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SEGURO
DE VIAJE
Viajero Negocios
Condiciones generales
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ................................ ................................ .............. 4
Modalidades de contratación ..................................................................................................................................................... 4
Cómo leer el condicionado de la póliza ..................................................................................................................................... 4
Su póliza ......................................................................................................................................................................................... 5
¿Cómo obtener lo mejor de su seguro? ..................................................................................................................................... 5
Modificación de los datos contenidos en la póliza ................................................................................................................... 5
Cómo contactar con nosotros ................................ ......................... 7
Condiciones Generales ................................ ................................ .8
Condiciones importantes respecto a su póliza ......................................................................................................................... 8
Entrada en vigor y duración del seguro .................................................................................................................................... 8
Inicio de la cobertura del seguro ............................................................................................................................................... 8
Duración del seguro y duración del viaje .................................................................................................................................. 8
Franquicia kilométrica ................................................................................................................................................................. 8
Ámbito Territorial ......................................................................................................................................................................... 8
Límites garantizados ................................................................................................................................................................... 9
Enfermedades crónicas o preexistentes ................................................................................................................................... 9
Precauciones ................................................................................................................................................................................ 9
Subrogación .................................................................................................................................................................................. 9
Prescripción .................................................................................................................................................................................. 9
Comunicaciones ........................................................................................................................................................................... 9
Divergencias ................................................................................................................................................................................ 10
Sanciones internacionales ......................................................................................................................................................... 10
Cláusula sobre viajeros estadounidenses ................................................................................................................................ 10
Información Previa ................................ ................................ ....... 11
Definiciones ................................ ................................ ................ 12
Trámites en caso de siniestro ................................ ...................... 16
Para solicitar Asistencia / Indemnización / Pago de gastos .................................................................................................. 16
Seguro de viaje ................................ ................................ ........... 18
Asistencia médica ....................................................................................................................................................................... 18
Indemnización por secuestro ................................................................................................................................................... 29
Incidencias en viajes y vuelos ................................................................................................................................................... 31
Equipajes y documentos ........................................................................................................................................................... 34
Servicios de ayuda en viaje ...................................................................................................................................................... 39
Responsabilidad Civil Privada .................................................................................................................................................... 41
Seguro de accidentes ................................................................................................................................................................ 43
Gestión del proceso sucesorio ................................................................................................................................................. 50
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Servicio de Reclamación Aérea. ................................ ............. 53
Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por retraso, cancelación u overbooking con ReclamaTravel .................... 53
Exclusiones generales ................................ ................................ . 55
Pago y cancelación de la póliza ................................ ................... 56
Reclamaciones ................................ ................................ ............ 57
Legislación, jurisdicción y control ................................ ................ 58
Tratamiento de datos personales ................................ ................ 59
Tabla coberturas y límites ................................ ........................... 62
Temporal ..................................................................................................................................................................................... 62
Anual Corta Estancia .................................................................................................................................................................. 65
Anual Larga Estancia ................................................................................................................................................................. 68
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INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN
El objeto de esta póliza es garantizar las coberturas de asistencia en viaje que se detallan en la misma a consecu encia
de un suceso fortuito en los casos y condiciones previstas en la póliza, siempre y cuando se produzcan:
• Durante el desplazamiento profesional del asegurado .
• Fuera de su domicilio habitual .
• Dentro del ámbito territorial cubierto .
• Durante el período contratado .
Garantizamos los riesgos incluidos en la modalidad contratada con los límites señalados en la misma.
Las garantías de la póliza dejarán de tener efecto una vez que el asegurado ha finalizado el desplazamiento profesional
y ha regresado a su domicilio habitual (salvo que expresamente indiquemos en la propia garantía que finaliza en otro
momento).
Modalidades de contratación
Estas Condiciones Generales contienen todos los seguros y opciones que ofrecemos.
El seguro, opciones contratadas y límites económicos figurarán en su certificado de seguro, junto con el periodo de
cobertura y ámbito territorial.
Rogamos lea atentamente estas Condiciones Generales junto con su certificado de seguro.
Seguro de Asistencia
Temporal
Anual Corta Estancia
Anual Larga Estancia
Cómo leer el condicionado de la póliza
Las coberturas, exclusiones y trámites en caso de siniestro se mostrarán de la siguiente forma:
¿Qué cubre su póliza?
En la parte superior indicamos al detalle cuáles son las coberturas de cada garantía.
¿Qué NO cubre su póliza?
En la parte inferior indicamos lo que se excluye en cada garantía.
Trámites en caso de siniestro
Después de las coberturas y exclusiones le indicamos cómo contactar con nosotros en cada situación.
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INTRODUCCIÓN
Su póliza
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Algunas condiciones importantes que aplican a su póliza son:
• La duración del seguro, el ámbito territorial de cobertura, así como la modalidad contratada
junto con sus garantías y exclusiones; todo lo indicaremos en su certificado de seguro .
• Su póliza está destinada solo a personas residentes en España.
• Solo están cubiertos aquellos hechos que tengan lugar dentro del periodo de vigencia del
seguro.
¿Cómo obtener lo mejor de su seguro?
Queremos que consiga lo mejor de su seguro. Para ello le pedimos que:
• Lea las condiciones Generales junto con el certificado de seguro y se asegure de que cubre aquellos
sucesos que piense le podrían ocurrir.
• Se asegure de que entiende las condiciones y exclusiones de su póliza porque, si esas condiciones no
se cumplen, puede afectar a cualquier solicitud que nos haga.
Si accede a https://eacorporate.eclaims.europ - assistance.com encontrará servicios y herramientas adicionales muy
beneficiosos para su tranquilidad durante todo su viaje.
Modificación de los datos contenidos en la póliza
El tomador de la póliza tiene la obligación de comunicarnos cualquier modificación de los datos que figuran en la
misma. Debe hacerlo por escrito tan pronto como le sea posible. Nos reservamos el derecho a suspender las
garantías aseguradas si no cumple esta obligación.
Especialmente, debe informarnos de los cambios relacionados con:
• Su domicilio .
• Destino del viaje .
• Fechas de salida o regreso .
Alguno de los cambios puede requerir que usted tenga que pagar una prima adicional antes de poder realizarlos.
Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente:
Atención al Cliente
Desde España 900 299 373
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 37 99
atencion_cliente@europ - assistance.es
Email
(exclusivo para consulta de pólizas y contratación)
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INTRODUCCIÓN
ACLARACIÓN IMPORTANTE
Este seguro no cubre todo, solo cubre las situaciones tal y como se describen en estas Condiciones
Generales. Algunos hechos importantes que no están cubiertos son:
• Enfermedades crónicas y preexistentes excepto para lo indicado en la cobertura g astos
médicos fuera del país de domicilio habitual y Traslado sanitario de enfermos y heridos .
• Hechos indicados en los apartados Condiciones Generales y Exclusiones Generales .
• Hechos indicados en el apartado “ Qué NO cubre su póliza” de cada garantía .
• Las franquicias que indiquemos en cada apartado .
• Primas de seguros.
• Cualquier otro suplemento que no sea cobrado por los proveedores de los servicios
(compañías aéreas, ferroviarias, por ejemplo).
SI NO INDICAMOS QUE ALGO ESTÁ CUBIERTO, DEBE ASUMIR QUE NO LO EST Á
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Cómo contactar con nosotros
Cómo contactar con nosotro s
Asegúrese de que tiene el número de su póliza cuando contacte con nosotros :
Asistencia en Viaje 24 Horas
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
Gastos de Equipajes , Demoras
Sitio Web https://eacorporate.eclaims.europ - assistance.com
Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear su solicitud de indemnización
o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de esta.
Solicitud de Indemnización o Pago de gasto s
Sitio Web https://eacorporate.eclaims.europ - assistance.com
Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear su solicitud de indemnización
o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de esta .
Apdo. Correos 36316
Dirección postal
28020 MADRID
Si Le solicitamos documentos originales, tiene que enviarlos a este apartado de correos.
Servicio de Reclamaciones
Email reclamaciones@europ - assistance.es
EUROP ASSISTANCE , Servicio de Reclamaciones
Dirección postal
Paseo de la Castellana. 130 28046 MADRID
Protección de Datos Personales
Email delegadoprotdatos@europ - assistance.es
EUROP ASSISTANCE Att. Delegado de Protección de Datos
Dirección postal
Paseo de la Castellana, 13 0, 28046 MADRID
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Condiciones Generales
Condiciones Generales
Condiciones importantes respecto a su póliza
• La duración del seguro, el ámbito territorial de cobertura, así como la modalidad elegida y sus garantías
y exclusiones, serán las indicadas en el certificado de seguro de su póliza.
• Su seguro está destinado solo a personas residentes en España.
• Solo estarán cubiertos aquellos siniestros que tengan lugar dentro del periodo de vigencia del seguro.
• Con carácter general, nos reservamos el derecho a solicitarle los originales de cualquier tipo de
documentación requerida si lo consideramos necesario.
Entrada en vigor y duración del seguro
Su póliza de seguro ent rará en vigor en la fecha que indicamos en las Condiciones Particulares siempre que haya
aceptado los términos y condiciones y pagado la prima.
Inicio de la cobertura del seguro
La cobertura comenzará en la fecha indicada en las Condiciones Particulares de su póliza, aunque esa fecha sea
posterior al inicio de su v iaje .
Duración del seguro y duración del viaje
La duración del seguro será la reflejada en las Condiciones Particulares de su póliza.
El seguro Anual Corta Estancia tiene cobertura para desplazamientos profesionales con una duración máxima de 90 días
consecutivos.
En la modalidad “Anual Corta Estancia”, la cobertura seguirá vi gente si prolonga su viaje por motivos privados o
vacaciones durante un máximo de 15 días antes o después del v iaje profesional.
El seguro Anual Larga Estancia tiene cobertura para despla zamientos profesionales con una duración máxima de 365
días .
El seguro Temporal tiene cobertura para desplazamientos profesionales por días.
Franquicia kilométrica
Usted estará cubierto a partir de 35 Km. de su domicilio habitual.
Si su domicilio habitual está localizado en una isla estará cubierto a partir de 15 km de este .
Ámbito Territorial
Las garantías aseguradas por est a Póliza serán válidas en todos los países del mundo exceptuando la Franquicia
kilométrica establecida o si en la definición de la garantía indicásemos expresamente algo distinto.
Este seguro presta sus coberturas en los países o destinos indicados en su póliza, excepto en los países y territorios
que estén detallados en cada momento en : https://www.europ-assistance.es/informacion-legal/Informacion-
sobre-sanciones-internacionales-y-paises-excluidos.
. Aunque estén reflejados en el ámbito territorial contratado, no garantizamos que podamos prestar la asistencia en
aquellos países que estén en estado de guerra, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza,
actos terroristas, revoluc iones, disturbios o movimientos tumultuosos populares, aun cuando no hayan sido
declarados oficialmente. Si usted se encontrara en uno de estos países antes de tener lugar estas situaciones, le
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Condiciones Generales
pagaremos aquellos gastos cubiertos y debidamente justificados mediante el informe médico, la copia de las facturas
y el justificante del pago. Nos reservamos el derecho a solicitar los originales si lo consideramos necesario.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Solo se beneficiará de la cobertura de su póliza si ha seguido las recomendaciones oficiales sobre viajes
publicadas por una autoridad gubernamental de su país de origen. Estas recomendaciones son las vigentes
en la fecha de inicio de su v iaje. Las recomendaciones incluyen las “contraindicaciones de viajes o de
desplazamientos, salvo si son indispensables”.
Límites garantizados
Los límites económicos que figuran en cada una de las garantías de esta póliza son las cantidades máxima s totales para
todo e l periodo de vigencia que figura en las Condiciones Particulares excepto que expresamente se indique otra cosa.
Los límites serán los correspondientes a la modalidad que haya contratado.
Enfermedades crónicas o preexistentes
No estará cubierto por enfermedades crónicas o preexistentes excepto para lo indicado en la s cobertura s Gastos
médicos fuera del país de domicilio habitual y Traslado sanitario de enfermos y heridos.
Precauciones
Usted debe hacer lo posible para disminuir el riesgo de cualquier cobertura de su seguro.
Si no toma las precauciones adecuadas puede ser que deduzcamos el importe de cualquier solicitud de indemnización o
de pago de gastos, o recha zar el pago.
Subrogación
Nos subrogamos, hasta el total del coste de los servicios prestados por nosotros , en los derechos y acciones que Le
correspondan contra toda persona responsable de l os hechos y que hayan motivado nuestra intervención. Cuando las
garantías realizadas conforme a la presente póliza sean cubiertas en todo o en parte por otra entidad aseguradora, por
la Seguridad Social o por cualquier otra institución o persona, quedar emos subrogados en sus derechos y acciones
frente a la citada compañía o instituci ón. A estos efectos usted se obliga a colaborar activamente con nosotros
prestando cualquier ayuda o facilitando cualquier documento que pudié ramos considerar necesario.
En cualquier caso, tendremos derecho a utilizar o a solicitar le que nos entregue el título de transporte (billete de tren,
de avión, etc.) que no haya utilizado , cuando los gastos de regreso hayan corrido a nuestro cargo.
Prescripción
Las acciones a las que usted tiene derecho que se derivan del contrato de seguro prescriben cuando pasen dos años
desde que finaliza el seguro (cinco años para seguros de personas, como por ejemplo la garantía de seguro de
accidentes).
Comunicaciones
Debe contactar directamente con nosotros para cualquier cuestión relacionada con su póliza. Puede consultar cómo
hacerlo en el apartado “Cómo contactar con nosotros”.
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Condiciones Generales
También serán válidas las comunicaciones que nos haga llegar un corredor o agente de seguros en nombre del
tomador.
Divergencias
Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá
reclamar a la entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la
divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación se estará a lo dispuesto en la póliza.
Sanciones internacionales
No daremos cobertura, ni asumiremos ningún siniestro, ni tampoco proporcionaremos prestaciones o servicios descritos
en la póliza que nos pueda exponer a cualquier sanción, prohibición o restricción en virtud de las resoluciones emitidas
por las Naciones Unidas o de sanciones comerciales o económicas, leyes o regulaciones de la Unión Europea o de los
Estados Unidos de América.
Para más detalles, visite, por favor, las páginas:
• https://www.un.org/securitycouncil/sanctions/information ,
• https://sanctionsmap.eu/#/main ,
• https://www.treasury.gov/resource - center/sanctions/Pages/default.aspx
Cláusula sobre viajeros estadounidenses
Si usted es ciudadano o residente en los Estados Unidos y viaja a Cuba, será preciso justificar que su viaje a Cuba se
produjo según las leyes de los Estados Unidos, a fin de que podamos darle un servicio o realizar un pa go.
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Información Previa
Información Previa
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 96.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y
solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y en el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, por el
que se aprueba su Regl amento de desarrollo, se hace expresamente constar que la información recogida en esta
cláusula ha sido comunicada al tomador del seguro con anterioridad a la celebración del contrato.
1. Que el presente contrato de seguro se celebra en régimen de derecho de establecimiento con la
Sucursal en España de la entidad aseguradora francesa Europ Assistance, sociedad anónima francesa
regulada por el Código de Seguros de Francia, registrada con el número 451 366 405 RCS París, y
domicilio en 89, Rue Taitbout , 75009 Paris, Francia.
2. Que Europ Assistance S.A., Sucursal en España se encuentra debidamente inscrita en el Registro
Administrativo de las Entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones bajo la clave E0243 y tiene su domicilio en Paseo de la Cas tellana,130, 28046 Madrid.
3. Que, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP),
el Estado miembro a quien corresponde el control de la Entidad Aseguradora es Francia y, dentro de
dicho Estado, la Autoridad a quien le corresponde el c ontrol es la Autorité de Contrôle Prudentiel et de
Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459, 75436 Paris Cedex 09, Francia.
