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Corredor de seguros / Seguro de decesos / Archivo de condiciones

Santalucía Decesos: el condicionado completo

Seguro de asistencia familiar iPlus con decesos como garantía básica: servicio fúnebre a través de la red del asegurador, traslado nacional e internacional, atención psicológica y asistencia jurídica tras el fallecimiento.

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Mediante esta orden de domiciliación autorizo a Santalucía a enviar instrucciones a mi entidad para adeudar mi cuenta y a mi entidad para efectuar los adeudos siguiendo sus instrucciones. Como parte de mis derechos, puedo solicitar a mi entidad el reembolso en los términos y condiciones del contrato suscrito con ella, dentro de las ocho semanas siguientes a la fecha del adeudo. Santalucía me comunicará el identificador del acreedor y la referencia de la orden con la confirmación.

Su encargo al corredor

Para presentar su solicitud a Santalucía en su nombre necesitamos su encargo y su poder. Léalo y firme abajo.

Encargo de mediación y poder al corredor

Cliente
(rellene arriba), nacido/a el (rellene arriba), (rellene arriba), (rellene arriba) (rellene arriba)

Corredor
Norman Nammert, corredor de seguros autorizado conforme al § 34d apdo. 1 GewO (Alemania), registro D-C08Q-TOSD4-37, Karl-Marx-Straße 4, 15711 Königs Wusterhausen, Alemania, bajo la marca NAMMERT

1. Encargo
Encargo al corredor la mediación de la póliza Santalucía Decesos (Condiciones generales AFIP) de Santalucía (Seguro de decesos) y la atención posterior de este contrato. El corredor presenta mi solicitud a esta aseguradora aunque no tenga un acuerdo directo con ella.

2. Poder
Para este contrato autorizo al corredor a presentar en mi nombre la solicitud, a emitir y recibir todas las declaraciones necesarias, a recibir la póliza, las condiciones y la correspondencia, a pedir información y a solicitar modificaciones. Solo podrá anular el contrato por instrucción expresa mía.

3. Subapoderamiento
El corredor puede subapoderar a otros mediadores de seguros autorizados, por ejemplo a una red de corredores o a un corredor con acuerdo con la aseguradora, en la medida necesaria para presentar y atender el contrato.

4. Datos
Acepto que el corredor trate los datos de esta solicitud para la mediación y los comunique a la aseguradora y, si hace falta, al mediador que intervenga. Más información en www.nammert.com/datenschutz.php.

5. Remuneración
El corredor recibe su remuneración de la aseguradora. A mí no me cuesta nada.

6. Revocación
Puedo revocar el encargo y el poder en cualquier momento y sin dar motivos; basta un correo a info@nammert.com. El contrato de seguro no se ve afectado.

7. Información previa
Antes de firmar pude leer la información previa del corredor (§ 15 VersVermV): www.nammert.com/erstinformation.php.

Firmo electrónicamente. El formulario registra el momento y el origen de la firma.

Firme aquí con el dedo o el ratón

Recibirá el encargo firmado junto con la documentación de su solicitud. Política de privacidad

Trasladamos su solicitud a Santalucía y le confirmamos cuando esté hecho.

Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 64 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital asegurado (prestación por fallecimiento), importe máximosegún las condiciones particulares„el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido a través de entidades u otros profesionales contratados por el Asegurador para realizar dicho servicio.“Decesos, servicio, página 17
Cobertura vitalicia (sin plazo fijo)sí„A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más“Artículo 3, página 10
Duración del pago de primas (vitalicia, limitada hasta una edad o años fijos)no regulado
Prima única disponibleno regulado
Edad mínima de contrataciónno regulado
Edad máxima de contrataciónsí„no son asegurables las personas que al solicitar el seguro tengan más de setenta y cinco años“Artículo 10, página 17
Ámbito mundial (también fallecimiento en el extranjero)no regulado
Revalorización automática del capital sin examen de saludno regulado
Varios asegurados en una póliza (pareja, familia)sí„En caso de fallecimiento de cada uno de los Asegurados de la presente póliza“Artículo 10.1, página 17

Cuestionario de salud y carencia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cuestionario de salud o examen médico al contratarno regulado
Período de carencia sin prestación completasí„La garantía de Decesos no tomará efecto hasta que hayan transcurrido dos meses desde el pago de la primera prima por el Tomador“Carencia, página 10
Prestación si se fallece durante la carencia (devolución de primas, prestación escalonada)no regulado
Prestación completa por accidente también durante la carenciasí„Cuando el fallecimiento del Asegurado sea a causa de accidente.“Carencia, página 10
Carencia reducida o nula tras examen de saludno regulado
Nueva carencia para aumentos de capitalno regulado
Cobertura provisional desde la solicitud (normalmente solo accidente)no regulado

Prestaciones y servicio fúnebre

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Pago en dinero al beneficiariono„el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido“Artículo 10.1, página 17
Servicio fúnebre prestado por la aseguradora o su red de funerariassí„el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido“Artículo 10.1, página 17
Capital adicional por fallecimiento accidentalno regulado
Traslado desde el extranjero (gastos u organización)sí, hasta la suma asegurada„Traslado internacional por fallecimiento“Cuadro de garantías, página 3
Traslado nacional al lugar de inhumaciónsí, hasta la suma asegurada„Traslado nacional por fallecimiento“Cuadro de garantías, página 3
Hijos incluidos sin póliza propiano regulado
Registro de las últimas voluntades sobre el sepeliono regulado
Asistencia psicológica a familiaressí„Atención psicológica“Cuadro de garantías, página 8
Gestoría: trámites, pensiones y herenciasí„Tramitación de pensiones“Cuadro de garantías, página 5
Borrado o gestión de la huella digitalno regulado
Asesoramiento jurídico sobre testamento y herenciasí„Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad“Cuadro de garantías, página 3
Lápida o mantenimiento de sepulturano regulado
Asistencia en viajeno regulado
Anticipo de la prestación por enfermedad terminal o dependenciano regulado
Exención de primas por dependenciano regulado
Sobrante del capital no consumido para los herederosno regulado

Prima, participación en beneficios y contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Participación en beneficios (forma)no regulado
Prima constante durante todo el pagono regulado
La aseguradora puede subir la prima o reducir el capitalsí„el Asegurador notificará la prima del seguro para la siguiente anualidad en base a la tarifa de primas vigente“Artículo 4, página 11
Valor de rescateno regulado
Rescisión por el tomador (plazo, consecuencias)sí„salvo que el Tomador del seguro se oponga a la prórroga“Artículo 3, página 10
Sin derecho de rescisión ordinaria de la aseguradorano regulado
Reducción (póliza liberada de pago con capital reducido)no regulado
Aplazamiento de primasno regulado
Beneficiario (revocable, irrevocable, cesión a funeraria)no regulado
Exclusión de rescate antes del fallecimiento (protección frente a cómputo como patrimonio)no regulado

Deber de declaración y exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Plazo para alegar inexactitud en la declaraciónno regulado
Renuncia a rescindir por inexactitud sin culpano regulado
Exclusión por suicidio dentro de un plazono regulado
Exclusión por enfermedades preexistentesno regulado
Riesgo de guerra pasivono„Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas“Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51
Terrorismo sin exclusiónno regulado
Exclusión NBQ y destrucción masivano regulado
Exclusión por epidemias, pandemias o catástrofessí„Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas“Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51
Exclusión por delito doloso del aseguradono regulado

Particularidades de Austria

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Gastos de sepelio habituales (art. 159 VersVG)no regulado
Funeraria colaboradora con facturación directano regulado
Pérdida del servicio si el capital es insuficienteno regulado

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Prima natural, nivelada, mixta o únicasí„el Asegurador notificará la prima del seguro para la siguiente anualidad en base a la tarifa de primas vigente“Artículo 4, página 11
Actualización anual de capitalesno regulado
Indemnización a herederos si no se presta el servicio (art. 106 bis LCS)sí, hasta la suma asegurada„el Asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los herederos del Asegurado fallecido“Artículo 10.1, página 17
Libre elección de funerariano„como prestador único“Artículo 10.1, página 17
Recién nacidos incluidos sin carencia ni sobreprimasí„Asimismo, el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización de un servicio fúnebre especial en caso de fallecimiento de los hijos de Asegurados de la presente póliza“Artículo 10.1, página 17
Residentes extranjeros: repatriación al país de origensí„Asistencia a Residentes en el Extranjero“Garantías opcionales, página 5
Inhumación o incineración, nicho incluidono regulado
Exclusiones y cláusulas limitativassí„Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas“Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51
Consorcio de Compensación de Segurossí„Se indemnizarán por el Consorcio de Compensación de Seguros los siniestros de carácter extraordinario.“Artículo 8, página 11
Cambio de aseguradora respetando antigüedad (sin nueva carencia)sí„Cuando los Asegurados lo estuviesen inmediatamente antes en otra póliza del ramo de Decesos del Asegurador.“Carencia, página 10

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown)

