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PSeguro de MascotasP
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CONDICIONES
GENERALES
SI
N
VA
LO
R
CO
NT
RA
Condiciones Generales del contrato
CT
SEGURO DE MASCOTAS
UA
santalucía
L
SEGUROS
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SI
Cuadro resumen de coberturas y límites de indemnización
N
VA
CUADRO RESUMEN DE COBERTURAS Y LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
Este Cuadro recoge, de una forma resumida, las coberturas básicas y op-
cionales de la póliza, con indicación de los porcentajes de cobertura. No obstante,
LO
será de aplicación, en todo caso, lo establecido en las condiciones de la presente
póliza.
LÍMITE MAXIMO DE
R
GARANTÍAS BÁSICAS
COBERTURA
Responsabilidad Civil Capital específico
CO
Asistencia telefónica
GARANTIAS OPCIONALES
100 % de la suma
En caso de muerte del animal
asegurada
NT
Accidentes
50 % de la suma
Gastos de asistencia veterinaria
asegurada
80 % de la suma
Robo
asegurada
RA
Gastos por extravío 180 €
Gastos por sacrificio del animal y eliminación de restos 180 €
Gastos de asistencia veterinaria por enfermedad 1.000 €
CT
Gastos por fallecimiento del animal 360 €
UA
L
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Seguro de Mascotas
SI
CONDICIONES
DISPOSICIONES GENERALES DEL CONTRATO
GENERALES
Artículo Preliminar - Bases del Contrato
N
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo Preliminar. que sólo alcanza, dentro de los
VA
BASES DEL CONTRATO límites pactados, a los riesgos es-
pecificados en la misma.
1. El Tomador del seguro tiene el 5. Si el contenido de la póliza difie-
deber, antes de la conclusión del re de las cláusulas acordadas, el
LO
contrato, de declarar al Asegura- Tomador del seguro podrá re-
dor, de acuerdo con el cuestiona- clamar a la Entidad aseguradora,
rio que éste le someta, todas las en el plazo de un mes a contar
circunstancias por él conocidas desde la entrega de la póliza, pa-
que puedan influir en la valora-
R
ra que subsane la divergencia
ción del riesgo. Quedará exone- existente. Transcurrido dicho
rado de tal deber si el Asegurador plazo sin efectuar la reclamación,
no le somete cuestionario o
CO
se estará a lo dispuesto en la pó-
cuando, aun sometiéndoselo, se liza.
trate de circunstancias que pue-
6. Será condición indispensable que
dan influir en la valoración del
durante toda la vigencia del segu-
riesgo y que no estén comprendi-
ro los animales se encuentren
das en él.
NT
censados e identificados median-
2. La presente póliza ha sido con- te microchip y cumplan el ca-
tratada sobre la base de las de- lendario oficial de vacunación,
claraciones formuladas por el así como las relativas a:
Tomador del seguro en la solici-
RA
tud-cuestionario que le ha sido Perros: Leptospirosis, moquillo,
sometido y que motivan la acep- hepatitis (triple) y parvovirosis,
tación del riesgo por parte del así como aquellas otras que, por
Asegurador, con la asunción, por dictamen de la autoridad sanita-
CT
su parte, de las obligaciones deri- ria, fueran preciso administrar en
vadas del contrato a cambio de la un momento dado.
prima correspondiente.
Gatos: Rinotraqueitis, calicivirus,
3. La variación de las circunstancias panleucopenia felina (trivalente)
UA
declaradas debe ser comunicada y leucemia felina, así como aque-
al Asegurador. llas otras que, por dictamen de la
4. La solicitud y el cuestionario sus- autoridad sanitaria, fueran preci-
crito por el Tomador del seguro y so administrar en un momento
esta póliza, constituyen un todo
L
dado.
unitario fundamento del seguro
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Seguro de Mascotas
SI
Artículo 1 - Definiciones
7. Eliminación de los restos:
Artículo 1.
N
El servicio veterinario destinado a des-
DEFINICIONES truir el cadáver del animal.
En este contrato se entiende por:
8. Enfermedad:
VA
1. Accidente: Alteración del estado de salud del
La lesión corporal que deriva de una animal objeto de seguro cuyo diagnós-
causa violenta, súbita, externa y ajena tico y confirmación sea efectuado por
LO
a la intencionalidad del Asegurado. un veterinario legalmente reconocido
y cuyas primeras manifestaciones se
2. Animales asegurados: presenten durante la vigencia de la Pó-
Los perros y gatos destinados a com- liza y haga preciso un tratamiento ve-
pañía descritos en las Condiciones terinario o quirúrgico.
R
Particulares.