4. Que el presente contrato de seguro se rige por lo convenido en las Condiciones Generales, Particulares
y Especiales, si las hubiere, de conformidad con lo establecido en la Ley 50/80 de 8 de octubre, de
Contrato de Seguro; la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y
Reaseguradoras (Ley 20/2015, de 14 de julio) y su Reglamento de desarrollo.
5. Que la liquidación de Europ Assistance S.A., Sucursal en España no está sujeta a la legislación española.
El informe sobre situación financiera y de solvencia se encuentra disponible en la página web de la
entidad aseguradora.
6. Que, en caso de queja o reclamación, Europ Assistance S.A., Sucursal en España pone a disposición de
los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web
.
• Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o
causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado “Defensa del cliente” de la web, o
dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamación:
Servicio de Reclamaciones .
Paseo de la Castellana, 130. 28046 Madrid.
• Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de dos
meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004
de 11 de marzo y la Ley 44/2002 de 22 de noviembre.
• Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de
Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es:
Paseo de la Castellana, 44.28046 Madrid.
7. Que el contrato queda sometido a la jurisdicción española, siendo juez competente el correspondiente
al domicilio habitual del asegurado.
8. Que en los casos en que la distribución del seguro se lleva a cabo directamente por la aseguradora, sus
empleados perciben por dicha distribución una retribución variable.
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Definiciones
Definiciones
Todas las palabras y expresiones definidas a continuación tendrán el mismo significado en la Póliza.
Las definiciones aparecen en orden alfabético.
Accidente(s)/accidental
Lesión corporal o daño material que ocurra durante la validez de la póliza. Debe ser provocado por una causa
súbita, externa y no intencionada por el asegurado.
También tendrá la consideración de accidente a efectos de la cobertura “Seguro de Accidentes” aquel que tenga
como resultado el fallecimiento y/o invalidez total o parcial del asegurado, en los términos expresados en la
referida garantía.
Acompañante
Cualquier persona distinta del asegurado inscrita dentro de la misma contratación del v iaje. Esta persona no tiene
por qué estar asegurada a menos que se indique que debe estarlo.
Asegurado, Usted, Su, Le
La persona física que figura como asegurado en las Condiciones Particulares de la póliza. Debe tener domicilio
habitual en España. El asegurado asume las obligaciones que se derivan de la póliza.
Asegurador, Nosotros, Nuestro(s), Nos
Europ Assistance, S.A., Sucursal en España, con domicilio en Paseo de la Castellana,130 , 280 46 Madrid, que asume
el riesgo contractualmente pactado. Europ Assistance está Autorizada y regulada por la Autorité de Contrôle
Prudentiel et de Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459 Paris Cedex 09, Francia, y por
la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital , por lo que respecta a conductas de mercado.
Avería
Es el daño que se produce en el vehículo o medio de transporte. Este daño tiene que producirse por causas internas,
normales, imprevistas e inevitables. Este daño debe inmovilizarlo e impedir su uso.
Catástrofe natural
Inundación, terremoto, tsunami, corrimiento de tierras, avalancha, huracán, tornado, fuego , actividad volcánica ,
ventisca, tifón, ciclón, olas de frío, sequía y/o cualquier otro fenómeno declarado como catástrofe por las
autoridades correspondientes . Deben haber sido causados por la naturaleza y no por el hombre.
Cuarentena
Aislamiento temporal de personas para impedir la propagación de una enfermedad infecciosa .
Deporte/Actividad peligrosos o de alto riesgo
Deporte/ A ctividad que presenta un peligro real o aparente para la integridad física de quien lo practica, incluso un
riesgo vital.
Desplazamiento profesional
Traslados y estancia realizado s fuera del domicilio habitual del asegurado, desde la salida hasta el regreso por
motivo de trabajo para los que se ha contratado la presente póliza .
Domicilio en Desplazamiento
El domicilio en el que reside el asegurado durante su desplazamiento profesional.
Domicilio Habitual
El domicilio declarado por el asegurado desde el que se realiza el desplazamiento profesional.
Si el desplazamiento profesional no comienza o finaliza en el domicilio habitual, podremos realizar los traslados
recogidos en esta póliza al lugar de inicio del desplazamiento , a nuestro criterio.
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Definiciones
Duración del Viaje/Desplazamiento
La duración máxima del v iaje/ desplazamiento será la correspondiente a la modalidad que el tomador haya contratado .
Enfermedad Grave / Accidente Grave
Consideramos como grave una enfermedad o accidente que pueda asociarse a cualquiera de los siguientes puntos:
1. Que requiera hospitalización al menos de 24 horas (se considera hospitalización la estancia en urgencias)
2. Que la patología justifique el tener que permanecer en cama/reposo o el cese de cualquier actividad, ya sea
profesional o privada.
3. Diagnóstico de un cáncer (u otra enfermedad) que precise tratamiento activo en las fechas del viaje.
4. las enfermedades habituales o leves diagnosticadas y que a juicio de nuestro equipo médico se contraindique
viajar.
Siempre será necesario que tenga lugar después de la contratación de la póliza y que el médico tratante
contraindique el inicio de viaje en la fecha prevista en el informe médico.
Será necesaria la aportación de todas aquellas pruebas que permitan documentar y probar fehacientemente el
proceso médico.
Enfermedad Imprevista o crónica
Se considerará enfermedad preexistente o crónica cualquier patología cuya sintomatología se haya iniciado con
anterioridad a la contratación de la Póliza, aun no habiéndose alcanzado un diagnóstico definitivo .
Enfermedad mental
Perturbación de las funciones psíquicas y del comportamiento diagnosticado por un médico especialista. Se
entienden las enfermedades mentales como cualquier otra enfermedad, preexistente o no, siempre y cuando
respeten las definiciones y acotaciones del se guro
Enfermedad Preexistente
Enfermedad, dolencia o lesión que previamente haya sido diagnosticada o tratada por un médico o que presente
síntomas antes de comenzar el desplazamiento profesional . Tiene que manifestarse en el transcurso del viaje y
necesitar asistencia médica.
Epidemia
Cualquier manifestación repentina y a gran escala de una enfermedad que se propaga de forma rápida y que afecta
simultáneamente a muchas personas en una misma o varias zonas geográficas.
Equipaje
La(s) maleta(s), bolsa(s) y similares, y la ropa y artículos de higiene y uso personal que el asegurado necesita
durante su Viaje y que se encuentran en su interior.
Equipaje / Equipo Deportivo
Artículos que se utilizan para la práctica de un deporte reconocido (por ejemplo, raquetas, balones, palos de golf).
Estabilización
Momento en el que se ha asegurado la vía aérea, controlado la hemorragia, tratado el shock e inmovilizado las
fracturas, interrumpiendo el agravamiento del estado del paciente y manteniendo en el tiempo sus constantes vitales
(presión arterial, pulso, resp iración y perfusión de los tejidos).
Extranjero
El país distinto al del domicilio habitual o de pasaporte .
Familiar Directo
Cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el correspondiente Registro Oficial. Padres, suegros, abuelos,
abuelos políticos, hijos, yernos, nueras, nietos, nietos políticos, hermanos y cuñados.
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Definiciones
Fuerza Mayor
Suceso que no haya sido causado por la voluntad humana. Este suceso debe ser imprevisible o en caso de que se
pueda prever debe ser inevitable.
Huelga
Cese colectivo en el trabajo por parte de los trabajadores para conseguir algo o presionar sobre determinadas
situaciones.
Hurto
Sustracción de las cosas muebles ajenas, sin que haya violencia o intimidación contra las personas ni fuerza sobre
las cosas.
Mascota
Los perros y los gatos de su propiedad que tengan chip identificador (o documento que acredite la propiedad del
gato en las Comunidades Autónomas donde no es obligatorio el chip para los gatos). No consideramos Mascota
los perros catalogados como “perros p otencialmente peligrosos” en las diferentes comunidades autónomas.
Medio de Transporte Público
Transporte colectivo de pasajeros que realiza un servicio de línea regular. Se entiende por línea regular, la
autorizada por los organismos competentes para el transporte público de viajeros, transporte marítimo - fluvial,
transporte público por carretera, t ransporte por ferrocarril y transporte aéreo. En el transporte aéreo en líneas
regulares se excluyen los aerotaxis, helicópteros y las aeronaves fletadas por el Estado para el transporte de
militares en acto de servicio.
Pandemia
Enfermedad epidémica que se extiende por muchos países o que ataca a casi todos los individuos de una
localidad o región.
Póliza
El documento contractual que contiene las Condiciones Reguladoras del Seguro. Forman parte de este las
Condiciones Generales, las Particulares, las Especiales (que personalizan el riesgo) y los suplementos o apéndices
que se puedan emitir para completarlo o modificarlo.
Prima
Es el precio del seguro. El recibo de la prima incluye el precio del seguro, los recargos y los impuestos de legal
aplicación.
Prótesis
Todo elemento que sustituya o restituya la funcionalidad de un órgano o parte del cuerpo.
Robo
Sustracción de las cosas muebles ajenas, con violencia o intimidación contra las personas o con fuerza sobre las
cosas.
Sabotaje
Daño o destrucción que se hace intencionadamente en un servicio, una instalación, un proceso, etc., como forma
de lucha o protesta contra quien los dirige.
Secuestro
Privar de libertad a una persona para exigir que se cumpla alguna condición para liberarla como puede ser pagar un
rescate.
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Definiciones
Siniestro
Hecho súbito, accidental, imprevisto, sin intención por parte del asegurado y cuyos d años estén asegurados por
esta póliza. Consideraremos como un único siniestro cuando se produzcan varios daños por una misma causa.
Terrorismo
Utilización real de la fuerza o la violencia por parte de cualquier persona o grupo de personas , que resulta en
daños materiales o inmateriales . Esta persona o grupo de personas pueden actuar de forma aislada o
relacionados con una organización política, religiosa, ideológica o similar.
Un acto de terrorismo tiene que ser declarado como tal por el gobierno del lugar donde ha ocurrido.
Tomador del Seguro
La persona o entidad que contrata y paga la póliza al asegurador. El tomador asume las obligaciones que le
corresponda n y que se derivan de la póliza . El tomador debe tener domicilio social en España. En caso de que el
tomador sea una persona jurídica, debe tener CIF español .
Viaje
El desplazamiento profesional realizado fuera del domicilio habitual del asegurado, desde la salida hasta el
regreso , y para el cual se ha contratado la presente póliza .
En la modalidad “Anual Corta Estancia”, la cobertura seguirá vi gente si prolonga su viaje por motivos privados o
vacaciones durante un máximo de 15 días antes o después del v iaje profesional.
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Trámites en caso de siniestro
Trámites en caso de siniestro
Para solicitar Asistencia / Indemnización / Pago de
gastos
Nuestro compromiso:
• Un experimentado miembro de nuestro equipo atenderá su solicitud y le informará de los siguientes
pasos a seguir;
• Le devolverá la llamada cuando nos hayamos comprometido a ello .
• Le mantendrá informado del proceso de su solicitud.
Para presentar Su solicitud:
• En cada garantía explicamos los pasos a seguir en caso de necesitar asistencia o de solicitar una
indemnización o un pago de gastos.
• Busque en la garantía correspondiente a lo que necesite y asegúrese de tener toda la información o
documentación que le vamos a pedir.
• Guarde copias de toda la documentación y correspondencia que nos envíe.
• Puede ver los datos de contacto en el apartado “Cómo contactar con Nosotros” .
AVISO IMPORTANTE
Para la presentación y tramitación de su solicitud debe tener el número de su póliza.
Los gastos que se originen por los documentos justificativos son a su cargo.
Información que debe facilitarnos siempre:
Siempre Le vamos a solicitar:
• Número de póliza, asegúrese de tenerlo .
• Nombre y apellidos .
• Teléfono de contacto .
• Lugar donde se encuentra si necesita asistencia .
• Qué asistencia necesita .
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Usted debe hacer lo posible para disminuir el riesgo de cualquier cobertura de su póliza.
Si no toma las precauciones adecuadas puede ser que deduzcamos el importe de cualquier
solicitud de indemnización o de pago de gastos, o rechacemos el pago.
Información y condiciones de su solicitud
Su solicitud de asistencia, indemnización y/o pago de gastos implica su autorización para que podamos:
• Encargarnos y actuar en su nombre en la defensa de cualquier solicitud amparada por su póliza .
• Llevar a cabo procesos judiciales en su nombre, pero a nuestro cargo, para recuperar cualquier cantidad
amparada por su seguro que le hayamos pagado .
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Trámites en caso de siniestro
• Obtener información sobre su estado médico (con su permiso) para gestionar cualquier solicitud de
asistencia médica o relacionada con la cancelación de su viaje. No facilitaremos información personal a
terceros sin tener su aprobación por adelantado.
• No pagaremos importes superiores a los indicados en las Condiciones Particulares.
Para que podamos pagarle cualquier gasto será indispensable que nos presente copia de las facturas y el
justificante del pago. Nos reservamos el derecho a solicitar los originales si lo consideramos necesario.
AVISO IMPORTANTE
Los reembolsos que efectuamos se realizan cumpliendo con lo establecido en las leyes españolas,
concretamente en lo establecido para pagos en efectivo y salida de capital del territorio nacional.
Así, en el caso en que usted hubiera abonado fuera de España costes de contingencias cubiertas por este
seguro, únicamente reembolsaremos el importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en
moneda extranjera si se aporta justificante bancario de su retirada de caja fue ra de España o se hubiera
declarado conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de
capitales.
Divisa
Pagaremos las indemnizaciones, costes o servicios siempre en la moneda en la que se produjo el gasto. En caso
de divisas para las que no exista cruce cambiario en el Banco Central Europeo pagaremos en euros. El tipo de
cambio será el disponible en cualquie r institución bancaria de reconocido prestigio que acepte dicho cruce de
monedas.
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Seguro de viaje
Seguro de viaje
Asistencia médica
¿Qué cubre su póliza?
En caso de enfermedad o accidente ocurridos de forma imprevista durante su v iaje, pagaremos hasta los límites
indicados en sus Condiciones Particulares los gastos derivados de:
1.1 Gastos médicos fuera del país de domicilio habitual .
1.2 Gastos odontológicos .
1.3 Traslado a hospital en caso de urgencia .
1.4 Prolongación de estancia en hotel por enfermedad o accidente .
1.5 Traslado sanitario de enfermos y heridos .
1.6 Regreso de los acompañantes asegurados .
1.7 Acompañante de menores o de personas dependient es .
1.8 Traslado de l sustituto profesional.
1.9 Reincorporación del asegurado a su origen.
1.10 Traslado de una persona para acompañar al asegurado hospitalizado .
1.11Gastos de estancia de una persona para acompañar al asegurado hospitalizado .
1.12 Traslado de restos mortales .
1.13Acompañante de restos mortales .
1.14 Olvido de medi camentos.
1.15 Estancia de acompañante “in situ”.
1.16 Desplazamiento de acompañante “in situ” .
1.17 Orientación psicológica telefónica.
1.18 Fisioterapia.
1.19 Material ortopéd ico y prótesis.
1.20 Orientación médica por chat.
1.21 Orientación médica por vídeo .
1.22 Orientación médica telefónica.
1.23 Gastos médicos por enfermedades preexistentes.
1.24 Traslado sanitario por enfermedades preexistentes.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Esta póliza es un seguro de asistencia, no es un seguro médico privado. Solo están cubiertos los gastos
médicos de urgencia en caso de accidente o enfermedad sobrevenida durante su viaje.
Hay que tener en cuenta las condiciones y exclusiones de la póliza.
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
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Seguro de viaje
A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
• Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por usted antes de la
contratación de la póliza excepto lo indicado en las coberturas Gastos médicos fuera del país del
domicilio habitual y Traslado sanitario de enfermos y heridos .
• Revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética y aquellos
casos en que el v iaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica,
tratamientos de medicinas alternativas (homeópatas, naturistas, etc.), los gastos derivados de
tratamientos fisioterapéuticos y/o rehabilitadores, así como aquellos afines a estos.