Mostrar el texto completo: Condiciones generales AFIP
[Seite 1] Seguro de Asistencia Familiar iPlus Bienvenido a santalucía N_906130141 [Seite 2] CONDICIONES GENERALES SI N VA LO R CO N TR A Condiciones Generales del contrato CT Seguro de Asistencia Familiar iPlus U AL santalucíaSEGUROS [Seite 3] SI CUADRO EXTRACTADO DE LAS GARANTÍAS DE LA PÓLIZA N CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS VA GARANTÍAS BÁSICAS A. Decesos - Servicio fúnebre LO - Servicio de guardería por fallecimiento del Asegurado - Atención psicológica - Traslado nacional por fallecimiento - Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en España R - Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en España - Traslado internacional por fallecimiento - Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en el extranjero CO - Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en el extranjero - Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al Asegurado fallecido - Asistencia a los acompañantes del Asegurado fallecido en el extranjero - Asistencia a los hijos menores de diecisiete años del Asegurado fallecido en viaje N - Asistencia jurídica en caso de fallecimiento o invalidez - 1. Obtención de documentación TR - 2. Asesoramiento extrajudicial - 3. Tramitación de pensiones - 4. Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad A GARANTÍAS OPCIONALES CT A. Accidentes - Fallecimiento por Accidente - Invalidez Permanente Parcial por Accidente - Fallecimiento por Accidente de Circulación U B. Asistencia en Viaje - Traslado en ambulancia en caso de enfermedad o accidente ocurridos en España AL - Anulación de viaje - Envío de documentos y objetos personales olvidados - Demora, cancelación del viaje o pérdida de conexiones - Reembolso de gastos por demora en la entrega de equipajes 27 [Seite 4] SI - Localización de equipajes - Desplazamiento de un acompañante junto al Asegurado hospitalizado - Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al Asegurado N hospitalizado - Gastos de estancia para acompañante en caso de hospitalización del Asegurado - Asistencia a hijos menores de diecisiete años del Asegurado hospitalizado en viaje VA - Regreso anticipado de Asegurados que se encuentren de viaje - Servicio de información para viajes al extranjero - Gastos médicos de urgencia a consecuencia de enfermedad o accidente graves en el extranjero LO - Prolongación de estancia en hotel en el extranjero - Anticipo de fondos por accidente, enfermedad o robo en el extranjero - Anticipo de fianza judicial y honorarios de Abogado en el extranjero - Depósito de fianza por hospitalización en el extranjero R - Intérprete en caso de hospitalización en el extranjero - Repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente graves ocurridos en el extranjero CO - Servicio de trámites administrativos para hospitalización - Asistencia a los acompañantes del Asegurado hospitalizado en el extranjero - Envío de un médico especialista al extranjero - Envío de medicamentos al extranjero - Servicio de información asistencial y mensajes urgentes N C. Peque Asistencia - Conexión asistencial TR - Premio de natalidad - Asistencia médica a menores - Segundo diagnóstico psicológico - Programa de formación asistencial A D. Asistencia Senior - Evaluación geriátrica integral - Servicio de Teleasistencia CT 1. Intervenciones de urgencia y atención inmediata 2. Vigilancia y atención en desplazamientos 3. Localización y envío de servicios asistenciales U 4. Seguimiento personalizado del Asegurado y su entorno 5. Información familiar en caso de ocurrencia del siniestro, incidencias en la prestación del servicio y evolución del estado de salud del Asegurado AL - Programa de formación asistencial - Descanso familiar - Consultas médico - geriátricas - Asistencia médica a mayores 28 [Seite 5] SI - Conexión con Centros Residenciales para la Tercera Edad - Asesoramiento patrimonial personalizado - Conexión con reparadores N - Inspección Técnica de Viviendas - Limpieza de vivienda - Ampliación de la garantía de Asistencia post - hospitalaria VA E. Médico - Asistencial - Segunda opinión médica - Asistencia post-hospitalaria - Consulta médica telefónica LO - Consulta psicológica telefónica - Acceso a la red de Profesionales Médicos y Centros Sanitarios 1. Servicios sanitarios 2. Servicio dental R F. Gastos Excepcionales de Sepelio G. Hospitalización por Intervención Quirúrgica H. Nicho o Sepultura Individual a Máxima Temporalidad CO I. Asistencia a Residentes en el Extranjero J. Asistencia a Residentes en España K. Protección Jurídica Integral - Asistencia jurídica telefónica especializada - Reclamación de daños N - Defensa Penal - Derecho Administrativo TR - Derecho de Consumo - Derecho Laboral y Seguridad Social - Vivienda - Fiscalidad A - Derecho de Familia - Tramitación de expedientes de jurisdicción voluntaria y actuaciones notariales y registrales CT - Tramitación de sanciones por circulación de vehículos a motor - Conexión con Abogados y Procuradores U AL 29 [Seite 6] AL U ACT TR N CO R LO VA N SI [Seite 7] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI CONDICIONES DISPOSICIONES GENERALESPreliminar GENERALESArtículo DEL CONTRATO - Bases del Contrato Artículo 1 - Definiciones N DISPOSICIONES GENERALES VA 4. En el supuesto de indicación Artículo Preliminar inexacta de la fecha de nacimiento LO BASES DEL CONTRATO del Asegurado, el Asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la 1. La presente póliza ha sido verdadera edad del Asegurado en el contratada sobre la base de las momento de la entrada en vigor del declaraciones formuladas por el contrato excede de los límites de R Tomador del seguro o el Asegurado admisión establecidos por aquél. En en la solicitud-cuestionario que le ha otro caso, si como consecuencia de sido sometido y que motivan la una declaración inexacta de la edad CO aceptación del riesgo por el del Asegurado la prima pagada es Asegurador, con la asunción, por su inferior a la que correspondería pagar, parte, de las obligaciones derivadas el Asegurador podrá reclamar a los del contrato a cambio de la prima familiares del Asegurado fallecido el correspondiente. importe correspondiente a la parte N proporcional de las prestaciones 2. La solicitud-cuestionario suscrita realizadas por el Asegurador según la por el Tomador del seguro o el TR prima que realmente hubiere debido Asegurado y esta póliza constituyen abonar el Tomador del seguro. un todo unitario fundamento del seguro que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, a los riesgos Artículo 1. A especificados en la misma. DEFINICIONES 3. Si el contenido de la póliza difiere CT En este contrato se entiende por: de las cláusulas acordadas, el Tomador del seguro o el Asegurado 1. Accidente: podrá reclamar al Asegurador, en el plazo de un mes a contar desde la La lesión corporal que deriva de una U entrega de la póliza, para que subsane causa violenta, súbita, externa y ajena la divergencia existente. Transcurrido a la intencionalidad del Asegurado AL dicho plazo sin efectuar la que produzca invalidez permanente o reclamación, se estará a lo dispuesto muerte. en la póliza. 31 [Seite 8] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI A estos efectos, se consideran nula, la indemnización será accidentes de circulación aquéllos satisfecha, por orden preferente y que el Asegurado pueda sufrir: excluyente, a las personas que, N a) Como peatón, causado por un respecto al Asegurado fallecido, sean: vehículo. • Sus hijos, a partes iguales. Si alguno b) Como conductor o pasajero de un VA hubiera fallecido, su parte la vehículo terrestre. percibirán los hijos de éste y si no los c) Como usuario de transportes hubiere, será repartida entre los hijos públicos. vivos del Asegurado. LO 2. Asegurado: • Su cónyuge, siempre que no esté separado legalmente o de hecho. La persona física titular del interés objeto del seguro que, en defecto del • Los padres que le sobrevivan. Tomador, asume las obligaciones R • Los abuelos que le sobrevivan. derivadas del contrato. • Los hermanos que le sobrevivan. 3. Asegurador: CO • A falta de todos los anteriores, los SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de herederos legales del Asegurado Seguros y Reaseguros, que asume el fallecido. riesgo contractualmente pactado. • En su defecto, la indemnización 4. Beneficiario: formará parte del patrimonio del N La persona designada en la póliza Tomador del seguro. para percibir del Asegurador las En el supuesto de que el Beneficiario TR cantidades que éste haya de pagar cause dolosamente el siniestro, como consecuencia del fallecimiento quedará nula la designación hecha a de los Asegurados, salvo el importe de su favor. los servicios que hubieren sido A prestados con cargo al Asegurador, 5. Dependencia: que serán abonados por éste El estado de carácter permanente en CT directamente a las entidades que los que se encuentra el Asegurado mayor hayan efectuado. de sesenta y cinco años que, por En la garantía de Accidentes, las razones derivadas de la edad, la indemnizaciones que se tengan que enfermedad o la discapacidad, y U satisfacer por invalidez permanente ligadas a la falta o a la pérdida de serán percibidas por el propio autonomía física, mental, intelectual o AL Asegurado. sensorial, precisa de la atención de otra u otras personas o ayudas Si en el momento del fallecimiento no importantes para realizar actividades hubiera Beneficiario concretamente básicas de la vida diaria o, en el caso designado, o su designación fuese 32 [Seite 9] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI de personas con discapacidad 11. Servicio: intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía El conjunto de prestaciones funerarias N personal. y gestiones necesarias para efectuar la inhumación del Asegurado fallecido 6. Domicilio del Tomador en la unidad básica de enterramiento VA del seguro: en la localidad que sus familiares designen dentro del territorio nacional El que figura en la póliza, que se español. No obstante, los familiares considerará como el de su residencia pueden optar por la incineración en habitual a todos los efectos. lugar de la inhumación. LO 7. Invalidez Permanente: El Servicio a realizar se establecerá por el Asegurador en función de las La pérdida anatómica o la características y costumbres existentes disminución funcional total o parcial en la localidad de fallecimiento y en R de carácter permanente e irreversible la localidad de inhumación o provocada por accidente, de incineración. cualquier órgano o miembro o de las CO facultades del Asegurado. 12. Siniestro: 8. Periodo de carencia: La ocurrencia de cualquier acontecimiento que determine alguna Tiempo en que, vigente el seguro, si prestación a cargo del Asegurador por se produce un siniestro éste no queda N aplicación de las garantías contratadas cubierto. en la póliza. 9. Póliza: TR 13. Suma asegurada: El documento que contiene las El límite máximo a pagar por el condiciones reguladoras del seguro. Asegurador en cada siniestro. Forman parte integrante de la póliza A las Condiciones Generales, las 14. Tomador del seguro: Particulares y Especiales que La persona que junto con el CT individualizan el riesgo, y los Asegurador suscribe este contrato y al Suplementos y Apéndices que se que corresponden las obligaciones emitan a la misma para que del mismo se deriven, salvo las complementarla o modificarla. que, por su naturaleza, deban ser U cumplidas por el Asegurado. 10. Prima: AL El precio del seguro. El recibo 15. Unidad básica contendrá, además, los recargos e de enterramiento: impuestos de legal aplicación. El nicho o la sepultura con la mínima temporalidad establecida o los 33 [Seite 10] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI derechos deArtículo inhumación2 - cuando Perfección la y c)toma de efecto Cuando del reemplace el Tomador contratola unidad de enterramiento sea póliza en la que estaban Artículo 3 - Duración del seguro propiedad del Asegurado. anteriormente asegurados por otra del N Artículo 4 - Modificaciones del contrato ramo de Decesos con el Asegurador. 16. Viaje: En estos tres casos, la garantía de El desplazamiento del Asegurado a Decesos tomará efecto conforme a lo VA más de 100 kilómetros de su señalado en los dos primeros párrafos domicilio habitual o al extranjero y de este artículo. por un tiempo inferior a tres meses. LO Artículo 3. Artículo 2. DURACIÓN DEL SEGURO PERFECCIÓN Y TOMA DE EFECTOS DEL CONTRATO El presente seguro se contrata por el R El contrato se perfecciona por el período de un año. A la expiración de consentimiento manifestado por la dicho período quedará tácitamente suscripción de la póliza por las partes prorrogado un año más, y así CO contratantes. La cobertura contratada sucesivamente, salvo que el Tomador y sus modificaciones o adiciones no del seguro se oponga a la prórroga, en tomarán efecto mientras no haya sido cuyo caso deberá comunicarlo al satisfecho el recibo de prima, salvo Asegurador mediante una notificación pacto en contrario. escrita, efectuada con un plazo de un N mes de antelación a la conclusión de En caso de demora en el la anualidad de seguro en curso. cumplimiento de cualquiera de TR ambos requisitos, las obligaciones del Asegurador comenzarán a las 24 Artículo 4. horas del día en que hayan sido MODIFICACIONES DEL cumplimentados. CONTRATO A La garantía de Decesos no tomará Las altas de Asegurados estarán efecto hasta que hayan transcurrido sujetas a lo estipulado en los CT dos meses desde el pago de la Artículos 2 y 3 de estas Condiciones primera prima por el Tomador, salvo Generales desde el día en que se en los siguientes supuestos: hagan constar en el correspondiente suplemento, siempre que éste haya U a) Cuando el fallecimiento del Asegurado sea a causa de accidente. sido firmado por las partes y el Tomador del seguro haya pagado el AL b) Cuando los Asegurados lo aumento de prima que corresponda, estuviesen inmediatamente antes en salvo pacto en contrario. otra póliza del ramo de Decesos del Asegurador. Si el Tomador del seguro cambiara de domicilio, dentro de la localidad en 34 [Seite 11] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI Artículo que resida 5 - Revalorización o a población distinta, lo automática deenvío de las fechas de sumas aseguradas y recepción, así deberá comunicar al Asegurador. como de su contenido. Artículo 6 - Comunicaciones N Anualmente, y dos meses antes Artículo del 7 - Ley aplicable Artículo 7. vencimiento delArtículo 8 - Riesgos contrato, el extraordinarios. LEY APLICABLE C.C.S. Asegurador notificará la prima del seguro para la siguiente anualidad en VA La ley española será la aplicable al base a la tarifa de primas vigente para presente contrato de seguro. la misma, pudiendo oponerse el Tomador del seguro a la prórroga del contrato hasta un mes antes al Artículo 8. LO vencimiento del mismo. RIESGOS EXTRAORDINARIOS. CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE Artículo 5. SEGUROS REVALORIZACIÓN R AUTOMÁTICA DE SUMAS Se indemnizarán por el Consorcio de ASEGURADAS Compensación de Seguros los siniestros de carácter extraordinario. CO Se conviene que las sumas aseguradas de las garantías de Accidentes, Se incorpora a continuación un Hospitalización por Intervención resumen de las normas que regulan la Quirúrgica y Protección Jurídica cobertura del Consorcio de Integral y sus primas correspondientes Compensación de Seguros: N quedarán modificadas automáticamente en cada TR vencimiento anual siguiendo las fluctuaciones del Índice de Precios de Consumo que publica el Instituto Nacional de Estadística u organismo A que le sustituya. CT Artículo 6. COMUNICACIONES Todas las comunicaciones de las U partes que intervienen en el contrato deberán efectuarse por escrito o por cualquier otro medio indubitado que AL permita la verificación de la certeza 35 [Seite 12] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI Cláusula de Cláusula de indemnización porindemnización por el C.C.S. el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros de N personas (Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018) VA De conformidad con lo establecido en a) Que el riesgo extraordinario el texto refundido del Estatuto legal del cubierto por el Consorcio de Consorcio de Compensación de Compensación de Seguros no esté LO Seguros, aprobado por el Real Decreto amparado por la póliza de seguro Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, contratada con la entidad el tomador de un contrato de seguro aseguradora. de los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada b) Que, aun estando amparado por R dicha póliza de seguro, las entidad pública empresarial tiene la obligaciones de la entidad facultad de convenir la cobertura de los riesgos extraordinarios con aseguradora no pudieran ser CO cumplidas por haber sido declarada cualquier entidad aseguradora que judicialmente en concurso o por reúna las condiciones exigidas por la estar sujeta a un procedimiento de legislación vigente. liquidación intervenida o asumida Las indemnizaciones derivadas de por el Consorcio de Compensación siniestros producidos por de Seguros. N acontecimientos extraordinarios El Consorcio de Compensación de acaecidos en España o en el extranjero, TR Seguros ajustará su actuación a lo cuando el asegurado tenga su dispuesto en el mencionado Estatuto residencia habitual en España, serán pagadas por el Consorcio de legal, en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en el Compensación de Seguros cuando el Reglamento del seguro de riesgos A tomador hubiese satisfecho los correspondientes recargos a su favor y extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y CT se produjera alguna de las siguientes en las disposiciones complementarias. situaciones: U AL 36 [Seite 13] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI RESUMEN DE LAS NORMAS LEGALES1. Acontecimientos I. RESUMEN extraordinarios cubiertos DE LAS NORMAS LEGALES N 2. Riesgos excluidos 1. Acontecimientos Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos extraordinarios cubiertos jurisdiccionales y administrativos VA competentes información sobre los a) Los siguientes fenómenos de la hechos acaecidos. naturaleza: terremotos y maremotos; inundaciones 2. Riesgos excluidos extraordinarias, incluidas las LO producidas por embates de mar; a) Los que no den lugar a erupciones volcánicas; tempestad indemnización según la Ley de ciclónica atípica (incluyendo los Contrato de Seguro. vientos extraordinarios de rachas R superiores a 120 km/h y los b) Los ocasionados en personas tornados); y caídas de cuerpos aseguradas por contrato de seguro siderales y aerolitos distinto a aquellos en que es CO obligatorio el recargo a favor del b) Los ocasionados violentamente Consorcio de Compensación de como consecuencia de terrorismo, Seguros. rebelión, sedición, motín y tumulto popular. c) Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la N c) Hechos o actuaciones de las declaración oficial de guerra. Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo d) Los derivados de la energía TR de paz. nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 12/2011, de 27 de mayo, Los fenómenos atmosféricos y sobre responsabilidad civil por daños sísmicos, de erupciones volcánicas y la nucleares o producidos por materiales caída de cuerpos siderales se A certificarán, a instancia del Consorcio radiactivos. de Compensación de Seguros, e) Los producidos por fenómenos de CT mediante informes expedidos por la la naturaleza distintos a los señalados Agencia Estatal de Meteorología en el apartado 1.a) anterior y, en (AEMET), el Instituto Geográfico particular, los producidos por Nacional y los demás organismos elevación del nivel freático, U públicos competentes en la materia. En movimiento de laderas, deslizamiento los casos de acontecimientos de o asentamiento de terrenos, AL carácter político o social, así como en desprendimiento de rocas y el supuesto de daños producidos por fenómenos similares, salvo que estos hechos o actuaciones de las Fuerzas fueran ocasionados manifiestamente Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos por la acción del agua de lluvia que, a de Seguridad en tiempo de paz, el 37 [Seite 14] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI su vez, hubiera provocado en3. la Extensión zona de3.laExtensión coberturade la cobertura una situación de inundación 4. Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros extraordinaria y se produjeran con N 1. La cobertura de los riesgos carácter simultáneo a dicha extraordinarios alcanzará a las inundación. mismas personas y las mismas f) Los causados por actuaciones sumas aseguradas que se hayan VA tumultuarias producidas en el curso de establecido en las pólizas de reuniones y manifestaciones llevadas a seguro a efectos de la cobertura de cabo conforme a lo dispuesto en la los riesgos ordinarios. Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, 2. En las pólizas de seguro de vida LO reguladora del derecho de reunión, así que de acuerdo con lo previsto en como durante el transcurso de huelgas el contrato, y de conformidad con legales, salvo que las citadas la normativa reguladora de los actuaciones pudieran ser calificadas seguros privados, generen R como acontecimientos extraordinarios provisión matemática, la cobertura de los señalados en el apartado 1.b) del Consorcio de Compensación anterior. de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es CO g) Los causados por mala fe del decir, a la diferencia entre la suma asegurado. asegurada y la provisión h) Los correspondientes a siniestros matemática que la entidad producidos antes del pago de la aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe N primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la correspondiente a la provisión Ley de Contrato de Seguro, la matemática será satisfecho por la TR cobertura del Consorcio de mencionada entidad aseguradora. Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede 4. Comunicación de daños al extinguido por falta de pago de las Consorcio de Compensación de A primas. Seguros i) Los siniestros que por su magnitud 1. La solicitud de indemnización de CT y gravedad sean calificados por el daños cuya cobertura corresponda Gobierno de la Nación como de al Consorcio de Compensación de «catástrofe o calamidad nacional». Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el U tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por AL quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro. 38 [Seite 15] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI 2.Procedimiento La comunicación de actuación de los daños y laen caso de siniestro contenido indemnizable de la póliza de seguro por el obtención de cualquier información se realizará por el Consorcio de C.C.S. relativa al procedimiento y al Compensación de Seguros, sin que N estado de tramitación de los éste quede vinculado por las siniestros podrá realizarse: valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad − Mediante llamada al Centro de VA aseguradora que cubriese los Atención Telefónica del riesgos ordinarios. Consorcio de Compensación de Seguros (900 222 665 ó 4. Abono de la indemnización: El 952 367 042). Consorcio de Compensación de LO Seguros realizará el pago de la − A través de la página web del indemnización al beneficiario del Consorcio de Compensación de seguro mediante transferencia Seguros (www.consorseguros.es). bancaria. 3. Valoración de los daños: La R valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al CO N TR A CT U AL 39 [Seite 16] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI ENTRADA EN VIGOR ENTRADA EN VIGORDE DETERMINADAS DE DETERMINADAS GARANTÍASArtículo GARANTÍAS 9- Entrada en vigor de las garantías de Peque Asistencia, Accidentes y N Asistencia Senior sustituida por la de Accidentes hasta Artículo 9. el término de la anualidad de seguro ENTRADA EN VIGOR DE LAS en que el Asegurado haya cumplido GARANTÍAS DE PEQUE VA sesenta y cinco años, sin perjuicio ASISTENCIA, ACCIDENTES Y de que, previo pacto expreso entre ASISTENCIA SENIOR Tomador y Asegurador, pueda prorrogarse la duración de la Las partes convienen expresamente LO garantía de Accidentes. En este caso que la garantía opcional de Peque dicha garantía estará en vigor hasta Asistencia, en caso de ser el fallecimiento del Asegurado o contratada, estará en vigor hasta el hasta el cese de pago de primas. vencimiento de la anualidad de R seguro en que el Asegurado haya Al vencimiento de la anualidad de cumplido diecisiete años. seguro en que el Asegurado haya cumplido la edad de sesenta y cinco Al vencimiento de dicha anualidad, CO años, entrará en vigor la garantía de la garantía de Peque Asistencia será Asistencia Senior. N TR A CT U AL 40 [Seite 17] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI OBJETO Y EXTENSIÓN OBJETO YDEL SEGUROArtículo EXTENSIÓN 10 - Garantías Básicas DEL SEGURO N Artículo 10. la causa del fallecimiento, salvo para GARANTÍAS BÁSICAS los riesgos excluidos en las VA condiciones de la misma. Dentro de los límites establecidos en Salvo pacto en contrario, no son las condiciones de esta póliza, el asegurables las personas que al Asegurador garantiza el cumplimiento de las prestaciones convenidas en la solicitar el seguro tengan más de LO misma, en caso de ocurrencia de los setenta y cinco años o padezcan hechos cuya cobertura se especifica a enfermedad grave en el momento de continuación: contratar la póliza. R Asimismo, el Asegurador garantiza, DECESOS como prestador único, la realización de un servicio fúnebre especial en 1. Servicio fúnebre CO caso de fallecimiento de los hijos de En caso de fallecimiento de cada uno Asegurados de la presente póliza, si de los Asegurados de la presente ocurriese durante el período de póliza, el Asegurador garantiza, como gestación o antes de cumplir treinta prestador único, la realización del días de edad, a partir de los cuales N servicio fúnebre convenido a través de deberán estar asegurados para tener entidades u otros profesionales contratados por el Asegurador para derecho al servicio fúnebre que TR realizar dicho servicio. corresponda. En el supuesto de que el Asegurador Dicha prestación comprenderá un no hubiera podido proporcionar la servicio fúnebre similar al servicio A prestación por causas ajenas a su objeto de prestación de la póliza, pero voluntad, fuerza mayor o por haberse adaptado a las necesidades que CT realizado el servicio a través de otros requiera o precise un servicio de esta medios distintos a los ofrecidos, el naturaleza. Asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los La inhumación del recién nacido se U herederos del Asegurado fallecido, no realizará en una unidad básica de siendo responsable de la calidad de enterramiento del cementerio los servicios prestados. AL municipal o parroquial del lugar en Esta garantía se extiende a todos los donde se haya producido el Asegurados de esta póliza cualquiera fallecimiento o en el de residencia que sea su profesión y sea cual fuere habitual de sus padres. 41 [Seite 18] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI Se podrá optar por la incineración, en c) Cuando el Asegurado fallecido lugar de la inhumación, si en la sea menor de diecisiete años. N localidad donde hubiera ocurrido el La prestación del servicio de atención fallecimiento del recién nacido psicológica constará de dos fases: existiera crematorio. VA 3.1. Asistencia psicológica NO HACER USO DEL SERVICIO presencial, realizada en el lugar de FÚNEBRE ESPECIAL NO DARÁ fallecimiento, velación o inhumación DERECHO A INDEMNIZACIÓN y durante un máximo de tres horas. ALGUNA. Este servicio se prestará al cónyuge o LO persona con la que conviviese el 2. Servicio de guardería por Asegurado en análoga relación de fallecimiento del Asegurado afectividad y a cualquier persona que Cuando se produzca el fallecimiento lo solicite y guardase con el fallecido R de un Asegurado y siempre que haya un parentesco consanguíneo de Asegurados menores de siete años en primer grado en línea recta. la póliza, el Asegurador, a petición de CO los familiares del Asegurado fallecido, 3.2. Consulta psicológica: gestionará un servicio de guardería Cualquier Asegurado de la póliza del desde el momento en que se fallecido tendrá derecho a solicitar, produzca el fallecimiento con un dentro de los quince días siguientes al LÍMITE DE 150 EUROS POR fallecimiento, un servicio de consultas N SINIESTRO Y UN MÁXIMO DE TRES psicológicas presenciales de una hora DÍAS. de duración, teniendo derecho a solicitar un máximo de dos consultas TR 3. Atención psicológica por póliza y siniestro. Las consultas se solicitarán con una antelación El Asegurador pondrá a disposición de mínima de 24 horas al TELÉFONO DE los familiares del Asegurado fallecido ASISTENCIA 24 HORAS. A un servicio de atención psicológica en los siguientes supuestos: 4. Traslado nacional CT a) Cuando el fallecimiento sea por fallecimiento consecuencia de un accidente. Se Serán por cuenta del Asegurador las entenderá por accidente para esta gestiones y gastos necesarios para el garantía cualquier fallecimiento traslado de los Asegurados que U traumático del Asegurado, incluido fallezcan en cualquier lugar del el suicidio. territorio español al cementerio AL b) Cuando le sobrevivan municipal o parroquial o al Asegurados menores de diecisiete crematorio en España, que éstos o sus años. familiares hayan designado o designen, siempre que no exista 42 [Seite 19] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI impedimento alguno por parte de las de inhumación o incineración en autoridades competentes para efectuar España acompañando al fallecido y, el traslado y éste se realice por la finalmente, regresar hasta la localidad N empresa de servicios funerarios que el de su domicilio en España. Asegurador indique al comunicarse el siniestro. 6. Gastos de estancia para VA acompañante en caso Asimismo, el Asegurador pondrá a de fallecimiento disposición de los familiares del Asegurado fallecido en el territorio Si el acompañante debiera nacional peninsular un vehículo tipo permanecer en el lugar de LO turismo para el acompañamiento fallecimiento por trámites hasta el cementerio municipal o relacionados con el traslado del parroquial o al crematorio designado, Asegurado fallecido, el Asegurador siempre y cuando el destino sea una reintegrará, previa presentación de las R localidad distinta a la de residencia facturas originales correspondientes, habitual del Asegurado y dentro del los gastos de alojamiento y territorio nacional peninsular. El manutención HASTA 125 EUROS mismo derecho tendrán los residentes CO DIARIOS CON UN MÁXIMO DE en las Islas (Baleares o Canarias), DIEZ DÍAS. respecto al fallecimiento e inhumación o cremación dentro del Sólo podrá utilizarse esta garantía si se territorio de la Isla en la que se haya hubiera hecho uso de la garantía producido el fallecimiento. Acompañante en caso de traslado por N fallecimiento. 5. Acompañante en caso de TR traslado por fallecimiento 7. Traslado internacional en España por fallecimiento Los familiares del Asegurado que haya Serán por cuenta del Asegurador las gestiones y gastos necesarios para el A fallecido en España como consecuencia de un accidente a más traslado de los Asegurados que, de 100 kilómetros de su domicilio encontrándose de viaje, fallezcan en CT podrán designar a una persona, con cualquier lugar del mundo hasta el residencia en España y que se cementerio municipal o parroquial o encuentre en España en el momento al crematorio en España que éstos o del fallecimiento, la cual tendrá sus familiares hayan designado o U derecho a los billetes necesarios de designen, siempre que no exista avión (clase turista), ferrocarril (1ª impedimento alguno por parte de las autoridades competentes para efectuar AL clase) o transporte público y colectivo más idóneo, para que pueda viajar el traslado y éste se realice por las desde su domicilio hasta el lugar empresas de servicios funerarios que donde haya ocurrido el siniestro, el Asegurador indique al comunicarse trasladándose posteriormente al lugar siniestro. 43 [Seite 20] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en el extranjero. 8. Acompañante en caso de N traslado por fallecimiento 10. Asistencia domiciliaria en el extranjero a la familia en caso de desplazamiento junto al VA Los familiares del Asegurado que Asegurado fallecido encontrándose de viaje hubiere fallecido en el extranjero podrán Si en el transcurso de un viaje el designar a una persona, con Asegurado falleciera como residencia en España y que se consecuencia de enfermedad o LO encuentre en España en el momento accidente graves y su cónyuge no del fallecimiento, la cual tendrá separado legalmente o de hecho o derecho a los billetes necesarios de persona con la que conviviese de avión (clase turista), ferrocarril (1ª forma permanente en análoga R clase) o transporte público y colectivo relación de afectividad se desplazara, más idóneo, para que pueda viajar en virtud de las garantías desde su domicilio habitual en España Acompañante en caso de traslado por CO hasta el lugar donde haya ocurrido el fallecimiento en España y en el siniestro, trasladándose extranjero, hasta el lugar de posteriormente al lugar de ocurrencia del siniestro dejando solos inhumación o incineración en España a hijos menores de diecisiete años o acompañando al fallecido y, personas mayores de sesenta y cinco N finalmente, regresar hasta la localidad con las que conviviese de su domicilio en España. permanentemente, el Asegurador reintegrará los gastos ocasionados por TR 9. Gastos de estancia para la contratación de los servicios acompañante en caso de destinados al cuidado de los mismos, fallecimiento en el extranjero con un LÍMITE DE 60 EUROS DIARIOS Y UN MÁXIMO DE DIEZ A Si el acompañante debiera DÍAS. permanecer en el lugar de fallecimiento por trámites CT 11. Asistencia a los acompañantes relacionados con el traslado del del Asegurado fallecido Asegurado fallecido, el Asegurador en el extranjero reintegrará, previa presentación de las facturas originales correspondientes, Si el Asegurado viajara al extranjero U los gastos de alojamiento y en compañía de otras personas que manutención HASTA 150 EUROS también tuvieran la condición de AL DIARIOS Y CON UN MÁXIMO DE Asegurados y el viaje se interrumpiera DIEZ DÍAS. por el fallecimiento de aquél, el Asegurador organizará a su cargo el Sólo podrá utilizarse esta garantía si se hubiera hecho uso de la garantía 44 [Seite 21] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI regreso del resto de Asegurados hasta cualesquiera otros que se estimen su domicilio en España. necesarios para la preparación de la declaración de herederos. N 12. Asistencia a los hijos menores 2. Certificado del Registro de diecisiete años del General de Actos de Última Asegurado fallecido en viaje Voluntad del Asegurado. VA Si el Asegurado viajara en compañía 3. Certificado del Registro de de hijos menores de diecisiete años y Contratos de Seguros de Cobertura éstos quedasen sin asistencia a causa de Fallecimiento. del fallecimiento del Asegurado con LO motivo de un riesgo cubierto en la 4. Baja del Asegurado fallecido póliza, el Asegurador organizará a su como usuario del Sistema Público cargo el regreso de los menores hasta Sanitario y/o como pensionista del su domicilio en España, con Instituto Nacional de la Seguridad R acompañamiento que garantice su Social o del correspondiente cuidado si fuera necesario. Organismo de la Comunidad Autónoma, si esta competencia le CO 13. Asistencia jurídica en caso de estuviera transferida, o de la fallecimiento o invalidez Mutualidad de funcionarios o Instituto correspondiente. 