Saltar al contenido

Corredor de seguros / Seguro de decesos / Archivo de condiciones

Reale Contigo Reale Contigo Completa: el condicionado completo

Modalidad completa del seguro de decesos Reale Contigo: la básica más ayuda a la dependencia y capitales por fallecimiento e incapacidad por accidente de hasta 24.000 euros y hospitalización por accidente.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

  • Gratis para usted, al mismo precio que directo
  • 4,98 de 5 estrellas en 5.037 valoraciones
  • A su lado en caso de siniestro

Contrate esta póliza a través de NAMMERT

Lo que le encaja ya lo ha aclarado con su IA. Aquí solo faltan sus datos. Trasladamos su solicitud a Reale.

  1. La IA ha asesorado
  2. 2Sus datos
  3. Solicitud a Reale

Pago por domiciliación bancaria

La prima se carga en su cuenta. Comprobamos el IBAN mientras lo escribe.

Mediante esta orden de domiciliación autorizo a Reale a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. Reale me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a Reale en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza Reale Contigo Reale Contigo Completa de Reale (Seguro de decesos) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a Reale y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 64 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital asegurado (prestación por fallecimiento), importe máximosí, hasta 9.000 €„Servicio de Decesos con un límite máximo de 9.000,00€ por Asegurado“Documento de información, ¿Qué se asegura?, página 1
Cobertura vitalicia (sin plazo fijo)sí„Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.“Documento de información, ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2
Duración del pago de primas (vitalicia, limitada hasta una edad o años fijos)sí„En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.“Documento de información, ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?, página 2
Prima única disponibleno regulado
Edad mínima de contrataciónno regulado
Edad máxima de contrataciónsí„Las personas que tengan una edad actuarial superior a 75 años en el momento de emisión del Contrato.“Documento de información, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Ámbito mundial (también fallecimiento en el extranjero)sí„Servicio de Sepelio, Fallecimiento por Accidente e Incapacidad Permanente Absoluta por Accidente tienen cobertura Mundial“Documento de información, ¿Dónde estoy cubierto?, página 1
Revalorización automática del capital sin examen de saludno regulado
Varios asegurados en una póliza (pareja, familia)sí„En caso de fallecimiento de uno (o varios) de los Asegurados“Documento de información, ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1

Cuestionario de salud y carencia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cuestionario de salud o examen médico al contratarsí„Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo.“Documento de información, ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Período de carencia sin prestación completano regulado
Prestación si se fallece durante la carencia (devolución de primas, prestación escalonada)no regulado
Prestación completa por accidente también durante la carenciano regulado
Carencia reducida o nula tras examen de saludno regulado
Nueva carencia para aumentos de capitalno regulado
Cobertura provisional desde la solicitud (normalmente solo accidente)no regulado

Prestaciones y servicio fúnebre

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Pago en dinero al beneficiariono regulado
Servicio fúnebre prestado por la aseguradora o su red de funerariassí„este seguro cubre la prestación del Servicio fúnebre convenido“Documento de información, ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Capital adicional por fallecimiento accidentalsí, hasta 24.000 €„Fallecimiento por Accidente con un límite máximo de 24.000,00€“Documento de información, Modalidad completa, página 1
Traslado desde el extranjero (gastos u organización)no regulado
Traslado nacional al lugar de inhumaciónsí, hasta la suma asegurada„en la localidad que sus familiares designen dentro del territorio nacional español“Documento de información, ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Hijos incluidos sin póliza propiano regulado
Registro de las últimas voluntades sobre el sepeliono regulado
Asistencia psicológica a familiaressí„Asistencia Psicológica telefónica“Documento de información, Modalidad Básica, página 1
Gestoría: trámites, pensiones y herenciasí„Gestión documental“Documento de información, Modalidad Básica, página 1
Borrado o gestión de la huella digitalno regulado
Asesoramiento jurídico sobre testamento y herenciasí„Asesoramiento telefónico en materia de sucesoria y testamentaria“Documento de información, Modalidad Básica, página 1
Lápida o mantenimiento de sepulturano regulado
Asistencia en viajesí, hasta la suma asegurada„Asistencia en Viaje tiene validez en todo el mundo, excepto la garantía de Asistencia Médica y Sanitaria que queda excluida en España“Documento de información, ¿Dónde estoy cubierto?, página 1
Anticipo de la prestación por enfermedad terminal o dependenciano regulado
Exención de primas por dependenciano regulado
Sobrante del capital no consumido para los herederosno regulado