• Su suicidio, intento de suicidio o autolesiones.
• Epidemias; pandemias; enfermedades infecciosas de aparición repentina, a gran escala y
propagación rápida en la población. También están excluidas las Cuarentenas derivadas de
cualquiera de las causas descritas.
• Enfermedades provocadas por la polución y/o contaminación atmosférica.
• Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes,
drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.
• El diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y
partos, excepto cuanto se trate de atención urgente y siempre anterior a la semana 26 de
gestación.
• El traslado sanitario de enfermos o heridos originado por afecciones o lesiones que puedan ser
tratadas “in situ”.
• Renuncia, retraso o adelanto voluntario por su parte al traslado sanitario propuesto por nosotros y
acordado por nuestro servicio médic o.
• Los gastos de gafas y lentillas , así como la adquisición, implantación - sustitución, extracción y/o
reparación de prótesis (entendiendo por prótesis todo elemento que sustituya o restituya la
funcionalidad de un órgano o parte del cuerpo), piezas anatómicas, material de osteosíntesis y
mat erial ortopédico con un coste superior a 100 euros.
1.2. Esta exclusión no será de aplicación en caso de que la sustitución o
implantación de dichos elementos haya sido motivada por un siniestro cubierto .
• Endodoncias, reconstrucciones estéticas de tratamientos dentales anteriores, prótesis, fundas e
implantes dentales.
• Queda particularmente excluido el reembolso de los gastos médicos quirúrgicos y farmacéuticos
cuyo importe sea inferior a 30 euros.
• Actos de imprudencia temeraria o negligencia grave; los gastos que se deriven de actos delictivos
y de su participación en apuestas, en desafíos, o en riñas, excepto los casos de legítima defensa
y/o cuando esté en riesgo su vida.
• Consecuencias derivadas de conducir vehículos por vías no ordinarias o no adecuadas para la
circulación.
• Está excluida también como aficionado, la práctica de cualquier deporte o actividad recreativa
peligroso o de alto riesgo, como los indicados a continuación o similares , salvo que ese sea el
motivo del desplazamiento profesional :
o DEPORTES TERRESTRES: Puenting, Barranquismo, montañismo por encima de 4.000m.
Descenso de cañones, vía ferrata, rappel, alpinismo, acceso a glaciares, espeleología,
escalada, descenso en bicicleta, espeleología, half pipe
o DEPORTES ACUATICOS: surf, windsurf, kitesurf, fly surf, body board, jet ski, esquí acuático,
kayak extremo, Descenso / rafting / hidrospeed. piragüismo en aguas bravas, busbob,
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Seguro de viaje
hidrobob Embarcaciones a motor sin conductor, psicobloc, saltos desde acantilados,
actividades submarinas con inmersión de más de 30 metros de profundidad.
o DEPORTES DE INVIERNO. esquí alpino, snowboard, acceso a glaciares. También que se
practique fuera de pistas.
o DEPORTES MOTORIZADOS: salvo en excursiones organizadas con guía/monitor.
Conducción de vehículos a motor en carreras o rallies, motos de trial y motocross
o DEPORTES AÉREOS: Globo aerostático, Globo cautivo, Vuelo en helicóptero, Parapente, Ala
delta, Paracaidismo, Caída libre, Wingsuit, Sky surfing, Salto BASE, Paramotor, Paratrike,
Ultraligero, Vuelo sin motor, Slakline, highline, Slakline, highline, rap jum ping
o ARTES MARCIALES: Boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases) karate, kickboxing,
muay thai, judo, lucha libre, lucha grecorromana, jiu jitsu, wushu, san da, sambo,
taekwondo…
o ACTIVIDADES TAURINAS: Toreo, encierro de reses bravas y cualquier participación en
espectáculos taurinos;
• Caza .
En general se excluye cualquier deporte o actividad recreativa claramente peligroso o de alto riesgo.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
1. Debe comunicarnos su enfermedad o accidente tan pronto como sea posible. En caso de fuerza mayor que
no le permita realizar esta comunicación, deberá hacerlo en cuanto finalice la causa que lo impida.
2. Debe comunicarnos el suceso en un plazo máximo de 7 días desde el momento en que lo conoció. Si no lo
hace así, podremos reclamar los daños y perjuicios que se produzcan por no habernos informado.
Daremos las instrucciones necesarias para que se Le preste el servicio solicitado.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Si usted actúa de forma contraria a las instrucciones que le demos, los gastos que se originen por dicho
incumplimiento serán a su cargo.
Si no acepta nuestras decisiones y/o no quiere ser repatriado de la forma que indicamos, no podremos
proporcionarle las coberturas incluidas en las garantías:
• 1 – Asistencia médica .
• 7 – Seguro de accidentes .
Tendremos que rechazar las solicitudes relacionadas con estas garantías y coberturas.
El resto de las coberturas se mantienen durante su viaje.
Documentación que debe facilitarnos:
En todos los casos usted deberá proporcionarnos:
• Informe médico lo más completo posible. Debe haber sido emitido en el lugar donde necesitó la
asistencia.
• Si el informe médico está escrito a mano y/o no lo ha emitido el médico especialista en la enfermedad,
y nuestro equipo médico lo solicita, Usted tendrá que enviarnos:
o Copia de la receta de las medicinas que el médico le ha recetado y el justificante del pago de
estas medicinas.
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Seguro de viaje
o Copia de la factura de los gastos médicos y justificante del pago.
o Cualquier otro documento que le solicitemos para poder gestionar su caso.
Asistencia En Viaje 24 Horas
Desde España : 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 9 9 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
Contenido de las coberturas:
1.1Gastos médicos fuera del país de Domicilio Habitual
Debe ponerse en contacto con nosotros tan pronto como pueda para que podamos gestionar la asistencia.
Le ofreceremos, y siempre que sea posible, que realice su consulta médica telemáticamente con nuestro equipo
médico .
¿Qué gastos médicos pagamos?
Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un accidente durante su v iaje fuera del país de su domicilio
habitual, organizaremos y/o pagaremos:
• Los gastos médicos y pruebas diagnósticas necesarios autorizados por nuestro equipo médico .
• Los gastos de hospitalización .
• Los medicamentos recetados por el médico que le ha atendido . No pagaremos los gastos de aquellos
medicamentos para tratamientos que se prolonguen una vez finalizado el viaje o que adquieran un
carácter crónico.
• Los gastos de ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local .
En casos de urgencia vital pagaremos los gastos que se produzcan por:
• Complicaciones del embarazo en cualquier mes de gestación .
• El tratamiento de urgencia hasta la estabilización como consecuencia de enfermedades
mentales .
• Una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente, hasta conseguir su
estabilización para que:
o Usted pueda seguir su v iaje.
o O podamos trasladarle hasta su domicilio habitual u hospital cercano al mismo, según las
condiciones indicadas en la cobertura “Traslado sanitario de enfermos o heridos”.
En caso de que esté usted a bordo de un crucero, sólo organizaremos y/o pagaremos su asistencia y su traslado cuando
esté en tierra firme.
¿Qué importe pagamos?
Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada por cada asegurado y período contratado, durante la
validez del seguro.
Los limites económicos indicados para los diferentes ámbitos territoriales no se pueden acumular.
¿Y si le atienden en un centro de la Seguridad Social?
Dentro del límite indicado, pagaremos la parte de gastos que no asuma la Seguridad Social por los conceptos indicados
más arriba.
¿Qué pasa si no intervenimos directamente?
Para que podamos pagarle los gastos, usted deberá presentarnos:
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Seguro de viaje
• Copia de las f acturas y el justificante de l pago .
• Informe médico completo emitido por el médico tratante que incluya síntomas, pruebas realizadas,
diagnóstico, tratamiento. Nos reservamos el derecho a solicitarle informes médicos con antecedentes si
lo consideramos necesario.
•
1.2 Gastos odontológicos
Si usted necesita asistencia odontológica en caso de urgencia pagaremos los gastos de un odontólogo y/o dentista.
Pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada, dentro de los límite s indicado s en “Gastos
médicos fuera del país de domicilio habitual ”.
Están excluidas: endodoncias, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, prótesis, fundas e implantes.
1.3 Traslado a hospital en caso de urgencia
Si durante su v iaje usted se pone enfermo o tiene un accidente que le impiden desplazarse por sí mismo hasta un
centro médico. O rganizaremos y pagaremos los gastos de:
• Trasladarle ida y vuelta desde el hotel al hospital o clínica más cercanos .
• La atención médica durante el traslado en caso de ser necesaria.
Realizaremos este traslado según nuestro criterio médico.
¿Qué pasa si no intervenimos directamente?
Para que podamos pagarle los gastos, usted deberá presentarnos:
• Copia de las f acturas y el justificante de l pago .
• Informe médico completo emitido por el médico tratante que incluya síntomas, pruebas realizadas,
diagnóstico, tratamiento. Nos reservamos el derecho a solicitarle informes médicos con antecedentes si
lo consideramos necesario.
1.4 Prolongación de estancia en hotel por Enfermedad o Accidente
Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un accidente durante su v iaje y:
• No necesita estar hospitalizado .
• No puede continuar su v iaje .
• Nuestro equipo mé dico recomienda que prolongue su estancia .
Pagaremos los gastos de estancia en hotel hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada y durante un
máximo de 10 días. Pagaremos estos gastos cuando no estuvieran previstos originalmente en Su V iaje.
La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
•
1.5 Traslado sanitario de enfermos y heridos
1.3. ¿Cuándo y dónde le vamos a trasladar?
• Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un accidente y en el lugar donde se encuentra
no hay medios adecuados para tratarle, le trasladaremos al hospital más cercano que esté equipado
para poder atenderle.
• Si usted sufre una urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad preexistente o
crónica, le trasladaremos al hospital más cercano que esté equipado para poder atenderle.
• Si usted ya tiene el alta hospitalaria, tanto si sufre una enfermedad preexistente o una surgida durante
su viaje, pero no está en condiciones de continuar su v iaje o su viaje programado ya ha finalizado, le
trasladaremos a su domicilio habitual.
• Si usted va a estar ingresado por un tiempo prolongado, pero se encuentra médicamente estable para
viajar según su médico tratante, le trasladaremos a su hospital de referencia cerca de su domicilio
Habitual.
Nuestro equipo médico será siempre quien valore y autorice los traslados teniendo en cuenta exclusivamente criterios
médicos.
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Seguro de viaje
En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente , Nos
encargaremos del traslado del asegurado cuando esté estabilizado.
¿Cómo le vamos a trasladar?
• Una vez que nos av ise, n uestros médicos se pondrán e n contacto con los médicos que l e estén
tratando.
• Evaluaremos la gravedad de su situación para poder autorizar el traslado. Solo tendremos en cuenta
razones médicas para el mismo y siempre respetando las medidas sanitarias internacionales en vigor .
• Realizaremos dicho traslado , siempre a criterio de nuestro equipo médico, utilizando los siguientes
medios:
• Ambulancia
• Avión de línea regular
• Tren
• Avión sanitario
• Helicóptero sanitario
• Cualquier otro medio que nuestro equipo médico considere más adecuado en cada caso.
1.4. El uso del avión o helicóptero sanitarios queda excluido cuando el siniestro ocurra fuera de Europa
o de los países ribereños del Mediterráneo.
Nuestro equipo médico decidirá cuál es el medio más conveniente .
• Si usted rechaza el traslado en el momento y en las condiciones decididas por nuestros médicos
anularemos todas las garantías y gastos que se produzcan por esta decisión.
• Si el traslado no lo organizamos nosotros únicamente le pagaremos los gastos de dicho traslado hasta
el límite correspondiente a la modalidad contratada.
1.6 Regreso de los acompañantes asegurados
Pagaremos el viaje de una persona, asegurada o no, que se haya quedado con usted o haya retrasado el regreso para
acompañarle durante su enfermedad, accidente o fallecimiento.
Si usted viaja con más personas que también están aseguradas y les es imposible volver a su domicilio porque:
• A u sted le hemos tenido que trasladar por enfermedad imprevista o grave o por accidente .
• Usted ha fallecido .
Organizaremos y pagaremos el viaje de dichos acompañantes asegurados hasta el lugar donde se inició el v iaje o hasta
el hospital donde usted se encuentre .
¿Cómo les vamos a trasladar?
Realizaremos dicho traslado utilizando los siguientes medios:
• Avión de línea regular (clase turista) .
• Tren y/o
• cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada caso.
1.7 Acompañante de menores o de personas dependientes
Usted viaja con menores de 14 años o con personas dependientes de usted y no puede ocuparse de ellos debido a que
usted:
• Ha tenido un accidente .
• Se ha puesto enfermo de manera imprevista .
¿Cómo le ayudamos?
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Seguro de viaje
Le ofrecemos la posibilidad de que alguien acompañe a dichos menores o personas dependientes para regresar a su
domicilio habitual, si no hay otra persona con usted que pueda ocuparse de ellos.
Usted puede elegir que:
• Desplacemos a la persona que usted o su familia nos indique y que resida en el mismo país que usted .
• Desplacemos a una persona de nuestra confianza.
¿Cómo lo hacemos?
Organizaremos y pagaremos el viaje de ida y vuelta del acompañante en:
• Avión de línea regular (clase turista) .
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte que consideremos adecuado en cada caso.
•
1.8 Traslado de l sustituto profesional
Gestionaremos el traslado de una persona que le sustituya en su trabajo hasta el lugar donde usted se encontraba
desplazado . Pagaremos el traslado desde el país de su domicilio habitual o desde cualquier otro si el coste es menor.
¿Cuándo lo gestionamos?
• Si usted fallece durante el viaje .
• Si usted se pone enfermo o tiene un accidente durante el v iaje y le trasladamos a su domicilio habitual
o a un hospital cercano a este.
¿Cómo lo hacemos?
Organizaremos y pagaremos:
• Billete de tren .
• Billete de avión de línea regular clase turista y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión
que consideremos adecuado.
1.9 Reincorporación del asegurado a su destino de viaje.
Gestionaremos el regreso a su domicilio en desplazamiento cuando le hayamos trasladado según la garantía “Traslado
sanitario de enfermos y heridos” o en los casos de su regreso anticipado cubiertos por la póliza .
¿Cuándo lo gestionamos?
• Cuando nuestro equipo médico determine que se ha recuperado y puede volver a viajar .
• Cuando falten al menos 30 días para que termine su estanci a.
• Cuando tenga que realizar un examen esencial para obtener su título de estudios.
¿Cómo lo hacemos?
Organizaremos y pagaremos:
• Billete de tren .
• Billete de avión de línea regular clase turista y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión
que consideremos adecuado.
•
1.10 Traslado de una persona para acompañar al asegurado hospitalizado
Situación A
Usted está hospitalizado durante más de cinco días y no tiene un familiar directo a su lado . Organizaremos y pagaremos
el viaje de una persona desde el país de su domicilio habitual para que le acompañe.
Situación B
Usted está hospitalizado en un hospital que está a más de 250 kms de su domicilio en desplazamiento y no tiene un
familiar directo a su lado . Organizaremos y pagaremos el viaje de una persona que viva en el mismo domicilio en
desplazamiento para que le acompañe. En este caso, no es necesario que esté hospitalizado más de 3 días.
¿Cómo le vamos a trasladar?
En ambos casos, e l viaje de ida y vuelta de esta personase hará mediante:
• Avión de línea regular (clase turista) .
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Seguro de viaje
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
caso.
1.11Gastos de estancia de una persona para acompañar al asegurado hospitalizado
Si usted está hospitalizado durante más de cinco días y no tiene un familiar directo a su lado, pagaremos la estancia en
hotel de una persona desplazad a desde su domicilio habitual para que le acompañe.