13.1. Obtención de documentación b) Tras la aportación de la En caso de fallecimiento o invalidez documentación necesaria por el N del Asegurado derivado de un Asegurado o sus familiares, se siniestro amparado en la póliza, serán tramitará la obtención de: por cuenta del Asegurador las TR gestiones y gastos necesarios para la 1. Baja del Asegurado fallecido obtención o tramitación de la en el Libro de Familia. siguiente documentación 2. Fe de vida. administrativa, siempre y cuando la A misma radique en Registros, 3. Certificado municipal de Organismos o Instituciones situadas convivencia con el Asegurado. CT en territorio español: 4. Certificado del Archivo a) Cuando el Asegurado o sus Eclesiástico de bautismo del familiares faciliten la información Asegurado. necesaria, se realizarán los trámites U c) En los casos en que sea para la obtención de: imprescindible la presencia de los AL 1. Certificaciones del Registro familiares, el Asegurador limitará la Civil, en extracto o literal, de prestación al asesoramiento defunción, nacimiento y necesario para la obtención de la matrimonio del Asegurado y de siguiente documentación: nacimiento de sus hijos o 45 [Seite 22] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI 1. Certificado de matrimonio del los familiares respecto de Bancos, Archivo Eclesiástico. Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras por todo tipo de N 2. Certificado del Registro de contratos o activos financieros de Parejas de Hecho. los que fuera titular o beneficiario el 3. Copia del testamento otorgado Asegurado fallecido. VA por el Asegurado fallecido. d) Contratos de arrendamiento. A- La obtención de la documentación sesoramiento sobre las gestiones a administrativa anteriormente realizar para la subrogación de los detallada se realizará atendiendo la familiares en los contratos de LO petición realizada por el Asegurado o arrendamiento sobre bienes sus familiares y será única para cada inmuebles formalizados por el siniestro. Asegurado fallecido en calidad de arrendador o arrendatario. R 13.2. Asesoramiento extrajudicial e) Cambios de titularidad. Asesora- El Asegurador prestará el servicio de miento para llevar a efecto el información, orientación y cambio de titularidad de vehículos CO asesoramiento telefónico que ante la Dirección General de pudieran precisar el Asegurado o sus Tráfico, así como de los contratos familiares derivado exclusivamente de de suministro de agua, energía las consultas que se produzcan con eléctrica, teléfono y gas. relación a las siguientes gestiones y N f) Reclamación a terceros. Asesora- actuaciones: miento para efectuar reclamación a) Sucesiones. Asesoramiento para de responsabilidad por los daños y TR la realización del inventario de perjuicios sufridos por el Asegurado bienes, operaciones particionales, o sus familiares a consecuencia del liquidación de obligaciones fiscales hecho que determina un siniestro e inscripciones registrales derivadas cubierto por la póliza, cuando el A de todo ello. mismo sea imputable a terceros, así como respecto de la acción directa CT b) Seguros. Asesoramiento para la que pudiera corresponderles frente reclamación de los derechos y a la Entidad Aseguradora del beneficios que asistan al Asegurado causante de los daños. o a sus familiares frente a otras aseguradoras distintas del U 13.3. Tramitación de pensiones Asegurador o Gestoras de Fondos de Pensiones, por contratos que El Asegurador, a petición del AL aquél tuviera suscritos. Asegurado o de sus familiares, y una vez recabados los datos necesarios, c) Productos financieros. Asesora- remitirá debidamente miento para la reclamación de los cumplimentados a los mismos los derechos y beneficios que asistan a 46 [Seite 23] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI documentos de solicitud de las En ningún caso queda cubierta por la pensiones de viudedad, orfandad, presente garantía la gestión de las invalidez y/o auxilio por defunción, correspondientes escrituras públicas N con los certificados necesarios para su de protocolización de operaciones obtención, así como las instrucciones particionales o de adjudicación de la y comunicaciones de la oficina de la herencia del Asegurado fallecido. VA Seguridad Social o de la Mutualidad Salvo pacto en contrario, quedan de funcionarios o Instituto excluidas las coberturas aseguradas correspondiente más cercano a su en las garantías de Traslado domicilio para su presentación. internacional por fallecimiento, LO Acompañante en caso de traslado por 13.4. Gestión de la declaración de fallecimiento en el extranjero, Gastos herederos, de las escrituras de de estancia para acompañante en aceptación o renuncia de caso de fallecimiento en el herencia e inscripción en el R extranjero, Asistencia domiciliaria a Registro de la Propiedad la familia en caso de desplazamiento El Asegurador prestará a los junto al Asegurado fallecido, Asistencia a los acompañantes del CO descendientes, ascendientes y/o cónyuge del Asegurado fallecido el Asegurado fallecido en el extranjero y asesoramiento jurídico necesario en Asistencia a los hijos menores de España a fin de que, mediante acta de diecisiete años del Asegurado notoriedad, puedan ser declarados fallecido en viaje: N notarialmente únicos herederos ab a) Cuando el Asegurado tenga su intestato del Asegurado fallecido, así residencia habitual en el extranjero. como para otorgar en España ante TR Notario las correspondientes b) Cuando el Asegurado participe en escrituras públicas de aceptación o rallyes o practique el alpinismo. renuncia de herencia. c) En las operaciones de rescate en A Asimismo, el Asegurador prestará la montaña, simas, mar o desierto. asistencia jurídica que precisen dichas personas para, en su caso, inscribir en d) Cuando el viaje del Asegurado al CT el Registro de la Propiedad que extranjero tenga por objeto recibir corresponda los extremos de dichos tratamiento médico. instrumentos públicos que resulten Para las coberturas de Obtención de necesarios. documentación y Asesoramiento U Los honorarios devengados por la extrajudicial incluidas en la garantía intervención de fedatarios públicos, de Asistencia jurídica en caso de AL así como los tributos de los que, en su fallecimiento o invalidez, el caso, fueran sujetos pasivos dichos asesoramiento legal se circunscribe al herederos serán a cargo de los derivado exclusivamente del mismos. Ordenamiento Jurídico español. 47 [Seite 24] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI Artículo 11. Artículo 11 - Garantías Opcionales Salvo pacto en contrario, no tienen cobertura en la garantía de GARANTÍAS OPCIONALES Accidentes: N Sólo mediante expresa contratación a) Las enfermedades de toda clase. que debe constar en las Condiciones Particulares de esta póliza y pago de b) Las consecuencias de VA la prima correspondiente, pueden cardiopatías, infartos de miocardio, contratarse las siguientes coberturas: infartos o derrames cerebrales, así como de operaciones quirúrgicas. ACCIDENTES c) Las consecuencias del suicidio o LO de su tentativa. 1. Fallecimiento por Accidente d) Las consecuencias de actos En caso de producirse el fallecimiento delictivos, imprudencia por accidente del Asegurado, el manifiestamente temeraria o culpa R Asegurador abonará al Beneficiario la grave del Asegurado, así como los suma asegurada establecida en las debidos a su participación en Condiciones Particulares. desafíos, apuestas, riñas o peleas que CO deriven en agresiones físicas, siempre 2. Invalidez Permanente y cuando no hubiese actuado en Parcial por Accidente legítima defensa o en tentativa de salvamento de bienes. En caso de que el Asegurado sufra un N accidente cubierto por esta póliza, a e) Los daños cuya cobertura cuya consecuencia se le genere una corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros o cuando TR situación de invalidez permanente parcial, el Asegurador le abonará la dicho Organismo no admita el suma que corresponda según el derecho a indemnización de los baremo de porcentajes y condiciones Asegurados por incumplimiento de establecido en las Condiciones alguna de las normas establecidas en A Particulares. el Reglamento de Circulación, Ley de Tráfico y Circulación de Vehículos a CT 3. Fallecimiento por Accidente Motor y disposiciones de Circulación complementarias vigentes en la fecha de ocurrencia. El Asegurador abonará al Beneficiario f) Las diferencias entre los daños U un capital adicional igual al establecido para la garantía de producidos y las cantidades Fallecimiento por Accidente, siempre indemnizadas por el Consorcio de AL que el fallecimiento del Asegurado Compensación de Seguros, en razón sobrevenga a causa de un accidente de la aplicación de franquicias, de circulación. detracciones, reglas proporcionales u otras limitaciones. 48 [Seite 25] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI primer grado o colaterales en segundo ASISTENCIA EN VIAJE grado por consanguinidad, o a causa de un deber público de inexcusable N 1. Traslado en ambulancia en caso de enfermedad o cumplimiento, el Asegurador accidente ocurridos en España reembolsará al Asegurado o Beneficiarios, previa justificación VA El Asegurador abonará los gastos de documental, los gastos originados por ambulancia precisos para trasladar al la anulación HASTA UN MÁXIMO Asegurado enfermo o accidentado en DE 600 EUROS. España, desde el lugar de ocurrencia del siniestro hasta el centro sanitario LO 3. Envío de documentos y más próximo que cuente con los objetos personales olvidados medios idóneos para atender debidamente la enfermedad o lesiones Si en el transcurso de un viaje el sufridas. Asegurado hubiese olvidado en su R domicilio algún documento Asimismo, y en caso de gravedad, el imprescindible para el transcurso del Asegurador se hará cargo de los gastos mismo, el Asegurador organizará y para el traslado en ambulancia del CO asumirá los gastos de su envío a la Asegurado enfermo o accidentado dirección que al efecto señale el hasta el centro sanitario más próximo Asegurado. a su domicilio cuando los médicos que asistan al Asegurado, Asimismo, en caso de que el conjuntamente con los servicios Asegurado hubiera olvidado en el N médicos del Asegurador, lo autoricen lugar en que hubiese residido durante en función de su estado y aptitud para su viaje algún objeto o documento o TR viajar. éstos hubiesen sido sustraídos ilegítimamente al Asegurado en dicho Esta cobertura solamente surtirá lugar y posteriormente recuperados, el efecto cuando la enfermedad o el Asegurador se encargará del envío a accidente hayan ocurrido a más de A su domicilio. 20 kilómetros del domicilio del Asegurado. El Asegurador únicamente asumirá la CT organización del envío con un LÍMITE 2. Anulación de viaje DE 150 EUROS POR Asegurado Y 450 EUROS POR SINIESTRO O Si se anulara el viaje ya concertado UNIDAD FAMILIAR. U por el Asegurado por su fallecimiento u hospitalización, el de su cónyuge no 4. Demora, cancelación del viaje separado legalmente o de hecho o o pérdida de conexiones AL persona con la que conviviese de forma permanente en análoga Si el Asegurado estuviese en posesión relación de afectividad, sus de un billete confirmado de avión o ascendientes o descendientes de barco de línea regular (siempre que la 49 [Seite 26] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI singladura tenga su origen o destino 7. Desplazamiento de un en un puerto extranjero) y se acompañante junto al produjese el día del embarque un Asegurado hospitalizado N retraso, cancelación o falta de Si el Asegurado viajara solo y fuera conexión entre dos trayectos hospitalizado, con motivo de un previamente concertados, por un riesgo cubierto por la póliza, siendo la VA tiempo superior a 12 horas o con una previsión del tiempo de noche por medio, por causa hospitalización SUPERIOR A imputable al transportista, el CUATRO DÍAS, el Asegurador pondrá Asegurador indemnizará al Asegurado a disposición de la persona que aquél LO por los gastos ocasionados por tal designe, con residencia en España y imprevisto, previa justificación que se encuentre en España en el documental, con un LÍMITE DE 200 momento de ocurrencia del siniestro, EUROS. un billete de ida y vuelta en avión R (clase turista), ferrocarril (1ª clase) o 5. Reembolso de gastos por transporte público y colectivo más demora en la entrega idóneo para que pueda viajar desde de equipajes su domicilio hasta el lugar donde se CO El Asegurador reembolsará al encuentre el Asegurado hospitalizado. Asegurado el importe de los artículos necesarios, previa presentación de las 8. Asistencia domiciliaria facturas originales correspondientes, a la familia en caso de N como consecuencia de la demora de desplazamiento junto al más de 24 horas en la entrega del Asegurado hospitalizado equipaje facturado por el Asegurado TR Si en virtud de la garantía en transporte público, excepto en el Desplazamiento de un acompañante viaje de regreso al domicilio del junto al Asegurado hospitalizado su Asegurado, HASTA EL LÍMITE DE 300 cónyuge no separado legalmente o de EUROS POR PERSONA Y 1.200 A hecho o persona con la que EUROS POR SINIESTRO. conviviese de forma permanente en análoga relación de afectividad se CT 6. Localización de equipajes desplazara hasta el lugar de Siempre que el transporte sea en ocurrencia del siniestro, dejando solos avión o en barco, el Asegurador a hijos menores de diecisiete años o prestará su colaboración en las personas mayores de sesenta y cinco U gestiones de búsqueda y localización con las que conviviese en caso de pérdida total o parcial de permanentemente, el Asegurador AL los equipajes y efectos personales reintegrará los gastos ocasionados por previamente facturados por el la contratación de los servicios Asegurado. destinados al cuidado de los mismos, con un LÍMITE DE 60 EUROS 50 [Seite 27] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI DIARIOS Y UN MÁXIMO DE DIEZ organizará a su cargo el regreso de los DÍAS. menores hasta su domicilio en España, con acompañamiento que N Sólo podrá utilizarse esta garantía si se garantice su cuidado si fuera hubiera hecho uso de la garantía de necesario. Desplazamiento de un acompañante junto al Asegurado hospitalizado. VA 11. Regreso anticipado de Asegurados que se 9. Gastos de estancia para encuentren de viaje acompañante en caso de hospitalización del Asegurado Si el Asegurado tuviese que LO interrumpir su viaje por fallecimiento El Asegurador reintegrará al de su cónyuge no separado acompañante designado, previa legalmente o de hecho o persona con presentación de las facturas originales la que conviviese de forma correspondientes, los gastos de R permanente en análoga relación de alojamiento y manutención afectividad, ascendientes o ocasionados en el lugar donde el descendientes hasta segundo grado o Asegurado se encuentre hospitalizado CO colaterales de segundo grado por HASTA 125 EUROS DIARIOS EN consanguinidad, el Asegurador le ESPAÑA Y 150 EUROS DIARIOS EN reembolsará los gastos que se le EL EXTRANJERO, CON UN MÁXIMO originen por desplazamiento en avión DE DIEZ DÍAS, en cuyo cómputo se (clase turista), ferrocarril (1ª clase) o incluirán los días durante los que, por N transporte público y colectivo más prescripción facultativa, el Asegurado idóneo por su regreso desde el lugar hospitalizado deba prolongar su en donde se encuentre en ese TR estancia en hotel antes de regresar a momento hasta el de inhumación o su domicilio. incineración en España. Sólo podrá utilizarse esta garantía si se Existirá el mismo derecho en caso de hubiera hecho uso de la garantía A siniestro grave producido en el Desplazamiento de un acompañante inmueble en que radique el domicilio junto al Asegurado hospitalizado. particular o profesional propiedad del CT Asegurado, siempre que éste se vea 10. Asistencia a hijos menores de obligado a interrumpir su viaje en el diecisiete años del Asegurado extranjero para regresar hasta su hospitalizado en viaje domicilio España. U Si el Asegurado viajara en compañía de hijos menores de diecisiete años y 12. Servicio de información AL éstos quedasen sin asistencia por para viajes al extranjero causa de la hospitalización del A través del TELÉFONO DE Asegurado por TIEMPO SUPERIOR A ASISTENCIA 24 HORAS, el CUATRO DÍAS, el Asegurador Asegurado podrá obtener información 51 [Seite 28] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI importante de orden administrativo o dolencias o lesiones por accidente médico antes de iniciar su viaje al previamente diagnosticadas o por las extranjero, tal como pasaportes, que el Asegurado se encuentre en N visados de entrada en el país de tratamiento médico. destino, vacunas exigibles, aduanas, b) Los procedentes de enfermedad moneda, tipos de cambio y otros mental. VA servicios. c) Los de curas termales. 