9. Extravío:
3. Asegurado: La pérdida del animal, por descuido
CO
de la persona encargada de su custo-
El Tomador o la persona que, en su
dia.
defecto, asuma las obligaciones deri-
vadas del contrato. A efectos única- 10. Gastos de asistencia
mente de la garantía de responsabili- veterinaria:
NT
dad civil, tendrá también la condición
de Asegurado, la persona que, en cada Los originados por los honorarios y ac-
momento, sea responsable del animal. tuaciones profesionales realizadas por
un veterinario, tales como exploracio-
4. Asegurador: nes, radiografías, medicamentos, inter-
RA
SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Se- venciones quirúrgicas, curas y estancia
guros y Reaseguros, que asume el ries- en clínica cuando fueran necesarias.
go contractualmente pactado.
11. Perjuicio:
CT
5. Daños materiales: La pérdida económica que es conse-
cuencia directa de los daños persona-
El deterioro, avería o destrucción de
les y materiales sufridos por el tercero
una cosa, así como la lesión, enferme-
perjudicado.
dad o muerte de un animal.
UA
12. Plazo de carencia:
6. Daños personales:
El tiempo transcurrido entre el efecto
La lesión corporal, enfermedad o del seguro y la entrada en vigor de la
muerte causadas a personas físicas. cobertura.
L
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
13. Póliza: máximo de la indemnización que
asume el Asegurador.
El documento que contiene las condi-
N
ciones reguladoras del seguro. Forman 19. Tercero o tercera persona:
parte integrante de la póliza: las Con-
Cualquier persona física o jurídica dis-
diciones Generales, las Particulares y
tinta de:
Especiales que individualizan el ries-
VA
go, y los documentos emitidos para • El Tomador del seguro y del Ase-
complementarla o modificarla. gurado.
• Los cónyuges, ascendientes y
14. Prima: descendientes de cualquier gra-
LO
El precio del seguro. El recibo conten- do, del Tomador del seguro y del
drá, además, los recargos e impuestos Asegurado.
que sean de legal aplicación. • Las que convivan con el Toma-
dor del seguro y/o con el Asegu-
15. Robo: rado.
R
El apoderamiento ilegítimo por parte • Aquellas personas que custodian
de terceros del animal asegurado me- el animal o se sirven de él.
CO
diante actos que impliquen fuerza en
las cosas, violencia o intimidación en 20. Tomador del seguro:
las personas. La persona titular del animal de com-
pañía objeto del seguro que, junta-
16. Sacrificio necesario: mente con el Asegurador, suscribe este
contrato y al que corresponden las
NT
Las actuaciones realizadas por un ve-
terinario para poner fin a un sufrimien- obligaciones que del mismo se deri-
to irreversible del animal. ven, salvo las que por su naturaleza
deban ser cumplidas por el Asegurado.
17. Siniestro:
RA
21. Valor del animal:
El hecho cuyas consecuencias dañosas
estén cubiertas por la póliza. El precio de mercado, atendiendo a los
estándares de raza, de un cachorro de
UNIDAD DE SINIESTRO: Tendrá la similares características al animal ase-
CT
consideración de un solo siniestro el gurado.
conjunto de reclamaciones formula-
das dentro del ámbito temporal de la 22. Viaje/Desplazamiento:
garantía que tengan su origen en una Se entenderá que el Asegurado y su
UA
misma causa aun cuando pueda dar animal de compañía se encuentran de
lugar a efectos apreciados en diferen- viaje/desplazamiento, cuando se en-
tes fases, lugares o fechas. cuentren a más de 50 Km. de su domi-
18. Suma asegurada: cilio habitual.
L
La cantidad fijada en las condiciones
de esta póliza que representa el límite
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Seguro de Mascotas
SI
Artículo 2 - Garantías Básicas
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO
N
Artículo 2. para garantizar la Responsabili-
GARANTÍAS BÁSICAS dad Civil objeto del seguro.
VA
• En procedimientos penales se-
Dentro de los límites establecidos en
guidos ante Tribunales españo-
las condiciones de esta póliza, el
les, la constitución de fianzas
seguro solamente garantiza contra
judiciales exigidas al Asegurado
LO
aquellos riesgos cuya cobertura se
así como la dirección jurídica y
especifica a continuación:
defensa del mismo, derivados de
1. RESPONSABILIDAD CIVIL siniestros de Responsabilidad
Civil amparados por esta póliza.