Pagaremos los gastos de estancia en hotel hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
Si no lo gestionamos nosotros, e s necesario que su acompañante n os envíe la información médica que lo justifique, la
copia de las facturas y el justificante de l pago para que podamos pagarle estos gastos.
1.12 Traslado de restos mortales
Si usted fallece por cualquier motivo durante su v iaje, trasladaremos sus restos mortales o cenizas a su país de
domicilio habitual.
¿Dónde trasladaremos sus restos mortales?
Hasta el lugar de entierro o incineración dentro del término municipal de su domicilio habitual.
¿Qué gastos pagamos?
Pagaremos los gastos de:
• Traslado de los restos mortales .
• Embalsamamiento .
• Ataúd mínimo obligatorio .
• Gestiones administrativas relacionadas con el traslado .
No pagaremos el resto de los gastos relacionados, tales como pompas fúnebres y entierro.
¿Y en caso de incineración?
En caso de incineración en el lugar de fallecimiento pagaremos:
• El coste de la incineración .
• El traslado de la urna con las cenizas.
Si por motivos legales o de organización se necesita la presencia de un acompañante para el traslado de la urna hasta
su domicilio habitual, organizaremos y pagaremos el viaje de una persona desde el país de su domicilio habitual.
El viaje de ida y vuelta de esta persona se hará mediante:
• Avión de línea regular (clase turista) .
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
caso.
Si se rechaza el traslado en el momento y en las condiciones decididas por nosotros anularemos todas las garantías y
gastos que se produzcan por esta decisión.
Si el traslado no se puede realizar por causas distintas a la propia organización de este, pagaremos los gastos por
custodia durante los quince (15) primeros días.
Si el traslado no lo organizamos nosotros únicamente pagaremos los gastos de dicho tras lado hasta el límite
correspondiente a la modalidad contratada.
1.13 Acompañante de restos mortales
Si usted fallece durante su desplazamiento profesional y no hay una persona que acompañe sus restos mortales
durante el traslado hasta el lugar de inhumación, organizaremos y pagaremos el viaje ida y vuelta de un acompañante
en:
• Avión de línea regular (clase turista) .
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
caso.
Cuando el medio de transporte sea el avión, es posible que su acompañante tenga que viajar en uno distinto al que
traslade sus restos mortales.
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Seguro de viaje
Sus familiares deberán designar a la persona que se desplace desde el país de su domicilio habitual para acompañar sus
restos mortales en el viaje de regreso.
También pagaremos al acompañante los gastos de estancia en un hotel hasta el límite correspondiente a la
modalidad contratada.
La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
Para que podamos pagar estos gastos es necesario que el acompañante nos envíe copia de las facturas y el justificante
del pago.
1.14 Olvido de medicamentos
Si d urante su v iaje en el extranjero necesita un medicamento que olvidó en su domicilio , le pagaremos los gastos de
envío:
2. Si no puede comprarlo en el lugar en que se encuentra porque necesita receta médica, gestionaremos y
pagaremos su visita a un médico para que se lo prescriba si lo considera necesario.
3. Si no puede comprar otro medicamento con el mismo principio activo en el lugar en que se encuentra, usted
debe gestionar la compra en el país de su domicilio habitual y el envío.
Debe cumplir las normas y leyes de los países afectados (autoridades sanitarias y de aduanas) .
Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que usted nos envíe la receta médica del medicamento prescrito
antes de su viaje, la copia de las facturas y el justificante del pago. En las facturas o justificantes de pago debe consta r
el detalle.
1.15 Estancia de acompañante “in situ”
Si usted está hospitalizado durante su v iaje por una enfermedad imprevista o por un accidente, pagaremos a un
acompañante asegurado los gastos de estancia en un hotel para que le acompañe durante su hospitalización.
Si usted es menor de edad y no está hospitalizado, pero debe quedarse en el alojamiento o prolongar su estancia en el
mismo por prescripción médica pagaremos estos gastos a una persona que se quede acompañándole.
Pagaremos a su acompañante los gastos de est ancia en un hotel hasta el límite correspondiente a la modalidad
contratada.
La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
Pagaremos estos gastos cuando no estuvieran previstos originalmente en el v iaje.
1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ”
Si usted está hospitalizado por una enfermedad imprevista o por un accidente, pagaremos los gastos de transporte a un
acompañante asegurado que esté viajando con usted.
Los gastos de transporte serán los necesarios para desplazarse diariamente desde el hotel al hospital donde usted se
encuentre.
Pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
Para que podamos pagar estos gastos a su acompañante es necesario que nos envíe copia de las facturas y/o billetes y
el justificante del pago.
1.17. Orientación psicológica telefónica
Le facilitaremos orientación y asesoramiento de tipo psicológico hasta el límite correspondiente a la modalidad
contratada. Por periodo contratado.
¿En qué situaciones le ayudaremos?
Cuando se encuentre en situaciones de tensión emocional, o malestar; tenga dudas o preocupaciones relativas a la
salud, relaciones familiares y/o laborales.
Nuestro servicio psicológico le aconsejará y orientará para intentar mejorar su estado psicológico y/o emocional, pero
no podrá ordenar tratamientos ni efectuar diagnósticos.
Cuando su consulta sea por una situación clínica de urgencia activaremos los servicios públicos sanitarios o le
dirigiremos a su médico de familia o al especialista correspondiente.
Horario del servicio:
De 9:00 a 19:00 todos los días (horario peninsular de España) .
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Seguro de viaje
1.18. Fisioterapia
Pagaremos los gastos del tratamiento de rehabilitación o fisioterapia hasta el límite correspondiente a la modalidad
contratada.
¿Cuándo pagaremos estos gastos?
Cuando sean ordenados por un médico o traumatólogo y sean consecuencia de un hecho cubierto por su seguro .
1.19. Material ortopédico y prótesis
¿Qué gastos cubrimos?
La adquisición, implantación - sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas, material de
osteosíntesis y material ortopédico (incluyendo muletas ) hasta el límite contratado .
¿Qué gastos no cubrimos?
Los gastos correspondientes a prótesis dentales, fundas e implantes dentales .
1.20. Orientación médica por chat
¿Tiene dudas de tipo médico?
A través de Chat le resolveremos sus dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos análisis, o
si necesita información sobre medicamentos.
Nuestros médicos contestarán a sus dudas y le aconsejarán, y en determinados casos y dependiendo de su patología,
podrán prescribirle una serie de recomendaciones para los síntomas que usted presenta.
Horario del servicio:
De 9:00 a 22:00 todos de lunes a domingo (horario peninsular de España).
1.21. Orientación médica por vídeo
¿Tiene dudas de tipo médico?
A través de v ideollamada le resolveremos sus dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos
análisis, o si necesita información sobre medicamentos.
Nuestros médicos contestarán a sus dudas y le aconsejarán, y en determinados casos y dependiendo de su patología,
podrán prescribirle una serie de recomendaciones para los síntomas que usted presenta.
Horario del servicio:
De 9:00 a 22:00 todos de lunes a domingo (horario peninsular de España).
1.22. Orientación médica telefónica
¿Tiene dudas de tipo médico?
Llámenos si tiene dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos análisis, o si necesita
información sobre medicamentos.
Nuestros médicos contestarán a sus dudas y le aconsejarán, pero no podrán ordenar tratamientos ni efectuar
diagnósticos.
Horario del servicio:
De 9:00 a 19:00 todos los días (horario peninsular de España).
1.23. Gastos médicos por enfermedades preexistentes
¿Qué gastos médicos pagamos?
En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente, hasta
conseguir su estabilización para que:
• Usted pueda seguir su v iaje.
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Seguro de viaje
• Podamos trasladarle hasta su domicilio habitual u hospital cercano al mismo, según las condiciones
indicadas en la cobertura “Traslado sanitario de enfermos o heridos”.
¿Qué importe pagamos?
Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada por cada asegurado y período contratado, durante la
validez del seguro.
1.24. Traslado sanitario por enfermedades preexistentes
¿Qué gastos médicos pagamos?
En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente, nos
encargaremos del traslado del asegurado cuando esté estabilizado medicamente. El traslado se hará según indicamos
en la garantía traslado sanitario de enfermos o heridos.
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Seguro de viaje
Indemnización por secuestro
¿Qué cubre su póliza?
Si sufre un secuestro durante su viaje, L e reembolsaremos, h asta los límites reflejados en su p óliza, los gastos
derivados de:
2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de secuestro .
2.2. Indemnización por secuestro.
2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro.
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
• Se nos debe comunicar el secuestro tan pronto como sea posible. Si se hace así, podremos reducir la
prestación en la proporción que corresponda.
• Se d ebe hacer la denuncia del secuestro ante la policía o autoridad del lugar donde se ha producido tan
pronto como sea posible y se debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.
Documentación que debe facilitarnos:
• Copia de la denuncia hecha ante la policía o autoridades correspondientes en el lugar donde se ha
producido el secuestro.
• Copia de las facturas de los gastos y el justificante del pago.
• Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar su caso.
CONSEJO
Es indispensable que los gastos queden justificados en la documentación que le solicitemos.
Contenido de las coberturas:
2.1 Gastos de terapia psicológica por secuelas de secuestro
Si le secuestran durante su desplazamiento profesional , le pagaremos el coste del tratamiento psicológico que necesite
hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada. El tratamiento deber prescribirlo un médico. Esta
cobertura es válida solo durante los seis meses siguientes a la finalización del secuestro.
Para que podamos pagarle estos gastos usted nos tiene que enviar copia de las facturas y el justificante del pago.
2.2 Indemnización por secuestro
Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada si durante su desplazamiento
profesional:
• Le secuestran .
[Seite 30]
Seguro de viaje
• Le transportan a otro lugar o le retienen contra su voluntad .
• Le indemnizaremos por los daños físicos y secuelas psicológicas sufridos durante el tiempo que le
privaron de su libertad.
Para que podamos indemnizarle usted nos tiene que enviar copia de la denuncia hecha ante la policía o autoridades
correspondientes en el lugar donde se ha producido el secuestro.
Quedan excluidos los hechos que ocurran en Chechenia, Colombia, Filipinas, Irak, México, Nigeria, Siria, Sudán,
Somalia, Venezuela o Yemen, o en aquellos países que se encuentren en situación de conflicto armad o o guerra
declarada en el momento del secuestro.
2.3 Gastos de consultoría en caso de secuestro
Si durante su desplazamiento profesional usted sufre un secuestro con petición de rescate, pagaremos los gastos de
consultoría hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada. Pagaremos estos gastos a quien los haya pagado
previamente: tomador de la póliza, su familiar o usted mismo.
¿Qué son gastos de consultoría?
• Las tarifas que cobran los consultores contratados por el tomador del seguro para dar respuesta a la
situación de secuestro con petición de rescate.
• Los gastos justificados de estos consultores .
• Costes de viajes, alojamiento y honorarios de intérpretes profesionales .
No se considera gasto de consultoría el pago de un rescate.
Para que podamos pagar estos gastos, nos tienen que enviar copia de las facturas y el justificante del pago.
Quedan excluidos secuestros en Chechenia, Colombia, Filipinas, Irak, México, Nigeria, Siria, Sudán, Somalia,
Venezuela o Yemen, o en aquellos países que se encuentren en situación de conflicto armado o guerra declarada
en el momento del secuestro .
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Seguro de viaje
Incidencias en viajes y vuelos
¿Qué cubre su póliza?
Para las incidencias que pueda sufrir durante su viaje, l e prestaremos los siguientes servicios y reembolsaremos,
hasta los límites reflejados en su p óliza, los gastos derivados de:
• 3.1 Reembolso de gastos por demora de viaje .
• 3.2 Pérdida de conexión de vuelo .
• 3.3 Regreso del asegurado en caso de defunción de un familiar directo .
• 3.4 Regreso del asegurado en caso de hospitalización de un familiar directo .
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
• Overbooking .
• Quedan excluidas las indemnizaciones por demoras producidas en vuelos no regulares.
• Cualquier hecho consecuencia de que usted no haya facturado en el punto de salida cuando
debería haberlo hecho.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
1. Debe comunicarnos el suceso tan pronto como sea posible y siempre en un plazo máximo de 7 días
desde el momento en que lo conoció. Si no lo hace así, podremos reclamar los daños y perjuicios que
se produzcan por no habernos informado.
2. Debe informarnos de la situación en la que se encuentre o se haya encontrado.
3. Debe llegar con tiempo al punto de salida y disponer de tiempo suficiente para facturar.
Asistencia en Viaje 24 Horas
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
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Seguro de viaje
Gastos de Demoras, Pérdidas
Sitio Web https://eacorporate.eclaims.europ - assistance.com
Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear su solicitud de indemnización
o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de esta .
Documentación que debe facilitarnos:
• Justificante de la cancelación o demora emitido por la compañía aérea , o para otros transportes, el
documento justificativo de la cancelación o demora .
• Justificante emitido y sellado por un tercero reconocido que indique la causa del suceso (por ejemplo:
informe médico emitido por el médico tratante o certificado de defunción, informe de bomberos,
denuncia hecha, informe de la compañía de seguros…). Consi deramos como “tercero” cualquier
persona que no sea usted, ni un familiar directo, acompañante o empleado suyos. En el justificante
debe figurar el motivo de la cancelación o demora y tiene que aparecer necesariamente la fecha en
que se ha producido (por e jemplo: la hospitalización, la defunción, el siniestro…).
• Copia de la factura y/o de los recibos del pago de su v iaje al proveedor, así como copia del bono de
viaje expedido por dicho proveedor.
• Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar su caso.
AVISO IMPORTANTE
Cuando recibe nuestra indemnización usted nos está autorizando para presentar reclamaciones a la
compañía aérea en su nombre.
Estas reclamaciones se presentan para recuperar el dinero que le hemos pagado.
También nos autoriza a presentar demandas judiciales en su nombre si es necesario.
Usted nos autoriza tanto a nosotros como a las compañías en las que deleguemos esta función.
Contenido de las coberturas:
3.1 Reembolso de gastos por demora de viaje
Si el medio de transporte, tanto en el viaje de ida como en el de vuelta, se retrasa en la hora prevista de salida, o
se cancela, pagaremos por trayecto hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
¿Qué gastos pagaremos?
Los gastos reales por la compra necesaria de ropa, comida y artículos de higiene imprescindibles. Tiene que realizar las
compras en el lugar donde se ha producido el retraso.
Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que:
• El tiempo de demora sea superior a 6 horas.
• La demora sea por causas ajenas a usted .
• Las causas sean imputables a la compañía transportista .
y n os envíe:
o Copia de las facturas y el justificante de l pago. En las facturas o justificantes debe constar el
detalle , y
o Copia d el justificante de la demora emitido por la compañía transportista .
Pagaremos los gastos sólo cuando la demora se produzca en vuelos regulares.
Solo pagaremos los gastos que no haya asumido la compañía transportista.
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Seguro de viaje
3.2 Pérdida de conexión de vuelo.
Si usted pierde la conexión entre dos vuelos previstos, pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad
contratada.
¿Qué gastos pagaremos?
Los gastos reales por la compra necesaria de ropa, comida y artículos de higiene y los gastos de transporte que pueda
tener que pagar.
Tiene que realizar las compras/ gastos en el lugar donde se ha producido la pérdida de conexión.
Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que:
• El tiempo de espera sea superior a 6 horas.
• La pérdida de conexión sea por causas ajenas a usted .
• Las causas sean imputables a la compañía transportista .
y n os envíe:
o Copia de las facturas y el justificante de pago. En las facturas o justificantes debe constar el
detalle , y
o Copia d el justificante emitido por la compañía transportista .
Pagaremos los gastos sólo cuando la pérdida de conexión se produzca en vuelos regulares.
Solo pagaremos los gastos que no haya asumido la compañía transportista.
3.3 Regreso del asegurado en caso de defunción de un familiar directo
Si durante su desplazamiento profesional un familiar directo suyo fallece en el país de su domicilio habitual,
organizaremos y pagaremos el viaje para que usted pueda regresar antes a su domicilio habitual .