13. Gastos médicos de urgencia a d) Los derivados del seguimiento del consecuencia de enfermedad embarazo, incluso parto y puerperio, LO o accidente graves en el excepto las alteraciones patológicas extranjero agudas e imprevisibles de este estado. Si el Asegurado se encontrara de viaje e) Los derivados de la adquisición, por el extranjero y sufriera una implantación, sustitución, extracción R enfermedad o accidente graves, el y/o reparación de prótesis en general. Asegurador le reembolsará, previa presentación de las facturas originales f) Los producidos por movimientos CO y certificados médicos telúricos, inundaciones o erupciones correspondientes, los gastos médicos volcánicas. de urgencia que se le hubieran ocasionado en el país de ocurrencia g) Los que tengan su origen en la del siniestro (honorarios médicos, ingestión o consumo intencionado de bebidas alcohólicas, estupefacientes, N medicamentos recetados por un médico o cirujano, hospitalización y drogas o medicamentos, salvo que ambulancia para un trayecto local por estos últimos hubieran sido prescritos TR prescripción facultativa) HASTA UN por un facultativo. LÍMITE DE 15.000 EUROS POR ASEGURADO Y SINIESTRO. 14. Prolongación de estancia en hotel en el extranjero A Los arreglos dentales de urgencia precisados por el Asegurado durante Cuando por prescripción facultativa el su viaje en el extranjero quedan Asegurado hospitalizado por CT cubiertos HASTA UN LÍMITE DE 500 enfermedad o accidente graves EUROS POR ASEGURADO Y ocurridos en el extranjero por siniestro SINIESTRO. amparado por la cobertura Gastos médicos de urgencia a consecuencia U Salvo pacto en contrario, no quedan de enfermedad o accidente graves en cubiertos los siguientes gastos el extranjero debiera prolongar su médicos: AL estancia en el lugar en que se a) Los derivados de cualquier encontrase de viaje y donde se enfermedad preexistente y/o produjo dicho siniestro tras finalizar congénita, afecciones crónicas, su hospitalización y hasta recibir el alta médica para poder viajar, el 52 [Seite 29] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI Asegurador le reintegrará, previa un accidente de circulación en el presentación de las facturas originales extranjero se le exigiese al Asegurado correspondientes, los gastos de el depósito de una fianza, el N alojamiento y manutención HASTA Asegurador le concederá un anticipo 150 EUROS DIARIOS Y UN equivalente al importe de la fianza MÁXIMO DE DIEZ DÍAS. exigida HASTA 15.000 EUROS POR VA ASEGURADO. Asimismo, y en este 15. Anticipo de fondos por supuesto, el Asegurador le anticipará accidente, enfermedad los honorarios de Abogado HASTA o robo en el extranjero UN LÍMITE DE 7.500 EUROS. LO Si como consecuencia de accidente, En ambos casos, el Asegurador podrá enfermedad o robo de bienes solicitar del Asegurado algún tipo de ocurridos en el extranjero el aval o garantía que le asegure el Asegurado quedara sin recursos cobro del anticipo. R económicos y no tuviera medios para obtenerlos, el Asegurador le anticipará 17. Depósito de fianza la cantidad necesaria para hacer por hospitalización CO frente a sus necesidades urgentes en el extranjero HASTA UN MÁXIMO DE 1.000 Si el Asegurado precisase ser EUROS. hospitalizado en el extranjero, el El Asegurado se obliga a la Asegurador hará el depósito de la devolución del importe prestado en fianza que la administración del N cuanto regrese a su domicilio habitual hospital le solicite HASTA 15.000 y, como máximo, en el plazo de EUROS POR ASEGURADO Y TR sesenta días. Si transcurrido ese plazo SINIESTRO. no se hubiera efectuado la devolución Para esta cobertura son de aplicación de la cantidad prestada, el Asegurador las mismas exclusiones que para podrá reclamarla incrementada en el Gastos médicos de urgencia a A interés legal del dinero aplicable en el consecuencia de enfermedad o momento de su reclamación. accidente graves en el extranjero. CT En todos los casos, el Asegurador Siempre que el riesgo esté cubierto podrá solicitar del Asegurado algún en la póliza, las cantidades tipo de aval o garantía que le asegure entregadas en concepto de depósito el cobro del anticipo. de la fianza por hospitalización se U entenderán como anticipos de la 16. Anticipo de fianza judicial suma a pagar por Gastos médicos de y honorarios de Abogado AL urgencia a consecuencia de en el extranjero enfermedad o accidente graves en el Si como consecuencia de un extranjero. procedimiento judicial instruido por 53 [Seite 30] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI 18. Intérprete en caso en camilla y, cuando el caso lo de hospitalización requiera, con vigilancia médica. en el extranjero N La decisión de repatriar será tomada Si con motivo de un riesgo cubierto conjuntamente por el médico que en la póliza el Asegurado fuera trate al Asegurado en el lugar del hospitalizado en el extranjero por siniestro y los servicios médicos del VA TIEMPO SUPERIOR A CUATRO DÍAS Asegurador. Todos los servicios serán y fuera necesaria la prestación de un realizados bajo constante control servicio de intérprete para cubrir las médico. necesidades médico - sanitarias que la LO En caso de recibir el alta médica en el hospitalización del Asegurado lugar del siniestro y no tratándose, por requiriese, el Asegurador lo pondrá a tanto, de una enfermedad o accidente disposición del Asegurado con la graves cubiertos por esta garantía, si el mayor urgencia posible. Los gastos Asegurado hubiera perdido los medios R cubiertos por el Asegurador quedan previstos para regresar a España o no limitados a 60 EUROS DIARIOS CON pudiera continuar su viaje por UN MÁXIMO POR SINIESTRO DE imposibilidad física o material, el DIEZ DÍAS. CO Asegurador organizará a su cargo el regreso a España en avión de línea 19. Repatriación sanitaria en regular o en el medio de transporte caso de enfermedad o público y colectivo más idóneo accidente graves ocurridos HASTA UN LÍMITE DE 1.500 EUROS. N en el extranjero Salvo pacto en contrario, esta Si el Asegurado se encontrara de viaje cobertura no tendrá efecto cuando TR por el extranjero y sufriera una las heridas o la enfermedad sufridas enfermedad o accidente graves que por el Asegurado no sean impliquen un riesgo vital, el consideradas graves por el personal Asegurador organizará, cuando los facultativo que le asista y puedan ser A médicos lo aconsejen, la repatriación curadas en el lugar en que se del Asegurado. Sólo las circunstancias encuentre sin imposibilitarle para de índole médica tales como CT continuar el viaje. Sin embargo, en urgencia, estado del Asegurado y este caso, se prestará la asistencia aptitud para viajar, determinarán si el prevista por la cobertura Gastos transporte debe efectuarse y por qué médicos de urgencia a consecuencia medio (avión sanitario especial, U de enfermedad o accidente graves en helicóptero, avión de línea regular, el extranjero. coche - cama o ambulancia). Para los AL países que estén fuera del área de Europa y del Mediterráneo, la repatriación del Asegurado se efectuará por avión de línea regular 54 [Seite 31] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI 20. Servicio de trámites 23. Envío de medicamentos administrativos para al extranjero hospitalización N Cuando el Asegurado, por un riesgo En caso de producirse la repatriación cubierto en la póliza, precise algún sanitaria del Asegurado como medicamento de interés vital que no consecuencia de enfermedad o pueda ser obtenido en el lugar en VA accidente graves ocurridos en el donde se encuentre, el Asegurador extranjero, el Asegurador colaborará organizará a su cargo su envío desde en la gestión de cuantos trámites España o desde el país más próximo administrativos sean necesarios para en donde pueda ser obtenido. LO formalizar la admisión del Asegurado en el hospital que le corresponda en 24. Servicio de información función de su domicilio habitual. asistencial y mensajes urgentes R 21. Asistencia a los acompañantes El Asegurador, a través del del Asegurado hospitalizado TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 en el extranjero HORAS, informará a la familia del CO Si el Asegurado viajara al extranjero Asegurado, si fuera necesario, de toda en compañía de otras personas que solicitud de asistencia y de las también tuvieran la condición de operaciones de socorro desarrolladas. Asegurados y el viaje se interrumpiera El Asegurador tendrá a disposición de por la hospitalización o traslado de sus Asegurados el servicio permanente N aquél hasta España a causa de una del TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 enfermedad o accidente graves, el HORAS para transmitir los mensajes TR Asegurador organizará a su cargo el urgentes relativos a las incidencias regreso del resto de Asegurados hasta sobre riesgos cubiertos por la presente su domicilio en España. garantía. Salvo pacto en contrario, quedan A 22. Envío de un médico especialista al extranjero excluidas las coberturas aseguradas de Asistencia en Viaje en los CT Cuando el Asegurado presente, por un siguientes casos: riesgo cubierto en la póliza, un a) Cuando el Asegurado tenga su cuadro clínico muy grave que no le residencia habitual en el extranjero. permita ser trasladado y la asistencia b) Cuando las lesiones sufridas se U médica que se le pueda prestar en el hayan producido por intento de extranjero no sea la adecuada para su suicidio. estado, el Asegurador enviará un AL c) Cuando las heridas o la médico especialista al lugar donde se enfermedad se hayan producido encuentre. como consecuencia directa o 55 [Seite 32] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI indirecta de la reacción o radiación el plazo de seis meses desde su nuclear o contaminación radiactiva. nacimiento. d) Cuando el Asegurado participe en N Dicha suma asegurada se destinará rallyes o practique el alpinismo. por el Asegurado que obre en e) En las operaciones de rescate en representación del menor al pago de montaña, simas, mar o desierto. la prima de un seguro de vida – VA f) Cuando el viaje del Asegurado al ahorro denominado “Mi Primer extranjero tenga por objeto recibir Ahorro” cuyo Tomador (debidamente tratamiento médico. representado) y Asegurado será el NO HACER USO DE LAS menor y que se regirá por las LO COBERTURAS DE LA GARANTÍA DE Condiciones Generales, Particulares y ASISTENCIA EN VIAJE NO DA Especiales específicas de dicho DERECHO A INDEMNIZACIÓN seguro. ALGUNA. Esta garantía no producirá efectos en R aquellos casos en que el Asegurado PEQUE ASISTENCIA que obre en representación del menor no estuviese asegurado CO 1. Conexión Asistencial durante un periodo previo superior a El Asegurador, a petición del diez meses. Asegurado, le pondrá en contacto con los profesionales necesarios, tales 3. Asistencia médica como personal de enfermería o para N Mediante esta garantía, y para el caso el cuidado de menores, así como de que estuviere contratada la profesores particulares, para cualquier Médico - Asistencial, el Asegurador, a TR necesidad que requiera el Asegurado, petición de alguno de los Asegurados a fin de que le faciliten los en esta garantía y a través del presupuestos oportunos y, en su caso, TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 realicen los servicios solicitados, HORAS pondrá a su disposición un A siendo siempre a cargo del Asegurado amplio cuadro de especialistas el importe correspondiente a la médico-sanitarios, teniendo derecho CT ejecución de tales servicios. el Asegurado menor de diecisiete años a los siguientes servicios sin coste 2. Premio de natalidad adicional alguno: Con motivo del nacimiento de un hijo • Dos consultas pediátricas anuales. U de un Asegurado, el Asegurador entregará al Asegurado que obre en • Una consulta oftalmológica anual. AL representación del menor la suma • Una revisión de prótesis auditivas. asegurada establecida en las Condiciones Particulares de esta • Una consulta logopédica anual. póliza, siempre y cuando dicho menor sea asegurado en la misma en • Una consulta psicológica anual. 56 [Seite 33] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI • Una consulta al dietista o e) Trastornos alimenticios: anorexia nutricionista anual. y bulimia. N No quedan cubiertos por la presenta f) Asma. garantía los honorarios o gastos derivados de las pruebas o ASISTENCIA SENIOR VA tratamientos que, en su caso, deban realizarse. 1. Evaluación geriátrica integral 4. Segundo diagnóstico El Asegurador, mediante la gestión de psicológico equipos multidisciplinares, LO proporcionará al Asegurado, previa El Asegurador pondrá a disposición de petición por el mismo, una evaluación los Asegurados de esta garantía un médico-psicológica integral anual con segundo diagnóstico en caso de que la finalidad de detectar posibles se emitiera un dictamen psicológico R patologías, facilitar un diagnóstico por parte del centro de enseñanza en específico y establecer las el que estuviera matriculado el menor necesidades asistenciales que pudiera que evidenciase dificultades de requerir de acuerdo con su situación. CO seguimiento del curso calificadas como fracaso escolar. Dicho segundo Los gastos por desplazamiento del diagnóstico ratificará, en su caso, el Asegurado para la realización de la primer dictamen y, si procede, evaluación médico-psicológica serán propondrá las acciones correctoras a cargo del Asegurado. N que se estimen necesarias. 2. Servicio de Teleasistencia TR 5. Programa de formación Asimismo, el Asegurador asistencial proporcionará al Asegurado, siempre El Asegurador organizará y tramitará que el resultado de la Evaluación la asistencia de los Asegurados, previa geriátrica integral establezca su A petición expresa de los mismos, a necesidad, un transmisor de asistencia programas especiales de formación fijo o móvil que estará conectado vía CT para aquellas familias con menores de telefónica y permanentemente con el diecisiete años que requieran TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 cuidados especiales por padecer las HORAS. siguientes enfermedades: El Asegurador quedará exonerado de U a) Diabetes. toda responsabilidad si no pudiera realizar esta prestación a causa de AL b) Alergias a medicamentos, inexistencia o fallos de la red alimentos y/o picaduras de insectos. eléctrica o telefónica, fija o móvil, o c) Eneuresis nocturna. en caso de fuerza mayor. d) Hiperactividad. 57 [Seite 34] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI El coste derivado de las llamadas que comunicación al Asegurador, realice efectúe el Asegurado será a cargo del el Asegurado. mismo. N 2.3. Localización y envío de 2.1. Intervenciones de urgencia servicios asistenciales y atención inmediata VA Ante una necesidad médica, el Si el Asegurado realizara una llamada Asegurador enviará al domicilio del a través del transmisor de asistencia Asegurado los médicos, servicios de domiciliaria y el TELÉFONO DE ambulancia u otros servicios ASISTENCIA 24 HORAS no pudiere asistenciales que el Asegurado LO contactar con él adecuadamente al pudiere precisar, en función de los objeto de valorar la situación servicios públicos de emergencia presentada, el Asegurador organizará médica existentes en la zona inmediatamente la ayuda de urgencia geográfica del domicilio del necesaria para solventar dicha R Asegurado. eventualidad, poniéndose en contacto con los familiares o personas designadas en la ficha personal o que 2.4. Seguimiento personalizado CO consten en la misma y tengan acceso del Asegurado y su entorno a la vivienda y, en caso estrictamente El Asegurador, a través del necesario, se avisará a los servicios TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 públicos de emergencia oportunos HORAS, se pondrá en contacto con el (bomberos, policía local,…). Asegurado durante las 24 horas del N El Asegurado y/o el Beneficiario de día y los 365 días del año y conforme las intervenciones de urgencia al programa personalizado que se TR eximen expresamente al Asegurador defina en cada caso, a fin de conocer de cualquier responsabilidad por los su estado, avisarle de la toma de daños o deterioros que se pudieran medicamentos, recordarle las visitas producir por terceros para poder médicas que tenga concertadas, así A acceder a la vivienda. como para cualquier otra circunstancia que requiera según su ficha de seguimiento personalizado. CT 2.2. Vigilancia y atención en desplazamientos Asimismo, el Asegurado tendrá a su disposición el TELÉFONO DE El Asegurador, previa petición por el ASISTENCIA 24 HORAS al que podrá Asegurado que tenga instalado el U llamar en situaciones de soledad las Servicio de Teleasistencia móvil, se 24 horas del día y todos los días del pondrá en contacto con el mismo a año, el cual le proporcionará un AL través del TELÉFONO DE servicio de acompañamiento ASISTENCIA 24 HORAS a los efectos telefónico. de realizar el adecuado seguimiento en los desplazamientos que, previa 58 [Seite 35] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI 2.5. Información familiar sobre el Asegurador resarcirá los gastos ocurrencia del siniestro, ocasionados hasta el límite de 600 incidencias en la prestación euros y previa presentación de las N del servicio y evolución del facturas correspondientes, a quien estado de salud del Asegurado acredite suficientemente haber satisfecho los gastos originados por el A petición expresa del Asegurado y VA internamiento del Asegurado. con su autorización, el TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS informará La presente garantía no será de a sus familiares o a las personas aplicación hasta que hayan designadas en la ficha personal sobre transcurrido seis meses desde la toma LO cualquier enfermedad o accidente de efecto de la garantía de Asistencia corporal sufridos por el Asegurado, así Senior. como de las incidencias que sobre la prestación del servicio tuvieran lugar, 5. Consultas médico-geriátricas R informándoles periódicamente de la evolución del estado de salud del El Asegurador, a petición de alguno Asegurado. de los Asegurados de esta garantía a los que se les haya instalado el CO Servicio de Teleasistencia o que 3. Programa de formación presenten algún grado de asistencial discapacidad, pondrá a disposición un El Asegurador, ante una situación de amplio cuadro de médicos discapacidad de un Asegurado de esta especialistas en geriatría, teniendo N garantía y a petición expresa del derecho a dos consultas médico- mismo, organizará y tramitará para su geriátricas anuales sin coste adicional. TR cuidador habitual un programa formativo sobre cuidados a 6. Asistencia médica proporcionar a personas con discapacidad. Mediante esta garantía, y para el caso de que estuviera contratada la A Cualquier gasto necesario para la Médico - Asistencial, el Asegurador, a realización del programa formativo petición de alguno de los Asegurados, CT distinto del coste del propio pondrá a su disposición un amplio programa será a cargo del Asegurado. cuadro de especialistas médico- sanitarios, teniendo derecho a los 4. Descanso familiar siguientes servicios sin coste adicional U alguno: Si el Asegurado padeciese una situación de dependencia de grado III, • Una consulta médico-geriátrica AL podrá ser ingresado en un Complejo anual. Residencial geriátrico durante DIEZ • Una consulta oftalmológica anual. DÍAS al año. Si la prestación asegurada no pudiere ser satisfecha, • Una revisión de prótesis auditivas anual. 