Mediante esta cobertura el Asegurador
R
toma a su cargo el pago de las indem- ÁMBITO TEMPORAL
nizaciones exigidas por un tercero,
Esta cobertura queda limitada a los
por los daños personales y/o materia-
CO
hechos generados durante el período
les así como por los perjuicios eco-
de vigencia de la póliza y cuya
nómicos derivados de dichos daños,
reclamación se haya producido de
ocasionados por el animal objeto del
forma fehaciente al Asegurador
seguro durante la vigencia de esta
durante el citado período de vigencia
cobertura, siendo por cuenta del Ase-
NT
o en el plazo de un año natural a
gurador:
partir de la fecha de terminación o
• El pago de la indemnización a cancelación del seguro.
los perjudicados o a sus dere-
A estos efectos se considera como
RA
chohabientes, en base a una re-
fecha de la reclamación el momento
solución judicial firme o a un
en que:
acuerdo autorizado por el Ase-
gurador. • El Asegurador tiene conocimiento
• La dirección jurídica y defensa de la iniciación de un procedimiento
CT
del Asegurado frente a las re- judicial o administrativo o bien de la
clamaciones de Responsabilidad presentación de un requerimiento
Civil amparadas por esta póliza, fehaciente contra él mismo, o contra
el Asegurado.
UA
incluso las infundadas.
• El pago de las costas, gastos ju- • El Asegurado tiene conocimiento,
diciales o extrajudiciales inhe- por primera vez, de cualquier tipo de
rentes al siniestro. circunstancias o informaciones, según
las cuales una reclamación será
• La constitución de las fianzas
L
judiciales exigidas al Asegurado formulada contra él o contra el
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
Asegurador, y es comunicado a éste Las consultas serán atendidas a través de
de forma fehaciente. los números de teléfono:
N
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO 900 24 20 20/ 91 365 24 24
QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABI-
Costes a cargo del Asegurado:
LIDAD CIVIL POR DAÑOS Y PER-
JUICIOS: El Asegurador, garantiza que los
VA
servicios que se describen a continua-
a) Causados a las propias ción y que implican que el Asegurado
personas que custodien el debe soportar determinados costes,
animal o se sirvan de él. serán tratados en base a precios
LO
b) Derivados del contagio o la preferentes que beneficien en todo
transmisión de enfermedades momento al Asegurado y que previa-
por los animales. mente han sido pactados con la red de
especialistas que presta dichos ser-
c) Derivados del incumplimiento vicios.
R
de obligaciones contractuales.
El Asegurador no efectuará ningún
d) En caso de apoderamiento reembolso al Asegurado por ninguna
CO
ilegítimo del animal objeto del cantidad relacionada con las garantías
seguro. descritas a continuación.
2.1 SERVICIOS DE INFORMACIÓN
2. ASISTENCIA TELEFÓNICA La información de contacto necesaria
NT
El Asegurado tendrá a su disposición, para que el cliente pueda acceder sin
sin necesidad de pedir cita previa, un dificultad a los siguientes servicios:
equipo veterinario especializado que a) Hoteles en España que admiten
atenderán telefónicamente, de lunes a animales de compañía
RA
viernes en horario de 9 a 21 horas y los b) Adopciones y centros de acogida
sábados de 9 a 14 horas, excepto los c) Clubes de mascotas
días festivos señalados como de ámbito d) Adiestramiento
nacional, todas sus consultas, dudas y e) Peluquerías
f) Cuidadores a domicilio
CT
problemas sanitarios sobre el animal
objeto del seguro. g) Asistencia a concursos y otros
eventos
El servicio de consultorio y asistencia, se h) Criadores
suscribe a la orientación telefónica i) Tiendas especializadas
UA
respecto a la cuestión planteada, sin j) Trámites para traslados de la
que proceda la emisión de dictamen mascota
por escrito.
L
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Seguro de Mascotas
SI
2.2 SERVICIOS DE ASESORAMIEN- honorarios profesionales de un
TO abogado, estos serán a su cargo.
N
2.3 SERVICIOS VETERINARIOS
El consejo y orientación para afrontar
las siguientes situaciones: 1. Veterinario de Urgencias 24horas:
• Antes de viajar al extranjero: El Servicio de urgencias veterinarias 24h si
VA
Asegurado, ante una eventual viaje la mascota y el Asegurado se
al extranjero, podrá solicitar la encuentran en el propio domicilio o de
información precisa sobre el país de viaje por territorio nacional. En caso de
destino, en cuanto a requisitos accidente o enfermedad de la mascota,
sanitarios y administrativos para el
LO
se garantiza accesibilidad a un servicio
tránsito del animal a dicho país. de urgencias durante las 24h del día y
• Asesoramiento telefónico de todos los días del año. El Asegurado,
orientación veterinaria: El Ase- podrá solicitar un servicio de urgencias
gurado tendrá a su disposición un veterinarias a domicilio. En este caso, el
R
servicio 24h para realizar cualquier coste de dicho servicio será a cargo del
consulta relativa a sintomatología o mismo.
