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MGS Accidentes Universal: el condicionado completo

MGS Accidentes Universal con fallecimiento (capital aumentado un 50% en accidente aéreo), invalidez permanente parcial, absoluta y gran invalidez, subsidios por incapacidad temporal y hospitalización y asistencia sanitaria ilimitada en centros concertados (solo documento de información del producto).

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 78 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital base para invalidez permanentesí, hasta la suma asegurada„Invalidez permanente parcial por accidente.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Ámbito de cobertura (mundial, 24 horas, trabajo y ocio)sí„Cobertura de ámbito mundial.“IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Garantía frente al condicionado modelo GDV (AUB)no regulado
Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo alemán de corredores (AK)no regulado
Garantía de mejor cobertura (rigen condiciones mejores de otras aseguradoras)no regulado
Garantía de cobertura anterior (al menos lo de la póliza previa)no regulado
Personas asegurables (sin excluir a dependientes o enfermos graves)sí„Personas cuya edad sea igual o superior a los 75 años.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1

Baremo de invalidez por miembros

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Baremo: pérdida o inutilidad de un brazono regulado
Baremo: mano a la altura de la muñecano regulado
Baremo: pulgarno regulado
Baremo: índice y demás dedosno regulado
Baremo: pierna por encima de la mitad del muslono regulado
Baremo: pierna por debajo de la rodillano regulado
Baremo: pie a la altura del tobillono regulado
Baremo: ojo (pérdida de la visión)no regulado
Baremo: audición de un oídono regulado
Baremo: olfatono regulado
Baremo: gustono regulado
Baremo: voz (pérdida del habla)no regulado
Baremo: órganos internos (riñón, bazo, pulmón)no regulado

Prestación por invalidez permanente

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Progresión del 225 por cientono regulado
Progresión del 350 por cientono regulado
Progresión del 500 por cientono regulado
Progresión del 1000 por cientono regulado
Concurrencia de enfermedades: reducción solo a partir de una participación deno regulado
Plazo para que se manifieste la invalidez tras el accidenteno regulado
Plazo para la determinación médica de la invalidezno regulado
Plazo para reclamar la invalidez ante la aseguradorano regulado
Revisión del grado de invalidez (plazo, menores)no regulado
Invalidez previa: deducción de una limitación ya existenteno regulado
Anticipo sobre la prestación por invalidezno regulado
Grado mínimo de invalidez por debajo del cual no se paga (franquicia)no regulado

Concepto ampliado de accidente

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Accidente por movimiento propiono regulado
Esfuerzo físico excesivo (luxación, distensión, rotura)no regulado
Picadura de garrapata (encefalitis, borreliosis)no regulado
Picadura de insecto y mordedura (también reacción alérgica)no regulado
Infecciones por lesión accidental y enfermedades infecciosas relacionadasno regulado
Intoxicación alimentaria e ingestión de sustanciasno regulado
Muerte y lesiones por ahogamientono regulado
Congelacionesno regulado
Insolación, golpe de calor, quemaduras solaresno regulado
Inhalación súbita de gases y vaporesno regulado
Hernia discal por accidenteno regulado
Hernias abdominales e inguinalesno regulado
Infarto e ictus como causa o consecuencia del accidentesí, hasta la suma asegurada„Fallecimiento e Invalidez absoluta a consecuencia de infarto o accidente cerebrovascular.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Reacciones psíquicas tras un accidente (estrés postraumático)no regulado
Alteraciones de la consciencia y accidentes bajo alcohol o medicamentos (tasa de alcohol)no regulado
Convulsiones (epilépticas y otras) como causa del accidenteno regulado

Menores

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Enfermedades infantiles con secuelas permanentes (sarampión, paperas, rubeola, polio)no regulado
Daños por vacunaciónno regulado

