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¿Cómo se solicita la incapacidad permanente?

En resumen

Cómo se solicita la incapacidad permanente: presenta la solicitud al INSS en la sede electrónica o en cualquier registro, con su historial clínico. El equipo de valoración le examina y el INSS tiene 135 días para resolver. La total paga el 55 por ciento de la base reguladora y la absoluta el 100. Si su seguro privado cubre invalidez, comunique el siniestro en 7 días.

¿Cómo se solicita la incapacidad permanente?

Cuánto cuesta

Porcentajes y plazos oficiales que conviene conocer antes de solicitar.

EjemploOrientación
Incapacidad permanente total55 por ciento de la base reguladora
Total cualificada, desde 55 años75 por ciento de la base reguladora
Incapacidad permanente absoluta100 por ciento de la base reguladora
Complemento de gran incapacidadal menos el 45 por ciento de la pensión
Plazos135 días para resolver, 30 días para la reclamación previa

Octubre de 2026.

Porcentajes según la guía del INSS sobre incapacidad permanente;

la base reguladora depende de sus cotizaciones y de la causa.

El plazo de 135 días figura en la información oficial de la Seguridad Social y el de 30 días en el

artículo 71 de la Ley 36/2011 reguladora de la jurisdicción social.

Qué grado exige su seguro privado lo fija su póliza;

que muchas paguen solo la absoluta es valor orientativo de la práctica.

Revisamos su póliza con usted.

Ejemplo de cálculo

Camarero de 52 años, lesión de rodilla

Tras 18 meses de baja por una lesión de rodilla ya no puede estar de pie toda la jornada. Su base reguladora es de 1.800 euros. Además tiene un seguro de vida con 60.000 euros por invalidez absoluta.

Incapacidad permanente total, 55 por ciento990 euros al mes, en 14 pagas
Al cumplir 55 años, total cualificada, 75 por ciento1.350 euros al mes, si la solicita
Seguro privadono paga: exige absoluta y él solo tiene total
Si le reconocieran la absoluta, 100 por ciento1.800 euros al mes y 60.000 euros del seguro

La pensión total le da un ingreso estable y puede trabajar en otro oficio sin estar de pie. Para su seguro de vida importa el grado exacto: revise su póliza antes de aceptar o recurrir la resolución. Cálculo con valores orientativos.

Los grados de incapacidad permanente

La Seguridad Social distingue cuatro grados. La parcial reduce su rendimiento en su profesión sin impedirla y se paga con una indemnización única. La total le impide ejercer su profesión habitual, pero puede trabajar en otra. La absoluta le inhabilita para cualquier trabajo. La gran incapacidad, como la denomina hoy la Seguridad Social, se da cuando además necesita ayuda de otra persona para los actos básicos.

Para la total y la absoluta suele hacer falta un periodo previo de cotización que depende de su edad, salvo que la causa sea un accidente, laboral o no, o una enfermedad profesional.

GradoQué significaPrestación
Parcialrinde al menos un tercio menos en su profesiónindemnización única
Totalno puede ejercer su profesión habitual55 por ciento de la base reguladora
Total cualificadatotal, con 55 años o más y difícil recolocación75 por ciento de la base reguladora
Absolutano puede trabajar en nada100 por ciento de la base reguladora
Gran incapacidadabsoluta o total con ayuda de tercera personapensión más un complemento de al menos el 45 por ciento

Cómo se presenta la solicitud

Muchas veces el procedimiento empieza de oficio: tras una baja larga de incapacidad temporal, que dura como máximo 365 días prorrogables otros 180, el INSS valora si pasa a incapacidad permanente. Usted también puede solicitarla directamente, sin esperar al final de la baja.

El modelo oficial es recomendable pero no obligatorio. Adjunte su DNI o NIE y, si lo tiene, el historial clínico del servicio público de salud. Añada informes de sus especialistas: cuanto más concreten qué tareas de su profesión ya no puede hacer, mejor.

El tribunal médico y la resolución

El Equipo de Valoración de Incapacidades le cita, revisa sus informes y emite un dictamen propuesta. Con él resuelve el INSS. Lleve a la cita todos los informes recientes y explique con ejemplos concretos qué hacía en su trabajo y qué ya no puede hacer.

El INSS tiene 135 días para resolver. Si no contesta en ese plazo, la solicitud se entiende denegada por silencio y puede reclamar igual que ante una denegación expresa.