tratamientos, programas de salud,
CO
geriátricos, cuidado bucal, etc. El En el caso de que el servicio de
servicio no comporta una diagnosis urgencias se preste estando el
veterinaria y debe ser entendido Asegurado de viaje con su mascota, el
como un consejo. Asegurador, asumirá por el concepto de
primera intervención de urgencias, la
• Asesoramiento para trámites con la
NT
cantidad de 20 €. Este servicio se
administración: El Asegurado podrá prestará teniendo en cuenta la posible
acceder a este servicio para que le limitación que por cuestiones de
puedan orientar sobre los trámites ubicación geográfica en zonas aisladas,
con la Administración Pública u no se permita una accesibilidad rápida y
RA
organismos privados que afecten a eficaz al servicio de urgencias.
su mascota. Cualquier coste que
pudiera generar una gestión 2. Reserva de hora para consulta en
determinada, será a cargo del centros veterinarios:
CT
Asegurado.
El Asegurado podrá solicitar, en el caso
• Asesoramiento jurídico telefónico: de encontrarse tanto en viaje por el
El Asegurado tendrá acceso a un territorio nacional como en su
servicio jurídico telefónico para domicilio, la reserva de hora de
UA
poder plantear cualquier situación o consulta en el centro veterinario más
duda de ámbito legal que afecte a su cercano al lugar donde se encuentre.
entorno en relación con su animal Este servicio se contempla tanto para
de compañía. Si la consulta derivase causas imprevistas, como visitas
en actuaciones que generen periódicas de revisión. El coste de los
L
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
honorarios de veterinario son a cargo contemplada en el servicio veterinario
del Asegurado. de urgencias.
N
3. Hospitalización de la mascota por 4. Segunda Opinión Veterinaria:
enfermedad o accidente:
El Asegurado, frente a un diagnóstico
El Asegurado podrá optar tanto prestado por un Veterinario, podrá
VA
encontrándose de viaje como si se acceder si lo desea al servicio de
encuentra en su domicilio, por la Segunda Opinión Veterinaria, consis-
hospitalización del animal, si el tente en la puesta en contacto con un
diagnóstico lo requiere. Se le facilitará centro veterinario alternativo y de
acceso a los Centros más adecuados reconocido prestigio que pueda emitir
LO
para el tratamiento y organizará o un segundo diagnóstico.
coordinará el ingreso del animal
5. Consejo veterinario en cuanto a
afectado.
medicina preventiva y tratamien-
Algunas de las actuaciones posibles:
tos alternativos:
R
• Exploraciones iniciales, radiografías,
análisis, electrocardiogramas. El Asegurado podrá acceder a este
• Intervenciones quirúrgicas, anestesia, servicio 24h para realizar cualquier
CO
material quirúrgico, medicamentos, consulta relativa a sintomatología o
osteosíntesis, prótesis y/o tratamientos veterinarios acordes con las
fibroendoscopia. necesidades de su animal de compañía,
• Cuidados post-operatorios, curas, tales como programas de salud,
estancia en la clínica, si fuera geriátricos, cuidado bucal, etc.
NT
necesario.
El servicio no comporta una diagnosis
• Sacrificio necesario y destrucción del veterinaria y debe ser entendido como
cadáver. un consejo. El Asegurado, también
Si el animal y el Asegurado se podrá tener acceso a información deta-
RA
encontrasen en su domicilio, los costes llada sobre tratamientos alternativos.
de hospitalización, pruebas veterinarias 6. Servicio de consulta veterinaria:
o el tratamiento prescrito, serán a cargo
del mismo. Si la hospitalización del El Asegurado tendrá a su disposición un
CT
animal se lleva a cabo encontrándose servicio de consulta veterinaria para
de viaje con el Asegurado, el distintas actuaciones tales como:
Asegurador, se hará cargo de los microchip, vacunación, desparasitación,
primeros 30€ de coste por este radiografías, revisiones, etc.
UA
concepto, no de los importes de las
2.4 OTROS SERVICIOS
pruebas veterinarias o tratamientos
como los descritos anteriormente en 1. Guardería de Animales:
este mismo apartado. En este caso, esta
prestación, es acumulativa con la El Asegurado, en caso de una ausencia
L
temporal que requiera la custodia del
animal de compañía en un centro
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Seguro de Mascotas
SI
Artículo
especializado, podrá requerir 3 - Garantías Opcionales
orien-
Artículo 4 - Ámbito
tación y la coordinación de las gestiones
Geográfico
2. GASTOS POR SACRIFICIO DEL
necesarias para su ingreso. Los costes ANIMAL Y ELIMINACIÓN DE LOS
Artículo 5 - Exclusiones para todas las coberturas
N
del centro especializado serán a su RESTOS
cargo.