¿Cómo le vamos a trasladar?
El viaje se realizará en:
• Avión de línea regular (clase turista) .
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
caso.
¿Cuándo le ayudamos?
Solo pagaremos su traslado si:
o Su viaje de regreso programado no es al día siguiente al de esta solicitud .
o El viaje se realiza en los 7 días siguientes al fallecimiento.
Organizaremos el viaje según nuestro criterio y teniendo en cuenta la disponibilidad de transportes.
3.4 Regreso del asegurado en caso de hospitalización de un familiar directo
Si durante su desplazamiento profesional un familiar directo suyo es hospitalizado de manera imprevista y no
programada en el país de su domicilio habitual, organizaremos y pagaremos un viaje hasta el lugar de hospitalización
en:
• Avión de línea regular (clase turista).
• Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado.
La hospitalización tiene que haberse producido después de que usted haya iniciado el v iaje. El motivo de la
hospitalización debe ser por accidente o enfermedad grave y debe tener una duración prevista superior a los 5 días .
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Seguro de viaje
Equipajes y documentos
¿Qué cubre su póliza?
Le pagaremos h asta los límites reflejados en s u póliza por las incidencias que usted pueda sufrir durante s u viaje en
relación a su equipaje y /o documentación .
• 4.1 Búsqueda y localización de equipaje.
• 4.2 Pérdida, daños y robo de e quipaje facturado .
• 4.3 Robo de e quipaje no facturado .
• 4.4 Robo de objetos de valor .
• 4.5 Demora de equipaje .
• 4.6 Información de trámites para cancelar tarjetas .
• 4.7 Envío de objetos personales .
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
• El hurto o simple extravío de los objetos, el dinero, las joyas, los documentos que se encuentren en
vehículos o tiendas de campaña.
• El robo de equipajes u objetos personales que se encuentren en tiendas de campaña .
• Cualquier hecho consecuencia de que usted no haya facturado en el punto de salida cuando
debería haberlo hecho.
• No indemnizaremos de forma independiente las partes que componen un objeto o los accesorios
de este.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
1. Debe cumplimentar el parte de incidencia de equipaje (PIR) con la compañía aérea en el aeropuerto de
llegada , o para otros transportes, el documento justificativo de pérdida o daños .
2. Debe denunciar el hecho a la autoridad competente si la incidencia se produce en otro medio de
transporte, hotel o alojamiento y debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.
3. Debe hacer la denuncia del robo o de la pérdida ante la policía o autoridad del lugar donde se ha
producido tan pronto como sea posible y debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.
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Seguro de viaje
Equipajes, Demoras, Pérdidas
Sitio Web https://ea corporate .eclaims.europ - assistance.com
Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear Su solicitud de indemnización
o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de la misma.
Búsqueda de Equipaje, Cancelación Tarjetas, Envío Objetos
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de Su Póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de las circunstancias en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
Documentación que debe facilitarnos:
• En caso de robo, denuncia del robo que incluya listado de los artículos robados y su valoración.
• Reclamación a la empresa transportista que incluya listado de los artículos dañados, perdidos o robados
y su valoración.
• La tarjeta de facturación del equipaje (si se trata de equipaje facturado) .
• Copia de las facturas de compras y justificante del pago de las mismas.
• Cualquier otro documento que le solicitemos para poder gestionar su caso.
AVISO IMPORTANTE
Cuando recibe nuestra indemnización usted nos está autorizando para presentar reclamaciones a la
compañía transportista en su nombre.
Estas reclamaciones se presentan para recuperar el dinero que le hemos pagado.
También nos autoriza a presentar demandas judiciales en su nombre si es necesario.
Usted nos autoriza tanto a nosotros como a las compañías en las que deleguemos esta función.
Contenido de las coberturas:
4.1 Búsqueda y localización de equipaje
Si durante su v iaje, la compañía aérea pierde su equipaje o demora su entrega:
• Le ayudaremos en la gestión de búsqueda y localización .
• Le informaremos sobre cómo debe presentar la reclamación a la compañía aérea.
4.2 Pérdida, daños y robo de equipaje facturado
Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad.
Aplicamos esta reducción como consecuencia del uso y desgaste.
¿En qué casos le indemnizaremos?
• Cuando la compañía transportista pierde definitivamente su equipaje facturado o le produce daños
graves.
• Cuando le roban su equipaje o parte de este mientras está facturado.
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Seguro de viaje
Para que podamos indemnizarle nos tiene que enviar:
• La relación detallada y valorada de los objetos perdidos, dañados o robados. Tiene que indicarnos
también la fecha de compra de estos.
• La etiqueta de facturación del equipaje .
• El justificante de la pérdida o daños emitido por la compañía aérea (P.I.R.) , o para otros transportes, un
documento justificativo de pérdida o daños.
• El documento que indica la decisión de la compañía transportista sobre su caso (si le han indemnizado o
no y cuanto le han indemnizado) .
• En caso de robo, la denuncia hecha ante la policía o autoridades correspondientes en el lugar donde se
ha producido.
Solo indemnizaremos las cantidades que no hayan sido pagadas por la compañía transportista .
Le indemnizaremos hasta un máximo del 25% del importe total cubierto por esta garantía, si no nos presenta el
documento que indica la decisión de la compañía transportista, transcurridos 30 días.
No indemnizaremos por:
• El hurto o simple extravío del equipaje.
• El Equipaje no facturado.
• Las partes integrantes o los accesorios de un objeto (por ejemplo, la tapa del objetivo de una cámara
de fotos).
• Los equipos electrónicos y digitales.
• Dinero, joyas.
• Documentos.
4.3 Robo de equipaje no facturado
Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad.
Aplicamos esta reducción como consecuencia del uso y desgaste.
¿En qué casos le indemnizaremos?
Cuando durante su v iaje:
• Le roban su equipaje .
Para que podamos indemnizarle nos tiene que enviar:
• La relación detallada y valorada de los objetos robados. Tiene que indicarnos también la fecha de
compra de estos .
• La denuncia hecha ante la policía o las autoridades correspondientes en el lugar del suceso .
• La reclamación ante el establecimiento público donde se hubiera producido el suceso .
• El documento que indica la decisión de la compañía de seguros del establecimiento público sobre su
caso (si le han indemnizado o no y cuánto le han indemnizado) .
Solo indemnizaremos las cantidades que no hayan sido pagadas por un tercero (por ejemplo, la compañía de seguros
de un hotel o de una empresa de autobuses).
No indemnizaremos por:
• El hurto del equipaje .
• El robo del equipaje que esté en un vehículo o en una tienda de campaña .
• Dinero, joyas .
• Documentos .
• Las partes integrantes o los accesorios de un objeto, de forma independiente (por ejemplo, la tapa de
un objetivo de una cámara de fotos).
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Seguro de viaje
4.4 Robo de objetos de valor
Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada .
¿En qué casos le indemnizaremos?
Si durante su v iaje sus objetos de valor :
• Son robado s
• Son dañados porque intentan robárselos.
¿Qué son objetos de valor?
Teléfono móvil, ordenador portátil o tableta, maletín del asegurado, gafas graduadas, lentillas graduadas .
Para que podamos indemnizarle usted nos tiene que enviar la denuncia hecha ante la policía o autoridades
correspondientes en el lugar donde haya ocurrido el robo o el intento de robo. Esta denuncia tiene que incluir el listado
y el valor aproximado de los objetos robados o dañados.
No indemnizaremos por:
• El hurto o simple extravío.
• El robo de los objetos que estén en un vehículo o tienda de campaña.
• Las partes integrantes o los accesorios de un objeto, de forma independiente (por ejemplo, el cargador
del móvil).
• Cualquier perjuicio que se pueda producir por el robo o intento de robo, ni porque terceras personas
hagan un uso indebido de los objetos robados.
4.5 Demora de equipaje
Si la compañía transportista se retrasa en entregarle su equipaje facturado, pagaremos hasta el límite correspondiente
a la modalidad contratada.
¿En qué casos pagaremos?
Cuando la demora es superior a 12 horas o transcurre una noche de por medio.
¿Qué gastos pagaremos?
Los gastos por la compra necesaria de ropa y artículos de higiene imprescindibles.
Para que podamos pagar estos gastos usted nos tiene que enviar:
• Copia de las facturas de los gastos y el justificante de l pago. En las facturas o justificantes de pago debe
constar el detalle de los objetos.
• La etiqueta de facturación del equipaje .
• El justificante del retraso emitido por la compañía transportista (P.I.R.) .
• El justificante de la compañía transportista que indique que le han entregado su equipaje. Este
documento debe indicar la fecha y la hora en que se lo han entregado.
Si la compañía transportista declara su equipaje como perdido definitivamente, restaremos el importe pagado del
que le indemnicemos por “Pérdida, daños y robo de equipaje”.
No pagaremos estos gastos cuando el retraso o las compras son en la provincia donde tiene su domicilio habitual.
4.6 Información de trámites para cancelar tarjetas
Le informaremos de las gestiones que tiene que hacer para cancelar una tarjeta bancaria o no bancaria si usted la
pierde o se la roban.
La tarjeta tiene que haber sido emitida por terceros en España.
4.7 Envío de objetos personales
Organizaremos y pagaremos el envío de objetos personales necesarios para su v iaje cuando:
• Los haya olvidado en su domicilio habitual .
• Los haya olvidado en el lugar de su v iaje .
• Se hayan recuperado después de un robo y usted ya haya regresado a su domicilio habitual.
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Seguro de viaje
Los objetos personales necesarios para el viaje son: lentillas, prótesis, gafas, tarjetas de crédito, carnet de conducir,
D.N.I. y pasaporte.
Los enviaremos al lugar donde usted se encuentre (destino de su v iaje o domicilio habitual según el caso).
Pagaremos el envío de un paquete de hasta 10 kg.
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Seguro de viaje
Servicios de ayuda en viaje
¿Qué cubre su póliza?
Le prestaremos los siguientes servicios en caso de necesitarlos durante su viaje:
• 5.1 Servicio de Información .
• 5.2 Bloqueo del teléfono móvil.
• 5.3 Adelanto del importe de la fianza penal exigida en el extranjero .
• 5.4 Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en el extranjero.
• 5.5 Gastos de comunicación .
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
Debe seguir las indicaciones que Le hagamos y facilitarnos la información que Le solicitemos.
•
Ayuda en Viaje 24 horas
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
Documentación que debe facilitarnos:
Copia de las facturas de los gastos y el justificante del pago.
• Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar su caso.
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Seguro de viaje
Contenido de las coberturas:
5.1 Servicio de Información
Le ofrecemos un servicio de información durante las 24 horas todos los días del año.
¿Qué tipo de información le podemos facilitar?
• Información turística .
• Información sobre formalidades administrativas .
• Información médica sobre vacunas y requisitos médicos para viajar .
• Información de condiciones de viaje y de vida local .
• Información de medios de transporte, alojamientos, restaurantes, centros comerciales, centros de ocio
y otros similares .
• Información relacionada con el vehículo como talleres, gasolineras, compañías aseguradoras .
5.2 Bloqueo del teléfono móvil
Si usted sufre un robo o pierde su teléfono móvil, nos pondremos en contacto con su operador para solicitar el bloqueo
de este.
Necesitaremos su autorización y la documentación que estime necesaria el operador telefónico.
No nos hacemos responsables de ningún gasto, incluyendo el derivado del uso indebido de su teléfono móvil.
5.3 Adelanto del importe de la fianza penal exigida en el extranjero
Si durante su v iaje por el extranjero necesita pagar una fianza penal, le adelantaremos hasta el límite correspondiente
a la modalidad contratada.
El motivo para esta fianza tiene que ser porque usted haya sido encarcelado o procesado por un accidente de
circulación en el extranjero .
En todos los casos le solicitaremos algún tipo de aval o garantía de cobro para adelantarle el dinero .
5.4 Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en el extranjero
Si durante su v iaje por el extranjero tiene un accidente de circulación y necesita asistencia jurídica, le adelantaremos
hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
¿Para qué es el adelanto?
Para que usted pueda pagar los honorarios de abogado y procurador que necesite.
En todos los casos Le solicitaremos algún tipo de aval o garantía de cobro para adelantarle el dinero.
5.5 Gastos de comunicación
Le pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada por los gastos que usted tenga para ponerse
en contacto con nosotros cuando necesite asistencia. Estos gastos son los relativos a llamadas telefónicas, faxes o
trámites similares.
Para que poda mos pagarle estos gastos usted n os tiene que enviar copia de las facturas y el justificante de l pago. En las
facturas o justifi cantes debe constar el detalle .
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Seguro de viaje
Responsabilidad Civil Privada
¿Qué cubre su póliza?
PRESTACIÓN ASEGURADA POR EUROP ASSISTANCE IRISH BRANCH, con sede principal en Central Quay, Ground Floor,
Block B, Riverside IV, Sir John Rogerson ’s Quay, Dublin 2, D02 RR77, Irlanda, inscrita en el Registro Mercantil de
Irlanda con el número 907089 .
Si durante su desplazamiento profesional usted es responsable de causar daños a un tercero, pagaremos la
indemnización hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
¿Qué indemnizaciones pagaremos?
Pagaremos las indemnizaciones económicas según l o establecido en la ley española (artículos 1902 a 1910 del Código
Civil) o leyes extranjeras equivalentes.
Se incluyen las indemnizaciones, el pago de costas y gastos y las fianzas judiciales .
Estas indemnizaciones son las que usted tenga que pagar como responsable de daños corporales o materiales causados
de forma involuntaria a personas, animales o cosas.
No pagaremos cuando los daños se le causen a usted, al tomador o al resto de asegurados de esta póliza.
Tampoco a las siguientes personas cuya relaci ón con cualquiera de ellos sea:
• Cónyuge o pareja de hecho .
• Ascendientes o descendientes .
• Cualquier familiar que conviva en el mismo hogar .
• Socios o asalariados.
• Cualquier persona que tenga algún tipo de dependencia de ellos.
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
Queda excluido:
• Cualquier responsabilidad que le corresponda a usted por conducir vehículos a motor, aeronaves o
embarcaciones, o por el uso de armas de fuego.
• La Responsabilidad Civil por actividades profesionales, sindicales, políticas o asociativas.
• Cualquier responsabilidad por la práctica de actividades deportivas peligrosas o de alto riesgo.
• Multas o sanciones que le imponga un tribunal o autoridad.
• Los daños a objetos que le hayan confiado a usted .
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de Su solicitud de asistencia y durante la misma:
1. Debe informarnos por escrito de cualquier incidente que pudiera dar lugar a una reclamación tan pronto
como le sea posible.
2. Debe enviarnos cualquier documento tan pronto como lo reciba.
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Seguro de viaje
Ayuda en Viaje 24 horas
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
Documentación que debe facilitarnos:
Le solicitaremos el original si lo consideramos necesario.
• Justificante que pruebe el suceso (por ejemplo, reclamación de un tercero, denuncia policial, parte del
accidente o lesiones) .
• Cualquier documento que Le solicitemos para poder gestionar su caso.
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Seguro de viaje
Seguro de accidentes
¿Qué cubre su póliza?
Seguro de accidentes (fallecimiento e invalidez ).
FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE
Hasta el límite económico correspondiente a la modalidad contratada .
El asegurador garantiza el pago de la suma asegurada establecida cuando, como consecuencia de un accidente, se
produzca el fallecimiento instantáneo del asegurado o éste sobrevenga, por la evolución de las lesiones sufridas, dentro
del plazo de un año desde la fecha del siniestro.
Para los menores de 14 años o incapacitados legalmente, la prestación por fallecimiento se refiere exclusivamente
a los gastos de sepelio efectivamente justificados, que en ningún caso podrán exceder de la suma asegurada para
esta cobertura o como máximo l a cantidad de 3.000 €.