59 [Seite 36] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI • Una consulta psicológica anual. cargo del Asegurado el importe correspondiente a la ejecución de No quedan cubiertos por la presenta tales trabajos y servicios, asumiendo N garantía los honorarios o gastos el Asegurador el coste de la derivados de las pruebas o realización y presentación del tratamientos que, en su caso, deban presupuesto por el profesional. VA realizarse. A título orientativo, se indican algunos 7. Conexión con Centros de los servicios de reparación que se Residenciales para la pueden solicitar: Tercera Edad LO • Albañilería El Asegurador, a petición de alguno • Antenas de los Asegurados de esta garantía, tendrá acceso a una amplia red de • Electrodomésticos Centros Residenciales específicos para • Carpintería R la Tercera Edad. • Cristalería El importe correspondiente a la • Jardinería prestación de los servicios que CO contrate el Asegurado será siempre a • Instalaciones eléctricas cargo del mismo. • Moquetas y sintasol • Toldos 8. Asesoramiento patrimonial personalizado • Mármoles N El Asegurador prestará al Asegurado • Parquet • Reparación de tejados y azoteas TR asesoramiento personalizado por medio de profesionales especialistas • Pintura y papel pintado en materia de gestión y optimización de su patrimonio inmobiliario y • Reformas financiero, a fin de facilitarle su • Cerrajería A acceso a un Centro Residencial para • Tapicería la Tercera Edad. CT • Carpintería metálica 9. Conexión con reparadores • Fontanería El Asegurador, a petición del • Climatización U Asegurado, pondrá a su disposición • Escayola los profesionales necesarios para • Visión y sonido realizar cualquier reparación o AL reforma en su vivienda, de modo que • Informática le faciliten los presupuestos oportunos • Persianas y, en su caso, realicen las obras o • Personal de seguridad servicios solicitados, siendo siempre a 60 [Seite 37] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI • Calderas e instalaciones de gas 12. Ampliación de la cobertura de Asistencia post-hospitalaria Asimismo, el Asegurador prestará el N asesoramiento necesario para la Mediante esta garantía, y para el caso adaptación geriátrica de la vivienda de que estuviera contratada la del Asegurado (cuartos de baño,...), el Médico - Asistencial, se amplía la suma asegurada por siniestro y VA uso de material sanitario especializado (grúas, camas Asegurado de la garantía de articuladas, sillas,…) y la gestión del Asistencia post-hospitalaria hasta alquiler o compra de dicho material. 1.200 EUROS POR SINIESTRO Y AÑO. En este caso, el Asegurador, en LO 10. Inspección Técnica coordinación con el Asegurado, de Viviendas elaborará un plan asistencial que incluirá la posibilidad de permanecer A petición del Asegurado, el en un Complejo Residencial para la Asegurador pondrá a su disposición R Tercera Edad con asistencia médico - un profesional que realice un sanitaria por un período máximo de diagnóstico preventivo de las QUINCE DÍAS. instalaciones de su vivienda y realice CO un presupuesto de todas aquellas reparaciones que considere MÉDICO - ASISTENCIAL necesarias. 1. Segunda opinión médica El servicio se realizará cuando el La presente garantía incluye la N Asegurado lo solicite y como máximo una vez al año. Será a cargo del obtención de una segunda opinión Asegurado el importe médica, en el caso de que el TR correspondiente a la ejecución de las Asegurado padezca alguna de las reparaciones que fuesen necesarias, enfermedades descritas a asumiendo el Asegurador el coste de continuación, así como el la elaboración del presupuesto. asesoramiento y gestión para que el A Asegurado pueda participar en ensayos clínicos relativos a la 11. Limpieza de la vivienda CT enfermedad que padece. El Asegurador, a petición del Asegurado, le pondrá en conexión 1.1 Segunda Opinión Médica con profesionales especializados en El Asegurador pondrá a disposición U limpiezas generales para que le faciliten los presupuestos oportunos y, del Asegurado los medios necesarios en su caso, realicen una limpieza a para que, en caso de padecimiento de AL fondo de la vivienda, siendo siempre una enfermedad grave, se efectúe un a cargo del Asegurado el importe segundo diagnóstico a fin de correspondiente a la ejecución de confirmar o modificar el primer tales servicios. diagnóstico, se indique cuál es el tratamiento más adecuado, así como 61 [Seite 38] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI los hospitales y los facultativos más QUE TENGAN IMPACTO SOBRE LA prestigiosos a nivel nacional e ESPERANZA O CALIDAD DE VIDA internacional que lo realicen. DEL ASEGURADO. N A estos efectos, se entiende por Las exploraciones complementarias enfermedades graves para la adicionales que en su caso fueran realización de una segunda necesarias para poder realizar la VA valoración las siguientes: segunda valoración quedarán cubiertas hasta un límite de 1.500 €. a) Enfermedades cardiovasculares. Quedan excluidos los gastos de b) Infarto de miocardio. LO desplazamiento para la realización de c) Cirugía de revascularización las pruebas complementarias. En caso coronaria (Bypass). de existir alternativa, el Asegurado decidirá si el tratamiento se llevará a d) Enfermedades neurológicas y cabo en España o en el extranjero. R neuroquirúrgicas. Si el Asegurado decidiese viajar al e) Esclerosis múltiple. extranjero para iniciar el tratamiento CO f) Parálisis. médico, el Asegurador se encargará de la prestación de un servicio de g) Afección oftalmológica con el fin atención personalizada que incluirá la de salvar la vista. coordinación de las citas médicas, la h) Derrame, hemorragia o infarto reserva de hotel y transporte del N cerebral. Asegurado y/o sus familiares, la contratación de intérpretes y las i) Cáncer. gestiones previas a la admisión en el TR hospital. Los gastos de alojamiento, j) Insuficiencia renal. transporte y servicios de intérprete y k) SIDA. hospitalarios anteriormente referidos serán a cargo del Asegurado, siendo a A l) Enfermedades inmunológicas. cargo del Asegurador el coste del m) Trasplante de órganos (corazón, servicio de asesoramiento y gestión de CT pulmones, hígado, páncreas, riñón los trámites necesarios para el traslado y médula ósea). del Asegurado y su ingreso en el hospital designado. Las reservas de n) Parkinson. hotel y transporte requerirán la U o) Alzheimer. garantía de una tarjeta de crédito del Asegurado. p) Segunda valoración sobre inter- AL venciones quirúrgicas. El Asegurador realizará un seguimiento mensual del Asegurado, Asimismo, también podrán ser objeto que se efectuará vía telefónica, en el de una segunda opinión médica las que se valorará la técnica terapéutica, enfermedades congénitas, SIEMPRE el estado general en función del 62 [Seite 39] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI tratamiento y se aconsejará, aclarará y hotel y transporte la garantía de una ampliará la información que reciba el tarjeta de crédito del Asegurado. Asegurado y/o sus familiares y se N realizará una valoración del En ningún caso el Asegurador será pronóstico a medio y largo plazo responsable de la no aceptación del según el tratamiento. Asegurado en la participación en el VA ensayo clínico por parte del promotor 1.2 Participación en ensayos del mismo. clínicos Tanto la segunda opinión médica Si el Asegurado padeciera una de las LO como la participación en ensayos enfermedades descritas anteriormente clínicos serán de aplicación cuando y decidiese participar en un ensayo hayan transcurrido TRES MESES clínico aprobado por las Autoridades desde la entrada en vigor de la Sanitarias de Europa o de los Estados cobertura, salvo para caso de R Unidos relativo a dicha enfermedad, accidente en que no se aplicará el Asegurador se encargará de todas período de carencia alguno. las gestiones y trámites necesarios CO para que el Asegurado pueda intervenir en dicho ensayo, siempre 2. Asistencia post-hospitalaria que se cumplan los requisitos Cuando el Asegurado haya exigidos por el organizador del permanecido ingresado en un hospital ensayo clínico. y le haya sido prescrita una N A estos efectos, se entiende por inmovilización en su domicilio ensayo clínico toda evaluación habitual de MÁS DE CUATRO DÍAS, el Asegurador, en coordinación con el TR experimental de un producto, sustancia medicamento, técnica Asegurado, elaborará un plan diagnóstica o terapéutica que, en su asistencial acorde con las necesidades aplicación a seres humanos, pretende inmediatas y necesarias que la inmovilización del Asegurado A valorar su eficacia y seguridad. requiera y durante el tiempo que dure Si el ensayo clínico se celebrase en el la misma, tales como profesores CT extranjero, el Asegurado disfrutará de particulares, asistencia en su vivienda, un servicio de atención personalizada asistencia geriátrica o instalación de en el idioma de sus nacionalidad, que un transmisor de teleasistencia, con incluirá la reserva de hotel y un LÍMITE POR ASEGURADO Y U transporte del Asegurado y/o sus SINIESTRO DE 600 EUROS. familiares, la contratación de intérpretes y las gestiones previas que Asimismo, y con motivo del AL sean necesarias para la participación nacimiento de un hijo de un en el ensayo clínico, siendo a cargo Asegurado o la adopción de un menor del Asegurado el coste de estos de doce meses, el Asegurado podrá servicios y requiriendo las reservas de solicitar el servicio descrito en el 63 [Seite 40] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI párrafo anterior sin que sea necesaria 5. Acceso a la red de la prescripción de una inmovilización Profesionales Médicos en el domicilio habitual, con un y Centros Sanitarios N LÍMITE POR UNIDAD FAMILIAR Y 5.1. Servicios sanitarios SINIESTRO DE 600 EUROS Y DURANTE UN MÁXIMO DE El Asegurador, a petición de alguno VA TREINTA DÍAS. de los Asegurados, pondrá a su disposición un amplio cuadro médico Este servicio deberá solicitarse dentro incluyendo todas las especialidades. de los quince días inmediatamente posteriores al parto o a la llegada al Los honorarios devengados por la LO domicilio del adoptado. contratación de los servicios médicos serán siempre a cargo del Asegurado. En caso de parto, esta garantía tiene un periodo de carencia de diez meses. 5.2. Servicio dental R El Asegurador, a petición de los 3. Consulta médica telefónica Asegurados, pondrá a su disposición un amplio cuadro de clínicas CO Si el Asegurado precisara información dentales, teniendo derecho a las de carácter médico, podrá solicitarla siguientes prestaciones: llamando al TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS. • Una revisión dental anual, La información facilitada tendrá incluyendo el diagnóstico clínico y N carácter orientativo, sin que pueda el presupuesto del tratamiento. establecerse diagnóstico a causa de • Radiografías intra bucales. TR ella. • Educación en materia de higiene bucal. 4. Consulta psicológica • Tratamiento de fluoración. telefónica A • Retirada de puntos de sutura Si el Asegurado precisara información bucales. de carácter psicológico, podrá CT solicitarla a través del TELÉFONO DE • Pulido de amalgama. ASISTENCIA 24 HORAS. • Periodoncia: diagnóstico y sondaje. La información telefónica facilitada • Una limpieza bucal anual por U tendrá carácter orientativo, sin que pueda establecerse diagnóstico a Asegurado. causa de ella. AL El importe correspondiente a cualquier prestación dental distinta de las enumeradas con anterioridad será siempre a cargo del Asegurado. 64 [Seite 41] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI NO HACER USO DE LAS quirúrgica se efectúen, siempre que el COBERTURAS DE LA GARANTÍA Asegurado se encuentre internado en MÉDICO - ASISTENCIAL NO DA un sanatorio, hospital, clínica o N DERECHO A INDEMNIZACIÓN centro sanitario análogo. ALGUNA. Solamente podrán ser Asegurados en esta garantía los que tuviesen una VA GASTOS EXCEPCIONALES DE edad comprendida entre los dieciséis SEPELIO y los sesenta y cinco años en la fecha de contratación de la misma. Con ocasión del fallecimiento del LO PERIODO DE INDEMNIZACIÓN Asegurado, el Asegurador abonará al Beneficiario designado en las El subsidio diario se abonará desde el Condiciones Particulares la suma día del ingreso del Asegurado en el asegurada que figura en dichas centro sanitario y hasta que reciba el R Condiciones para hacer frente a todos alta hospitalaria con el LÍMITE aquellos gastos extraordinarios MÁXIMO DE UN AÑO. derivados del sepelio. PLAZO DE CARENCIA CO La presente garantía no será de aplicación hasta que hayan La cobertura de la presente garantía transcurrido DOS MESES desde la no será de aplicación hasta que hayan toma de efectos de la misma. No transcurrido TRES MESES desde la obstante, si el fallecimiento del toma de efectos de la misma, salvo si N Asegurado fuese a causa de accidente, el siniestro fuese a causa de esta garantía tomará efecto conforme accidente, en cuyo caso tomará conforme a lo dispuesto en el artículo TR a lo dispuesto en el artículo 2 de las presentes Condiciones Generales. 2 de las presentes Condiciones Generales. Los siniestros que pudieran tener su origen en un parto HOSPITALIZACIÓN POR no tendrán cobertura hasta A INTERVENCIÓN transcurridos DIEZ MESES desde la QUIRÚRGICA toma de efectos de esta garantía. CT El Asegurador satisfará el pago del subsidio diario (incluidos los días NICHO O SEPULTURA festivos) señalado en las Condiciones INDIVIDUAL A MÁXIMA TEMPORALIDAD U Particulares en caso de que el Asegurado sea intervenido quirúrgicamente a consecuencia de El Asegurador garantiza, como AL una enfermedad o accidente. prestador único, la realización del servicio contratado al fallecimiento de Serán indemnizables cuantas cada uno de los Asegurados que hospitalizaciones por intervención figuran en la póliza, sustituyendo la 65 [Seite 42] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI unidad básica de enterramiento por ASISTENCIA A RESIDENTES un nicho o sepultura a máxima EN ESPAÑA temporalidad en la localidad de N residencia del Asegurado. La presente garantía será aplicable PLAZO DE CARENCIA exclusivamente a los Asegurados para los que expresamente figure VA La presente garantía no será de contratada en esta póliza, que sean aplicación hasta que hayan residentes en España, con una transcurrido dos meses desde la toma antigüedad mínima de TRES MESES, y de efectos de la misma. No obstante, que a su vez sean de cualquier LO si el fallecimiento del Asegurado fuese nacionalidad distinta de la española, a causa de accidente, esta garantía debiendo figurar en las Condiciones tomará efecto conforme a lo dispuesto Particulares o Suplementos las siglas en el artículo 2 de las presentes SLA-GB/E. Condiciones Generales. R Las condiciones y extensión de las coberturas de la presente garantía ASISTENCIA A RESIDENTES serán las que figuren en las CO EN EL EXTRANJERO correspondientes Condiciones Especiales. La presente garantía será aplicable exclusivamente a los Asegurados para PROTECCIÓN JURÍDICA INTEGRAL N los que expresamente figure contratada en esta póliza, que sean residentes, con una antigüedad 1. Delimitación de la garantía TR mínima de TRES MESES, en cualquier El Asegurador se obliga, dentro de los país del mundo, excluyendo España, y límites y con las condiciones cuya nacionalidad sea española, establecidas en la Ley y a debiendo figurar en las Condiciones A continuación, a hacerse cargo de los Particulares o Suplementos las siglas gastos en que pueda incurrir el SLA-GB/R. Asegurado como consecuencia de su CT Las condiciones y extensión de las intervención en un procedimiento coberturas de la presente garantía administrativo, de mediación, judicial serán las que figuren en las o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y U correspondientes Condiciones Especiales. extrajudicial derivados de la cobertura del seguro y que seguidamente se AL describen: 66 [Seite 43] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI 1.1. Asistencia jurídica telefónica Si en vía amistosa el Asegurador especializada llegara a un acuerdo sobre la indemnización a satisfacer por el N El Asegurado tendrá a su disposición, tercero presunto responsable, lo sin necesidad de pedir cita previa, un pondrá en conocimiento del equipo especializado de Abogados Asegurado al objeto de que manifieste ejercientes en distintas disciplinas VA su conformidad. Si el Asegurado se jurídicas que atenderán mostrara disconforme con el acuerdo telefónicamente, de lunes a viernes en alcanzado y el Asegurador horario de 9 a 21 horas y los sábados considerase que no es factible obtener de 9 a 14 horas, excepto los días LO mejores resultados formulando una festivos de ámbito nacional, todas sus reclamación judicial, quedará el consultas, dudas o problemas sobre Asegurado en libertad de iniciar por cualquier materia jurídica de índole su cuenta las acciones legales que particular y privada. Se exceptúan las estime convenientes. El Asegurador R que versen sobre la aplicación de vendrá obligado a resarcirle de los Derecho extranjero. gastos judiciales debidamente No obstante, para casos de urgencia justificados en que hubiera incurrido CO jurídica el servicio será las 24 horas en la reclamación, tales como del día y todos los días del año. honorarios de Abogado, Procurador y demás costas, siempre que el El servicio de asistencia jurídica perjudicado hubiese obtenido un especializada se circunscribe a la resultado más favorable que el N orientación telefónica respecto de la ofrecido por el Asegurador y con el cuestión planteada, sin que proceda límite máximo de los gastos jurídicos la emisión de dictamen por escrito. garantizados. TR Las consultas serán atendidas a través del número de teléfono 900 24 2020 1.3. Defensa penal (desde España) y +34 91 379 77 10 El Asegurador asumirá la defensa de la A (desde el extranjero). responsabilidad penal del Asegurado en cualquier proceso que se instruya 1.2. Reclamación de daños CT por hechos no causados Comprende la reclamación amistosa y voluntariamente por él o en los que judicial ante los Tribunales españoles no concurra dolo o culpa grave por su de los daños materiales a los bienes parte. Asimismo, queda cubierta la U propiedad del Asegurado, los daños defensa jurídica ante el orden personales y los perjuicios derivados jurisdiccional penal en aquellos casos de éstos, causados por actos u en que el Asegurado o sus familiares AL omisiones de carácter extracontractual sean perjudicados por el delito. de un tercero. 