3. GASTOS DE ASISTENCIA VETERI-
2. Servicio de recogida y transporte
NARIA POR ENFERMEDAD
VA
de mascotas:
4. GASTOS POR FALLECIMIENTO
En caso de ser necesario el traslado del
DEL ANIMAL
animal de compañía, por cualquier
motivo, y el Asegurado no disponga de
LO
los medios necesarios, se organizará el Artículo 4.
transporte más adecuado según las ÁMBITO GEOGRÁFICO
necesidades y disponibilidad de
recursos de la zona donde se encuentre Las coberturas de este seguro serán
de aplicación solamente a los hechos
R
el animal. El coste del traslado será a
cargo del mismo. ocurridos en el territorio comunitario
de los Estados miembros de la Unión
3. Comida a domicilio: Europea.
CO
El Asegurado dispondrá de un servicio Para la cobertura de responsabilidad
de suministro de comida a domicilio, civil, será necesario que dicha res-
efectuado desde la tienda o punto de ponsabilidad haya sido reconocida
venta más cercano a su lugar de por resolución judicial firme de los
NT
residencia. El importe de la compra, así Tribunales Españoles.
como los posibles gastos de transporte,
será a cargo del Asegurado. El Artículo 5.
suministro de comida para el animal
podrá verse limitado por falta de EXCLUSIONES PARA
RA
suministrador en la zona donde se TODAS LAS COBERTURAS
encuentre el Asegurado o por que el
servicio se vincule a compras mínimas SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
en cuanto a cantidad o importe. QUEDAN CUBIERTOS:
CT
a) Los siniestros ocurridos con
Artículo 3. anterioridad a la entrada en vigor de
GARANTÍAS OPCIONALES las coberturas del seguro, así como
los ocurridos a consecuencia de
UA
Sólo mediante expresa contratación que cualquier riesgo cuya cobertura no
debe constar en las Condiciones figure expresamente pactada en las
Particulares de esta póliza, y pago de la Condiciones de esta póliza.
prima correspondiente, pueden garanti- b) Los daños producidos a bienes,
L
zarse: muebles o inmuebles, o animales
1. ACCIDENTES, ROBO Y EXTRAVÍO propiedad de terceros que, por
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
cualquier razón, se encuentren en • Catástrofe o calamidad nacional,
poder de las personas que sean calificada así por el Poder
responsables, custodien o se sirvan Público.
N
del animal objeto del seguro. f) Los daños y pérdidas de valor
c) Los siniestros que se originen por ocasionados directamente por los
dolo o culpa grave de las personas efectos mecánicos, térmicos o
VA
que sean responsables, custodien o se radiactivos debidos a reacciones o
sirvan del animal, del Tomador del transmutaciones nucleares, cual-
seguro, del Asegurado o de los quiera que sea la causa que las
familiares de estos y/o las personas produzca.
que con ellos convivan o de ellos
LO
g) Los siniestros producidos con
dependan, incluidos los asalariados a ocasión de la participación del animal
su servicio e inquilinos, cuando hayan objeto del seguro en peleas
inter-venido en concepto de autores, organizadas, apuestas, desafíos,
cómplices o encubridores. deportes en el ejercicio de la caza o
R
d) Los perjuicios o pérdidas labores de pastoreo.
indirectas de cualquier clase que se h) Los siniestros producidos como
produzcan con ocasión de un consecuencia de destinar al animal
CO
siniestro. objeto del seguro a actividades de
e) Los siniestros producidos con vigilancia de viviendas, industrias y
ocasión o a consecuencia de: comercios, así como, cuando el
• Actos políticos o sociales o animal se encuentre en terrenos o
solares sin edificar, o aún edificados,
NT
sobrevenidos con ocasión de
alborotos populares, motines, cuando dicha edificación no esté
huelgas, disturbios internos y destinada a vivienda.
sabotajes. i) Los siniestros producidos por
malos tratos, exceso de trabajo, falta,
RA
• Guerra civil o internacional, haya
o no mediado declaración oficial, insuficiencia o mala calidad higiénica
levantamientos populares o de alimentos o cuidados del animal
militares, insurrección, rebelión, objeto del seguro.
revolución u operaciones bélicas. j) Los siniestros derivados de la
CT
• Erupciones volcánicas, huracanes, infracción de Leyes, Reglamentos,
trombas, terremotos, temblores Ordenanzas u otras disposiciones
de tierra, maremotos, embates legales vigentes que sean de
aplicación a la tenencia de animales,
UA
del mar en las costas,
inundaciones, hundimientos o especialmente las relativas a sanidad
cualquier otro fenómeno y seguridad ciudadana. En ningún
meteorológico o atmosférico que caso el Asegurador responderá del
no esté expresamente cubierto. pago de sanciones o multas, ni de las
L
consecuencias de su impago.
