante de aeronave. gratuitamente: Actos calificados como imprudencia temeraria o • Capital adicional a consecuencia de Agresión. negligente. • Gastos de implantación de las primeras prótesis de Infarto de miocardio previo accidente de circulación. cadera o internas traumatológicas. Competiciones con vehículos motorizados. • Prestación cónyuge del Asegurado. Hernias no relacionadas con el accidente cubierto. • Prestación Invalidez Permanente Absoluta simultánea La radiación nuclear, salvo en tratamientos médicos. de ambos cónyuges. Procesos con manifestaciones de dolor, algias o vértigo, • Prestación adicional para la habilitación de la vivienda no objetivables. y/o vehículo en caso de invalidez que así lo exigiese. Hechos causados voluntariamente por el propio Si usted las contrata, son coberturas opcionales: Asegurado. • Fallecimiento o Invalidez permanente a causa de infarto de miocardio, accidente cerebrovascular o accidente de circulación. ¿Existen restricciones en lo que • Incapacidad Temporal por accidente. respecta a la cobertura? • Asistencia sanitaria en caso de accidente. Las restricciones más importantes son: • Hospitalización por accidente o enfermedad. Se establece un límite de 5 años desde la ocurrencia de • Cirugía Estética. un accidente y en el cual falleciese el Asegurado o sufriera • Asistencia Personal. una Invalidez Permanente, para el cobro de la cantidad - Gastos de Transporte o repatriación. establecida. - Gastos de Salvamento del Asegurado accidentado. Un mismo Accidente sufrido por un Asegurado no puede dar derecho a prestación para el caso de Fallecimiento y - Servicio Personal de Limpieza a domicilio. para el caso de Invalidez Permanente. Si tras el pago - Gastos de Asistencia Veterinaria en caso de accidente de la prestación por Invalidez Permanente absoluta o de animal doméstico (perros y gatos). parcial, el Asegurado falleciera como consecuencia del - Servicios de Asesoramiento Jurídico. mismo Accidente, se pagaría únicamente la diferencia si la prestación prevista para caso de Fallecimiento fuera • Asistencia en Viaje. superior a la ya satisfecha. - Transporte y repatriación sanitaria de heridos y Queda cubierto el Infarto de Miocardio o Accidente enfermos. Cerebrovascular que sean la única e inmediata causa - Regreso anticipado del Asegurado a causa del del fallecimiento del Asegurado, siempre y cuando se fallecimiento de un familiar. desconozca la preexistencia de tales afecciones. - Gastos médicos quirúrgicos, farmacéuticos,de hospitalización y tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero. - Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero. - Búsqueda y transporte de equipajes. [Seite 2] ¿Dónde estoy cubierto? El ámbito geográfico depende de las cobertura, no obstante ha de residir en España al menos durante 183 días al año. Si traslada su residencia habitual al extranjero quedarán suspendidas las coberturas al vencimiento de la anualidad. Para las coberturas de Fallecimiento, Invalidez Permanente y Asistencia en Viaje, el Seguro ofrece cobertura en Todo el Mundo. Para el resto, únicamente estará cubierto en el territorio de la Unión Europea y Estados Unidos de América Para la Garantía de Asistencia Personal lo estará solamente en España. ¿Cuáles son mis obligaciones? Declarar a GENERALI, de acuerdo con el cuestionario que le someta, todas las circunstancias por Vd. conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. El pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza. Si se han pactado primas periódicas, la primera de ellas será exigible una vez firmado el contrato. Comunicar a GENERALI el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio, además de da toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias. Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? La prima será exigible una vez firmado el contrato. Si se han pactado primas periódicas, la primera de ellas será igualmente exigible una vez producida esa firma. Normalmente el pago se efectúa a través de Banco, no obstante si en la póliza no se determina forma ni lugar para ese pago de la prima, se entenderá que éste ha de hacerse en el domicilio del tomador del seguro. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El efecto del Seguro, y por tanto, la cobertura, se inicia en la fecha y hora que se indica en las Condiciones Particulares de la póliza, siempre que ésta haya sido firmada por las partes y el Tomador haya satisfecho el primer recibo de prima. Asimismo, las eventuales modificaciones o adiciones posteriores a la póliza no tomarán efecto mientras no haya sido satisfecho el correspondiente recibo de prima. En caso de demora en el cumplimiento de estos requisitos, las obligaciones de GENERALI comenzarán a las 24 horas del día en que hayan sido cumplimentados. La póliza cesará a todos sus efectos al término de la anualidad de seguro en que el Asegurado cumpla los 70 años de edad para las coberturas de Fallecimiento, Invalidez Permanente, Asistencia Personal y Asistencia en Viaje. Para el resto, Fallecimiento por infarto o ACV, Invalidez Permanente por infarto o ACV, Incapacidad Temporal, Cuota mensual de Autónomo, Fallecimiento por accidente de circulación, o Invalidez por accidente de circulación, la finalización de la cobertura se establece a los 65 años. En cualquier caso la edad máxima de permanencia en la póliza queda establecida en 70 años. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Se puede resolver unilateralmente el Contrato de Seguro dentro del plazo de los 30 días siguientes a la fecha en la que GENERALI te entregue la Póliza. Por otra parte, podrá oponerse a la prórroga del contrato manifestándolo por escrito con al menos 1 mes de antelación a la conclusión de la anualidad del seguro.

Su corredor: Norman Nammert, bajo la marca NAMMERT.

Corredor de seguros según el § 34d apdo. 1 GewO, con sede en Alemania.

Registro de mediadores D-C08Q-TOSD4-37.

Opera en España en libre prestación de servicios.

NAMMERT Assekuradeur GmbH es una empresa distinta.

No media su contrato.

Información previa (en alemán)