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¿Basta la pensión de viudedad para proteger a la familia?

En resumen

¿Basta la pensión de viudedad para proteger a la familia? A menudo cubre bastante, pero no todo. Por regla general es el 52 por ciento de la base reguladora del fallecido, y cada hijo recibe un 20 por ciento de orfandad. Si el fallecido aportaba la mayor parte de los ingresos queda un hueco, sobre todo con hipoteca, y las parejas de hecho solo cobran con requisitos estrictos.

¿Basta la pensión de viudedad para proteger a la familia?

Cuánto cuesta

Primas anuales de un seguro de vida riesgo en España según precios publicados, capital de 200.000 euros.

EjemploOrientación
30 años, 200.000 eurosunos 35 a 83 euros al año
35 años, 200.000 eurosunos 45 a 103 euros al año
40 años, 200.000 eurosunos 73 a 154 euros al año
45 años, 200.000 eurosunos 149 a 276 euros al año

Valores orientativos de precios publicados en 2026.

Su prima depende de la edad, la salud, la profesión y si fuma; nosotros pedimos la oferta concreta.

Las cifras del ejemplo son ilustrativas.

Ejemplo de cálculo

Familia con dos hijos, fallece el sustentador principal

Él muere a los 40 por una enfermedad común, con una base reguladora estimada de 2.000 euros al mes y un sueldo neto de 2.400 euros en catorce pagas. Ella trabaja, así que se aplica el 52 por ciento. Los hijos tienen 6 y 9 años.

Viudedad, 52 por ciento de 2.000 euros1.040 euros
Dos pensiones de orfandad, 20 por ciento cada una800 euros
Total, 92 por ciento de la base reguladora1.840 euros
Hueco frente al sueldo neto anteriorunos 560 euros al mes
Hipoteca pendienteaparte

Hasta que el menor cumpla 21 años son quince años de catorce pagas con unos 560 euros, cerca de 118.000 euros, más la hipoteca. Un seguro de vida de unos 120.000 euros más la deuda pendiente cierra el hueco.

Quién cobra la pensión de viudedad

Tiene derecho el cónyuge superviviente si el fallecido estaba de alta y había cotizado 500 días en los cinco años anteriores, o si sin estar de alta había cotizado al menos quince años. Si la muerte se debe a un accidente o a una enfermedad profesional, no se exige cotización previa.

Las parejas de hecho también pueden cobrarla, pero con más requisitos: convivencia estable acreditada por empadronamiento durante al menos cinco años antes del fallecimiento e inscripción en un registro o documento público con dos años de antelación. Con hijos en común bastan dos años de convivencia. Quien no cumple el año de matrimonio o los dos años de inscripción puede recibir una prestación temporal durante dos años.

PrestaciónCuantíaDuración
Viudedad, régimen general52 por ciento de la base reguladoravitalicia, salvo nuevo matrimonio o pareja de hecho
Viudedad desde 65 años sin otros ingresos60 por cientomientras se cumplan los requisitos
Viudedad con cargas familiares e ingresos bajos70 por cientomientras se cumplan los requisitos
Prestación temporal de viudedadigual que la pensióndos años
Orfandad, por hijo20 por ciento de la base reguladorahasta 21 años, o 25 si no trabaja o gana menos del salario mínimo

Cuánto se cobra de verdad

La base reguladora se calcula a partir de las bases de cotización del fallecido, no de su sueldo neto. Por eso conviene pedir a la Seguridad Social una estimación o mirar sus bases de cotización. La pensión se paga en catorce pagas, doce mensuales y dos extraordinarias en junio y noviembre.

Viudedad y orfandad juntas no pueden superar en general el 100 por ciento de la base reguladora, salvo para garantizar la pensión mínima. La pensión de orfandad está exenta del IRPF.

Cuándo se pierde o se reduce

La pensión de viudedad se extingue si usted vuelve a casarse o forma una nueva pareja de hecho, con excepciones que fija el reglamento. Trabajar no la reduce: es compatible con cualquier renta del trabajo.

Los porcentajes del 60 y del 70 por ciento dependen de sus ingresos. Si empieza a ganar más, puede volver al 52 por ciento.

Dónde está el hueco y cómo cerrarlo

El hueco es la diferencia entre lo que aportaba el fallecido y lo que pagan las pensiones. Es mayor si él o ella ganaba mucho más que su base reguladora, si queda una hipoteca o si ustedes eran pareja de hecho sin cumplir los plazos.

Un seguro de vida riesgo cierra ese hueco con un capital único. Multiplique el hueco mensual por los años hasta que los hijos sean independientes, sume las deudas y reste sus ahorros. Con hipoteca y niños pequeños suele bastar menos capital del que sugiere la regla de varios sueldos, porque las pensiones españolas cubren una parte importante.

Paso a paso

  1. Pedir a la Seguridad Social las bases de cotización o una estimación de la base reguladora.
  2. Calcular el 52 por ciento como viudedad y el 20 por ciento por hijo como orfandad.
  3. Comprobar si les afecta la regla de las parejas de hecho.
  4. Restar las pensiones del ingreso neto que aportaba cada uno.
  5. Multiplicar el hueco por los años hasta la independencia de los hijos y sumar las deudas.
  6. Contratar un seguro de vida riesgo por esa suma, mejor para los dos.

Lista de control

  • Bases de cotización de ambos consultadas
  • Requisitos de cotización del fallecido cumplidos
  • Matrimonio o pareja de hecho inscrita con la antelación exigida
  • Hipoteca y préstamos pendientes anotados
  • Seguro de vida vinculado a la hipoteca revisado

Errores frecuentes

  • Calcular con el sueldo neto en vez de con la base reguladora
  • Contar con el 70 por ciento aunque la pareja superviviente trabaja
  • Ser pareja de hecho sin inscripción y suponer que hay pensión
  • Olvidar que la orfandad termina a los 21 o 25 años
  • Asegurar solo al que más gana aunque el otro también aporta y cuida de los hijos

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la pensión de viudedad?

En general el 52 por ciento de la base reguladora del fallecido.

Sube al 60 por ciento desde los 65 años sin otros ingresos y al 70 por ciento con cargas

familiares e ingresos bajos.

¿Puedo trabajar y cobrar la pensión de viudedad?

Sí.

La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta del trabajo.

Solo los porcentajes del 60 y del 70 por ciento dependen de los ingresos.

¿Cobran las parejas de hecho pensión de viudedad?

Sí, si acreditan cinco años de convivencia, o dos con hijos en común,

y la inscripción o el documento público con dos años de antelación.

¿Qué pasa si vuelvo a casarme?

La pensión se extingue con el nuevo matrimonio o una nueva pareja de hecho,

salvo excepciones reglamentarias.

¿Hasta qué edad se cobra la orfandad?

Hasta los 21 años, o hasta los 25 si el hijo no trabaja o gana menos del salario mínimo al año.

Fuentes

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