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Seguro de Mascotas
SI
Artículo
k) Los siniestros ocurridos 6 - las
cuando Condiciones de renovación
personas que sean responsables,
custodien o se sirvan del animal
N
objeto de seguro no estén, si procede,
en posesión de la corres-pondiente
licencia administrativa de animales
potencialmente peligrosos, en
VA
cumplimiento del R.D. 287/2002 de
22 de marzo.
Artículo 6.
LO
CONDICIONES DE
RENOVACIÓN
Se conviene expresamente que el
R
Asegurador anualmente revisará los
costes de indemnización establecidos
en esta póliza y repercutirá éstos, en
CO
su caso, a la prima con el objeto de
mantener los niveles de las cobertu-
ras de la póliza.
NT
RA
CT
UA
L
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
PERFECCIÓN, EFECTOS DEL CONTRATO Y DURACIÓN DEL SEGURO
Artículo
PERFECCIÓN, 7 - Perfección
EFECTOS y efectos del
DEL CONTRATO contrato
Y DURACIÓN
Artículo
DEL8 SEGURO
- Duración del seguro
N
Artículo 7. Las partes pueden oponerse a la
VA
PERFECCIÓN Y EFECTOS prórroga del contrato mediante una
DEL CONTRATO notificación escrita a la otra parte,
efectuada con un plazo de, al menos,
El contrato se perfecciona por el un mes de anticipación a la
consentimiento manifestado por la
LO
conclusión del período del seguro en
suscripción de la póliza, o del curso cuando quien se oponga a la
documento provisional de cobertura, prórroga sea el Tomador del seguro, y
por las partes contratantes. Sin embargo, de dos meses cuando sea el
las coberturas contratadas y sus modifi- Asegurador.
R
caciones o adiciones no tomarán efecto
mientras no haya sido satisfecho el
recibo de prima.
CO
En caso de demora en el cumplimiento
de cualquiera de ambos requisitos, las
obligaciones del Asegurador comenza-
rán a las veinticuatro horas del día en
que hayan sido cumplimentados.
NT
Artículo 8.
DURACIÓN DEL SEGURO
RA
Las garantías de la póliza entran en
vigor en la hora y fecha indicada en
las Condiciones Particulares, siempre
que se encuentre perfeccionado el
contrato en la forma estipulada en el
CT
Artículo anterior y satisfecho el recibo
de prima.
A la expiración del período indicado
UA
en las Condiciones Particulares, se
entenderá prorrogado el contrato por
un plazo de un año y así sucesiva-
mente a la expiración de cada
anualidad.
L
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Seguro de Mascotas
SI
TRAMITACIÓN DE LOS SINIESTROS
Artículo 9 - Tramitación
TRAMITACIÓN de los siniestros
DE LOS SINIESTROS
N
Artículo 9. recepción y a más tardar en el
TRAMITACIÓN DE LOS plazo de cuarenta y ocho horas,
VA
SINIESTROS cualquier notificación que llegue a
su conocimiento y que pueda estar
relacionada con el siniestro.
1. EN CUALQUIER SINIESTRO:
LO
b) Ni el Tomador del seguro ni el
a) El Tomador del seguro y/o el Asegurado, ni persona alguna en
Asegurado deberán poner los nombre de ellos, podrán negociar,
medios a su alcance para aminorar admitir o rechazar reclamación
las consecuencias del siniestro, así alguna sin la autorización del
R
como conservar, salvo imposi- Asegurador.
bilidad justificada, los vestigios del
mismo. c) El Asegurador tomará la dirección
CO
de todas las gestiones relacionadas
b) El Tomador del seguro y/o el con el siniestro, actuando en
Asegurado deberán comunicar al nombre del Asegurado para tratar
Asegurador el acaecimiento del con los perjudicados, sus
siniestro, sus circunstancias y derechohabientes o reclamantes,
consecuencias en el menor plazo comprometiéndose el Asegurado a
NT
posible y, como máximo, dentro de prestar su colaboración. Si por
los siete días de haberlo conocido. falta de esta colaboración se
Asimismo, deben comunicar al perjudicaren o disminuyeren las
Asegurador si existen otros seguros posibilidades de defensa del
RA
amparando el mismo riesgo. siniestro, el Asegurador podrá
reclamar al Asegurado los daños y
2. EN SINIESTROS QUE
perjuicios en proporción al
ORIGINEN RECLAMACIONES perjuicio sufrido.