El importe de las prestaciones satisfechas por invalidez permanente, a con secuencia del mismo accidente, se
deduce de las prestaciones a satisfacer por fallecimiento debido al mismo accidente.
INVALIDEZ PERMANENTE
Hasta el límite económico correspondiente a la modalidad contratada .
El asegurador garantiza el pago de la suma asegurada establecida cuando se produzca la invalidez permanente absoluta
del asegurado, que le inhabilite por completo para toda profesión u oficio.
A estos efectos, el riesgo de Invalidez permanente absoluta solo se entenderá acaecido, previo reconocimiento de esta
mediante Resolución del Órgano Administrativo competente de la Seguridad Social o Resolución Judicial firme.
Limitación a la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta .
En caso de accidente cubierto por la póliza y que afecte a la garantía de Invalidez permanente parcial y/o absoluta, se
reducirá la indemnización en el mismo porcentaje de invalidez que padeciera el Asegurado con anterioridad a la fecha
de accidente.
Quedan totalmente excluidos los accidentes producidos como consecuencia directa de dichas invalideces preexistentes.
Baremo para la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta
• Parálisis completa 100%
• Enajenación mental incurable 100%
• Ceguera absoluta 100%
• Pérdida total de un ojo o de la visión del mismo 30%
• Pérdida total de un ojo o de la visión del mismo cuando el otro ya estaba
70%
perdido
Baremo para la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta (Cont.)
• Sordera completa 60%
• Sordera completa de un oído 15%
• Sordera completa de un oído cuando el otro ya estaba perdido 30%
• Ablación completa de la mandíbula inferior o pérdida total del maxilar
25%
inferior
Pérdida total o inutilización absoluta de:
o Ambos brazos, manos, piernas o pies 100%
o Un brazo y una pierna o un pie 100%
o Una mano y un pie 100%
o Un brazo o la mano 60% (dcho.) y 50% (izdo.)
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Seguro de viaje
o Un dedo pulgar 20% (dcho.) y 16% (izdo.)
o El dedo índice 16% (dcho.) y 13% (izdo.)
o Uno de los demás dedos de la mano 8% (dcho.) y 7% (izdo.)
o El movimiento del hombro 25% (dcho.) y 20% (izdo.)
o El movimiento del codo 20% (dcho.) y 15% (izdo.)
o El movimiento de la muñeca 20% (dcho.) y 15% (izdo.)
o La pierna por encima de la rodilla 50%
o La pierna a la altura o por debajo de la rodilla, o del pie completo 40%
o El dedo gordo del pie 10%
o Uno de los demás dedos del pie 5%
o El movimiento de la cadera o de la rodilla 20%
o El movimiento del tobillo 20%
o El movimiento de la articulación subastragalina 10%
o El movimiento de la columna cervical, dorsal o lumbar, con o sin 33%
manifestaciones neurológicas
• Acortamiento, no inferior a cinco centímetros, de la pierna 15%
• Fractura no consolidada de la pierna o del pie 25%
• Fractura no consolidada de la rótula 20%
Los porcentajes de invalidez considerados para derecho e izquierdo se han tenido en cuenta para una persona diestra.
Por lo tanto, si el asegurado es zurdo, lo que deberá probar convenientemente, se intercambiarán los citados
porcentajes.
Las limitaciones y pérdidas anatómicas de carácter parcial se indemnizarán proporcionalmente respecto a la pérdida
absoluta del miembro y órgano afectado. La impotencia funcional absoluta de un miembro u órgano será considerada
como pérdida total del mismo .
En los casos d e invalidez no previstos en el baremo, el importe de la prestación se determina por analogía,
proporcionalmente a su gravedad, según dictamen médico emitido por especialista en evaluación de daño corporal.
El grado de invalidez a tomar en cuenta, cuando un mismo accidente cause diversas pérdidas anatómicas o funcionales,
se calculará sumando los porcentajes correspondientes a cada una de los mismos sin que dicho grado pueda exceder
del cien por cien (100%).
Si la invalidez resultante de un accidente se vies e agravada por defecto, mutilación o limitación funcional preexistente,
el porcentaje de indemnización será la diferencia entre el de la invalidez preexistente y el que resulte después del
accidente.
En caso de invalidez permanente parcial sobrevenida al asegurado como consecuencia de un accidente garantizado por
la póliza, que deje lesiones residuales que pre cisen prótesis ortopédicas, el asegurador pagará el importe que alcance la
primera prótesis que se practique al asegurado, hasta la cantidad de 600 €.
Indemnización máxima por siniestro en fallecimiento por accidente y/o invalidez permanente
La indemnizac ión máxima por siniestro, en cada póliza colectiva, será la indicada para la opción contratada, con
independencia del número de asegurados afectados por el mismo siniestro. En caso de superarse este límite, la
indemnización se repartirá proporcionalmente en función del capital asegurado por cada afectado y el número de
asegurados afectados.
ÁMBITO DE COBERTURA
El asegurador garantiza hasta la suma fijada, y a reserva de las exclusiones que se indican en las Condiciones Generales,
el pago de las indemnizaciones que en caso de muerte o de invalidez permanente puedan corresponder a consecuencia
de los accidentes acaeci dos al asegurado durante los viajes y estancias fuera de su domicilio habitual.
•
• Cobertura 24 horas. El asegurador garantiza el pago de las indemnizaciones previstas derivadas de un
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Seguro de viaje
accidente corporal, cubierto por la póliza, ocurrido tanto en la vida privada como en el ejercicio de la
profesión.
•
• Cobertura de accidente en medio de transporte. El asegurador garantiza el pago de un capital adicional
al anterior en caso de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el asegurado viaja
como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos
mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las
estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transporte .
3.2.
BENEFICIARIOS
La condición de Beneficiario corresponderá a las personas físicas en cuyo favor se generen las prestaciones objeto de
cobertura.
En caso de incapacidad permanente derivada de un accidente será beneficiario del seguro el propio asegurado.
La designación expresa de beneficiarios deberá ser comunicada a través de un correo electrónico en la dirección:
policies_contracts @europ - assistance.es, acreditando siempre la condición de asegurado junto con el nombre y DNI de
los beneficiarios designados.
En caso de fallecimiento por accidente del asegurado, y en ausencia de designación expresa hecha por el mismo, regirá
el orden de prelación preferente y excluyente que se establece a continuación:
• Cónyuge no separado legalmente o la pareja de hecho.
• Hijos o descendientes, naturales o adoptados, así como aquellos menores de edad que se encuentren
bajo la protección del asegurado en régimen de acogimiento preadoptivo, todos ellos por partes
iguales.
• Padres o ascendientes por partes iguales.
• Hermanos por partes iguales.
• Herederos legales
CLÁUSULA DE INDEMNIZACIÓN POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS DE LAS PÉRDIDAS DERIVADAS
DE ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS EN SEGUROS DE PERSONAS
De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el tomador de un contrato de seguro de los que
deben obligatoriamente in corporar recargo a favor de la citada entidad pública empresarial tiene la faculta d de convenir
la cobertura de los riesgos extraordinarios con cualquier entidad aseguradora que reúna las condiciones exigidas por la
legislación vigente.
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España o en
el extranjero, cuando el asegurado tenga su residencia habitual en España, serán pagadas por el Consorcio de
Compensación de Seguros cuando el tomador hubiese satisfecho los correspondientes recargos a su favor y se
produjera alguna de las siguientes situaciones:
• Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación de Seguros no esté amparado
por la póliza de seguro contratada con la entidad aseguradora.
• Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones de la entidad aseguradora no
pudieran ser cumplidas por haber sido declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un
procedimiento de liquidación intervenida o asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.
• El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a lo dispuesto en el mencionado
Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro
de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 30 0/2004, de 20 de febrero, y en las
disposiciones complementarias.
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Seguro de viaje
Resumen de las normas legales
ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS CUBIERTOS
Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias, incluidas las
producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos
extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
Hechos o actuaciones de las Fuer zas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y la caída de cuerpos siderales se certificarán, a
instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, mediante informes expedidos por la Agencia Estatal de
Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional y los demás organismos públicos competentes en la materia. En
los casos de acontecimientos de carácter político o social, así como en el supuesto de daños producido s por hechos o
actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el Consorcio de
Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos jurisdiccionales y administrativos competentes información
sobre los hechos aca ecidos.
RIESGOS EXCLUIDOS
• Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.
• Los ocasionados en personas aseguradas por contrato de seguro distinto a aquellos en que es
obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros.
• Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra.
• Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 12/2011, de 27 de
mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
• Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados en el apartado 1.a)
anterior y, en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas,
deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de roca s y fenómenos similares, salvo
que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia que, a su vez,
hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con
carácter simultáneo a dicha inundación.
• Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones
llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del
derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las citadas
actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios de los señalados en el
apartado 1.b) anterior.
• Los causados por mala fe del asegurado.
• Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de
conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de
Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extingu ido por falta de pago de
las primas.
• Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación como
de «catástrofe o calamidad nacional».
EXTENSIÓN DE LA COBERTURA
La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y sumas aseguradas que se hayan
establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios.
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Seguro de viaje
En las pólizas de seguro de vida que, de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa
reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de
Seguros se referirá al capita l en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la
provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe
correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se
efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por
quien actúe por cuenta y no mbre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya
intervención se hubiera gestionado el seguro.
• La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información relativa al procedimiento y al
estado de tramitación de los siniestros podrá realizarse:
o Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de Compensación de
Seguros (952 367 042 o 902 222 665).
o A través de la página web del Consorcio de Compensación de S eguros
(www.consorseguros .es).
• Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo a la
legislación de seguros y al contenido de la póliza de seguro se realizará por el Consorcio de
Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valo raciones que, en su caso, hubiese
realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios.
• Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la
indemnización al beneficiario del seguro mediante transferencia bancaria.
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
Con carácter general, el asegurador no garantizará los siguientes accidentes, enfermedades o lesiones, ni sus
consecuencias:
• Acaecidos antes de la fecha de efecto de la póliza, aun cuando se manifiesten durante su vigencia,
ni las manifestadas después de transcurridos 365 días de la fecha del siniestro.
• Los daños por hechos o fenómenos que se encuentren cubiertos por el Consorcio de Compensación
de Seguros, según la Legislación vigente en cada momento.
Quedan excluidos los siniestros que sean consecuencia o se deriven de:
• Los provocados intencionadamente por el asegurado o los beneficiarios de la póliza. De existir
varios beneficiarios, los no intervinientes conservarán íntegro su derecho a la totalidad del capital
asegurado.
• Imprudencia temeraria, negligencia grave y/o participación del asegurado en apuestas, desafíos,
duelos, riñas o actos delictivos, salvo lo indicado en la letra d) del apartado Consideración de
Accidente del Art. PRELIMINAR.
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Seguro de viaje
• La práctica profesional de cualquier deporte. Así como la práctica, en calidad de aficionado de:
deportes acuáticos a más de 3 km., de la orilla o costa ; Submarinismo a más de 20 metros de
profundidad; Actividades aéreas y paracaidismo; Automovilismo, mot ociclismo, competiciones de
velocidad; Escalada, alpinismo de alta montaña y espeleología; Equitación y polo; Boxeo, lucha y
artes marciales; Patinaje y hockey sobre hielo, y esquí; Caza mayor fuera de España; Toreo y
encierro de reses bravas; así como cua lquier otro deporte o actividad cuyo riesgo pueda
considerarse similar a los citados.
• La conducción de vehículos a motor si el asegurado no está en posesión de la autorización
administrativa correspondiente.
• Intoxicaciones alimenticias o medicamentosas.
• Lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos que no
hayan sido motivados por un accidente.
• Reacción o radiación nuclear y contaminación radiactiva, excepto las consecuencias de
tratamientos aplicados al asegurado por un accidente.
El rescate de personas en montañas, mares, selvas o desiertos. Las insolaciones, congelaciones y otras
consecuencias de la acción del clima que no hayan sido motivadas por un accidente.
• Los accidentes sufridos por el Asegurado que se encuentre en estado de embriaguez, esto es,
cuando el grado de alcoholemia sea superior al establecido por la normativa vigente en el
momento del accidente o bajo los efectos de drogas tóxicas o estupefacient es.
• Las lesiones corporales derivadas de un accidente cubierto por la póliza que no se hubiera
manifestado ni estuviera acreditado dentro de los 365 días siguientes a la fecha del accidente.
• Las lesiones que se produzcan a consecuencia de una enfermedad, afecciones cerebro - vasculares,
epilepsia, enajenación mental, síncope.
• El infarto, salvo que sea declarado como accidente laboral por la autoridad laboral competente.
Para poder ser indemnizado como consecuencia de un infarto de miocardio se requiere que éste
haya sido la causa única e inmediata del fallecimiento o de la inva lidez.
• La miopía magna.
• En caso de agravarse las consecuencias de un accidente, por una enfermedad o estado morboso
preexistente o sobrevenido después de ocurrido aquél, pero por causa independiente del mismo, el
Asegurador responde sólo de las consecuencias que el accidente hubi era tenido sin la influencia
agravante de tal enfermedad o estado morboso. Si no fuera posible determinar el grado de
incidencias que las lesiones o estados patológicos preexistentes han tenido en la producción de las
secuelas, se entenderá que han ocurrid o al 50% con el accidente.
• Los accidentes producidos como consecuencia directa de una invalidez preexistente.
En ningún caso serán objeto de cobertura, aunque deriven de un accidente, las hernias de cualquier clase, las
lumbalgias, cervicalgias y dorsalgias de cualquier etiología, las varices, los aneurismas; los accidentes
cerebrovasculares salvo que sean consecu encia directa de un accidente cubierto en póliza, y todas las algias cuya
causa no pueda ser objetivada por los medios de diagnóstico habituales.
Personas no asegurables
Salvo pacto expreso en contrario, el seguro será nulo de pleno derecho:
• Para las personas aquejadas de ceguera o fuerte miopía (más de 12 dioptrías), sordera completa,
parálisis, epilepsia, enajenación mental, alcoholismo, y las que hayan sufrido ataques de apoplejía
o de “deliriums tremens”.
o No obstante, el asegurador podrá aceptar, mediante pacto expreso, la cobertura de las
personas afectadas por alguna de las lesiones, enfermedades crónicas o minusvalías físicas o
psíquicas indicadas anteriormente.
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Seguro de viaje
o Caso de manifestarse las enfermedades o circunstancias enumeradas en el párrafo anterior
con posterioridad a la entrada en vigor de la póliza, el asegurado deberá ponerlo en
conocimiento inmediato del asegurador, el cual, caso de no aceptar la continuidad de la póliza,
reembolsará la parte de prima correspondiente al periodo que no consumido de la anualidad
en curso, desde la fecha de la notificación.
• Para las personas cuya edad en el momento de ocurrencia del siniestro sea de 70 años o superior.
Salvo pacto en contrario, al finalizar cada periodo de seguro, causaran baja como asegurados aquellos que
durante el mismo hayan cumplido los setenta años .
No obstante, el Asegurador, a su criterio, podrá aceptar la permanencia de los asegurados mayores de 70 años, en
los términos en que su normativa de suscripción le permita. En estos supuestos las primas, coberturas y capitales
podrán sufrir variación.
Para las personas que, a la fecha de efecto de la póliza, se encontrase en situación de incapacidad temporal, o
tramitando la solicitud de declaración ante cualquier organismo u órgano de la Seguridad social o, en su caso,
ante el órgano de la comunidad autónoma que resulte com petente, de la situación de Invalidez permanente
parcial para la profesión habitual, de Invalidez permanente Total para la profesión habitual o de Invalidez
permanente Absoluta para todo trabajo o de Gran Invalidez.
Trámites en caso de siniestro
Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
Debe ponerse en contacto con nosotros y seguir las indicaciones que Le hagamos. Le indicaremos la documentación
que necesitamos para poder gestionar su caso.