Si le deniegan la incapacidad permanente

Contra la resolución presenta primero una reclamación previa ante el propio INSS, en un plazo de 30 días desde la notificación o desde que se produce el silencio. Si la rechaza o no responde, puede demandar ante el Juzgado de lo Social, donde un perito médico puede valorar su caso de nuevo.

Para la demanda conviene un abogado laboralista o un graduado social. Muchos casos se ganan en el juzgado con mejores informes médicos que los que se presentaron al principio.

Cómo reclamar a su seguro privado

Si tiene un seguro de vida con cobertura de invalidez, comuníquelo aparte. El artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro pide comunicar el siniestro en un máximo de siete días desde que lo conoce, salvo que la póliza dé más plazo. Muchas pólizas solo pagan con la resolución del INSS, y a menudo solo la absoluta.

Según el artículo 18, la aseguradora debe pagar el importe mínimo que deba dentro de los 40 días desde que recibe la declaración. Si no cumple, el artículo 20 prevé intereses de demora del interés legal más un 50 por ciento, y al menos un 20 por ciento anual pasados dos años.

Cuándo todavía no debe solicitarla

Si su médico espera que se recupere en semanas o pocos meses, siga de baja con la incapacidad temporal. Una solicitud sin lesiones definitivas o de larga duración suele denegarse.

Tenga en cuenta además que la fecha desde la que cobra la pensión de incapacidad permanente depende de si es mayor o menor que el subsidio de la baja. Pida que le calculen ambas cantidades antes de decidir.

Paso a paso

  1. Pida a su médico de cabecera y a los especialistas informes recientes.
  2. Presente la solicitud al INSS en la sede electrónica o en un registro.
  3. Acuda al tribunal médico con todos los informes y ejemplos de su trabajo.
  4. Anote la fecha de la solicitud y cuente los 135 días.
  5. Si se la deniegan, presente la reclamación previa en 30 días.
  6. Comunique el siniestro a su seguro privado en 7 días y guarde el justificante.

Lista de control

  • Informes médicos recientes con diagnóstico y limitaciones
  • Descripción de las tareas de su profesión
  • DNI o NIE y, si lo tiene, historial clínico
  • Fecha de solicitud anotada
  • Póliza privada revisada: qué grado exige y qué plazo
  • Abogado laboralista o graduado social localizado por si hay que reclamar

Errores frecuentes

  • Presentar la solicitud sin informes que describan las limitaciones concretas
  • Dejar pasar los 30 días de la reclamación previa
  • No avisar al seguro privado hasta tener la resolución del INSS
  • Creer que la total y la absoluta pagan lo mismo en el seguro privado
  • No pedir el 20 por ciento adicional al cumplir 55 años

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Tengo que esperar a agotar la baja para pedir la incapacidad permanente?

No.

Puede solicitarla antes si sus lesiones son definitivas.

A menudo el INSS inicia el trámite de oficio al acabar la baja.

¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente total?

Sí, en una profesión distinta de la habitual.

Con la absoluta el trabajo es muy limitado; consulte antes al INSS.

¿Qué pasa si el INSS no contesta?

Pasados 135 días la solicitud se entiende denegada y puede presentar la reclamación previa.

¿Necesito abogado?

Para la solicitud no.

Para la reclamación y la demanda ante el Juzgado de lo Social conviene un abogado laboralista o un

graduado social.

¿Me paga el seguro privado si la Seguridad Social me reconoce la total?

Depende de su póliza.

Muchas pólizas de vida solo cubren la absoluta.

Léala antes de firmar nada.

¿Se puede revisar el grado más adelante?

Sí, por agravación o mejoría, a petición suya o del INSS, en los plazos que fije la resolución.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

Pedir presupuesto: Seguro de incapacidad

Comparamos aseguradoras y le enviamos una propuesta.

Sin coste; nos paga la aseguradora.

1¿Para quién?
2¿Qué seguros?

Puede elegir varios. Para cada uno aparecen los datos que una aseguradora necesita para calcular.

Particulares

Empresas

3Datos

Seguro de incapacidad permanente y temporal

Por ejemplo fontanero autónomo o abogada en despacho

Los detalles los hablamos después en persona

Por ejemplo si es autónomo, si tiene hipoteca, si busca baja laboral diaria

4Su póliza actual
5¿Cómo le contactamos?

Preguntas relacionadas

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