CT
DE RESPONSABILIDAD CIVIL:
d) En cualquier procedimiento judicial
a) El Tomador del seguro y el que se derive de un siniestro
Asegurado vendrán obligados a amparado por la póliza, el
adoptar todas las medidas que Asegurador asumirá a sus expensas
UA
favorezcan su defensa frente a las la dirección jurídica frente a la
reclamaciones de responsabilidad, reclamación del perjudicado,
debiendo mostrarse tan diligentes designando los Abogados y
en su cumplimiento como si no Procuradores que defenderán y
L
existiera seguro. Comunicarán al representarán al Asegurado en las
Asegurador, inmediatamente de su actuaciones judiciales que se le
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
siguieren en reclamación de En este último caso, el Asegurador
responsabilidad civil cubierta por quedará obligado a abonar los
esta póliza y ello aun cuando gastos de tal dirección jurídica
N
dichas reclamaciones fueran hasta el límite pactado en la póliza.
infundadas. El Asegurado deberá
prestar la colaboración necesaria a 3. EN SINIESTROS DE
dicha defensa, comprometiéndose ACCIDENTES:
VA
a otorgar los poderes y la asistencia
personal que fueren precisos. El Tomador del seguro o el Asegurado
se dirigirá al veterinario más próximo al
e) Sea cual fuere el fallo o resultado
lugar del suceso, debiendo obtener un
LO
del procedimiento judicial, el
Asegurador se reserva la decisión informe de éste en el que se hará
de ejercitar los recursos legales que constar lo siguiente:
procedieren contra dicho fallo o • Fecha y hora de entrada en la
resultado o el conformarse con el
R
clínica o de asistencia del
mismo.
veterinario.
f) Si el Asegurador estima • Descripción del animal objeto de
CO
improcedente el recurso, lo
atención.
comunicará al Asegurado,
quedando éste en libertad para • Tipo de accidente sufrido.
interponerlo por su exclusiva • Estado del animal a su llegada a la
cuenta y aquél obligado a clínica.
NT
reembolsarle los gastos judiciales y • Servicios veterinarios prestados.
los de Abogado y Procurador, en el
supuesto de que dicho recurso • Conclusiones y, en su caso,
prosperase. observaciones sobre el tratamiento
a seguir.
RA
g) Cuando se produjere algún
conflicto entre el Asegurado y el • Firma y número de colegiado del
Asegurador, motivado por tener veterinario que atendió al animal.
que sustentar éste en el siniestro • Datos de la clínica donde fue
CT
intereses contrarios a la defensa del atendido el animal.
Asegurado, el Asegurador lo
pondrá en conocimiento del En el caso de un accidente que no
Asegurado sin perjuicio de realizar origine la muerte del animal ni haga
UA
aquellas diligencias que, por su
preciso el sacrificio del mismo, el
carácter urgente, sean necesarias
para la defensa. En este caso, el informe del veterinario deberá indicar el
Asegurado podrá optar entre el diagnóstico, tratamiento y secuelas
mantenimiento de la dirección residuales que puedan quedar al animal
L
jurídica por el Asegurador o confiar después de su tratamiento.
su propia defensa a otra persona.
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Seguro de Mascotas
SI
Artículojunto
Dichos documentos, 10 - con
Determinación
la de la
• Estado en indemnización
que se encontraba el
factura satisfecha por la asistencia animal a su llegada a la clínica.
• Motivos por el que se procede al
N
prestada, se presentarán al Asegurador
para su resarcimiento, si procede. sacrificio del animal.
• Firma y número de colegiado del
4. EN SINIESTROS DE ROBO:
VA
veterinario que actuó.
El Tomador del seguro o el Asegurado
Además, deberá aportar factura satis-
deberá denunciar el hecho en el plazo
fecha por los servicios prestados de
más breve posible ante la autoridad
LO
sacrificio del animal y eliminación de
judicial o policía del lugar en que haya
los restos.
ocurrido el siniestro, indicando fecha y
hora del mismo, descripción del animal Artículo 10.
y existencia de seguro, remitiendo al DETERMINACIÓN DE LA
R
Asegurador un justificante de la INDEMNIZACIÓN
denuncia.
1. VALORACIÓN DE LOS
CO
5. EN SINIESTROS DE GASTOS DAÑOS
POR EXTRAVÍO:
La determinación de los daños se hará
El Tomador del seguro o el Asegurado teniendo en cuenta el valor del animal
en el momento del siniestro.