Ayuda en Viaje 24 hor as
Desde España: 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 99 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
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Seguro de viaje
Gestión del proceso sucesorio
¿Qué cubre su póliza?
Los abogados y gestores de nuestra red asesorarán y realizarán la gestión integral del proceso sucesorio extrajudicial
derivado de su fallecimiento durante un desplazamiento profesional asegurado por esta póliza .
ASESORAMIENTO Y GESTIÓN EN SUCESIONES
Daremos este servicio si sus herederos nos lo solicitan.
¿Qué gestionamos?
- Asistencia jurídica telefónica en materia sucesoria.
- Obtención de todos los certificados necesarios:
o Defunción.
o Nacimiento.
o Matrimonio o convivencia.
o Fe de vida.
- Registro de actos de últimas voluntades.
- Trámites en el Instituto Nacional de Seguridad Social:
o Baja.
o Auxilio por defunción.
o Altas del cónyuge.
o Altas de otros beneficiarios.
- Anotación del fallecimiento en el Libro de Familia.
- Tramitación de las pensiones de viudedad y orfandad.
- Solicitud de nombramiento de defensor judicial en caso de incapacitados o menores.
- Consulta al Registro de Contratos de Seguro de cobertura de fallecimiento.
- Asesoramiento en la tramitación sucesoria no litigiosa:
o Copia del último testamento.
o Declaración de herederos abintestato.
o Apertura del testamento.
o Determinación del caudal hereditario.
o Adjudicación y partición de la herencia.
- Liquidación del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía
mortis causa).
- Liquidación del impuesto de sucesiones.
- Gestión de las inscripciones registrales necesarias.
Así mismo le asesoraremos sobre:
o El otorgamiento de testamento.
o Diseño, redacción, elaboración y, en su caso, intervención en el acto de la firma notarial.
El horario es de 9:00 a 18:00 de lunes a viernes, excepto festivos de carácter nacional. (Horario peninsular de España) .
¿Qué gastos pagamos?
- Honorarios de los abogados.
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Seguro de viaje
- Honorarios de gestores administrativos.
- Honorarios de procurador.
- Tasas por la obtención de certificados.
- Gastos de desplazamiento y mensajería.
Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada en caso de libre elección de abogado y procurador.
Solo tramitaremos los procesos sucesorios que estén sujetos a la legislación española. En aquellos casos en que no sea
así, gestionaremos:
o El servicio de liquidación del impuesto de sucesiones si se debe tributar en España .
o La obtención del certificado de defunción si esta ha sucedido en España .
En caso de asegurados no residentes en España, pagaremos a sus herederos los gastos que se produzcan por tramitar
esta garantía en su país de residencia. Pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
¿Qué gastos no pagamos?
• Impuestos de todo tipo.
• Honorarios de notaría.
• Honorarios de registros.
• Cualquier otro gasto o tasa no incluido entre los gastos asumidos por nosotros.
RESPONSABILIDAD
No podemos responder de la veracidad de los datos que se nos comuniquen. Por tanto , no asumiremos ninguna
responsabilidad en caso de inexactitud y/o falta d e actualización de estos . Si la información no es exacta y por ese
motivo se producen perjuicios para nosotros, podremos exigir la reparación de estos .
ELECCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR
Sus herederos tendrá n derecho a elegir libremente al procurador y abogado que hayan de representarle s y defenderle s
en cualquier clase de procedimiento . Si el abogado elegido no resid e en el partido judicial donde haya de sustanciarse el
procedimiento base de la prestació n garantizada, serán a cargo de sus herederos los gastos de desplazamiento, dietas o
cualquier otro gasto que dicho profesional incluya en su minuta.
Sus herederos tendrá n derecho a elegir libremente procur ador y abogado en los casos en que se presente conflicto de
intereses entre las partes del contrato.
El abogado y procurador designados por sus herederos no estarán sujetos, en ningún caso a nuestra s instrucciones .
Sus herederos tienen que informarnos de los nombre s del abogado y procurador elegido s antes de que los designen .
Pagaremos los honorarios del a bogado según los honorarios orientativos de cada Colegio Profesional.
Los importes máximos aplicables serán los fijados por las normas orientativas dict adas por el Colegio Profesional
correspondiente a efectos de tasaciones de costas y jura de cuentas de los abogados sin que el conjunto de gastos
sobrepase el lí mite correspondiente a la modalidad contratada.
Si se produce un conflicto de intereses entre las partes, lo comunicar emos a Sus herederos para que pueda n decidir
sobre la designación del abogado o procurador que estime n conveniente para la defensa de sus intereses.
AUTORIZACIÓN EXPRESA
Sus herederos nos autoriza n a elabor ar, designar el firmante y presentar en su nombre todos los escritos, solicitudes,
recursos, consultas de expedientes sancionadores o gestiones que sean oportunas con el fin de cumplir con el objeto de
esta garantía.
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Seguro de viaje
¿Qué NO cubre su póliza?
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.
¿Qué no gestionamos?
• Los procesos sucesorios en los que haya un conflicto de intereses entre los herederos. En estos
casos solo realizaremos el asesoramiento telefónico general.
• Aquellos en los que sea necesario un procedimiento judicial, a excepción de la solicitud de
nombramiento de defensor judicial, o declaración de herederos colaterales.
Trámites en caso de siniestro
Qué se debe hacer antes de la solicitud de asistencia y durante la misma:
• Sus herederos deben ponerse en contacto con nosotros y seguir las indicaciones que les hagamos. Les
indicaremos la documentación que necesitamos para poder gestionar su caso.
• Sus herederos se obligan a entregarnos por correo, fax, correo electrónico o directamente en nuestras
oficinas las notificaciones que reciban a la mayor brevedad posible y como tarde al menos con cinco
días hábiles de antelación al vencimiento del plazo le gal de presentación del escrito correspondiente,
con indicación de la fecha y forma de recepción de la notificación.
• Si se trata de una actuación judicial o administrativa de carácter inmediato, sus herederos deberán
comunicarnos de forma inmediata que han recibido dicha comunicación.
• También se obligan a colaborar con nosotros en todas las aclaraciones o gestiones necesarias para
poder prestarles el servicio.
Gestión del Proceso Sucesorio
Desde España : 900 299 279
Teléfono
Desde el Extranjero: (34) 91 514 9 9 70
Indíquenos el número de su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.
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Seguro de viaje
Servicio de Reclamación Aérea.
Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por retraso,
cancelación u overbooking con ReclamaTravel
Su póliza le ofrece el acceso a un servicio adicional de ayuda a los viajeros, a través de la empresa ReclamaTravel,
donde usted podrá gestionar las reclamaciones aéreas relativas a retraso o cancelación de vuelo, o pérdida de
conexiones amparadas en por l os Derechos de los pasajeros, recogidos en el Reglamento UE 261/2004.
¿Qué incidencias puede gestionar?
• ⏱️Retraso del vuelo (más de 3 horas)
• ❌Cancelación del vuelo (sin aviso previo o con aviso inferior a 14 días)
• 🚪Overbooking / Denegación de embarque / Pérdida de enlace
¿Cuál es el ámbito de reclamación?
• Vuelos dentro de la Unión Europea (cualquier aerol ínea).
• Vuelos que salen de la Unión Europea hacia un país no perteneciente a la Unión Europea (cualquier
aerolínea).
• Vuelos que llegan a la Unión Europea desde un país no perteneciente a la Unión Europea (solo si la
aerolínea es comunitaria).
¿Cómo puede acceder a este servicio?
1. A través del formulario web, usted puede verificar si su vuelo es reclamable en 3 clics.
2. Link: https://reclamatravel.com/colectivos/servicio_reclamacion_aerea.html
3. Una vez confirmado que su vuelo es reclamable, tendrá que aportar las Condiciones Particulares de su seguro
y firmar la cesión de crédito para autorizar a ReclamaTravel la representación. Las Condiciones Particulares de
su póliza están adjuntas en su mail de bienvenida, cuando compra una de nuestras pólizas.
4. ReclamaTravel, a través de su equipo jurídico, gestionará su reclamación por la vía extrajudicial y, si es
necesario, también la judicial.
5. Desde su área privada podrá ver el estado actual de su reclamación y la cronología de esta .
6. Si su reclamación es favorable, ReclamaTravel le pagará el importe reclamado descontando la comisión de
servicio.
¿Qué comisiones aplica ReclamaTravel?
Resolución extrajudicial : 20% + IVA
Resolución judicial: 30% + IVA
El derecho de cobro de las reclamaciones es siempre del titular del billete aéreo, independientemente de quién haya
pagado el vuelo (por ejemplo, si una empresa realiza el pago del vuelo).
Es posible pagar la reclamación en una cuenta ajena al titular del billete aéreo. Para ello, el titular del billete deberá
autorizarlo.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
No interv enimos en la prestación de este servicio ni asum imos responsabilidad alguna por su
ejecución, resultados o consecuencias, correspondiendo dicha responsabilidad de forma exclusiva
a ReclamaTravel.
Nuestra actuación se limita a facilitar le el acceso al servicio en condiciones preferentes .
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Seguro de viaje
Cómo contactar con Reclamatravel para obtener su compensación
https://reclamatravel.com/colectivos/servicio_reclamacion_aerea.html
o escanee el código QR :
Link:
Desde España 96 020 94 62
Teléfono
Desde el Extranjero: +34 96 020 94 62
Email para consultas reclamacionesaereas@reclamatravel.com
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Exclusiones generales
Exclusiones generales
AVISO IMPORTANTE
No estará cubierto esta póliza si usted viaja a un país, región o área a los que una autoridad
gubernamental de su país de domicilio habitual haya recomendado no viajar o solo viajará en caso
indispensable.
A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las
garantías aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
• Hechos ocurridos con anterioridad al inicio de la póliza.
• Actos fraudulentos del asegurado, tomador y/o beneficiarios de la póliza.
• Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto.
• Las consecuencias derivadas de la práctica de deportes de invierno.
• Cualquier acto de g uerra, incluyendo civil, extranjera o invasión, esté o no declarado oficialmente,
salvo lo indicado en las garantías correspondientes y lo indicado en el apartado “Ámbito
Territorial”.
• Manifestaciones, disturbios, insurrecciones, revoluciones, movimientos tumultuosos populares, y
sabotajes , salvo lo indicado en las garantías correspondientes y lo indicado en el apartado “Ámbito
Territorial”.
• Actos de terrorismo , h uelgas, salvo lo indicado en las garantías correspondientes y lo indicado en
el apartado “Ámbito Territorial”.
• La transmutación del núcleo del átomo, así como de las radiaciones provocadas por la aceleración
artificial de partículas atómicas.
• Catástrofes naturales, m ovimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general,
los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza. Cualquier otro fenómeno
de carácter catastrófico extraordinario o acontecimiento que por su magnitud o gravedad sean
calificados como catástrofe o calamidad.
• Cualquier persona que no se nos haya comunicado como asegurado.
• No cumplir con las leyes o normativas que estén vigentes en el momento en que ocurra el suceso.
ACLARAC IÓN IMPORTANTE
El objeto de esta póliza es cubrir únicamente a las personas aseguradas. Compruebe que todas las personas
que viajan disponen de un seguro que cubra sus necesidades.
Esto incluye aquellos casos en que usted haya pagado por costes adicionales. Por ejemplo, usted ha pagado sus
gastos de alojamiento y los de otra persona que no está asegurada. Si tenemos que pagarle estos gastos solo
Le abonaremos los correspondientes a usted.
La única excepción es si usted sufre un accidente o enfermeda d Imprevista durante el v iaje y nuestro servicio
médico autoriza que una persona permanezca con usted.
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Pago y cancelación de la póliza
Pago y cancelación de la póliza
Pago de la prima
El tomador del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la formalización de la póliza.
Será válido también el pago de la prima si nos llega a través de un corredor o agente de seguros en nombre del
Tomador.
En todo caso, si la prima no ha sido satisfecha antes de que se produzca el Siniestro, quedaríamos liberados de nuestras
obligaciones.
Impago de la prima
• Exigir el pago .
• Cancelar su póliza con efecto inmediato .
• Negar el pago de cualquier siniestro que usted tenga pendiente .
• Remitir los datos de su póliza a nuestras agencias de cobro para que puedan recuperar el dinero en
nuestro nombre y registrar la deuda pendiente.
Nuestros derechos para cancelar la póliza :
Nos reservamos el derecho a cancelar su póliza en cualquiera de los siguientes supuestos:
• Si usted hace una solicitud fraudulenta de asistencia, de indemnización o de pago de gastos.
• Si usted está implicado o lo ha estado en actividades delictivas o ilegales.
• Si su comportamiento hacia nuestros empleados o prestatarios o el lenguaje que utiliza con ellos es
amenazador u ofensivo.
• Si el tomador no paga la prima.
• Si usted actúa intencionadamente con falsedad.
En ninguno de los casos indicados reembolsaremos la prima.
Sus derechos para cancelar la póliza :
El tomador puede solicitar la cancelación de la póliza antes de que entre en vigor.
Una vez que haya entrado en vigor, solo se permite la cancelación si:
• El seguro tiene una duración de más de 30 días .
• Si cancela en los 14 primeros días desde la fecha de inicio de la póliza.
Si el tomador solicita la cancelación de su póliza según se indica anteriormente, una vez que aceptemos la solicitud, la
póliza quedará cancelada en la fecha en que nos lo solicitó.
En este caso el tomador tiene derecho a que le devolvamos la prima o la parte proporcional de la prima no consumida.
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Reclamaciones
Reclamaciones
Queremos ofrecerle el mejor servicio. Pero, si no está satisfecho, ponemos a su disposición un Servicio de
Reclamaciones cuyo Reglamento puede consultar en la página web www.europ - assistance.es que cumple con la
normativa de transparencia y protección del cliente.
Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de
cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o escribiendo al Servicio de
Reclamaciones:
Servicio de Reclamaciones
Email reclamaciones@europ - assistance.es
EUROP ASSISTANCE, Servicio de Reclamaciones
Dirección postal Paseo de la Castellana. 130
28046 MADRID
¿Qué tiene que indicar cuando contacte con nosotros?
• Su nombre, dirección completa, número de teléfono y dirección de e - mail (si tiene una) .
• El número de su póliza o de expediente .
• El motivo de su reclamación.
• Copia de cualquier documento oportuno .
¿Cómo atenderemos Su reclamación?
Nos comprometemos a
• Acusar recibo de su reclamación lo antes posible .
• Hacer las averiguaciones necesarias .
• Resolver su reclamación en el plazo legalmente previsto .
• Utilizar la información contenida en su reclamación para mejorar nuestros servicios.
¿Y si no queda satisfecho?
Si usted no queda satisfecho con nuestra respuesta final, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Los datos de contacto son:
Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones
https://dgsfp.mineco.gob.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimien
Sitio web
to.aspx
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDO DE PENSIONES
Dirección
Paseo de la Castellana. 44
postal
28046 MADRID
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Legislación, jurisdicción y control
Legislación , jurisdicción y control
Legislación y jurisdicción
Usted como asegurado y nosotros como asegurador nos sometemos a la legislación y jurisdicción española a los efectos
de la presente póliza.
Será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas de la póliza el de l domicilio habitual del
asegurado).
Control
Nosotros, Europ Assistance, S.A., Sucursal en España, con domicilio en Paseo de la Castellana, 130, 28046 Madrid, asume
el riesgo contractualmente pactado; Europ Assistance está Autorizada y regulada por la Autor ité de Contrôle Prudentiel
et de Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459 Paris Cedex 09, Francia, y por la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital , por lo que
respecta a conductas de mercado.
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Tratamiento de datos personales
Tratamiento de datos personales
¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?
Europ Assistance, S.A., Sucursal en España (en adelante, la “Compañía Aseguradora”)
NIF: W-2504100 -E
Domicilio: Paseo de la Castellana, 130, 28046 Madrid.
