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Revista / Barco y temporada

Etap 22 en revisión del seguro: qué debe decir la póliza sobre este velero

Primera parte de una revisión del seguro en cuatro entregas sobre el Etap 22. Nadie lo ha navegado para esta serie; solo mira qué debe decir la póliza.

11 de octubre de 20267 min de lecturaNAMMERT Assekuradeur GmbH

Las pruebas de barcos suelen publicarse en serie: un barco, varios artículos, una mirada distinta en cada uno. Esta serie toma prestada la forma y nada más. En NAMMERT nadie ha navegado un solo metro con un Etap 22, así que aquí no hay nada sobre cómo navega, cómo está construido ni sobre su calidad. Es una revisión del seguro: qué debe decir la póliza de este barco, qué cláusulas deciden un siniestro y qué preguntas conviene hacer al mediador o a la aseguradora antes de la temporada, sea cual sea la compañía.

El Etap 22 es un velero, en concreto un pequeño velero con cabina, que figura en los datos de NAMMERT con 6,6 metros de eslora. Los barcos de este tamaño se mueven a menudo en remolque y muchos ya tienen unos años. Por eso la serie tiene cuatro partes: esta sobre el contrato, la segunda sobre cómo fijar el valor de un velero con años, la tercera sobre los siniestros típicos de este tipo de barco y cómo los tratan las condiciones, y la cuarta sobre remolque, grúa, invernaje y viajes.

Primero, la descripción del barco. En algunos papeles el modelo aparece como 22 I, en otros como Etap 22. Ninguna de las dos es un error mientras quede claro de qué barco se trata. La póliza de casco asegura una embarcación concreta, y la mayoría de las condiciones obligan a responder con exactitud al cuestionario previo; una respuesta falsa puede permitir a la aseguradora rescindir el contrato o reducir la indemnización. Ponga juntos el contrato de compraventa, los papeles del barco y el condicionado particular y compare tipo, modelo, eslora y número de identificación del casco. Si el barco está matriculado en España, figura en la lista séptima, y esos datos deben coincidir con los de la Capitanía Marítima.

Un velero pequeño con cabina lleva a menudo un fueraborda en el espejo de popa, y es fácil olvidarlo. En muchas condiciones de casco el fueraborda solo está asegurado si se declara con su propia suma asegurada en el condicionado particular. Algunas añaden una condición de seguridad: no hay indemnización por daños en el motor si no estaba asegurado con un perno antirrobo o un dispositivo equivalente, o guardado en un local cerrado. Busque también la cláusula de avería mecánica. El desgaste y la avería interna de un motor se excluyen a menudo del casco y solo vuelven con una ampliación específica, si existe.

Después, quién puede llevar el barco. Las condiciones de responsabilidad civil suelen exigir un patrón autorizado, es decir, alguien que use el barco con conocimiento y consentimiento del propietario y con la titulación que exija la normativa para ese barco y esa zona. Las de casco excluyen a menudo los daños causados por una persona sin la titulación exigida. Si hace falta titulación lo decide la normativa del lugar, no la póliza. Compruebe también si las obligaciones del propietario tras un siniestro se extienden a quien recibe el barco prestado y si cederlo a cambio de dinero cuenta como agravación del riesgo que debe pactarse antes. En el seguro de accidentes, lea quién es persona asegurada: solo el propietario, la familia o todos los que van a bordo.

La zona de navegación del condicionado es la segunda línea que debe encajar con la temporada. Las condiciones habituales ofrecen aguas interiores, luego el Mar del Norte y el Báltico, luego el Mediterráneo, luego la costa atlántica europea y por último todo el mundo. Para un barco que un verano está en un embalse y el siguiente en Baleares, manda el destino más lejano. Canarias queda en el Atlántico, fuera de una zona que solo incluya el Mediterráneo. Compruebe qué ocurre si sale de la zona pactada: unas pólizas piden acuerdo previo por escrito, otras permiten una ampliación breve de unas semanas al año.

Por último, el alcance y las regatas de club. Lea la lista de riesgos cubiertos: temporal, incendio y robo del barco entero son una cobertura estrecha; la cobertura de accidente añade varada, abordaje, desarbolamiento y velas rotas. Busque la cláusula de regatas antes de la primera regata del club. Unas condiciones excluyen toda regata, incluidos los entrenamientos, otras solo cubren las regatas de club y otras las regatas de cualquier tipo. La responsabilidad civil en el campo de regatas se trata en la tercera parte de esta serie.

Para repasar

Comparar la descripción del condicionado con el contrato de compraventa y los papeles, también la variante 22 I. Fotografiar el número de identificación del casco y cotejarlo con los papeles. Comprobar si el fueraborda figura con su propia suma asegurada. Instalar un perno antirrobo o un dispositivo equivalente en el fueraborda. Anotar quién patroneará el barco esta temporada y qué titulación tiene. Comparar la zona de navegación con el destino más lejano previsto, por ejemplo Baleares o Canarias. Leer la cláusula de regatas antes de la primera regata del club.

Preguntas frecuentes

En mis papeles pone 22 I y en la póliza Etap 22. ¿Importa?

No, mientras quede claro de qué barco se trata. Lo que cuenta es que tipo, eslora y número de casco del condicionado coincidan con los papeles. Si tiene dudas, envíe una copia al mediador o a la aseguradora y pida que se ajuste la descripción.

¿El fueraborda forma parte del barco en la póliza de casco?

A menudo no. Muchas condiciones solo aseguran el fueraborda si se declara con su propia suma asegurada, y algunas exigen un perno antirrobo o guardarlo en un local cerrado. Busque ambos puntos en las condiciones antes de la temporada.

¿Puede un amigo salir con mi velero?

Normalmente sí, si lo usa con su consentimiento y tiene la titulación que exija la normativa para esa zona. Lea si la póliza extiende sus obligaciones tras un siniestro a la persona a quien lo presta y si cederlo a cambio de dinero debe pactarse.

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