67 [Seite 44] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI 1.4. Derecho administrativo 1.5. Derecho de consumo a) Defensa ante la Administración: El Asegurador asumirá la presentación N de reclamaciones en nombre del Comprende la defensa en vía Asegurado ante la Oficina Municipal administrativa frente a los de Información al Consumidor procedimientos incoados al (O.M.I.C.) o ante el Organismo de VA Asegurado por la comisión de consumo autonómico, así como la presuntas infracciones administrativas presentación de solicitudes de como funcionario público o relativas arbitraje de consumo relativas a a su vivienda. adquisiciones de bienes o servicios LO b) Reclamaciones a la Administra- SUPERIORES A 150 EUROS pagados ción: con tarjeta por compras a distancia y por adquisiciones realizadas fuera de Comprende la reclamación de los establecimientos mercantiles. responsabilidad patrimonial a las R Administraciones Públicas por Asimismo, comprende la reclamación accidentes de circulación en amistosa y judicial por vehículos a motor, sufridos por el incumplimiento de contratos de: CO Asegurado, que hayan sido • Compraventa y depósito de ocasionados por defectuosa objetos de decoración y mobiliario, señalización o mal estado de la vía aparatos electrodomésticos, ajuar pública. Asimismo, queda cubierta la personal y animales de compañía reclamación de responsabilidad cuyo valor unitario no supere los N patrimonial a la Administración 18.000 EUROS. Pública competente por accidentes • Prestación TR sufridos por el Asegurado como de servicios de peatón originados en la vía pública. profesionales titulados, hospitalarios, viajes turísticos, También queda cubierta la hostelería, enseñanza, transporte reclamación de la responsabilidad escolar, tintorería y reparación de A civil en que pueda incurrir el titular de objetos de uso personal, de los que un servicio de transporte público en el Asegurado sea titular y CT supuestos de caídas y lesiones del destinatario final. Asegurado en el interior de dicho transporte. • Suministro de agua, gas, electricidad, teléfono o Internet, de Como funcionario público, U los que el Asegurado sea titular y comprende la reclamación en vía destinatario final. administrativa de los derechos del AL Asegurado relativos a su situación El Asegurador también reclamará administrativa frente a la amistosa y judicialmente frente al Administración en que preste sus fabricante de un vehículo nuevo servicios. adquirido por el Asegurado por 68 [Seite 45] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI incumplimiento de la garantía, por los 1.7. Vivienda daños causados cuando el vehículo El Asegurador reclamará los daños y del Asegurado se encuentre en N perjuicios ocasionados al mobiliario depósito y por la reparación con motivo del transporte o depósito, defectuosa del mismo en taller llevado a cabo por empresas de autorizado, quedando incluidos los mudanzas. VA gastos de peritación. Si el Asegurado fuese propietario de 1.6. Derecho Laboral y vivienda, comprende: Seguridad Social a) La reclamación amistosa y LO Como empleado, la defensa del judicial contra el vendedor y Asegurado ante organismos de cualquier conflicto derivado de conciliación y la jurisdicción social en contratos de arrendamiento de conflictos individuales, no plurales, vivienda. R con el empresario u organismo b) La reclamación judicial y público en que trabaje, así como la extrajudicial por incumplimiento de reclamación de prestaciones sociales. contratos de arrendamiento de CO Como perceptor de pensiones obras o servicios de reforma, públicas, la reclamación a la reparación, conservación y Seguridad Social (incluyendo las mantenimiento de instalaciones en reclamaciones a la Mutualidad de la vivienda, cuando el pago de los funcionarios o Instituto que mismos corresponda en su N corresponda) de los derechos relativos totalidad y haya sido satisfecho por a la pensión correspondiente, una vez el Asegurado y la parte TR que se haya denegado la solicitada incumplidora estuviese legalmente inicialmente por el Asegurado. autorizada para el ejercicio de la actividad. Como empleador, la defensa ante organismos de conciliación y la c) La defensa y reclamación en los A jurisdicción social en las conflictos con sus inmediatos reclamaciones de su personal al vecinos por cuestiones de CT servicio doméstico, siempre que éste servidumbres de paso, luces, vistas, se encuentre en situación de alta en distancias, lindes, medianerías o el Régimen correspondiente de la plantaciones. Seguridad Social. d) La defensa y reclamación de sus U Asimismo, el Asegurador gestionará la intereses frente a la Comunidad de obtención de certificados de Propietarios, siempre que estuviese AL cotización a la Seguridad Social al corriente de pago de las cuotas relativos al Asegurado y a petición del legalmente acordadas. mismo. e) La revisión o redacción de documentos contractuales, cartas y 69 [Seite 46] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI escritos análogos relativos a 1.9. Derecho de Familia compraventa o arrendamiento de Exclusivamente a petición de mutuo vivienda. N acuerdo por ambos cónyuges, o de Si el Asegurado fuese arrendatario de uno con el consentimiento del otro, vivienda, la defensa y reclamación esta garantía comprende la redacción amistosa y judicial al arrendador por y presentación ante el Juzgado VA cualquier conflicto derivado del español competente de la contrato de arrendamiento, excepto correspondiente demanda de en los procedimientos de desahucio separación matrimonial o divorcio, por impago. incluida la propuesta de convenio LO regulador, previo acuerdo entre sí de 1.8. Fiscalidad los cónyuges, y las certificaciones del Registro Civil necesarias, cualquiera El Asegurador asumirá la defensa de que sea la forma en que se hubiera los intereses del Asegurado como R celebrado el matrimonio. obligado tributario, hasta agotar la vía económico-administrativa, en los Para la prestación de esta garantía procedimientos tributarios iniciados será imprescindible el acuerdo de los CO por la Administración y relativos al: cónyuges en todos los términos de la separación o el divorcio. En caso • Impuesto sobre la Renta de las contrario, la cobertura de esta Personas Físicas (IRPF). garantía cesará para ambos cónyuges • Impuesto sobre el Patrimonio. desde el mismo momento en que N exista cualquier tipo de divergencia • Impuesto sobre Sucesiones y irresoluble entre ellos relativa a algún TR Donaciones. aspecto de la separación o el divorcio. • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos 1.10. Tramitación de expedientes Documentados. A de jurisdicción voluntaria • Impuesto sobre Bienes Inmuebles y actuaciones notariales (IBI o contribución urbana). y registrales. CT • Impuesto sobre el Incremento de Comprende la asistencia jurídica Valor de los Terrenos de Naturaleza necesaria para la tramitación de los Urbana (plusvalía municipal). siguientes procedimientos y U actuaciones, siempre y cuando sean Asimismo, el Asegurador se encargará instados por un Asegurado y, en su de la obtención de duplicados de los caso, se refieran a la vivienda AL recibos del Impuesto sobre Bienes propiedad de alguno de los Inmuebles (IBI o contribución urbana). Asegurados: 70 [Seite 47] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI • Declaración judicial de ausencia infracciones a la Ley sobre Tráfico, legal y de fallecimiento del Circulación de Vehículos a Motor y Asegurado. Seguridad Vial o a la Ordenanza N • Nombramiento de tutor y municipal sobre la materia, incluidas tramitación judicial de adopción, las de aparcamiento, incoado al siempre y cuando el adoptante Asegurado por las Jefaturas VA ostentara previamente la tutela del Provinciales de Tráfico, Organismos adoptando. de Comunidades Autónomas con • Protocolización del testamento competencias transferidas en materia ológrafo o cerrado otorgado por el de tráfico y Ayuntamientos, así como LO Asegurado fallecido. la interposición de los recursos a que • Escrituras públicas de declaración legalmente haya lugar (incluida la vía de obra nueva. ejecutiva), hasta agotar la vía • Expedientes de dominio o actas de administrativa y, posteriormente, notoriedad para la inmatriculación de previo estudio de la viabilidad y R fincas, la reanudación del tracto posibilidades de éxito, en la vía sucesivo interrumpido y la inscripción contencioso - administrativa sólo en en el Registro de la Propiedad de la el caso de que la sanción consista en CO mayor cabida de fincas ya inscritas. la suspensión o retirada del permiso de conducción, implique su falta de • Localización de la escritura pública vigencia por pérdida de los puntos que documente el título de propiedad asignados o siendo de índole de la vivienda del Asegurado. económica, que supere • Obtención de certificaciones N individualmente 100 EUROS. literales de dominio y cargas del Registro de la Propiedad, así como de Se entenderá que concurren TR notas simples informativas por titular y posibilidades de éxito cuando exista finca relativas a la vivienda propiedad prueba objetiva que permita del Asegurado. fundamentar el recurso contencioso - • Solicitudes de consignación judicial administrativo. No constituye prueba A relativas al arrendamiento de la suficiente la simple versión, contraria vivienda en que habite el Asegurado. a la denunciada, sustentada por el CT Asegurado. Los honorarios devengados por la intervención de fedatarios público A estos efectos será imprescindible serán a cargo del Asegurado. que el vehículo de motor en relación al cual se haya incoado el U 1.11. Tramitación de sanciones procedimiento sancionador figure por circulación de vehículos inscrito en el registro AL a motor correspondiente a nombre de alguno de los Asegurados. Comprende la presentación de alegaciones en cualquier procedimiento sancionador relativo a 71 [Seite 48] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI 1.12. Conexión con Abogados materias no comprendidas en esta y Procuradores garantía. N En los supuestos no amparados por la 4. Plazos de carencia presente garantía de Protección Jurídica Integral, el Asegurador, a Salvo para la cobertura de Asistencia petición de alguno de los Asegurados, VA Jurídica telefónica especializada y de pondrá a su disposición un Abogado Tramitación de sanciones por y/o Procurador, sin coste adicional en circulación de vehículos a motor, el la primera consulta, para la plazo de carencia será de TRES realización de cualquier cometido MESES a contar desde la fecha en que LO propio de estos profesionales, siendo entró en vigor la garantía. La siempre a cargo del Asegurado los cobertura de Derecho de Familia honorarios devengados por la tiene un plazo de carencia de NUEVE prestación de los servicios MESES. R profesionales requeridos. No habrá cobertura si en el momento de formalizar esta garantía o durante 2. Extensión Territorial el plazo de carencia, se resuelve por CO Se garantizan los eventos asegurados alguna de las partes el contrato producidos en territorio español que origen de litigio o se solicita su sean competencia de los Juzgados y resolución, anulación o modificación. Tribunales españoles. 5. Colaboración del Asegurado N 3. Gastos jurídicos garantizados El Asegurado o sus familiares se La cuantía máxima garantizada para obligan expresamente a prestar la TR los gastos que implique la defensa colaboración debida en orden a jurídica del Asegurado y el máximo otorgar la representación de los depósitos, cauciones y fianzas correspondiente y facilitar la judiciales civiles y penales a prestar dirección jurídica para la A por cada siniestro se establece en consecución de las prestaciones 3.500 EUROS para las garantías aseguradas. CT descritas, fijándose una cuantía mínima litigiosa genérica de 180 Asimismo, y en los supuestos en que EUROS. sea necesario, el Asegurado o sus familiares harán llegar al Asegurador No están cubiertas las el texto íntegro de la documentación U indemnizaciones, multas o sanciones pertinente por fax, carta certificada o económicas a que fuere condenado el personalmente, siendo imprescindible AL Asegurado, los tributos de los que indicar en el caso de las fuera sujeto pasivo y los gastos que notificaciones, la fecha en que se procedan por acumulación o hayan recibido y un teléfono de reconvención cuando se refieran a 72 [Seite 49] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI contacto en caso de necesitar Colegios de Abogados a los exclusivos información adicional. efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los Abogados. N 6. Elección de abogado Dichos criterios serán considerados y procurador como límite máximo de la obligación del Asegurador, siempre que no VA El Asegurado o sus familiares tendrán superen la cantidad máxima derecho a elegir libremente el establecida para Gastos Jurídicos Procurador y Abogado que hayan de Garantizados. representarles y defenderles en cualquier clase de procedimiento Las discrepancias sobre la LO relacionado con las coberturas de esta interpretación de dichas normas garantía, pero en el supuesto de que serán sometidas a la Comisión el Abogado elegido no resida en el competente del Colegio de Abogados partido judicial donde haya de correspondiente. R sustanciarse el procedimiento base de Los derechos del Procurador, cuando la prestación garantizada, serán a su intervención sea preceptiva, serán cargo del Asegurado o de sus abonados conforme a arancel. CO familiares los gastos y honorarios por desplazamientos que dicho 8. Conflicto de intereses profesional incluya en su minuta. En caso de conflicto de intereses o de Antes de proceder a su desavenencia sobre el modo de tratar nombramiento, el Asegurado N una cuestión litigiosa, el Asegurador comunicará al Asegurador el nombre deberá informar inmediatamente al del Abogado y Procurador elegidos. Asegurado o a sus familiares de la TR El Asegurado o sus familiares tendrán, facultad que les compete de ejercer asimismo, derecho a la libre elección los derechos del artículo de Abogado y Procurador en los casos correspondiente a la libre elección de en que se presente conflicto de Abogado y Procurador. A intereses entre las partes del contrato. 