¿Con qué finalidades se tratarán sus datos personales?
El tratamiento será mixto (tratamientos automatizados y no automatizados) y para las siguientes finalidades:
• Llevar a cabo el cumplimiento y desarrollo de la relación contractual derivada de la póliza.
• Elaboración de estudios de satisfacción de los clientes.
• Preparación, redacción y emisión de la documentación relativa al seguro.
• Realización de valoraciones necesarias tras la concurrencia de un siniestro o suceso cubierto por la
póliza contratada.
• Llevar a cabo cualquier obligación legalmente exigible o contractualmente acordada.
• Realización de acciones destinadas a la prevención, detección o persecución del fraude.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento?
• Ejecución de un contrato entre el tomador de la póliza, los asegurados y/o beneficiarios y la Compañía
Aseguradora.
• Interés Legítimo.
• Obligación Legal.
¿Quiénes son los destinatarios de sus datos?
• Las empresas del Grupo de la Compañía Aseguradora, para gestionar la relación contractual que
mantenemos con usted.
• La entidad bancaria de la Compañía Aseguradora y las empresas de su grupo y la entidad bancaria del
titular de los datos para hacer efectiva la orden de domiciliación bancaria de acuerdo con la normativa
vigente.
• Las entidades que actúan como mediador o distribuidor de seguros para la gestión de las pólizas de
seguros por tal entidad tramitados.
• Los proveedores elegidos por la Compañía Aseguradora cuya intervención sea necesaria para la gestión
de la asistencia cubiertos por la póliza.
• El SEPBLAC, con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos legalmente establecidos.
• La Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, de acuerdo a las previsiones establecidas
legalmente.
• La Administración tributaria con competencia en la materia para el cumplimiento de finalidades
estrictamente legales y fiscales.
• Las Administraciones Públicas en relación con las competencias que tienen atribuidas.
• En el supuesto de seguros de cobertura de fallecimiento, el Registro General de Actos de Última
Voluntad, gestionado por la Dirección General de los Registros y del Notariado, de conformidad con la
normativa aplicable en la materia.
[Seite 60]
Tratamiento de datos personales
Tratamiento de datos de salud
La Compañía Aseguradora le informa que, para la gestión de los siniestros derivados de la póliza y de las coberturas en
ella incluidas, es necesario que se traten datos personales relativos a su salud, ya sean obtenidos a través del
cuestionario de salud o cualquier otro que en el futuro pueda aportar durante la vigencia de la relación contractual o
que la Compañía Aseguradora pueda obtener de terceros (ya provengan de centros sanitarios públicos o privados o de
otros profesio nales sanitarios, tanto nacionales como internacionales, de exámenes o reconocimientos médicos
adicionales que puedan exigirse por la Compañía Aseguradora o de otras entidades públicas o privadas).
Tratamiento de datos de terceros
En caso de que se faciliten datos relativos a terceras personas, el contratante de la póliza deberá haber obtenido la
autorización previa de los mismos con relación a la transmisión de los datos a la Compañía Aseguradora para las
finalidades acordadas en e l presente documento.
¿Durante cuánto tiempo conservaremos los datos?
Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la
que fueron recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad.
En este sentido, los criterios que Europ Assistance S.A, Sucursal en España utiliza para fijar los plazos de conservación
de los datos son determinados de acuerdo con los requisitos establecidos en la legislación y normativas aplicable s.
En particular, la legislación de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo –en caso de ser
aplicable - establece la obligación de conservar los datos durante un plazo de diez años y la normativa mercantil
establece un plazo de conser vación de seis años desde la terminación del contrato celebrado entre las partes.
Ejercicio de derechos
El usuario, en cualquier momento y de manera gratuita, puede escribir a la dirección señalada en el encabezado de esta
Política de Privacidad o al siguiente email delegadoprotdatos@europ - assistance.es , adjuntando una fotocopia de su
documento de identidad, para:
• Acceder a sus datos personales y obtener confirmación acerca de si en Europ Assistance S.A, Sucursal
en España, se están tratando datos personales del usuario.
• Rectificar los datos inexactos o incompletos.
• Solicitar la supresión de sus datos personales cuando los datos ya no sean necesarios para los fines
para los que fueron recogidos, u oponerse al tratamiento.
• Obtener de Europ Assistance S.A, Sucursal en España, la limitación del tratamiento de los datos en los
supuestos previstos en la normativa.
• Solicitar la portabilidad de sus datos.
• Revocar, en su caso, el consentimiento prestado.
• Obtener intervención humana, expresar su punto de vista e impugnar decisiones individuales
automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, que produzcan efectos jurídicos en él o le afecten
significativamente.
Puede también interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, en caso de que considere
que no se han respetado sus derechos reconocidos por la normativa de protección de datos, situada en la calle Jorge
Juan 6, 28001, Madrid.
Para su ejercicio, el interesado podrá con tactar con el Delegado de Protección de Datos (DPO):
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Tratamiento de datos personales
Para contactar con Protección de Datos Personales
Email delegadoprotdatos@europ - assistance.es
EUROP ASSISTANCE,
Att.: Delegado de Protección de Datos
Dirección postal
Paseo de la Castellana. 130
28046 MADRID
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Tabla coberturas y límites
Tabla coberturas y límites
Temporal
RIESGOS CUBIERTOS SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA
1. ASISTENCIA MÉDICA
1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
Ilimitado
Habitual
1.2. Gastos Odontológicos 2.000 €
1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia Incluido
1.4. Prolongación de estancia en hotel por
300 /día
enfermedad o accidente (máximo 1 0 días)
1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos Incluido
Si no lo organizamos nosotros 6000€
1.6. Regreso de los acompañantes asegurados Incluido
1.7. Acompañante de menores o de personas
Billete + 300 €/día
dependientes (máximo 10 días)
1.8. Traslado del sustituto pro fesional Incluido
1.9. Reincorporación del asegurado a su origen Incluido
1.10. Traslado de una persona para acompañar al
Incluido
asegurado hospitalizado
1.11.Gastos de estancia de una persona para
acompañar al asegurado hospitalizado (máximo 10 300 €/día
días)
1.12. Traslado de restos mortales Incluido
Si no lo organizamos nosotros 6.000 €
1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
300 €/día
días)
1.14. Olvido de medicamentos
Incluido
1.15. Estancia de acompañante “in situ” (máximo 10
300 €/día
días)
1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ” Incluido
1.17.Orientación psicológica telefónica (máximo 10
1.000 €
sesiones)
1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones) 1.000 €
1.19. Mater ial ortopédico y prótesis 50.000 €
[Seite 63]
Tabla coberturas y límites
1.20. Orientación médica por chat Incluido
1.21. Orientación médica por vídeo Incluido
1.22. Orientación médica telefónica Incluido
1.23. astos médicos por enfermedades
Incluido
preexistentes
1.24. Traslado médico por enfermedades
Incluido
preexistentes
2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO
2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
3.000 €
secues tro (máximo 180 días)
2.2. Indemnización por secuestro (máximo 30 días) 200 €/ día
2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro 3.000 €
3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS
3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje 120 €
3.2. Pérdida de conexión de vuelo 120 €
3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
Incluido
de un familiar directo
3.4 . Regreso del asegurado en caso de
Incluido
hospitalización de un familiar directo
4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS
4.1. Búsqueda y localización de equipaje Incluido
4.2. Pérdida, daños y robo de equipaje facturado 6.500 €
Efectos personales 3.000 €
Material profesional 3.500 €
4.3. Robo de equipaje no fac turado 3.000 €
4. 4. Robo de objetos de valor
- Teléfono móvil 600 €
- Ordenador o Tablet 600 €
- Maletín 200 €
- Gafas o lentillas graduadas 200 €
4.5. Demora de equipaje 1.000 €
4.6. Información de trámi tes para cancelar tarjetas Incluido
4.7. Envío de objetos personales Incluido
5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE
5.1. Servicio de información Incluido
5.2. Bloqueo de teléfono móvil Incluido
[Seite 64]
Tabla coberturas y límites
5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exi gida
12.100 €
en el extranjero
5.4. Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
3.000 €
el extranjero
5.5. Gastos de comunicación Incluido
6. RESPONSABILIDAD CIVIL
6.1. Responsabilidad civil privada 500 .000 €
7. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO
7.1. Asesoramiento y gestión en sucesiones 500 €
SERVICIO DE RECLAMACIÓN AÉREA. RECLAMATRAVEL
Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
cancelación, retraso u overbooking con Incluido
ReclamaTravel
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Tabla coberturas y límites
A nual Corta Estancia
RIESGOS CUBIERTOS SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA
1. ASISTENCIA MÉDICA
1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
Ilimitado
Habitual
1.2. Gastos Odontológicos 2.000 €
1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia Incluido
1.4. Prolongación de estancia en hotel por
300/día
enfermedad o accidente (máximo 10 días)
1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos Incluido
Si no lo organizamos nosotros 6000€
1.6. Regreso de los acompañantes asegurados Incluido
1.7. Acompañante de menores o de personas
Billete + 300 €/día
dependientes (máximo 10 días)
1.8. Traslado del sustituto profesional Incluido
1.9. Reincorporación del asegurado a su origen Incluido
1.10. Traslado de una persona para acompañar al
Incluido
asegurado hospitalizado
1.11. Gastos de estancia de una perso na para
acompañar al asegurado hospitalizado (máximo 10 300 €/día
días)
1.12. Traslado de restos mortales Incluido
Si no lo organizamos nosotros 6.000 €
1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
300 €/día
días)
1.14. Olvido de medicamentos Incluid o
1.15. Estancia de acompañante “in situ” (máximo 10
300 €/día
días)
1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ” Incluido
1.17. Orientación psicológica telefónica (máximo 10
1.000 €
sesiones)
1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones) 1.000 €
1.19. Material ortopédico y prótesis 50.000 €
1.20. Orientación médica por chat Incluido
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Tabla coberturas y límites
1.21. Orientación médica por vídeo Incluido
1.22. Orientación médica telefónica Incluido
1.23. Gastos médicos por enfermedades
Incluido
preexistentes
1.24. Traslado médico por enfermedades
Incluido
preexistentes
2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO
2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
3.000 €
secues tro (máximo 180 días)
Indemnización por secuestro (máximo 30 días) 200 €/ día
2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro 3.000 €
3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS
3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje 120 €
3.2. Pérdida de conexión de vuelo 120 €
3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
Incluido
de un familiar directo
3.4 . Regreso del asegurado en caso de
Incluido
hospitalización de un familiar directo
4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS
4.1. Búsqueda y localización de equipaje Incluido
4.2. Pérdida, daños y robo de Equipaje facturado
6.500 €
- Efectos personales
3.000 €
- Material profesional
3.500 €
4.3. Robo de equipaje no fac turado 3.000 €
4. 4. Robo de objetos de valor
- Teléfono móvil 600 €
- Ordenador o Tablet 600 €
- Maletín 200 €
- Gafas o lentillas graduadas 200 €
4.5. Demora de equipaje 1.000 €
4.6. Información de trámites para cancelar t arjetas Incluido
4.7. Envío de objetos personales Incluido
5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE
5.1. Servicio de información Incluido
5.2. Bloqueo de teléfono móvil Incluido
[Seite 67]
Tabla coberturas y límites
5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exigida
12.100 €
en el extranjero
5.4 . Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
3.000 €
el extranjero
5.5. Gastos de comunicación Incluido
6. RESPONSABILIDAD CIVIL
6.1. Responsabilidad civil privada 500 .000 €
7. SEGURO DE ACCIDENTES
7.1. Seguro de accidentes (fallecimiento e inva lidez
permanente absoluta)
-24 horas 30.000 €
-Accidente en medio de transporte público 30.000 €
Indemnización máxima por siniestro 5.000.000 €
8. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO
8.1. Asesoramiento y gestión de sucesiones 500 €
SERVICIO DE RECLAMACIÓN AÉREA. RECLAMATRAVEL
Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
cancelación, retraso u overbooking con Incluido
ReclamaTravel
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Tabla coberturas y límites
Anual Larga Estancia
RIESGOS CUBIERTOS SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA
1. ASISTENCIA MÉDICA
1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
5.000.000 €
Habitual
1.2. Gastos Odontológicos 2.000 €
1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia Incluido
1.4. Prolongación de estancia en hotel por
300 € /día
enfermedad o accidente (máximo 10 días)
1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos Incluido
Si no lo org anizamos nosotros 6000€
1.6. Regreso de los acompañantes asegurados Incluido
1.7. Acompañante de menores o de personas
Billete + 300 €/día
dependientes (máximo 10 días)
1.8. Traslado del sustituto profesional Incluido
1.9. Reincorporación del asegurado a su origen Incluido
1.10. Traslado de una persona para acompañar al
Incluido
asegurado hospitalizado
1.11. Gastos de estancia de una persona para
acompañar al asegurado hospitalizado (máximo 10 300 €/día
días)
1.12. Traslado de restos mortale s Incluido
Si no lo organizamos nosotros 6.000 €
1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
300 €/día
días)
1.14. Olvido de medicamentos
Incluido
1.15. Estancia de acompañante “in situ” (máximo 10
300 €/día
días)
1.16. Desplazamiento de acompañan te “in situ” Incluido
1.17. Orientación psicológica telefónica (máximo 10
1.000 €
sesiones)
1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones) 1.000 €
1.19. Material ortopédico y prótesis 50.000 €
1.20. Orientación médica por chat Incluido
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Tabla coberturas y límites
1.21. Orientación médi ca por vídeo Incluido
1.22. Orientación médica telefónica Incluido
1.23. Gastos médicos por enfermedades
Incluido
preexistentes
1.24. Traslado médico por enfermedades
Incluido
preexistentes
2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO
2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
3.000 €
secues tro (máximo 180 días)
2.2. Indemnización por secuestro (máximo 30 días) 200 €/ día
2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro 3.000 €
3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS
3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje 120 €
3.2. Pérdida de conexión de vuelo 120 €
3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
Incluido
de un familiar directo
3.4 . Regreso del asegurado en caso de
Incluido
hospitalización de un familiar directo
4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS
4.1. Búsqueda y localización de equipaje Incluido
4.2. Pérdida, daños y robo de equipaje facturado
6.500 €
- Efectos personales
3.000 €
- Material profesional
3.500 €
4.3. Robo de equipaje no fac turado 3.000 €
4. 4. Robo de objetos de valor
- Teléfono móvil 600 €
- Ordenador o Tablet 600 €
- Maletín 200 €
- Gafas o lentillas graduadas 200 €
4.5. Demora de equipaje 1.000 €
4.6. Información de trámi tes para cancelar tarjetas Incluido
4.7. Envío de objetos personales Incluido
5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE
5.1. Servicio de información Incluido
5.2. Bloqueo de teléfono móvil Incluido
[Seite 70]
Tabla coberturas y límites
5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exigida
12.100 €
en el extranjero
5.4. Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
3.000 €
el extranjero
5.5. Gastos de comunicación Incluido
6. RESPONSABILIDAD CIVIL
6.1. Responsabilidad civil privada 500 .000 €
7. SEGURO DE ACCIDENTES
7.1. Seguro de accidentes (fallecimien to e invalidez
permanente absoluta)
-24 horas 30.000 €
-Accidente en medio de transporte público 30.000 €
Indemnización máxima por siniestro 5.000.000 €
8. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO
8.1. Asesoramiento y gestión de sucesiones 500 €
SERVICIO DE RE CLAMACIÓN AÉREA. RECLAMATRAVEL
Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
cancelación, retraso u overbooking con Incluido
ReclamaTravel
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EUROP ASSISTANCE S.A., Sucursal en España
Paseo de la Castellana, 130. 28046 Madrid
W-2504100 - E - Inscripción 1ª en Registro Mercantil de Madrid el 18 - 12-2019.
Hoja M - 709205. Folio 153. Tomo 39930. Libro de Sociedades
Mayo 2 026