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Enfermedades graves
Capital al diagnóstico de las enfermedades de la lista. Rápido y sencillo, pero solo para las patologías incluidas.
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En Alemania existe un seguro que paga una renta mensual si se pierde una capacidad concreta, como andar, ver, hablar o usar las manos, sin mirar la profesión. En el mercado español no hemos encontrado un producto equivalente con ese planteamiento. Quien busca esa protección aquí la arma combinando otros seguros: dependencia, enfermedades graves e incapacidad permanente.
La pregunta que casi todo el mundo hace primero
Como producto propio, con ese nombre y esa lógica, no lo hemos encontrado en el mercado español. Las aseguradoras españolas cubren riesgos parecidos de otra manera: el seguro de dependencia paga cuando se reconoce dependencia severa o gran dependencia, el de enfermedades graves paga un capital al diagnóstico, y las garantías de incapacidad permanente de los seguros de vida dependen de la profesión o de cualquier trabajo. Le ayudamos a ver qué combinación cubre su caso.
La póliza alemana contiene una lista de capacidades, como ver, oír, hablar, andar, subir escaleras o usar las manos, y define cuándo se considera perdida cada una. Si la limitación cumple esa definición durante el plazo pactado, normalmente seis meses, se cobra una renta mensual. No importa si la persona trabaja ni en qué.
Por eso en Alemania se usa sobre todo para oficios manuales, para quien no consigue un seguro de incapacidad profesional a un precio razonable y para jóvenes que quieren asegurarse pronto. Su punto débil son las enfermedades psíquicas, que muchas pólizas no cubren o solo con un suplemento.
El seguro de dependencia es lo más cercano en cuanto a la idea de perder autonomía. Suele pagar una renta mensual cuando la persona queda en dependencia severa o gran dependencia, y algunas pólizas indemnizan la moderada con un capital. Está pensado sobre todo para edades avanzadas: hay productos que solo se contratan a partir de los 55 años.
El seguro de enfermedades graves paga un capital cuando se diagnostica una de las enfermedades de la lista, por ejemplo cáncer, infarto o ictus. Muchas pólizas fijan periodos de carencia, y no todas cubren las mismas patologías. A diferencia del modelo alemán, el pago no depende de que se pierda una capacidad, sino del diagnóstico.
Las garantías de incapacidad permanente total o absoluta, que muchas aseguradoras añaden a los seguros de vida, siguen otra lógica: preguntan si puede seguir con su profesión habitual o con cualquier trabajo. Algunas pólizas se remiten a la resolución del INSS y otras valoran con sus propios médicos.
La Seguridad Social paga por incapacidad permanente total el 55 % de la base reguladora y por la absoluta el 100 %. Quien quiere cubrir la pérdida de una capacidad concreta sin depender de esa valoración laboral tiene que combinar productos y leer con calma las definiciones de cada póliza.
Qué cubre
Qué no cubre
Quién lo necesita
Quién no lo necesita
Ruleta de la mala suerte
Seis siniestros que ocurren de verdad. La ruleta elige el suyo y muestra quién paga.
Coste:
No hay un precio de referencia porque el producto equivalente no existe como tal. Cada pieza de la combinación tiene su propia prima: la dependencia depende sobre todo de la edad al contratar, las enfermedades graves de la edad, el capital y la lista de patologías, la incapacidad de la profesión.
De qué depende la prima
No indicamos precios orientativos porque dependen de qué productos se combinen y de la edad. La prima exacta figura en la oferta.
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Enfermedades graves
Capital al diagnóstico de las enfermedades de la lista. Rápido y sencillo, pero solo para las patologías incluidas.
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Dependencia
Renta mensual en dependencia severa o gran dependencia. Lo más cercano a la idea de perder autonomía, pensado sobre todo para edades avanzadas.
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Combinación con incapacidad
Vida con incapacidad permanente, enfermedades graves y, más adelante, dependencia. Cubre más situaciones, pero con varias definiciones distintas.
| Criterio | Mínimo | Póliza sólida | Por qué importa |
|---|---|---|---|
| Definición de dependencia | solo gran dependencia | severa y gran dependencia, y capital por la moderada | La gran dependencia es el caso extremo; muchas situaciones graves quedan en el grado severo. |
| Quién valora la dependencia | solo con resolución pública | valoración por los médicos de la aseguradora, sin esperar al reconocimiento oficial | El reconocimiento oficial puede tardar, y la renta se necesita desde el principio. |
| Lista de enfermedades graves | cáncer, infarto e ictus | lista amplia con definiciones claras | Lo que no está en la lista no se paga. |
| Periodo de carencia | doce meses para el cáncer | carencia corta o sin carencia | Un diagnóstico dentro de la carencia queda sin cobertura. |
| Incapacidad permanente | solo absoluta | total para la profesión habitual | La absoluta exige no poder hacer ningún trabajo; la total protege la propia profesión. |
| Edad máxima de cobertura | 65 años | renta vitalicia en dependencia | La dependencia aparece sobre todo a edades avanzadas. |
En España estas coberturas las ofrecen aseguradoras de vida y de salud, cada una con su enfoque. La lista recoge compañías activas en dependencia o enfermedades graves y no indica con cuáles trabajamos.