9. Definición de siniestro El Abogado y Procurador designados CT por el Asegurado o sus familiares no A los efectos de la presente garantía, estarán sujetos, en ningún caso, a las se entiende por siniestro todo hecho o instrucciones del Asegurador. acontecimiento imprevisto que cause U lesión en los intereses del Asegurado 7. Pago de honorarios o modifique su situación jurídica y AL El Asegurador satisfará los honorarios determine la necesidad de asistencia del Abogado que actúe en defensa del jurídica por parte de los profesionales Asegurado o de sus familiares, con correspondientes. sujeción a los criterios orientativos elaborados por los respectivos 73 [Seite 50] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI En las infracciones o reclamaciones con independencia del momento en penales y administrativas, se que el Asegurador deba satisfacer los honorarios devengados por los N considerará producido el siniestro en profesionales que hayan prestado la el momento en que se haya realizado asistencia legal. o se pretenda que se realizó el hecho Salvo pacto en contrario, no son VA punible o cuando se produjeron los hechos determinantes de la objeto de cobertura en esta garantía: reclamación, con independencia del a) Los siniestros amparados por el momento en que el Asegurador deba resto de garantías de la póliza. LO satisfacer los honorarios devengados b) Las reclamaciones de cualquier por los profesionales que hayan tipo que puedan formularse entre sí prestado la asistencia legal. los Asegurados en esta póliza, o cualquiera de éstos contra Santa En los supuestos de reclamación por Lucia S.A. Cia. de Seguros y R culpa no contractual, se producirá el Reaseguros, sus agentes de seguros siniestro en el momento mismo en exclusivos, las sociedades a las que el que el daño haya sido causado, con Asegurador haya encomendado la CO tramitación de los siniestros o independencia del momento en que cualesquiera de las personas que, el Asegurador deba satisfacer los directa o indirectamente, estén honorarios devengados por los vinculadas con el Asegurador por profesionales que hayan prestado la formar parte de la misma unidad de N asistencia legal. decisión. En los litigios sobre materia c) Los litigios sobre cuestiones de TR propiedad intelectual e industrial o contractual o relativos a vivienda, se de sociedades, así como los considerará producido el siniestro en procedimientos judiciales sobre el momento en que el Asegurado, el concentración parcelaria, A contrario o el tercero cometieron, o se expropiación o que dimanen de pretende que cometieron, la contratos sobre cesión de derechos a favor del Asegurado. CT infracción de las obligaciones contractuales, con independencia del d) La defensa en los procedimientos momento en que el Asegurador deba dirigidos contra el Asegurado por satisfacer los honorarios devengados morosidad en el pago de deudas. U por los profesionales que hayan e) Los siniestros que se declaren prestado la asistencia legal. después de transcurrir DOS AÑOS AL desde la fecha de rescisión o En materia de fiscalidad, se anulación de esta garantía. considerará producido el siniestro en el momento en que el Asegurado reciba la notificación correspondiente, 74 [Seite 51] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI Artículo judiciales f) Las actuaciones 12 - Riesgos cuya exluídos para todas las garantías resolución comporte la aplicación de Derecho extranjero. N De conformidad con lo dispuesto en el punto 17 a) del Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de VA ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE de 15 de Julio), la gestión de los siniestros de este LO Seguro de Defensa Jurídica queda confiada a la sociedad especializada SOS Seguros y Reaseguros S.A. R Artículo 12. RIESGOS EXCLUIDOS PARA TODAS LAS GARANTÍAS CO Salvo pacto en contrario, quedan excluidas las coberturas aseguradas en los siguientes casos: N a) Cuando el siniestro se origine con anterioridad a la entrada en vigor de las garantías de este seguro. TR b) Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial A de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias CT oficialmente declaradas y acontecimientos calificados por el Gobierno como "catástrofe o calamidad nacional". U c) Cuando el siniestro corresponda a coberturas opcionales que no se AL hayan contratado expresamente en las Condiciones Particulares y/o Especiales. 75 [Seite 52] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI TRAMITACIÓN DE SINIESTROSArtículo 13 - Decesos TRAMITACIÓN DE SINIESTROS N 5. Si al fallecer un Asegurado Artículo 13. VA resultase que lo está con el DECESOS Asegurador en más de una póliza con cobertura de Decesos, el Asegurador 1. En caso de fallecimiento de un sólo reconocerá los derechos Asegurado se deberá poner en correspondientes a una de ellas, LO conocimiento inmediato del procediéndose al reembolso de las Asegurador, llamando a los siguientes primas pagadas por el Tomador del números de teléfono: seguro desde la fecha en que se Desde España: 900 24 2020 produjo tal duplicidad. R Desde el extranjero: +34 91 379 7710 6. En caso de siniestros de las garantías de Servicio de guardería por 2. Asimismo, los familiares del fallecimiento del Asegurado, CO Asegurado fallecido deberán entregar Atención psicológica, Traslado al Asegurador el certificado médico nacional por fallecimiento, oficial de defunción cumplimentado. Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en España, Gastos de 3. Cuando un Asegurado fallezca en estancia para acompañante en caso N localidad distinta a la del domicilio de fallecimiento, Traslado que figura en la póliza, se efectuará internacional por fallecimiento, un servicio fúnebre de conformidad TR Acompañante en caso de traslado por con lo establecido en el Artículo 1 de fallecimiento en el extranjero, Gastos la presente póliza. de estancia para acompañante en 4. Si el fallecimiento del Asegurado caso de fallecimiento en el A ocurriese fuera de España y sus extranjero, Asistencia domiciliaria a familiares optasen por su inhumación la familia en caso de desplazamiento en el lugar del siniestro, éstos junto al Asegurado fallecido, CT realizarán el servicio por su cuenta y Asistencia a los acompañantes del presentarán al Asegurador las Asegurado fallecido en el extranjero, facturas correspondientes, así como Asistencia a hijos menores de el certificado médico oficial de diecisiete años del Asegurado U defunción, abonando el Asegurador fallecido en viaje y Asistencia jurídica los gastos ocasionados a los en caso de fallecimiento o invalidez, AL herederos hasta el límite que figura a el Tomador del seguro o el Asegurado estos efectos en las Condiciones deberá ponerlo en conocimiento Particulares. inmediato del 76 [Seite 53] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS Artículo 142.- Accidentes En caso de INVALIDEZ PERMANENTE del Asegurado: Desde España: 900 24 2020 N a) Informe o certificado del médico Desde el extranjero: +34 91 379 77 10 que le trate o haya tratado, Este TELÉFONO DE ASISTENCIA indicando las secuelas estará atendido permanentemente las permanentes, así como el origen VA 24 horas del día. (fecha y causa accidental) de las mismas. En tanto no se produzca el Las conferencias telefónicas desde el alta definitiva, informes o extranjero se solicitarán por el sistema certificados médicos sobre el curso LO de COBRO REVERTIDO, es decir, sin de las lesiones, con una coste alguno para el Asegurado o sus periodicidad no superior a treinta familiares. días. Los gastos de los certificados médicos R Artículo 14. serán a cargo del Asegurado. ACCIDENTES b) La documentación legal exigible CO En caso de siniestro, el Tomador del en ese momento a efectos seguro, el Asegurado o el Beneficiario tributarios. deberán entregar al Asegurador, para c) Si se produjera el fallecimiento obtener el pago de la indemnización, del Asegurado, deberá ponerse en los documentos justificativos que, conocimiento del Asegurador N según correspondan, se indican a dentro de un plazo no superior a continuación: siete días desde el conocimiento de TR 1. En caso de FALLECIMIENTO del tal circunstancia. Asegurado: 3. En caso de producirse el accidente a) Certificado del médico que le fuera del territorio comunitario de los haya asistido en el que se detallen Estados miembros de la Unión A las circunstancias y causas del Europea, la documentación deberá fallecimiento, auto del Juzgado de estar legalizada por el consulado o CT Instrucción o certificado de embajada española en el país defunción del Registro Civil que correspondiente. acrediten como accidental la causa 4. El fallecimiento o la invalidez del fallecimiento. deberá producirse inmediatamente o U b) Los documentos que acrediten la dentro del plazo de un año desde que condición y personalidad de los se produjo el accidente y a AL Beneficiarios. consecuencia de éste, salvo que se demuestre debidamente que el c) La documentación legal exigible fallecimiento o la situación de en ese momento a efectos invalidez se ha producido tributarios. 77 [Seite 54] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI transcurrido el año, sin excederArtículo de 15de-laAsistencia declaración del siniestro, el pago cinco, como consecuencia directa del del importe mínimo de lo que pueda accidente. deber, según las circunstancias por él N conocidas. 5. La determinación del grado de invalidez que derive del accidente se 7. Todos los pagos que el efectuará después de la presentación Asegurador tenga efectuados por un VA del certificado médico de mismo siniestro por invalidez incapacidad. El Asegurador notificará permanente se considerarán como por escrito al Asegurado la cuantía de anticipos sobre la suma a pagar en la indemnización que corresponda, de caso de fallecimiento del Asegurado a LO acuerdo con el grado de invalidez que consecuencia del mismo siniestro y, derive del certificado médico y del por tanto, se deducirán del mismo. baremo fijado en las Condiciones Particulares de esta póliza. Si el Artículo 15. R Asegurado no aceptase la proposición del Asegurador en lo referente al ASISTENCIA grado de invalidez, las partes se someterán a la decisión de Peritos En caso de siniestro de las garantías CO Médicos. de Asistencia en Viaje, Peque Asistencia, Asistencia Senior, Médico 6. La indemnización que tenga que - Asistencial, Asistencia a Residentes pagar el Asegurador en cumplimiento en Europa o países ribereños del de este contrato de seguro será hecha Mediterráneo o Asistencia a N efectiva en el plazo siguiente: Residentes en España, el Tomador del a) En caso de fallecimiento del seguro o el Asegurado deberá ponerlo TR Asegurado, dentro de los cinco días en conocimiento inmediato del siguientes a la fecha en que se TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS reciban los documentos que acrediten que el fallecimiento ha Desde España: 900 24 2020 A ocurrido por un accidente cubierto Desde el extranjero: +34 91 379 77 10 por esta póliza. Este TELÉFONO DE ASISTENCIA CT b) En caso de invalidez, dentro de estará atendido permanentemente las los cinco días siguientes a la fecha 24 horas del día. en que se reciba la conformidad del Las conferencias telefónicas desde el Asegurado a la proposición del U extranjero se solicitarán por el sistema Asegurador sobre el grado de de COBRO REVERTIDO, es decir, sin invalidez o desde la fecha en que el coste alguno para el Asegurado o sus AL dictamen pericial sea inatacable. familiares. En cualquier caso, el Asegurador Únicamente para las coberturas de deberá efectuar, dentro de los Servicio de Teleasistencia, Programa cuarenta días a partir de la recepción 78 [Seite 55] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI de formación asistencial, Descanso quiera el apoyo permanente de un familiar y Consultas médico – cuidador o tenga necesidades de geriátricas de la garantía de apoyo extenso para su autonomía N Asistencia Senior, el Asegurado personal. deberá aportar la resolución c) Grado III. Gran dependencia: administrativa que determine su grado cuando el Asegurado necesite VA de dependencia o, en su defecto, ayuda para realizar actividades deberá someterse a una evaluación básicas de la vida diaria varias médica previa (Evaluación geriátrica veces al día y, por su pérdida total integral), determinándose a partir de de autonomía física, mental, LO dicha resolución o evaluación su intelectual o sensorial, necesite el grado de dependencia y las apoyo indispensable y continuo de prestaciones a las que tendrá derecho. otra persona o tenga necesidades de Para la Evaluación geriátrica integral apoyo generalizado para su R el Asegurado deberá devolver autonomía personal. cumplimentado el “Impreso de En función del grado de dependencia, Solicitud Asistencial” que el el Asegurado tendrá derecho a las Asegurador le remitirá, acompañado CO siguientes prestaciones: de una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, en el que detalle su estado de salud actual, así como la causa de solicitud de dicha evaluación, debiéndose hacer constar N el principio de pérdida de autonomía personal que será objeto de TR valoración en dicha evaluación. La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados: A a) Grado I. Dependencia moderada: cuando el Asegurado necesite CT ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o tenga necesidades de apoyo intermitente U o limitado para su autonomía personal. AL b) Grado II. Dependencia severa: cuando el Asegurado necesite ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no 79 [Seite 56] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI Grado de dependencia Prestaciones N I y II Servicio de Teleasistencia VA III Programa de formación asistencial III Descanso familiar LO I, II y III Consultas médico-geriátricas dictamen pericial se emitirá en el Si no hubiera acuerdo sobre el grado plazo que señalen las partes o, en su R de dependencia entre el Asegurador y defecto, en el de treinta días a partir de el Asegurado, la determinación se la aceptación de su nombramiento por someterá a la decisión de peritos el perito tercero. CO médicos nombrados uno por cada parte con la aceptación escrita de El dictamen de los peritos, por éstos. Si una de las partes no hubiera unanimidad o por mayoría, se hecho la designación, estará obligada notificará a las partes de manera a realizarla en los ocho días siguientes inmediata y de forma indubitada, N a la fecha en que sea requerida por la siendo vinculante para éstas, salvo que que hubiere designado el suyo y de no se impugne por alguna de las partes, hacerlo en este último plazo, se dentro del plazo de treinta días, en el TR entenderá que acepta el dictamen que caso del Asegurador, y ciento ochenta emita el perito de la otra parte, en el del Asegurado, computados quedando vinculada por el mismo. ambos desde la fecha de su notificación. Si no se interpusiese en A Si los peritos médicos llegan a un dichos plazos la correspondiente acuerdo, lo harán constar en acta acción, el dictamen pericial devendrá conjunta en la que se especificarán el CT inatacable. grado de dependencia del Asegurado y las prestaciones a las que tendrá Cada parte satisfará los honorarios de derecho. su perito médico. Los del tercero y demás gastos que ocasione la U Si no hay acuerdo, ambas partes intervención pericial, serán de cuenta designarán un tercer perito de y cargo por mitad del Asegurado y del conformidad y, de no existir ésta, se AL Asegurador. No obstante, si cualquiera podrá promover expediente en la de las partes hubiera hecho necesaria forma prevista en la Ley de la la peritación por haber mantenido un Jurisdicción Voluntaria o en la grado de dependencia legislación notarial. En este caso, el manifiestamente desproporcionado, 80 [Seite 57] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS SI Artículo será ella la única 16 - Gastos responsable de excepcionales Artículo 16. de sepelio dichos gastos. Artículo 17 - HospitalizaciónGASTOS por intervención quirúrgica EXCEPCIONALES DE N Para cualquier siniestro que afecte a la SEPELIO garantía opcional de Segunda opinión médica, en caso de que el Asegurado El Beneficiario deberá entregar al sea diagnosticado de una de las Asegurador, para obtener el pago de la VA enfermedades graves contempladas en indemnización, el Certificado de esta garantía, el Tomador del seguro o defunción del Asegurado fallecido, el Asegurado deberá ponerse en salvo que ya hubiese sido aportado. contacto con el Asegurador en el LO número de teléfono 900242020 y Artículo 17. deberá aportar la siguiente HOSPITALIZACIÓN POR documentación: INTERVENCIÓN 1) Informe del primer diagnóstico QUIRÚRGICA R con las exploraciones realizadas. Dicho informe debe ser El Asegurado o sus familiares suficiente, preciso, fiable, comunicarán al Asegurador el ingreso CO concreto, significativo y válido del mismo al centro sanitario donde en el tiempo. será intervenido, dentro del plazo máximo de siete días desde que se 2) Análisis clínicos. produzca el ingreso. 3) Cualquier otra documentación N Las indemnizaciones se abonarán al que indique que el Asegurado Asegurado o persona que le represente padece una de las enfermedades mediante la presentación del TR anteriormente descritas. documento expedido por el centro 4) Cualquier otro documento que sanitario donde haya sido internado, exija el promotor del ensayo en el que necesariamente deberán clínico y que sea necesario para constar la causa de la intervención, así A la participación del Asegurado como las fechas de ingreso, la de la en el mismo. propia intervención efectuada y la de CT alta. 5) En caso de que el Asegurado decida recibir tratamiento en el extranjero, deberá remitir los materiales clínicos, así como U facilitar la información adicional que le sea requerida. AL Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones Particulares. 81 [Seite 58] Seguro de Asistencia Familiar iPlus SI N Leído y aceptado: EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO El Asegurador VA santalucía Director General LO R CO N TR A CT U AL ������������������� CP330001630692001 82 [Seite 59] Seguros Asistencia Hogar Ahorro e Inversión Vida y Accidentes Salud Empresas Comunidades Mascotas Automóvil* Otros Otros Productos Planes de Pensiones *Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros "El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro" Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012 Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid ����������� 191204110400013301