Otras prestaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Renta por accidente (mensual, a partir de qué grado de invalidez)no regulado
Prestación transitoria por limitación grave durante mesesno regulado
Indemnización diaria por hospitalizaciónsí, hasta la suma asegurada„Subsidio diario por hospitalización que se dobla durante la estancia en UVI.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Indemnización por convalecencia tras hospitalizaciónno regulado
Prestación por fallecimiento accidentalsí, hasta la suma asegurada„Fallecimiento por accidente, cuyo capital se incrementa un 50% por accidente aéreo.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Pago inmediato por lesiones graves (paraplejia, amputación, daño cerebral)sí, hasta la suma asegurada„Lesiones graves por accidente.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Prestación por fracturas óseas (también sin invalidez)no regulado
Gastos de búsqueda, rescate y salvamento (también helicóptero, repatriación)no regulado
Cirugía estética tras un accidente (también prótesis dental)sí, hasta 3.000 €„Cirugía estética reparadora Máximo 3.000€.“IPID, restricciones, página 2
Gastos de balneario y rehabilitaciónno regulado
Gestión de la rehabilitación (servicio de acompañamiento)no regulado
Alojamiento de un progenitor con el menor hospitalizadono regulado

Exclusiones y coberturas reincorporadas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Deporte de motor: carreras, entrenamientos, cursos de conducción cubiertosno„Los accidentes que sean consecuencia de la participación en cualquier tipo de entrenamiento, prueba, o competición deportiva de velocidad o aérea.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Aviación: pasajero, piloto privado, parapente, paracaidismo cubiertossí„Fallecimiento por accidente, cuyo capital se incrementa un 50% por accidente aéreo.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Guerra y disturbios: riesgo pasivo de guerra en el extranjerono regulado
Energía nuclear y radiaciones: alcance de la exclusión (tratamiento médico cubierto)no regulado
Buceo: lesiones típicas del buceo (descompresión, tímpano) cubiertasno regulado
Deportes náuticos: vela, regatas, travesías de altura sin exclusiónno regulado

Contrato y primas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Agravación del riesgo por cambio de profesión (grupo de riesgo, plazo de aviso)sí„Informar verazmente y con exactitud los datos que figurarán en el contrato de seguro, así como comunicar la variación que pudiera existir en los mismos.“IPID, ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Exención de primas por desempleo, incapacidad o fallecimiento del tomadorno regulado
Garantía de ampliación (aumentar capital sin declaración de salud)no regulado
Duración y rescisión (también tras un siniestro)sí„Mediante una notificación escrita al Asegurador, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del periodo del seguro.“IPID, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Obligaciones tras un accidente (plazo de aviso, médico, gastos de informes)sí„deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido“IPID, ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital por fallecimientosí, hasta la suma asegurada„Fallecimiento por accidente, cuyo capital se incrementa un 50% por accidente aéreo.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Invalidez permanente según baremo (tabla del condicionado, referencia al baremo legal)no regulado
Gastos de sepeliosí, hasta 1.500 €„Gastos de sepelio Máximo 1.500€.“IPID, restricciones, página 2
Asistencia sanitaria (libre elección o centros concertados)sí, hasta la suma asegurada„Asistencia sanitaria por accidente ilimitada en centros concertados.“IPID, ¿Qué se asegura?, página 1
Consorcio de Compensación de Seguros para riesgos extraordinarios (terrorismo, catástrofes)sí„Los riesgos extraordinarios cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.“IPID, ¿Qué no está asegurado?, página 1