| Aseguradora | Contexto |
|---|---|
| Mapfre | grupo asegurador español, con seguro de dependencia para mayores de 55 años |
| Caser | aseguradora española con seguro de dependencia y servicios de apoyo |
| VidaCaixa | aseguradora de vida de CaixaBank, garantías de enfermedades graves |
| Generali España | filial del grupo Generali, seguro de enfermedades graves |
| AIG Europe | sucursal española del grupo AIG, enfermedades graves a menudo a través de bancos y financieras |
| IMQ | aseguradora de salud del País Vasco con seguro de dependencia |
Comparar las condiciones de todas las pólizas 2 pólizas de 2 aseguradoras, a 24 de octubre de 2026
Seguro de dependencia
Renta mensual, a menudo vitalicia, en dependencia severa o gran dependencia. Algunas pólizas añaden capital por la moderada y servicios de asistencia.
Seguro de enfermedades graves
Capital al diagnóstico de enfermedades de una lista cerrada. Como garantía de un seguro de vida o como producto propio.
Incapacidad permanente total o absoluta
Garantía complementaria del seguro de vida. Paga un capital o una renta si no puede ejercer su profesión o ningún trabajo.
Seguro de accidentes
Capital por invalidez permanente tras un accidente, según un baremo. No cubre enfermedades, que son la causa más frecuente.
Seguro alemán de capacidades básicas
Solo para quien reside en Alemania. Si se traslada a España con una póliza ya contratada, revise las condiciones antes de mudarse.
Mito o realidad
Cinco frases que se oyen sobre este seguro. Apueste primero y luego vea la respuesta.
En España hay un seguro idéntico al alemán de capacidades básicas.
Es falso.
Falso, al menos en lo que hemos encontrado. Las aseguradoras españolas cubren riesgos parecidos con seguros de dependencia, enfermedades graves e incapacidad permanente, cada uno con su propia definición.
Un seguro de enfermedades graves paga al diagnóstico, aunque la persona se recupere.
Es verdad.
Cierto en la mayoría de las pólizas: el capital se paga cuando se confirma el diagnóstico de una enfermedad de la lista, por ejemplo un cáncer, y no depende de la evolución posterior.
El seguro de dependencia solo sirve para personas muy mayores.
Es falso.
Falso. La dependencia puede llegar a cualquier edad tras un accidente o una enfermedad. Lo que sí ocurre es que algunos productos solo se contratan a partir de cierta edad.
Una póliza de vida con incapacidad absoluta no paga si aún puede hacer otro trabajo.
Es verdad.
Cierto. La incapacidad absoluta exige no poder realizar ninguna profesión. Para proteger la propia hay que contratar la total para la profesión habitual.
Todas las pólizas de dependencia siguen el grado que reconoce la Administración.
Es falso.
Falso. Algunas aseguradoras valoran la dependencia con sus propios servicios médicos. Hay que leer cómo lo regula cada póliza.
Preguntas y respuestas
En Alemania nació como alternativa al seguro de incapacidad profesional,
que allí es caro para muchos oficios.
En España el mercado se organizó de otra forma,
con la incapacidad permanente como garantía del seguro de vida y con seguros de dependencia y de
enfermedades graves por separado.
Depende de la causa y de las consecuencias.
Si es por accidente, un seguro de accidentes paga según su baremo.
Si le impide trabajar, puede cobrar por incapacidad permanente.
Si además necesita ayuda para la vida diaria, puede entrar el seguro de dependencia.
Un único seguro que pague solo por la pérdida de la vista no lo hemos encontrado en el mercado
español.
La Ley 39/2006 distingue tres: moderada, severa y gran dependencia.
Los seguros privados suelen pagar la renta en severa y gran dependencia;
algunos indemnizan la moderada con un capital.
Depende de la póliza.
Algunas se remiten al reconocimiento público y otras valoran la dependencia con sus propios
médicos.
Conviene saberlo antes de contratar, porque el trámite público puede tardar.
Normalmente no.
Las listas se centran en enfermedades como cáncer, infarto, ictus, insuficiencia renal o Parkinson.
La depresión o el agotamiento laboral se cubren, si acaso,
por la vía de la baja laboral o de la incapacidad.
Muchas pólizas alemanas cubren en todo el mundo,
porque la pérdida de una capacidad es un hecho médico.
Revise las condiciones y avise a su aseguradora del cambio de residencia.
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