NT
deberá comunicar el hecho en el plazo
más breve posible ante la autoridad Los gastos desembolsados por el
judicial o policía del lugar en que haya Asegurado y que, en virtud de la
póliza, deban ser reintegrados por el
ocurrido el siniestro.
Asegurador, serán evaluados según
RA
6. EN SINIESTROS DE GASTOS factura.
POR SACRIFICIO DEL 2. CÁLCULO DE LA INDEMNI-
ANIMAL Y ELIMINACIÓN DE ZACIÓN
CT
LOS RESTOS
1. La suma asegurada representa el
El Tomador del seguro o el Asegurado límite máximo de la indemniza-
ción a pagar por el Asegurador en
deberá aportar al Asegurador un
cada garantía afectada por el
UA
certificado expedido por la clínica siniestro.
donde se atendió al animal, indicando:
2. El seguro no puede ser objeto de
• Fecha y hora de entrada en la
enriquecimiento injusto para el
clínica. Asegurado.
L
• Descripción del animal atendido.
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
3. CONCURRENCIAArtículoDE 11 - Recuperación
SEGUROS: Artículodel12.
animal robado
Artículo 12 - En siniestros indemnizables por responsabilidad civil
Si existen varios seguros de daños EN SINIESTROS
sobre los mismos bienes y riesgos, INDEMNIZABLES POR
N
el Asegurador contribuirá a la
indemnización y a los gastos de
RESPONSABILIDAD CIVIL
tasación a prorrata de la suma que
asegure. El Asegurador, dentro de los límites y
VA
condiciones de la póliza, abonará la
Artículo 11. indemnización en el plazo máximo de
RECUPERACIÓN DEL cinco días a partir de la fecha en que
ANIMAL ROBADO haya sido determinada por reco-
LO
nocimiento de responsabilidad hecho
Si el animal es recuperado antes de
sesenta días, contados desde la fecha por el Asegurador, o en que éste tenga
de la ocurrencia del siniestro, el conocimiento de la sentencia firme
Asegurado deberá recibirlo. que fije la cuantía de la indem-
R
nización.
En el caso de que el animal
recuperado dentro del plazo indicado
CO
hubiera sufrido, a juicio del
Asegurado, alguna lesión, podrá
efectuar la reclamación al Asegurador,
aplicándose a estos efectos lo
estipulado para gastos de asistencia
NT
veterinaria en la garantía de
Accidentes, robo y extravío.
Si el animal es recuperado trans-
currido el citado plazo y una vez
RA
pagada la indemnización, el Asegu-
rado podrá retener la indemnización
percibida abandonando al Asegurador
la propiedad del animal, o readqui-
CT
rirlo, restituyendo, en este caso, la
indemnización percibida por el
animal recuperado.
UA
L
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Seguro de Mascotas
SI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 13 - Extinción yFINALES
DISPOSICIONES nulidad del contrato
Artículo 14 - Comunicaciones
N
Artículo 15 - Ley aplicable
Artículo 13. Artículo 14.
EXTINCIÓN Y NULIDAD COMUNICACIONES
VA
DEL CONTRATO Todas las comunicaciones de las
partes que intervienen en el contrato
1. Si durante la vigencia del seguro
se produjera la desaparición del deberán efectuarse por escrito o por
LO
interés o del animal asegurado, cualquier otro medio indubitado que
desde este momento el contrato permita la verificación de la certeza
de seguro quedará extinguido y de las fechas de envío y recepción, así
el Asegurador tendrá derecho de como de su contenido.
R
hacer suya la prima no
consumida. Artículo 15.
LEY APLICABLE
CO
El contrato será nulo si en el
momento de su conclusión no
La Ley española será la aplicable al
existía el riesgo, hubiese ocu-
presente contrato de seguro.
rrido el siniestro, o no existiera
un interés del Asegurado a la
indemnización del daño.
NT
RA
CT
UA
L
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Condiciones Generales del contrato
santalucía
SEGUROS
SI
Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones
Particulares.
N
Leído y aceptado:
VA
El Tomador del Seguro/Asegurado El Asegurador
santalucía
Director General
LO
R
CO
NT
RA
CT
UA
L
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Seguros
Asistencia
Hogar
SI
Ahorro e Inversión
Vida y Accidentes
N
Salud
Empresas
VA
Comunidades
Mascotas
Automóvil*
LO
Otros
Otros Productos
R
Planes de Pensiones
CO
*Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros
NT
RA
"El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980,
CT
de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012
Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid
UA
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