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
MGS SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Documento de información del producto MGS Accidentes Universal
[Seite 1] Seguro de Accidentes Documento de información sobre el producto de seguro Empresa: MGS, Seguros y Reaseguros S.A. Prod Registro Mercantil de Zaragoza, Tomo 4284, Folio 109, Hoja Z 62788, Inscripción 2, NIF A-08171373, Póliz Producto: MGS Accidentes Universal con código en la DGSFP C0794 <No Este documento proporciona información general sobre el producto. La información precontractual y contractual completa relativa al producto se facilita en otros documentos. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Este seguro está pensado para personas preocupadas por su protección y la de su familia, con el fin de afrontar su futuro económico a corto y largo plazo en el caso de producirse cualquier accidente. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Las siguientes coberturas principales: Personas cuya edad sea igual o superior a los 75 años. Fallecimiento por accidente, cuyo capital se incrementa un 50% por accidente aéreo. Personas que utilicen su automóvil como medio habitual de trabajo para la cobertura de Reembolso de gastos de sepelio y de traslado del accidente de circulación. fallecido. Los accidentes que sean consecuencia de la Fallecimiento por accidente de circulación. participación en cualquier tipo de entrenamiento, prueba, o competición Fallecimiento e Invalidez absoluta a consecuencia de deportiva de velocidad o aérea. infarto o accidente cerebrovascular. Las consecuencias del infarto de miocardio, Invalidez permanente parcial por accidente. cualquiera que sea su causa, salvo que haya sido contratada alguna de las garantías Invalidez permanente absoluta por accidente. concretas que lo amparan. Gran invalidez por accidente. Las enfermedades de cualquier naturaleza Invalidez permanente absoluta y parcial por accidente salvo lo establecido para alguna de las de circulación. garantías. Subsidio diario por invalidez temporal por accidente o Los riesgos extraordinarios cubiertos por el enfermedad. Consorcio de Compensación de Seguros. Subsidio diario por hospitalización que se dobla Personas que desarrollen profesiones de alto durante la estancia en UVI. riesgo. Asistencia sanitaria por accidente ilimitada en centros Los accidentes causados por mala fe del concertados. asegurado. Asistencia dental por accidente. Las enfermedades preexistentes y conocidas por el Asegurado, pero no declaradas en el Lesiones graves por accidente. cuestionario de salud. Asistencia en viaje. Servicio de atención telefónica. Servicio de ayuda a personas mayores. Segunda opinión médica internacional. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Carencias: 8 meses: Prestaciones relacionadas con un embarazo, puerperio o parto. Franquicias: Invalidez Temporal con Franquicia: se deducirá del importe del siniestro la franquicia estipulada a tal efecto en las Condiciones Particulares. Límites en las coberturas: Gastos de sepelio Máximo 1.500€. Traslado del fallecido Máximo 600€. Acondicionamiento de vivienda y automóvil Máximo 3.000€ Cirugía estética reparadora Máximo 3.000€ Asistencia en centros de libre elección Máximo 600€. Asistencia sanitaria por accidente Máximo 365 días. Asistencia dental por accidente Máximo 1.500€. Subsidio por hospitalización Máximo 120 días. ¿Dónde estoy cubierto? Cobertura de ámbito mundial. Para asistencia en viaje a las personas tanto en España, como en el resto del mundo. En España a más de 25 kms. del domicilio del Asegurado (10 kms. en las Islas Baleares y Canarias). ¿Cuáles son mis obligaciones? Declarar, de acuerdo con el cuestionario que el Asegurador le someta, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo antes de formalizar el contrato. Informar verazmente y con exactitud los datos que figurarán en el contrato de seguro, así como comunicar la variación que pudiera existir en los mismos. El pago del seguro. En caso de siniestro, el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio. El Tomador o el Asegurado deberán, además, facilitar al Asegurador cuanta información posean sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. Asimismo, deberán facilitarle el ejercicio de las acciones de subrogación o repetición que le pudieran corresponder. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El pago del seguro se hará en el momento en que la póliza tome efecto, en las fracciones de pago pactadas, si las hubiera, y al inicio de las sucesivas renovaciones. El pago se realizará por domiciliación bancaria. ¿Cuándo y comienza y finaliza la cobertura? La duración del contrato será la determinada en la póliza. Sin embargo, y según se disponga en el contrato de seguro, podrá prorrogarse una o más veces por un periodo no superior a un año cada vez. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Mediante una notificación escrita al Asegurador, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del periodo del seguro.