Prima, participación en beneficios y contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Participación en beneficios (forma)no regulado
Prima constante durante todo el pagono regulado
La aseguradora puede subir la prima o reducir el capitalno regulado
Valor de rescateno regulado
Rescisión por el tomador (plazo, consecuencias)sí„El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización indicada, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación.“Documento de información, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 1
Sin derecho de rescisión ordinaria de la aseguradorano regulado
Reducción (póliza liberada de pago con capital reducido)no regulado
Aplazamiento de primasno regulado
Beneficiario (revocable, irrevocable, cesión a funeraria)no regulado
Exclusión de rescate antes del fallecimiento (protección frente a cómputo como patrimonio)no regulado

Deber de declaración y exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Plazo para alegar inexactitud en la declaraciónno regulado
Renuncia a rescindir por inexactitud sin culpano regulado
Exclusión por suicidio dentro de un plazono regulado
Exclusión por enfermedades preexistentesno regulado
Riesgo de guerra pasivono regulado
Terrorismo sin exclusiónno regulado
Exclusión NBQ y destrucción masivano regulado
Exclusión por epidemias, pandemias o catástrofesno regulado
Exclusión por delito doloso del aseguradono regulado

Particularidades de Austria

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Gastos de sepelio habituales (art. 159 VersVG)no regulado
Funeraria colaboradora con facturación directano regulado
Pérdida del servicio si el capital es insuficienteno regulado

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Prima natural, nivelada, mixta o únicano regulado
Actualización anual de capitalesno regulado
Indemnización a herederos si no se presta el servicio (art. 106 bis LCS)no regulado
Libre elección de funerariano regulado
Recién nacidos incluidos sin carencia ni sobreprimano regulado
Residentes extranjeros: repatriación al país de origenno regulado
Inhumación o incineración, nicho incluidosí„el conjunto de elementos y gestiones necesarias para efectuar la inhumación o incineración del fallecido o fallecidos“Documento de información, ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Exclusiones y cláusulas limitativassí„La prestación que corresponda a coberturas complementarias u optativas que no se hayan contratado expresamente en las Condiciones Particulares y/o Especiales.“Documento de información, ¿Qué no está asegurado?, página 1
Consorcio de Compensación de Segurosno regulado
Cambio de aseguradora respetando antigüedad (sin nueva carencia)no regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Documento de información sobre el producto Reale Contigo Prima Periódica
[Seite 1] REALE SEGUROS SEGURO REALE CONTIGO (Decesos) REALE GROUP T OGET H ER M O R E DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: Póliza Reale Contigo (Decesos) (123) El presente documento contiene informacion general previa resumida sobre el producto de seguro. La informacion precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitara al cliente en otros documentos. Si desea mas informacion, puede consultarla en nuestra pagina www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? En caso de fallecimiento de uno (o varios) de los Asegurados, este seguro cubre la prestación del Servicio fúnebre convenido, entendiendo por tal, el conjunto de elementos y gestiones necesarias para efectuar la inhumación o incineración del fallecido o fallecidos en la localidad que sus familiares designen dentro del territorio nacional español. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Garantías básicas: Los principales riesgos excluidos son: Modalidad Básica Las personas que tengan una edad actuarial superior a 75 años en Servicio de Decesos con un límite máximo de 9.000,00€ por el momento de emisión del Contrato. Asegurado El fallecimiento que se haya originado con anterioridad a la entrada Asistencia en Viaje en vigor de las garantías del Contrato. Asistencia a Personas La prestación que correspondaa coberturas complementarias u Asesoramiento telefónico en materia de sucesoria y optativas que no se hayan contratado expresamente en las testamentaria Condiciones Particulares y/o Especiales. Gestión documental Asistencia Psicológica telefónica Modalidad completa Modalidad Básica (incluida) Servicio de orientación y Ayuda a la Dependencia Fallecimiento por Accidente con un límite máximo de 24.000,00€ Incapacidad Permanente Absoluta por Accidente con un límite máximo de 24.000,00€ Hospitalización por Accidente con un límite máximo de 60,00 €/día y un máximo por siniestro de 30 días. Las principales garantías y/o Servicios opcionales son (ambas modalidades permiten contratar los siguientes packs): Pack Legal Pack Salud Pack Asistencia [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Las principales restricciones son: ! En el caso de Fallecimiento o Incapacidad Absoluta y Permanente por Accidente aquellas personas que tengan una edad mayor de 66 años cumplidos, con una edad de salida los 67 años. ! En el caso de Hospitalización por Accidente, las personas que tengan una edad superior a 66 años cumplidos. ! En el caso de Fallecimiento o Incapacidad Absoluta y Permanente por Accidente las Profesiones que no aparecen en el Listado de Profesiones. ¿Dónde estoy cubierto? Servicio de Sepelio, Fallecimiento por Accidente e Incapacidad Permanente Absoluta por Accidente tienen cobertura Mundial, Asistencia en Viaje tiene validez en todo el mundo, excepto la garantía de Asistencia Médica y Sanitaria que queda excluida en España; el resto de coberturas y los Packs opcionales sólo tienen Cobertura en España. ¿Cuáles son mis obligaciones? Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. Firma del Contrato. Pago del precio del seguro. Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el Contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el Contrato. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El contrato se perfecciona mediante su firma. El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? El contrato finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE GROUP REALE SEGUROS SEGURO REALE CONTIGO (Decesos)
Mostrar el texto completo: Documento de información sobre el producto Reale Contigo 05.22
[Seite 1] REALE SEGUROS SEGURO REALE CONTIGO (Decesos) DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: Póliza Reale Contigo (Decesos) (123) El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? En caso de fallecimiento de uno (o varios) de los Asegurados, este seguro cubre la prestación del Servicio fúnebre convenido, entendiendo por tal, el conjunto de elementos y gestiones necesarias para efectuar la inhumación o incineración del fallecido o fallecidos en la localidad que sus ¿QUÉ SE ASEGURA? ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO? Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo Los principales riesgos excluidos son: acordado en condiciones contractuales):  Las personas que tengan una edad actuarial superior a 75 ✓ Modalidad Básica años en el momento de emisión del Contrato. ✓ Servicio de Decesos con un límite máximo de 9.000,00 €  El fallecimiento que se haya originado con anterioridad a la por Asegurado entrada en vigor de las garantías del Contrato. ✓ Asistencia en Viaje  La prestación que corresponda a coberturas ✓ Asistencia a Personas complementarias u optativas que no se hayan contratado ✓ Asesoramiento telefónico en materia de sucesoria y expresamente en las Condiciones Particulares y/o Especiales. testamentaria ✓ Gestión documental ✓ Asistencia Psicológica telefónica ✓ Modalidad completa ✓ Modalidad Básica (incluida) ✓ Servicio de orientación y Ayuda a la Dependencia ✓ Fallecimiento por Accidente con un límite máximo de 24.000,00 € ✓ Incapacidad Permanente Absoluta por Accidente con un límite máximo de 24.000,00 € ✓ Hospitalización por Accidente con un límite máximo de ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE 60,00 €/día y un máximo por siniestro de 30 días. Gastos RESPECTA A LA COBERTURA? incurridos a causa de un siniestro Las principales restricciones son: Las principales garantías y/o Servicios opcionales son (ambas modalidades permiten contratar los siguientes packs): ! En el caso de Fallecimiento o Incapacidad Absoluta y Permanente por Accidente aquellas personas que tengan • Pack Legal una edad mayor de 66 años cumplidos, con una edad de • Pack Salud salida los 67 años. • Pack Asistencia ! En el caso de Hospitalización por Accidente, las personas que tengan una edad superior a 66 años cumplidos. ! En el caso de Fallecimiento o Incapacidad Absoluta y Permanente por Accidente las Profesiones que no aparecen en el Listado de Profesiones. [Seite 2] ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO? ✓ Servicio de Sepelio, Fallecimiento por Accidente e Incapacidad Permanente Absoluta por Accidente tienen cobertura Mundial, Asistencia en Viaje tiene validez en todo el mundo, excepto la garantía de Asistencia Médica y Sanitaria que queda excluida en España; el resto de coberturas y los Packs opcionales sólo tienen Cobertura en España. ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES? • Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. • Firma del contrato. • Pago del precio del seguro. • Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días. ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS? • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el Contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el Contrato. ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA? • El contrato se perfecciona mediante su firma. • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO? • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización indicada, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO REALE CONTIGO (Decesos)